COMERCIO ELECTRÓNICO Y SU
INCIDENCIA EN EL IMPUESTO A LA RENTA
ELECTRONIC COMMERCE AND ITS IMPACT
ON INCOME TAX
Grace Lilian Moreano Guerra
Universidad Politécnica Salesiana, Ecuador
Lorena Fernanda Guerrero Sarzosa
Universidad Politécnica Salesiana, Ecuador
pág. 4096
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i3.11615
Comercio Electrónico y su Incidencia en el Impuesto a la Renta
Grace Lilian Moreano Guerra
1
gmoreano@ups.edu.ec
http://orcid.org/0009-0003-9586-9680
Universidad Politécnica Salesiana
Ecuador
Lorena Fernanda Guerrero Sarzosa
lguerreros@ups.edu.ec
http://orcid.org/0000-0002-8757-0238
Universidad Politécnica Salesiana
Ecuador
RESUMEN
El comercio electrónico ha transformado la forma en que se realizan las transacciones comerciales,
planteando nuevos desafíos para la tributación. El impuesto a la renta se ve afectado por la naturaleza
transfronteriza y digital de estas operaciones, lo que requiere la implementación de medidas efectivas
para garantizar una tributación tanto justa como equitativa. La cooperación internacional al igual que la
adopción de estándares comunes son fundamentales para abordar este desafío además de asegurar que
las empresas contribuyan adecuadamente al financiamiento del Estado. Este trabajo investigativo
analiza la incidencia del comercio electrónico en el Impuesto a la Renta, el motivo que incitó a indagar
sobre este tema es el notable incremento de entidades que comercializan sus productos de manera
electrónica, así como los inconvenientes que presenta el SRI, al recaudar los impuestos. La
investigación es de tipo mixta (cualitativa cuantitativa), como documental dado que conllevó a
examinar normativas, registros, documentos vinculados con el desarrollo de este modelo de negocio, se
aplicó una encuesta a la muestra de 146 compañías divididas entre Guayas (73) y Pichincha (73), los
resultados evidenciaron que existen ciertos vacíos en la ley referentes a la regulación de las
transacciones digitales que forman parte de esta modalidad comercial.
Palabras claves: comercio electrónico, impuesto a la renta, tributación, empresas, normativas
1
Autor principal
Correspondencia: gmoreano@ups.edu.ec
pág. 4097
Electronic Commerce and its Impact on Income Tax
ABSTRACT
Electronic commerce has transformed the way business transactions are carried out, posing new
challenges for taxation. Income tax is affected by the cross-border and digital nature of these operations,
which requires the implementation of effective measures to ensure both fair and equitable taxation.
International cooperation as well as the adoption of common standards are essential to address this
challenge in addition to ensuring that companies contribute appropriately to State financing. This
investigative work analyzes the incidence of electronic commerce in the Income Tax, the reason that
prompted us to investigate this topic is the notable increase in entities that market their products
electronically, as well as the inconveniences that the SRI presents, when collecting the taxes. The
research is of a mixed type (qualitative - quantitative), as a documentary since it involved examining
regulations, records, documents linked to the development of this business model, a survey was applied
to the sample of 146 companies divided between Guayas (73) and Pichincha (73), the results showed
that there are certain gaps in the law regarding the regulation of digital transactions that are part of this
commercial modality.
Keywords: electronic commerce, income tax, taxation, companies, regulations
Artículo recibido 20 abril 2024
Aceptado para publicación: 28 mayo 2024
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INTRODUCCIÓN
Durante los últimos años el comercio electrónico ha experimentado un exponencial crecimiento,
convirtiéndolo en la forma de negocio más popular y rentable; no obstante, este progreso ha trazado
nuevos desafíos tanto para los gobiernos como para las autoridades fiscales a nivel mundial, dado que
la condición digital de dichas transacciones entorpece la aplicación de los tradicionales impuestos.
El impuesto a la renta es uno de los tributos con mayor importancia para el país, debido a que permite
recaudar fondos dirigidos al financiamiento del gasto público, así como a mantener el funcionamiento
del Estado; sin embargo, el comercio electrónico ha formulado serias interrogantes relacionadas con el
gravamen adecuado de las operaciones y la garantía de una tributación justa.
La dificultad principal radica en la naturaleza transfronteriza que posee el comercio electrónico, lo que
permite a las empresas vender sus productos o servicios mediante el Internet sin la necesidad de estar
presente físicamente en el país donde se desarrolla la transacción. Aquello ha resultado en ocasiones
que las compañías puedan evitar el pago de impuestos en la nación en la que los ingresos son generados,
traspasando los beneficios a zonas que cuentan con una carga impositiva menor.
Con el fin de abordar esta problemática, numerosos países han aplicado medidas orientadas a gravar de
forma mayormente efectiva el comercio electrónico. Varias de ellas integran la incorporación de
impuestos con respecto a las ventas online, la imposición tanto de registrarse como presentar la debida
declaración fiscal en el país de origen de los clientes, al igual que el establecimiento de tratados
internacionales con el propósito de prevenir la evasión fiscal.
No obstante, dichas medidas no se encuentran exentas de retos. La escasa armonización que presentan
los diversos países obstaculiza la implementación de impuestos sólidos en el comercio electrónico en
el mundo entero. Asimismo, las compañías pueden hallar modos de evadir estos tributos a través de la
elaboración de complejas estructuras fiscales o utilizando posibles lagunas legales.
En ese marco, resulta necesario impulsar una cooperación internacional, al igual que una adopción de
estándares comunes con el objetivo de gravar tanto justa como equitativamente el comercio electrónico,
lo cual conlleva la aportación entre gobiernos, autoridades fiscales y empresas a fin de fomentar
resoluciones efectivas, además de garantizar una adecuada tributación.
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Desarrollo
Comercio electrónico
Denominado también e-commerce, está relacionado con la compra-venta de servicios o bienes mediante
apps o páginas web, así como la transferencia de datos y dinero necesarios para la ejecución de la
transacción. Conforme a lo expresado por Amán Huaca (2022) a menudo suele utilizarse el témino
comercio electrónico para hacer referencia a la venta de diversos productos de forma online, aunque
puede también describir toda transacción de tipo comercial que se realice mediante el uso del internet.
En otras palabras, puede considerarse al comercio electrónico como el empleo de tecnología e
información en actividades de tipo económicas o comerciales, involucra no solamente aquellas
transacciones de productos o negociaciones por medio del internet, sino además la utilización de
equipos de computación, faxes, redes así como teléfonos los cuales son operaciones comerciales que se
efectuan mediante una diversidad de medios electrónicos.
Resulta importante analizar el comercio electrónico dado a que hoy en día el avance continuo de las Tic
(Tecnologías de información y comunicación) al igual que las considerables inversiones efectuadas en
el sector informático ha hecho del internet una herramienta trascendental en toda negociación, en la
cual las compras se desplazan en un entorno digital en el que tanto los proveedores, servicios, bienes
como los clientes cuentan con transmisión de información a nivel mundial, así como el acceso a ella.
De acuerdo con Cordero Linzán (2019) el comercio electrónico consiste en un intercambio operativo
que se realiza mediante redes digitales, sustituyendo las ventas que se efectuan de forma tradicional en
un local comercial, vía teléfonica o visitando puerta a puerta, e implementando las ventas en línea que
posibilita al cliente adquirir lo que desea, sin la necesidad de que exista una interacción física previa
entre vendedor y comprador al igual que sin palpar el producto a comprar, es por esta razón que se
convirtió en una tecnología de tipo promocional que favorece a las empresas al incrementar su
efectividad así como su precisión en las transacciones comerciales.
Según Robayo Botiva (2020) las empresas suelen invertir en la implementación de sistemas de
información con el fin de alcanzar objetivos estratégicos de negocio como la excelencia en sus
operaciones, nuevos e innovadores servicios, productos o modelos de negocio, mayor proximidad tanto
con los clientes como con los proveedores, mejor toma de decisiones y ventajas competitivas. Usar
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tecnologías de información permite a las compañías aplicar diversos modelos de e-commerce, lo cuales
llevan a las organizaciones logren incrementar la cantidad de clientes a nivel mundial.
