La configuraci�n de los �rganos de derecho p�blico con

car�cter aut�nomo en M�xico: el caso del Banco de M�xico

 

 

Miguel Angel Medina Romero[1]

[email protected]

Universidad Michoacana de San Nicol�s de Hidalgo

Morelia, M�xico

 

 

RESUMEN

Las instituciones cobran valor por el marco jur�dico en que se fundamentan, por la pol�tica que las orienta y por los seres humanos que las integran. Por medio de reformas legales, resoluciones jur�dicas o modificaciones constitucionales, los pa�ses han concedido, progresivamente, a sus bancos centrales la autonom�a jur�dica con respecto a otros sectores gubernamentales, con el fin de que la autoridad correspondiente promueva la orientaci�n de la pol�tica monetaria para alcanzar la estabilidad de precios. El presente trabajo tiene por objetivo exponer algunas consideraciones en torno a la constituci�n de la banca central mexicana como instituci�n de derecho p�blico con car�cter aut�nomo, a partir del planteamiento de un an�lisis bidisciplinario: jur�dico y econ�mico. El Banco de M�xico, nuestro caso de estudio, desde su fundaci�n fue dotado de una normatividad conducente y propiciatoria de un desempe�o eficaz de su tarea: combatir la inflaci�n, independientemente de coyunturas -como la actual crisis de salud p�blica por la enfermedad COVID-19 causada por el virus SARS-CoV-2- e ideolog�as, pues solo as� la instituci�n objeto de examen puede gestionar la estabilidad monetaria y promover el desarrollo econ�mico en M�xico.

 

Palabras clave: �rganos de derecho p�blico; autonom�a; derecho; teor�a econ�mica; banco de m�xico.

 

 

 

Formation of public law institutions with autonomy in Mexico:

the case of Banco de Mexico

 

ABSTRACT

The value of the institutions depends as much on their legal framework as its policy guidance and respectful of their constituent persons. Countries have given legal autonomy, progressively, to their central banks by means of legal reforms, legal resolutions or constitutionals amendments. The objective of this study is to present some considerations on the formation of the Mexican central bank as an autonomous public law institution, base don a bi-disciplinary analysis: legal and economic. Banco de Mexico, our case study, was endowed from its foundation with regulations conducive and conducive to the effective performance of its task: to fight inflation, regardless of circumstances -such as the current public health crisis caused by the COVID-19 disease caused by the SARS-CoV-2 virus- and ideologies, because only in this way can the institution under examination manage monetary stability and promote economic development in Mexico.

 

Key words: institutions of public law; autonomy; law; economic theory; banco de Mexico.

 

 

 

 

Art�culo recibido:� 05 octubre. 2021

Aceptado para publicaci�n: 02 noviembre 2021

Correspondencia: [email protected]

Conflictos de Inter�s: Ninguna que declarar

 

 

 

 

 

 

1. INTRODUCCI�N

En un considerable n�mero de naciones, recientemente el concepto de la autonom�a de la banca central se ha venido constituyendo en una especie de regla para la organizaci�n y el funcionamiento de esta �ltima. Consecuentemente, mediante reformas legales, resoluciones jur�dicas o modificaciones constitucionales, distintos pa�ses, progresivamente, les han concedido a sus bancos centrales la autonom�a jur�dica con respecto a otros sectores gubernamentales, con el fin de que la autoridad correspondiente promueva la orientaci�n de la pol�tica monetaria hacia el objetivo de la consecuci�n de la estabilidad de precios (Friedman, M., 1963; Mart�nez, R., 1942; Mishkin, F., 2008). �

Adem�s, tambi�n la teor�a econ�mica ha progresado en la direcci�n de proponer la autonom�a de la autoridad monetaria como mecanismo formal para incrementar la credibilidad del compromiso antiinflacionario de la misma (Mart�nez, R., 1944). La evidencia emp�rica, por su parte, advierte que mientras mayor sea la credibilidad del p�blico en el compromiso de abatimiento de la inflaci�n de la autoridad, m�s f�cilmente podr� alcanzarse el objetivo de estabilidad de precios (Tamagna, F., 1963; Thompson, J., 1979; Fern�ndez, E., 1976; Fern�ndez Leal., 1963).

