LA IMPORTANCIA DE LA METODOLOGÍA EN LA
PSICOLOGÍA FORENSE PARA LOS TRIBUNALES.
UN ESTUDIO DE CASO SOBRE EL ANÁLISIS Y
OPINIÓN TÉCNICA
THE IMPORTANCE OF THE FORENSIC PSYCHOLOGIST IN
COURT, A CASE STUDY ON AN ANALYSIS AND TECHNICAL
OPINION
Edgar Israel Martínez Díaz
Universidad Autónoma De Sinaloa - México
pág. 3526
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i4.12590
La importancia de la metodología en la psicología forense para los
tribunales. Un estudio de caso sobre el análisis y opinión técnica
Edgar Israel Martínez Díaz
1
edgarmartinez@uas.edu.mx
https://orcid.org/0009-0002-3956-8536
Universidad Autónoma De Sinaloa
Sinaloa, México
RESUMEN
El presente trabajo deviene de un estudio de caso, basado en nuestra praxis pericial, el cual, versó sobre
el análisis y opinión con respecto a un dictamen en materia psicológica emitido por la Fiscalía del Estado
de Sinaloa en México, para determinar su estatus técnico en razón de la metodología empleada por los
peritos oficiales, con la que se asegura “soportaron” sus conclusiones periciales (se omiten nombres y
datos sensibles de todos los involucrados, así como criterios para la identificación del asunto legal). El
fin, fue analizar el procedimiento que utilizaron éstos, con el que fundamentaron la prueba, misma que,
señaló a personas y hechos de un delito de abuso sexual cometido en contra de una menor de edad, y
que motivó nuestra participación, en el cual, se examinó el documento legal para establecer si de acuerdo
al procedimiento técnico que utilizaron los psicólogos en cuestión pudieron arribar a las conclusiones;
para esto, se establec si existió o no, una metodología “dura” que respetara los criterios de idoneidad
y suficiencia en el marco de la pertinencia que debe de tener toda evaluación clínica psicológica que se
encamina para dilucidar un conflicto en los tribunales; dado que, los “especialistas” arribaron en su
diagnóstico que la niña examinada (en adelante llamaremos Renata), presentó un sufrimiento psico-
emocional, que exist una correlación positiva entre el discurso de su proceso de entrevista psicológica,
los signos y síntomas de dicho sufrimiento, basado en los estudios que practicaron. La denuncia se llevó
a cabo por la madre de Renata en abril del 2014, donde se acusa al padre, como responsable de dichos
actos.
Palabras clave: análisis, opinión técnica, psicología forense, dictamen, peritos oficiales
1
Autor Principal
Correspondencia: edgarmartinez@uas.edu.mx
pág. 3527
The importance of the forensic psychologist in court, a case study on an
analysis and technical opinion
ABSTRACT
The present work comes from a case study, based on our expert praxis, which dealt with the analysis
and opinion regarding a psychological opinion issued by the Prosecutor's Office of the State of Sinaloa
in Mexico, and determine its technical status in reason for the methodology used by the official experts,
with which it is ensured that they “supported” their expert conclusions (names and sensitive data of all
those involved are omitted, as well as criteria for the identification of the legal matter). The purpose was
to analyze the procedure that they used, with which they based the evidence, which pointed out people
and facts of a crime of sexual abuse committed against a minor, and that motivated our participation, in
which The legal document was examined and thus established, whether or not it existed, a “hard
methodology that respected the criteria of suitability and sufficiency that any clinical psychological
evaluation that is intended to elucidate a conflict in court must have; This, in the context that the
“specialists” arrived in their diagnosis that the girl (hereinafter we will call Renata), presented psycho-
emotional suffering, the existence of a positive correlation between the discourse of her psychological
interview process, the signs and symptoms of said suffering based on the studies they carried out. The
complaint was made by Renata's mother in April 2014, where the father is accused of being responsible
for said acts.
Keywords: analysis, technical opinion, forensic psychology, opinion, official experts
Artículo recibido 15 junio 2024
Aceptado para publicación: 16 julio 2024
pág. 3528
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo describe un estudio de caso, basado en evidencia científica, el cual, tiene como fin
presentar la importancia de los procedimientos metodológicos que emplea el psicólogo en el ámbito
legal, dado su ejercicio en los tribunales, apoyado en el análisis del documento oficial como objeto de
análisis para emisión de una opinión técnica, donde se pone de manifiesto, los errores científicos y tal
vez éticos, de muchos dictámenes realizados por peritos oficiales, no sólo del Estado de Sinaloa, sino
en todo México.
El objetivo de este artículo es mostrar la importancia de la metodología con la que se obtienen los datos
psicológicos con los cuales se dictamina para los tribunales, abonar para generar una perspectiva distinta
sobre el papel del psicólogo en el ámbito forense y poner en la observancia un trabajo de análisis con el
que se formuló una opinión técnica sobre un dictamen pericial, del cual, la Defensa, dudó de su veracidad
y soporte científico. Asimismo, resaltar la valía del perito psicólogo (en general), la ética profesional
con la que debe desempeñarse y la magnitud del resultado de la particular opinión técnica emitida,
respondiendo a los planteamientos y arribando a una conclusión “dura” desde la lógica científica y el
sentido común que nos marca nuestra erudición; por último, la experiencia basada en evidencia que nos
ha nutrido nuestro trabajo profesional en el rubro.
Dicho trabajo se llevó a cabo desde una petición formal de protesta de cargo, en el cual, se representó a
la Defensa, quien solicitó examinar y analizar el dictamen emitido por peritos oficiales para verificar su
estatus técnico y científico, basado en estudios, donde refirieron que le practicaron a Renata y que
plasmaron en su prueba, siendo ésta, objeto de otro Dictamen que derivó en una opinión técnica. Para
ejecutar la encomienda, se nos proporciona el documento realizado por los descritos en abril del 2014,
el cual, constó de una foja y media, plasmado en este el desarrollo pericial con los elementos: ficha de
identificación, resultado, metodología, las técnicas, entrevista, hipótesis, conclusiones.
La Psicología Como Ciencia
Etimológicamente, Psicología proviene de los vocablos griegos Psyche: alma o espíritu; y, logos: tratado
o estudio. La Psicología vendría a ser así “el estudio o tratado del alma”.
Philipp Melanchton (1497-1560) propone temas de estudio que desde la humanidad primitiva ya se
investigaban, y que en la relativa modernidad tenían sus explicaciones en los pensamientos mágicos de
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los tiempos remotos, el mito más organizado por las diferentes culturas, religiones, y la filosofía, ésta
última, antesala de la ciencia cuando se llegó a la segunda mitad del siglo XVIII, y que Wilhelm Wundt
realiza la investigación psicológica en los cánones científicos establecidos de la época, con lo que
desvinculó las discusiones especulativas arropadas por la filosofía para abrirse a la metodología de los
hechos, objetiva que provinieron de las ciencias naturales, retomando los criterios de experimentación,
medición y cuantificación; por tanto, podemos afirmar que el nivel de erudición de la psicología apenas
tiene menos de un siglo y medio de vida.
