SITUACIÓN DE LOS DERECHOS SOCIALES EN EL
ESTADO DE GUERRERO, MÉXICO. PREÁMBULO
PARA LA ORIENTACIÓN DE LA POLÍTICA SOCIAL
SITUATION OF SOCIAL RIGHTS IN THE STATE OF
GUERRERO, MEXICO. PREAMBLE FOR THE ORIENTATION
OF SOCIAL POLICY
Miguel Angel Cruz Vicente
Universidad Autónoma de Guerrero, México
José Luis Montesillo Cedillo
Universidad Autónoma del Estado de México
Guadalupe Olivia Ortega Ramírez
Universidad Autónoma de Guerrero, México
pág. 6912
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i6.15387
Situación de los Derechos Sociales en el Estado de Guerrero, México.
Preámbulo para la Orientación de la Política Social
Miguel Angel Cruz Vicente1
miguelcruz_vicente@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0001-8401-0406
Universidad Autónoma de Guerrero
México
José Luis Montesillo Cedillo
jlmontesilloc@uaemex.mx
https://orcid.org/0000-0001-9605-8001
Universidad Autónoma del Estado de México
México
Guadalupe Olivia Ortega Ramírez
ortega.olivia@yahoo.com
https://orcid.org/0000-0001-7087-182X
Universidad Autónoma de Guerrero
México
RESUMEN
En la presente indagación se analizan los derechos sociales, los cuales son constitucionales y tutorados
por el Estado para garantizar su ejercicio efectivo para proponer lineamientos que orienten la política
social hacia un enfoque más inclusivo y equitativo. Guerrero, reconocido por su riqueza cultural y
natural, enfrenta elevados niveles de rezago social, marginación y pobreza, que afectan especialmente
a las comunidades rurales e indígenas. El objetivo es diagnosticar las condiciones actuales de derechos
sociales como salud, educación, vivienda y medio ambiente, para ofrecer un marco que guíe políticas
públicas orientadas al desarrollo humano. El estudio utiliza un análisis documental y estadístico,
basándose en datos de fuentes de organismos autónomos de México, además de organismos
internacionales. Se estructura por derechos sociales, destacando indicadores clave y marcos normativos
aplicables. El diagnóstico resalta que Guerrero presenta significativas carencias en servicios básicos
como salud, educación y agua potable, agravando la desigualdad social. Se enfatiza la necesidad de
políticas públicas que prioricen la inclusión social, económica y la no discriminación, así como el
fortalecimiento de la infraestructura. El turismo, aunque es un motor económico clave, debe
replantearse hacia modelos más equitativos que beneficien a las comunidades locales.
Palabras clave: derechos sociales, desigualdad, inclusión, política social
1
Autor principal.
Correspondencia: miguelcruz_vicente@hotmail.com
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Situation of Social Rights in the State of Guerrero, Mexico. Preamble for
the Orientation of Social Policy
ABSTRACT
In this investigation, social rights are analyzed, which are constitutional and supervised by the State to
guarantee their effective exercise to propose guidelines that guide social policy towards a more inclusive
and equitable approach. Guerrero, recognized for its cultural and natural wealth, faces high levels of
social backwardness, marginalization and poverty, which especially affect rural and indigenous
communities. The objective is to diagnose the current conditions of social rights such as health,
education, housing and the environment, to offer a framework that guides public policies aimed at
human development. The study uses documentary and statistical analysis, based on data from sources
of autonomous organizations in Mexico, as well as international organizations. It is structured by social
rights, highlighting key indicators and applicable regulatory frameworks. The diagnosis highlights that
Guerrero has significant deficiencies in basic services such as health, education and drinking water,
aggravating social inequality. The need for public policies that prioritize social and economic inclusion
and non-discrimination, as well as the strengthening of infrastructure, is emphasized. Tourism, although
a key economic driver, must be rethought towards more equitable models that benefit local
communities.
Keywords: social rights, inequality, inclusion, social policy
Artículo recibido 18 octubre 2024
Aceptado para publicación: 22 noviembre 2024
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INTRODUCCIÓN
El estado de Guerrero, ubicado en el suroeste de la República Mexicana, es famoso por sus destinos
turísticos como Acapulco, Ixtapa-Zihuatanejo y Taxco, se enfrenta a importantes desafíos sociales y
económicos que impactan su desarrollo; es un referente del turismo en México, sin embrago ocupa uno
de los primeros lugares en indicadores de rezago social y marginación a nivel nacional. Estos problemas
sociales se reflejan en el acceso limitado a servicios básicos, educación y empleo para gran parte de su
población, especialmente en las zonas rurales y en comunidades indígenas.
El rezago social en Guerrero se manifiesta en la falta de infraestructura adecuada y en la cobertura
insuficiente de servicios de salud, educación y vivienda digna, lo cual afecta de manera directa la calidad
de vida de sus habitantes. Este rezago contribuye al incremento en el índice de marginación, que
clasifica a muchas de sus comunidades en niveles altos y muy altos de pobreza. La marginación,
profundiza las desigualdades y limita las oportunidades de desarrollo para sectores vulnerables de la
población.