Este trabajo tiene como objetivo presentar algunas consideraciones en torno al Banco de M�xico como instituci�n de derecho p�blico con car�cter aut�nomo, a partir del planteamiento de una visi�n bidisciplinaria: jur�dica y econ�mica. Para tal prop�sito, la siguiente secci�n da cuenta de un breve an�lisis te�rico y conceptual sobre el principio de la divisi�n del poder, la autonom�a y los �rganos aut�nomos en M�xico. La tercera parte describe el v�nculo que se presenta entre el banco central y la teor�a econ�mica.

En una cuarta secci�n se articula el conjunto de hechos hist�ricos m�s relevantes que han marcado el desarrollo del Banco de M�xico, y a trav�s quinta parte se presenta el sustento te�rico del Banco de M�xico como persona de derecho p�blico con car�cter aut�nomo. La sexta secci�n aborda la autonom�a del Banco de M�xico, en la estimaci�n de que la misma signific� el arribo definitorio de la instituci�n hacia la modernidad legal y econ�mica. Y las �ltimas partes del estudio presentan algunas consideraciones finales, as� como los datos de las fuentes de referencia empleadas en esta producci�n.

La divisi�n del poder, la autonom�a y los �rganos aut�nomos en M�xico

Desde una perspectiva pol�tica, el principio de la divisi�n del poder consiste en suponer que este �ltimo �est� distribuido entre distintos �rganos que mutuamente se frenan, (por lo que) queda cerrada la posibilidad de que el poder constituido se haga ilimitado, soberano� (Rubio, 1997, p. 210). As� mismo, dicho principio se fundamenta en la idea de que el abuso y la arbitrariedad cobran vigencia cuando, precisamente, no se cuenta con un poder con l�mites (Agapito, 1989).

En el caso de M�xico, la de divisi�n del poder viene a constituir el eje estructural del Estado mexicano, promovi�ndose as� una coordinaci�n entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tal y como lo prev� la Constituci�n. No obstante, la moderna teor�a de la divisi�n del ejercicio del poder, desde hace d�cadas, ha construido los denominados �rganos constitucionales aut�nomos que ciertamente no pertenecen a la divisi�n cl�sica del poder, pero que llevan a cabo funciones de primer orden y forman parte de los �rganos del Estado (Pedroza, S., 2002).[2]

Un atributo fundamental de estos �rganos los es la autonom�a, es decir, una forma de divisi�n del poder, sin que �sta deba ser concebida como soberan�a, o sea, que ha de entenderse como la distribuci�n de competencias sobre determinadas materias (Borja L�pez-Jurado, F., 1991). La autonom�a de un �rgano supone que es sujeto de derecho y obligaciones, capaz de adquirir, de demandar y, en general, de efectuar actos jur�dicos frente a terceros, o sea, existe un ente distinto a sus miembros, goza de personalidad jur�dica (Matheus, M., 1995).

En este contexto, el Estado mexicano ha adoptado la teor�a de los �rganos constitucionales aut�nomos, y bajo ese esquema, a partir de la d�cada de los ochenta, la Constituci�n se�ala a cinco entidades como aut�nomas: Las universidades a las que la ley otorgue tal car�cter, en el art�culo 3�, fracci�n VII (Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, 1980);� el Banco de M�xico, en el art�culo 28, p�rrafo 6 (Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, 1993); el Instituto Federal Electoral, en el art�culo 41, fracci�n III; (Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, 1996) la Comisi�n Nacional de Derechos Humanos, en el art�culo 102 "B" (Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, 1999); y los Tribunales Agrarios, en el art�culo 27, fracci�n XIX (Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, 1992).

Los siguientes espacios habr�n de centrarse en la descripci�n y el an�lisis del Banco de M�xico, en tanto entidad del Estado, de inter�s p�blico y portadora de autonom�a como rasgo de su naturaleza jur�dica.

El banco central y la teor�a econ�mica

La relaci�n que existe entre al Banco de M�xico y la teor�a econ�mica puede apreciarse si se advierte que esta �ltima describe los principales avances te�ricos que han dado sustento a la autonom�a de las autoridades monetarias (Schwartz, M., y Galb�n, S., 1999, pp. 4-7).� As�, tanto acad�micos como autoridades han supuesto que aislar a la pol�tica monetaria de las decisiones pol�ticas facilita la consecuci�n de la estabilidad de precios, y permite que �sta se alcance a un menor costo en t�rminos de actividad econ�mica y empleo.