Es imperante señalar, que no disminuyó la búsqueda filosófica hasta nuestros días, para explicar los
actos humanos, pero orientó el nivel de su investigación al plano de los contenidos, los hechos y la
preocupación por el orden epistémico, en el cual, se discuten los supuestos teóricos que son la base de
las diferentes construcciones del conocimiento actual, con lo que se va sofisticando la metodología de
los modelos explicativos del comportamiento humano.
La Psicología, ya con su envestidura de ciencia ha propuesto desde la figura de distintos autores,
conceptualizaciones para este campo del conocimiento, siempre de distintos enfoques que agremiaban
posturas ideológicas que involucra la explicación de la psique, el comportamiento y la acción de esta
última, lo que conocemos como conducta, que, en el caso de los animales equivale al “comportamiento
observable” inmediato que tiene su origen en lo tácito; en el caso de los seres humanos se extiende a los
“procesos psicológicos”, tanto cognitivos como emocionales, conscientes como inconscientes,
aprendidos, etc. mediante los cuales, un sujeto construye sus respuestas o patrones de comportamiento,
donde se busca concretizar desde lo nomotético clasificar y objetivar lo que es de naturaleza subjetiva,
siguiendo líneas metodológicas en concordancia a lo científicamente correcto.
“La psicología científica se articula en formas diferentes según el criterio que se adopta en cada
oportunidad. Entre los más difundidos recordemos el criterio epistemológico, que tiende, más que a la
clasificación de las diferentes áreas psicológicas, a la definición de las características que vinculan a la
psicología con las ciencias naturales o las ciencias humanas; el criterio de la orientación teórica o modelo
de pensamiento, que es la base de una construcción psicológica; el criterio que define los todos de
investigación adoptados por los distintos ámbitos psicológicos, y el criterio que designa los objetivos
que se proponen las diferentes investigaciones psicológicas”.
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Por todo lo anterior, conceptualizamos de forma general el área psicológica, como una ciencia que se
encarga del estudio del comportamiento y procesos psíquicos, que explica, clasifica e interviene desde
distintos modelos teórico/prácticos, ponderando factores sociales y/o biológicos según su acentuación
epistémica.
Psicología Forense
Iniciamos señalando que muchos psicólogos o abogados utilizan indistintamente el término psicología
jurídica como sinónimo de psicología forense, para referirse al área de la psicología que interviene en
los espacios directos e indirectos donde se administra o se ejecuta la justicia; por citar un ejemplo, los
psicólogos que laboran en las cárceles, los que estudian la conducta criminal, los diseñadores de
programas de políticas preventivas de la criminalidad, los que están en el campo policial, los que tienen
orientación criminológica/victimológica, etc., es decir, todos los profesionales que se vinculan con el
Derecho aplicado. Existen psicólogos en el mundo que abrazan está confusión, particularmente los que
no tienen verdadera actividad forense o los que no la tienen de manera constante; como es el caso de
muchos, que se mueven en la parte teórica sea como docentes, conferencistas, los que publican, etc. El
psicólogo forense, se hace en el campo, se embarnece de su praxis, pero no haciendo lo que le venga en
gana, sino siempre en el apego técnico y desde los protocolos de la evaluación; no traiciona sus
principios éticos para dar gusto a la Partes legales que representa como prueba jurídica. Trabaja en un
mundo físico con un paciente jurídico que examina, no construye “datos” en la abstracción, imaginación
y prejuicio, para describir o fundamentar su trabajo.
El objeto de estudio (el daño psicológico o la ausencia de él) del forense es medible, concreto y
observable, dado que, lo que investiga está clínicamente tipificado, y los hallazgos obtenidos afloran
siempre de sus instrumentos de medición (siempre que sean idóneos y suficientes) ya que, solo con
Datos duros podrá descartar o establecer la existencia de alguna psicoafección, que pudiera o no, estar
inmersa en un conflicto legal.
La intervención del psicólogo forense es casi siempre con personas reales (exceptuando las opiniones
técnicas que alguna de las Partes pudiera solicitarle), donde se le da observancia al otro lenguaje que se
desprende de ellas para nutrir las referencias clínicas obtenidas, como la corporeidad (posturas) y su
paraverbalidad (tono, silencios, tipología fonológica) en concordancia con el contexto del proceso
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evaluativo; los hallazgos, pasan por un análisis correlación, que inicia con el estudio de la personalidad,
la historia personal, las circunstancias en las que se produjeron los eventos que están en conflicto y por
último, lo referido por las partes legales involucradas.
El diagnóstico o conclusiones periciales a las que arriba el psicólogo forense, son el resultado pues, de
la integración de todos los hallazgos clínicos y factores que resultan de los recursos técnicos empleados
principalmente, pero también de otras fuentes científicas de información (No de opinión) necesarias
para su investigación nosológica, con la cual, al final se determinara el estatus clínico y los nexos
causales se pudieran o no, tener con los hechos que se denuncian o se demandan; utiliza baterías para
esto (no una, dos, tres, o cuatro escalas) una metodología dura como es la psicométrica que se constituye
por pruebas psicológicas estandarizadas y objetivas (las proyectivas son complementarias, pero jamás
de diagnóstico), entrevistas focalizadas directamente con la necesidad de búsqueda, es decir, no son
interrogatorios estándar, sino que deben ir dirigidos a todos los actores según sea su tipo de implicación;
asimismo, confronta otros estudios de la misma naturaleza o vinculantes, fundamenta con otros casos,
etcétera. Es por esto, que se busca delimitar el área clínica utilizada para acotar el ejercicio del psicólogo
y no afirmar cosas en nombre de la psicología forense como lo hacen algunos “profesionales” con
funciones equivocadas, que desconocen el trabajo en el particular ámbito.
“No obstante, como bien señala Brigham (1999) en la Psicología Forense no sólo intervienen psicólogos
clínicos sino también psicólogos sociales, cognitivos, evolutivos, experimentales, etc. Aún, es más, la
práctica de la Psicología Forense depende íntimamente de la naturaleza del caso que se analiza. En este
sentido, Haward (1981) diferencia cuatro roles: clínico, experimental, auxiliar judicial y consejero, que
resultan ser cuatro aplicaciones jurídicas. El rol clínico se caracteriza por la evaluación psicométrica del
individuo y la interacción con una de las partes del procedimiento legal. Por su parte, el rol experimental
supone la comprobación de hipótesis para fundamentar el testimonio del psicólogo experto. El rol de
auxiliar de la justicia se orienta a resolver problemas judiciales, presentando evidencia de la probabilidad
de un hecho, valiéndose de la estadística y el razonamiento probabilístico (Gudjonsson y Haward, 1998).
