Justicia dialógica y protección del ambiente

 

Roselinda Solano Reátegui

[email protected]

https://orcid.org/0000-0002-7265-6944

Universidad César Vallejo

 

Dr. César Augusto, Chambergo Chaname

[email protected]

https://orcid.org/0000-0003-3998-7714

Universidad César Vallejo

 

 

RESUMEN

Objetivo: Identificar, examinar sistemáticamente la mejor evidencia científica disponible sobre la justicia dialógica y la protección del ambiente: Los datos recabados están disponibles en la base de datos de EBSCO de forma gratuita y en español de los últimos 5 años.

Método: se ha revisado diversos artículos científicos de los últimos cinco años, en el Método: sé ingresó a la base de datos EBSCO, me ha permitido seleccionar aquellos artículos científicos que me sirven sea como antecedentes en mi trabajo denominado JUSTICIA DIALÓGICA Y PROTECCIÓN DEL AMBIENTE el artículo científico de revisión, ello en mérito a que en los últimos años hemos visto realizándose la búsqueda de los términos: justicia, justicia dialógica, ambiente, protección del ambiente.

 

Palabras clave: medio ambiente; justicia ambiental; tribunal europeo de derechos humanos; daño ambiental; evaluación de impacto ambiental; derecho ambiental.

 

 

 

 

 

 

 

Dialogical justice and protection of the environment

 

ABSTRACT

Objective: To identify, systematically examine the best available scientific evidence on dialogical justice and environmental protection: The data collected is available in the EBSCO database for free and in Spanish for the last 5 years.

Method: various scientific articles from the last five years have been reviewed, in the Method: I was entered into the EBSCO database, it has allowed me to select those scientific articles that serve me both as background in my work called DIALOGICAL JUSTICE AND ENVIRONMENTAL PROTECTION the scientific review article, due to the fact that in recent years we have seen the search for the terms: justice, dialogic justice, environment, environmental protection  being carried out.

 

Keywords: environment; environmental justice; european court of human rights; environmental damage; environmental impact assessment; environmental law.

 

 

 

Artículo recibido:  15 noviembre. 2021

Aceptado para publicación: 10 diciembre 2021

Correspondencia: [email protected]

Conflictos de Interés: Ninguna que declarar


I.        INTRODUCCIÓN

Aunque el convenio europeo de derechos humanos (CEDH) carece en cuanto al derecho a un ambiente sano, hemos obtenido un caso del tribunal europeo de derechos humanos sobre protección del medio ambiente. esto demuestra que casi 30 años después, recientemente, la dimensión social del desarrollo sostenible ha comenzado a pasar la promete convertirse en una institución, pero también identifica y analiza aquellos elementos a nivel social que pueden contribuir a las cuestiones centrales de la construcción de un nuevo paradigma de equidad y sostenibilidad. en primer lugar, desde la perspectiva del derecho ambiental, la defensa del medio ambiente se resuelve previniendo los daños más que reparándolos o indemnizándolos, los cuales pueden ocurrir mediante compensaciones monetarias o físicas (naturales) por la protección de la naturaleza. daño causado. la razón de lo anterior es el tipo de propiedad protegida por la ley, que es imposible o difícil de reparar en la mayoría de los casos al incorporar el análisis social en la evaluación de impacto ambiental, el análisis realizado no arrojó una visión optimista de avances verificables.

De acuerdo con las revisiones iniciales se considera que el acceso a la justicia es un derecho complementario insustituible; se muestra como un remedio legal inevitable (He, 2019). Desde una perspectiva ambiental, sin su aplicación, la leyes ambientales serían “ineficaz” en la práctica (Brunnee, 2009; Du, 2009). Desde la perspectiva de la toma de decisiones ambientales, el acceso a la justicia se refiere al derecho de los ciudadanos a acceder a procedimientos de revisión donde puedan impugnar decisiones, actos y omisiones de autoridades públicas al igual que privadas (Zhang & Lu, 2006).

Finalmente, desde la perspectiva de sus componentes el acceso a la justicia contiene varios factores, por ejemplo, criterios de legitimación, carga de la prueba, procedimientos de revisión, alcance del caso, costo, recursos disponibles, etc., ahora bien, aplicados a materia ambiental (Eberle, 2009; Li, 2008; Ren, 2015; Wang, 2010; Ross, 2020), es necesario que se efectué una exploración de información sistematizada para alcanzar mejoras significativas. De acuerdo con esta realidad se planteó como objetivo identificar, examinar sistemáticamente la mejor evidencia científica disponible sobre la justicia dialógica y la protección del ambiente.