Esta tesis se basa en la aceptaci�n de que la mejor manera en que la pol�tica monetaria puede servir al inter�s p�blico, es propiciando un ambiente monetario y financiero estable para el desarrollo de la actividad econ�mica, a trav�s de la instrumentaci�n de una pol�tica monetaria orientada al abatimiento de la inflaci�n. Y, con base en lo anterior, un n�mero importante de pa�ses le ha otorgado independencia a sus bancos centrales, asign�ndoles el mandato de encaminar su pol�tica hacia la consecuci�n de la estabilidad de precios.

No supone novedad advertir que el proceso inflacionario genera un sinn�mero de costos para el adecuado funcionamiento de una econom�a. La incertidumbre y la volatilidad que caracterizan a la inflaci�n se reflejan en la ineficiente asignaci�n de recursos productivos, tanto entre sus distintos usos como en el tiempo, y en una inequitativa distribuci�n del ingreso.

As�, la conveniencia de contar con bancos centrales aut�nomos que tengan como su objetivo prioritario la procuraci�n de la estabilidad de precios, se sustenta en dos hechos estilizados: a) La curva de Phillips de largo plazo es vertical, situaci�n que supone que en tal espacio temporal el incremento de precios no posee un efecto permanente en el nivel de empleo, y b) los gobiernos son proclives a generar inflaci�n en pos de reducir los m�rgenes de desempleo.

La independencia de la banca central es un elemento que propicia un prudente manejo monetario, y por consiguiente favorece el abatimiento de la inflaci�n. Sin embargo, el �xito sostenible en la lucha contra la inflaci�n requiere, adem�s de un adecuado manejo monetario, de la concurrencia de los distintos sectores de la sociedad.

Se requiere, pues, entre otros factores, de la instrumentaci�n de pol�ticas fiscales s�lidas, del convencimiento de las autoridades que abatir la inflaci�n es deseable y que sus acciones reflejen la importancia de alcanzar dicho objetivo, de la cooperaci�n de otras medidas de pol�tica, y del convencimiento de la poblaci�n en general de que abatir la inflaci�n redundar� en beneficios para toda la sociedad. Por otra parte, las distorsiones y rigideces de algunos mercados pueden obstruir el proceso antiinflacionario, por lo que las reformas estructurales que propician la eficiencia en los distintos mercados, facilitan el logro de la estabilizaci�n de precios.

El banco central enfrenta el reto de abatir la inflaci�n, adquirir credibilidad y reputaci�n de autoridad comprometida con la lucha antiinflacionaria, en un entorno en el que, en el corto plazo, factores distintos a los monetarios, y por lo tanto ajenos a su control, pueden incidir en forma importante sobre la evoluci�n de los precios. M�s a�n, la pol�tica monetaria enfrenta la dificultad adicional de que sus acciones act�an con cierto rezago sobre el comportamiento de los precios.

Ante el escenario descrito, tanto la teor�a econ�mica como la evidencia emp�rica, sugieren los siguientes elementos para mejorar la credibilidad de la banca central, y por consiguiente, facilitar el proceso de abatimiento de la inflaci�n: 1) El banco central debe tener un mandato claro y definido orientado a procurar la estabilidad de precios; 2) la autoridad monetaria debe anunciar p�blicamente sus objetivos, y los mecanismos con los que pretende alcanzar dichas metas; 3) la instrumentaci�n de la pol�tica monetaria debe realizarse, en lo posible, a trav�s de mecanismos de mercado; 4) el banco central debe responsabilizarse de sus actos y justificar su proceder ante las instancias legislativas y el p�blico en general; 5) con el objeto de poder alcanzar sus metas, la autoridad monetaria debe gozar de �independencia de instrumentos�; 6) las acciones de pol�tica oportunas del banco central resultan fundamentales para afectar las expectativas inflacionarias del p�blico, y por lo tanto facilitan el abatimiento de la inflaci�n; 7) la credibilidad en la pol�tica monetaria se logra a trav�s de la instrumentaci�n sostenida de pol�ticas encaminadas a la reducci�n de la inflaci�n; y 8) entre mayor sea el consenso de la sociedad y del resto de las pol�ticas econ�micas de la relevancia de alcanzar la estabilidad de precios, m�s r�pida y menos costosa ser� su consecuci�n.