Finalmente, el consejero estudia la prueba expuesta por otro profesional, para señalar, a la parte que le
contrata, los posibles puntos débiles. Nosotros somos partidarios de aunar dichas subáreas de aplicación
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en el término psicólogo jurídico, que englobe cualquier tipo de intervención del psicólogo en el Foro,
así como en otros ámbitos”
.
Por su parte, sostenemos que la psicología jurídica es una parte de la Psicología de la cual, se desprende
la actividad profesional del psicólogo en todo lo relativo a los espacios donde se administra y se ejecuta
la justicia, tal y como lo expusimos párrafos anteriores; es decir, este campo da vida a muchas áreas
de especialización entre ellas la psicología forense. No comulgamos con la idea de que la psicología
forense abrace todo lo vinculado a los ambientes jurídicos, porque muchos psicólogos trabajan en
instituciones públicas con funciones profesionales o sin ellas, en la que participan directa o
indirectamente en este rubro; pero estos cualificados, no intervienen como elementos de prueba en algún
tipo de juicio, sino que dirigen su experticia a otros horizontes donde su participación es alejada de la
clínica forense. La psicología forense va dirigida a la evaluación clínica psicológica o al análisis de
otras dictaminaciones en la materia, siempre con un fin pericial, motivo por lo que se remite
exclusivamente a los tribunales, dado que, se convierte en prueba en algún juicio con lo que aporta al
Derecho, auxiliando a personas que, por su envestidura de juzgadores o autoridad, toman las decisiones
en los Órganos Jurisdiccionales en xico.
“El resultado, el todo, es como siempre, más y diferente a la suma de sus partes. Y es el Derecho
Aplicado que fundado e inspirado en el paradigma que la elección filosófica impuso, interpreta y elige
las ramas del derecho que regulan la situación jurídica concreta, coordina y armoniza las normas que
seleccionó de dichas áreas jurídicas tanto sustantivas como adjetivas y diagnosticada así la situación
formula la hipótesis teórica de su solución, eligiendo en un segundo paso las herramientas que harán
posible su actuación en la realidad concreta, material y tangible”.
Además de eso, es importante aclarar, que el clínico forense puede ir al campo, como parte de actos de
investigación y generar datos que integrara a los estudios que practique a los actores del conflicto legal,
pero siempre, será para dar respuesta a la necesidad jurídica de la parte que representa, sea a la Fiscalía,
Defensa, Actora o Demandada, pero nunca con el fin de beneficiar a algunos de los interesados, sino
siempre basara las conclusiones de lo que dictamine en el estricto apego a los resultados “duros”
obtenido de los test psicométricos, es decir, nada que salga del ejercicio profesional de la Psicología y
con un espíritu de neutralidad. “La psicología forense constituye una especialización clásica en países
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anglosajones y que en España está tomando cada día mayor importancia, siendo habitual que los
peritos asesoren a nuestros tribunales y jueces en materias de carácter psicológico”.
La ciencia del Derecho y la Psicología comparten mucho, ambas estudian la conducta, primera en razón
de la Ley, la segunda de los procesos mentales que la anteceden, dado que, están instauradas en las
ciencias sociales que evolucionan a cada momento; sin embargo, aclaramos que, los datos obtenidos de
la ciencia psicológica son de naturaleza clínica, ya que, los veredictos de los estados mentales de las
personas involucradas en un conflicto legal, no pueden ni deben ser entendidos fuera de los protocolos
establecidos de la evaluación y del clima terapéutico necesario para su desarrollo y objetividad.
Asimismo, advertimos que los peritos psicólogos no son psicoterapeutas por ceñirse a criterios clínicos,
su fin no es de tratamiento, así tampoco, todos los profesionales que trabajan en instituciones de
ejecución o administración de justicia son forenses.
“Las evaluaciones psicológicas forenses difieren significativamente de las evaluaciones clínicas
tradicionales en una serie de dimensiones, como los objetivos, alcance y producto de la evaluación, a
como el papel de la persona evaluadora y la naturaleza de la relación entre persona evaluadora y la
persona evaluada”.
Importancia del psicólogo en los tribunales
La posibilidad de que los psicólogos actúen como peritos o dando su propia opinión como “expertos”,
aportando sus investigaciones ante los órganos jurisdiccionales, viene referido por diversas normas
jurídicas que integran el peritaje psicológico ante los tribunales. Es evidente y palpable que existen
innumerables temáticas y casos donde la psicología puede aportar importantes elementos clarificadores
para ayudar al juez a clarificar sus propias dudas. Los profesionales de la psicología, adecuadamente
formados en esta área, pueden ofrecer a la jurisdicción la evaluación y diagnóstico de las capacidades
cognitivas, volitivas, retrasos y trastornos mentales o características individuales de la personalidad, a
distintos niveles de afectación, y con referencia a cualquier proceso de la jurisdicción. La labor del
psicólogo se encuentra referida en la jurisdicción de lo Civil, de lo Penal, de lo Social y también desde
lo Contencioso-administrativo.
Los psicólogos que actúen como peritos poseen la función de auxiliares del juez, por lo que facilitarán
conocimiento de tipo especializado, mismo que poseen por su aprendizaje académico y su práctica
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laboral, de tal forma que dicha colaboración sirva como apoyo en la toma de las decisiones judiciales,
motivo por lo cual su participación debe realizarse a través de técnicas e instrumentos que permitan una
valoración objetiva del hecho. La gran ventaja de contar con un informe pericial es que las conclusiones
plasmadas son objetivas, imparciales y se ha llegado a ellas mediante la utilización de técnicas científicas
y rigurosas.
Una clasificación tradicional de la prueba pericial radica en la distinción entre peritos oficiales y peritos
de parte (particulares). Los primeros de alguna manera son predeterminados por la autoridad o
institución que representan, y nombramiento por los jueces es de figura laxa, mientras que los segundos
son seleccionados y pagados por las partes y forzosamente el pretor lo tiene que aprobar. Tal distinción
ha sido llevada mucho más allá de la mera clasificación hasta atribuirle a priori mayor valor probatorio
a cualquier perito oficial, sobre cualquier perito de parte solo por el mero hecho de quien lo ha
seleccionado o quien lo paga busca dictaminaciones a favor, sin advertir que los institucionales son de
consigna pericial. Dicho esto, queremos decir que, con independencia de lo que haga o diga el perito de
parte, se le atribuye mayor valor probatorio al perito oficial, por el mero hecho de pertenecer a la parte
Acusadora, por los sesgos que instauran los usos y costumbres.
