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LA OBLIGATORIEDAD DE ACUDIR A LA
MEDIACIÓN COMO UN MÉTODO ALTERNATIVO
DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, PREVIO AL
INICIO DE UN PROCESO JUDICIAL CIVIL
THE OBLIGATION TO ATTEND MEDIATION AS AN
ALTERNATIVE METHOD OF CONFLICT RESOLUTION, PRIOR
TO THE BEGINNING OF A CIVIL JUDICIAL PROCESS
Cinthya Molina
Autora Independiente
pág. 3068
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i3.11517
La Obligatoriedad De Acudir A La Mediación Como Un Método
Alternativo De Solución De Conflictos, Previo Al Inicio De Un Proceso
Judicial Civil
Cinthya Molina
1
Cmolina9@yahoo.com.mx
Autora Independiente
RESUMEN
Este artículo examina la creciente tendencia hacia la obligatoriedad de la Mediación como Método
Alternativo de Solución de Conflictos, previo al inicio de un proceso judicial civil en Ecuador. La
Mediación se ha establecido como una herramienta eficaz para abordar disputas en todos los campos,
de manera especial en materia civil, donde los conflictos se han incrementado notablemente. Al analizar
la necesidad y los beneficios de esta obligatoriedad, se revela cómo puede aliviar notablemente la carga
laboral de las Unidades Judiciales, Cortes Provinciales, Tribunales Contenciosos, promoviendo
soluciones rápidas, consensuadas, y sobre todo persuadir a las partes para encontrar resultados
mutuamente satisfactorios, beneficiosos para ellas. Se examinan los fundamentos legales y las
implicaciones prácticas de esta obligatoriedad en diferentes jurisdicciones, así como las posibles críticas
y desafíos asociados. Además, se destaca la importancia de preservar la autonomía de las partes y
fomentar una cultura de resolución alternativa de conflictos, a través del diálogo. En última instancia,
se concluye que la obligatoriedad de la Mediación puede ser una herramienta valiosa para mejorar el
acceso a la justicia, promover la eficiencia del Sistema Judicial y fomentar una sociedad más
colaborativa y pacífica.
Palabras Claves: mediación, obligatoriedad, justicia
1
Autor Principal
Correspondencia: Cmolina9@yahoo.com.mx
pág. 3069
The Obligation to Attend Mediation as an Alternative Method of Conflict
Resolution, Prior to the Beginning of a Civil Judicial Process
ABSTRACT
This article examines the growing trend towards the mandatory nature of Mediation as an Alternative
Conflict Resolution Method, prior to the start of a civil judicial process in Ecuador. Mediation has
established itself as an effective tool to address disputes in all fields, especially in civil matters, where
conflicts have increased significantly. By analyzing the need and benefits of this obligation, it is revealed
how it can significantly alleviate the workload of the Ecuadorian Judicial System, promoting quick,
consensual solutions, and above all, persuading the parties to find mutually satisfactory results.
beneficial for them. The legal foundations and practical implications of this obligation in different
jurisdictions are examined, as well as the possible criticisms and associated challenges. In addition, the
importance of preserving the autonomy of the parties and promoting a culture of alternative conflict
resolution through dialogue is highlighted. Ultimately, it is concluded that mandatory Mediation can be
a valuable tool to improve access to justice, promote the efficiency of the Ecuadorian Judicial System
and foster a more collaborative and peaceful society.
Keywords: mediation, obligation, justice
Artículo recibido 20 abril 2024
Aceptado para publicación: 25 mayo 2024
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INTRODUCCIÓN
En el contexto de los Sistemas Legales contemporáneos, la Solución de Conflictos ha evolucionado más
allá de la mera litigación extrajudicial. Se ha reconocido cada vez más que abordar disputas de manera
colaborativa y menos contradictoria, puede conducir a resultados más satisfactorios para todas las partes
involucradas. En este sentido, la Mediación ha surgido como un método alternativo ágil y eficaz para
resolver conflictos civiles, en los cuales las partes sientan que han ganado.
La Mediación implica la intervención de un tercero imparcial llamado mediador, que facilita la
comunicación entre las partes en disputa y las guía hacia la búsqueda de soluciones mutuamente
aceptables. A diferencia de los procesos judiciales tradicionales, la Mediación fomenta el diálogo, la
comprensión y el compromiso, en lugar de la confrontación y la imposición de decisiones impuestas por
parte de un tercero, llamado Juez.
