g. 8000
LA JUSTICIA DISTRIBUTIVA: UNA MIRADA
DESDE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR 2008
DISTRIBUTIVE JUSTICE: A VIEW FROM THE 2008
CONSTITUTION OF ECUADOR
Vicente Leonel Jaime Sánchez
Investigador Independiente, Ecuador
Keyla Monserrate Mero Delgado
Investigador Independiente, Ecuador
Holger Walfredy Velez Bailon
Investigador Independiente, Ecuador
pág. 8001
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i5.14207
La Justicia Distributiva: Una mirada desde la Constitución del Ecuador
2008
Vicente Leonel Jaime Sánchez1
e1350842991@live.uleam.edu.ec
https://orcid.org/0009-0008-7488-5389
Investigador Independiente
Ecuador
Keyla Monserrate Mero Delgado
e1316861119@live.uleam.edu.ec
https://orcid.org/0009-0004-6354-6868
Investigador Independiente
Ecuador
Holger Walfredy Velez Bailon
holger.velez@uleam.edu.ec
https://orcid.org/0009-0002-6869-1365
Investigador Independiente
Ecuador
RESUMEN
La justicia distributiva se refiere a cómo se asignan los recursos y beneficios económicos dentro de la
sociedad, buscando reducir desigualdades y asegurar que todos los ciudadanos tengan acceso a
oportunidades básicas, como educación, salud y servicios públicos. Vista a través de la Constitución de
la república del Ecuador de 2008 nos plantea interrogantes sobre la correcta distribución de los recursos
en el país. Este estudio examina si las políticas implementadas tras la promulgación de la Constitución
han contribuido a una distribución equitativa, especialmente en lo referente a la reducción de la
desigualdad económica. Los resultados muestran que, según el Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y
Censos (INEC), el coeficiente de Gini ha experimentado una disminución significativa, pasando de 0.62
en 2003 a 0.47 en 2012, lo que evidencia una mejora en la distribución del ingreso. Las políticas de
redistribución, centradas en el gasto social, han sido clave para este proceso, aunque con disparidades
marcadas entre áreas urbanas y rurales. Estos hallazgos destacan tanto los avances como los desafíos
persistentes en la búsqueda de una justicia distributiva más efectiva en el Ecuador.
Palabras claves: justicia distributiva, distribución de recursos, justicia social, desigualdad económica
1
Autor principal
Correspondencia: e1350842991@live.uleam.edu.ec
pág. 8002
Distributive Justice: A View from the 2008 Constitution of Ecuador
ABSTRACT
Distributive justice refers to how resources and economic benefits are allocated within society, seeking
to reduce inequalities and ensure that all citizens have access to basic opportunities, such as education,
health and public services. Seen through the Constitution of the Republic of Ecuador of 2008, it raises
questions about the correct distribution of resources in the country. This study examines whether the
policies implemented after the promulgation of the Constitution have contributed to equitable
distribution, especially in terms of reducing economic inequality. The results show that, according to
the Ecuadorian Institute of Statistics and Censuses (INEC), the Gini coefficient has experienced a
significant decrease, going from 0.62 in 2003 to 0.47 in 2012, which shows an improvement in income
distribution. Redistribution policies, focused on social spending, have been key to this process, although
with marked disparities between urban and rural areas. These findings highlight both progress and
persistent challenges in the pursuit of more effective distributive justice in Ecuador.
Keywords: distributive justice, resource distribution, social justice, economic inequality
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INTRODUCCN
La justicia distributiva ha sido un tema central en la reflexión filosófica y política a lo largo de la historia;
en esencia, se refiere a la distribución equitativa de recursos y oportunidades dentro de una sociedad. La
Constitución de la República de Ecuador 2008 (CRE), establece un conjunto de principios
fundamentales que orientan la organización y el funcionamiento del Estado ecuatoriano; entre estos
principios, la justicia social y la equidad ocupan un lugar preponderante, reflejando el compromiso del
Estado con la construcción de una sociedad más equitativa y solidaria.
Aristóteles, uno de los filósofos más influyentes en la historia del pensamiento occidental, abordó el
tema de la justicia distributiva en su obra "Ética a Nicómaco". Aristóteles sostiene que esta se refiere a
la distribución de honores, riquezas y otros bienes entre los ciudadanos de una polis (ciudad-estado).
Según él, la justicia distributiva implica dar a cada individuo lo que le corresponde de acuerdo con su
mérito y contribución a la comunidad. En otras palabras, propone una distribución proporcional de los
bienes basada en la virtud y el mérito de cada persona.
