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De los entrevistados, 8 consideran que la acción de detener, para efectuar una investigación, en donde
su funcionalidad se reduce a la recepción de versiones, deslegitima el sistema acusatorio adversarial.
Por el contrario, dos afirman que bajo ninguna circunstancia se deslegitima el sistema acusatorio
adversarial. Esto representa el 80% y 20% respectivamente.
En el modelo acusatorio, el debido proceso constituye el fundamento del derecho procesal, es aplicado
a todos los procesos sustanciados ante órgano jurisdiccional, siendo un instrumento tutelar de los
derechos de las partes intervinientes en el proceso. Es el conjunto de garantías que protegen a las partes
sometidas a cualquier clase de proceso, y debe basarse en la práctica auténtica de los principios
fundamentales de la libertad y la igualdad, inmediación, celeridad.
DISCUSIÓN
Las normas jurídico- penales regulan conflictos sociales, es su estructura se identifican dos elementos:
supuesto de hecho y consecuencia jurídica. Según Bocanegra Márquez (2019), las normas jurídico
penales presumen regular ciertos aspectos dudosos de la convivencia social, teniendo como objetivo una
cierta pretensión de justicia, que es inherente a todo derecho.
Estas normas, desde una lógica jurídico-formal, son el conjunto de dos elementos: supuesto de hecho y
consecuencia jurídica. Estas articulan como una proposición hipotética, que se formula de la siguiente
forma: si sucede el supuesto de hecho, debe darse la consecuencia jurídica. (Bacigalupo Saggese, 2019)
La estructura de las normas jurídico penales, desde una perspectiva lógico-formal, es la de una
proposición, compuesta de dos elementos: supuesto de hecho y consecuencia jurídica, y articulada como
proposición hipotética y debe ser formulada así: si sucede el supuesto de hecho, debe darse la
consecuencia jurídica. El supuesto de hecho es el delito o, en algunos casos, las circunstancias de
peligrosidad del autor, y las consecuencias jurídicas pueden ser penas, a veces medidas de seguridad o
en otros supuestos también consecuencias accesorias. (Maier, 2020)
La función del Derecho Penal en un Estado social y democrático consiste en hacer posible la
coexistencia pacífica entre los ciudadanos, donde impere la libertad, la igualdad y la justicia. El Estado
en virtud del ius puniendi como principio rector que permite al Estado la atribución de sancionar,
utilizando violencia legitimada, coacciona a aquellos individuos que amenazan la estabilidad del Estado
y, por lo mismo, a la armonía comunitaria.