Aun con estos retos, Guerrero cuenta con un potencial turístico significativo, que no solo aporta
ingresos, sino que también plantea una posible solución para mejorar la economía local. Sin embargo,
los modelos turísticos implementados hasta ahora han privilegiado en gran medida los destinos de sol
y playa, relegando el desarrollo de otros tipos de turismo como el ecoturismo, el turismo cultural y el
turismo comunitario. Estos modelos, en su mayoría enfocados en el turismo de masas, no han logrado
integrarse con las comunidades locales, ni reducir de manera significativa la desigualdad económica.
Por tanto, explorar la relación entre el turismo y las problemáticas de rezago social y marginación en
Guerrero se vuelve esencial para replantear estrategias que promuevan un desarrollo turístico más
equitativo e inclusivo, capaz de mejorar las condiciones de vida de sus habitantes y de reducir las
desigualdades históricas que afectan al estado.
Ubicación geográfica y conformación del estado de Guerrero
Guerrero es una de las 32 entidades federativas que conforman la República Mexicana; junto con los
estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán forman la
mesoregión Sur Sureste; la cual es una de las más ricas en capital natural y diversa del país;
concentrando, aproximadamente, un tercio de la población nacional.
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Sin embargo, se trata de la mesoregión menos desarrollada, con un crecimiento económico bajo y con
un reto muy importante en cuanto a la distribución de la riqueza (Fideicomiso 2050 para el Desarrollo
Regional del Sur Sureste [FIDESUR), 2024).
Figura 1. Mesoregión Sur Sureste y subregiones
Fuente: FIDESUR (2024).
Guerrero colinda al norte con los estados de Puebla, México, Morelos y Michoacán; al este con Oaxaca
y Puebla; al sur con el océano Pacífico y Oaxaca; al oeste con Michoacán y el océano Pacífico. Su forma
es irregular, con una anchura de 222 kilómetros (km) y una longitud de 461 km (González, 2011); tiene
una línea costera de aproximadamente 500 km, y una superficie territorial de 63 595.9 km² (Instituto
Nacional de Estadística y Geografía [INEGI], 2020); está conformado por 85 municipios, donde
Chilpancingo de los Bravo es su ciudad capital. Por su geografía natural lo dividen en ocho regiones:
1) Acapulco,
2) Centro,
3) Norte,
4) Costa Grande,
5) La Montaña,
6) Tierra Caliente,
7) Costa Chica y 8) Sierra.
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Figura 2. Regiones de Guerrero
Fuente: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural [SAGADEGRO] (2024)
Aspecto demográfico
La población de Guerrero ascendía, en 2020, a 3 540 685 habitantes, de los cuales 1 840 073 son
personas del sexo femenino y el resto 1 700 612 son hombres, en porcentaje representan el 52.0 para
las mujeres y el 48.0 son personas del sexo masculino. La relación hombre-mujer es de 92.4, es decir,
por cada 100 mujeres existen, aproximadamente, 92 hombres. El promedio de hijas e hijos nacidos
vivos es de 2.5 (INEGI, 2020). La esperanza de vida se incrementó para ambos sexos, pasó de 69.7 años
en 2023 a 70.0 años para 2024 en los hombres y para las personas del sexo femenino fue de 76.3 en
2023 a 76.5 años para 2024 (INEGI, 2024b). Del total de la población el 8.6% (303 923 personas) se
considera afromexicana o afrodescendiente y 691 724 habitantes (19.5%) es la población en hogares
censales indígenas (Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas [CDI], 2015).
Objetivo
Analizar la situación que ostentan los derechos sociales en Guerrero con la finalidad de ofrecer un
preámbulo que guíe la política social en la región, destacando los retos en educación, salud, vivienda,
seguridad social y medio ambiente, entre otros; desde el enfoque basado en derechos y una perspectiva
de la no discriminación.
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METODOLOGÍA
Se realiza un análisis documental y numérico, utilizando datos de fuentes de organismo autónomos de
México como el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el Consejo Nacional de
Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), y otras instituciones públicas, inclusive
organismo de cooperación internacional como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE), o que dependen la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Comisión Económica para América Latina y el Caribe
(CEPAL). La información se estructura por derecho social (por ejemplo, salud, educación), destacando
indicadores estadísticos que reflejan la situación actual de Guerrero en cada área. Es importante señalar
que los derechos sociales en México se sustentan en El Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (PIDESC) y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Los derechos sociales (DS) tienen una larga historia. En México los DS se consagraron en la
Constitución de 1917; están sustentados en el Enfoque Basado en Derechos Humanos (EBDH),
divulgados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
(ACNUDH, 2006), el cual establece la obligación del Estado de garantizar el ejercicio efectivo de los
derechos humanos. De acuerdo con Hernández, Aparicio y Ruiz (2018), son inherentes, universales,
interdependientes, inalienables, indivisibles e inviolables y la realización y cumplimiento debe ser el
objetivo de la política pública.
