EL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES Y SU
AFECTACIÓN EN EL ECUADOR
THE ILLICIT TRAFFICKING OF MIGRANTS AND ITS
IMPACT IN ECUADOR
Diego Ariel Murillo López
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí - Ecuador
Andrea Michelle Pita Aveiga
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí - Ecuador
Israel Antonio Cruz Marte
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí - Ecuador
pág. 3270
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i6.15089
El tráfico ilícito de migrantes y su afectación en el Ecuador
Diego Ariel Murillo López 1
e1312383498@live.uleam.edu.ec
https://orcid.org/0009-0004-6954-9699
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
Manta, Ecuador
Andrea Michelle Pita Aveiga
e1315342863@live.uleam.edu.ec
https://orcid.org/0009-0007-3934-8951
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
Manta, Ecuador
Israel Antonio Cruz Marte
Israel.cruz@uleam.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-8399-7613
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
Manta, Ecuador
RESUMEN
La presente investigación aborda el problema del tráfico ilícito de migrantes en Ecuador, examinando
su impacto en el contexto nacional. Este fenómeno se caracteriza por la facilitación de la entrada
clandestina de personas a través de las fronteras, evitando los controles migratorios y aprovechando las
debilidades del sistema de vigilancia. El estudio se enfoca en la legislación ecuatoriana vigente,
especialmente en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que establece disposiciones para prevenir el
tráfico de personas y proteger a las víctimas. Esta ley busca alinearse con tratados internacionales que
promueven la protección de los derechos humanos de los migrantes y establecen medidas para combatir
este delito transnacional. Sin embargo, persisten importantes desafíos para su implementación efectiva,
principalmente debido a la escasez de recursos y la limitada capacidad operativa de las instituciones
encargadas de aplicar la ley. El artículo resalta que el tráfico de migrantes no es solo un problema de
seguridad, sino también un fenómeno complejo que involucra factores económicos, sociales y de
derechos humanos. Por ello, se hace hincapié en la necesidad de un enfoque integral que combine
acciones coercitivas contra las redes de traficantes con políticas públicas que faciliten vías seguras y
legales para la migración. La investigación subraya que es crucial reforzar la cooperación internacional
y fortalecer las capacidades de las instituciones nacionales para enfrentar el tráfico de manera efectiva.
En conclusión, se argumenta que solo mediante una estrategia coordinada, que contemple tanto la
represión del delito como la promoción de derechos, se podrán mitigar los efectos negativos del tráfico
ilícito de migrantes en Ecuador.
Palabras Claves: vulnerabilidad, reparación integral, trata de personas, derechos humanos
1
Autor principal
Correspondencia: e1312383498@live.uleam.edu.ec
pág. 3271
The illicit trafficking of migrants and its impact in Ecuador
ABSTRACT
The present research addresses the problem of migrant smuggling in Ecuador, examining its impact in
the national context. This phenomenon is characterized by the facilitation of the clandestine entry of
people across borders, avoiding immigration controls and taking advantage of the weaknesses of the
surveillance system. The study focuses on current Ecuadorian legislation, especially the Organic Law
on Human Mobility, which establishes provisions to prevent human trafficking and protect victims. This
law seeks to align itself with international treaties that promote the protection of migrants’ human rights
and establish measures to combat this transnational crime. However, significant challenges remain for
its effective implementation, mainly due to the scarcity of resources and the limited operational capacity
of the institutions in charge of enforcing the law. The article highlights that migrant smuggling is not
only a security problem, but also a complex phenomenon involving economic, social and human rights
factors. The need for a comprehensive approach combining enforcement action against trafficking
networks with public policies that facilitate safe and legal migration pathways is therefore stressed. The
research highlights the crucial need to strengthen international cooperation and strengthen the capacities
of national institutions to effectively combat trafficking. In conclusion, it is argued that only through a
coordinated strategy, which includes both the repression of crime and the promotion of rights, can the
negative effects of migrant smuggling in Ecuador be mitigated.
Keywords: vulnerability, comprehensive, reparation, human trafficking, human rights
Artículo recibido 02 octubre 2024
Aceptado para publicación: 12 noviembre 2024
pág. 3272
INTRODUCCIÓN
La presente investigación aborda el tráfico ilícito de migrantes, un delito persistente y complejo que
afecta a Ecuador. Este fenómeno se caracteriza por la facilitación de la entrada clandestina de personas
a través de las fronteras, evitando los controles migratorios establecidos. La falta de vías legales
accesibles para migrar empuja a los individuos a recurrir a la ayuda de terceros, conocidos como
coyoteros o contrabandistas, que prometen facilitar su ingreso a países de destino. En Ecuador, como en
otras partes del mundo, el tráfico ilícito de migrantes se ve alimentado por una red compleja que
involucra tanto a organizaciones criminales como a autoridades corruptas dentro del sistema migratorio.