En varios Sistemas Judiciales a nivel mundial, se ha evaluado a la mediación y la importancia que esta
ha promovido con su uso, como una forma de aliviar la carga laboral que mantienen los administradores
de justicia a nivel nacional, así como la reducción de costos y tiempos asociados con la litigación,
promoviendo la satisfacción de las partes, ya que a través del diálogo han podido deponer posiciones y
llegar a un consenso que los beneficie. Sin embargo, la Mediación a menudo ha sido percibida como
una opción voluntaria, dejando a las partes procesales en conflicto, la libertad de decidir si desean
participar o no, en este proceso previo al inicio de un juicio. En los últimos años, ha surgido una
tendencia hacia la obligatoriedad de la Mediación como un paso previo al inicio de un proceso judicial
civil, justamente por las ventajas que esta brinda. Esta obligatoriedad busca promover un mayor uso de
la Mediación y garantizar que las partes consideren en primera instancia, esta opción antes de recurrir a
la vía judicial.
Sin embargo, esta tendencia plantea una serie de preguntas importantes: ¿cuáles son los fundamentos de
esta obligatoriedad? ¿Cuáles son los beneficios y desafíos asociados con esta práctica? ¿Cómo afecta
esta obligatoriedad a la autonomía de las partes y al acceso a la justicia?
Este artículo examinará en detalle la obligatoriedad de acudir a la Mediación como un todo
alternativo de solución de conflictos antes del inicio de un proceso judicial en todos los campos,
especialmente en el ámbito civil. Se analizarán los fundamentos legales, los beneficios potenciales y los
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desafíos asociados con esta obligatoriedad, así como su impacto en la eficiencia del Sistema de Justicia
y la promoción de una cultura de paz, a través del diálogo en busca de una solución alternativa de
conflictos. En última instancia, se buscará ofrecer una visión integral sobre el papel de la Mediación
obligatoria en la búsqueda de una justicia más ágil, accesible, eficaz y colaborativa.
MATERIAL Y MÉTODOS
Este artículo se basa en una revisión exhaustiva de la literatura existente sobre el tema de la
obligatoriedad de acudir a la Mediación como método alternativo de solución de conflictos en el
contexto de procesos judiciales civiles.
Se utilizaron palabras clave como "Mediación obligatoria", "resolución alternativa de conflictos",
"procesos judiciales civiles", "eficiencia judicial" y "acceso a la justicia" para realizar búsquedas
específicas y exhaustivas en la literatura académica. Se limitó la búsqueda a publicaciones en inglés y
español, con un enfoque en estudios empíricos, revisiones sistemáticas y análisis críticos sobre el tema.
Se revisaron y seleccionaron los estudios relevantes en función de su pertinencia, calidad metodológica
y contribución al tema de la Mediación obligatoria. Se extrajeron datos y hallazgos clave de los estudios
seleccionados y se analizaron en profundidad para identificar tendencias, patrones y áreas de consenso
o controversia en la literatura existente.
Además de la revisión de la literatura, este artículo se basa en la experiencia y conocimientos del autor
en el campo del derecho y la resolución de conflictos. Se han incluido ejemplos y casos prácticos para
ilustrar los conceptos y argumentos presentados, así como reflexiones personales sobre las implicaciones
legales, éticas y prácticas de la mediación obligatoria en diferentes contextos jurídicos y culturales.
En última instancia, este artículo busca ofrecer una visión integral y equilibrada sobre el tema de la
mediación obligatoria, basada en evidencia empírica y en la experiencia práctica de la autora. Se espera
que este enfoque multidisciplinario contribuya a enriquecer el debate sobre la eficacia y la idoneidad de
la mediación obligatoria como un método para mejorar el acceso a la justicia y promover una cultura de
resolución colaborativa de conflictos en la sociedad contemporánea.
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RESULTADOS
Fundamentos de la obligatoriedad de la Mediación
La obligatoriedad de acudir a la Mediación como un método de Solución de Conflictos previo al inicio
de un proceso judicial en todos los campos y de manera específica en el ámbito civil, se fundamenta en
varios principios legales y consideraciones prácticas. En primer lugar, hay que reconocer que la
Mediación puede ser una herramienta eficaz para resolver disputas de manera ágil, económica y sobre
todo satisfactoria para las partes involucradas. Al promover la Mediación obligatoria, se busca fomentar
el uso de este Método Alternativo de Solución de Conflictos y reducir la carga de trabajo de todos los
operadores de justicia a nivel nacional.
