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Para algunos, las concesiones mineras otorgadas en la extracción de minerales durante el periodo
neoliberal aceleraron la degradación de la biodiversidad, la contaminación del aire, suelo y agua en
México. Desde 1993 a 2018, se ha concesionado el 52.9% de la superficie continental de México; Felipe
Calderón Hinojosa (18.26%), Ernesto Zedillo Ponce de León (17.76), Vicente Fox Quezada (12.8%) y
Enrique Peña Nieto (4.11%). En 2017, el grupo minero mexicano poseía el 13.9% de la superficie
concesionada. Las principales mineras de este grupo; Altos Hornos de México, Grupo Peñoles, Minera
Frisco, Grupo México y Autlán con un componente fuerte de importación de tecnología y maquinaria,
poseen el 4.1% de la superficie concesionada (Téllez, 2021, p.46), (Wise y Mendoza, 2001, p.122). De
249 operaciones mineras metálicas en México, el 51% opera en acuíferos sin disponibilidad de agua, el
66% de las 128 operaciones mineras que están en acuíferos sin disponibilidad o sobreexplotados no
cuentan con una concesión de agua (Llano, 2023).
En México con un padrón de 4,136 sociedades mineras (SE, 2023), las empresas canadienses,
estadounidenses, australianas, inglesas, japonesas y de otros países poseen 380 proyectos mineros, estos
se encuentran en etapa de exploración (68.9%), producción (20.3%), desarrollo (8.7%), y cierre de mina
(2.1%) (Secretaría de Economía, 2022). Sin embargo, en la administración del C. Andrés Manuel López
Obrador con la llamada “política no a la minería”, no se han otorgado concesiones para esta actividad
y, al contrario, se han incrementado a 203 las Áreas Naturales Protegidas (ANP´s) con una extensión
de 91, 608,327.23 ha.
Las ANP´s tampoco están exentas de la actividad minera, cerca de 1,609 concesiones mineras se
sobreponen a una superficie de 1, 468,433 ha (Armendáriz et al, 2015, p. 1). Algunas de ellas, dentro y
fuera de las zonas, han sido perturbadas por el aumento de las áreas urbanas y agrícolas, si bien la
infraestructura promueve la urbanización de zonas aledañas también se impacta a la diversidad
biológica de las áreas conservadas (Gómez y Monge, 200), (Arroyave et al, 2006). En la anterior Ley
de Minería (1992) y la Ley de Inversión Extranjera (1993), la protección y regulación de las ANP´s era
flexible (Reyna, et alt., 2021) pues solo se consideraba importante su conservación biológica y no su
preservación como un ecosistema.
La extracción de minerales de forma subterránea o a cielo abierto no solo ocasiona impactos adversos
al medio ambiente sino que también genera conflictos entre las comunidades por la contaminación de