Desde hace unos años este, se ha transformado en la posibilidad que tienen las empresas para expandirse
a nivel global, basando principalmente sus operaciones en el empleo de medios electrónicos a fin de
producir transacciones de servicios o bienes desde algún lugar del planeta, el cual ha sido un factor
clave para efectuar sus negocios al interior o exterior del país, es por esta razón que se considera a este
tipo de comercio como un desarrollo que ha generado cambios dado a los requerimientos de la sociedad
así como a la incorporación de las Tic, las mismas que se fusionan con el propósito de transformar el
modo en que las compañías realizan sus negocios.
Comercio electrónico en Ecuador
El continuo avance de las telecomunicaciones al igual que de las tecnologías ha ocasionado un
extraordinario crecimiento del intercambio de datos, así como la creación de nuevos modos de comercio
como el e-commerce, el cual es definido como un conglomerado de transacciones tanto financieras
como comerciales, mismas que son ejecutadas mediante la transmisión y procesamiento de la
información, añadiendo sonido, imagen o texto, que podría ser el principal elemento del negocio e
incluso un objeto anexo.
De acuerdo con Nárvaez, Pinos, & Sánchez (2021) se puede considerar al comercio electrónico como
una moderna metodología orientada a la realización de negocios que percibe las necesidades tanto de
los consumidores, comerciantes como de las empresas, relacionadas con la reducción de costes, el
mejoramiento de la calidad, así como la optimización del tiempo de entrega de sus servicios o productos,
razón por la cual no debe contemplarse al e-commerce como una tecnología sino como el empleo de
esta para reajustar el modo en que se realizan las operaciones empresariales.
En Ecuador de acuerdo a lo establecido en el artículo 74 del Código de comercio (2019) “Comercio
electrónico es toda transacción comercial de bienes o servicios digitales o no, realizada en parte o en su
totalidad a través de sistemas de información o medios electrónicos, considerando los tipos de
relaciones existentes” (pág. 14). Cabe resaltar que este comercio se realiza por medio de diferentes
medios electrónicos, fundamentalmente el internet.
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En conformidad con la información presentada por la Cámara Ecuatoriana de Comercio Electrónico en
su Estudio de transacciones no presenciales en Ecuador - Quinta Medición (2022) a nivel de
Latinoamérica, Ecuador se sitúa en la posición número cinco de los países que presentan mayor uso del
internet, como se puede observar en la figura 1 a continuación.
Figura. Países con mayor uso de internet en América Latina
Nota: Datos brindados por la (Cámara Ecuatoriana de Comercio Electrónico, 2022).
Heredia Pincay (2022) señala que en la actualidad un aproximado de 3.800 millones de personas a nivel
mundial son activos usuarios de redes sociales, lo cual ha facilitado la intensificación de los procesos
de compra en el e-commerce, además que posibilitó la generación de las transacciones comerciales que
balancea la economía global. En Ecuador la participación de los medios sociales ha incrementado en lo
ultimos años como se puede observar en la figura 2 alcanzando en el año 2022 un 81%, siendo las
plataformas facebook con el 71%, youtube 65%, e instagram 34% las de mayor uso.
Figura 1. Usuarios activos de las redes sociales en Ecuador
Nota: Porcentaje de participacion de las redes sociales en el año 2022 obtenido del (Estudio de transacciones no presenciales
en Ecuador - Quinta Medición, 2022)
El comercio electrónico presenta un exponencial crecimiento en el mundo entero, aún más tras el
surgimiento del Covid-19 en el año 2020, virus causante de una pandemia global que ocasiónó la
restricción de la movilidad humana así como el aislamiento de la población, paralizando el desarrollo
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de todo tipo de actividad, lo cual dio lugar a la interacción a través de dispositivos móviles con
aplicaciones que les permitia efectuar compras en línea para ser receptadas en la comodidad de su casa.
Aquello logró promover la transformación digital y el e-commerce a nivel mundial, dado a que mientras
más fuerza cobraba el virus en el mundo, los consumidores se veían forzados a efectuar sus compras
frecuentes mediante transacciones electrónicas.
En la figura 3 se puede observar la incidencia de las compras que se han realizado en línea desde el año
2017, evidenciando que durante el 2020 época en la que se desarrolló la pandemia, se alcanzó un 88%
de compras por internet, mientras que en el 2021 dicho porcentaje disminuyó al 82%; no obstante,
durante el 2022 estas actividades incrementaron al 84% lo que demuestra que el consumidor aún sigue
adquiriendo los productos de su interés a través del internet.
Figura 2. Compras realizadas en internet durante los últimos años.
Nota: Porcentaje de compras que se han relizado en linea, obtenido del (Estudio de transacciones no presenciales en Ecuador
- Quinta Medición, 2022).
Son diversas las motivaciones e intereses que tienen los consumidores para realizar sus compras así
como ejecutar el comercio electronico, es allí donde las compañías deben asegurarla. Las personas
pretenden hallar un producto de calidad, a un buen precio, con pago y entrega segura. Otro de los
elementos claves para que el e-commerce sea exitoso es la logística, principalmente para consolidar la
satisfacción de los clientes en aspectos como el lugar de envío, tiempo, empaquetado de la mercancía,
parametros relacionados con la eficiencia e incluso el costo, razón por la que se la considera como el
eje fundamental en la distribución de los articulos.
Régimen tributario en Ecuador
De acuerdo con lo expresado por el Estado Peruano (2022) el régimen tributario se encarga de establecer
la forma de pago de los impuestos así como sus niveles de pago. El régimen tributario esta compuesto
por una serie de principios, parámetros y normas por los cuales el Estado debe regirse para regularizar
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tanto las imposiciones de las actividades económicas como las relaciones jurídicas que se puedan
producir dentro o fuera de su soberanía, con la condición de que influya o este vinculada con los tipos
impositivos que reglamenta.
En Ecuador el régimen tributario es considerado como mecanismo orientado a la consecución de
ingresos por parte del Estado, además de una herramienta de implementación de la política económica,
debido a ello, no es posible estudiar el régimen tributario ecuatoriano, sin vincularlo con la situación
económica y social de los habitantes, dado que sobre ellos se aplicarán todos aquellos mecanismos
utilizados por las autoridades gubernamentales para regularizar los elementos del sistema económico.
Resulta oportuno señalar la inexistencia de alguna tasa impositiva concerniente al comercio electrónico
en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, además no se han desarrollado los análisis respectivos para la
aplicación de exoneraciones especiales a las personas que llevan a cabo esta actividad y que se
encuentran relacionados con aquellos tipos impositivos que se encuentran vigentes en el régimen
tributario.
Hoy en día, en las leyes ecuatorianas se pueden encontrar diversos tipos de impuestos encargados de
gravar la renta, el consumo, salida de divisas, propiedades, actividades económicas, así como también
de regular, entre otros. Entre los más comunes se pueden encontrar al Valor Agregado (IVA), a la renta,
a los consumos especiales (ICE), predial, a la salida de divisas (ISD), de patentes, el 1.5 por mil que es
aquel que grava todas las actividades de tipo económicas que se realizan en un sector determinado, etc.
Es importante para la aplicación de estas y otras tasas impositivas aplicables en Ecuador, que la
administración tributaria tenga en cuenta, los principios y objetivos del régimen tributario, antes de
aplicar las normas tributarias, mismos que se encuentran establecidos en la Carta Magna, así como en
las otras fuentes del derecho tanto financiero como tributario que han sido instituidas por diversos
organismos o doctrinas internacionales. Por otra parte, la normativa tributaria ecuatoriana debería
conformar un verdadero sistema tributario en el que las regulaciones materiales sobre las características
de una tasa impositiva estén directamente vinculadas con las normas que establecen obligaciones
tributarias formales para los contribuyentes, a fin de que puedan cumplir con ellas correctamente ante
la Agencia Tributaria.