Concepci�n y trayectoria del Banco de M�xico

Los primeros antecedentes del Banco de M�xico se remontan al menos hasta principios del siglo XIX, aunque los antecedentes inmediatos de esta instituci�n fueron registrados a partir de la destrucci�n del sistema bancario porfirista durante la Revoluci�n y la aparici�n del proyecto del Banco �nico de Emisi�n que fue consagrado en el Art�culo 28 de la Carta Magna promulgada en 1917 (Manero, A., 1926; Heath, J., 2007; Aguilera, M., 2014). Empero, la fundaci�n del Banco de M�xico tuvo verificativo hasta el 1� de septiembre de 1925, en un solemne acto presidido por el primer mandatario, Plutarco El�as Calles (Turrent, E. 2015a).

Las necesidades de propiciar el surgimiento de un nuevo sistema bancario, hacer renacer el cr�dito en el pa�s y reconciliar a la poblaci�n con el uso del papel moneda justificaron el nacimiento del Banco de M�xico (Manero, A., 1926). As�, a la instituci�n reci�n activada se le entreg�, en exclusiva, la facultad de crear moneda, tanto mediante la acu�aci�n de piezas met�licas como a trav�s de la emisi�n de billetes (Mart�nez, R., 1970). Y, como consecuencia correlativa de lo anterior, se le encarg� la regulaci�n de la circulaci�n monetaria, de los tipos de inter�s y del cambio sobre el exterior. El nuevo �rgano, asimismo, se convirti� en agente, asesor financiero y banquero del Gobierno Federal, aunque se dej� en libertad a los bancos comerciales para asociarse o no con el Banco de M�xico; y, adem�s de los atributos propios de un banco de emisi�n, se le otorgaron tambi�n facultades para operar como instituci�n ordinaria de cr�dito y descuento (Moore, E., 1963).

Registrada su fundaci�n, el Banco debi� trabajar en pos de su prop�sito de consolidarse como banco central. En el contexto de la recesi�n mundial del 29, en julio de 1931 se promulg� una Ley Monetaria por la cual se desmonetizaba el oro en el pa�s (Ortiz, R., 1942).[3] Paralelamente, se promulg� una nueva Ley Org�nica para el Banco de M�xico que retir� al Banco las facultades para operar como banco comercial, e hizo obligatoria la asociaci�n de los bancos con el Instituto Central y flexibiliz� las reglas para la emisi�n de billetes (Rosenzweig, F., 1965). Otras funciones se�aladas en la Ley Org�nica de M�xico fueron las de regular la circulaci�n monetaria, la tasa de inter�s y los cambios sobre el exterior; encargarse del servicio de la Tesorer�a del Gobierno Federal; centralizar las reservas bancarias y convertirse en banco de los bancos y en prestamista de �ltima instancia (Secretar�a de Hacienda y Cr�dito P�blico, 1933).

Hacia 1935 se alcanz� una elevaci�n ininterrumpida del precio de la plata, lo que significaba un grave riesgo de que el valor intr�nseco de las monedas de ese metal superara a su valor facial (Septi�n, A., 1935). Para superar la crisis platista, se emitieron piezas con menor contenido de plata, y se pusieron en circulaci�n billetes de esa denominaci�n (Sherwell, B., 1929).

Una nueva y ortodoxa Ley Org�nica fue promulgada en 1936, la cual respondi� al inter�s de librar a la operaci�n del Banco de M�xico de toda nota inflacionista, a partir de la adopci�n de reglas para la emisi�n de medios de pago, empero, dado su nivel de restricci�n, en 1938 se reformaron sus disposiciones referentes a los l�mites del cr�dito que el Banco pudiese otorgar al Gobierno, como respecto al tipo de papel que el mismo pudiese adquirir en sus operaciones con los bancos comerciales (Bett, V., 1957).

Siguiendo el curso de la historia, el periodo de la Segunda Guerra Mundial que se extendi� aproximadamente de 1940 a 1945 fue de gran trascendencia en la evoluci�n del Banco de M�xico (Secretar�a de Hacienda y Cr�dito P�blico, 1958). Ya en los comienzos de ese tiempo b�lico, a finales de 1939, la econom�a de M�xico se vio inundada con los capitales flotantes o golondrinos que buscaron refugio bancario en el pa�s e hincharon la reserva monetaria del Banco, dando lugar a una acelerada expansi�n de los medios de pago, expansi�n pre�ada de un ominoso potencial inflacionario (Fern�ndez Leal, R., 1963). Por lo tanto, en aras de conjurar esa posibilidad, las autoridades fueron definiendo y aplicando una pol�tica de contenci�n monetaria. Fue as� que se desarrollaron los mecanismos de regulaci�n apropiados para un Banco Central que operaba en un medio donde no exist�an mercados financieros dignos del nombre, por lo que en 1941 se promulg� un nuevo encuadre legal para las materias bancaria y financiera, y de ah� surgieron una nueva Ley Bancaria, as� como una nueva Ley Org�nica del Banco de M�xico (Borja, F., 1979).