Se reconocen a los DS el carácter de derechos subjetivos siendo prestaciones positivas prácticas del
Estado (Arango, 2015); y han sido reconocidos (en México) por los acuerdos internacionales que ha
suscrito y ratificado. Se fortalecieron con la publicación de la Ley General de Desarrollo Social (LGDS),
divulgada el 20 de enero de 2004 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). En el Artículo 6 de la
LGDS están plasmados los DS que buscan garantizar el bienestar y desarrollo de las personas, los cuales
giran alrededor de: la educación, la vivienda, la salud, un medio ambiente sano, el trabajo, la seguridad
social, la alimentación nutritiva y los relativos a la no discriminación.
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Derecho a la educación
El CONEVAL (2024c), define el derecho a la educación como derecho humano fundamental orientado
hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana, que facilita el ejercicio de los otros derechos y la
participación de las personas en sociedad. El derecho a la educación se ejerce mediante la provisión de
servicios educativos que consisten en una instrucción sistemática, institucional, intencional y planeada
que debe garantizar el Estado a toda persona; la cual debe ser notable, oportuna y equitativa; para
desarrollar las competencias y los aprendizajes, con la finalidad de participar en comunidad,
respondiendo a la diversidad de necesidades de la población y contextos, y contribuir a la igualdad de
oportunidades.
Guerrero, en el ciclo escolar 2021-2022, tenía una matrícula total de 1 008 226 estudiantes, de los cuales
el 50.4% son mujeres y 49.6% son personas del sexo masculino. La educación básica, que es obligatoria,
implica los niveles de Preescolar, Primaria y Secundaria (Secretaría de Educación Pública [SEP], 2024).
La composición por tipo educativo de la matrícula escolarizada fue de: 1) educación básica 78.7%
(inicial 0.3%, preescolar 16.5%, primaria 43.3% y secundaria 18.6%), educación media superior 13.8%
y educación superior 7.5%.
Los años promedio de escolaridad es de 8.4, equivalente a un poco más del segundo año de secundaria;
310 327 personas de 15 años y más son analfabetas (no saben leer, ni escribir un recado), equivale al
12.5% de la población en el mismo rango de edad, el 71.2% de la población no presenta rezago
educativo (INEGI, 2024a). La Normatividad de Escolarización Obligatoria del Estado Mexicano
(NEOEM) establece que la población con rezago educativo es aquella que cumple con los siguientes
criterios: 1) tener entre tres y quince años, 2) no contar con la educación básica obligatoria y 3) no asistir
a un centro de educación formal (CONEVAL, 2024b).
La eficiencia terminal en educación media superior durante el periodo 2021-2022 fue del 69.7%. Las
variaciones en la tasa de eficiencia terminal se alteran por la presencia de fenómenos como: 1) la
deserción escolar, 2) el rezago educativo, 3) el acceso limitado (disponibilidad de espacios) y 4) la
reprobación por la baja calidad del servicio educativo recibido durante el periodo lectivo (CONEVAL,
2024a).
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El sistema de becas implementado por el gobierno mexicano, en Guerrero durante el periodo de 2020 a
2022 presenta una variación porcentual positiva de 3.7; pasando del 43.4 al 47.1%. Es decir, el 47.1 es
el porcentaje de la población de 3 a 29 años cuyo ingreso es inferior a la línea de pobreza y asiste a una
escuela pública en sus diversos niveles (excluyendo los posgrados pertenecientes al sistema nacional
de posgrados del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías [CONAHCYT]) reciben
beca (CONEVAL, 2024a).
Derecho a la salud
De acuerdo con el CONEVAL (2022), se considera que una persona se encuentra en situación de
carencia por acceso a los servicios de salud cuando no cuenta con afiliación a las instituciones públicas
de seguridad social (Instituto Mexicano del Seguro Social [IMSS], Instituto de Seguridad y Servicios
Social de los Trabajadores del Estado [ISSSTE] federal o estatal, Petróleos Mexicanos [PEMEX],
Secretaría de Marina [MARINA] y en la Secretaría de la Defensa [DEFENSA]), a servicios médicos
privados, o no reportó tener derecho a recibir los servicios que presta el IMSS-BIENESTAR.
En Guerrero del total de la población el 25.2% no están afiliados a servicios de salud; el 14.3% de la
población reciben atención médica en el IMSS; alrededor de 9 de cada 100 (8.7%) reciben atención
médica en el ISSSTE federal y/o estatal; el 1.1% están afiliados al sistema de salud de PEMEX,
MARINA o DEFENSA. El 50.3% se encuentran inscritos en los sistemas de salud del IMSS-
BIENESTAR y el 0.40% de la población reciben atención médica en una institución privada.
Durante el año 2021, 3.9 fue el número de consultorios de medicina general en unidades médicas
públicas por cada 10 000 habitantes que había en Guerrero. Este indicador visualiza los avances o
retrocesos en la disponibilidad de consultorios de medicina general. En México hay un promedio de 2.5
consultorios de medicina general en unidades públicas por cada 10 mil habitantes (Ruiz, 2024). Además,
en 2022 el 80.7% de las personas que recibieron atención médica en los servicios públicos de salud no
pagó por conceptos de: consulta, medicamentos, estudios de laboratorio, hospitalización, instrumental
médico y otros (incluyendo los afiliados a los servicios prestados por el Instituto del Bienestar,
renombrado como IMSS-BIENESTAR). Otro indicador relevante es la medicina preventiva y control
de enfermedades no transmisibles (presión arterial, pruebas para la detección de diabetes y obesidad),
de acuerdo con la información del CONEVAL (2024a), el 46.7% de la población derechohabiente a las
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instituciones de seguridad social (IMSS, ISSSTE federal y estatal, PEMEX, MARINA, DEFENSA e
Instituto del Bienestar) han recibido servicios de prevención para la salud.
