Arquetipo de la justicia restaurativa en los menores infractores

 y la reparación a la víctima

 

Miluska Judith Victoria Arbulú Montoya

[email protected]

 [email protected]

 

Carlos Quinto Huamán Rojas

[email protected]

 [email protected]

 

Universidad César Vallejo

Tarapoto – Perú.

 

RESUMEN

El “Arquetipo de la justicia restaurativa en los menores infractores y la reparación a la víctima”, es un tema interdisciplinario versátil desde su creación, ayudando a solucionar conflictos de la ciencia penal, además es importante consignar la reparación civil por el daño ocasionado, mediación comunitaria y la necesidad de efectuar programas. El objetivo general de la investigación es Identificar los criterios que se deben aplicar para utilizar el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores; los objetivos específicos son: Señalar los criterios para aplicar el arquetipo de Justicia restaurativa mediante una entrevista, Identificar los delitos en los cuales se aplicaría el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores, mediante una guía de análisis documental y Analizar  la determinación de la reparación a la víctima mediante la guía de análisis documental. El tipo de estudio es básico, enfoque cualitativo y diseño fenomenológico. Resultados: Los profesionales abogados y psicólogos coinciden en designar como una finalidad primordial es “que los infractores sean participantes activos en el conflicto, generado por el delito, promoviendo la reparación emocional, material del daño, el recuperamiento de las relaciones sociales a través de las prácticas y procesos restaurativas”.

 

Palabras clave: justicia restaurativa; reparación civil; infractores.

 

 

 

 

Archetype of restorative justice in juvenile offenders and reparation

to the victim

 

ABSTRACT

The "Archetype of restorative justice in juvenile offenders and reparation to the victim", is a versatile interdisciplinary subject since its inception, helping to solve conflicts of penal science, it is also important to record the civil reparation for the damage caused, community mediation and the need to carry out programs. The general objective of the research is to identify the criteria that must be applied to use the archetype of restorative justice in juvenile offenders; the specific objectives are: To indicate the criteria to apply the archetype of restorative justice through an interview, to identify the crimes in which the archetype of restorative justice would be applied to juvenile offenders, through a document analysis guide and analyze the determination of the reparation to the victim through the document analysis guide. The type of study is basic, qualitative approach and phenomenological design. Results: Professional lawyers and psychologists agree in designating as a primary purpose is “that the offenders be active participants in the conflict, generated by the crime, promoting the emotional and material reparation of the damage, the recovery of social relationships through practices and restorative processes”.

 

Keywords: Restorative justice; civil reparation; offender.

 

 

Artículo recibido:  10 Setiembre. 2021

Aceptado para publicación: 15 Octubre. 2021

Correspondencia: [email protected]

Conflictos de Interés: Ninguna que declarar

 

 

 

 

 

 

 

1. INTRODUCCIÓN

La presente investigación está orientada a profundizar los conocimientos sobre el “Arquetipo de la justicia restaurativa en los menores infractores y la reparación a la víctima, Perú-2020”, teniendo en consideración que la Justicia Restaurativa se puede considerar un instrumento versátil que ha tenido innumerables usos, desde su creación, pero sobre todo para ayudar a la solucionar conflictos de la ciencia penal, además también se exhiben sus objetivos; su contraste con la reparación del daño con efectos restaurativos, mediación comunitaria y la necesidad de efectuar programas en el contexto comunitario. Pretendiéndose proponer un arquetipo, que viene a ser un Modelo que sea original y primario sobre el tema de justicia restaurativa. En este sentido es importante aplicar la justicia restaurativa a nivel nacional y lograr expandir los horizontes del derecho al perdonar de la víctima. Nos encontramos ante el hecho de que la víctima no es capaz de llevar una vida pacífica por la carga que significa el agravio, generando una constante preocupación, el agresor se encuentra en una situación parecida, pero manteniendo la culpa en la conciencia.

Respecto al perdón, se señala que produce efectos jurídicos únicamente cuando se trata de bienes disponibles, como derechos patrimoniales. Por lo que la trascendencia del perdón radica si el ofendido activa por motivo de la ofensa, un derecho subjetivo frente al agresor, decidiendo renunciar a reclamar o condonar si existiese un derecho de crédito. Asimismo, en el área penal, este concepto no paraliza la persecución de delitos, en los que el interés de la persona ofendida no es mayor que el bien jurídico. Por lo que la realidad de nuestro país nos presenta a tribunales que, ante la determinación de un delito, lo persiguen y castiguen, representando “ius puniendi” o derecho a castigar que ostenta el Estado Peruano, siendo esto favorable porque veda la justicia particular, puede conducir fácilmente a la venganza.