Finalizada la Segunda Guerra Mundial, M�xico hab�a sido uno de los pa�ses suscriptores del convenio de Bretton Woods, mediante el cual se acord�, entre otras cosas, un sistema de tipos de cambio fijos para las monedas del mundo. A pesar de ello, M�xico opt� por dejar en flotaci�n la tasa de cambio del peso y luego ensay� nuevos ajustes cambiarios (De Beers, J., 1953). Adem�s, hacia 1948 y 1949, el pa�s sufri� dos severas crisis de balanza de pagos atribuibles, en gran medida, a los reacomodos y ajustes de la econom�a mundial t�picos de la postguerra. En ese per�odo, al tenerse registro nuevamente de una preocupante entrada de divisas, se reform� la Ley Bancaria y se otorg� al Instituto Central la facultad potestativa de elevar el encaje de la banca comercial hasta el 100% sobre el crecimiento de sus pasivos (Ugarte, S., 1950).[4]

Durante el lapso 1954-1970, M�xico experiment� un esquema de progreso y estabilidad que se conoci� como el desarrollo estabilizador. Este momento fue precedido por una etapa de crecimiento con inestabilidad que se extendi� por m�s de tres lustros y que culmin� con los ajustes cambiarios antes referidos. As�, en el desarrollo estabilizador el producto real creci� a un ritmo muy superior al de la poblaci�n, lo cual posibilit� que tambi�n crecieran ininterrumpidamente tanto el ingreso per c�pita como los salarios reales y, en particular, el sector financiero experiment� un notorio progreso, siendo todo ello, en gran medida, resultado de la aplicaci�n de una atinada pol�tica monetaria por parte del Banco de M�xico (Ortiz, A., 1998).

Llegados los a�os setenta y parte de los ochenta, se extendi� una etapa de luces y sombras para el Banco. As�, en 1976 sobresali� una importante iniciativa efectuada por el Banco de M�xico en torno a la creaci�n en M�xico de la denominada banca m�ltiple. �Y, una vez consumada la conversi�n de la banca de especializada en m�ltiple, se promovi� un programa de fusiones de instituciones peque�as orientado a fortalecer su solidez y a procurar una mayor competitividad en el sistema financiero (Fern�ndez, E., 1976). Adem�s, entre otras aportaciones memorables del Banco Central, cabe recordar la idea de reglamentar la capitalizaci�n de los bancos no s�lo en funci�n de su captaci�n, sino de ciertos activos y de otros conceptos expuestos a riesgo (Fern�ndez Leal, R., 1963). E igualmente merecen menci�n la concepci�n y el establecimiento de un sistema de protecci�n para los dep�sitos del p�blico en la banca, as� como la creaci�n, en 1978, de los Certificados de la Tesorer�a (Cetes).[5]

Por otro lado, las dificultades que debi� enfrentar el Banco de M�xico en el per�odo aludido tuvieron su g�nesis en la instauraci�n de pol�ticas econ�micas excesivamente expansivas y en la obligaci�n que se impuso al Banco de extender amplio cr�dito para financiar los deficientes fiscales en que entonces se incurri� (G�mez, A., 1981). De esa forma se dio lugar al deterioro de la estabilidad de los precios y fue causa de que se verificaran dos severas crisis de balanza de pagos en 1976 y 1982.

Posterior a las crisis de referencia, el sentido de las acciones encabezadas por el Banco debi� cambiar, en lo fundamental, hacia el control de la inflaci�n, la correcci�n de los desequilibrios de la econom�a y la procuraci�n de la recuperaci�n de la confianza de los agentes econ�micos (Sol�s, L., 2000, pp. 388-398). En este contexto, ya en la administraci�n del presidente Miguel de la Madrid (1982-1988), fue creado el Fideicomiso para la Cobertura de Riesgos Cambiarios (FICORCA), instrumento que no s�lo permiti� que, en su momento, las empresas mexicanas con pasivos denominados en divisas pudieran renegociar sus adeudos externos sino, a la vez, que quedasen protegidas contra el riesgo eventual de futuros ajustes del tipo de cambio (Turrent, E., 2015c).

