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En el caso de aplicar o de investigar la causa criminológica en Bolivia, por ejemplo, en casos como los
de Seferina que mató a sus hijos; los de Richard Choque que mató al primo y a dos adolescentes y las
enterró en su casa, de Cesar Guillermo que degolló a sus hijos. Debido a la inexistencia de la
criminología en el proceso judicial del país, no se realizan adecuadamente la investigación de las causas
criminógenas, se les dan los 30 años sin derecho a indulto y con eso se considera “problema resuelto”
y por el procedimiento directo al recinto penitenciario; no se hace una investigación psicológica, a pesar
de tener la psicología forense, no hay un análisis desde la psicología criminal y menos desde la
criminología, lo que dificulta entender el delito; identificar realmente estas causas criminológicas; por
lo que no hay la posibilidad de analizar y aprender de las posibles causas que han terminado en que este
hombre termine matando a sus hijos; mate al primo o le dispare en la cabeza a otra persona.
A este análisis se suma el Índice Criminológico que es un signo o síntoma que permite un diagnóstico
criminológico. El índice tiene una importancia clínica, pero no tiene necesariamente un valor etiológico.
La conducta antisocial es un índice, un indicador de la personalidad del sujeto estudiado, pero no
representa la personalidad en sí, y, en nuestra opinión, el crimen no es forzosamente demostrativo de la
peligrosidad criminal de un individuo (Manzanera, 1981 p. 462 – 463)
Cuando se habla de índice ya en la aplicación de casos, hace referencia a conocer los indicadores que
nos dicen que la persona cometió x o z delito, por ejemplo, no es solamente estudiar la personalidad, si
es una persona psicópata, sociópata, antisocial, o perturbado mental, sino que ciertas características de
esa persona lo hicieron proclive a cometer el delito, pero no se puede decir que tiene X o Z personalidad,
por haber cometido ese delito. El índice ve al delincuente como la persona que fue, antes del delito y
no a partir del delito, por lo que nos diría qué es lo que este hombre que ha cometido de esta violación
o abuso sexual no es un “depredador sexual”, un “adicto al sexo”, en muchos de los casos – sin pretender
justificar – han sido delitos únicos, ocasionales, situacionales que, por supuesto no desliga
responsabilidad, pero que no podría ser encasillado como un “Delincuente Sexual” o peor un
“depredador sexual”. Con esta información la medida judicial que le den estará enmarcada en ese
análisis y no solo dictarle 10, 12 años de cárcel y pretender solucionar el problema. Con un adecuado
análisis del índice criminológico, permitiría sugerirle al juez, las medidas de rehabilitación y
reeducación, que debiera recibir, quizás que esa persona no tiene una estructura de personalidad