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Impuesto a la Renta
Entre las principales tasas impositivas definidas por el Gobierno Ecuatoriano, se encuentra el impuesto
a la renta, el cual según lo señalado por el Servicio de Rentas Internas (2023) es aplicado sobre las
rentas obtenidas por las sociedades, personas naturales y sucesiones indivisas durante el ejercicio
impositivo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año. Este impuesto se
encuentra regulado por la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI), misma que en su primer articulo
señala como objeto del tributo “Establécese el impuesto a la renta global que obtengan las personas
naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacionales o extranjeras, deacuerdo con las
disposiciones de la presente Ley” (Gobierno del Ecuador, 2023, pág. 2).
Conforme a lo manifestado por el Servicio de Impuestos Internos de Chile (2022) se denomina renta a
aquellos ingresos que constituyen los beneficios o utilidades obtenidos de una determinada actividad
sin importar su naturaleza, denominación u origen. La renta global definida como el objeto de este
impuesto, es decir la base sobre la que el tributo se asentaría, dependerá de la capacidad de pago de las
personas en las que recae y con la cual se establecerá el monto a gravar.
La legislación ecuatoriana en lo que respecta a la renta, ha decidido adoptar una concepción mixta,
señalando los ingresos que serán sometidos a la imposición, tal como lo señala el segundo articulo de
la Ley de Régimen Tributario Interno el cual expresa lo siguiente:
Art. 2.- Concepto de renta. - Para efectos de este impuesto se considera renta: Los ingresos de fuente
ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título oneroso provenientes del trabajo, del capital o de ambas
fuentes, consistentes en dinero, especies o servicios; y los ingresos obtenidos en el exterior por personas
naturales domiciliadas en el país o por sociedades nacionales. (Gobierno del Ecuador, 2023)
De acuerdo con los articulos 4 y 98 de la LRTI (2023) así como con el segundo articulo del Reglamento
para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (2021) es obligación de las sociedades,
personas naturales al igual que de las sucesiones indivisas nacionales o internacionales que posean o no
domicilio en el territorio ecuatoriano, declarar el impuesto a la renta conforme a los resultados obtenidos
de la actividad económica que desempeñen, incluso cuando el total de las rentas este constituido por
ingresos exentos.
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No obstante existen excepciones que son aplicadas a aquellos contribuyentes que se encuentran
domiciliados en el extranjero,que no cuentan con representantes dentro del país y que disponen
exclusivamente de ingresos sujetos a retenciones en la fuente, así como tambien a los individuos que
en el trancurso del ejercicio fiscal obtuvieron ingresos brutos que no exceden a la fracción básica no
gravada. El régimen tributario considera sujetos pasivos a los contribuyentes, mientras que define sujeto
activo al Estado, el cual será encargado de administrar este impuesto por medio del Servicio de Rentas
Internas (SRI).
Para el cálculo del monto que un contribuyente debe cancelar de impuesto a la renta es importante
considerar la base imponible misma que de acuerdo a lo establecido en el articulo 16 de la normativa
tributaria “está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios gravados con el
impuesto, menos las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales
ingresos” (Ley de Régimen Tributario Interno, 2023, pág. 33).
Así mismo el Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (2021) establece
en su articulo 1 que aquellos ingresos que son obtenidos a titulo gratuito u oneroso, tanto de fuentes
ecuatorianas como adquiridos en el extranjero por las sociedades al igual que por las personas naturales
que residan en el país, deben ser registrados acorde al precio del servicio facilitado, bien transferido o
valor bruto del ingreso percibido durante las inversiones empresariales así como en los rendimientos
financieros. En lo que respecta a los ingresos por servicios o en especie, su valor debe ser determinado
sobre el costo de mercado del servicio o bien recibido.
Analizando las normativas señaladas previamente, resulta posible definir que la base imponible fijada
para el impuesto a la renta esta constituida por todos aquellos ingresos que los sujetos pasivos perciben
de sus actividades económicas los cuales deberán ser considerados de acuerdo al costo del servicio
brindado o del bien que ha transferido, y por el precio de mercado en el caso de los ingresos por servicios
o en especie. EL regimén tributario señala también que la base imponible se encuentra compuesta por
los denominados ingresos gravables a los que se les podría disminuir los gastos así como los valores
que sean considerados deducibles, como los expuestos en la figura 4.
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Figura 3. Gastos deducibles
Nota: Se detallan los gastos que pueden ser deducidos de la base imponible en el Impuesto a la renta de acuerdo a lo señalado
por (Servicio de Rentas Internas , 2023).
De acuerdo con el Servicio de Rentas Internas (2023) para la declararación del impuesto a la renta del
ejercicio fiscal correspondiente al presente año, el monto máximo deducible se determinará de acuerdo
con la carga familiar que tenga la persona o si su carga presenta enfermedades catastróficas, en la figura
5 se muestran los detalles de lo expuesto.
Figura 4: Gastos a deducir en el ejercicio fiscal 2023
Nota: Se muestran las cargas familiares y los valores máximos a deducir en la declaración del 2023 de acuerdo a lo señalado
por el (Servicio de Rentas Internas, 2023).
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El Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (2021) señala en su articulo
46 un procedimiento denominado conciliación tributaria, misma que permite establecer la base
imponible del impuesto mediante la aplicación de algunos ajustes y reglas que deberán ser
implementadas por aquellos sujetos pasivos que estan obligados a llevar contabilidad, lo cual consiste
fundamentalmente en rectificar la pérdida o beneficio liquido obtenido del ejercicio fiscal a través de
unas operaciones que conllevan a la obtención de una utilidad gravable, sobre la que se deberá aplicar
el Impuesto a la Renta.
En lo que respecta a la liquidación del impuesto a la renta, el régimen tributario del Ecuador comprenden
dos principales modalidades para gravar la renta de los sujetos pasivos de esta tasa impositiva, mismas
que se evidencian en aquellas tarifas que son aplicables a cada uno de los contribuyentes, de ese modo
implica una categoria de tipo progresiva orientada a tributar la renta de las sucesiones indivisas y
personas naturales que se encuentran domiciliadas en el país, así como la variante de tarifa única dirigida
a las sociedades e individuos no residentes, organizadores de rifas, apuestas loterías entre otros.
En el articulo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno se establece una tabla con los ingresos y el
detalle de las tarifas del Impuesto a la Renta que en el año 2023 va del 0% al 37% en función de las
ganancias captadas por las personas naturales así como las sucesiones invidisas que residen en Ecuador,
cabe resaltar que dicha tarifa incrementa a medida que los ingresos lo hacen. Este instrumento de
progresividad es una respuesta al principio tributario que lleva el mismo nombre y que además forma
parte de la constitución ecuatoriana, se origina de las finalidades redistributivas que el Estado buscaría
alcanzar, de este modo aquellos sujetos pasivos que cuentan con una capacidad adquisitiva mayor
deberían cancelar un alto tributo, a diferencia de los que tienen una capacidad de pago menor. Al
tratarse de una normativa tributaria que pretende lograr que la carga tributaria recaiga en medidas
superiores sobre los de mayor tenencia, se podría decir que es un régimen tributario equitativo, lo que
equivale a un sistema con una equidad vertical. En la figura 6 se muestran las fracciones junto con los
porcentajes y valores aplicables al impuesto.
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Figura 5. Tabla de Impuesto a la Renta
Nota: Muestra las tarifas del impuesto a la renta aplicables para el año 2023 conforme a lo señalado por (Servicio de Rentas
Internas, 2023)
El literal b de este mismo artículo señala que todos los ingresos que las personas naturales no residentes
del país obtengan por los servicios prestados ocasionalmente cancelarán una tarifa única dispuesta para
las sociedades, calculada sobre el total de los ingresos percibidos. El literal c establece para los
organizadores de rifas, apuestas, loterías y semejantes el pago de una tarifa igual a la descrita
previamente; no obstante, los beneficiarios de aquellos eventos abonarán un único impuesto del 15%
aplicable a los valores recibidos en dinero de cada uno de los premios o en especies que excedan la
fracción básica no gravada del Impuesto a la Renta de sucesiones indivisas así como de personas
naturales.