 

 

  II.   METODOLOGÍA

El diseño y el sitio del estudio

Se trata de una revisión sistemática integral (Montero & León, 2002; Veléz et al., 2013) desarrollada por investigadores de toda América Latina, cuyos resultados se publican en revistas jurídicas y revistas jurídicas. los datos se obtuvieron en un día (18 de noviembre de 2020).

Criterios de elegibilidad

Tipos de participantes: se incluyeron estudios que implican a la comunidad general, con experiencias reales en justicia dialógica y protección del ambiente, siendo descartadas aquellas revisiones de literatura de naturaleza teórica (Otzen & Manterola, 2017).

Tipos de estudios: teniendo en cuenta el número limitado de estudios sobre justicia dialógica y protección del ambiente en latinoamérica, el objetivo de esta breve reseña es trazar un mapa de los conocimientos existentes sobre el tema e identificar los diseños de estudio por el nivel de las pruebas.

Tipos de resultados: se seleccionaron como resultados primarios los siguientes: casos de estudios, investigaciones empíricas, experiencias y similares.

Búsqueda de estudios

Se efectuó una búsqueda manual utilizando las referencias de los estudios primarios y secundarios encontrados en la búsqueda electrónica. las exploraciones se realizaron directamente en la base de datos Ebsco.

Selección de estudios

El proceso de elección de los estudios fue realizado por dos revisores independientes, y cualquier divergencia fue resuelta por un tercer revisor. los estudios se seleccionaron en dos formas.

El primer paso consistió en revisar los títulos y resúmenes de las referencias encontradas con nuestra estrategia de búsqueda; se seleccionaron los estudios potencialmente elegibles.

El segundo paso consistió en revisar el texto completo de los estudios preseleccionados para confirmar su elegibilidad (Moher et al., 2009).

III.   RESULTADOS

Las estrategias de búsqueda dieron 1100 referencias, luego se procedió a limitar la búsqueda, seleccionando los años desde el 2016 hasta el 2020, seguidamente se seleccionó la opción publicaciones arbitradas de revistas, seguidamente en la opción tipos de recursos se seleccionó la opción y para concluir se seleccionó la opción texto completo en pdf. durante el proceso de selección, se encontraron 238 referencias duplicadas (referencias idénticas), y se eliminaron 660 referencias que no cumplían los criterios de inclusión tras revisar el título y el resumen.

Primer paso. Las 40 referencias seleccionadas fueron leídas para confirmar la elegibilidad.

Segundo paso. Una vez finalizado el proceso de selección, se incluyeron 7 estudios. la revisión de las 40 referencias de texto completo seleccionadas resultó en la exclusión de 33 estudios que no cumplían con mis criterios de inclusión, y para concluir seleccione la opción texto completo en pdf, procediendo luego a desarrollar la matriz de fichaje, según lo requerido dentro del mismo, dando lectura a cada una de las revistas seleccionadas.

Los resultados de los 7 estudios restantes se presentan a continuación de manera descriptiva, ya que la naturaleza de estos estudios no permite ningún otro tipo de análisis de igual manera, la tabla 1 presenta los resultados de manera concisa.

Autores

Tipo de estudio

Métodos

Resultados

Conclusiones

Fernández, R. M. (2015). La protección del medio ambiente por el tribunal europeo de derechos humanos: últimos avances jurisprudenciales. Revista jurídica de la universidad autónoma de Madrid, 31, 163–204.

Reflexión

Siempre es indirecto y solo se considera cuando afecta directamente a los derechos subjetivos protegidos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Existe una necesidad creciente de darle una mayor cabida al medio ambiente en este sistema regional de salvaguarda de derechos humanos.

El convenio europeo de derechos humanos ha avanzado mucho en la protección del medio ambiente. Se comprueba, por tanto, el supuesto inicial es que existe una estrecha conexión entre la protección del medio ambiente y los derechos humanos.

 

 

Reconocer los derechos básicos de un medio ambiente saludable y los derechos procesales que los acompañan significa proporcionar el tribunal europeo de derechos humanos tiene mayor legitimidad para perseguir precedentes sensibles a las cuestiones ambientales sin restringir excesivamente ciertos derechos.