Este entorno propicia situaciones de coacción, engaño y explotación hacia los migrantes, quienes
frecuentemente se enfrentan a graves riesgos durante el cruce clandestino de fronteras.
El tráfico ilícito de migrantes también está estrechamente relacionado con la trata de personas, un delito
que se deriva del mismo y que implica la explotación de los migrantes en diversas formas, incluyendo
el trabajo forzado y la explotación sexual. Esta investigación se enfocará específicamente en la trata de
personas como una consecuencia directa del tráfico ilícito de migrantes, con un análisis detallado de
cómo afecta a Ecuador.
A pesar de que Ecuador cuenta con leyes que protegen a los migrantes y garantizan sus derechos, estos
siguen enfrentando riesgos significativos, incluyendo el reclutamiento por parte de organizaciones de
delincuencia organizada. Estas bandas criminales se aprovechan de su vulnerabilidad y desesperación
para explotarlos en diversas actividades ilícitas, como el narcotráfico y la trata de personas. Para abordar
este desafío, Ecuador ha implementado una serie de medidas legales y políticas significativas, como la
Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes (LOTPTIM), que establece
un marco jurídico robusto para la prevención de estos delitos y la protección de las ctimas. Sin
embargo, persisten desafíos significativos, incluyendo la necesidad de fortalecer la implementación de
medidas preventivas y de protección debido a limitaciones de recursos y capacidades.
En los siguientes apartados, se presentarán datos estadísticos sobre la cantidad de migrantes que ingresan
al Ecuador, tanto de forma regular como irregular, los porcentajes de esos migrantes por cada país, y las
estadísticas sobre los delitos que cometen y enfrentan, específicamente en relación con la trata de
personas. Además, se realizará un análisis comparativo de las políticas públicas adoptadas en otros
pág. 3273
países de la región para enfrentar la migración ilícita y la trata de personas, con el objetivo de identificar
posibles mejoras y adaptaciones para el contexto ecuatoriano.
METODOLOGÍA
Para el desarrollo de este artículo utilizaremos la metodología cualitativa, y en casos puntuales la
cuantitativa como es el caso del empleo de datos estadísticos, a ello se suma el todo analítico que nos
permitirá realizar una triangulación entre el delito, la norma y las políticas públicas impulsadas por el
Estado, con la finalidad de comprender la dinámica de los aspectos más relevantes del caso.
Recopilación de Datos
La LOTPTIM emitida el 16 de febrero del 2023, tiene como objetivo prevenir y combatir el tráfico
ilícito de migrantes, así como proteger a las víctimas, fortalecer la acción estatal en la investigación y
judicialización de estos, y garantizar el respeto de los derechos humanos. En ese sentido, la norma se
aplica a los habitantes del Ecuador y a los ecuatorianos en el extranjero, abordando la trata de personas
y el tráfico de migrantes en todas sus formas y fines.
Análisis
Las víctimas de trata de personas tienen derecho a una reparación integral, que abarca medidas como el
derecho a conocer la verdad de los hechos, la restitución, indemnización, rehabilitación, garantías de no
repetición y la satisfacción por el derecho violado (Aguirre & Alarcón Peña, 2018). Estas medidas deben
aplicarse conforme a lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador y en el Código
Orgánico Integral Penal (COIP), además de las disposiciones específicas de otras normativas aplicables.
De igual manera, las víctimas del tráfico ilícito de migrantes tienen derecho a recibir asistencia médica
urgente y necesaria para preservar su vida o evitar daños irreparables a su salud. Esta asistencia no puede
ser negada por su situación migratoria (Ley Orgánica Contra La Trata de Personas y El Tráfico Ilícito
de Migrantes., 2023). Además, la ley establece el derecho a protección consular para los ecuatorianos
involucrados en estas situaciones.
En cuanto a la delincuencia organizada, la lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de
migrantes se aborda dentro de un marco integral que incluye la prevención, protección, asistencia e
investigación. Este enfoque también contempla la cooperación internacional, con la participación de
entidades especializadas como la Policía Nacional y la Fiscalía General del Estado (Plan de Acción
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Contra La Trata De Personas 2019-2030, 2019). La colaboración entre las instituciones públicas es
esencial para combatir de manera efectiva a las redes de delincuencia organizada.
De tal forma, el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho
de las personas a moverse libremente y elegir su lugar de residencia en un país, así como el derecho a
salir de cualquier nación, incluyendo la propia, y regresar a su país de origen, aquellos principios
garantizan la libertad de movimiento y elección de residencia de las personas, así como su derecho a
viajar y regresar sin restricciones injustificadas.
Por último, cuando un inmigrante se ve involucrado en actos delictivos, las autoridades tienen la
obligación de informarle inmediatamente sobre su situación y derechos. Además, se garantiza la
protección de los datos personales y la confidencialidad de las víctimas de trata o tráfico ilícito de
migrantes. Las víctimas no deben ser criminalizadas, detenidas, acusadas, procesadas ni sancionadas
por actos que resulten de su condición de víctimas de estos delitos (Cardoso & Gives, 2021).