La normativa legal que sustenta estos principios se correlaciona directamente con base en el artículo
275 y otros, que se irán mencionando en adelante, de la Constitución del Ecuador del 2008, que establece
el marco para el régimen de desarrollo, este aborda el tema de la justicia distributiva desde una
perspectiva que integre los principios de equidad, participación y sostenibilidad, considerando un
enfoque integral que garantice el "buen vivir", o "sumak kawsay", para todas las personas, comunidades,
pueblos y nacionalidades del país.
El sumak kawsay promueve un enfoque holístico del bienestar que va más allá de lo material y
económico. En lugar de centrarse exclusivamente en indicadores como el ingreso per cápita o el
crecimiento económico, este concepto considera aspectos como la salud, la educación, la cultura, la
espiritualidad y la calidad de las relaciones humanas, esto significa asegurar que todas las personas,
independientemente de su origen étnico, género, edad o condición socioeconómica, tengan acceso
equitativo a los recursos y oportunidades necesarios para una vida digna.
Este enfoque se relaciona estrechamente con la justicia distributiva al garantizar la satisfacción de las
necesidades básicas de todas las personas, promover una calidad de vida digna y asegurar una
distribución equitativa de recursos. Además, el Buen Vivir enfatiza la convivencia pacífica con la
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naturaleza, el florecimiento personal y la emancipación de las formas de opresión, aspectos que también
son fundamentales para la justicia distributiva al promover condiciones que permitan a cada individuo
desarrollarse plenamente en todos los aspectos de la vida.
METODOLOGÍA
En esta investigación, se emplea un enfoque cualitativo, dado que se busca comprender y analizar la
información sobre la justicia distributiva y su relación con el desarrollo económico en Ecuador a partir
de una revisión exhaustiva de la literatura existente.
El tipo de investigación es exploratorio-descriptivo, ya que se pretende explorar conceptos y teorías
relacionadas con la justicia distributiva, así como describir el contexto económico y social del país.
El diseño utilizado es bibliográfico, lo que implica una revisión sistemática de documentos, artículos
académicos, libros y otras fuentes relevantes que abordan el tema en cuestión. Este diseño permite
obtener una visión comprensiva de las teorías y enfoques actuales sobre la justicia distributiva en el
marco del desarrollo económico.
La población de estudio consiste en fuentes documentales, que incluyen la Constitución del Ecuador,
informes del Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos (INEC), estudios académicos y
publicaciones de expertos en economía y justicia social.
La técnica de recolección de datos utilizada es la revisión documental, en la cual se recopilan y analizan
los textos relevantes para extraer información pertinente. El instrumento de recolección incluye una guía
de categorización que permite organizar la información de acuerdo con los ejes temáticos de la
investigación.
Desarrollo
Es consistente considerar que la idea de justicia distributiva tiene su origen en el cuestionamiento
aristotélico, además, corresponde a la asignación de lo justo o correcto a todos dentro de la sociedad. La
constitución ecuatoriana, siendo la norma suprema para el desarrollo de la sociedad ecuatoriana, en el
artículo 275 establece las bases principales que orientan la aplicación de la justicia distributiva en el
Ecuador.
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Art. 275.- El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los
sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización
del buen vivir, del sumak kawsay.
El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la
consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la
Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la
concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente.
El buen vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen
efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad,
del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la naturaleza. (Asamblea
Nacional del Ecuador, 2008)
Desde una perspectiva en la ética aristotélica, se reconoce la importancia de una adecuación entre las
leyes establecidas por el poder político y las costumbres arraigadas en una sociedad. Esta
correspondencia es esencial para mantener la armonía entre la sociedad y su orden civil, entre el ámbito
privado y público (Serrano, 2005). En una sociedad democrática, por ejemplo, se requiere que las leyes
reflejen los valores democráticos y sean aceptadas por la mayoría de los ciudadanos, mientras que en
una sociedad aristocrática deben establecerse leyes acordes con sus estructuras y valores predominantes.
Esta afirmación refleja una idea ampliamente reconocida en la historia del pensamiento político y
jurídico: la eficacia de la legalidad política radica más en la aceptación de los ciudadanos que en la
coacción.