En materia de protección ambiental, es importante enfocarse en prevenir la interferencia, especialmente en el caso de irreversibilidad. Los procedimientos para obtener información. el juez mencionado no es más que un representante de la justicia contenido en la "convención de aahrus"

López, I., Arriaga, A., & pardo, M. (2018). La dimensión social del concepto de desarrollo sostenible: ¿la eterna olvidada? revista española de sociología, 27(1), 25–41. https://doi.org/10.22325/fes/res.2018.2

Article

La dimensión social se considera esencial para el concepto de desarrollo sostenible. Se tiene en cuenta  en base a conceptos muy prometedores como justicia ambiental u otros. Se contribuye así a profundizar el desarrollo del paradigma social humano. Sostenibilidad justa.

 

Se puede decir que esto se debe en gran parte a la respuesta unánime de la sociedad contemporánea en el contexto de una mayor concienciación sobre los problemas ambientales, con el fin de proteger la naturaleza, así como la evidencia científica cada vez más precisa sobre los límites biofísicos de la tierra, esto muestra y prueba el divorcio entre los principales modelos productivos y económicos y modelos ecológicos a escala global.

El concepto de desarrollo sostenible jugó un papel importante como columna vertebral  del debate de las ciencias sociales en el campo ambiental durante las últimas tres décadas, antes de desafiar la hegemonía, pero en este proceso, este concepto no ha sido cuestionado, especialmente en términos de su significado o feroz crítica. , por ejemplo, debido a su evidente complejidad se puede solucionar por su difícil funcionamiento.

 

Rodríguez, V. (2019). La protección penal del agua como recurso natural. Una valoración crítica de las diferencias entre España y Portugal. Dereito, 28(2), 9–41. https://doi.org/10.15304/dereito.28.2.6193

Article

Algunos inconvenientes se resuelven salvaguardando los Derechos de la persona y salvaguardando el medio ambiente, porque, por un lado, a nivel internacional, pero lo más importante a nivel regional, los países tienen obligaciones vinculantes en el campo de los derechos humanos.

En  derecho penal contemporáneo, el  ecosistema ha alcanzado la condición de activo legal que puede protegerse.

.

Se señala que, a pesar de ello, sigue siendo importante seguir trabajando en la integración y coordinación legislativa en materia penal.

En general, los delitos contra el medio ambiente son aún mayores.

 

Olivares, A., & lucero, J. (2018). Contenido y desarrollo del principio in dubio pro natura. Hacia la protección integral del medio ambiente. ius et praxis (07172877), 24(3), 619–650. https://doi.org/10.4067/s0718-00122018000300619

Article

Cuando la relación entre sí se encuentra en esta etapa, las decisiones tomadas por la autoridad competente (o las personas) pueden causar un daño significativo al medio ambiente, por tanto, es mejor no aceptar el medio ambiente. Aquí se pueden observar bacterias que consideran a in dubio pro natura como el principio de autonomía.

El medio ambiente se aplica a todas las áreas de toma de decisiones que puede causar daños al medio ambiente y existen otras opciones,  estamos obligados a evitar elegir comportamientos que puedan causar daños al medio ambiente.

La garantía de la calidad ambiental es directamente proporcional. Los principios  in dubio pro natura  surgen a medida que los tiempos lo requieren y se convierten en el criterio de priorización del medio ambiente,   fortaleciendo a todos para lograr su mayor desarrollo personal y colectivo.

Suárez-Vergne, Á. (2018). Comportamientos ambientales en Europa. Una mirada desde el consumo colaborativo. Revista española de sociología, 27(3), 491–510. https://doi.org/10.22325/fes/res.2018.29

Article

Durante muchos años, las cuestiones ambientales han sido objeto de un intenso debate. La percepción de crisis ecológica ha llevado a algunas poblaciones a tomar medidas de protección ambiental, a su vez, el desarrollo de una serie de presiones sociales a través de movimientos ambientalistas y partidos políticos ha hecho del medio ambiente una consideración en las agendas políticas de muchos países. Se puede decir que la importancia del medio ambiente es tan alta que se ha convertido en la esencia de la narrativa global.

El impacto de la conciencia cooperativa sobre el comportamiento medioambiental es evidente, lo que lleva al fenómeno del comportamiento verde como un hecho que trasciende las fronteras de los valores ecológicos, esto puede explicarse en parte por el valor de la colaboración, que está más relacionada con formas alternativas de consumo que con el sistema ideológico preciso en materia ambiental.