La Importancia de la Metodología utilizada en el peritaje
Dentro del campo de la psicología, específicamente en el campo jurídico, es importante referirnos al
peritaje como una herramienta que en diversas ocasiones apoya al juez, en tanto la evaluación clínica se
realiza con el sujeto implicado en un proceso judicial, para tener en cuenta su estado mental, cognición
y otras posibles variables que tengan relación con la imputabilidad y responsabilidad del sujeto con el
hecho en cuestión y su contraparte víctimal. El psicólogo que realiza el peritaje, debe tener
conocimientos acerca de la Ley y su principal herramienta es la objetividad, pues el resultado de su
intervención que le hace parte del conjunto de elementos que el juez tendrá en cuenta a la hora de tomar
una decisión.
El peritaje como medio de prueba ayuda entonces a ilustrar al juez en cuanto a las circunstancias del
evento desde conocimientos específicos de una ciencia encarnado en un profesional, al ayudar a
establecer causas o efectos del hecho. En el ámbito específico de la psicología, la actividad que realiza
el psicólogo a nivel penal tiene relación con la evaluación clínica acerca de los posibles trastornos
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psicopatológicos, daños o capacidades que la persona en juicio pueda presentar, sea como agresor(a) o
víctimas. Lo que facilita establecer la imputabilidad que se le puede aplicar; además ayuda a determinar
la responsabilidad del sujeto en el suceso y permite realizar una evaluación acerca de los posibles daños
que pudo haber sufrido o que pueda tener el implicado en el peritaje según el caso: Un peritaje
psicológico penal es una evaluación psicológica realizada, en una etapa procesal, con la finalidad de
establecer la imputabilidad (responsabilidad) de una persona en relación con una o más conductas
tipificadas como delito. Por tanto, al igual que cualquier tipo de evaluación psicológica, deben estar
presentes: un evaluador, una persona evaluada, instrumentos y/o técnicas de evaluación (Sierra,
Jiménez, y Buela-Casal, 2006, p. 134).
A partir de lo anterior, es de suma importancia tener presentes los conceptos de imputabilidad y
responsabilidad, puesto que determinan el objetivo de la peritación. Con respecto a la implicación de
los mismos, se puede decir que la imputabilidad se considera al poder determinar el estado mental del
sujeto a la hora de los hechos delictivos, indicando las características psicológicas propias del sujeto
(estado de conciencia, actos volitivos, trastornos) y al estado psico-social de su contexto. Por su parte,
la responsabilidad depende del grado de imputabilidad que se haya determinado al sujeto.
El dictamen que emita o entregue el perito debe cumplir con unos parámetros básicos: además de ser
exacto respecto a los resultados, debe dar cuenta de los medios, exámenes o pruebas que realiza y
anexarlos a su Dictamen. De igual forma, los resultados deben estar motivados o sustentados en
argumentos de conocimiento en el área específica sobre la que versó la pericia.
La validez a nivel jurídico de un peritaje se da en relación a la práctica, es decir, la importancia de esta
como medio de prueba, teniendo en cuenta que el resultado de un dictamen pericial puede influir
significativamente en las consideraciones que hace el juez para el fallo. Desde el derecho, el interés por
lo probatorio, lo procesal y las herramientas disponibles en la legislación que se puedan traer a un
proceso, facilitan la profundización en el tema con respecto a la decisión que toma el juez.
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Análisis y Opinión Técnica En el Área Científica de la Psicología Forense
El dictamen pericial destaca por su grado de responsabilidad, como hemos venido resaltado, debido a la
importancia que debe de tener en cuanto a una metodología “dura” dado su soporte técnico y diagnóstico
con el que se arriba a conclusiones, que marcan vidas de los directamente involucrados. Es por eso que
deben de ser fundamentados desde la elección de los recursos técnicos que le orienta la propia
singularidad del caso, dado que, la psique y el comportamiento no responden a patrones estándar como
en fábricas que elaboran réplicas de cosas, sino que las circunstancias de la propia historia personal de
los examinados delimitan la elección de los test, entrevistas, análisis nosológico y otros. El soporte
científico y las habilidades del perito en el campo de la práctica forense, se consolida cuando deja de
lado aspectos ideológicos de cualquier índole, creencias, el juicio apresurado, alianzas subjetivas, con
las Partes, falta de tiempo, conocimiento o entendimiento equivocado de su actividad profesional,
provocan la deficiencia científica del peritaje en distintos ámbitos del país, ya sea que, pertenezcan a
una fiscalía o en el ámbito particular. El informe pericial ha de ser un proceso imparcial, estructurado,
replicable y vertebrado mediante la formulación y contraste de hipótesis, no desde la connotación de
investigación científica o académica, sino a partir de la observación clínica psicológica de los hallazgos
visibles de daño psicológico o ausencia del mismo, lo que conocemos como rasgos nomotéticos; y no
este discurso hueco y descontextualizado que usan los peritos de relleno en los dictámenes que emiten;
como si el puro concepto explicara las cosas por mismo. Sin embargo, estas exigencias no siempre se
cumplen. Es habitual ver informes con conclusiones que no se deducen del resto de datos y que no son
idóneos para ser replicados. En otras ocasiones, no se realiza un exhaustivo análisis documental del
particular caso en el que peritan.
Una opinión técnica es un dictamen en materia de psicología forense, el cual, tiene como objeto
dictaminar sobre otro dictamen que obra en autos, ya que, nace de la duda de una mala práctica o
deficiencia científica a una observancia básica; podemos decir entonces, que, en ésta, se emite un juicio
derivado de un el análisis sobre el procedimiento con el que se constituyó el documento legal.
La opinión técnica, no es, sino otro informe pericial, cuyo objetivo sería el de tratar de determinar qué
aspectos del informe que se examina y analiza tienen un sustento científico o en su defecto, son
deficientes al rubro. Asimismo, a ésta se le exigen al menos los mismos requisitos de rigor que al informe
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psicológico y debe reflejar un título claro, su objetivo o finalidad, el solicitante o los solicitantes, la
metodología empleada, explicaciones soportadas desde la ciencia y la praxis profesional, resultados,
conclusiones y discusión que se obtiene a partir de resultados del dictamen analizado, así como la
acreditación de la idoneidad profesional, experiencia, solvencia académica del perito que lo realiza y
siempre invocando los postulados, protocolos o lineamientos de su ciencia.
Por desgracia, estas exigencias técnicas y éticas no siempre se cumplen. Es habitual ver informes poco
integrados y con conclusiones difícilmente deducibles por la ausencia de datos y técnicas que analizar,
dado que, no se anexan evidencia a su dictamen, bajo la argucia de que protegen la intimidad de los
examinados, como si su ejercicio fuera como psicoterapeutas en los órganos jurisdiccionales, olvidando
que tienen funciones de peritos, timando a las personas con formación jurídica, ya que, el propio Código
Ético del Psicólogo de México tiene apartados especiales para los psicólogos con funciones de perito,
por lo que en los desahogos de las pruebas faltan a la verdad impunemente. En otras ocasiones, no siguen
el método científico, no tienen acceso al expediente judicial o las conclusiones no están debidamente
fundamentadas (Lluch, 2017).