En el articulo 37 de la Ley de Régimen Tributario Interno reformada en el (2023) indica que la tarifa
aplicada a las sociedades es del 25% sobre su base imponible. Incluye además en la aplicación de dicha
tarifa a todas las sucursales de las sociedades extranjeras que se encuentran domiciliadas en Ecuador tal
como los establecimientos permanentes de aquellas que no cuentan con domicilios; no obstante, a dicha
tarifa se le añadirá 3 puntos porcentuales adicionales cuando las sociedades esten conformadas por
socios, accionistas o participantes que residan en paraísos físcales que participen de forma directa e
indirecta, superior o igual a un 50% del capital social al igual que de los que correspondan a su
naturaleza, cuando la intervención de los paraísos fiscales sea menor al 50%, la tasa aplicativa más los
3 puntos porcentuales será aplicada al proporcional de la base imponible correspondiente a esta
colaboración.
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Aún cuando las tarifas impuestas a las sociedades son distintas e incrementan si estas cumplen con
algunas condiciones, no precisamente corresponden a un sistema gradual del impuesto, aplicado a la
renta de las sucesiones indivisas y personas naturales, sino que aplica a un instrumento tanto de control
como de preveción de fraude fiscal. Además el régimen tributario determina que la tarifa será igual a la
dispuesta para las sociedades, la cual es del 25% , para los ingresos de los no residentes, que no son
atribuibles a los establecimientos permanentes; sin embargo, si aquellos ingresos recaudados por los
sujetos residentes, ubicados o constituidos en los paraísos fiscales, la tasa imponible corresponderá a la
máxima determinada para las personas naturales, misma que en la actualidad es del 37%.
Tributación en el comercio electrónico.
Desde su creación el comercio electrónico ha producido muchos debates relacionados con los efectos
que puede generar en la tributación, principalmente en lo concerniente al reconocimiento de los
destinatarios, naturaleza y localización de las rentas, además del valor de la actividad económica
respectiva. Establecer la conexión del tributo con la transacción sigue siendo aún un elemento relevante
dentro de la recaudación tributaria de todos los países a fin de prevenir la defraudación o evasión fiscal,
así como la doble imposición.
Mientras que los gobiernos intentan promover el desarrollo del comercio mediante la aplicación de
Tics, el reconocimiento internacional de las compañías, etc., las autoridades fiscales deben hacer frente
al desafío de recaudar los tributos que dichas actividades generan, particularmente las que son realizadas
de manera online y que dificilmente pueden ser controladas, tornandose en una problemática la ausencia
de controles estrictos para lograr el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Conforme a lo señalado por Gutiérrez Jaramillo, Barrueto Pérez, & Orellana Ulloa (2020) es posible
resumir las problematicas asociadas al comercio electrónico y la tributación en dos dimensiones, la
primera la reducción de la recaudación, la segunda el incremento del fraude fiscal. Aquello es un asunto
de intranquilidad para las entidades nacionales e internacionales, dicha preocupación ha aumentado
debido al considerable volumen de transacciones en línea que se realizan continuamente, en especial,
cuando estas son efectuadas entre distintos países. En ese marco, con el propósito de prevenir el fraude
o evasión tributaria, es común que exista colaboración entre las distintas naciones mediante tratados o
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acuerdos, en los cuales también se busca impedir una doble tributación además de una errónea
aplicación del tributo.
A fines del siglo XX, Owens (1993) señalo que en el siglo XXI la administración tributaria tendría que
afrontar el desafio que se relaciona de forma directa con la maximización de los diversos beneficios que
oferta el internet, sin desatender las funciones principales de administrar y recaudar tributos, sin que
aquello conlleve a convertirse en un posible impedimento para el desarrollo tanto del comercio como
de la tecnología. Dado a la inquietud que aquello generaba, se propusó la creación de algún tipo de
tributo al comercio electrónico, el cual deberá ser adaptado a la realidad tecnológica, social y
económica.
De todos los tributos propuestos el de mayor reconocimiento fue el planteado por Cordell (1997) quien
diseñó el denominado Bit Tax, con el propósito de gravar todas aquellas transacciones que son
realizadas mediante medios electrónicos, cuantificando cada uno de los bits de información que circula
en las redes. Aquella inciativa consideraba como sujeto pasivo a los ususarios del internet, mientras que
el receptor de la red fungiriá como el agente de retencíon del impuesto, el hecho imponible se apoyaba
en la transmisión de datos, imágenes y voz que puedan encontrarse de modo digital en las redes,
mientras que la base imponible sería establecida por la cantidad de los bits emitidos.
Sin embargo, dicha idea fue desestimada debido a la poca acogida, así como el bajo impacto causado,
dado a que se calificó su cálculo como inadecuado al no considerar algunos principios tributarios
importantes, entre ellos, al sujeto pasivo y su capacidad contributiva además del principio de neutralidad
del e-commerce, lo cual lo diferencia del comercio tradicional, al igual que no procuraba los propósitos
tributarios definidos en los diversos regímenes impositivos.
Del mismo modo existieron propuestas contrarias al bit tax las cuales plantean dentro del debate no
sujetar el internet a ningún tipo de soberanía estatal o normal, es decir, que las actividades o
transacciones que se realicen por este medio no graven impuestos, debido a que no se encuentran sujetas
a una determinada soberanía tributaría, como lo señala la Declaración de independencia del ciberespacio
presentada por Perry Barlow (1996) que enaltece la naturaleza abierta y libre del internet, resaltando
que el espacio global posee una soberanía propia; por lo tanto, ninguna autoridad gubernamental la
puede controlar.
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Conforme a lo señalado por Pazmiño Jara (2020) la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OECD) adoptó en el 2013 una propuesta para prevenir la erosión de las bases imponibles
al igual que la transferencia de beneficios, una de las primeras acciones que forma parte del plan esta
relacionado con el análisis, así como las medidas a implementar para hacer frente a los desafios
tributarios que puedan presentarse como consecuencia de la transformación digital del mercado.
Principalmente el comercio electrónico genera desafios relacionados tanto con la erosión de las bases
imponibles como con el traslado de los beneficios, comprendiendo por ello a las consecuencias
impositivas que poseen las complejas estructuras societarias, quienes pretenden emplear ciertas
normativas tributarias de algunas jurisdicciones a fin de obtener una menor o incluso inexistente carga
impositiva; por esta razón, las compañías que desarrollan operaciones digitales transnacionales
regularmente suelen domiciliarse en esta jurisdicción, sin contar con algún nexo o presencia física que
los asocie al área en la que realizan sus actividades y adquieren sus ingresos mediante canales digitales
Estas estrategias, teniendo en cuenta los principios que rigen la tributación internacional, posibilita que
estos tipos de modelos de negocios no cuenten con una efectiva tributación sobre las transacciones
comerciales que efectuan, circunstancia que provoca riesgos y retos para la Administración Tributaria
tanto en la imposición como en la recaudación de impuestos directos e indirectos.
La OECD (2015) en su reporte final determinó que el riesgo principal de los impuestos directos, como
el Impuesto a la Renta (IR), consiste en la dificultad que tiene el país, en el cual se desarrolla la
transacción para tributar, debido a la ausencia de la presencia física de las empresas, así como la
inexistencia de imposiciones mediante retenciones en las fuentes, coacciones reducidas o nulas a las
compañías, al igual que a los beneficiarios finales. Asimismo, otro de los retos fundamentales al que
debe enfrentarse la tributación del comercio electrónico radica en el modo en que los países exigen el
cobro de las tasas sobre aquellos sujetos que aplican este modelo de negocio, puesto que al no contar
con presencia física entorpece la implementación de exigibilidad en los tributos.
Por otra parte, se han reconocido también riesgos en la implementación de los impuestos indirectos,
como por ejemplo, al aplicar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las operaciones comerciales
relacionadas con la compra de intangibles, bienes o servicios, circunstancia que cobra una dificultad
menor debido a la naturaleza de este tributo, así como que ha sido tratado por la legislación del Ecuador.