En 2022, la tasa de mortalidad infantil en Guerrero fue de 12.1, es decir, es el número de defunciones
de niños menores de un año por cada mil nacidos vivos y el 86.9 es el porcentaje de la población de un
año que recibió el esquema básico de vacunación, con relación al total de niños de la misma edad
(Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica [SNIEG], 2024).
Otro asunto relevante de salud fue la pandemia por covid-19, la cual México enfrentó con déficit en el
número de médicos y enfermeras, pasó de tener, en 2014, 2.23 médicos por cada mil habitantes a 1.95
médicos en 2019, la OCDE recomienda una tasa de 3.2 doctores por cada mil habitantes; la tasa de
enfermera se incrementó, paso de 2.69 a 2.85 por cada mil habitantes, sin embargo, está por debajo de
lo que señala la OCDE, que es de nueve enfermeras por cada mil habitantes (Torres, 2024).
Derecho a la alimentación nutritiva y de calidad
El derecho a la alimentación es un derecho de toda persona a estar protegida contra el hambre. De
acuerdo con el CONEVAL (2024d), el derecho a la alimentación comprende la disponibilidad de
alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias de los
individuos, sin sustancias nocivas y aceptables; así como la accesibilidad de esos alimentos en formas
que sean sostenibles y que no dificulten el goce de otros derechos humanos.
El derecho a la alimentación es ejercido cuando mujeres, hombres, niñas o niños tienen acceso físico y
económico en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla. Estas
características están incluidas en el Artículo 4 de la Constitucn Política de los Estados Unidos
Mexicanos (CPEUM), el Artículo 6 de la LGDS y a partir de 2024 en la Ley General de la Alimentación
Adecuada y Sostenible (LGAAS) (CONEVAL, 2024d). La LGAAS es respuesta a los problemas de
seguridad alimentaria y nutricional que prevalecía en México.
En la LGAAS (2024), se define la alimentación adecuada como el consumo de alimentos nutritivos,
suficientes y de calidad, que satisface las necesidades de una persona en cada etapa de su periodo de
vida; apropiado a su contexto cultural y que posibilite su desarrollo integral, con una nutrición adecuada
para una vida digna.
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De acuerdo con el CONEVAL (2024a), en Guerrero 51 de cada 100 (51.4%) de las viviendas
particulares habitadas disponen de estufa eléctrica o de gas para cocinar; el 83.8% de las viviendas
particulares habitadas cuentan con refrigerado y energía eléctrica; y alrededor de 69 de cada 100
(68.7%) de las viviendas particulares habitadas tienen un cuarto para cocinar que no es usado como
dormitorio; el 23.5% de la población vive en hogares con ingreso laboral mayor o igual a la línea de
pobreza por ingresos; además, alrededor de 41 de cada 100 (40.8%) de la población vive en hogares
con seguridad alimentaria y dieta diversa. La población sin carencia por acceso a la alimentación
durante 2023 fue de 31.5% (Secretaría de Bienestar, 2024).
Derecho a una vivienda digna y decorosa
El CONEVAL (2024e), define el derecho a la vivienda de la manera siguiente: toda persona debe contar
con una vivienda que sea asequible sin poner en riesgo el disfrute de otros derechos humanos, y que
tenga seguridad jurídica sobre su tenencia. La vivienda debe estar prevista de condiciones que
garanticen seguridad a sus habitantes, le ofrezca un espacio habitable y amplio, con accesibilidad física,
con disponibilidad de servicios básicos, instalaciones e infraestructura adecuada, respetando la
identidad cultural de sus habitantes. Además, debe estar ubicada en zonas que garanticen el acceso a
empleo, educación, salud, abasto y otros servicios (áreas recreativas e interacción social) y fuera de
zonas de riesgo.
En Guerrero existen 942 043 viviendas particulares habitadas, el promedio de ocupantes por vivienda
es de alrededor de cuatro (3.7) personas, el promedio de ocupantes por cuarto es de 1.3 habitantes
(INEGI, 2020). De acuerdo con la Secretaría de Bienestar (2024), 641 300 personas viven en
hacinamiento. De acuerdo con el INEGI (2017), concurre el hacinamiento cuando el promedio de
ocupantes por cuarto es mayor a 2.5 personas.
El 85.3% de las viviendas particulares habitadas tienen piso de material diferente a la tierra. Cerca de
98 de cada 100 (97.8%) de las viviendas particulares habitadas disponen de energía eléctrica; 88.3% de
las viviendas particulares habitadas disponen de agua entubada en el ámbito de la vivienda. Para el
almacenamiento y el acopio de agua, el 58.1 y el 30.3% disponen de tinaco y de cisterna o aljibe,
respectivamente; el 85.7% de las viviendas particulares habitadas tienen excusado y alrededor de 80 de
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cada 100 (79.5%) de las viviendas particulares habitadas cuentan con energía eléctrica, agua entubada
de la red pública y drenaje (INEGI, 2024d).