El perdón de la víctima, carece de efectos jurídicos, porque no puede suspender el enjuiciamiento ni el castigo, pero sí una renuncia a las responsabilidades civiles, por lo que es un derecho de contenido patrimonial disponible para la víctima. La reparación civil es considerada una acción resarcitoria que viene siendo ejecutada en desde el Código Penal de 1924, atravesando varios cambios, en especial sobre los factores de atribución de la responsabilidad y su posterior accionar judicial para lograr la reparación del daño. Pero el enfoque principal para el desarrollo de este punto es la víctima en sí misma, porque es el sujeto procesal más relevante en un procedimiento penal, quien es el perjudicado a consecuencia del delito que ha fue realizado en su contra, y que ha lesionado un bien jurídico protegido, por lo que debe reparársele integralmente, tanto el daño inmaterial como material, y quien lo garantiza debe ser el juez.

En América Latina, se observa que el instrumento jurídico aplicado es la Remisión, siendo Argentina el ejemplo más relevante que mantiene este modelo desde el año 1950, regulándolo en la Ley de Familia, como: “Extraer a los menores de 16 años del Derecho Penal como un postulado fundamental de la doctrina nacional”. Esto es concordante con lo estipulado en las tres correcciones contempladas en el famoso Pacto “San José del país de Costa Rica”, que han permitido unificar la doctrina, las cuales son: 1. No a todos los “menores” deben procesarlos; 2. Es indispensable tener un “tribunal especializado”; 3. El propósito de la actuación del estado es el tratamiento del joven y no el enjuiciamiento.

Por esto, se plantea el siguiente problema general: ¿Cuáles son los criterios que se deben aplicar para utilizar el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores y determinar la reparación a la víctima, Perú- 2020?, siendo los problemas específicos los siguientes: ¿Cuáles son los criterios para aplicar el arquetipo de Justicia restaurativa?, ¿En qué tipo de delitos se aplicaría el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores?, ¿De qué manera se determinaría la reparación a la víctima?

Con respecto a la justificación de investigación, es conveniente porque se investiga temas que son interesantes abordar que deben ser considerados como pilares para futuras políticas públicas planteadas como medidas preventivas ante la delincuencia, teniendo como fundamento legal a la Constitución Política de nuestro país y al Código Penal (en adelante C.P) que regula la política criminal para cumplir con los requerimientos sociales con el fin de garantizar un país sin delincuencia, la relevancia social radica porque la investigación beneficiará a la población juvenil del programa  y a las víctimas otorgando mejores criterios y aplicando la justicia restaurativa y el derecho a perdonar de la víctima, valor teórico porque se investigarán varias teorías relacionadas al tema, dentro de las cuales destaco el análisis de la teoría tridimensional del derecho y de la justicia, implicancia práctica porque con la aplicación de esta investigación sobre la Justicia Juvenil Restaurativa favorecerá a los implicados como: a) la victima que adquirirá más seguridad y tranquilidad pensando en la disminución de la  delincuencia juvenil y la factibilidad nacional, b) las autoridades quienes brindarán mayor información a la sociedad  y transmitirán seguridad y calma en las calles, y c) la familia que recupera y  logra tener un hijo de bien para la sociedad y no jóvenes infractores sin futuro y utilidad metodológica aportará técnicas de recolección de información seleccionándola y categorizándola, para posteriormente analizarla, asimismo los instrumentos utilizados son las dos Guías: la primera de análisis de fuente documental y la segunda es la entrevista, que servirán para continuar investigaciones posteriores.

El objetivo general es Identificar los criterios que se deben aplicar para utilizar el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores y determinar la reparación a la víctima y los objetivos específicos son:  Señalar los criterios para aplicar el arquetipo de Justicia restaurativa mediante una entrevista, Identificar los delitos en los cuales se aplicaría el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores, mediante una guía de análisis documental y Analizar  la determinación de la reparación a la víctima mediante la guía de análisis documental.

2. ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS O MATERIALES Y MÉTODOS

2.1.Tipo y diseño de investigación

Tipo de estudio: Es “básica” (CONCYTEC 2018). De tipo cualitativa, en el cual se utiliza en las ciencias sociales como el derecho; las técnicas en las cuales se aplican son: entrevistas abiertas, el análisis del discurso y la observación participante. Este enfoque explora por completo a los factores alrededor de un determinado fenómeno, diversidad de perspectivas y los diferentes significados que tiene para los participantes. (Creswell, 2003).

Diseño de investigación: Fenomenológico, se puede encontrar el tipo hermenéutico, el cual se concentra en la interpretación de las experiencias de las personas y los textos de vida de los mismos, para posteriormente describirlos por medio de los significados dados por los participantes del estudio. (Hernández, Fernández y Baptista, 2018).