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METODOLOGÍA
La metodología aplicada a la presente investigación es de tipo mixta, enfocada en un estudio tanto
cualitativo como cuantitativo, mediante el análisis a través de una encuesta orientada al sector
empresarial con el fin de conocer su situación ante el comercio electrónico y la declaración del Impuesto
a la Renta, además de la examinación de los datos obtenidos de páginas oficiales sobre el
comportamiento de las variables en Ecuador durante el año 2022. Del mismo modo se realizó una
revisión de las leyes, documentos, códigos, así como otras normativas vigentes para comprender
aquellas políticas tributarias definidas respecto al comercio electrónico lo que permitió realizar una
descripción de cada aspecto que formo parte del estudio.
Se aplicó el método inductivo, el cual emplea el razonamiento para la obtención de conclusiones,
partiendo de datos validos o hechos que conlleven a una deducción general, así como también para
pormenorizar las características del comercio electrónico y analizar su incidencia en el Impuesto a la
Renta. Se empleó como técnica de recolección de datos, una encuesta orientada a recolectar las
opiniones de diferentes individuos, mediante la implementación de un cuestionario compuesto por
múltiples preguntas que permitan obtener directamente información de los participantes del e-
commerce.
El universo de estudio determinado en el desarrollo del trabajo investigativo son las empresas que
desarrollan sus actividades en Ecuador y que hasta la actualidad se encuentran activas, mismas que de
acuerdo con el Registro Estadístico de Empresas 2022 públicado por el Instituto Nacional de
Estadísticas y Censo (2023) son 863.681 entidades, un incremento de 13.807 compañías, es decir una
variacion del 1,6% en comparación con el año 2021. La población objeto de estudio del trabajo
investigativo son las 166.250 empresas presentes en la Provincia del Guayas así como las 219.812
pertenecientes a Pichincha, dado a que se trata de una población extensa, resulta necesario definir el
tamaño muestral, para lo cual se aplicó la formula siguiente:
𝒏 =
𝐍 𝐙
𝟐
α 𝒑 𝒒
𝒅
𝟐
(
𝑵 𝟏
)
+ 𝐙
𝟐
α 𝒑 𝒒
En la que: N=Tamaño de la muestra; Z
α
=Seguridad del 95% (1.96); p=proporción esperada (5%); q=
1-p y d= precisión (5%).
pág. 4113
GUAYAS
PICHINCHA
𝟏𝟔𝟔𝟐𝟓𝟎
(
𝟏, 𝟗𝟔
)
𝟐
𝟎, 𝟎𝟓 𝟎, 𝟗𝟓
(𝟎, 𝟎𝟓)
𝟐
(
𝟏𝟔𝟔𝟐𝟓𝟎 𝟏
)
+
(
𝟏, 𝟗𝟔
)
𝟐
𝟎, 𝟎𝟓 𝟎, 𝟗𝟓
𝒏 =
𝟑𝟎𝟑𝟑𝟔. 𝟔𝟑𝟓
𝟒𝟏𝟓. 𝟖𝟎𝟒𝟗𝟕𝟔
𝒏 = 𝟕𝟐, 𝟗𝟔
𝒏 = 𝟕𝟑
𝟐𝟏𝟗𝟖𝟏𝟐
(
𝟏, 𝟗𝟔
)
𝟐
𝟎, 𝟎𝟓 𝟎, 𝟗𝟓
(𝟎, 𝟎𝟓)
𝟐
(
𝟐𝟏𝟗𝟖𝟏𝟐 𝟏
)
+
(
𝟏, 𝟗𝟔
)
𝟐
𝟎, 𝟎𝟓 𝟎, 𝟗𝟓
𝒏 =
𝟒𝟎𝟏𝟏𝟎. 𝟒𝟏𝟒𝟓𝟏𝟐
𝟓𝟒𝟗. 𝟕𝟎𝟗𝟗𝟕𝟔
𝒏 = 𝟕𝟐, 𝟗𝟕
𝒏 = 𝟕𝟑
La fórmula previamente detallada se aplicó con la finalidad de calcular la muestra a la que se aplicará
la encuesta, obteniendo como resultado los señalados en la tabla 1:
Tabla 1: Tamaño de la muestra a analizar
Muestra
Guayas
73
Pichincha
73
Total
146
Nota: Elaborada por el autor de la investigación
RESULTADOS
Cifras del Comercio Electrónico en Ecuador
En Ecuador el comercio electrónico se encuentra en un crecimiento pleno, debido al incremento de la
penetración del internet en los últimos años así como al creciente acceso a los dispositivos móviles.
Cabe resaltar la influencia que ha tenido la pandemia generada por el Covid 19 en el acrecentamiento
del e-commerce dado a que más personas optan por efectuar sus compras online, impulsando de esta
manera dicho negocio. En la figura 7 se muestran las cifras alcanzadas por el comercio electrónico
durante los últimos años en Ecuador.
pág. 4114
Figura 6: Transacciones del comercio electrónico
Nota: Se detalla el número y monto alcanzado por las transacciones realizadas a través del cimercio electrónico durante los
años 2020, 2021 y durante el periodo enero junio del 2022 (Cámara Ecuatoriana de Comercio Electrónico, 2022).
El año 2020 estableció un antes y un después en Ecuador, debido a que la crisis sanitaria generada en
aquel entonces, impulso a las empresas a adaptarse a la nueva realidad con el fin de ofrecer sus servicios
o productos de forma directa y eficiente. De acuerdo a lo manifestado por la Cámara Ecuatoriana de
Comercio Electrónico (2022) desde que inicio la pandemia, el e-commerce ha presentado un
considerable crecimiento generando $1.679 millones en el 2020 y alcanzando $2.570 millones en el
2021, en tanto durante el periodo enero junio del 2022 este tipo de comercio evidenció un incrementó
de 23%, llegando las ventas a $1.789 millones.
De acuerdo con Pesantez Cedeño & Moreira Torres (2020) las ciudades en las que se evidencia un
mayor auge del comercio electrónico son Guayaquil, Quito y Cuenca, esto dado a que son las que tienen
un mayor número de habitantes, es por esta razón que concentran un alto porcentaje de compras y ventas
a través del internet, como se muestra en la figura 8.
Figura 7: Ciudades que concentran mayor cantidad de transacciones de comercio electrónico.
Nota: Elaborado por autores a partir de la información obtenida de (Pesantez Cedeño & Moreira Torres, 2020)
pág. 4115
Conforme a lo señalado por la Cámara de Innovación y Tecnología Ecuatoriana (2023) la tendencia del
comercio electrónico ha incrementado considerablemente durante los últimos años, estimando que para
el 2023 las ventas online presenten un crecimiento del 25% generando ingresos mayores a $5.000
millones. En base a aquello Zambrano, Castellanos, & Miranda (2021) señalan al e-commerce como un
modelo que debe ser asentado aún más en el país, dado a que pese a su crecimiento acelerado aún
existen retos significativos que deberán ser tratados con el propósito de impulsar más este sector.
Recaudación del Impuesto del Impuesto a la Renta en Ecuador
En lo que respecta a la recaudación tributaria en Ecuador, esta presenta hasta el año 2019 una creciente
tendencia; no obstante, en 2020 disminuye y en el 2021 muestra una considerable recuperación e
incrementa en el periodo próximo como se muestra en la figura 9, aquello evidencia que la política
tributaria posee un eficiente control sobre la cobranza de los tributos, los cuales son ingresos con los
que cuenta el gobierno para hacer frente a las demandas sociales, así como para financiar los gastos
relacionados con la educación, seguridad, obras, salud, entre otros.
Figura 8: Ingresos obtenidos en la recaudación tributaria
Nota: Se detallan los millones de dólares recaudados en los tributos ecuatorianos durante los últimos años (Servicio de Rentas
Internas, 2023).
Los ingresos que genera la recaudación de tributos son irrenunciables para el Estado, dado a que
representan un recurso de gran valor que contribuye al financiamiento del Presupuesto General
Gubernamental en las diversas partidas presupuestarias. Resulta importante señalar que durante el 2022,
el país obtuvo una alta recaudación de $17.164; no obstante, en el 2020 dado a la recesión económica
que experimentó el Ecuador provocó que los ingresos por impuestos disminuya, alcanzando la cifra de
$12.382, dado al confinamiento que causo la pandemia la cual paralizó a todo el sector productivo,
pág. 4116
provocando el cierre de actividades, así como la detención del sistema económico lo que desencadenó
un retroceso tributario.