Derecho a un medio ambiente sano
Las actividades del ser humano influyen en el medio ambiente en general, los procesos ambientales
también afectan las actividades humanas en una relación cíclica de causa–efecto (CONEVAL, 2024f);
esto, como resultado de la evolución de las formaciones sociales y la transformación de la naturaleza,
determinados por las relaciones sociales de producción y la subordinación a los modos de producción
dominante (Leff, 2003); generando una serie de problemas sociales y ambientales (Luna-Nemecio,
Tobón y Juárez-Hernández, 2020).
La Organización de los Estados Americanos (OEA, 2015) señala que, el ejercicio del Derecho al Medio
Ambiente (DMA) debería guiarse por los criterios de disponibilidad, accesibilidad y calidad.
Incluyendo, como señala el CENEVAL (2024f), cuatro factores ambientales: 1) suelo y biodiversidad,
2) aire, 3) agua y 4) residuos sólidos. Además, se debe analizar el cambio climático como un factor de
riesgo por la incidencia de fenómenos climáticos extremos.
Guerrero es un estado con una gran biodiversidad, ocupa el cuarto lugar a nivel nacional de las entidades
con mayor diversidad biológica, cuenta con 14 tipos de ecosistemas. La flora está representada por
alrededor de 6 mil 551 especies de plantas y habitan por lo menos 26 especies de fauna terrestre
consideradas como prioritarias para su conservación, entre ellas el venado cola blanca, el conejo de
Omiltemi, la guacamaya verde, el murciélago magueyero y el jaguar; además de cuatro poblaciones de
tortugas marinas que anidan en el litoral estatal (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
del Estado de Guerrero [SEMAREN], 2024).
La conservación y protección de la biodiversidad de Guerrero se encuentra plasmada en la Ley General
de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en el ámbito federal y estatal, a través de las Áreas
Naturales Protegidas (ANP) en sus diferentes categorías; estableciendo los regímenes especiales de
protección, conservación, restauración y desarrollo, y los criterios para incorporar áreas con especial
relevancia.
En el ámbito federal las ANP son: Parque Nacional El Veladero, Parque Nacional Grutas de
Cacahuamilpa, Parque Nacional Gral. Juan Álvarez, Santuario Playa Piedra de Tlacoyunque y Santuario
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Playa Tierra Colorada. Dentro de la esfera estatal se encuentran: Parque Estatal El Limón, Parque Estatal
Bicentenario, Reserva Estatal El Nanchal, Reserva Estatal Los Olivos, Reserva Estatal Palos Grandes
y Reserva Estatal El Pericón.
La conservación de las ANP es importante por los servicios ambientales que proporcionan, entre ellos
el suministro de agua. Los recursos hídricos en Guerrero originados en sus serranías (occidental y
oriental), espacio donde se ubica la depresión del río Balsas, el cual forma parte de las cuencas
hidrológicas que se ubican dentro de la República Mexicana y son, las cuencas hidrológicas o aguas
superficiales, elementos esenciales para la gestión del agua. Algunas cuencas se ubican en su totalidad
dentro de las diferentes entidades federativas y otras de manera parcial (cuencas compartidas), existen
cuencas de manera permanente y algunas son intermitentes (Enciclopedia Guerrerense, 2024). El otro
mecanismo, de gestión, son las aguas subterráneas (acuíferos).
Para la administración de las aguas superficiales nacionales la Comisión Nacional del Agua
(CONAGUA, 2024a), tiene identificadas 757 cuencas hidrológicas. A su vez, las cuencas del país se
encuentran organizadas en 37 Regiones Hidrológicas (RH) correspondiéndole al estado de Guerrero las
denominadas: RH 18 Balsas, RH 19 Costa Grande de Guerrero y RH 20 Costa Chica de Guerrero. La
RH 18 Balsas comprende 15 cuencas hidrológicas, con un total de 422 municipios y una superficie total
de 117 305.9 km2 (DOF, 2011). La RH 19 Costa Grande de Guerrero, está conformada por 28 cuencas
hidrológicas, tiene una extensión de 8 016.9 km2 (DOF, 2017a) y la RH 20 Costa Chica de Guerrero
está conformada por 32 cuencas hidrológicas y una extensión de 35,923.39 km2 (DOF, 2017b).
Además, para efectos de administración se agrupan en 13 Regiones Hidrológico-Administrativas
(RHA), donde el estado de Guerrero forma parte parcialmente de las RHA IV Balsas y V Pacífico Sur.
La RHA IV Balsas se ubica en la zona central del país y tiene una superficie de 116 439 km². La RHA
V Pacífico Sur se localiza al suroeste del país, comprende parte de los estados de Guerrero y Oaxaca,
con una superficie de 82 775 km² (CONAGUA, 2018).
En lo que se refiere a las aguas subterráneas, el país está dividido en 653 acuíferos (CONAGUA, 2024a).