Esquema fenomenológico (propia 2021):

Fenómeno de Estudio
F= E + IR + IH
 

 

 

 

 

 


2.2. Categorías, subcategorías y matriz de categorización

Tabla 1: Matriz de Categorización

Objetivo

Categoría

Subcategoría

Pregunta orientadora

Fuentes

Técnicas

 

Señalar los criterios para aplicar el arquetipo de Justicia restaurativa.

Sistema Penal Juvenil

·   Remisión fiscal: Víctima, Infractor y Equipo multidisciplinario

·   Política criminal

·   Proceso de resocialización

·   Proceso judicial

·   D. Leg. 889- Ley contra el Pandillaje Pernicioso

·   Garantías: sustantivas y procesales (principios)

 

¿Cuáles son los criterios para aplicar el arquetipo de Justicia restaurativa?

Profesionales psicólogo, asistente social, abogado.

Documental: Informes o Boletines estadísticos.

Entrevista

Guía de análisis documental

 

Identificar los delitos en los cuales se aplicaría el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores.

Derechos del infractor

·   Constitución Política del Perú.

·   Doctrina: protección integral.

·   Código de Niños y Adolescentes

·   Convenciones Internacionales que protegen al menor infractor.

·   Teoría tridimensional del derecho.

·   Teoría de la Oportunidad Diferencial que tiene como autores a  Lloyd Ohlin y Richard Cloward.

·   La Teoría de la Resocialización.

 

¿En qué tipo de delitos se aplicaría el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores?

Entrevista

Guía de análisis documental.

Analizar la determinación de la reparación a la víctima.

La reparación a la víctima

·   Derechos de la víctima.

·   Teoría de derechos fundamentales

·   Tipos de reparación.

·   Criterios para determinar la determinación de la reparación.

 

¿De qué manera se determinaría la reparación a la víctima?

Entrevista

Guía de análisis documental.

 

 

 

2.3.    Participantes

Los participantes serán 3 psicólogos, 9 abogados, Boletines estadísticos de PRONACEJ y que intervendrán en el estudio o cuáles serán las fuentes que servirán para recabar toda la información.

2.4.    Técnicas e instrumentos de recolección de datos

Las técnicas desarrolladas son:

La entrevista, contendrá preguntas abiertas, para recabar la información sobre los procesos de justicia restaurativa, estas preguntas se realizarán a los profesionales capacitado en el tema, que comprenderán profesional técnico, psicólogos, abogados y jueces.  Behar, D. (2018). El entrevistador tendrá que aplicar a los entrevistados, haciéndoles las preguntas y de forma paralela anotar los resultados abordados.

El análisis de documentos, será utilizado por la investigadora para poder analizar la información recolectada de las revistas indexadas, libros o materiales recopilados y relacionados con el tema. Asimismo, Quintana y Montgomery (2006), aporta indicando que la finalidad de este análisis es partir de una documentación verídica y concreta, donde el papel fundamental lo cumple el investigador, quien interpreta primero y posteriormente analiza el material recopilado.

Como instrumentos tenemos:

La guía de Entrevista, que contendrá dieciséis (16) preguntas que tendrán el propósito de contestar los objetivos de la investigación, creadas exclusivamente para cada participante. (Valderrama, 2015).

La guía de análisis documental, permitirá analizar los documentos recolectados por el investigador como artículos científicos, normas y jurisprudencia. Es sobre el particular, Quintana y Montgomery (2006) indica que se aplica sobre un escenario doctrinario, comparado y jurisprudencial, respaldados en diversos argumentos jurídicos. Teniendo en consideración los requisitos de validez y confianza que deben ostentar los instrumentos de recolección de datos.

3. RESULTADOS Y DISCUSIÓN

Por medio de la revisión exhaustiva de alrededor de 33 antecedentes, descartando dentro de estas un total de 18 fuetes que no cumplían los requisitos necesarios para ser integrados dentro del fichaje, y finalmente habiendo escogido y hecho la recopilación de 15 artículos científicos con mayor cercanía y aborde de la temática de estudio, es así que, se tienen presenten y se exploran estas investigaciones para el respectivo análisis y cometario. A continuación, estas se detallan de la siguiente manera:

Autores

Tipo de Estudio

Métodos

Resultados

Conclusiones

Dlestikova, T. (2020). Encuentros entre las justicia indígena y restaurativa en Colombia

Empírico

Análisis

teórico de la literatura

Con respecto a la justicia indígena, las prácticas jurídicas son diferentes en cada comunidad, pero coinciden en dos características como son la oralidad y publicidad de la acción frente a la actitud que se considera lesiva, ante la autoridad se explican y discuten los hechos, pero también intervienen los dos lados del conflicto y otros integrantes de la comunidad.