Aplicabilidad
Un ejemplo es la Sentencia 2496-21-EP/23, en esta la Corte Constitucional examinó una acción
extraordinaria de protección presentada en favor de un adolescente inmigrante venezolano, quien
enfrentaba problemas de salud mental y había llegado solo a Ecuador en busca de refugio. La acción de
habeas corpus interpuesta por el defensor público para evitar la repatriación del adolescente fue
inicialmente negada por las autoridades competentes. La Corte analizó detalladamente los principios y
derechos aplicables, incluyendo el derecho al refugio y el principio de no devolución de menores de
edad. El análisis jurídico realizado por la Corte Constitucional se centró en determinar si las decisiones
judiciales previas vulneraban los derechos del adolescente inmigrante conforme a los estándares
internacionales y constitucionales establecidos. Concluyó que las decisiones de negar el habeas corpus
y ordenar la repatriación sin resolver previamente la solicitud de refugio violaban el derecho al refugio
y el principio de no devolución. Este caso demuestra cómo el análisis jurídico es crucial para asegurar
que las leyes y normativas nacionales estén alineadas con los compromisos internacionales en materia
de derechos humanos, particularmente en contextos sensibles como el de los migrantes y personas en
situación de protección internacional. Además, destaca la importancia de los precedentes y la
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jurisprudencia en la protección efectiva de los derechos de estos grupos vulnerables, garantizando así
un acceso justo y equitativo a la justicia.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Delincuencia organizada transnacional detrás del tráfico ilícito de migrantes
La delincuencia organizada transnacional es aquella actividad propia de las organizaciones criminales
transnacionales, las cuales funcionan en más de un país donde cometen actos ilícitos con el fin de obtener
beneficios económicos, principalmente cometen los delitos de trata de personas, tráfico de
estupefacientes, contrabando, entre otros. Con el pasar de los años distintas organizaciones criminales
se han asentado en nuestro país, y en la actualidad Ecuador vive un repunte de violencia causada por
estas, las cuales incluso se catalogan actualmente como “organizaciones terroristas” según decreto
ejecutivo (Decreto Ejecutivo No.111, 2023). Es importante indicar que el tráfico ilícito de migrantes
ocurre con mayor frecuencia hacia países que tienen regulaciones mayores respecto a los requisitos para
ingresar al país, entre los lugares más comunes donde los migrantes deciden ir se encuentran Estados
Unidos y Europa, exponiéndose así a los grupos de delincuencia organizada transnacional en diferentes
partes del mundo.
Además de las vulnerabilidades y desafíos que enfrentan los inmigrantes, es crucial recalcar que cuentan
con protección internacional a través de diversos tratados y convenciones, uno de los pilares
fundamentales de esta protección es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su
artículo 13 establece que "toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el
territorio de un Estado" y que "toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio,
y a regresar a su país". Este artículo subraya el derecho a la libre movilidad y al retorno, elementos
esenciales para la dignidad y libertad de los migrantes, asimismo, el artículo 14 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos indica que "en caso de persecución, toda persona tiene derecho a
buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país". Este derecho es vital para aquellos que huyen de
persecuciones políticas y de violaciones graves de los derechos humanos fruto de conflictos armados,
permitiéndoles encontrar refugio y protección en otros países, como lo establece el Protocolo Adicional
I de 1977 (a los Convenios de Ginebra de 1949). Es importante indicar que aunque este Protocolo no
es instrumento propiamente de derechos humanos, sino de derecho penal internacional, contiene una
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cláusula que salvaguarda el respeto del derecho humanitario internacional y del derecho internacional
de los refugiados” (Rodríguez, 2008).
De igual manera, existe un instrumento específico denominado Protocolo contra el Tráfico Ilícito de
Migrantes por Tierra, Mar y Aire, del año 2000, que complementa la Convención de las Naciones Unidas
contra la Delincuencia Organizada Transnacional, del mismo año. Este protocolo tiene como objetivo
principal prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes, protegiendo plenamente sus derechos
humanos. El tratado indica que la delincuencia organizada transnacional no solo afecta gravemente a
los migrantes, sino que también representa una amenaza significativa para la seguridad y la estabilidad
de los Estados afectados, el Protocolo establece medidas para mejorar la cooperación internacional en
la prevención, investigación y persecución del tráfico ilícito de migrantes, al tiempo que enfatiza la
importancia de salvaguardar los derechos y la dignidad de las personas migrantes. Incluye disposiciones
específicas para garantizar que los migrantes no sean criminalizados por haber sido objeto de tráfico y
para proporcionarles la asistencia y protección necesarias. La estrecha relación entre el Protocolo contra
el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional refuerza el compromiso global de luchar contra las redes de tráfico que
explotan a los migrantes. Estas organizaciones criminales aprovechan las situaciones de vulnerabilidad
para lucrar a costa de los derechos y la dignidad de los individuos, y es fundamental que los Estados
colaboren para desmantelar estas redes y proteger a las víctimas.
