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IMPUESTOS AMBIENTALES EN TABASCO

ENVIRONMENTAL TAXES IN TABASCO

Juan Francisco Vivas Lizama

Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

Dra. Sofía Ruiz Liévano

Universidad Juárez Autónoma de Tabasco
pág. 5694
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i1.16267
Impuestos ambientales en tabasco

Juan Francisco Vivas Lizama
1
vivaslizamajuanfrancisco@gmail.com

Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

Dra. Sofía Ruiz Liévano

sofiaruiztabasco@hotmail.com

Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

RESUMEN

La presente investigación aborda el análisis jurídico del sistema tributario en materia ambiental reconocido
desde las esferas internacionales a las nacionales con el objetivo de inducir el comportamiento humano a
respetar, cuidar y preservar las áreas naturales y los ecosistemas que nos rodean, analizando la viabilidad
para la creación de impuestos ambientales y su implementación en el estado de Tabasco. El tema hace
énfasis al derecho que tienen los seres humanos a gozar de un medio ambiente sano. La presente propuesta
es un tema original y poco explorado, que permitirá aportes al Derecho Tributario en material ambiental,
ya que el marco jurídico ha sido insuficiente para impulsar la preservación y el cuidado del medio ambiente.
La investigación es de tipo documental y aborda una investigación sobre los tratados internacionales
relativa a los impuestos ambientales, señalando cómo surge la legislación nacional sobre los impuestos
ambientales en México y posteriormente en Tabasco. Se da especial énfasis al análisis de los principios
tributarios ambientales con respecto a los derechos humanos y al cuidado de los ecosistemas. Finalmente
se aborda la problemática ocasionada por la insuficiente regulación jurídica en materia tributaria, para
argumentar la creación de nuevos impuestos relativos al medio ambiente.

Palabras clave: agenda 2030, derechos humanos, leyes ambientales

1
Autor principal
Correspondencia:
vivaslizamajuanfrancisco@gmail.com
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Environmental taxes in Tabasco

ABSTRACT

The present research addresses the legal analysis of the tax system in environmental matters recognized

from international to national spheres with the objective of inducing human behavior to respect, care for

and preserve the natural areas and ecosystems
that surround us, analyzing the viability for the creation of
environmental taxes and their implementation in the state of Tabasco. The theme emphasizes the right that

human beings have to enjoy a healthy environment. This proposal is an original and littl
e explored topic,
which will allow contributions to Tax Law in environmental matters, since the legal framework has been

insufficient to promote the preservation and care of the environment.
The research is documentary type and
addresses an
investigation into international treaties related to environmental taxes, pointing out how
national legislation on environmental taxes arises in Mexico and later in Tabasco. Special emphasis is given

to the analysis of environmental tax principles with res
pect to human rights and the care of ecosystems.
Finally, the problem caused by insufficient legal regulation in tax matters is addressed, to argue for the

creation of new taxes related to the environment.

Key words:
agenda 2030, human rights, environmental laws
Artículo recibido 11 enero 2025

Aceptado para publicación:15 febrero 2025
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INTRODUCCIÓN

En el contexto global actual, la sostenibilidad y la preservación de la biodiversidad han emergido como
desafíos apremiantes para la humanidad. La biodiversidad, componente esencial para la supervivencia y el
equilibrio de los ecosistemas, se ve amenazada por la pérdida de hábitats, la contaminación y el cambio
climático. El estado de Tabasco cuenta con 12 áreas naturales protegidas de competencia estatal; tres ANP
de competencia federal y cuatro Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación. Lo anterior
representa 16% de la superficie total del territorio estatal con esquemas de protección ambiental. A pesar
de estos esfuerzos, hay evidencia científica que demuestra que los procesos de deforestación y pérdida de
biodiversidad continúan avanzando, por lo que se requieren nuevas investigaciones sobre los marcos
jurídicos que regulan la conservación de los ecosistemas tabasqueños en áreas geográficas de enorme
riqueza no solo natural sino también cultural, que hasta ahora han sido impactadas por los macroprocesos
globalizadores de desarrollo impulsados en forma vertical por distintos programas y políticas públicas.