Asumiendo que el valor de la colaboración tiene un impacto positivo en los comportamientos pro ambiental, se asume que tienen un impacto positivo en los mismos, por lo que se puede decir que la hipótesis propuesta inicialmente se ha concretado.

 

Guido, S. (2017). Los seguros y la protección del medio ambiente. Revista ibero-latinoamericana de seguros, 26(46), 89–108. https://doi.org/10.11144/javeriana.ris46.spma

 

 

Reflexión

Primero, el problema de la defensa ambiental se resuelve desde la perspectiva del derecho ambiental previniendo el daño en lugar de reparar el posible daño mediante una compensación monetaria o una compensación física (in natura) del daño causado. La razón de esto es el tipo de propiedad protegida por la ley.

El sistema de seguro ambiental debe tener en cuenta que aunque la tendencia moderna es hacia el objetivo de la responsabilidad ambiental, el seguro de responsabilidad ambiental contiene elementos de culpa, por lo que su aplicación puede implicar que el campo sufra contratiempos.

Si bien, según el análisis, el ámbito de aplicación del seguro de daños ambientales es más limitado que el de los seguros de responsabilidad civil, con la tendencia teórica anterior.

Ortiz, G. (2019). El tratamiento de la dimensión social en los estudios de impacto ambiental: análisis de contenido aplicado al caso de la comunidad valenciana. Revista española de sociología, 28(1), 113–131. https://doi.org/10.22325/fes/res.2018.59

Reflexión

Los estudios iniciales de impacto ambiental (EIA) eran demasiado superficiales para abordar aspectos sociales y recursos, tecnología y recursos abusados. Existe una clara desconexión entre los datos, las dimensiones ambiental y social, existe una falta de análisis interdisciplinario y los procedimientos participativos utilizados en el marco de estos procedimientos son débiles.

Al incorporar el análisis social a la evaluación de impacto ambiental, el análisis realizado no arrojó una visión optimista de avances verificables.

Es un elemento de meditación  de los científicos sociales, especialmente aquellos que se dedican directamente a sociología ambiental, y se relaciona con el rol que jugamos en la evaluación de nuestro trabajo y visibilizar su relevancia para mejorar la gestión y evaluación de aplicaciones.

 

El primer artículo, presentado por Fernández Agea, R. M. (2020) corresponde a una investigación original, realizada en Europa. El método se utiliza para consolidar los precedentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de protección del medio ambiente. Conclusiones. Reconocer los derechos básicos de un medio ambiente saludable y los derechos procesales que los acompañan significa proporcionar el tribunal europeo de derechos humanos tiene mayor legitimidad para perseguir precedentes sensibles a las cuestiones ambientales sin restringir excesivamente ciertos derechos. En materia de protección ambiental, es importante enfocarse en prevenir la interferencia, especialmente en el caso de irreversibilidad. Los procedimientos para obtener información. El juez mencionado no es más que un representante de la justicia contenido en la "convención de aahrus" La importancia/relevancia. El propósito de esta investigación es proteger el medio ambiente, todos los derechos básicos de la convención han sido legalizados, especialmente las intervenciones relacionadas con los derechos de propiedad privada.

El segundo artículo, López, I., Arriaga, A., & pardo, M. (2018) corresponde a una investigación original, realizada en Europa. Método. Luego de casi treinta años de confirmación, fue solo recientemente que a través del compromiso de la ONU, el impacto social del desarrollo sustentable comenzó a incorporarse a una institución, y se identificaron y analizaron los elementos de impacto social que pueden generar grandes problemas para la construcción un nuevo paradigma de sostenibilidad. Conclusiones. El concepto de desarrollo sostenible jugó un papel importante como columna vertebral  del debate de las ciencias sociales en el campo ambiental durante las últimas tres décadas, antes de desafiar la hegemonía, pero en este proceso, este concepto no ha sido cuestionado, especialmente en términos de su significado o feroz crítica. , por ejemplo, debido a su evidente complejidad se puede solucionar por su difícil funcionamiento. La importancia/relevancia. El propósito de esta investigación es abordar la interacción entre las dimensiones social y ambiental.