Además, es importante destacar a los grupos delincuenciales más notorios, como el Cartel de Sinaloa,
el Cartel del Golfo, los Zetas y el Cartel de Juárez, que operan en la frontera entre México y Estados
Unidos, afectando también a los migrantes ecuatorianos en su travesía a este último país. Un caso
relevante ocurrió el 20 de marzo de 2024, cuando 95 migrantes, incluidos ecuatorianos, fueron
secuestrados en Chiapas, México, supuestamente por el Cartel de Juárez, que exigieron rescates a sus
familias; tras un mes, la Guardia Nacional de México logró su liberación. Además, se puede indicar que
el tráfico ilícito de migrantes “Es una modalidad de crimen que se inserta en una matriz en la que la
sociedad es al mismo tiempo víctima y beneficiaria de los bienes y servicios de los que la provee
(Rubert, 2006).
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La esclavitud moderna se erige como un desafío devastador a la justicia social y el desarrollo sostenible,
manifestándose a través de prácticas tan inhumanas como el trabajo forzoso, la trata de personas, la
servidumbre por deudas, la esclavitud misma y el matrimonio forzado. Entre 2017 y 2021, se estima que
alrededor de 50 millones de personas en el mundo se encuentran atrapadas en estas situaciones de
esclavitud moderna en un solo día, ya sean forzadas a trabajar en condiciones inhumanas u obligadas a
contraer matrimonios sin su consentimiento. Esta cifra impactante equivale a casi una de cada 150
personas en el planeta. Lo que es aún más alarmante es que estas formas de esclavitud no son pasajeras;
el trabajo forzoso puede prolongarse por años, mientras que el matrimonio forzado a menudo se
convierte en una condena de por vida. Estas cifras revelan la magnitud y la persistencia del problema,
resaltando la urgencia de implementar estrategias eficaces y sostenibles para erradicar estas atrocidades.
Es importante mencionar que en Ecuador existen leyes que protegen a los inmigrantes, garantizando sus
derechos y bienestar. Según el Artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, en su numeral
14, se establece que los extranjeros que ingresen al país no podrán ser expulsados si su vida, libertad,
seguridad o integridad corren peligro, esta disposición ha sido fundamental para proteger a inmigrantes
en situaciones de vulnerabilidad, especialmente aquellos que huyen de persecuciones y conflictos. La
legislación ecuatoriana ha favorecido a migrantes de diversas nacionalidades, destacándose el caso de
la migración venezolana que comenzó en 2014 y continúa hasta la actualidad.
Hoy día, el flujo de migrantes hacia Ecuador ha disminuido drásticamente debido a varios factores, entre
los principales se encuentra la inestabilidad que existe dentro del país en materia de seguridad y empleo
a partir de los últimos 6 años. A pesar de las protecciones legales, los inmigrantes en Ecuador siguen
enfrentando riesgos significativos, incluyendo el reclutamiento por parte de organizaciones de
delincuencia organizada, estas bandas criminales se aprovechan de la vulnerabilidad y desesperación de
los inmigrantes para explotarlos en diversas actividades ilícitas, tales como narcotráfico ya que ven a
los migrantes como mano de obra barata y fácilmente manipulable. A ello se suma la trata de personas,
donde los inmigrantes son obligados a realizar trabajos forzados o son explotados sexualmente, casi
siempre a través de engaños o de extorsión. Estas prácticas no solo ponen en peligro la vida y la
integridad de estos, sino que también contribuyen a la inseguridad y al crimen organizado en el país, las
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bandas locales y transnacionales ven en los inmigrantes una oportunidad para expandir sus actividades
delictivas sin enfrentar mucha resistencia.
El tráfico ilícito de migrantes es un negocio que podría estar valorado en más de 10.000 millones de
dólares americanos al año, como lo menciona Migrant Smuggling Data and Research, que demuestra
una revisión global de evidencia (OIM, 2018). Este comercio ilegal es impulsado por la desesperación
y la falta de oportunidades legales para migrar, lo que lleva a muchas personas a recurrir a redes de
traficantes que prometen llevarlas a países de destino a cambio de sumas significativas de dinero. Las
rutas más lucrativas incluyen aquellas que van desde África Occidental, Oriental y Septentrional hacia
Europa, y desde América del Sur hacia América del Norte. Estas rutas generan aproximadamente 6.750
millones de dólares al año, reflejando la alta demanda y los altos precios que los migrantes están
dispuestos a pagar para intentar alcanzar una vida mejor.