Igualmente, en 1985 se expidi� una nueva Ley Org�nica para la instituci�n, ordenamiento que se distingui� porque incorpor� en su texto la facultad de fijar l�mites adecuados al financiamiento que pudiese otorgar la instituci�n. Otras caracter�sticas notables de esa Ley fueron que otorg� al Banco la posibilidad de emitir t�tulos de deuda propios para fines de regulaci�n monetaria, y liber� a la reserva monetaria de restricciones a fin de que la misma pudiese ser usada sin cortapisas para los fines que le son propios (Borja, F., 1995, pp. 12-19).

El Banco de M�xico, instituci�n de derecho p�blico con car�cter aut�nomo�

La regulaci�n del Banco de M�xico forma parte de los contenidos del art�culo 28 constitucional, concebido originalmente como la garant�a de libre concurrencia; adem�s, y especialmente a partir de las reformas de 1983, parte integrante del cap�tulo econ�mico de la Constituci�n, que prev� la responsabilidad del Estado como ente rector en los procesos de planeaci�n y conducci�n de la vida econ�mica nacional.

La autonom�a prevista en la Constituci�n se otorga en t�rminos de ejercicio de funciones y administraci�n, con lo cual se incrementa su competencia t�cnica en una actividad de primer orden para la viabilidad econ�mica de la Naci�n, como es la estabilidad de precios, y que debe mantenerse ajena a consignas pol�ticas y a una injerencia excesiva del Poder Ejecutivo (Turrent, E., 2012). La descripci�n de la naturaleza jur�dica de la entidad no precisa en ning�n momento su car�cter como �rgano constitucional aut�nomo, como ocurre en todos los casos de autonom�a previstos en el M�ximo Ordenamiento (Turrent, E., 2005).

En su origen, el Banco de M�xico persigui� como prop�sito principal la armonizaci�n del control monetario ordenado por la Constituci�n con una conveniente autonom�a (Ley Constitutiva del Banco de M�xico, 1925). Empero, con la contrarreforma de 1936, la instituci�n de referencia debi� financiar todos los pedidos del gobierno federal de aquella �poca, situaci�n que culmin� en un caos financiero y monetario (Ley Org�nica del Banco de M�xico, 1936).

Con el registro de la reforma de 1993, el Banco de M�xico pudo retomar el car�cter de organismo descentralizado, pues la Ley del Banco de M�xico, reglamentaria de los p�rrafos sexto y s�ptimo del art�culo 28, y publicada el 23 de diciembre de 1993, se�ala en su art�culo primero que el banco central ser� una persona de derecho p�blico con car�cter aut�nomo, aunque, a partir de una relaci�n de revisi�n de legalidad, tiene que rendir cuentas al Congreso de la Uni�n, en los t�rminos en que lo hacen otras instituciones que no escapan a la supervisi�n ni al escrutinio de la cuenta p�blica y tampoco a la disposici�n constitucional de autorizaci�n presupuestal o al control de la Ley de Ingresos, donde se se�alan los ingresos permisibles para el gobierno Federal incluidos los instrumentos de pol�tica monetaria (Ley Org�nica del Banco de M�xico, 1993).

As�, hoy por hoy, el Banco de M�xico es una instituci�n que, por mandato constitucional, tiene el papel de banco central aut�nomo en M�xico, dada la participaci�n preferente que tiene como entidad rectora de la operaci�n de las instituciones bancarias del Estado mexicano (Carbonell, M., 2005, 42-45). Es un organismo p�blico descentralizado del Gobierno Federal, que se regula por su Ley Org�nica, la cual contempl� que:

El Banco de M�xico tendr� por finalidad proveer a la econom�a del pa�s de moneda nacional. [�] Tendr� como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda. [Y,] tambi�n [�] promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos (Ley Org�nica del Banco de M�xico, 1993).[6]

Por mandato de ley, la conducci�n del Banco de M�xico est� a cargo de la Junta de Gobierno, �rgano colegiado que se encuentra conformado con un gobernador y cuatro subgobernadores, funcionarios que son designados por el Ejecutivo, pero no pueden destituidos de su cargo discrecionalmente; los periodos de servicio de esos funcionarios son alternados; el del gobernador dura seis a�os y empieza en la mitad de un sexenio gubernamental para concluir al cierre de los tres primeros a�os del siguiente; y los periodos de servicio de los subgobernadores duran ocho a�os y su reemplazo est� alternado cada dos (Ley Org�nica del Banco de M�xico, 1993).