En el ámbito de la filosofía contemporánea, el debate sobre las teorías de la justicia se entrelaza con la
noción de justicia distributiva, que se centra en la distribución equitativa de recursos y oportunidades
dentro de una sociedad (Castaño, 2013). Es transigente que los distintos modelos filosóficos plantean
enfoques diversos para abordar la justicia distributiva y sus implicaciones en la estructura social. Para
el constructivismo de John Rawls, una de las corrientes más influyentes, se sostiene que la justicia
distributiva debe basarse en un proceso racional y equitativo de deliberación, donde los principios de
justicia sean acordados por personas libres e iguales en una situación hipotética denominada "posición
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original". Por lo tanto, la justicia distributiva se fundamenta en principios de igualdad de oportunidades
y en la garantía de un nivel básico de bienestar para todos los miembros de la sociedad (Castaño, 2018).
La Constitución del Ecuador del 2008 establece un enfoque en la igualdad de oportunidades y la equidad,
relacionado con el principio de la diferencia propuesto por Rawls. Este principio busca garantizar que,
aunque existan desigualdades económicas y sociales en la sociedad, estas desigualdades beneficien
principalmente a los menos aventajados, mejorando su situación en comparación con el igualitarismo
estricto (Rodríguez, 2005), por lo tanto, reconoce la responsabilidad del Estado en garantizar
condiciones equitativas para el desarrollo y el bienestar de todos los ciudadanos, lo que implica la
implementación de políticas públicas que promuevan la igualdad de oportunidades y reduzcan las
disparidades sociales y económicas.
La teoría de la justicia de John Rawls ocupa un lugar prominente. Rawls se centra en deducir los criterios
de justicia que un individuo racional adoptaría en un entorno de incertidumbre. Su enfoque es puramente
procedimental, lo que significa que se preocupa por el proceso mediante el cual se establecen los
principios de justicia distributiva. Para Rawls, es crucial que el proceso de elección de los principios sea
imparcial (González, 2019). Para lograr esto, propone la posición original, un escenario hipotético en el
que individuos racionales, libres e iguales toman decisiones sin conocer su posición específica en la
sociedad. Bajo un velo de ignorancia, estas partes contratantes deben acordar los principios que
regularán la estructura básica de la sociedad. Rawls enfoca su atención en la estructura básica de la
sociedad, definida como las instituciones políticas, económicas y sociales que determinan la distribución
de derechos, deberes y beneficios. Los principios que surgen de este proceso de elección deben ser
generales, universales y públicos, lo que significa que deben ser aplicables a cualquier individuo racional
y ser aceptados en el dominio público para resolver conflictos de intereses (González, 2019).
La justicia distributiva opera principalmente como un mecanismo para establecer un equilibrio en la
distribución de recursos y oportunidades dentro de una sociedad, este enfoque de la justicia distributiva
se ve en las sanciones y recompensas que implica, no necesariamente aborda la cuestión de qué es
intrínsecamente "bueno" o "malo", ni ofrece una visión ética completa de las relaciones interpersonales.
Este principio busca asegurar que las desigualdades económicas y sociales beneficien principalmente a
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los menos aventajados, reconociendo la responsabilidad del Estado en garantizar condiciones equitativas
para todos los ciudadanos.
Para la CRE del 2008, el Estado constitucional de derechos y justicia, plantea una compleja dinámica
en la que se destaca la importancia del adecuado desarrollo de los derechos constitucionales. En
contraste con el modelo anterior del Estado de derecho, el Estado constitucional implica una
coordinación más rigurosa de los poderes públicos y privados en relación con la Constitución, la cual
ostenta supremacía (Escudero, 2009). Bajo el paradigma del Estado de derecho, el ejercicio del poder
se encuentra limitado por los principios establecidos en la Constitución, y la democracia representativa
es el medio a través del cual se crean las normas que regulan la sociedad. Las reglas dictaminadas por
las mayorías legítimamente representadas en las instituciones legislativas rigen la conducta social. Por
otro lado, en el Estado constitucional de derechos, se reconoce una mayor complejidad en cuanto a la
exigibilidad y aplicación de los derechos constitucionales.
Mientras que los derechos individuales (civiles y políticos) son considerados directamente exigibles,
otros derechos como los sociales, económicos y culturales (DESC) son percibidos como programas
declarativos o derechos programáticos. Esta distinción genera un desafío en el reconocimiento efectivo
de estos últimos, ya que su exigibilidad depende de estrategias de conexión con derechos civiles y
políticos. En esta evolución hacia el Estado constitucional, se observa un reconocimiento más amplio
de los derechos humanos y una mayor protección de los mismos. Los principios constitucionales se
erigen como guías argumentativas y los derechos son directamente exigibles por los individuos y la
sociedad en su conjunto. (Escudero, 2009)
DISCUSIÓN
A lo largo de la historia, diversas perspectivas han surgido, algunas consideran que la retribución forma
parte inherente de la justicia distributiva, otras la ven como un componente de la justicia correctiva,
mientras que algunas la conciben como una entidad separada que puede aplicarse de manera distinta a
las otras formas básicas de justicia. Es notable cómo tanto la doctrina procesal como las teorías modernas
han debatido si la justicia retributiva y la justicia restaurativa son especies de la justicia distributiva,
presentándolas como mecanismos para reconocer el valor moral de la autonomía individual y restaurar
la equidad en los derechos existentes antes de que ocurran las transgresiones (Liébana, 2020).