La realización de la Opinión Técnica (o el mal llamado contrainforme) en el contexto forense en general
es una práctica no exenta de controversia y en la que existen posturas enfrentadas al respecto. Mientras
que autores como Urra (2007) desaconsejan su realización, la figura del contrainforme cada vez está
más presente en el ámbito forense y su realización está justificada para tratar de evitar errores en la
metodología y manipulación de los datos, y para minimizar la apreciación subjetiva en los informes
psicológicos (COPC, 2016; Muñoz, Arch y Díaz-Malnero 2017). Los fundamentos que toda opinión
técnica debe de tener tienen que ser exhaustiva y analizando hasta su mínimo detalle. En este no hay
cabida para las opiniones personales sin un sustento riguroso.
Desarrollo Cognitivo: Las Teorías de Piaget y de Vygotsky (en el análisis por lo “declarado” por
Renata)
Se entiende por Desarrollo Cognitivo al conjunto de transformaciones que se producen en las
características y capacidades del pensamiento en el transcurso de la vida, especialmente durante el
periodo del desarrollo, y por el cual aumentan los conocimientos y habilidades para percibir, pensar,
comprender, y manejarse en la realidad.
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Entre las diferentes teorías que describen el desarrollo cognitivo, nos centraremos en dos de las más
importantes: las teorías de Piaget y las Teorías de Vygotsky.
La teoría de Piaget nos ayuda a entender cómo el niño interpreta el mundo a edades diversas. La de
Vygotsky nos servirá para comprender los procesos sociales que influyen en la adquisición de sus
habilidades intelectuales.
Teoría Del Desarrollo Cognitivo de Piaget
Conceptos Fundamentales
Piaget influyó profundamente en nuestra forma de concebir el desarrollo del niño. Antes que propusiera
su teoría, se pensaba generalmente que los niños eran organismos pasivos plasmados y moldeado por el
ambiente. Piaget nos enseñó que se comportan como “pequeños científicos” que tratan de interpretar el
mundo. Tienen su propia lógica y formas de conocer, las cuales siguen patrones predecibles del
desarrollo conforme van alcanzando la madurez e interactúan con el entorno.
Piaget fue un teórico de fases que dividió el desarrollo cognoscitivo en cuatro grandes etapas: etapa
sensoriomotora, etapa preoperacional, etapa de las operaciones concretas y etapa de las operaciones
formales, cada una de las cuales representa la transición a una forma más compleja y abstracta de
conocer.
Las etapas se relacionan generalmente con ciertos niveles de edad, pero el tiempo que dura una etapa
muestra gran variación individual y cultural.
El desarrollo como cambio de las estructuras del conocimiento
Piaget pensaba que todos, incluso los niños, comienzan a organizar el conocimiento del mundo en lo
que llamó esquemas. Los esquemas son conjuntos de acciones físicas, de operaciones mentales, de
conceptos o teorías con los cuales organizamos y adquirimos información sobre el mundo. El niño de
corta edad conoce su mundo a través de las acciones físicas que realiza, mientras que los de mayor edad
pueden realizar operaciones mentales y usar sistemas de símbolos (el lenguaje, por ejemplo). A medida
que el niño va pasando por las etapas, mejora su capacidad de emplear esquemas complejos y abstractos
que le permiten organizar su conocimiento. El desarrollo cognoscitivo no consiste tan sólo en construir
nuevos esquemas, sino en reorganizar y diferenciar los ya existentes.
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El estadio Preoperacional (de 2 a 7 años)
La capacidad de pensar en objetos, hechos o personas ausentes marca el comienzo de la etapa
preoperacional. Entre los 2 y los 7 años, el niño demuestra una mayor habilidad para emplear símbolos
—gestos, palabras, números e imágenes— con los cuales representar las cosas reales del entorno. Ahora
puede pensar y comportarse en formas que antes no eran posibles. Puede servirse de las palabras para
comunicarse, utilizar números para contar objetos, participar en juegos de fingimiento y expresar sus
ideas sobre el mundo por medio de dibujos. El pensamiento preoperacional tiene varias limitaciones a
pesar de la capacidad de representar con símbolos las cosas y los acontecimientos. Piaget designó este
periodo con el nombre de etapa preoperacional, porque los preescolares carecen de la capacidad de
efectuar algunas de las operaciones lógicas que observó en niños de mayor edad.
Pensamiento representacional
Durante la etapa preoperacional, el niño puede emplear símbolos como medio para reflexionar sobre el
ambiente. La capacidad de usar una palabra (galletas, leche, por ejemplo) para referirse a un objeto real
que no está presente se denomina funcionamiento semiótico o pensamiento representacional. Piaget
propuso que una de las primeras formas de él era la imitación diferida, la cual aparece por primera vez
hacia el final del periodo sensoriomotor (la capacidad de repetir una secuencia simple de acciones o de
sonidos, horas o días después que se produjeron inicialmente).
Durante la etapa preoperacional se observan otros ejemplos del pensamiento representacional. A
menudo se considera que los años preescolares son la “edad de oro” del juego simbólico (Singer y
Singer, 1976). El juego comienza con secuencias simples de conducta usando objetos reales; por
ejemplo, fingir beber de una copa o comer con un objeto parecido a la cuchara. A los cuatro años de
edad, el niño puede inventar su propia utilería, crear un guion y representar varios papeles sociales.
En términos generales, el juego simbólico se inspira en hechos reales de la vida del niño (por ejemplo,
el patio de juego, ir a la tienda, ir de viaje), pero también los que tienen personajes de la fantasía y
superhéroes son muy atractivos para él. Muchos expertos piensan que este tipo de juego favorece el
desarrollo del lenguaje, a como las habilidades cognoscitivas y sociales. Favorece además la
creatividad y la imaginación.
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Teoría Del Desarrollo Cognitivo de Vygotsky
Lev Vygotsky (1896-1934) fue un destacado representante de la psicología rusa. Propuso una teoría del
desarrollo del niño que refleja el enorme influjo de los acontecimientos históricos de su época. Tras el
triunfo de la Revolución de octubre de 1917, los líderes de la nueva sociedad soviética destacaron la
influencia de cada individuo en la transformación de la sociedad mediante el trabajo y la educación.