Además, la obligatoriedad de la Mediación refleja una creciente conciencia sobre la importancia de
promover una cultura de resolución colaborativa de conflictos. Es decir que, en lugar de depender
exclusivamente de la litigación ante una justicia ordinaria, se reconoce que las partes en conflicto pueden
beneficiarse de un enfoque más dialogante y orientado hacia la búsqueda de soluciones mutuamente
aceptables, sintiendo que ambas partes han ganado, lo que se conoce como el “ganar ganar”. La
mediación obligatoria previo al inicio de un proceso judicial, pretende cambiar la mentalidad de las
partes y alentarlas a considerar seriamente esta opción antes de recurrir a la vía judicial, tomando en
cuenta las ventajas que esta acción conlleva.
Beneficios de la Mediación obligatoria
La Mediación obligatoria ofrece una serie de beneficios tanto para las partes en conflicto; así como para
todo el aparataje judicial ecuatoriano. En primer lugar, puede ayudar a reducir la congestión en el
Sistema de Justicia, aliviando la carga de trabajo de los jueces, permitiéndoles concentrarse en casos
más complejos o urgentes. Esto, a su vez, puede conducir a una administración de justicia más eficiente;
y, a tiempos de resolución más rápidos.
Además, la Mediación obligatoria puede ser más económica para las partes involucradas que un proceso
judicial completo. Al evitar costos legales y judiciales, así como posibles sanciones y multas asociadas
con la no comparecencia ante la Mediación, las partes pueden ahorrar tiempo y recursos significativos.
Además, la Mediación obligatoria ofrece a las partes la oportunidad de resolver sus conflictos de manera
ágil y menos costosa que a través de la litigación en el Sistema de Justicia.
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Otro beneficio importante de la Mediación obligatoria es la preservación de las relaciones entre las
partes en conflicto. En muchos casos, las conflictos de todo caso, sobre todo conflictos civiles involucran
a individuos o entidades que mantienen relaciones continuas, como familias, vecinos o empresas. La
Mediación puede ayudar a preservar estas relaciones, al facilitar un diálogo constructivo y encontrar
soluciones que satisfagan las necesidades de ambas partes. Al evitar la confrontación y el antagonismo
asociados con la litigación en el Sistema de Justicia, la Mediación obligatoria puede ayudar a mantener
canales abiertos de comunicación y cooperación entre las partes en conflicto.
Desafíos y críticas
A pesar de los beneficios potenciales, la Mediación obligatoria también enfrenta varios desafíos y
críticas. En primer lugar, algunos críticos argumentan que la obligatoriedad de la mediación puede
infringir la autonomía de las partes al obligarlas a participar en un proceso que pueden no desear. Existe
el riesgo de que las partes se sientan presionadas o coaccionadas para llegar a un acuerdo durante la
Mediación, lo que podría socavar la integridad del proceso y la voluntad de las partes.
Además, la Mediación obligatoria plantea preguntas sobre la calidad y la imparcialidad del proceso de
mediación. Si las partes sienten que el mediador está parcializado o favorece a una de las partes, es
posible que no confíen en el proceso y que estén menos dispuestas a comprometerse con el mismo. Por
lo tanto, es fundamental garantizar la selección de mediadores imparciales y calificados, así como
ofrecer salvaguardias adecuadas para proteger los derechos y las necesidades de las partes durante el
proceso de Mediación.
Implicaciones legales y prácticas
La Mediación obligatoria plantea varias implicaciones legales y prácticas que deben ser consideradas
por profesionales del derecho, para otorgar una guía a los interesados en aplicar este proceso; así como
a los ciudadanos que buscan solucionar sus conflictos de manera ágil. En primer lugar, es importante
definir claramente qué tipos de conflictos estarán sujetas a la Mediación obligatoria y bajo qué
circunstancias se aplicará esta obligatoriedad. Esto puede implicar la modificación de las leyes y
regulaciones existentes, así como la implementación de medidas de aplicación adecuadas para garantizar
el cumplimiento de las disposiciones de Mediación obligatoria.
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Además, es fundamental proporcionar capacitación y recursos adecuados para los mediadores que
participan en procesos de Mediación obligatoria. Los mediadores deben estar bien preparados para
facilitar un proceso justo, imparcial y efectivo, y deben poseer las habilidades y el conocimiento
necesarios para abordar una amplia gama de disputas en todos los casos y de manera especial en el
ámbito civil. Esto puede requerir programas de capacitación especializados y estándares de certificación
para garantizar la calidad y la consistencia en la prestación de servicios de Mediación obligatoria.