En Guerrero se han identificado y registrado 35 acuíferos, de los cuales solamente el Acuífero La Unión
(1213) se encuentra sobreexplotado, con un déficit de 116 755 m3 anuales (CONAGUA, 2024b), el
resto de los acuíferos presentan una disponibilidad promedio anual de 21 156 m3.
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Sin embargo, y a pesar de los balances positivos en la oferta de recursos hídricos, el 26.8% de las
viviendas no tienen acceso al agua (Secretaría de Bienestar, 2024); y solamente el 7.0% de la población
tiene acceso al agua entubada todos los días dentro de la vivienda (CONEVAL, 2024a); evidenciando
lo que Auty (1993) señaló que, un activo natural puede distorsionar la economía hasta tal punto que el
beneficio se convierte en realidad en una maldición; presentándose la paradoja de la abundancia. Göbel,
Góngora-Mera y Ulloa (2014) la identifican como la hipótesis de la maldición de los recursos, la cual
sugiere (en términos hídricos) que: los estados con alta disponibilidad de recursos hídricos no presentan
los mejores niveles de cobertura en el suministro de agua en las viviendas que se abastecen del servicio
público (Cruz, Ortega y Niño, 2022).
Otro aspecto importante es el monitoreo de la calidad del aire. La contaminación del aire es uno de los
principales problemas ambientales y de salud pública en México y el mundo. La medición de los
contaminantes del aire es una herramienta indispensable en el desarrollo de estrategias para el control
de las emisiones dirigidas a reducir las concentraciones de los contaminantes en el aire. En importante
resaltar que el monitoreo atmosférico y los inventarios de emisiones son herramientas de gestión
ambiental. El monitoreo atmosférico proporciona información para el análisis de los impactos de la
mala calidad del aire en la salud de las personas (SEMAREN, 2017).
La medición de la calidad del aire en el estado de Guerrero se ha realizado en los municipios de
Acapulco, Chilpancingo y Zihuatanejo, donde las Normas Oficiales Mexicana (NOM) sobre la calidad
del aire no han sido rebasadas (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
[COFEPRIS], 2024).
Las emisiones de contaminantes pueden provenir de diversas fuentes, entre las cuales se encuentran:
las fuentes fijas (instalaciones industriales establecidas en un solo lugar), fuentes de área (comercios y
servicios), fuentes móviles (emiten contaminantes mientras se desplazan o se encuentran en
funcionamiento) y las fuentes naturales (son aquellas que generan contaminantes sin intervención
humana).
Los contaminantes atmosféricos que se emiten por diversas actividades humanas e industriales son: 1)
las partículas en suspensión con un diámetro aerodinámico de 10 micrómetros (PM10), 2) las partículas
en suspensión con un diámetro aerodinámico de 2.5 micrómetros (PM2.5), 3) el dióxido de azufre
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(SO2), 4) el monóxido de carbono (CO), 5) los óxidos de nitrógeno (NOX), 6) los compuestos orgánicos
volátiles (COV) y 7) el amoniaco (NH3). Cada uno de estos contaminantes juega un papel significativo
en la calidad del aire y tienen efectos negativos en la salud de las personas y el medio ambiente,
especialmente cuando están presentes en concentraciones altas.
Tabla 1. Inventario de emisiones del estado de Guerrero, 2018
Nota: los espacios vacíos representan valores no reportados o nulos. Datos definitivos Inventario Nacional de Emisiones de
México de Contaminantes Criterio año base 2018.
Otro tema de interés que afecta el medio ambiente es el manejo de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU).
El Artículo 5, Numeral XXXIII de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
(LGPGIR), señala que los RSU son los generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación
de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus
envases, embalajes o empaques; los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de
establecimientos o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarias, y los
resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados como
residuos de otra índole. Candia (2022, como se citó en la OCDE, 2012), señala que, los RSU son
aquellas materias generadas en las actividades de producción y consumo, que no han alcanzado un valor
económico en el contexto en el que son producidos.
En mayo de 2008 se publicó en el periódico oficial del gobierno de Guerrero la Ley de Aprovechamiento
y Gestión Integral de los Residuos, con la finalidad de propiciar el desarrollo sustentable mediante la
prevención de la generación, el aprovechamiento y la gestión integral de los residuos sólidos urbanos y
Fuente de contaminación
Fuente de emisión PM10 PM2.5 SO2 CO NOX COV NH3
Fuentes de Área 25,706.12 21,338.30 784.08 158,311.69 5,639.39 73,487.00 22,328.64
Fuentes Fijas 1,986.01 1,273.98 78,793.10 1,859.04 12,486.88 874.35 3.07
Fuentes Móviles 3,114.02 2,424.51 270.21 248,551.56 46,673.27 29,410.79 231.09
Fuentes Naturales 65,734.38 570,964.11
Total 30,806.15 25,036.79 79,847.38 408,722.29 130,533.92 674,736.25 22,562.79
Fuente de contaminación
Fuente de emisión PM10 PM2.5 SO2 CO NOX COV NH3
Fuentes de Área 83.44 85.23 0.98 38.73 4.32 10.89 98.96
Fuentes Fijas 6.45 5.09 98.68 0.45 9.57 0.13 0.01
Fuentes Móviles 10.11 9.68 0.34 60.81 35.76 4.36 1.02
Fuentes Naturales 50.36 84.62
Total 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00
Porcentaje
Contaminantes (Mg/o)
pág. 6926
de manejo especial que no sean considerados como peligrosos; y en enero de 2009 se aprueba el
Programa Estatal para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Guerrero.