Vygotsky formuló una teoría psicológica que correspondía a la nueva situación del país. Su teoría
pone de relieve las relaciones del individuo con la sociedad. Afirmó que no es posible entender el
desarrollo del niño si no se conoce la cultura donde se cría. Pensaba que los patrones de pensamiento
del individuo no se deben a factores innatos, sino que son producto de las instituciones culturales y de
las actividades sociales. La sociedad de los adultos tiene la responsabilidad de compartir su
conocimiento colectivo con los integrantes más jóvenes y menos avanzados para estimular el desarrollo
intelectual. Por medio de las actividades sociales el niño aprende a incorporar a su pensamiento
herramientas culturales como el lenguaje, los sistemas de conteo, la escritura, el arte y otras invenciones
sociales. El desarrollo cognoscitivo se lleva a cabo a medida que internaliza los resultados de sus
interacciones sociales. De acuerdo con la teoría de Vygotsky, tanto la historia de la cultura del niño
como la de su experiencia personal son importantes para comprender el desarrollo cognoscitivo. Este
principio de Vygotsky refleja una concepción cultural-histórica del desarrollo.
Lenguaje y Desarrollo
Para Vygotsky, el lenguaje es la herramienta psicológica que más influye en el desarrollo cognoscitivo.
Al respecto dice (1962): “El desarrollo intelectual del niño se basa en el dominio del medio social del
pensamiento, es decir, el lenguaje”. Distingue tres etapas en el uso del lenguaje: la etapa social, la
egocéntrica y la del habla interna.
En la primera etapa, la del habla social, el niño se sirve del lenguaje fundamentalmente para
comunicarse. El pensamiento y el lenguaje cumplen funciones independientes.
El niño inicia la siguiente etapa, el habla egocéntrica, cuando comienza a usar el habla para regular su
conducta y su pensamiento. Habla en voz alta consigo mismo cuando realiza algunas tareas. Como no
intenta comunicarse con otros, estas auto verbalizaciones se consideran un habla privada no una habla
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social. En esta fase del desarrollo, el habla comienza a desempeñar una función intelectual y
comunicativa.
Los niños internalizan el habla egocéntrica en la última etapa del desarrollo del habla, la del habla
interna. La emplean para dirigir su pensamiento y su conducta. En esta fase, pueden reflexionar sobre
la solución de problemas y la secuencia de las acciones manipulando el lenguaje “en su cabeza”.
Revisión de Procedimientos e Instrumentos en la exploración psicológica forense del abuso sexual
en la Infancia
El abuso sexual infantil es un importante problema de salud pública que afecta a uno de los colectivos
más vulnerables de la sociedad, la infancia, y repercute, a su vez, en el bienestar de las familias y de la
sociedad en su conjunto (MacMillan, 1998). Son múltiples los estudios que señalan las importantes
repercusiones físicas, psicológicas y sociales que esta tipología de maltrato tiene en los individuos que
la experimentan, tanto en la infancia (para una revisión véase Pereda, 2009) como, en algunos casos, en
la edad adulta (Pereda, 2010). Se hace patente que la experiencia de abuso sexual infantil y sus
resultantes lesiones físicas y emocionales merecen especial atención por parte de profesionales
capacitados para la evaluación psicológica y la intervención con menores. Diversos autores resaltan la
necesidad de instrumentos especializados y con robustas propiedades psicométricas dentro de esta área
de trabajo (e.g. Berliner y Conte, 1993; Briere, 1992). Una adecuada evaluación psicológica de la
situación aumenta la probabilidad de interrumpir el abuso sexual, de prevenir nuevos abusos, de
identificar sus consecuencias y, por tanto, de dirigir la intervención de forma adecuada, así como, lo más
importante, de mejorar el bienestar de las menores víctimas de esta situación (Laraque, DeMattia y Low,
2006).
Cabe destacar que la evaluación del abuso sexual infantil es, probablemente, una de las áreas dentro del
ámbito clínico-forense que ha generado mayor controversia y mayores dificultades técnicas (Pons-
Salvador, Martínez, Pérez y Borrás, 2004). La evaluación, en este entorno, se centra en dilucidar la
credibilidad del testimonio que aporta el menor a través de diversas técnicas cuyos resultados deben
integrarse entre y relacionarse con el resto de la información disponible, con el fin de obtener una
visión de conjunto que proporcione mayores garantías a la valoración (Jiménez y Martín, 2006). Sin
embargo, algunos de los instrumentos que se utilizan para llevar a cabo esta evaluación no han sido
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estandarizados (e.g. el juego, véase la revisión de Murrie, Martindale y Epstein, 2009), muchos
instrumentos específicos no están validados y, en los casos en que existen normas sobre el instrumento,
no se ha desarrollado un registro relevante de estudios de validez (Cantón y Cortés, 2000). Por otro lado,
debe tenerse en cuenta que, en muchos casos, la falta de conocimiento de los profesionales de las técnicas
de evaluación más adecuadas supone un riesgo de victimización secundaria para el menor. En estos
casos, se intensifica el malestar psicológico del evaluado como consecuencia de un mal uso de los
procedimientos de valoración de la credibilidad de la notificación de abuso sexual por los profesionales
implicados en el proceso (Conte, 2001).
La presencia en un menor de los indicadores físicos, psicológicos y sociales expuestos no implica que
el abuso sexual se haya producido, del mismo modo que su ausencia no supone que el abuso sexual no
se haya producido. En este sentido, la detección de estos casos es una tarea hartamente compleja y que
merece una especial atención por parte de los profesionales, a los que se les exige estar capacitados para
la evaluación y la intervención con menores víctimas. La evaluación del abuso sexual. La labor de la
psicología forense en los casos de violencia sexual en niñez y adolescencia, es de suma importancia,
debido a que, permite valorar aspectos que no se pueden evidenciar desde un plano físico o médico; los
peritos evalúan características del delito desde su especialidad, para brindar a los profesionales del
derecho conclusiones fundamentadas científicamente. (Puerto, Olaya, & Dorado, 2009) Es
especialmente difícil en los casos en que no se encuentran las pruebas necesarias para comprobar el
hecho; en las ocasiones en que el peritaje psicológico no es concluyente, no se le otorga valor probatorio
en la decisión de la sentencia por parte de las autoridades de justicia. Por lo que es necesario estudiar
los elementos que intervienen para que un peritaje psicológico tenga valor probatorio dentro del proceso
penal, el reconocer la importancia que tiene la intervención del psicólogo forense en 13 los casos de
abuso sexual en niñas, niños y adolescentes ayudará a realizar de forma más efectiva la labor del
psicólogo forense.
La violencia sexual se considera que son los actos en los que niños, niñas y adolescentes se ven expuestos
a prácticas sexuales, para las que no están preparados de forma física, cognitiva y emocional; lo que
conlleva a que no puedan comprender totalmente estas conductas, en donde el victimario ha
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aprovechado la relación desigual de poder con el niño, niña o adolescente para perpetrar el hecho y
muchas veces para mantener bajo coacción a la víctima. (Puerto, Olaya, & Dorado, 2009).