Trata de personas en el contexto ecuatoriano y la migración
La trata de personas es un delito grave que constituye una clara violación de los derechos humanos.
Según Mariablanca Staff, "el tráfico ilegal de migrantes consiste en facilitar el traslado, cruce o entrada
ilegal de alguien a un país que no es el suyo, ganando dinero u otros beneficios" (Staff, 2013). Este
delito se lleva a cabo mediante el reclutamiento, transporte y recepción de personas a través de
amenazas, fraude o engaño, con el fin de explotarlas. Las formas más comunes de explotación incluyen
la explotación sexual y laboral, así como el matrimonio forzado.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 213, define el tráfico ilícito de migrantes
como el delito mediante el cual se obtienen beneficios al facilitar la migración ilícita de personas. Las
penas por este delito van de 7 a 10 años de prisión, pudiendo alcanzar hasta 26 años en casos más
graves. Por su parte, el artículo 92 tipifica la trata de personas como un delito que acarrea penas de 13
a 16 años de prisión, que pueden incrementarse si la víctima sufre daños físicos o psicológicos graves,
o si existe una relación afectiva con el agresor.
La trata de personas generalmente trasciende las fronteras nacionales, siendo las víctimas trasladadas de
un país a otro, donde son explotadas. A menudo, los tratantes les quitan sus documentos de identidad y
las someten a estricta vigilancia. Una vez en el país de destino, los tratantes obtienen beneficios
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económicos explotando a las víctimas, lo que convierte este ciclo de abuso en una de las formas más
crueles de criminalidad.
El Plan de Acción Contra la Trata de Personas 2019-2030 muestra que, entre 2014 y 2016, se
registraron 352 casos de trata en Ecuador. La explotación sexual representó el 83,8% de estos casos,
seguida por la explotación laboral con un 11%. Otras formas de trata, como la adopción ilegal de
menores y el reclutamiento para actos ilícitos, también fueron reportadas.
En cuanto a los esfuerzos legales, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 40,
garantiza el derecho a la migración y movilidad humana, asegurando la igualdad de derechos para las
personas extranjeras en el país. Además, Ecuador está suscrito a tratados internacionales como la
Convención de Palermo, que busca prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, prestando
especial atención a mujeres y niños. Según el artículo 3 de dicha convención, la trata de personas
incluye el transporte o acogida de personas con fines de explotación.
En esa misma línea, la Convención de Palermo impone a los Estados la obligación de adoptar políticas
que prevengan la trata y faciliten el intercambio de información sobre víctimas y perpetradores, según
los artículos 9 y 10.
Históricamente, los primeros casos documentados de trata de personas en Ecuador datan de las décadas
de los 80 y 90, cuando la explotación sexual y laboral comenzó a ser un problema significativo debido
a la falta de legislación específica. En ese entonces, las redes delictivas prometían trabajos bien
remunerados en las principales ciudades o en el extranjero, captando a mujeres y niñas para su
explotación. Durante los años 2000 a 2010, la trata se convirtió en un tema de interés general en plena
crisis económica, lo que obligó a muchos ecuatorianos a emigrar, haciéndolos vulnerables a este delito.
En la actualidad, la trata de personas sigue siendo un problema grave, especialmente en su modalidad
de explotación sexual. Un caso reciente en abril de 2024 involucró una red de trata que explotaba
sexualmente a mujeres ecuatorianas y colombianas. Las redes delictivas suelen captar a migrantes a
través de anuncios en páginas web y redes sociales, prometiendo trabajos en Europa, como señala la
ONU (Ortega, 2023). Esta situación refleja que, a pesar de los esfuerzos nacionales e internacionales, la
trata de personas sigue siendo un desafío persistente.
El daño psicológico derivado del tráfico ilícito de migrantes
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La migración cuando es resultado del tráfico ilícito puede provocar en los migrantes diversos efectos,
en su mayoría son negativos, al encontrarse estos en situación de vulnerabilidad y por el hecho de
hallarse en un territorio distinto al de su domicilio habitual o de su nacionalidad. Durante la travesía en
busca de un mejor futuro, pueden sufrir abusos a sus vidas y seguridad por parte de las redes dedicadas
a esta actividad ilícita. Cabe señalar, además, que en ocasiones sufren falta de alimentos, alojamiento y
servicios básicos, llegando a afectarles psicológicamente, por lo que generalmente se despliegan
patologías psicológicas como estrés postraumático, nervios, depresión, ansiedad, además falta de
adaptación.
De aquello mencionado se desprende que estos daños psicológicos son el resultado igualmente de la
vulnerabilidad en la que se encuentran estos individuos, al exponerse a situaciones de explotación,
violencia y extorsión a familiares. Todo esto coloca al migrante en una posición de desventaja y riesgo
al carecer también de documentos legales, a lo que se suma la falta de dominio del idioma. De la misma
forma, otro aspecto que incrementa su vulnerabilidad es la limitación a recursos económicos, a la
asistencia legal y al apoyo comunitario (Plan de Acción Contra La Trata De Personas 2019-2030, 2019).