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Si nos enfocamos en las necesidades, la justicia distributiva se considera más prioritaria, ya que se centra
en garantizar una distribución justa de recursos y beneficios para satisfacer esas necesidades básicas.
Por otro lado, si priorizamos la existencia de derechos, la justicia transicional toma precedencia, ya que
se enfoca en garantizar el cumplimiento de los derechos individuales y la transición hacia un estado de
justicia plena (Martínez Villa, 2024). Cuando se trata de eficiencia, la neutralidad se mantiene en el
sentido de que la búsqueda de una distribución más equitativa de los recursos puede estar motivada tanto
por objetivos de justicia transicional como por objetivos de justicia distributiva. En otras palabras, lograr
una distribución más eficiente puede estar impulsada tanto por el deseo de reparar injusticias pasadas
como por el objetivo de asegurar una distribución justa de recursos en el presente.
El artículo 276 de la CRE presentan numerales fundamentales del régimen de desarrollo que están
intrínsecamente relacionados con los principios de justicia distributiva. La justicia distributiva, en su
esencia, se centra en cómo se deben distribuir los beneficios y cargas dentro de una sociedad de manera
justa. El numeral 2 del Art. 276 establece la construcción de un sistema económico justo, democrático,
productivo, solidario y sostenible, basado en la distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo,
los medios de producción y la generación de trabajo digno y estable. …“Construir un sistema
económico, justo, democrático, productivo, solidario y sostenible basado en la distribución igualitaria
de los beneficios del desarrollo, de los medios de producción y en la generación de trabajo digno y
estable.” …(Asamblea Nacional del Ecuador, 2008) Este objetivo se alinea estrechamente con la teoría
de la justicia distributiva de John Rawls, quien en su obra "A Theory of Justice" plantea dos principios
fundamentales: el Principio de Libertad Igualitaria y el Principio de Diferencia. El Principio de Libertad
Igualitaria establece que cada persona debe tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades
básicas compatible con un esquema similar de libertades para los demás. El Principio de Diferencia
señala que las desigualdades económicas y sociales deben estructurarse de tal manera que beneficien a
los menos aventajados y que las posiciones y cargos deben estar abiertos a todos bajo condiciones de
igualdad equitativa de oportunidades.
El tercer numeral del Art. 276 de la CRE, promueve la participación y el control social, reconociendo
las diversas identidades y promoviendo su representación equitativa en todas las fases de la gestión del
poder público. Fomentar la participación y el control social, con reconocimiento de las diversas
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identidades y promoción de su representación equitativa, en todas las fases de la gestión del poder
público” …(Asamblea Nacional del Ecuador, 2008). Este está en línea con las teorías de justicia que
destacan la importancia de la participación inclusiva y la representación equitativa en la toma de
decisiones. Las teorías deliberativas de la justicia, como las desarrolladas por rgen Habermas,
enfatizan que la legitimidad de las normas y políticas se deriva del proceso participativo e inclusivo
mediante el cual se forman.
El sexto numeral del Art. 276 de la CRE, aboga por un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo
que integre y articule actividades socioculturales, administrativas, económicas y de gestión, y que
coadyuve a la unidad del Estado. Promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que
integre y articule las actividades socioculturales, administrativas, económicas y de gestión, y que
coadyuve a la unidad del Estado”. …(Asamblea Nacional del Ecuador, 2008) Queda claro destacar que
el ordenamiento territorial equilibrado es esencial para garantizar que todos los ciudadanos,
independientemente de su ubicación geográfica, tengan acceso equitativo a los recursos y oportunidades.
Esto se relaciona con la idea de justicia distributiva territorial, que busca corregir las desigualdades
espaciales y asegurar que las regiones menos desarrolladas reciban una atención y recursos adecuados
para alcanzar niveles de desarrollo comparables a las regiones más avanzadas.