Se evidencia una justicia

Colectiva y consensual resaltando su función comunicativa y narrativa.

Colombia, es un gran ejemplo de este modelo de justicia, por ser una sociedad hegemónica y por la existencia de los pueblos ancestrales. Resaltando las tradiciones indígenas y costumbres y la administración de justicia que convergen en su cosmovisión y ostentan un carácter simbólico.

Medina, I. (2018). Justicia Restaurativa: la evasión no violenta como un nuevo supuesto de remisión.

Empírico

Análisis teórico

En este tópico se resalta que libertad jurídicamente garantizada, comprende la conducta que genera la evasiva sin violencia dentro de una institución de rehabilitación. Para determinadas personas, sin constituirse como delito como es el caso de (mayores) ni infracción penal (adolescentes); la fuga no implique violencia.

Un acto de autoprotección puede ser considerado en el caso de una conducta de evasión no violenta que se genera como frente a las graves vulneraciones desarrolladas dentro de un escenario de encierro. En el caso de los jóvenes se utiliza la figura de la remisión, como un criterio que utiliza la justicia restaurativa, que le otorga al joven una oportunidad para evadir la reclusión sin violencia.

Ordoñez, L. y Rodríguez, D. (2019). Más allá del Castigo Penal: un diálogo entre

la Justicia Restaurativa y algunos escenarios

de transición en Colombia.

Cualitativo

Observación multisituada

La aceptación que le brinden a la justicia restaurativa depende del delito que se esté sometiendo a este procedimiento y su gravedad. Esto lo hace convertirse en una alternativa viable al sistema penal tradicional, pero en el caso de los delitos grabes debe tener un plus que incluye medidas retributivas.

 

La Justicia Restaurativa configura, escenarios fuera del ámbito jurídico (artísticas, pedagógicas y comunitarias), debiendo trabajar d la mano con el Estado, aunque en varias ocasiones ha surgido paralelo a éste.

Cuando se impulsan procesos artísticos o comunitarios, se generan en los implicados dispositivos de, cura, sanación y perdón.

Reyes, C., La Brenz, C. A., & Donoso, G (2018). Comparative Juvenile Criminal Justice Systems: Contrasts between Chile and Western Europe

Cualitativo

Estudio de caso comparativo

En Chile, su sistema penal, suele ser punitivo, sin tomarse en cuenta las necesidades del joven.  Este contexto es opuesto al sistema penal juvenil italiano, que sí se toman en consideración, por la importancia que le otorgan a su plan psicosocial de intervención con el respaldo y participación activa en el proceso, de sus familias, permitiéndole al joven, proyectarse y el daño causado a la víctima, comunidad, generando acciones concretas.

Lo relevante de este trabajo es el conocimiento que se obtiene desde los actores del proceso al momento de que se implementan las prácticas en escenarios socioculturales.  Teniendo como máximos exponentes las prácticas de JRJ a Chile, Italia, Suecia e Inglaterra, que han impulsado sistemas de Justicia penal juvenil y políticas públicas para facilitar este proceso. Este modelo, impulsa los procesos restaurativos dentro de un país por ejemplo en Chile (implementación de etapa temprana).

Gorjón, G. J., & Sauceda, B. J. (2018). Restorative justice, a tool of peace in the resolution of community conflicts

Empírico

Análisis teórico

Se plantea como un beneficio del sistema social que implica hacer que la comunidad se vincule directamente y por el hecho de que ostentan derechos y responsabilidades con el resto de la sociedad dentro de la cual se encuentra el ofensor y la víctima, quienes son vecinos de la comunidad y forman parte de ésta, por lo que ostentan responsabilidad.

En el Estado de Nuevo León se debe implementar los objetivos de la justicia restaurativa y mediación comunitaria, la reparación, y el despliegue de varios programas de justicia restaurativa.

La justicia restaurativa (contexto comunitario: refuerza los vínculos individuales y colectivos) debe ser considerada como un proceso alternativo de solución de controversias que permite preservar el principio pro homine (derechos humanos), que esboza que por medio de la interpretación jurídica se debe buscar para el hombre el mayor beneficio siempre, por lo que los tratados internacionales deben tener un efecto útil, tomando en consideración su fin y objeto en conformidad al Artículo número 31.1 de la Convención de Viena (propicia una cultura de paz a través del diálogo entre los habitantes de las comunidades.

Sánchez, A. L. (2016). Agendas en competencia para abordar la violencia intrafamiliar: Justicia Restaurativa vs. Punitivismo.