El tercer artículo, Rodríguez Vázquez, V. (2019). Corresponde a una investigación original, realizada en Galicia-norte de Portugal (gnp, aect). En el método se observa que han resuelto algunos de estos inconvenientes, la razón es que, por un lado, a nivel internacional, especialmente a nivel regional, los países tienen obligaciones vinculantes en materia de derechos. Humanidad. Conclusiones. Se señala que, a pesar de ello, sigue siendo importante seguir trabajando en la integración y coordinación legislativa en materia penal. En general, los delitos contra el medio ambiente son aún mayores. La importancia/relevancia, este estudio fue que se ha convertido en un activo legal que puede protegerse

El cuarto artículo, Olivares, A., & Lucero, J. (2018). Corresponde a una investigación original, realizada en chile. El método constata que cuando el riesgo de daño ambiental no sea ni grave ni reversible, y también en situaciones en las que el gobierno puede tomar una decisión (o por parte de un particular). La relación actual  ha provocado un daño importante al medio ambiente, por lo que es mejor no aceptarlo. Conclusiones. Se señala que, a pesar de ello, sigue siendo importante seguir trabajando en la integración y coordinación legislativa en materia penal. En general, los delitos contra el medio ambiente son aún mayores. La importancia/relevancia de este estudio fue que, se aplica a todas las áreas de toma de decisiones si hay otras opciones, puede causar daños al medio ambiente, si existen otras formas, estamos obligados a evitar la elección de conductas que puedan causar daños al medio ambiente.

El quinto artículo, Suárez-Vergne, Á. (2018). Corresponde a una investigación original, realizada en chile. El método constata que,  la importancia del medioambiente es tal que ha llegado a convertirse en la quinta esencia de una narrativa global. Conclusiones. Asumiendo que el valor de la colaboración tiene un impacto positivo en los comportamientos pro ambiental, se asume que tienen un impacto positivo en los mismos, por lo que se puede decir que la hipótesis propuesta inicialmente se ha concretado. La importancia/relevancia de este estudio fue que, el fenómeno del comportamiento verde se considera un hecho más allá del ámbito del valor ecológico, que puede explicarse en parte por el valor de la cooperación. El valor de la cooperación está más relacionado con formas alternativas de consumo que con el sistema ideológico preciso en materia ambiental.

El sexto artículo, Guido Villegas, S. (2017). Corresponde a una investigación original, realizada en Bolivia. El método constata que previniendo daños en lugar de indemnizarlos o compensarlos. Los daños pueden ocurrir mediante indemnizaciones monetarias o físicas. Los daños (naturales) se producen por el tipo de propiedad protegida por la ley. Conclusiones. Si bien, según el análisis, el ámbito de aplicación del seguro de daños ambientales es más limitado que el de los seguros de responsabilidad civil, con la tendencia teórica anterior. La importancia/relevancia de este estudio fue que según el análisis el ámbito de aplicación del seguro de daños ambientales es más limitado que el de los seguros de responsabilidad civil, por lo que considero que no se puede abandonar el uso de este último en su totalidad.

El séptimo artículo, Ortiz, G. (2019). Corresponde a una investigación original, realizada en España. El método constata que, a partir del análisis del caso de evaluación de impacto ambiental de embalses y caminos, el autor confirmó que estos estudios de impacto ambiental (EIA) iniciales son demasiado superficiales para resolver problemas sociales y abuso de recursos, tecnología y recursos. Existe una clara desconexión entre los datos, las dimensiones ambiental y social, la falta de análisis interdisciplinario y los procedimientos de participación débiles utilizados en el marco de estos procedimientos. Conclusiones. Es un elemento de meditación de los científicos sociales, especialmente aquellos que se dedican directamente a sociología ambiental, y se relaciona con el rol que jugamos en la evaluación de nuestro trabajo y visibilizar su relevancia para mejorar la gestión y evaluación de aplicaciones. La importancia/relevancia de este estudio fue que, al incorporar el análisis social en la evaluación de impacto ambiental, el análisis realizado no arrojó una visión optimista de avances verificables.

IV.   DISCUSIÓN Y CONCLUSIÓN

Dado que el daño ambiental afectará a intereses dispersos en muchos casos, es difícil determinar quién puede ser su propietario. a diferencia de los intereses colectivos compartidos por múltiples sujetos conectados a través de vínculos legales, en el caso de intereses dispersos, es imposible determinar quién constituye el grupo y el orden legal no reconocerá representantes.

Considerando la estrecha conexión entre ellos, que es la sinergia que produce el nuevo paradigma de interdependencia, equidad y sustentabilidad. Conclusión. por lo tanto, a menos que la justicia ambiental aparezca en diferentes políticas, programas, iniciativas y se incorporen temas de justicia y equidad social en los debates ambientales, la sociedad no podrá realmente lograr un desarrollo sostenible. su misión es avanzar hacia un futuro cercano al ideal de humanidad sostenible en los campos ambiental, económico y social.