En el presente trabajo se aborda la importancia de la investigación jurídica que protege el derecho para
disfrutar de un ambiente sano, que incida en beneficios sociales, económicos y culturales. Por tanto, se
propone la modificación a la Ley de Hacienda del estado de Tabasco que permita adicionar disposiciones
legales para la creación de nuevos impuestos en materia ambiental. Así como la creación de un observatorio
jurídico ambiental para realizar un análisis periódico sobre el impacto de la aplicación de los impuestos
ambientales. Contribuyendo con estas medidas al cuidado y conservación de los recursos naturales y reducir
la brecha que existe entre los ingresos obtenidos de los impuestos relacionados con el medio ambiente y
los costos totales por agotamiento y degradación ambiental. El objetivo del trabajo es propiciar la mejora
de un marco jurídico sobre la aplicación de impuestos ambientales en el estado de Tabasco, para garantizar
un medio ambiente sano, reconocido constitucionalmente en México.

En definitiva, esta investigación, será una iniciativa emblemática que se inscriba en el marco de la acción
colectiva necesaria para enfrentar los desafíos globales y locales en materia de biodiversidad y
sostenibilidad, y no sólo contribuirá al logro de múltiples ODS, sino que también servirá como modelo
replicable para otros estados de México, interesados en impulsar leyes para la protección del medio
ambiente con la colaboración de la iniciativa privada, el gobierno, la sociedad, la academia y las
comunidades rurales para fomentar un cambio positivo hacia un futuro más sostenible.
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DESARROLLO

En México como en diferentes países del mundo una forma de sostenimiento de su economía es por medio
de las cargas fiscales, el marco legal de las cargas tributarias se encuentra en el artículo 31 fracción IV de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dicho artículo dice que es obligación de todo
mexicano contribuir al gasto público; marca el parte aguas de las finanzas públicas; la obtención de
utilidades y el pago de sus contribuciones; en ocasiones tienen un efecto colateral en su entorno ambiental.
Priego Álvarez (2004) expone de manera detallada y sistemática el conjunto de conceptos propios del
Derecho Presupuestario. Hace un análisis de la naturaleza y efectos jurídicos del presupuesto público. Su
obra aporta un criterio moderno sobre el valor de la ley que debe acompañar a todo presupuesto, como parte
del andamiaje jurídico al que se somete la actividad financiera del Estado. “Las finanzas constituyen entre
otros fenómenos el económico y que desde un marco especifico se extiende a toda actividad financiera
del Estado, que implica la obtención, administración y empleo de los recursos monetarios” (Rodríguez-
Lobato, 2013).

Vega y Ricárdez (2012) realizaron un estudio para analizar si la aplicación de una fiscalidad verde es un
elemento innovador para el fortalecimiento del sistema ambiental y tributario mexicano, considerando las
experiencias de otros países como lo son España, Dinamarca y Holanda que han incursionado en el tema,
en donde la fiscalidad ambiental o verde ha pasado de ser un ejemplo de manual académico a jugar un papel
relevante en las políticas ambientales y energética. En el mundo los impuestos ambientales son la parte
fundamental en la recaudación de la hacienda pública, sin embargo, en México existe poca legislación sobre
los impuestos verdes, y la mayoría de los impuestos son dirigidos a la energía.

Como consecuencia del deterioro ambiental se creó la LGCC, que en la fracción XX del artículo 7 (Cámara
de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2018b) se fundamenta el diseño y aplicación de instrumentos
fiscales, para este caso, la creación de impuestos de carácter ambiental. Con ello y debido al alto índice de
desechos sólidos que se producen en el Estado de Tabasco y con acciones desiertas para generar una cultura
ambiental positiva en los estratos de la sociedad, se considera necesario crear políticas públicas enfocadas
a la aplicación estricta de las sanciones contenidas en la Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco
y una clara metodología en la generación de instrumentos fiscales, como los impuestos ambientales, que
permitan mayor recaudación para llevar a cabo las acciones en materia ecológica y medio ambiental de las
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autoridades competentes. Se requiere realizar una mayor difusión y promoción de la cultura verde, y de
esta manera concientizar del daño al medio ambiente generado por la producción de basura en el estado de
Tabasco (Prats, Mauricio, & Vidal, 2019).