Este tipo de delitos muchas veces es cometido por un familiar o persona cercana a la víctima, lo que
interfiere con que se realice la denuncia. Es significativo clarificar que en los casos de abuso sexual
infantil no siempre se utiliza la violencia física para perpetrar el hecho, debido a que, los agresores
pueden ser personas de confianza que, con engaños, a modo de juegos, regalos o chantajes manipulan a
las niñas, niños 20 o adolescentes. Además de que, por su corta edad, su capacidad comprensiva y la
falta de educación integral en sexualidad, no dimensionan la magnitud del delito que ha sido perpetrado
en su contra. El abuso sexual infantil puede involucrar actividades como caricias, tocamientos en
genitales, penetración, exhibición de genitales y cualquier otro tipo de conducta sexualizada que
produzca placer en los agresores. La mayoría de estos actos pueden no dejar rastros físicos en las niñas,
niños y adolescentes, lo que hace más difícil su detección. (Asociación Americana de Psiquiatría-APA,
2014).
Los peritajes psicológicos en niñez y adolescencia tienen características especiales, mientras más
pequeño sea el niño o niña víctima de abuso sexual, es difícil darle valor al testimonio, porque muchas
veces concuerda con la etapa en que los niños tienden a fabular, por lo que habría que descartar esa
posibilidad, explorando las capacidades del niño o niña. Al inicio de la entrevista se debe establecer la
clarificación entre verdad y mentira y el reconocimiento que se necesita hablar con veracidad en el
transcurso de la evaluación. Hay algunos aspectos que por su corta edad las niñas y niños no deben
conocer, como detalles que describan la violencia sexual, que no pueden ser producto de su imaginación.
(Echeburúa & Corral, Secuelas emocionales en víctimas de abuso sexual en la infancia, 2006) También
es necesario reconocer elementos externos que permitieron la violencia sexual para realizar un peritaje
con mayores componentes, dentro de los predictores de abuso sexual en adolescentes se encuentran
antecedentes en la infancia de violencia física y sexual, además de violencia psicológica. (Zurbriggen,
Gobin, & Freyd, 2010).
METODOLOGÍA
Análisis de las técnicas que se dice que fueron empleadas en el análisis psicológico practicado a Renata,
a fin de relacionarlo con los resultados a los que arribaron en el documento pericial.
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Cabe resaltar que toda metodología utilizada por cualquier psicólogo en el ámbito forense que por su
propia naturaleza jurídica necesita ser soportada científicamente, todo diagnóstico y/o conclusión a las
que se arribe, la metodología debe de ser idónea y suficiente, la idoneidad tiene que ver con aquellas
pruebas que se eligieron para dar respuesta a las partes involucradas, donde se tiene que elegir con
mucha precaución. Situándonos en nuestro caso, particularmente, lo que se buscó fue usar una
metodología desde un soporte científico y mostrando las capacidades que durante la praxis hemos
adquirido, ya que el psicólogo forense se hace en el campo, basada en evidencia, es decir, en datos para
poder dar respuesta a las peticiones que se nos plantearon, realizando el análisis de dicha metodología
y recursos empleados en el dictamen estudiado.
Procedimiento
Para la elaboración de la opinión técnica se utilizaron métodos y técnicas de análisis de diagnóstico para
identificar y responder a las anomalías de los hallazgos, para esto tuvimos un dictamen de foja y media
que se nos proporcionó la Defensa. Se buscó revisar el documento oficial para obtener datos psicológicos
sólidos (basados en evidencias) con los que arribaron a sus conclusiones los peritos oficiales, entre los
cuales fue analizar el uso de la metodología, entrevista realizada, pruebas psicológicas, observación del
fenómeno, formulación de hipótesis, diseño experimental, análisis de los resultados obtenidos.
Descripción e idoneidad de la metodología utilizada con carácter científico.
Para describir la idoneidad de este apartado tenemos que resaltar dos rubros de suma importancia, por
una parte, la fiabilidad de los datos en razón a la metodología empleada, que tiene relación con un
análisis exhaustivo del dictamen proporcionado a partir de sus anexos, el cual, cabe señalar, que fueron
inexistentes. También soportar nuestras conclusiones respaldado con las teorías que surgieron de años
de investigaciones y que marcan en la actualidad los métodos explicativos del comportamiento humano;
a su vez, explorar desde nuestra praxis y conocimientos en el ámbito de la evaluación clínica psicológica
y la psicopatología. Las dudas que en dicha pericial oficial nos surgieron, es por la inverosimilidad de
sus resultados y escasa o nula técnica, por lo que, no se pudo dar respuesta a estas incertidumbres. La
viabilidad que tiene que ver con la pertinencia de utilizar un procedimiento u otro (no encontramos
nada que analizar); no solamente por el hecho de ser un informe sobre una menor de edad, sino porque
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desde el ámbito de la psicología forense, el perito debe de cumplir con criterios y dar soporte a una
metodología “dura” y con sustentos científicos, sin importar edad o circunstancias del examinado.
Narración del Estudio De Caso
Renata actualmente tiene 14 años de edad. En el momento que se realiza el análisis psicológico a la
menor la misma tenía 4 años, en abril del 2014.
A continuación, describiremos los planteamientos para los peritos oficiales en el análisis psicológico a
Renata a la edad de 4 años; 1). Si la persona con el nombre de Renata se encuentra bien de sus facultades
mentales, 2). presenta daño o sufrimiento psico-emocional, a consecuencia de los hechos que se
encuentran investigando (abuso sexual) 3) Que se especifiquen los métodos y técnicas aplicadas para
llegar a la conclusión, 4). Que informe que se entiende por alteraciones mentales, sufrimiento o daño
psico-emocional.
Posteriormente al planteamiento del mismo se describe la metodología, describiendo que se utilizaron
métodos y técnicas de observación y de entrevista que permitiera obtener información personal y sobre
la situación que se enfrenta.
En abril del 2014, acudió a reconocimiento psicológico Renata, de 04 años de edad, que cursaba el
preescolar, llevándose a cabo la evaluación con servicios periciales de la sub procuraduría del Estado
de Sinaloa, misma que acudió a dicha representación social como ofendida por el delito de abuso sexual,
acompañada de su madre.
Versión del Ilícito: Refiere Renata que se interpone denuncia en contra de su padre, comenta que su
papá le tentó su cosita, resaltando que solo eso había pasado.
La niña se observa con un aspecto saludable, hábitos higiénicos suficientes, actitud introvertida, estado
de ánimo disminuido, susceptible al llanto, atenta y coopera con los cuestionamientos.