A todo lo mencionado anteriormente se suma el daño significativo a los familiares de los migrantes, que
incluye estrés emocional y sufrimiento debido a la falta de noticias sobre el paradero de los familiares
desaparecidos o la muerte de algunos de ellos. A esto se añade las dificultades que enfrenta la familia
para obtener ayuda y protección debido a la falta de información y recursos disponibles, quedando
obligada a endeudarse para pagar aquellos servicios de los traficantes, lo que puede llevar a una situación
financiera precaria.
Además, se reconoce que el tráfico ilícito de migrantes es un delito que comete contra personas de todas
las edades y géneros, pero las mujeres migrantes son las que mayormente se ven afectadas de diversas
maneras. La condición de género influye de forma significante en las prácticas discriminatorias que
limitan y disminuyen las oportunidades de desarrollo humano. En efecto, las mujeres migrantes que se
las construye como víctimas pasivas de una cultura que les asigna un papel subalterno, (Liberona,
2020).
Por otro lado, el estudio del daño psicológico y familiar es muy importante porque forma parte de la
reparación integral, lo que implica medidas destinadas a imponer pena a los responsables. Es
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conveniente indicar que la Constitución de la República del Ecuador estipula en su artículo 78 que las
víctimas de infracciones penales deben recibir protección especial y no revictimización, y que se debe
adoptar mecanismos para una reparación integral que incluya el conocimiento de la verdad de los
hechos, la restitución, la indemnización, rehabilitación y garantía de no repetición. Esto implica que las
víctimas deben rendir versiones repetidamente, ampliar testimonios y reconstruir hechos, y en muchos
casos, deben enfrentar a su agresor en una audiencia de juicio, lo que puede ser un proceso doloroso y
estresante.
Políticas públicas contra el tráfico ilícito de migrantes en el Ecuador
En Ecuador, el tráfico ilícito de migrantes se combate a través de diversos planes y protocolos, como el
Plan Nacional para combatir la trata de personas, otros modos de explotación de mujeres, niños, niñas
y adolescentes, pornografía infantil y corrupción de menores. Este plan tiene como objetivo principal
prevenir, sancionar y erradicar el tráfico ilícito de migrantes, alineado con la protección de los derechos
humanos de las personas en situación de movilidad.
Uno de los pilares fundamentales para abordar el tráfico ilícito de migrantes es la implementación de
políticas públicas que garanticen el respeto a los derechos humanos. La Constitución de la República
del Ecuador, en su artículo 11, numeral 2, prohíbe la discriminación por condición migratoria, y extiende
protección a personas refugiadas, desplazadas o asiladas. A través de estos mecanismos constitucionales,
el país busca asegurar que los derechos de estas personas sean respetados, sin importar su estatus
migratorio.
Además, Ecuador ha firmado y ratificado importantes acuerdos internacionales que regulan la situación
de los trabajadores migrantes. Entre estos se incluyen el Acuerdo de Regulación y Ordenación de Flujos
Migratorios con España (2001) y el Acuerdo Permanente Migratorio con Perú (2011), con el fin de
establecer marcos de cooperación que promuevan una migración ordenada y segura.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, fundado en 1830, es la entidad encargada
de la protección de los migrantes y sus familias en el Ecuador. Este ministerio se rige bajo el Plan de
Acción contra la Trata de Personas 2019-2030, cuyo objetivo inicial es desarrollar una política
migratoria que respete los derechos humanos, promoviendo el retorno digno de los ecuatorianos en el
exterior y fomentando la permanencia de los ciudadanos en el país mediante programas como
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"Bienvenidos a Casa". Este plan incluye iniciativas de apoyo empresarial y programas de incentivos
para los migrantes que regresan al Ecuador, con el fin de fortalecer el tejido productivo del país.
A pesar de estos esfuerzos, la política de "puertas abiertas" implementada en Ecuador permite el ingreso
de extranjeros sin visa por un período de 90 días para fines turísticos, aunque ciertas nacionalidades,
como las de China, Kenia y Etiopía, requieren visas previamente. Sin embargo, muchas de las
recomendaciones del Plan Nacional de Ecuatorianos en el Exterior no se han ejecutado por completo
debido a la falta de recursos humanos y financieros, lo que ha limitado la efectividad de estas políticas
en la protección integral de los migrantes.
En cuanto a los datos estadísticos, el Plan de Acción contra la Trata de Personas 2019-2030 destaca que
es difícil contar con información precisa sobre la trata de personas en Ecuador. No obstante, datos del
INEC muestran que entre 2014 y 2016, la explotación sexual representó el 83,8% de los casos de trata,
con un total de 295 casos. Esta cifra refleja un aumento constante, con 80 casos en 2014, 103 en 2015 y
112 en 2016. La explotación laboral representó el 11% de los casos, con un total de 39 registros,
mostrando un incremento ligero durante ese período. Otras modalidades como la adopción ilegal de
niñas y niños y el reclutamiento para actos penados por la ley presentaron cifras menores, aunque
también en aumento, con un total de 9 casos de adopción ilegal y 8 casos de reclutamiento.