En América Latina la incorporación de dimensiones ambientales en las políticas fiscales de los países de la
región supone tanto el uso de herramientas fiscales específicas como de la aprobación de reformas que
pongan la utilización sustentable de los recursos naturales en el centro del debate sobre política fiscal. Esta
aproximación al problema requiere de una delicada coordinación, en la medida que la economía política
asociada a ambas formas de intervención resulta diferente, imponiendo distintos condicionamientos a los
gobiernos (Fanelli, Jiménez, & López, 2015). El objetivo de la reforma no fue recaudar más recursos para
la caja fiscal sino más bien modificar los patrones de consumo y producción de la sociedad. Es más, como
lo señala su nombre, el impuesto a las botellas contempla un reembolso total del valor para quienes
devuelvan las botellas a sus productores o las lleven a los centros de acopio autorizados, de tal forma que
se asegure que éstas serán recicladas. Si la reforma fiscal verde cumple su objetivo, en el largo plazo debería
esperarse una disminución de la recaudación. Complementariamente se tomaron las siguientes medidas de
política pública en pro del medio ambiente, las mismas que serían financiadas con los recursos obtenidos
de la aplicación de los impuestos antes mencionados, como son el mejoramiento de la calidad del
combustible y el Fortalecimiento del Plan de Renovación de Vehículos (Almeida Sánchez, 2016).

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) prevé en su artículo 203
vigente, la responsabilidad por daños y deterioros causados al ambiente. Han existido dos iniciativas
importantes de reforma en materia de responsabilidad civil y responsabilidad ambiental en el Congreso de
la Unión, ambas presentadas por el Partido Verde Ecologista de México. La segunda de éstas elaborada por
la Secretaría de Medio Ambiente y quedan muchos retos que asumir en el derecho ambiental mexicano con
respecto a la responsabilidad civil (Piñar-Álvarez, Lizama-Pérez, Camacho-Ballesta, & Porcel-Rodríguez,
2017). El cambio ambiental global que se presenta en la actualidad como un fenómeno derivado de la
actividad humana, involucra una sucesión de transformaciones biofísicas del planeta tierra, mismas que se
desarrollan de forma concurrente y simultánea. Comprende la erosión del suelo, la pérdida de biodiversidad,
el agotamiento del ozono estratosférico, la salinización del agua dulce, la variabilidad climática y las
mutaciones de los sistemas hidrológicos (Sánchez, 2018).
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Los derechos humanos son derechos inherentes a todo ser humano, sin distinción alguna, cada individuo
goza de iguales derechos humanos mismos que se encuentran establecidos en las leyes de cada país y
protegidos por éstas, por los principios generales de derecho y por los tratados internacionales a los que se
sujetan los Estados parte. En el ámbito internacional, se encuentran reconocidos desde 1948 la Declaración
Universal de Derechos Humanos, en la que se pactó que todos los Estados parte, instituciones y autoridades
de éstas velaran por el cumplimiento y protección de los derechos humanos implementando todas las
medidas necesarias para garantizar su protección (Luisa & Castro, 2019).

El medio ambiente actualmente, es uno de los campos de estudio interdisciplinarios que ha venido
recibiendo una atención priorizada por parte de la comunidad científica mundial. La antropología ambiental
constituye una de las disciplinas que se interesa por el medio ambiente, tanto por la dinámica de la
interacción individuo medio, como por la educación ambiental, siendo necesario entonces brindar la
información para hacer consciencia sobre nuestros comportamientos y su decisiva influencia en el contexto
sico y social (Lizama-Pérez, 2023).

El ambiente definido por ejemplo, en la I Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medioambiente
Humano, realizada en Estocolmo, en 1972, como "el conjunto de elementos físicos, químicos, biológicos y
de factores sociales, capaces de causar efectos directos o indirectos, a corto o largo plazo, sobre los seres
vivos y las actividades humanas" es objeto de estudio, de manera más o menos directa, en algún o algunos
aspectos, de muchas de las disciplinas del conocimiento, entre las cuales deben citarse: la biología, la
ecología, la química, la geología, la antropología, la medicina, la geografía, la meteorología, la sociología,
la psicología, la economía, el urbanismo, la filosofía, el derecho, la ingeniería, la política (Jacobi, Risso
Günter, & Giatti, 2012).