Conclusiones y perspectivas futuras
En conclusión, la Mediación obligatoria puede ser una herramienta valiosa para promover una
resolución más eficiente, económica y colaborativa de disputas en varios campos, específicamente a los
civiles. Al aliviar la carga de los Administradores de Justicia, preservar las relaciones entre las partes en
disputa y promover la autonomía y el empoderamiento de las partes, la mediación obligatoria puede
contribuir a la mejora del acceso a la justicia y a la promoción de una cultura de resolución alternativa
de conflictos.
Sin embargo, es importante abordar los desafíos y preocupaciones asociados con la Mediación
obligatoria, incluida la protección de los derechos y las necesidades de las partes, la calidad y la
imparcialidad del proceso de mediación, y la aplicación efectiva de las disposiciones de Mediación
obligatoria. Al hacerlo, podemos aprovechar al máximo el potencial de la Mediación obligatoria para
mejorar notablemente el Sistema de Justicia ecuatoriano y promover una sociedad más justa, pacífica y
colaborativa.
CONCLUSIONES
Como ya se ha mencionado en varias ocasiones, la Mediación es un método alternativo de solución de
conflictos, reconocido en nuestra normativa jurídica. Desde cualquier punto que se lo mire, la Mediación
debería ser agotada previo a iniciar un proceso judicial civil. La Mediación es una herramienta ágil y
efectiva para llegar a acuerdos de manera más rápida, económica y satisfactoria para ambas partes, es
ahí que nace el “Ganar Ganar”. Al fomentar la comunicación y el diálogo entre las partes en conflicto,
la Mediación puede ayudar a evitar la confrontación, a eliminar los juicios interminables y tratar de
buscar soluciones mutuamente beneficiosas para las partes. A través del dialogo y el consenso, las partes
sabrán discernir y escoger la mejor alternativa para solucionar sus conflictos. Además, al reducir la
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carga de trabajo de los Operadores de Justicia deberán promover la resolución pacífica de conflictos a
través de la Mediación puede, descongestionando notablemente un Sistema Judicial abarrotado de
causas, que podrán ser resueltas gracias a la Mediación y el impulso del Juez. Devolviendo la confianza
a la ciudadanía, misma que se encuentra esperanzada en un cambio notable en la Justicia ecuatoriana.
Cabe recalcar que al ser un procedimiento un tanto informal, se puede aplicar además la economía
procesal, resolviendo varios conflictos a través de una sola audiencia de Mediación. Claro está, que en
caso de que las partes no declinen posiciones y no se pueda establecer un Acuerdo Conciliatorio, las
partes deberán iniciar un proceso judicial, mismo que consta de Audiencias sean estas únicas o
preliminares, en las cuales en juez también deberá promover la Mediación y la Cultura de Paz,
beneficiando a las partes procesales y a un Sistema de Justicia que se vería bastante aliviado al resolverse
gran número de causas, a través de este Método Alternativo de Solución de Conflictos.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA (2008), Artículos 97, 190, 326
Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Artículo 8
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Artículo 104
Ley Orgánica de Empresas Públicas, Artículo 11
Sparieri Elena, (1995), en su obra Principios y Técnicas de la. Medición; Editorial Biblos,
Gutiérrez Yerovi · 2004 Gutiérrez Yerovi, A. C. (2004). La mediación en la legislación
ecuatoriana.
CHRISTIAN HERRERA MORALES ISBN: 9789942108555 Editorial: CORPORACION DE
ESTUDUDIOS (2024) MANUAL DE MEDIACION EN ECUADOR
Manual para Jueces y Juezas de Paz, agosto de 2007.
https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/Manual%20del%20juez%20y%20ju
eza%20de%20paz.pdf
Ocampo, Félix. https://es.scribd.com/document/276616066/Naturaleza-Juridica-de-LaMediacion
Bustamante, Ximena. La naturaleza jurídica del acta de mediación. 2007.
http://repositorio.usfq.edu.ec/bitstream/23000/318/1/84592.pdf.
pág. 3076
Carvalho, Mónica. La Mediación como sistema complementario de administración de justicia en Brasil:
la experiencia de Bahía. Universidad Autónoma de Madrid, Facultad de Derecho. Madrid 2012.
Aguirre, Juan. Materia transigible: requisito para la mediación. DerechoEcuador.com
https://www.derechoecuador.com/materia-transigible-requisito-para-la-mediacion