De acuerdo con Romero (2024), de 75 rellenos sanitarios que han sido inspeccionados en el estado, sólo
dos cumplen con la normativa (NOM-083-SEMARNAT-2003). En la entidad se producen 3 mil 500
toneladas de basura diario, y se complica su tratamiento porque es muy reducida la cultura de separar
los residuos orgánicos del resto de la basura, el cual no solo es una problemática estatal, también en el
resto del país hay un severo problema para el manejo adecuado de residuos sólidos. Por ejemplo; en
Acapulco han sido georreferenciados 415 tiraderos a cielo abierto de residuos sólidos urbanos, 115
tiraderos de residuos de manejo especial (Sampedro-Rosas, Juárez-López y Rosas-Acevedo, 2014).
La quema y el mal manejo de los RSU (tiraderos a cielo abierto) derivado de actividades humanas
(antropogénicas) provocan gases de efecto invernadero, que combinados con otros factores provocan el
cambio climático. De acuerdo con la ONU (1992), por cambio climático se entiende el cambio de clima
atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera y
que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables.
De acuerdo con la NASA (por sus siglas en inglés de National Aeronautics and Space Administration
[Administración Nacional de Aeronáutica y Espacio], 2024), la evidencia del cambio climático es a
partir del: 1) incremento de la temperatura global, 2) el calentamiento de los océanos, 3) reducción de
los casquetes polares, 4) la desaparición de los glaciares, 5) aumento en el nivel del mar, 6) disminución
de la capa de nieve (en altas montañas), 7) disminución del grosor del hielo marino del Ártico, 8) los
eventos hidrometereológicos extremos están aumentando en frecuencia, y 9) la acidificación de los
océanos se está incrementando.
A nivel nacional el 6 de junio de 2012 se publicó en el DOF por vez primera la Ley General de Cambio
Climático (LGCC), la cual sufrió su primera reforma en 2016 por la inclusión de instrumentos
económicos y fiscales para incentivar la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero; en
2018 se actualizó para incluir el cumplimiento de los Acuerdos de París y en la modificación de 2024
se incluyó la creación del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático (ANVCC), que
permite identificar las áreas y poblaciones más vulnerables.
pág. 6927
En Guerrero vio luz por vez primera, el 21 de agosto de 2015, la Ley Número 845 de Cambio Climático.
Sin embargo y de acuerdo con la información del Sistema Nacional de Cambio Climático (SINACC)
elaborado por el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC, 2024), la entidad sureña
carece de diversos instrumentos de política climática segmentada en cuatro ejes: 1) cambio climático
(de siete solamente cuenta con cuatro), 2) emisiones y calidad del aire (de dos solamente tiene uno), 3)
manejo de residuos sólidos (tiene tres de tres) y 4) gestión territorial (de cinco solamente tiene dos).
De acuerdo con el INECC (2021), en el ANVCC se analizan vulnerabilidades relacionadas con el clima
en un contexto nacional, en una primera fase, el ANVCC tiene información de seis vulnerabilidades
específicas. En este contexto, se realizaron tres ejercicios de priorización para los municipios más
vulnerables al cambio climático: a) primer nivel: 1 448 municipios (presentan muy alta y alta
vulnerabilidad para una de las seis vulnerabilidades); 2) segundo nivel: 273 municipios (con tres
vulnerabilidades en un grado muy alto y alto de vulnerabilidad, y dos o más de estás presentan un
aumento en el futuro) y 3) tercer nivel: 83 municipios (municipios con cuatro o más vulnerabilidades
en la categoría de muy alta o alta vulnerabilidad, y dos o más tuvieran aumento en el futuro) (INECC,
2021). Conforme a la priorización de las vulnerabilidades, en el estado de Guerrero, 40 municipios están
en el primer nivel, 19 se ubican en el segundo nivel y cinco municipios se ubican en el tercer nivel.
Derecho al trabajo
El CONEVAL (2024g), construyó la definición del derecho al trabajo a partir del Segundo y Tercer
Artículo de la Ley Federal del Trabajo (LFT, 2024), considerando que el trabajo es un derecho y un
deber social; debe ser digno o decente que respete la dignidad humana, sin discriminación por origen
étnico o nacionalidad, por género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión,
condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; con acceso a la seguridad social,
recibiendo un salario remunerador y capacitación continua para el incremento de la productividad con
beneficios compartidos, y se ofrezcan las condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir
riesgos de trabajo. Además, deben respetarse los derechos colectivos de los trabajadores (libertad de
asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva).
La principal fuente de información en México sobre el mercado laboral es la Encuesta Nacional de
Ocupación y Empleo (ENOE) elaborada por el INEGI (2024e), aplicada a personas mayores de 15 años
pág. 6928
y más, para conocer su situación laboral (ocupada o desocupada), con una periodicidad trimestral, de
cobertura nacional, estatal y para 39 ciudades urbanas de 100 mil habitantes o más. El diseño y marco
conceptual se sustenta en las recomendaciones emitidas por la OIT a través de las Conferencias
Internacionales de Estadísticos del Trabajo (CIET) y los lineamientos de la OCDE.