Empírico

Empírico y análisis de información cuantitativa

Se ha evidenciado que con respecto a las audiencias de conciliaciones (datos disponibles), no han cumplido con los valores, principios fundamentales y exigencias de la justicia restaurativa. Esto se contrasta con la realidad de la falta de preocupación por parte de los fiscales, con respecto a esta forma de violencia por considerarlo como un delito menor y privado.

Se enfoca en el Código de Procedimiento Penal (2004), que enfrenta la violencia intrafamiliar, a través de los actores que promueven nuevas definiciones de medidas como las agendas de justicia restaurativa y punitivas, siendo estas últimas las que han ganado dentro del contexto de las reformas legales. Se han creado otras medidas en contra de la violencia y subyugación de la mujer (contexto familiar).

Tonche, J., & Umaña, C. (2017). Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición: un acuerdo de justicia ¿restaurativa?

Cualitativo

Descriptivo

En este trabajo resaltan dos aspectos fundamentales: la verdad y el reconocimiento

de responsabilidad que tiene una perspectiva moderna, que contempla los beneficios del tratamiento restaurativo para el

infractor (grado de contribución).

Las acciones para gestionar los conflictos sociales (perspectiva constructiva), son la noción perfecta de la justicia restaurativa (no condenas a trabajos ni

una concepción de penas en especie), que garantice las relaciones sociales futuras, atendiendo el hecho pasado.

Cote, G. E. (2020). El carácter dialógico del proceso con reconocimiento de responsabilidad ante la Jurisdicción Especial para la Paz: retos del derecho penal en contextos de justicia transicional

Empírico

Análisis teórico

Se resalta que dentro de la estructura y alcance del proceso debe estar inmerso el principio del diálogo, buscando responder a las expectativas de las víctimas. El carácter penal, transicional y restaurativo se contrapone en varias ocasiones con los objetivos que persigue este proceso, por las tensiones que surgen.

Enmarca que es indispensable que los objetivos tradicionales dentro del proceso penal sean acatados para que luego se alcancen los objetivos particulares dentro de los contextos de justicia transicional que se persiguen. Su finalidad es construir la paz por medio de fortalecer el estado de derecho.

Villacampo, C. (2020). Restorative Justice in gender-based violence cases in Spain: Current situation and criminal policy proposal.

 

Cualitativa

Método hermenéutico

En España existe una prohibición en lo concerniente a las prácticas de mediación referidas a los supuestos de violencia de género, lo que imposibilita la aplicación práctica de este proceso, pero recomiendan que dicha norma se suprima por la practica en otros países y el desarrollo de la normativa que sustenta a la justicia restaurativa internacional.

La monitorización de

Programas, planes o agendas de justicia están elaborados para los casos de violencia de género en particular, y la disyuntiva entre la normativa internacional, que pertenece al Estado

español. Pero si esta norma se modificase, podrá aplicarse estas herramientas a los casos de violencia de género (sin prohibiciones y con mediación).

 

El objetivo general es Identificar los criterios que se deben aplicar para utilizar el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores y determinar la reparación a la víctima.

Objetivo Específico 1: Señalar los criterios para aplicar el arquetipo de Justicia restaurativa. (Entrevista). Subcategorías emergentes sobre Sistema Penal Juvenil

El tema de Justicia restaurativa es un Arquetipo que ya tiene una relevancia jurídica, social y humanística dentro de nuestra sociedad peruana, demostrándose lo indicado en el conocimiento que radica en los profesionales sobre este tema y el cual ha sido demostrado en las entrevistas aplicadas. Todos coinciden bien en que es nuevo pero muy útil para la vida de nuestros adolescentes que han infringido la ley penal. Los entrevistados han estado conformados por diferentes profesionales, entre los cuales destacan abogados especialistas y psicólogos.

Desde la experiencia del Lic. Psicólogo Ruperto Mendoza Martínez, nos explica lo siguiente: En el sistema de medio cerrado, para la aplicación del tema de justicia restaurativa resulta muy dificultoso por lo siguiente: Primero se debe considerar que la finalidad de la justicia restaurativa es la reparación del daño, para lo cual el infractor paso un proceso entre ellos redujo los niveles de riesgo y tiene la disposición de cumplir, aun sin tomar en cuenta la disponibilidad de la víctima, porque la reparación no solo implica estar frente a la víctima, sino se usan diferentes método, entre ellos el servicio a la comunidad, proceso de mediación, etc. Tomando en cuenta la finalidad del sistema justicia restaurativa, en el sistema de medio cerrado, este aspecto resulta dificultoso por diversos factores desde el nivel de riesgo de los infractores (moderado o alto) donde tiene habitual consumo de drogas y ausencia familiar, a las condiciones de infra estructura, demanda alta en atenciones, entre otros. Pero aun de ello entre los temas que se aborda que es la asunción el riesgo y la responsabilidad, tema pilar en el sistema de justicia restaurativo.

