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Empero, Murphy (2023) trae a colación la disyuntiva entre educación y cuidado y, como esta
disyunción, en algunos países fragmenta la prestación de un servicio integrado y auspiciado por el
estado. Al respecto, Hayes (2007, citado en Murphy, 2023) dirime tal situación, al expresar que, con
relación a la atención y el cuidado, ambos confieren un valor “importante para el desarrollo curricular
y la pedagogía” (p.8). Así, lo ratifican Picco y Soto (2013 citado por Sarlé y Rodríguez, 2021) al
considerar que “enseñar y cuidar son dimensiones inseparables y complementarias” (p.11).
Es así como, según Raikes et al., (2023) la EI se conciben como un ciclo clave que abarca desde la
gestación hasta el ingreso a la educación escolar -primaria-. La caracterizan como un periodo sensible
y crítico donde el ser humano sienta las bases futuras para su desarrollo posterior. Además, a la EAPI,
la conciben a la vez, como: una fase, un proceso de desarrollo y una intervención, que es ofrecida por
instituciones públicas o privadas para dar mejores condiciones de bienestar, atención, cuidado y
educación a los niños y las niñas. Es decir, como un conjunto de acciones intencionadas y coordinadas
que buscan su desarrollo pleno y armónico durante esta etapa.
Por su parte, desde la visión de los organismos internacionales, la UNESCO (2022a) la considera como
un derecho impostergable que exige “un cuidado receptivo, nutrición, salud, seguridad, protección y
juego” (p.2). Y la UNICEF (2019) como un proceso oportuno de intervención que va desde la gestión
hasta el ingreso a la primaria y que contribuye con “la supervivencia, el crecimiento, el desarrollo y el
aprendizaje de los niños, incluidas las salud, la nutrición y la higiene, así como al desarrollo cognitivo,
social, afectivo y físico” (p.7). Estas concepciones convergen desde una mirada intersectorial que une
intenciones, esfuerzos y atenciones para ofrecer una educación y atención integral que asegure el
bienestar de los menores, bajo el entendido que todo ello dinamiza y posibilita un desarrollo en clave
de proceso integral para el individuo (Zapata y Restrepo, 2012).
Desde la visión colombiana, el MEN (2022) reconoce la EI como un proceso intencionado y
estructurado e impostergable para los menores de 6 años, que se asocia con la promoción y potenciación
de “desarrollos, capacidades y habilidades” (Decreto 1411, 2022, p.5) para lograr un desarrollo integral
en los aspectos biológicos, cognitivos, psicomotores, socioafectivos y espirituales (Ley 115, 1994,
Artículos 15, 16 y 17). Añade, que la EI es “un proceso continuo y permanente de interacciones y
relaciones sociales de calidad, oportunas y pertinentes que posibilitan a los niños potenciar sus