El Capítulo Tercero de la Constitución, dedicado a la soberanía alimentaria, presenta una serie de
directrices y obligaciones para el Estado con el fin de garantizar la autosuficiencia alimentaria de las
personas, comunidades, pueblos y nacionalidades (Grijalva, 2011). En particular, el Artículo 281 de la
CRE, subraya la importancia de políticas redistributivas y sistemas justos de distribución y
comercialización de alimentos. Además establece que la soberanía alimentaria es un objetivo estratégico
y una obligación del Estado. Esto significa que el Estado debe garantizar el acceso permanente a
alimentos sanos y culturalmente apropiados. Una de las principales responsabilidades del Estado es
promover políticas redistributivas que permitan el acceso del campesinado a la tierra, al agua y otros
recursos productivos.
Aplicando este principio al contexto de la soberanía alimentaria, es imperativo que las políticas
redistributivas del Estado prioricen el acceso del campesinado, un grupo históricamente marginado, a
los recursos productivos esenciales. Este acceso no solo permite la autosuficiencia alimentaria, sino que
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también fortalece la justicia social al reducir las disparidades económicas y sociales en las zonas rurales.
Además, el acceso a la tierra y al agua está directamente relacionado con los derechos económicos,
sociales y culturales (DESC), reconocidos por el derecho internacional y constitucional. El Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), ratificado por muchos países,
establece el derecho a un nivel de vida adecuado, incluyendo una alimentación adecuada. La
implementación de políticas redistributivas en favor del campesinado puede considerarse una
materialización concreta de estos derechos, garantizando que todos los individuos tengan los medios
necesarios para producir y acceder a alimentos suficientes y nutritivos.
El Artículo 281 de la CRE, también obliga al Estado a generar sistemas justos y solidarios de distribución
y comercialización de alimentos, y a impedir prácticas monopólicas y cualquier tipo de especulación
con productos alimenticios. Esta responsabilidad está en consonancia con los principios de justicia
distributiva que abogan por la eliminación de barreras estructurales que perpetúan la inequidad y la
exclusión.
Se sostiene que la justicia debe evaluarse en términos de las capacidades reales de las personas para
llevar a cabo las actividades que valoran. Desde esta perspectiva, un sistema justo de distribución y
comercialización de alimentos debería garantizar que todos los individuos, independientemente de su
posición socioeconómica, tengan la capacidad real de acceder a alimentos nutritivos y culturalmente
apropiados (Bérgamo et al., 2012). La prohibición de prácticas especulativas y monopólicas es
fundamental para asegurar que los mercados funcionen de manera justa y que todos los ciudadanos
puedan beneficiarse equitativamente de los recursos alimentarios disponibles. Además, la promoción de
sistemas solidarios de distribución y comercialización se alinea con la idea de economía solidaria, que
busca integrar principios de equidad, cooperación y justicia social en las prácticas económicas. Este
enfoque promueve la justicia distributiva y fortalece la cohesión social al fomentar relaciones
económicas basadas en la solidaridad y la cooperación en lugar de la competencia y el lucro desmedido.
El Artículo 282 de la CRE, establece que el Estado normará el uso y acceso a la tierra, la cual debe
cumplir una función social y ambiental (Escudero, 2009). Este principio refleja la idea de que la
propiedad de la tierra no es un derecho absoluto, sino que está condicionado a su uso en beneficio del
bien común y la protección del medio ambiente. El establecimiento de un fondo nacional de tierra, como
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estipula el artículo, es una medida concreta para regular el acceso equitativo de campesinos y campesinas
a la tierra. Este fondo tiene el potencial de redistribuir la tierra de manera más justa, asegurando que
aquellos que necesitan la tierra para su subsistencia puedan acceder a ella. Esta política de redistribución
se fundamenta en la justicia redistributiva, que se centra en corregir las desigualdades existentes
mediante la redistribución de recursos.
Por lo tanto, un acceso equitativo a la tierra es crucial para garantizar que los campesinos tengan la
capacidad de producir alimentos y sostener a sus familias. La prohibición del latifundio y la
concentración de la tierra, así como del acaparamiento o privatización del agua y sus fuentes, es una
disposición que busca prevenir la acumulación excesiva de recursos en manos de unos pocos. Esta
medida es esencial para mantener la equidad y evitar la creación de monopolios de recursos que pueden
llevar a desigualdades extremas y a la explotación de los más vulnerables. Según la justicia distributiva,
una distribución justa de los recursos debe evitar tales concentraciones de poder y riqueza, asegurando
que los beneficios del desarrollo se compartan ampliamente entre toda la población (Rodríguez, 2005).