MÉTODOLOGÍA

El marco metodológico del presente estudio fue abordado con un enfoque cualitativo, que implicó un
proceso de recolección y análisis de información pertinente y oportuna sobre la legislación relativa a los
impuestos ambientales. El estudio es de tipo exploratorio descriptivo, y la técnica fue la entrevista, con una
guía de preguntas estructuradas. La investigación se centró en el esquema de las leyes que han favorecido
e impulsado la conservación de la biodiversidad en México y que tienen relevancia para el estado de
Tabasco. El estudio fue abordado desde la perspectiva de la investigación evaluativa de políticas públicas
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y los sistemas de evaluación del desempeño. El abordaje metodológico de la investigación tuvo como
objetivo principal evaluar la idoneidad de la legislación ambiental actual relativa a los impuestos
ambientales para favorecer la conservación de la biodiversidad y los ecosistemas del estado de Tabasco. Se
evaluó la validez e impacto de los impuestos ambientales como una ruta para fortalecer las capacidades
institucionales que propicia el desarrollo armónico y sustentable de los municipios. Por lo tanto, la pregunta
general que constituye la columna vertebral del trabajo es: ¿De qué forma los impuestos ambientales han
contribuido para impulsar el desarrollo sostenible y la conservación del medio ambiente? Reconociendo
que existen leyes ambientales a nivel federal, estatal y municipal, decidimos examinar estudios valiosos
desde distintos enfoques, los cuales fueron la fuente de información más accesible y completa a escala
nacional y regional. Posteriormente se realizaron entrevistas a expertos sobre la temática, para que
compartieran su experiencia y puntos de vista, las cuales fueron grabadas y subidas a un canal de youtube
para tal fin, lo que permitió generar un panorama preliminar sobre cómo funciona el marco de los impuestos
ambientales y las políticas públicas que los generaron, con impacto para el desarrollo sostenible en el
contexto del estado de Tabasco. Estas discusiones con expertos también ayudaron a identificar vacíos de
información y a definir posibles líneas de investigación que permitieron aterrizar las ideas en la
problemática de estudio y en la pregunta central de investigación.

RESULTADOS

A pesar de ser tan importante, fue hasta el año de 1999 que se incluyó por primera vez en México
el derecho a un medio ambiente sano en el artículo 4 de nuestra Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo
y bienestar”. En el año 2012 se le adiciona un párrafo estableciendo que: “ Toda persona tiene
derecho a un medio sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a ese
derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en
términos de los dispuesto por la ley”.

Por otra parte, en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental (1988), se
establece quiénes realizarán la tarea de proteger este derecho tal y como se precisa en su artículo
21 que a la letra dice: “La Federación y los Estados, en el ámbito de sus respectivas competencias,
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diseñarán, desarrollarán y aplicarán instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de
los objetivos de la política ambiental”.

En el Artículo 22 de la misma Ley se consideran instrumentos económicos los mecanismos
normativos y administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado, mediante los cuales las
personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus act ividades económicas,
incentivándolas a realizar acciones que favorezcan el ambiente. Sin embargo, en la Ley de
Protección Ambiental para el Estado de Tabasco solo se menciona de manera ambigua la
utilización de mecanismos para captar recursos y financiar o apoyar el manejo de las áreas
naturales protegidas.

Tabla 1.-Leyes más importantes relativas al medio ambiente en México.

Ley federal o local
Artículos en materia ambiental
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.

Art. 4 y 127.

Ley General de Equilibrio
Ecológico y Protección
Ambiental.

Art. 21 y 22

Ley General de Turismo.
Art. 22, 23, 25 y 32
Fuente: Elaboración propia (2022).
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Tabla 2.-Funciones de las autoridades en materia ambiental.

Autoridades federales
Funciones y atribuciones
Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos
Naturales

La dependencia de gobierno que tiene como propósito fundamental,
constituir una política de Estado de protección ambiental, que revierta
las tendencias del deterioro ecológico y siente las bases para un
desarrollo sustentable en el país.

Comisión Nacional de Áreas
Naturales Protegidas

Contribuye a la preservación y sustentabilidad de ecosistemas y
ambientes naturales, representativos de la diversidad biológica de
México, mediante la planeación, gestión y administración efectiva,
equitativa, honesta y transparente del sistema mexicano de Áreas
Naturales Protegidas.

Procuraduría Federal de
Protección al Ambiente

Tiene como tarea principal incrementar los niveles de observancia de la
normatividad ambiental, a fin de contribuir al desarrollo sustentable y
hacer cumplir las leyes en materia ambiental.

Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano

Tiene como misión contribuir al desarrollo nacional y sectorial,
mediante el diseño, elaboración, instrumentación y difusión de políticas
públicas y estrategias que consideren criterios de innovación, calidad de
vida, sustentabilidad y certeza jurídica.

