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describen los organismos encargados de supervisar, en materia de indole financiero, a las Sofomes:
Secretaria de Hacienda y Crédito Público
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tiene como misión proponer, dirigir y controlar la
política del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingresos y deuda pública, con
el propósito de consolidar un país con crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y
sostenido, que fortalezca el bienestar de las y los mexicanos (SHCP, 2023).
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es un órgano desconcentrado de la Secretaria de
Hacienda y Crédito Público, con autonomía técnica y facultades ejecutivas. Se encarga de supervisar y
regular las instituciones que estén integradas al sistema financiero mexicano con el objetivo de procurar
su estabilidad y correcto funcionamiento (CNBV, 2022).
Por otro lado, es necesario conocer cómo se caracterizan las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple,
así como las diferencias que puede haber entre ellas:
Sociedad Financiera de Objeto Múltiple
Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) son sociedades anónimas que cuentan con
un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios
Financieros (CONDUSEF), cuyo objeto social principal es la realización habitual y profesional de una
o más de las actividades de otorgamiento de crédito (CNBV, 2015).
Las Sofomes pueden ser reguladas y no reguladas:
▪ Reguladas: La CNBV describe que son aquellas sociedades financieras que tienen vínculos
patrimoniales con sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias o
sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y aquellas que mantienen vínculos patrimoniales con
Instituciones de Crédito. De igual forma, son reguladas aquellas que, aunque no se sitúan en algún
supuesto mencionado en el párrafo anterior, voluntariamente soliciten y obtengan la aprobación de
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en los términos establecidos en el Artículo
87-C Bis 1 de la LGOAAC (Cámara de Diputados, 1985).
▪ No Reguladas: Son Sofomes que no están ubicadas en los supuestos señalados para identificarse
como "reguladas" y deben agregar a su denominación social la expresión "sociedad financiera de