La modernidad legal y econ�mica del Banco de M�xico

Sin duda, el ingreso definitorio a la modernidad por parte del Banco de M�xico se inici� con el otorgamiento de su autonom�a, la cual implica, en t�rminos pr�cticos, que ninguna autoridad pueda exigirle la concesi�n de cr�dito, con lo cual se garantiza el control ininterrumpido del instituto central sobre el monto del dinero (billetes y monedas) en circulaci�n (Turrent, E., 2012, pp. 59-96). Adem�s, la finalidad de la autonom�a es que la operaci�n del banco central sea conducente a la conservaci�n del poder adquisitivo de la moneda nacional, o sea, que los precios de todas las cosas se mantengan estables a lo largo del tiempo.

As� las cosas, la autonom�a del Banco de M�xico est� sustentada en tres bases fundamentales. La primera de ellas es de naturaleza legal y se integra en su parte medular con el mandato constitucional que establece que la misi�n prioritaria de la instituci�n es la procuraci�n del mantenimiento del poder adquisitivo de la moneda nacional. Este objetivo est� tambi�n especificado en la ley actualmente en vigor del Banco de M�xico promulgada a finales de 1993 (Ley Org�nica del Banco de M�xico, 1993).

La segunda base reside en el formato de integraci�n de la Junta de Gobierno y las normas a que est� sujeto su funcionamiento. Ese �rgano colegiado se encuentra conformado con un gobernador y cuatro subgobernadores, funcionarios que son designados por el Ejecutivo pero no pueden destituidos de su cargo discrecionalmente.[7] Y la tercera base de la autonom�a del Banco de M�xico radica en la independencia administrativa que el marco jur�dico vigente le concede a esta instituci�n. �

Adem�s, la recepci�n del car�cter aut�nomo por parte del Banco Central tambi�n ha de vincularse necesariamente con la modernidad econ�mica. Y esta �ltima, irrenunciablemente, pugna por combatir el fen�meno de la inflaci�n y los m�ltiples males que causa, especialmente por lo que toca a la distribuci�n del ingreso y a las posibilidades de crecimiento econ�mico.

La evidencia emp�rica apunta que, en �pocas de inflaci�n, los precios crecen m�s aceleradamente que los salarios, a la vez que dicho fen�meno afecta en mayor medida a quienes tienden a conservar sus recursos en billetes y monedas (Grove, D., 1955; Mendoza-Velazquez, A., 2009; Palafox, C., 2011; Salas, O., 2018). Y en general, los individuos en esta �ltima situaci�n son los que pertenecen a los estratos m�s desfavorecidos de la sociedad.

En cuanto al crecimiento, la inflaci�n tiende a deteriorar los incentivos hacia la producci�n y la inversi�n, por la incertidumbre y el desconcierto que crea. Cuando existe inflaci�n, la volatilidad de los precios relativos reduce la eficacia del mercado como mecanismo para la asignaci�n de los recursos y falsea el c�lculo econ�mico, inhibiendo la inversi�n. Asimismo, el crecimiento acelerado y desordenado de los precios propicia tasas de inter�s elevadas, por el premio que los ahorradores demandan para las inversiones financieras.

Por lo tanto, la autonom�a del Banco de M�xico constituye un instrumento ideal promotor del combate contra la inflaci�n en la medida en que no est� dirigida a paliar sus s�ntomas, sino a evitar sus causas (Turrent, E., 2012, pp. 167-206). Ello, porque est� encaminada a impedir un uso abusivo del cr�dito del instituto emisor, fuente principal del mal a que se ha aludido.

2. CONSIDERACIONES FINALES

El Banco de M�xico est� cumpliendo noventa y seis a�os de existencia. A menos de un a�o del otorgamiento de su autonom�a, esta instituci�n debi� afrontar junto con la Secretar�a de Hacienda y Cr�dito P�blico las crisis de balanza de pagos y bancaria que se manifestaron durante los primeros meses de 1995. La crisis bancaria se resolvi� principalmente mediante mecanismos fiscales y, por su parte, la crisis de balanza de pagos y sus sucesivas devaluaciones dieron lugar a esfuerzos de estabilizaci�n en gran escala para erradicar la inflaci�n.