La sostenibilidad ambiental, por su parte, asegura que el uso del agua no comprometa la capacidad de
las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades, un principio que es fundamental para
cualquier concepto de justicia a largo plazo.
El Artículo 283 de la Constitución de la República del Ecuador, establece un marco para el sistema
económico del país, definiéndolo como social y solidario, y reconociendo al ser humano como sujeto y
fin. El reconocimiento del ser humano como sujeto y fin del sistema económico es un principio
fundamental que enfatiza la necesidad de priorizar el bienestar humano sobre los intereses económicos.
Este camino es esencial para la justicia distributiva, ya que implica que las políticas económicas deben
centrarse en mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos, especialmente los más vulnerables. Sin
embargo, la implementación práctica de este principio puede ser desafiante en una trama donde las
presiones del mercado y los intereses privados a menudo predominan. Asegurar que las políticas
realmente prioricen el bienestar humano requiere un compromiso fuerte y continuo por parte del Estado
y una supervisión efectiva para evitar que los intereses económicos desvíen los objetivos sociales
(Martínez, 2021).
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La integración de formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria es un
intento por diversificar la economía y promover la inclusión de todos los sectores sociales. Este
pluralismo económico es crucial para la justicia distributiva, ya que permite que diferentes actores
económicos, incluidos aquellos tradicionalmente marginados, participen en el proceso económico y se
beneficien de él. La economía popular y solidaria, que incluye a los sectores cooperativistas, asociativos
y comunitarios, es especialmente relevante en este contexto, ya que puede proporcionar medios de
subsistencia sostenibles y justos para muchas personas. No obstante, la efectividad de esta integración
depende de la capacidad del Estado para regular y apoyar adecuadamente a estos sectores, asegurando
que tengan acceso a los recursos y las oportunidades necesarias para prosperar (INEC et al., 2016).
La relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza, es
otro aspecto central del Artículo 283 de la CRE. Este equilibrio es vital para asegurar una distribución
justa de los recursos y beneficios económicos. Sin embargo, lograr este equilibrio puede ser complejo,
dado que los intereses del mercado y las políticas estatales a menudo pueden estar en conflicto. Por
ejemplo, las políticas de desarrollo económico que priorizan el crecimiento rápido pueden entrar en
contradicción con las necesidades de sostenibilidad ambiental y equidad social. Por lo tanto, es crucial
que el Estado desarrolle mecanismos efectivos para mediar entre estos intereses y asegurar que las
políticas económicas no comprometan la justicia distributiva y la sostenibilidad ambiental.
La realidad socioeconómica de Ecuador, con sus desigualdades estructurales y sus desafíos económicos,
presenta un entorno complejo para la aplicación efectiva de un sistema económico social y solidario.
Las políticas redistributivas pueden enfrentarse a resistencias tanto desde los sectores más privilegiados
como desde las estructuras burocráticas que pueden tener intereses arraigados en mantener el statu quo.
Además, la corrupción y la falta de transparencia en la administración pública pueden obstaculizar la
implementación efectiva de políticas destinadas a promover la justicia distributiva (Mazo, 2013). El
énfasis en la armonía con la naturaleza también plantea desafíos importantes. La explotación de recursos
naturales ha sido históricamente una fuente de ingresos para el país, pero también ha llevado a la
degradación ambiental y al desplazamiento de comunidades. El compromiso de mantener la armonía
con la naturaleza implica una reevaluación de estas prácticas y la adopción de enfoques más sostenibles.
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Sin embargo, esto requiere no solo voluntad política, sino también la capacidad de implementar
tecnologías y prácticas que sean ambientalmente sostenibles y económicamente viables.
El artículo 284 de la CRE define que la política económica debe garantizar una distribución justa y
adecuada tanto del ingreso como de la riqueza a nivel nacional. Manifiesta también lo siguiente: “la
política económica tendrá los siguientes objetivos: 1. Asegurar una adecuada distribución del ingreso
y de la riqueza nacional”. Debe considerarse que asegurar una adecuada distribución del ingreso implica
la implementación de políticas fiscales progresivas, donde el principio de capacidad contributiva se
aplique de manera rigurosa. Esto podría incluir impuestos sobre la renta y el patrimonio que son más
altos para los individuos y corporaciones con mayores ingresos, asegurando así que quienes más tienen
contribuyan de manera proporcional al bonum commune (bienestar común), la promoción de la
incorporación de valor agregado con eficiencia máxima dentro de los límites biofísicos subraya la
necesidad de un desarrollo económico sostenible. Sus numerales 1 y 4 exigen que la política económica
no solo se enfoque en el crecimiento económico, sino también en la sostenibilidad ambiental, aquí, el
principio de igualdad y el derecho a la identidad cultural son fundamentales. Las políticas económicas
deben ser sensibles a las necesidades y derechos de las diversas comunidades indígenas y grupos
culturales, garantizando que sus formas de vida y conocimientos tradicionales sean respetados y
valorados.