Objetivo Específico 2: Identificar los delitos en los cuales se aplicaría el arquetipo de Justicia restaurativa en los menores infractores. (Análisis documental). Subcategorías emergentes sobre Derechos del Infractor.

Y una de las estrategias legales más interesantes según el autor Salas, I.J. (2018). “Justicia restaurativa: la evasiva sin violencia como un nuevo supuesto de remisión”. Esta se realiza en el Perú a instancia del Ministerio Público, para prevenir la criminalidad que es un mal lamentable dentro de la sociedad.  Según Pariona, C.A (2017), El Programa Juvenil de Justicia Restaurativa (en adelante PJJR) se considera un gran soporte para los adolescentes infractores en especial para los primarios, debido a que tienen mayores posibilidades para resocializarse, sin embargo, los resultados serían mejores si se valorara la actividad aprendida en los Centros Juveniles como experiencia para conseguirles trabajo cuando terminen el programa y realizándose  el respectivo seguimiento supervisando la resocialización y que las autoridades acompañen al adolescente brindándoles el respaldado.

Objetivo Específico 3: Analizar la determinación de la reparación a la víctima mediante la guía de análisis documental. (Entrevista). Subcategorías emergentes sobre la Reparación de la víctima.

Resalto una de las respuestas de la entrevistada Lic. Psicóloga CHESIRA HUAMÁN ROJAS quien ha indicado que en la Justicia Restaurativa existe una “que los infractores sean participantes activos en el conflicto, generado por el delito, promoviendo la reparación emocional, material del daño, el recuperamiento de las relaciones sociales a través de las prácticas y procesos restaurativas”.

4. CONCLUSIÓN O CONSIDERACIONES FINALES

La Justicia Restaurativa es un modelo innovador o un arquetipo que varias instituciones lo utilizan para ayudar a los adolescentes infractores de la ley penal, busca reinsertar, resocializar, reintegrarlo a la sociedad para que pueda vivir sin estigmas y ser un ciudadano respetable. La finalidad de la justicia restaurativa es reparar relaciones futuras, para lograr resarcir el agravio provocado a la víctima, y buscar la interrelación con el ofensor.

La autonomía de la voluntad tiene un rol fundamental en el proceso de justicia restaurativa, con la finalidad de rehabilitar, reparar el daño (reparación civil), resocializar y reintegrar al agresor a la sociedad o comunidad.

Se aplica la justicia restaurativa en delitos leves, por la mejor adaptación al arquetipo restaurativo, que permite tener la certeza de que se desarrollará con éxito, y otros factores son: estabilidad familiar, exámenes psicológicos, evaluación social y facilidad para la orientación legal al infractor. Y Con respecto a las teorías, la que complementaría este tema es la teoría tridimensional de derecho porque en ésta confluyen los hechos, la axiología, y el ámbito normativo que regule la justicia restaurativa y su aplicación a nivel nacional e internacional.  

5.  LISTA DE REFERENCIAS

Ayllon García, J. D. (2019). La justicia restaurativa en España y en otros ordenamientos jurídicos. Ars Boni Et Aequi, 15(5), 9-29. doi: http://dx.doi.org/10.23854/07192568.2019152Ayllon9

Benavides, M. (2019). La reparación integral de la víctima en el proceso penal. Universidad Central. Ecuador. http://orcid.org/0000-0003-2771-1104. Recuperado de: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2218-36202019000500410

Bernal-Bermúdez, Laura, (2014) Crimes against Humanity: Global Justice and the Human Rights Discourse, 129 Vniversitas, 17-38. http://dx.doi. org/10.11144/Javeriana.VJ129.cahg Revista Indexada Pontificia Universidad JAVERIANA. Bogotá. Recuperado de https://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/search/search.

Cano, M. (2011). Modelo epistemológico de la teoría tridimensional del derecho. Universidad Autónoma del Estado de México, México. Recuperado de: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-14352011000300009

Castillo, L. (2018) Comprensiones de perdón, reconciliación y justicia en víctimas de desplazamiento forzado en Colombia. Revista de Estudios Sociales. Universidad de los Andes. Colombia. DOI: 10.7440/res63.2018.07. Recuperado de: https://www.redalyc.org/jatsRepo/815/81554612007/html/index.html

Carrasco, S. (2009). Metodología de la investigación científica: Pautas metodológicas para diseñar y elaborar el proyecto de investigación. Lima, Perú: Editorial San Marcos.

