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los padres tratan con preferencia a unos en relación con otros, pueden ser sancionados. Por otra parte,
se reconoce su derecho a un nombre y un apellido que se concretan cuando obtienen su certificado de
nacimiento y su cédula de identidad. Los padres tienen la obligación de inscribir a sus hijos recién
nacidos en el Registro Civil y así obtener su primer certificado de nacimiento de forma gratuita. Cuando
no se conozcan los progenitores, utilizarán el apellido convencional elegido por la persona responsable
de su cuidado La violencia y el maltrato hacia las niñas, niños y adolescentes están prohibidos y son
sancionados aun cuando ésta proviniera de sus padres, hermanos u otros familiares. Las niñas, niños y
adolescentes deben ser tratados con cariño y respeto en la familia, la escuela y la comunidad.
Asimismo, el artículo 60 establece que las niñas, niños y adolescentes gozan de especial protección y
atención en la familia, escuela y comunidad por lo que tienen prioridad de atención en centros de salud,
educativos, policiales, militares, judiciales u otros servicios públicos y/o privados.
Por otra parte, prohíbe y sanciona el trabajo forzado y la explotación infantil (Art. 61).
En torno a las políticas, en primer lugar, cabe señalar que, en el presente, el Estado no cuenta con una
política pública para prevenir y proteger a infantes, niñas, niños o adolescentes de los delitos de
violación. Se afirma ello sobre la base de la preocupación expresada el día 9 de agosto de 2023 por
parte de la Defensoría del Pueblo que reclamó:
“. Es preocupante que, al concluir el “Programa Integral de Lucha Contra la Violencia Sexual a Niñas,
Niños y Adolescentes’ (2015-2020), supervisado por el Ministerio de Justicia y Transparencia
Institucional, en la actualidad, Bolivia no tenga una iniciativa similar e integral y que la entidad
encargada del Sistema Plurinacional de Protección Integral de la Niña, Niño y Adolescente no haya
diseñado un nuevo programa para abordar la violencia sexual. La falta de un registro nacional de
condenados por delitos sexuales contra esta población a cargo del Ministerio de Gobierno empeora la
situación” (9 de agosto de 2023).
CONCLUSIÓN
El análisis exhaustivo del tipo penal de violación a infantes, niñas, niños o adolescentes, conforme a la
normativa boliviana, revela la existencia de medidas específicas de protección destinadas a este grupo
vulnerable en el contexto de la violación. Es innegable el daño irreparable que este delito causa en las
víctimas menores de edad, lo cual justifica la severidad con la que se castiga a quienes lo cometen, sin