Tabla 1. Modalidades de Trata y su Incidencia (2014-2016)
Modalidad de Trata
Total de
Casos
Casos en
2014
Casos en
2016
Porcentaje del
Total (2014-2016)
Explotación Sexual
295
80
112
83.8%
Explotación Laboral
39
12
14
11%
Adopción Ilegal de Niñas y
Niños
9
2
6
2.6%
Reclutamiento para Actos
Penados por la Ley
8
0
4
2.3%
Fuente: Plan de Acción Contra La Trata de Personas 2019-2030, 2019
En 2020, las denuncias sobre trata de personas disminuyeron inicialmente debido a las restricciones de
movilidad, pero en 2021 y 2022 se observó un aumento de casos conforme las fronteras se reabrieron.
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De acuerdo con los datos más recientes de 2023, la explotación sexual sigue siendo la modalidad más
reportada, pero la trata con fines de explotación laboral también ha aumentado, especialmente en
sectores agrícolas y de servicio. La esclavitud moderna y la explotación laboral han estado en la mira
de organizaciones de derechos humanos, especialmente tras la crisis migratoria en Venezuela, que ha
hecho que más personas vulnerables sean blanco de redes criminales.
Tabla 2. Modalidades de Trata y su Incidencia (2020-2023)
Modalidad de Trata
Total de
Casos
Casos
en 2020
Casos
en 2021
Casos
en 2022
Casos
en 2023
Porcentaje del
Total (2020-
2023)
Explotación Sexual
350
70
85
90
105
78%
Explotación Laboral
65
10
15
20
20
14.5%
Adopción Ilegal de
Niñas y Niños
15
2
4
4
5
3.3%
Reclutamiento para
Actos Penados por la
Ley
10
1
2
3
4
2.2%
Fuente: INEC, Ministerio de Gobierno y Mapa Interactivo sobre Trata y Tfico de Migrantes.
El fenómeno de la trata de personas ha continuado siendo una problemática alarmante en Ecuador,
especialmente en el contexto de las vulnerabilidades exacerbadas por la crisis migratoria en Venezuela.
Entre las modalidades de trata que se registran con mayor frecuencia, la explotación sexual sigue
dominando, representando el 78% del total de los casos documentados entre 2020 y 2023. En este
periodo, se contabilizaron 350 casos, con un incremento significativo que pasó de 70 en 2020 a 105 en
2023. Este aumento refleja la creciente explotación de mujeres, niños y adolescentes en situación de
precariedad, quienes son particularmente susceptibles a ser captados por redes de trata que operan a
nivel transnacional.
Se entiende así qué, la explotación laboral ocupa el segundo lugar en cuanto a las modalidades de trata
de personas, aunque su incidencia es considerablemente menor que la explotación sexual. Durante los
años 2020 a 2023, se registraron 65 casos, lo que equivale al 14.5% del total. A pesar de que el número
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de casos no muestra un aumento tan dramático como el de la explotación sexual, ha mantenido un
crecimiento sostenido, pasando de 10 casos en 2020 a 20 en 2023. Este tipo de explotación afecta en su
mayoría a personas migrantes, que ante la falta de oportunidades laborales dignas, terminan siendo
explotadas en condiciones laborales abusivas, muchas veces en sectores informales como la agricultura,
la construcción y el trabajo doméstico.
En cuanto a la adopción ilegal de niñas y niños, aunque es una modalidad menos frecuente, no deja de
ser preocupante. Se han reportado 15 casos en total entre 2020 y 2023, lo que constituye un 3.3% del
total de casos de trata. Este delito ha sido impulsado en parte por la desesperación de familias vulnerables
que buscan una mejor vida para sus hijos o hijas, y que en ocasiones caen en redes de trata que trafican
a menores con fines de adopción ilegal. Los casos se incrementaron ligeramente de 2 en 2020 a 5 en
2023, lo que indica que, si bien es un fenómeno de menor incidencia, no se debe descartar su relevancia
dentro de las modalidades de trata.
Consecuente, el reclutamiento para actos penados por la ley, que incluye el uso de víctimas para
actividades delictivas como el tráfico de drogas o el contrabando, ha registrado 10 casos en el mismo
periodo, representando el 2.2% del total de casos. Aunque este tipo de reclutamiento sigue siendo
relativamente bajo en comparación con otras formas de trata, ha mostrado un ligero incremento desde 1
caso en 2020 a 4 en 2023, lo que sugiere que las redes criminales continúan explotando a migrantes y
personas vulnerables para involucrarlas en actividades ilegales, particularmente a medida que aumenta
la migración irregular.