La eficiencia económica no debe ser percibida únicamente desde la perspectiva de los beneficios
financieros y los costos, sino que debe también considerar factores de justicia social y sostenibilidad
ambiental. Implementar estos principios constitucionales en la práctica requiere la creación de un marco
regulatorio sólido, capaz de supervisar y dirigir las actividades económicas hacia estos objetivos. Este
marco debe incluir mecanismos de control y equilibrio que aseguren la transparencia y la rendición de
cuentas en la gestión de los recursos económicos y naturales del país. Para abordar adecuadamente el
concepto de eficiencia económica, es crucial entender que no basta con evaluar los resultados en
términos financieros. La verdadera eficiencia debe incluir una perspectiva más amplia que considere los
impactos sociales y ambientales. Es decir, una política económica eficiente debe procurar no solo la
maximización de beneficios financieros, sino también la promoción de la equidad social y la protección
del medio ambiente. Este enfoque holístico implica que las decisiones económicas deben ser evaluadas
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en función de cómo contribuyen al bienestar general de la sociedad y cómo afectan la sostenibilidad del
ecosistema.
El bienestar social implica que las políticas económicas deben ser diseñadas para reducir las
desigualdades y promover una distribución justa de los recursos. Esto significa que los beneficios del
crecimiento económico deben ser compartidos equitativamente entre todos los miembros de la sociedad,
evitando la concentración de riqueza y asegurando que todos tengan acceso a las oportunidades
económicas.
En el 2022, el INEC presenta el censo que expone:
Ecuador tiene una población de 16.938.986 personas, con una distribución de género bastante
equilibrada: 48,7% hombres y 51,3% mujeres. Es relevante que el 38,5% de los hogares está encabezado
por mujeres, lo que subraya la importancia de implementar políticas que apoyen a las mujeres como
jefas de hogar, garantizando su acceso a recursos económicos y sociales para reducir la brecha de género.
La composición étnica del país es diversa: 7,7% de la población es indígena, otro 7,7% montubia y 4,8%
afroecuatoriana. La justicia distributiva debe abordar las históricas inequidades que estas comunidades
han enfrentado. Esto incluye asegurar el acceso equitativo a la educación, la salud, el empleo y otros
servicios básicos, respetando y promoviendo sus derechos culturales y lingüísticos. El hecho de que el
3,9% de la población hable algún idioma indígena indica la necesidad de políticas inclusivas que
reconozcan y preserven estas lenguas como parte del patrimonio cultural del país.
En términos de distribución territorial, la provincia más poblada es Guayas con más de 4,3 millones de
residentes, mientras que Orellana fue la provincia que más creció (35,2%). Por lo cual se implica
garantizar que las provincias menos pobladas y con menor crecimiento también reciban la atención
necesaria para su desarrollo. Es crucial que la infraestructura, como el acceso a agua potable y
alcantarillado, se distribuya equitativamente. Actualmente, el 84,2% de las viviendas tiene acceso al
servicio de agua por red pública y el 65,8% a la red pública de alcantarillado, lo que indica una necesidad
de mejorar estos servicios en las áreas más rezagadas. El 54% de los hogares residen en viviendas
propias y totalmente pagadas, lo cual es un indicador positivo de seguridad residencial. Además, dado
que las casas/villas representan el 64,1% de los tipos de vivienda, y los departamentos el 21,1%, con
estos últimos mostrando un mayor crecimiento desde 2010, es importante que las políticas de vivienda
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sean inclusivas y aborden las necesidades de todos los tipos de hogares. La cobertura de servicios básicos
también es un área crítica para la justicia distributiva. Con un 97,5% de viviendas con acceso a energía
eléctrica, se destaca un avance significativo en la infraestructura básica. Sin embargo, el enfoque de
justicia distributiva implica no solo mantener estos niveles de cobertura, sino también mejorar la calidad
del servicio y asegurar que el 2,5% restante no quede marginado. La edad mediana nacional es de 29
años, y el 7,6% de la población tiene menos de 5 años mientras que el 9% tiene 65 años o más. Esto
subraya la necesidad de políticas que atiendan tanto a la juventud como a los ancianos.
