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Sustento Teórico
La Información Pública como Derecho de Doble Vía:
Principios y Estándares Internacionales
El Derecho Político concibe a la información pública como un derecho universal que asiste a las
personas físicas y jurídicas y que su ejercicio individual o colectivo no requiere acreditar interés legal,
justificar su uso o demostrar daños emergentes de su negativa, al contrario, al ser entendido como “la
facultad de investigar, la facultad de difundir y la facultad de recibir información” (Villalobos, 1997),
el Estado tiene la obligación de garantizar su reconocimiento constitucional y su ejercicio como un
derecho civil y político básico, fundamental y universal correspondiente a la primera generación de
derechos humanos y desde el enfoque del constitucionalismo plurinacional comunitario e intercultural
que “pretende dar voz a los subalternizados en escenarios de diversidad cultural, de plurinacionalidad,
de pluralismo jurídico y de interculturalidad” (Bellido, 2021).
En función a lo expresado, cabe precisar que el Derecho Constitucional, reconoce al derecho de acceso
a la información como un derecho de doble vía, involucrando al que emite y recibe información
(Nogueira, 2000), contempla garantías, mecanismos de restitución, procedimientos de generación,
disposición, suministración (Vera, 2015) y difusión de información como un servicio de interés público
(Fuenmayor, 2004), tomando en cuenta como referentes los principios de: Máxima divulgación de
diferentes contenidos en diferentes medios, formatos y plataformas, transparencia activa expresada en
la apertura gubernamental, universalidad y no discriminación por ninguna condición de las personas,
informalismo y máximo acceso, buena fe del Estado para atender los requerimientos de información
con transparencia, mínimo costo y apertura de la información y disponibilidad de un procedimiento
legal de atención.
El derecho de acceso a la información pública es un derecho civil y político universal, básico e
inalienable, tiene carácter activo para la ciudadanía que recibe, busca y difunde información y pasivo
para el Estado que tiene la obligación jurídica de disponer, generar, conservar, suministrar y difundir
información sobre su gestión pública administrativa contenida en documentos físicos y digitales,
manuscritos, archivos, fotografías, grabaciones auditivas, material audiovisual, base de datos,
repositorios digitales, archivos, bibliotecas, recursos multimedia, documentos financieros y contables,