Cote, G. E. (2020). El carácter dialógico del proceso con reconocimiento de responsabilidad ante la Jurisdicción Especial para la Paz: retos del derecho penal en contextos de justicia transicional. Universitas, 69, 1-30. https://doi.org/10.11144/Javeriana.vj69.cdpr

Defensoría del Pueblo (2000) “El sistema Penal Juvenil en el Perú. Análisis jurídico social”. Serie Informes Defensoriales. Recuperado de: https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con2_uibd.nsf/57DFD241FE3DA801052577850079854F/$FILE/Informe_Defensorial_51._El_sistema_penal_juvenil%5B1%5D.pdf

Dlestikova, T. (2020). Encuentros entre las justicia indígena y restaurativa en Colombia. Novum Jus, 14(1), 15 - 40. doi: https://doi.org/10.14718/NovumJus.2020.14.1.2

Dirección de tratamiento Penitenciario. -INPE (2019) “Tratamiento Penitenciario Informe Estadístico” Recuperado el 06/10/2021 de: https://www.inpe.gob.pe/estadistica/pdf/informe_final_2019_4to_trimestre_tratamiento.pdf

Domingo, V (2017) “Justicia restaurativa como derecho de las víctimas” Revista jurídica de Castilla y León. Núm. 41 Pág. 130-153. ISSN: 2254-3805. Recuperado de http://www.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionPublica/es/Plantilla100Detalle/1131978346397/_/1284704738165/Redaccion.

García, E. (2017), “Justicia Restaurativa: un paradigma emergente” (Tesis de Doctorado) Universitat de Valéncia, Valencia, España. Revista Dialnet. Recuperado de: https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=184253

Gamen, F. y Mieth S. (2015). Luz y sombras del teletrabajo (Tesis de pregrado). Fundación Universidad Argentina de la empresa, Buenos Aires, Argentina. Recuperado de https://repositorio.uade.edu.ar/

Gorjón, G. J., & Sauceda, B. J. (2018). Restorative justice, a tool of peace in the resolution of community conflicts. Nuevo León case. Política criminal, 13(25), 548-571. https://dx.doi.org/10.4067/S0718-33992018000100548

Guías Jurídicas, (2020). Establecimientos penitenciarios. Recuperado de: https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMjMyNTtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAouGjFTUAAAA=WKE#:~:text=Un%20Establecimiento%20o%20Centro%20penitenciario,cumplimiento%20de%20una%20pena%20privativa

INPE (2021) Informe Estadístico -Julio. Recuperado el 06/10/2021 de:  https://siep.inpe.gob.pe/Archivos/2021/Informes%20estadisticos/informe_estadistico_julio_2021.pdf

Latina. Revista de Estudios Sociales (73): 83-95. doi: https://doi.org/10.7440/res73.2020.07

Martin, A. & Rodríguez, M. P. (2019). Tras las huellas del terrorismo en Euskadi: Justicia restaurativa, convivencia y reconciliación. DOI: 10.7179/PSRI_2020.36.11

Medina Salas, I. (2018). Justicia Restaurativa: la evasión no violenta como un nuevo supuesto de remisión. RESED, (7), 14-26. doi: http://dx.doi.org/10.25267/Rev_estud_socioeducativos.2019.i7.01

Méndez Romero, S. V., & Hernández Jiménez, N. (2020). Justicia restaurativa y Sistema Interamericano de Derechos Humanos. ACDI - Anuario Colombiano De Derecho Internacional, 13, 47-78. doi: https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/acdi/a.7359

Meneses (2020), sobre el tema "La importancia de la investigación científica como competencia profesional: Una propuesta didáctica". Recuperado de: https://femrecerca.cat/meneses/publication/importancia-investigacion-cientifica-competencia-profesional-propuesta-didactica/importancia-investigacion-cientifica-competencia-profesional-propuesta-didactica.pdf

Ministerio Público (2020) Anuario Estadístico. Recuperado el 06/10/2021 de: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1895323/ANUARIO%202020%20FINAL%203.pdf.pdf

MINJUS (2020). Manual de Beneficios Penitenciarios y de lineamientos del modelo procesal acusatorio. Recuperado de: https://www.minjus.gob.pe/defensapublica/contenido/publicaciones/manual_beneficios.pdf

Mojica, C. (2005), “Justicia restaurativa”. Revista Indexada Dialnet. Recuperado de: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5238003

Molinares-Hassan, Viridiana; Tolosa-Morales, Adel & Quintero-Ochoa, Margarita, (2016). Las injusticias de la Justicia: un análisis de precedentes judiciales sobre protección a la población carcelaria en Colombia a partir de la dignidad humana, 132 Vniversitas, 235-310”. http://dx.doi. org/10.11144/Javeriana.vj132.ijap. Revista Indexada Pontificia Universidad JAVERIANA. Bogotá. Recuperado de: https://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/search/search