La Ley Orgánica de Movilidad Humana contra el tráfico ilícito de migrantes
El tráfico ilícito de migrantes es un delito contemplado dentro del marco de la movilidad humana, ya
que actúa como un medio que, en muchos casos, facilita la comisión de otros delitos graves como la
trata de personas. En Ecuador, la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH) establece disposiciones
específicas para prevenir y sancionar el tráfico ilícito de migrantes, reconociendo este delito como una
grave violación de los derechos humanos y la dignidad de las personas en movilidad. La LOMH,
aprobada en 2017, funciona como un marco legal integral para regular la movilidad de los ciudadanos
extranjeros en el país y reconoce la movilidad humana como un derecho fundamental, protegiendo a los
migrantes de diversas formas de explotación.
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En relación con principios establecidos en la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito
de Migrantes, los individuos afectados por el tráfico ilícito son reconocidos como víctimas, con el
objetivo de garantizar la protección de sus derechos. Esta ley establece la obligación de proporcionarles
la atención necesaria en situaciones de vulnerabilidad y asegurar la reparación de los daños sufridos. La
Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes también hace un llamado a la
implementación de medidas coordinadas entre las autoridades para prevenir estos delitos, con la
colaboración de entidades como la Policía Nacional y la Fiscalía.
La Ley Orgánica de Movilidad Humana incluye medidas específicas para la prevención y protección de
las víctimas de tráfico ilícito de migrantes, y está alineada con los tratados internacionales y la
Constitución ecuatoriana. El Estado tiene la responsabilidad de garantizar la seguridad y la integridad
de las víctimas desde el momento en que son identificadas, sin necesidad de que se presente una
denuncia formal para que accedan a la protección. También se contempla asistencia para los familiares
de las víctimas, asegurando que no sean culpabilizados ni procesados por la situación.
El artículo 39 de la LOMH define a las víctimas de tráfico ilícito como aquellas personas que han sido
reclutadas, transportadas o explotadas con el fin de obtener beneficios económicos para terceros.
Además, el artículo 122 establece medidas de atención y protección que consideran enfoques de género,
intergeneracionales e interculturales, reconociendo la diversidad y las necesidades particulares de las
víctimas. Finalmente, el artículo 123 estipula que todas las personas deben atravesar puntos de control
migratorio oficiales como medida para prevenir el tráfico ilícito y proteger la dignidad y la seguridad de
los migrantes, reduciendo así los riesgos de trata de personas y otras violaciones a sus derechos.
Desde la perspectiva de los derechos humanos, la movilidad humana no debe considerarse un problema
en sí mismo, sino un derecho fundamental. Este derecho refleja la necesidad de cuestionar la disparidad
existente entre quienes pueden ejercer su derecho a la movilidad de manera segura y aquellos que se ven
obligados a desplazarse contra su voluntad, enfrentando la negación o restricción de este derecho en
condiciones de vulnerabilidad.
CONCLUSIONES
El tráfico ilícito de migrantes es un desafío persistente y complejo para Ecuador, afectando tanto a los
ciudadanos ecuatorianos que buscan mejores oportunidades en el extranjero como a los extranjeros que
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ingresan el país en busca de seguridad y mejores condiciones de vida. Este fenómeno se ve exacerbado
por la delincuencia organizada transnacional, que explota la vulnerabilidad de los migrantes para
involucrarlos en actividades ilegales como el narcotráfico y la trata de personas. La presencia de redes
criminales altamente organizadas resalta la magnitud del problema y la dificultad de erradicarlo sin una
cooperación internacional efectiva.
A nivel legislativo, Ecuador ha desarrollado e implementado políticas y planes específicos, como el Plan
Nacional para Combatir la Trata de Personas y Otros Modos de Explotación, con el objetivo de
investigar y sancionar a los responsables de dicho delito, así como mejorar la protección de las ctimas.
No obstante, a pesar de estos esfuerzos, el país enfrenta desafíos significativos relacionados con la falta
de recursos y capacidades que limitan la eficacia de estas medidas. La necesidad de fortalecer la
implementación y optimizar el uso de recursos es crucial para mejorar la respuesta ante el tráfico ilícito
de migrantes.
Por tanto, la complejidad del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas resalta la necesidad de
una cooperación internacional robusta y esfuerzos coordinados para abordar la problemática de manera
integral y eficaz.
En definitiva, abordar de manera efectiva el tráfico ilícito de migrantes en Ecuador requiere una
estrategia integral que combine medidas coercitivas contra los traficantes, así como la promoción de
vías migratorias seguras y legales. Este enfoque no solo protegerá los derechos de los migrantes, sino
que también contribuirá a la estabilidad social y económica tanto a nivel nacional como regional,
asegurando un entorno más seguro y justo para todos los involucrados.
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