En cuanto al recurso agua, CPE agregó los tipos de delitos que citaban explícitamente el recurso, destacando así su importancia en el orden penal. la mención de cpp de este recurso en los delitos ambientales es aún más rara y débil. creo que es más preferible la elección del legislador español, quien señaló claramente que en muchos delitos el agua es un objeto importante del delito.

Se necesita un modelo de comportamiento proambiental adecuado para el gobierno y la vida normal del gobierno. como sociedad en su conjunto, esto puede consolidar el nuevo modelo nacional establecido a partir de los principios del desarrollo sostenible y promover la protección integral del medio ambiente como manifestación de una vida digna. Las condiciones necesarias para que todos logren su mayor desarrollo personal y colectivo.

Los resultados de los objetivos de la investigación indican que al vincular actitudes / valores y comportamientos para enfrentar las inconsistencias en la conciencia ambiental, es necesario considerar dos sistemas de valores más allá de los meros valores. tomar la ecología como centro, como una variable colectiva que puede afectar el comportamiento individual.

En el derecho privado, el mecanismo de compensación radica en la complejidad del daño ambiental, porque puede vulnerar la propiedad colectiva y la propiedad personal. Esta función de protección no se agota en esta rama del derecho, sino que se complementa con otras leyes como el derecho administrativo y el derecho penal. sin embargo, la solución más adecuada para la protección del medio ambiente no es sectorial.

Parte del problema puede atribuirse a la falta de estricta o ambigüedad en los requisitos regulatorios para incorporar a la sociedad y utilizar estrategias. Sin embargo, en unos pocos casos donde las normas eran más claras, la atención a las dimensiones sociales o de participación observada no mejoró. En algunos casos donde las normas eran más claras, la atención a las dimensiones sociales o de participación observadas no mejoró. El público en general debe considerarlo como una evaluación positiva. por lo tanto, la observación de la evidente violación de la ley, obviamente, no despertó ninguna preocupación en el organismo responsable de evaluar el EIS.

 Reconocer los derechos básicos de un medio ambiente saludable y los derechos procesales que los acompañan significa proporcionar el tribunal europeo de derechos humanos tiene mayor legitimidad para perseguir precedentes sensibles a las cuestiones ambientales sin restringir excesivamente ciertos derechos. En materia de protección ambiental, es importante enfocarse en prevenir la interferencia, especialmente en el caso de irreversibilidad.

Conclusión. Se señala que, a pesar de ello, sigue siendo importante seguir trabajando en la integración y coordinación legislativa en materia penal. En general, los delitos contra el medio ambiente son aún mayores. Continuar trabajando en la integración de la materia penal y el proceso de coordinación legislativa, que sea útil para atender los delitos que involucra el agua en particular.

  V.   CONCLUSIONES

La política ambiental también tiene un impacto positivo, pero solo en el caso del comportamiento colectivo, esto prueba que es razonable analizar si existen variables subjetivas que afectarán las variables subjetivas que solo miden estándares económicos al estudiar el comportamiento proambiental. Aunque se cree que la investigación realizada ha despertado un gran interés en el problema que se estudia, no se han ignorado sus limitaciones.

El análisis económico de la ley aporta algunas ideas y reflexiones que son plenamente aplicables a este campo, y mediante la implementación de planes de seguros adecuados y la correcta asignación de responsabilidades a los potenciales productores de daños ambientales, no se puede ignorar la prevención indirecta para el medio ambiente. Como afirmó PoSnEr, la indemnización por daños no debe ser el único propósito del sistema de responsabilidad, pero su función económica debe ser prevenir accidentes económicamente ineficientes.

Existe una necesidad urgente de que los departamentos de la administración pública velen por el cumplimiento de los ya bajos requisitos sociales que de esta manera promuevan y aseguren la inclusión de medidas que mejora en este ámbito. El elemento reflexivo de los científicos sociales, especialmente aquellos que se especializan en sociología ambiental, y está relacionado con nuestro papel en la evaluación de nuestro trabajo y hacer visible su relevancia para mejorar la gestión y evaluación de aplicaciones.

VI.   REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Brunnee, J. (2009). Climate change, global environmental justice and international environmental law. In Environmental Law and Justice in Context; Ebbesson, J., Okowa, P., Eds.; Cambridge University Press: Cambridge.