Figura 9: Recaudación Tributaria obtenida en las Provincias de Guayas y Pichincha, así como en sus
principales ciudades. (Expresado en millones de dólares).
Nota: Elaborado por el autor a partir de la información obtenida de (SRI, 2022).
Conforme a lo evidenciado por el informe de la Recaudación por provincia y cantón de domicilio en
los años fiscales 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, publicado por el SRI (2022) las provincias con mayor
índice de recaudación tributaria en los ultimos años son Guayas y Pichincha mismas que acorde a lo
expuesto en la figura 10 son las que generan un mayor ingreso, esto podría deberse al hecho de que
tienen como capitales a las dos ciudades con mayor población como son Guayaquil y Quito, las cuales
que han generado un significativo ingreso en impuestos.
Entre los ingresos tributarios que recibe el Ecuador destaca la recaudación del Impuesto a la Renta, el
cual de acuerdo a lo que muestra la figura 11, durante el año 2019 obtuvo una creciente tendencia; sin
embargo, en el 2020 sufrió una reducción a causa de la paralización de las actividades económicas
pág. 4117
ocasionada por la pandemia del Covid-19 que generó un decaimiento en el campo empresarial,
disminuyendo la producción e inversión al igual que la caida de las ventas y el empleo.
Figura 10: Total, del Impuesto a la Renta recaudado en Ecuador
Nota: Se detallan los valores en millones de dólares recaudados por motivo de Impuesto a la Renta desde el año 2019 hasta el 2022.
El 2022 fue el año en que el Estado percibió un ingreso mayor proveniente del Impuesto a la Renta,
recaudando un total de $5.337 a diferencia del 2021 en que se alcanzó una cifra de $4.331 lo cual
correnponde a un 23,2% de variación entre esos periodos, siendo Diciembre el mes en el que se logró
una cobranza de $440.000.000, esto debido en parte a la extraordinaria recaudación de $52.000.000 que
se realizó a causa de la Regularización de activos en el exterior.
En lo que respecta a la recaudación del impuesto a la Renta, la provincia con un alto ingreso de tributos
es Pichincha, siendo Quito la ciudad donde mayormente se recauda, en segundo lugar se sitúa Guayas
con su capital Guayaquil, como se muestra en la figura 12, estas localidades poseen una gran
importancia ecónomica y tributaria para el País debido a los significativos ingresos que les generan al
Estado ecuatoriano.
pág. 4118
Figura 11: Provincias y ciudades donde se obtiene mayor recaudación de Impuesto a la Renta.
(Expresado en millones de dólares)
Nota: Elaborado por el autor a partir de la información obtenida de (SRI, 2022).
Durante el año 2023 en el periodo comprendido de enero septiembre por motivo de tributos se han
recaudado $13.502 millones una variación positiva del 2,5% en comparación con lo obtenido en los
mismos meses correspondientes al 2022 en el que se alcanzó la cifra de $13.176 millones, como se
evidencia en la figura 10. Con relación al impuesto a la renta es posible observar que se ha logrado
percibir $4.607 millones una variabilidad del 10,4% a diferencia del periodo anterior en el que solo se
alcanzó la cantidad de $4.172 millones.
Figura 12: Tributos recaudados en 2023
Fuente: (SRI, 2023).
Con respecto al 2023, las ciudades de Guayaquil y Quito siguen manteniendose como las que mayor
recaudación en tributos le genera tanto en el Impuesto a la Renta como en los ingresos totales, aquello
se evidencia en la figura 14, que se muestra a continuación:
pág. 4119
Figura 13: Recaudación tributaria en las ciudades de Guayaquil y Quito durante enero - septiembre
2023, expresado en millones de dólares
Nota: Realizado por el autor a partir de la información obtenida de (SRI, 2023).
Resultados obtenidos en las encuestas
Gráfico 1: Incremento del ingreso de empresas en el comercio electrónico
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
Conforme a los datos obtenidos se obtuvo que en el Guayas el 77% de los empresarios estiman un
considerable incremento de las entidades que emplean el comercio electrónico en sus actividades; no
obstante, un 23% señala lo contrario. En Pichincha solo un 64% de encuestados consideran que el
número de negocios que realizan transacciones en nea ha aumentado, mientras que un 36% manifiesta
que esta nueva forma de comercializar no presenta variación alguna.
$3.557,00
$6.458,00
$1.187,00
$2.065,00
GUAYAQUIL QUITO
Recaudación Tributaria Total Impuesto a la Renta
77%
64%
23% 36%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
120%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
pág. 4120
Gráfico 2: Comercialización de productos por medios electrónicos
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
Al consultar a los empresarios tanto del Guayas como de Pichincha sobre si emplean medios
electrónicos o digitales para comercializar sus productos, la mayoría brindó una respuesta positiva,
alcanzando el 89% y 85% respectivamente, además señalaron que las de mayor uso son las redes
sociales debido a la gratuidad que esta tiene, así como a su alcance, cabe resaltar que las páginas web
también son empleadas para este fin; no obstante, existe una minoría de negocios que han decidido
mantenerse comercializando de manera tradicional.
Gráfico 3: Cumplimiento de obligaciones tributarias.
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
Conforme a los datos recabados el 100% de los encuestados en ambas Provincias aseguraron cumplir a
cabalidad con las obligaciones tributarias impuestas por el Servicio de Rentas Internas (SRI), con el fin
de evitar inconvenientes con la institución gubernamental; no obstante, ninguno confirmo si los
impuestos que declaran están acorde a los ingresos que percibe, lo cual denota una posible existencia
de evasión tributaria.
89%
85%
11%
15%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
100%
0%
100%
0%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
120%
SI NO
Guayas Pichincha
pág. 4121
Gráfico 4: Comercio electrónico y su afectación al Impuesto a la Renta
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
En lo que respecta a las posibles afectaciones que podría producir el comercio electrónico al Impuesto
a la Renta, el 60% en Guayas, así como el 70% en Pichincha manifestaron que es posible que se
presenten inconvenientes e incluso déficit en la recaudación de este tributo, debido a que el SRI, como
ente regulador del comercio, no emplea suficientes controles sobre las transacciones de compra venta
que se generan a través de redes sociales o páginas web; no obstante, un 40% y 30% respectivamente
consideran innecesario este control, dado que no estiman que este modelo de negocio produzca
problemas en la tributación.
Gráfico 5: Ausencia de facturas en el e-commerce.
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
Tanto los empresarios de la Provincia del Guayas (58%) como los de Pichincha (66%), no consideran
que la ausencia de facturación en las compras que se realizan virtualmente, sea una forma o método de
60%
70%
40%
30%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
42%
34%
58%
66%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
pág. 4122
evadir el pago de impuestos, especialmente del Impuesto a la Renta; no obstante, el 42% y 34%
correspondiente manifiestan que aquello si puede presentarse dado a que no existe un comprobante que
evidencie que esa transacción existió.
Gráfico 6: Las compras en línea y su afectación al comercio tradicional
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
Al consultar a los encuestados sobre el impacto que podría ocasionar la realización de compras en línea
a los empresarios que prefieren comerciar de forma tradicional, el 53% en el Guayas y 52% en Pichincha
manifestaron que este nuevo modelo de negocio si podría ser perjudicial para aquellos que optan con
desarrollar sus actividades en un local físico, puesto que las personas por lo general prefieren adquirir
productos desde la comodidad de sus casas; sin embargo, el 45% y 48% respectivamente señalan lo
contrario.
Gráfico 7: Reformas a la regulación del comercio electrónico
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
53%
52%
45%
48%
40%
42%
44%
46%
48%
50%
52%
54%
56%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
68%
64%
32%
36%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
pág. 4123
Conforme a los resultados obtenidos el 68% de los empresarios del Guayas, al igual que el 64% de
Pichincha estiman necesario que el Servicio de Rentas Internas y el Estado apliquen reformas a las leyes
que regulan las transacciones que se realizan a través del internet, así como la creación de normas más
estrictas que controlen cada uno de los movimientos comerciales que se desarrollen de forma online;
no obstante, el 32% como el 36% restante consideran lo contrario.