Mondragón Duarte, S. L., Guzmán Quintero, A. y Pérez Medina, A. G. (enero-abril, 2020). Regulación del tratamiento penitenciario y carcelario en el marco de los derechos humanos. Revista Virtual Universidad Católica del Norte, (59), 166-187 doi: https://doi.org/10.35575/rvucn.n59a10

Montes, D. (2020). Resentimiento y perdón: entre las justificaciones de los ofensores, exigencias de los ofendidos y reclamos de la comunidad. (Tesis de pregrado) Universidad del Rosario. Bogatá. Colombia. Recuperado de: https://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/25281/Trabajo%20de%20grado%20Daniela%20Montes%20Ni%F1o.pdf;jsessionid=798A83ABC1586067922F05431A96B901?sequence=1

Mori, J. (2014) El derecho de resarcimiento del daño sufrido por las víctimas de delitos y el Código Procesal Penal Peruano. Revista “Ciencia y Tecología”.ISSN: 1810 – 6781.

Osorio Gutiérrez, N. C., Salamanca Santos, M. d. P., & Ramírez Cortés, L. T. (2018). Política criminal y abolicionismo, hacia una cultura restaurativa: Cátedra de Investigación Científica del Centro de Investigación en Política Criminal N.°9. Universidad externado de Colombia. doi: 10.4000/books.uec.2401

Ordoñez Vargas, L. y Rodríguez Heredia, D. (2019). Más allá del Castigo Penal: un diálogo entre la Justicia Restaurativa y algunos escenarios de transición en Colombia. Análisis Político, 32(96), 36-60. doi: https://doi.org/10.15446/anpol.v32n96.83749

Periago Morant, J. J. (2020). Las alternativas a la privación de libertad en nuestro sistema de justicia juvenil más allá de la instrucción. Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, (2) 22, 1-46.

Poder Judicial (2021) Boletín Estadístico Institucional de Enero a Junio.  Recuperado el 06/10/2021 de: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/bb35e3804455eb2b90fb94c9d91bd6ff/BOLETIN_N2-JUNIO-2021.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=bb35e3804455eb2b90fb94c9d91bd6ff

Portal Toda Materia. (01 de marzo de 2021). Pasos del método científico. Recuperado de https://www.todamateria.com/pasos-del-metodo-cientifico/

PRONACEJ (2021). Boletín Estadístico. Abril 2021. Recuperado de https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1882519/BOLETIN-ESTADISTICO-ABRIL.pdf.pdf

PRONACEJ (2021). Boletín Estadístico. Mayo 2021. Recuperado de https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1934059/BOLETIN-ESTADISTICO-MAYO.pdf.pdf

Programa Nacional de Centros Juveniles PRONACEJ (2021). Boletín Estadístico (agosto) Reporte mensual de datos estadísticos presentados por la UAPISE. Recuperado el 06/10/2021 de: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2161135/BOLETIN%20ESTADISTICO-AGOSTO-2021.pdf.pdf

Real Academia (2020) Diccionario. Recuperado de: https://dle.rae.es/arquetipo.

Reyes, C., LaBrenz, C. A., & Donoso, G. (2018). Comparative Juvenile Criminal Justice Systems: Contrasts between Chile and Western Europe. Política criminal, 13(25), 626-649. doi: https://dx.doi.org/10.4067/S0718-33992018000100626

Sánchez, A. L. (2016). Agendas en competencia para abordar la violencia intrafamiliar: Justicia Restaurativa vs. Punitivismo. Universitas, 65(132), 423-482. https://doi.org/10.11144/Javeriana.vj132.acav

Sanguino, K. D. & Baene, E. M. (2016), “The individual resocialization as a function of punishment”. Revista Academia & Derecho.

Tonche, J., & Umaña, C. (2017). Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición: un acuerdo de justicia ¿restaurativa? Revista Derecho Del Estado, (38), 223-241. https://doi.org/10.18601/01229893.n38.09

Traverso, L. M. (2020). Perdón y justicia en Ana Karenina. Omnia. Derecho y sociedad, 3 (3), pp. 9-26. ISSN 2618-4699

Vásquez, M. (2015). “Teoría de la Oportunidad Diferencial de Richard Cloward y Lloyd Ohlin”. Recuperado de: https://web.facebook.com/crimiparateorimaroctvazpa/posts/727001914073987/

Vial, J. & Rodríguez A. (2009), “la dignidad de la persona humana. desde la fecundación hasta su muerte” Revista Scielo. Recuperado de: https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-569X2009000100007

Villa L.E. (2020). El perdón estratégico: una necesidad para vivir juntos. Strategic forgiveness: a need to live together. Universidad Cooperativa de Colombia, Colombia. Recuperado de https://www.redalyc.org/jatsRepo/279/27963020016/html/index.html