Secretaría de Turismo
Conducir el diseño e implementación de las políticas públicas orientadas
a fortalecer el desarrollo de la actividad turística, promover la
innovación en el sector, mejorar la calidad de los servicios turísticos y
la competitividad del turismo nacional, impulsando estrategias
transversales que articulen las acciones gubernamentales, del sector
privado y social, contribuyendo al crecimiento sustentable e incluyente
del turismo.

Secretaría de Energía
Conducir la política energética del país, dentro del marco constitucional
vigente, para garantizar el suministro competitivo, suficiente, de alta
calidad, económicamente viable y ambientalmente sustentable de
energéticos que requiere el desarrollo de la vida nacional.

Instituto Nacional de
Ecología y Cambio Climático

Es un organismo de investigación del Estado Mexicano que genera e
integra investigación técnica y científica en materia de ecología y
cambio climático, para apoyar la toma de decisiones.

Centro Mexicano de Derecho
Ambiental.

Promover y defender el Derecho a un Medio Ambiente sano en México,
con un enfoque multidisciplinario y colectivo, para la protección de las
personas y el patrimonio natural.

CONAGUA
Constituyen un eslabón básico e insustituible del ciclo del agua pues
aseguran la riqueza biológica y prestan servicios ambientales de
almacenamiento de agua, conservación de acuíferos, retención de
nutrientes, sedimentos y contaminantes, protección contra tormentas y
mitigación de inundaciones, estabilización de litorales y control de la
erosión.

Instituto Nacional de
Ecología

Genera, integra y difunde conocimiento e información a través de
investigación científica aplicada y el fortalecimiento de capacidades,
para apoyar la formulación de política ambiental y la toma de decisiones
que promuevan el desarrollo sustentable.

CONABIO
La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la
Biodiversidad (CONABIO) es una comisión del gobierno de
México creada con el fin de difundir, promover, y apoyar actividades
relacionadas a la biodiversidad del país.

Fuente: Elaboración propia con información de las Secretarías de Estado (2024)
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Mitigación y prevención desde la escala global a lo local

En los municipios del estado de Tabasco se ha estado trabajando en la implementación de una agenda
ambiental denominada Agenda 2030 (Lizama-Pérez, 2024), bajo los siguientes enfoques:

1)
Basado en derechos humanos: Aporta una visión en la que los Estados asumen
obligaciones y deberes de respetar, proteger y establecer bases para hacer realidad los derechos humanos a
través de políticas para la construcción del bien común (Cabrero-Mendoza, E.,2004).

2)
Principio de universalidad: Tiene un enfoque que trasciende la división tradicional entre
políticas nacionales e internacionales, que tienen la responsabilidad común pero diferenciada de contribuir
a hacer realidad la Agenda 2030 en su acción política local y cooperar activamente en una agenda
multilateral.

3)
Coherencia de políticas para el Desarrollo Sostenible: Este enfoque enfatiza la coherencia
de las decisiones políticas en el plano estatal y nacional con las obligaciones internacionales de derechos
humanos y de protección al medio ambiente, evitando así impactos negativos en la vida de las personas.

4)
Enfoque de sostenibilidad de la vida y el planeta: para encontrar un justo equilibro y
garantizar un nivel de vida digno para todas las personas, sin comprometer las posibilidades de las
generaciones actuales y futuras de poder disfrutar de sus derechos. Para ello resulta clave incorporar los
compromisos derivados de la Cumbre de París sobre Cambio Climático y demás convenciones
internacionales para la protección del medio ambiente (Bokova, I. G., 2017).

CONCLUSIONES

Después de este análisis, podemos apreciar un contexto que marca las pautas y directrices para la
protección del medio ambiente sano, quiénes son los obligados para protegerlo y los instrumentos
económicos para garantizarlos. En este contexto, un sistema tributario con mayor énfasis en impuestos
ambientales consideramos que tendrá resultados positivos para incentivar la preservación y conservación
del medio ambiente en el estado de Tabasco. A pesar de ser tan importante, fue hasta el año de 1999
que se incluyó por primera vez en México el derecho a un medio ambiente sano en el artículo 4 de
nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por otra parte, en la Ley General
de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental (1988), se establece quiénes realizarán la tarea de
proteger este derecho tal y como se precisa en su artículo 21 que a la letra dice: “ La Federación y