Gráfico 8: Reglamentación y control
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
Los empresarios encuestados un 60% en el Guayas y 58% en Pichincha consideran que la
implementación de una reglamentación rigurosa, al igual que un control eficiente, podría mejorar el
mercado competitivo, estableciendo un entorno más equitativo para el desarrollo de las actividades
comerciales; sin embargo, el 40% y 42% restante no lo creen conveniente.
Gráfico 9: Capacitaciones a empresarios
Nota: Gráfico elaborado a partir de los datos obtenidos por el autor.
60%
58%
40%
42%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
64% 64%
36% 36%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
120%
GUAYAS PICHINCHA
Si No
pág. 4124
En lo que respecta a capacitaciones, en ambas provincias el 64% de encuestados manifestaron que es
necesario que los entes gubernamentales capaciten e informen a los empresarios sobre los beneficios
que produce la recaudación tributaria a la economía ecuatoriana, así como también que el correcto uso
del comercio electrónico no solo genera ventajas económicas y sociales a las compañías sino también
potencia la presencia del país en el mercado extranjero; no obstante, una minoría del 36% lo consideran
innecesario.
DISCUSIÓN
Se determinó como población objeto de estudio a las Provincias de Guayas y Pichincha dado a que
además de la importancia turística que estas tienen para el País, también son las que poseen el mayor
número de empresas a nivel nacional; es así que, de las 863.681 entidades activas en el 2022, el 25,45%
de ellas se sitúan en Pichincha, lo que equivale a 219.812, mientras que un 19,25%, es decir 166.250
compañías pertenecen al Guayas. Cabe resaltar además que son las localidades que cuentan con una
alta recaudación de tributos conforme a lo evidenciado en la figura 11 que se muestra a continuación:
Tabla 2 Recaudación de tributos a nivel Provincial
Provincia
Recaudación
Ene-Dic 2021
Recaudación
Ene-Dic 2022
Variación
Nominal
Variación
Relativa
Pichincha
$ 6.930
$ 8.488
$ 1.558
22.50%
Guayas
$ 4.540
$ 5.346
$ 806
17.70%
Azuay
$ 730
$ 889
$ 159
21.70%
Zamora Chinchipe
$ 138
$ 414
$ 276
200.80%
Manabi
$ 281
$ 339
$ 58
20.60%
El Oro
$ 241
$ 306
$ 65
26.90%
Tungurahua
$ 240
$ 299
$ 59
24.40%
Cotopaxi
$ 138
$ 165
$ 27
19.60%
Imbabura
$ 110
$ 135
$ 25
22.60%
Santo Domingo
$ 92
$ 108
$ 16
17.00%
Los Ríos
$ 89
$ 103
$ 14
16.10%
Loja
$ 81
$ 98
$ 17
21.70%
Chimborazo
$ 76
$ 92
$ 16
22.00%
Esmeraldas
$ 56
$ 73
$ 17
29.90%
Santa Elena
$ 38
$ 49
$ 11
30.50%
Cañar
$ 37
$ 43
$ 6
15.70%
pág. 4125
Orellana
$ 32
$ 39
$ 7
23.80%
Sucumbios
$ 25
$ 35
$ 10
37.50%
Galapagos
$ 17
$ 34
$ 17
100.50%
Morona Santiago
$ 23
$ 30
$ 7
28.70%
Carchi
$ 22
$ 26
$ 4
16.00%
Napo
$ 12
$ 18
$ 6
50.00%
Pastaza
$ 14
$ 18
$ 4
30.60%
Bolívar
$ 12
$ 15
$ 3
23.70%
Sin Domicilio Asignado
$ 1
$ 1
$ 0
2.20%
TOTAL RECAUDADO
$ 13.976
$ 17.164
$ 3.188
22.80%
Nota: Se detallan las cifras alcanzadas en la recaudación de tributos a nivel de Provincias durante el periodo enero diciembre
del 2022 y su comparación con lo obtenido en el mismo lapso de tiempo del año 2021 (SRI, 2022).
Conforme a la información obtenida mediante la encuesta aplicada a los empresarios de las localidades
previamente mencionadas sobre el comercio electrónico y la incidencia que este puede tener en la
tributación ecuatoriana especialmente en la recaudación del Impuesto a la Renta, se logró evidenciar
que cada año son más las empresas que deciden implementar el e-commerce como modelo de negocio
dado a las diversas ventajas que esta ofrece relacionado con la competitividad, expansión así como el
reconocimiento mundial. Del mismo modo fue posible conocer que un considerable mero de
propietarios emplean redes sociales y páginas web para comercializar sus productos tanto a nivel local
como nacional e incluso internacional.
Conforme a lo analizado se identificó que entre las problemáticas a las que puede enfrentarse la
tributación del comercio electrónico, se encuentran tanto la disminución en la recaudación como el
aumento del posible fraude fiscal. Del total de 176 personas encuestadas, 95 manifestaron que el uso
continuo del comercio electrónico como modelo innovador de negocio puede ocasionar afectaciones e
inconvenientes en la recaudación del Impuesto a la Renta ocasionando incluso evasiones tributarias,
por lo que consideran necesario que el SRI como ente regulador de las actividades económicas que se
desarrollan en el país, apliquen controles más eficientes además de una normativa rigurosa sobre las
transacciones comerciales que se realicen en internet, ya sea a través de redes sociales o páginas web,
razón por la cual resulta necesario establecer nuevos sistemas de control, que se adapten a la realidad
económica que vive el Ecuador en la actualidad.
pág. 4126
Una escasa normativa suele conducir al desconocimiento de las obligaciones que poseen los
contribuyentes, lo cual puede conllevarlo a incurrir en una evasión tributaria, es por esta razón que los
encuestados en su mayoría creen importante que el SRI brinde capacitaciones relacionadas con el
sistema tributario detallando los beneficios que genera la recaudación de impuestos a la economía del
País, así como los controles y regulaciones que se pueden implementar en el comercio electrónico a fin
de evitar posibles fraudes.
CONCLUSIONES
Al analizar la incidencia del comercio electrónico en el Impuesto a la Renta, se logró establecer la
existencia de problemáticas relacionadas con el control que ejerce el Servicio de Rentas Internas (SRI),
pese a que no existan en los informes del Estado un registro de los ingresos obtenidos por la recaudación
de los impuestos relacionados con las transacciones electrónicas, es evidente el impacto que este genera,
que en comparación con el monto actual de recaudación podría ser considerado residual; no obstante,
el desarrollo acelerado de esta actividad a nivel mundial, particularmente en el país, da lugar a que
adquiera mayor significancia tanto a mediano como a largo plazo.