Du, Q. (2009). Public participation and the challenges of environmental justice in China. In Environmental Law and Justice in Context; Ebbesson, J., Okowa, P., Eds.; Cambridge University Press: Cambridge.

Eberle, J.E. (2009). The method and role of comparative law. Wash. Univer. Glob. Stud. Law Rev. 8, pp. 451–486. http://law.wustl.edu/WUGSLR/Issues/Volume8_3/Eberle.pdf

Fernández, R. M. (2015). La protección del medio ambiente por el tribunal europeo de derechos humanos: últimos avances jurisprudenciales. Revista jurídica de la universidad autónoma de Madrid, 31, 163–204.

Guido, S. (2017). Los seguros y la protección del medio ambiente. Revista Ibero-Latinoamericana de seguros, 26(46), 89–108. https://doi.org/10.11144/javeriana.ris46.spma

He, M. (2019). Sustainable Development through the Right to Access to Justice in Environmental Matters in China. Sustainability, 11(3), 900. https://doi.org/10.3390/SU11030900

Li, Z.Q. (2008). Research on the establishment of the fund system for environmental public interest litigation in China. Master Thesis, East China University of Science and Technology, Shanghai, China

López, I., Arriaga, A., & pardo, m. (2018). La dimensión social del concepto de desarrollo sostenible: ¿la eterna olvidada? revista española de sociología, 27(1), 25–41. https://doi.org/10.22325/fes/res.2018.2

Moher, D., Liberati, A., Tetzlaff, J., Altman, D. G., & Group, T. P. (2009). Preferred Reporting Items for Systematic Reviews and Meta-Analyses: The PRISMA Statement. PLOS Medicine, 6(7), e1000097. https://doi.org/10.1371/JOURNAL.PMED.1000097

Montero, I., & León, O. (2002). Clasificación y descripción de las metodologías de. Revista Internacional de Psicología Clínica y de la Salud, 2(3), 503–508. http://www.aepc.es/ijchp/articulos_pdf/ijchp-53.pdf

Olivares, A., & Lucero, j. (2018). Contenido y desarrollo del principio in dubio pro natura. Hacia la protección integral del medio ambiente. ius et praxis (07172877), 24(3), 619–650. https://doi.org/10.4067/s0718-00122018000300619

Ortiz, G. (2019). El tratamiento de la dimensión social en los estudios de impacto ambiental: análisis de contenido aplicado al caso de la comunidad valenciana. Revista española de sociología, 28(1), 113–131. https://doi.org/10.22325/fes/res.2018.59

Otzen, T., & Manterola, C. (2017). Técnicas de Muestreo sobre una Población a Estudio. International Journal of Morphology, 35(1), 227–232. https://doi.org/10.4067/S0717-95022017000100037

Ren, S. (2015). Environmental public interest litigation may apply for the fund support. Jinghua Times

Rodríguez, V. (2019). La protección penal del agua como recurso natural. Una valoración crítica de las diferencias entre España y Portugal. Dereito, 28(2), 9–41. https://doi.org/10.15304/dereito.28.2.6193

Ross, D. (2020). Practising community and dialogical communities of practice for ecological justice and loving relationships. Australian Journal of Community Work, 1: 1-13. https://www.acwa.org.au/wp-content/uploads/2021/01/AJCW-2019-2020-Ross.pdf

Suárez-Vergne, Á. (2018). Comportamientos ambientales en Europa. Una mirada desde el consumo colaborativo. Revista española de sociología, 27(3), 491–510. https://doi.org/10.22325/fes/res.2018.29

Veléz, R. R., Echavez, J. M., & Flórez, M. E. (2013). Una propuesta metodológica para la conducción de revisiones sistemáticas de la literatura en la investigación biomédica Methodology in conducting a systematic review of biomedical research. undefined, 1, 61–73. http://132.248.161.133:8080/jspui/handle/123456789/5467

Wang, C.F. (2010). The role of environmental litigation in protecting environmental rights and improving environment. The Workshop on Business, Human Rights and Access to Justice in China, Hong Kong.

Zhang, S.J.; Lu, L. (2006). On legal guarantee for realization of access to justice in environmental matters: Some ideas on improving Article 6 in ‘Environmental Protection Law of the People’s Republic of China. http://www.procedurallaw.cn/msss/zdwz/200807/t20080724_49656.html