Las instituciones valen por el marco jur�dico en que se fundamentan, por la pol�tica que las orienta y por los seres humanos que las integran. Desde su fundaci�n, el Banco de M�xico ha sido dotado de marcos jur�dicos conducentes y propiciatorios de un desempe�o eficaz en el desarrollo de sus labores. Y en este orden es imperativo destacar de forma puntual la reforma que entr� en vigor en abril de 1994, por la cual se dot� de autonom�a al banco central de este pa�s, ya que con ello se otorg� al Banco de M�xico el estatus id�neo para cumplir su cometido fundamental: la procuraci�n de la estabilidad de la moneda nacional.

As�, el tr�nsito hacia la autonom�a por parte del Banco de M�xico represent�, igualmente, su paso definitorio a la modernidad. Y en la hora actual, no cabe duda que los pa�ses m�s exitosos en la lucha contra la inflaci�n han sido aqu�llos que han optado por la autonom�a de su banca. Sin embargo, dicho arreglo institucional ha de advertirse tan s�lo como un requisito en el avance hacia la direcci�n adecuada para propiciar la reducci�n sostenible del ritmo de crecimiento de los precios. Destacamos y concluimos, en definitiva, que es imperativo consolidar el car�cter aut�nomo del Banco de M�xico y reforzar el combate contra la inflaci�n, independientemente de coyunturas �como la actual crisis de salud p�blica por la enfermedad COVID-19 causada por el virus SARS-CoV-2- e ideolog�as, pues solo as� nuestro banco central puede constituirse como una efectiva instituci�n gestora de la estabilidad monetaria y promotora del desarrollo econ�mico en M�xico.

 

 

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[1] Profesor e Investigador Titular en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y en el Centro de Investigaciones Jur�dicas y Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicol�s de Hidalgo.

[2] La teor�a sostiene que los rasgos de esos �rganos constitucionales aut�nomos son, entre otros, la inmediatez, la esencialidad, direcci�n pol�tica, paridad de rango y la autonom�a. La inmediatez implica que son �rganos creados directamente desde la Constituci�n; la esencialidad tiene que ver con que las funciones que les son encomendadas resultan necesarias para la construcci�n y preservaci�n de los estados democr�ticos; la paridad de rango implica que no les resta jerarqu�a frente a los otros poderes estatales, por lo que deben actuar coordinadamente con los otros �rganos; y la autonom�a org�nica y funcional, que no implica independencia.

[3] En cuanto al Banco de M�xico, dicha Ley confiri� ciertas caracter�sticas de moneda a sus billetes, aun cuando se conserv� la libre aceptaci�n de los mismos.

[4] Sin embargo, esta obligaci�n se gradu� en funci�n de la forma en que las instituciones integrasen sus carteras de cr�dito o, en otras palabras, de acuerdo a la manera en que canalizaran su financiamiento a los distintos sectores de la econom�a.

[5] Estos t�tulos, previa la promulgaci�n en 1975 de una nueva Ley Reglamentaria del Mercado de Valores, fueron la base para el desarrollo en M�xico de un mercado de bonos y valores de renta fija. De importancia es destacar la trascendencia de dicho logro no s�lo en cuanto a la evoluci�n financiera de M�xico, sino tambi�n respecto al progreso de la banca central en este pa�s. La creaci�n y la madurez del mercado de bonos dio lugar a que se consolidasen en nuestro medio las condiciones para poder llevar a cabo, en la pr�ctica, la regulaci�n monetaria a trav�s de operaciones de mercado abierto.

[6] Adem�s:

�El Banco desempe�ar� las funciones siguientes: I. Regular la emisi�n y circulaci�n de la moneda, los cambios, la intermediaci�n y los servicios financieros, as� como los sistemas de pagos; II. Operar con las instituciones de cr�dito como banco de reserva y acreditante de �ltima instancia; III. Prestar servicios de tesorer�a al Gobierno Federal y actuar como agente financiero del mismo; IV. Fungir como asesor del Gobierno Federal en materia econ�mica y, particularmente, financiera; V. Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de cooperaci�n financiera internacional o que agrupen a bancos centrales, y VI. Operar con los organismos a que se refiere la fracci�n V anterior, con bancos centrales y con otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en materia financiera� (Ley Org�nica del Banco de M�xico, 1993).

[7] Los periodos de servicio de esos funcionarios son alternados. El del gobernador dura seis a�os y empieza en la mitad de un sexenio gubernamental para concluir al cierre de los tres primeros a�os del siguiente. Y los periodos de servicio de los subgobernadores duran ocho a�os y su reemplazo est� alternado cada dos.