Al examinar la bibliografía consultada en la investigación, es notable que la ley posee ciertos vacíos,
además que la Administración Tributaria no cuenta con suficiente información, ni el adecuado control
sobre las actividades del comercio electrónico, lo cual generaría el desbordamiento de su naturaleza
propia, así como la pérdida del compromiso para declarar y contribuir el pago obligado. En Ecuador,
los vacíos que contiene la normativa podría deberse a que la regulación tributaria vigente hoy en día,
fue aprobada en los tiempos en que las actividades vinculadas al e-commerce, eran aún incipientes; del
cual, por lo tanto, no se ubicaba entre las más empleadas por los usuarios; no obstante, actualmente la
realidad ha sufrido cambios importantes, especialmente relacionados con la tecnología la cual ha
evolucionado a la par del comercio. Razón por la que resulta indispensable que la reglamentación se
enmarque en la situación moderna, de modo que aporte al control tributario del modelo comercial.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Amán Huaca, A. P. (2022). Comercio electrónico y su impacto en las recaudaciones tributarias del
Ecuador, periodo 2019. Obtenido de Universidad Nacional de Chimborazo:
http://dspace.unach.edu.ec/bitstream/51000/10123/1/Am%C3%A1n%20Huaca%2C%20A.%
pág. 4127
282022%29%20Comercio%20Electr%C3%B3nico%20y%20su%20impacto%20en%20las%2
0recaudaciones%20tributarias%20del%20Ecuador%2C%20periodo%202019..pdf
Asamblea Nacional República del Ecuador. (29 de Mayo de 2019). Código de comercio. Obtenido de
Biblioteca LEXIS: https://www.lexis.com.ec/biblioteca/codigo-comercio
Cámara de Innovación y Tecnología Ecuatoriana. (Enero de 2023). Mapeo del ecosistema E-commerce
en Ecuador. Obtenido de Observatorio Ecuador Digital:
https://observatorioecuadordigital.mintel.gob.ec/wp-content/uploads/2023/01/CITEC-
Situacion-del-E-Commerce-en-Ecuador.pdf
Cámara Ecuatoriana de Comercio Electrónico. (2022). Estudio de transacciones no presenciales en
Ecuador - Quinta Medición. Obtenido de Universidad Espiritu Santo:
https://online.uees.edu.ec/investigacion/presentacion-de-resultados-del-estudio-de-
transacciones-no-presenciales-en-ecuador
Cordell , A. (1997). Gravar Internet: La propuesta de un impuesto a los bits. Revista de banca y
comercio por internet. Obtenido de https://www.icommercecentral.com/open-access/taxing-
the-internet-the-proposal-for-a-bit-tax.pdf
Cordero Linzán, M. G. (19 de Noviembre de 2019). El comercio electrónico e-commerce, análisis
actual desde la perspectiva del consumidor en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas
y estrategias efectivas para su desarrollo. Obtenido de Universidad Católica de Santiago de
Guayaquil:http://repositorio.ucsg.edu.ec/bitstream/3317/14064/1/T-UCSG-POS-MFEE-
179.pdf
Estado Peruano. (3 de Mayo de 2022). Regímenes tributarios. Obtenido de Gobierno de Perú:
https://www.gob.pe/280-regimenes-tributarios
Gobierno del Ecuador. (23 de Enero de 2023). Ley de Régimen Tributario Interno. Obtenido de Segundo
Suplemento del Registro Oficial 235:
https://www.infancia.gob.ec/wp-content/uploads/2023/03/LEY-DE-REGIMEN-
TRIBUTARIO-INTERNO-LRTI.pdf
pág. 4128
Gutiérrez Jaramillo, N., Barrueto Pérez, M., & Orellana Ulloa, M. (2020). La fiscalidad del comercio
electrónico en el contexto tributario ecuatoriano. Revista de Investigación Contable
Quipukamayoc, XXVIII(57), 67 - 74. doi: https://doi.org/10.15381/quipu.v28i57.18062
Heredia Pincay, D. E. (Enero - Junio de 2022). El comercio electrónico y su perspectiva en el mercado
ecuatoriano. Revista ComHumanitas, XIII(1), 1-33. doi: https://doi.org/10.31207/rch.v13i1.333
Instituto Nacional de Estadísticas y Censo. (Abril de 2023). Registro Estadístico de Empresas 2022.
Obtenido de INEC:
https://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-
inec/Estadisticas_Economicas/Registro_Empresas_Establecimientos/2022/Boletin_Tecnico_
REEM_2022.pdf
Nárvaez, D., Pinos, M., & Sánchez, A. (Septiembre de 2021). Comercio electrónico en Ecuador.
Obtenido de ResearchGate:
https://www.researchgate.net/publication/354849572_El_comercio_electronico_en_Ecuador
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD). (2015). Proyecto OCDE/G20
sobre erosión de la base imponible y traslado de beneficios. Obtenido de OECDiLybrary:
https://www.oecd-ilibrary.org/docserver/9789264241046-
en.pdf?expires=1698102680&id=id&accname=guest&checksum=14558D4431A94654CA54
AC01C8D34B7C
Owens, J. (Agosto de 1993). Globalización: las implicaciones para las políticas fiscales. Estudios
Fiscales, XIV(3), 21 - 44. Obtenido de http://www.jstor.org/stable/24437311
Pazmiño Jara, J. (2020). Impuesto a la Renta en la economía digital. ¿Cuál es la situación del Ecuador?
Iuris Dictio(26), 105 - 119. Obtenido de
https://revistas.usfq.edu.ec/index.php/iurisdictio/article/view/1834/2209
Perry Barlow, J. (1996). Declaración de independencia del ciberespacio. Obtenido de Electronic
Frontier Foundation: http://homes.eff.org/~barlow/Declaration-Final.html
Pesantez Cedeño, Z., & Moreira Torres, E. (2020). Análisis de la tendencia de negocios digitales (e-
business) en la zona de planificación 8 del Ecuador. Boletín de Coyuntura(27), 36-42. Obtenido
de https://revistas.uta.edu.ec/erevista/index.php/bcoyu/article/download/1017/942/2448
pág. 4129
Presidencia Constitucional de la República de Ecuador. (23 de Abril de 2021). Reglamento para la
aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, LRTI - Reformado. Obtenido de SRI:
https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/639ef933-b688-
4069-87b4-d936e352691
Real Narváez, D. (Agosto de 2022). Análisis del comercio electrónico en la recaudacion tributaria de
los emprendimientos del Cantón Milagro. Obtenido de Universidad Estatal de Milagro:
https://repositorio.unemi.edu.ec/bitstream/123456789/6311/1/David%20Orlando%20Real%2
0Narva%C3%A9z.pdf
Robayo Botiva, D. M. (20 de Septiembre de 2020). El comercio electrónico: Concepto características e
importancia en las organizaciones. Generación de contenidos impresos(20). doi:
https://doi.org/10.16925/gclc.13
Servicio de Impuestos Internos de Chile. (2022). Diccionario Básico Tributario Contable. Obtenido de
Servicio de Impuestos Internos :
https://www.sii.cl/diccionario_tributario/dicc_r.htm#:~:text=Renta%3A%20Ingresos%20que
%20constituyan%20utilidades,su%20origen%2C%20naturaleza%20o%20denominaci%C3%
B3n.
Servicio de Rentas Internas . (2023). Impuesto a la renta. Obtenido de SRI:
https://www.sri.gob.ec/impuesto-renta
Servicio de Rentas Internas. (Enero de 2023). Declaración Impuesto a la Renta 2023. Obtenido de
Servicio de Rentas Internas:
https://www.sri.gob.ec/declaracion-impuesto-a-la-renta-2023#r%C3%A9gimen-general
Servicio de Rentas Internas. (2023). Reseña histórica de la Recaudación Anual de la Gestión del
Servicio de Rentas Internas. Obtenido de Estadísticas Generales de Recaudación:
https://www.sri.gob.ec/estadisticas-generales-de-recaudacion-sri#per%C3%ADodos
SRI. (Diciembre de 2022). Boletin técnico anual: Informe de recaudación tributaria Año 2022.
Obtenido de SRI:
https://www.sri.gob.ec/estadisticas-generales-de-recaudacion-sri#per%C3%ADodos
SRI. (2022). Recaudación por impuesto anual. Obtenido de
pág. 4130
https://www.sri.gob.ec/estadisticas-generales-de-recaudacion-sri
SRI. (2022). Recaudación por provincia y cantón de domicilio fiscal. Obtenido de
https://www.sri.gob.ec/estadisticas-generales-de-recaudacion-sri
SRI. (2023). Cifras de recaudación Nacional Periodo Enero- Septiembre 2023. Obtenido de
Estadísticas generales de recaudación período 2023:
https://www.sri.gob.ec/estadisticas-generales-de-recaudacion-sri#per%C3%ADodos
SRI. (2023). Recaudación Nacional por domicilio fiscal Enero-Septiembre. Obtenido de
https://www.sri.gob.ec/estadisticas-generales-de-recaudacion-sri
Zambrano, B., Castellanos, E., & Miranda , M. (Marzo de 2021). EL E-COMMERCE EN LAS
Empresas Ecuatorianas. Un Análisis De Los Informes De La Cámara Ecuatoriana De Comercio
Electrónico (Cece) En El Marco De La Pandemia Covid-19. Revista Publicando, VIII(29), 13-
20. Obtenido de https://revistapublicando.org/revista/index.php/crv/article/view/2176/2348