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Imagen 1
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Imagen 2
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Conclusiones de los Peritos Oficiales del análisis psicológico a Renata a la edad de 04 años de edad
Renata se encuentra bien de sus facultades mentales, presenta sufrimiento psico-emocional, si se
presenta correlación positiva entre el discurso de la paciente durante la entrevista psicológica, y los
signos y síntomas del sufrimiento psico-emocional y que no se utilizaron pruebas psicológicas ya que
con las técnicas que se describieron de observación y entrevista se logró cumplir con lo planteado en la
solicitud.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Una constante de las técnicas utilizadas en el procedimiento de peritos oficiales (cuando las utilizan) es
que son de naturaleza subjetiva o proyectiva, sin soporte científico o bien, sin una directriz estructurada;
en este artículo presentamos y describimos la falta de tecnicismo por parte de la Fiscalía del Estado de
Sinaloa y tal vez de ética, por parte de sus psicólogos, al asegurar que Renata les narró una serie de
hechos que son clínicamente imposible de que lo haya manifestado, por la edad que tenía cuando se
dieron tales controversias; lamentablemente es una mala práctica que se desarrolla a lo largo de nuestro
país, sea por desconocimiento o intereses de resultados a modo. Por citar un ejemplo, una menor de 4
años podría: ¿saber cuál es su ocupación?, ¿Saber que se encuentra en un hogar disfuncional?, ¿El propio
significado de palabra disfuncional?, ¿Discernir una buena o mala relación interpersonal?, ¿Saber qué
es lo interpersonal?, ¿Saber que es la irresponsabilidad paterna? Es notable que los peritos obtuvieron
información de los datos generales de la niña por otra vía y se le atribuyó a la misma, no se encontró la
existencia de ningún dato “duro” proveniente de alguna psicometría y entrevista que contextualice los
hallazgos emanados de los test o algún hecho histórico del que derivó el conflicto legal, ya que todo lo
que se dijo que se practicó a la examinada por parte de los peritos, es inexistente, ambiguo y de
cuestionable ética por sus aseveraciones clínicamente infundadas.
Lo que, si se encontró, solo fue un discurso, (conceptos), más parecido a una justificación de
procedimiento por parte de los peritos, que a la descripción de una verdadera y autentica praxis realizada
a Renata. No hay evidencia que se haya utilizado una metodología dura y objetiva para su diagnóstico
clínico.
Ni se niega, Ni se afirma, dado que, no hay datos o evidencia en el dictamen oficial que analizar como
pruebas psicométricas sean orientadas al neurodesarrollo, inteligencia, depresión, ansiedad, estrés, etc.
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para determinar el estatus mental de la examinada; por citar algunos ejemplos idóneos para ello: la
batería de pruebas: Inventario del Desarrollo de Battelle, el test de Denver II es un test de screening que
permite evaluar el desempeño en cuatro áreas (cognitivo, lenguaje, motor fino y motor grueso) del
desarrollo de niños de 0 a 6 años a través de actividades apropiadas según la edad, test ABC, Prueba de
MOSS, etc. No se puede establecer el estatus psicológico de tipo cognitivo o emocional, ya que, derivado
de nuestro análisis del documento legal emitido por los peritos oficiales, nos advierte que nunca
evaluaron a la menor en cuestión; por lo que, si no se tienen Datos, derivados de recursos técnicos de
alguna alteración o anomalía de la personalidad que se opere en el comportamiento a través de alguna
psicopatología como Ansiedad, Depresión; Estrés Postraumático, Pánico o algún otro, entonces, sus
conclusiones son inverosímiles.
No se puede correlacionar a alguna psico afección con los hechos que se denunciaron o con algunos
otros. Ninguna entrevista, detecta daño psicológico, establece su tipología, vincula con hechos, sugiere
tratamiento, etc., éstas, No son técnicas de diagnóstico, sirven de apoyo nada más y para contextualizar
los datos que se obtienen de las pruebas.
No existe una evaluación psicológica como tal, no hay técnicas que deriven de métodos que analizar,
solo se presume una entrevista (No se puede diagnosticar a nadie con un cuestionamiento) que nunca se
anexó al Dictamen.
No se encontró ningún apartado de anexos o algún recurso técnico propios de la ciencia psicológica en
el dictamen oficial, que advierta que se haya evaluado a Renata.
El Dictamen de los peritos oficiales está constituido por una sola foja (f.12 y una cuartilla de la 13que
obra en autos), sin ningún apartado de anexos, sin contenidos que acredite los dichos plasmados en el
documento por éstos, o por Renata.
Las conclusiones a las que arribaron en su Dictamen, los Peritos Oficiales de Procuraduría General de
Justicia del Estado de Sinaloa, no están científicamente soportadas, dado que, su “evaluación” es
inexistente en procedimiento y en evidencia sobre un contacto profesional en la figura de Renata. Éstas
fueron basadas en el análisis del Dictamen Oficial antes descrito, por lo que, nuestra OPINIÓN
TÉCNICA sobre el Documento Legal, es que NO tiene un estatus científico, sino dogmático, dado que,
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está basado en el decir de los peritos oficiales, no en evidencia, lo que contrapone el fin de toda ciencia,
que es demostrar.
CONCLUSIONES
En nuestra actividad profesional en la clínica forense (como perito o asesor pericial) nos hemos topado
con estos obstáculos donde el dictamen pericial de tipo oficial, es casi siempre deficiente técnicamente
y con el sesgo de valía intrínseca, tanto de la dudosa idoneidad del perito, como de las condiciones
extrañas de su “evaluación” psicológica. Aclaramos que no solo le damos observancia al ámbito penal,
sino a todos los rubros de la justicia, en los que hemos participado, es por esto y otros motivos por el
cual, consideramos la necesidad de llevar los descuidos para una mejor administración de justicia para
México y el mundo
Concluimos que de acuerdo al análisis psicológico que se realizó, no pudieron diagnosticar un daño
psicológico, particularmente emocional, dado que, No aplicaron pruebas psicométricas, proyectivas o
psiconeurológicas (éstas dos últimas complementarias a las primeras) para soportar científicamente el
“diagnóstico” al que arribaron los Peritos Oficiales en su Dictamen, por lo que, no pudieron determinar
afecciones de naturaleza psíquica. La metodología utilizada en la figura de la niña, no fue idónea y
suficiente para poder establecer un daño psicológico. Toda evaluación clínica psicológica sea con fines
periciales o de tratamiento debe de cumplir un criterio de Idoneidad, él cual, tiene que ver con la elección
de la metodología (después de un análisis) en razón de la necesidad jurídica en la que se sugiere peritar;
es decir, que si tenemos que evaluar alguna psicopatología como algún trastorno del neurodesarrollo,
personalidad que materializa como Depresión, Ansiedad, Estrés, Pánico u otra; los recursos psicológicos
tendrán que ir dirigidos a medir directamente lo solicitado, y no tener interpretaciones (organización de
datos) ambiguas por la falta de este criterio. En el particular caso, señalaron la existencia de daño
psicológico, se estableció una tipología de éste, un nexo causal y sugirió un tratamiento a la
“examinada”; sin embargo, los psicólogos, No utilizaron ningún recurso técnico, por lo que este criterio
es inexistente; dicho lo anterior, el “Diagnóstico” al que llegaron es dogmático y su estatus es de opinión
personal, no científica. Realidad cotidiana con la que se enfrentan en los juicios la Defensa.
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