A nivel nacional, en lo que respecta al acceso de agua a través de red pública, se ha observado un notable
incremento, alcanzando un 84.2% en 2022, en comparación con el 72% registrado en 2010. Asimismo,
la disponibilidad del servicio de energía eléctrica ha mostrado una mejora significativa, llegando al
97,5% en 2022, en contraste con el 93.2% en 2010. El alcantarillado también ha experimentado un
incremento notable, alcanzando el 65.8% en 2022, frente al 53.6% en el censo anterior. Por último, la
recolección de basura ha mejorado considerablemente, llegando al 88.7% en 2022, en comparación con
el 77% registrado en 2010. En las provincias más pobladas del Ecuador, los resultados varían
significativamente:
Guayas: El acceso a servicios básicos es notoriamente alto. La electricidad llega al 98%, el agua potable
al 84.4%, el alcantarillado al 66%, y la recolección de basura al 92.3%.
Pichincha: Muestra una alta cobertura de servicios básicos, con un 99.6% de acceso a la electricidad, el
98.2% al agua potable, el 92.9% al alcantarillado y el 97.7% a la recolección de basura.
Manabí: Aunque se observan mejoras en el acceso a servicios básicos, las cifras son ligeramente más
bajas en comparación con Guayas y Pichincha. La electricidad llega al 96.2%, el agua potable al 61.1%,
el alcantarillado al 43.6%, y la recolección de basura al 80.7%. Estos datos demuestran que, si bien
Ecuador ha avanzado en el acceso a servicios básicos a nivel nacional, aún persisten desafíos por
abordar, especialmente en las regiones más alejadas del país.
A nivel nacional la tasa de pobreza por NBI en diciembre de 2023 se ubica en 30,8%, en el área urbana
en 21,0% y en el área rural es de 52,0%. En relación a diciembre de 2022, no se presentaron variaciones
estadísticamente significativas.
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En Ecuador, los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son una parte integral de la agenda nacional
de desarrollo. El país se ha comprometido a trabajar en la implementación de los 17 ODS adoptados por
la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2015, reconociendo la importancia de abordar los
desafíos económicos, sociales y ambientales de manera integral para alcanzar un desarrollo sostenible.
RESULTADOS
Según el Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos (INEC), el coeficiente de Gini ha disminuido
en Ecuador desde 2003, pasando de 0.62 a 0.54 en diciembre de 2006 y a 0.47 en junio de 2012,
evidenciando una mejora en la distribución del ingreso (Morales, 2022). Esta reducción sugiere un
impacto positivo de las políticas de redistribución, a pesar de que los impuestos no requieren una
contraprestación directa. El gasto social, especialmente en educación y sanidad, ha sido una herramienta
clave en este proceso, contribuyendo a la disminución de la pobreza y a una distribución más equitativa
del ingreso (Flores et al., 2017).
El índice de Gini en el área rural de Ecuador ha mostrado volatilidad entre 2000 y 2021, con una ligera
disminución promedio anual del 0.55%. Este índice pasó de 0.47 en 2000 a 0.42 en 2021, sin mostrar
una dinámica estable ni una clara asociación con la libertad económica. Las variaciones reflejan la
vulnerabilidad de la población rural a los ciclos económicos y shocks externos. A pesar de una
disminución general en la desigualdad, los años de bonanza económica (2007-2014) redujeron la
desigualdad, mientras que la recesión en 2015 aumentó la disparidad, aunque la tendencia decreciente
continuó en los años siguientes (Paredes, 2023).
CONCLUSIONES
Los artículos de la Constitución están profundamente conectados con las teorías de la justicia
distributiva. La construcción de un sistema económico justo y democrático, la promoción de la
participación y el control social, y el fomento de un ordenamiento territorial equilibrado son todos
elementos que reflejan un compromiso con los principios de equidad y justicia. Estas políticas buscan
asegurar que los beneficios del desarrollo se distribuyan de manera justa, respetando la dignidad y los
derechos de todos los ciudadanos, y promoviendo la igualdad de oportunidades y la inclusión social.
La voluntad política, la regulación efectiva, la inclusión de diversos actores económicos y el
compromiso con la sostenibilidad ambiental son esenciales para traducir estos principios
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constitucionales en una realidad tangible que beneficie a todos los ciudadanos, especialmente a los más
vulnerables. Una supervisión constante y un enfoque crítico y adaptativo en la formulación de políticas
serán cruciales para asegurar que los objetivos de justicia distributiva establecidos en la Constitución se
cumplan de manera efectiva y sostenible.
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