De acuerdo con el INEGI (2023), la población ocupada durante el tercer trimestre en Guerrero ascendió
a 1 647 106 personas, de los cuales 495 809 trabajadores (30.1%) se ubican en el sector primario
(agropecuario), 289 096 individuos (17.6%) se ocupan en el sector secundario (extracción y
transformación) y 860 954 (52.3%) laboran en el sector terciario (servicios). Dentro del sector terciario
predomina el personal ocupado en el comercio con 267 083 personas.
De acuerdo con la información del segundo trimestre de 2024 la tasa de participación laboral (Población
Económicamente Activa [PEA]) en Guerrero fue 60.8%, equivalente a 1 592 772 personas (Secretaría
de Economía [SE], 2024). De los cuales el 47.5% son personas del sexo femenino y 76.5% son hombres.
La fuerza laboral ocupada alcanzó 1 576 165 personas (42.3% son mujeres y 57.7% son personas del
sexo masculino), es decir, la tasa de desocupación fue de 1.04% (a nivel nacional ascendió a 2.67%);
con una tasa de informalidad laboral de 77.3%. El salario promedio mensual (se incluye el salario de
los hombres y de las mujeres) ascendió a 4 735 pesos; por sexo se tiene un diferencial de 890 pesos
entre el salario de las personas del sexo masculino contra las féminas, es decir, 5 180 para hombre y 4
290 para mujeres; evidenciando una desigualdad salarial.
Derecho a la seguridad social
La seguridad social es un derecho consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos
(Artículo 22), así como en los PIDESC (Uthoff, 2012); es un término que se refiere al bienestar de los
ciudadanos integrantes de una comunidad (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo
[PROFEDET], 2024). Para la OIT (2003), la seguridad social es la protección que una sociedad
proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la
seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del
trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia, es decir, la seguridad social se plantea como medio
de subsistencia ante accidentes o circunstancias sociales (vejez, embarazo) de los individuos y su
exclusión vulnera su nivel de vida (CEPAL, 2006).
pág. 6929
En este contexto, y con información de CONEVAL (2024a), el 28.4% de la población, en Guerrero, no
se considera en situación de carencia por acceso a la seguridad social (tienen garantizado el derecho a
la salud, la asistencia dica, la protección de los medios de subsistencia, los servicios sociales
necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su
caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado).
Durante 2017 solamente el 9.7% de la población de 15 años o más cotizó en alguna institución de
seguridad (los descuentos son realizados por su empleador o ella misma realiza contribuciones). En
2022 alrededor de 47 de cada 100 (46.8 %) de la población subordinada (que depende de un patrón)
con acceso a servicios médicos como prestación laboral, tiene más de cuatro prestaciones sociales
(licencia o incapacidad, guardería o estancia infantil, ahorro para el retiro o pensión, seguro de vida,
pensión por invalidez y pensión para sus familiares en caso de fallecimiento).
El 15.6% de la población de 65 años o más percibe ingresos por jubilación o pensión contributiva
(pensiones, atención de la salud y servicios sociales). Durante 2022, 88 de cada 100 (88.2%) de la
población no económicamente activa de 65 años o más percibe ingresos por jubilación o pensión, ya
sea contributiva o no contributiva (programas de transferencias de recursos monetarios); y solamente el
17.4% de la población de 65 años o más que recibe jubilación o pensión (contributiva o no contributiva)
por un monto igual o mayor al valor promedio de la nea de pobreza por ingresos (CONEVAL, 2024a).
Durante agosto de 2024, la línea de pobreza por ingresos (alimentaria más no alimentaria), en el ámbito
rural fue de 3 296.89 y para el urbano ascendió a 4 564.96 (CONEVAL, 2024h).
Derecho a la no discriminación
En el quinto párrafo del primer Artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
indica la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad,
las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las
preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por
objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Esta prohibición a la discriminación esta fortalecida por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la
Discriminación (LFPED), promulgada el 11 de junio de 2003 y reformada el primero de abril de 2024.
pág. 6930
En la Fracción III del primer Artículo de la LFPED se define lo que es discriminación y en la Fracción
III Bis se presentan las diferentes clasificaciones de la discriminación.
El 19 de julio de 2016 se promulgó la Ley Número 214 para prevenir, combatir y eliminar la
discriminación en el estado de Guerrero. La última modificación se realizó el 12 de marzo de 2024.
CONCLUSIONES
Las conclusiones apuntan a la necesidad de fortalecer las políticas públicas en Guerrero para mejorar el
acceso a los derechos sociales, con especial atención a los sectores más vulnerables. Existe desafíos en
varios derechos, como la desigualdad en el acceso a la educación, los problemas de salud pública y las
carencias en servicios de agua y vivienda, señalando posibles áreas de intervención en políticas para
abordar estos retos. Estas conclusiones enfatizan el rol del Estado en garantizar un desarrollo inclusivo
que mejore la calidad de vida y el acceso a derechos básicos en Guerrero.
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