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Por otra parte, Amnistía Internacional también registra 2.428 condenas a muerte existente en 52 países
al finalizar el año 2023, con una significativa reducción respecto a las del año 2016.
Derecho a la vida
Es un derecho universal, es decir, que le corresponde a todo ser humano. Es un derecho necesario para
poder concretizar todos los demás derechos universales. El derecho a la vida significa tener la
oportunidad de vivir nuestra propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que existan los demás derechos
fundamentales. (Humanium, 2019)
La vida es el primero de todos los derechos, por ende, todo ciudadano como titular de este, es el
generador de cualquier otro derecho. Nuestra vida como todo lo que nos ocurre y hacemos está
conformada por una serie de sucesos, pero existe una particularidad que la caracteriza, que nos permite
darnos cuenta de lo que hacemos y decidimos que hacer, es en ese preciso instante, que la decisión que
tomamos, la podemos rectificar, pero en el caso de no realizarlo, se la está ratificando. Todo depende de
las situaciones que se le presentan a lo largo del camino al ser humano, lo que permite desarrollar su
formación, así como la toma decisiones, lo que implica cuando discriminar en hacer y dejar de hacer.
En un escenario que invoca a cometer un acto que no está correcto, como ser consiente podemos
discernir cuáles podrían ser las consecuencias. En la toma de decisiones sabemos que podemos afectar
la dignidad humana, al ser social, la vida del ser humano, independientemente bajo qué circunstancias
en que se dé una determinada situación que afecte su vida o la de otras persona; pero el ser humano esta
consiente que al ejecutar una acción decide sobre su vida y sobre su libertad y, al mismo tiempo su
decisión de obrar mira que en la libertad radica la facultad de obrar según su voluntad, que hace que
pueda pensar y tener conciencia de lo que le rodea independientemente de la influencia natural,
económica, social o política que lo encamina a tomar una determinada decisión para lograr su cometido,
por ende afectar su vida y la de cualquier otra persona.
Integridad Personal
“Conjunto de condiciones dentro de las cuales la persona puede gozar de la vida en plenitud de funciones
biológicas, orgánicas y síquicas” (Duque Ruiz, 2013, pág. 28).
Al mencionar en forma conjunta a la integridad psíquica y moral se puntualiza que debe existir en cada
ser humano en plenitud con respecto a sus facultades emocionales, morales e intelectuales. La integridad