RESERVA DE PASIVOS LABORALES COMO
RESPUESTA A LOS INCREMENTOS DE LA
REFORMA L.F.T. ARTÍCULOS 76 Y 78 Y
CUOTAS IMSS
LABOR LIABILITY RESERVE AS A RESPONSE TO
INCREASES IN THE L.F.T. REFORM, ARTICLES 76 AND 78,
AND IMSS CONTRIBUTIONS
Rodrigo Isabeles Osorio
Tecnológico Nacional de México, México
Laura Elena Huerta Casillas
Tecnológico Nacional de México, México
Maria Esther Romero Valencia
Tecnológico Nacional de México, México
Maria de Jesus Bravo Robles
Tecnológico Nacional de México, México
Gloria Estela Cardenas Gomez
Tecnológico Nacional de México, México
pág. 9960
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i1.16620
Reserva de Pasivos Laborales como Respuesta a los Incrementos de la
Reforma L.F.T. Artículos 76 y 78 y Cuotas IMSS
Rodrigo Isabeles Osorio1
rodrigo.io@cdguzman.tecnm.mx
https://orcid.org/0009-0002-4502-5909
Tecnológico Nacional de México / IT de
Cuidad Guzman, México
Laura Elena Huerta Casillas
laura.hc@cdguzman.tecnm.mx
https://orcid.org/0009-0009-0536-2290
Tecnológico Nacional de México / IT de
Cuidad Guzman, México
Maria Esther Romero Valencia
ma.rv@cdguzman.tecnm.mx
https://orcid.org/0009-0009-9638-4363
Tecnológico Nacional de México / IT de
Cuidad Guzman, México
Maria de Jesus Bravo Robles
maria.br@cdguzman.tecnm.mx
https://orcid.org/0000-0002-3834-1877
Tecnológico Nacional de México / IT de
Cuidad Guzman, México
Gloria Estela Cardenas Gomez
gloria.cg@cdguzman.tecnm.mx
https://orcid.org/0000-0001-6076-1547
Tecnológico Nacional de México / IT de
Cuidad Guzman, México
RESUMEN
El presente trabajo de investigación se realizó con la finalidad de resaltar la importancia de constituir
la Reserva de Pasivos Laborales, ya que la mayoría de las empresas desconocen la existencia y
aplicación de estrategias financieras para cubrir las obligaciones contingentes y con ello, disminuir el
impacto financiero que pueden llegar a tener estas organizaciones económicas. Se recopilaron
elementos para evaluar los montos en base a una proyección calculada sobre el salario y prestaciones
mínimas, mediante una encuesta se logró obtener datos cuantitativos a través de la técnica de muestreo
aleatorio simple. Para enterar y cumplir con la rescisión de una relación laboral hacen uso de las
utilidades acumuladas. Definitivamente la creación de la Reservas de Pasivos Laborales minimizará los
riesgos derivados de una relación laboral.
Palabras clave: reserva de pasivos laborales, indemnizacion, prestaciones minimas de Ley
1
Autor principal
Coorrespondencia: laura.hc@cdguzman.tecnm.mx
pág. 9961
Labor Liability Reserve as a Response to Increases in the L.F.T. Reform,
Articles 76 and 78, and Imss Contributions
ABSTRACT
This research highlights the importance of establishing a Labor Liability Reserve, as most companies
are unaware of financial strategies to cover contingent obligations and reduce their financial impact.
Key elements were collected to assess the required amounts based on a projected calculation of
minimum wage and minimum benefits. A survey using the simple random sampling technique provided
quantitative data. Findings show that companies often use accumulated profits to meet severance
obligations. Creating a Labor Liability Reserve will help minimize the risks associated with
employment relationships.
Keywords: labor liability reserve, severance pay, minimum legal benefits
Artículo recibido 14 enero 2025
Aceptado para publicación: 18 febrero 2025
pág. 9962
INTRODUCCIÓN
Provisionar la reserva de pasivos laborales es un aspecto de suma importancia para el ámbito contable
y financiero de toda organización económica, representa una obligación que en un futuro debe ser
registrada y valorada en su situación financiera. Para México, esta operación se rige por la Norma de
Información Financiera NIF D-3, la cual establece los lineamientos para el reconocimiento, medición
y revelación de obligaciones contingentes. Evaluar dichas obligaciones bajo esta norma radica en que
permite a las empresas manifestar de manera correcta su situación financiera al igual que la capacidad
real para cumplir las obligaciones a un periodo determinado. Emplear esta norma, garantiza mejor
transparencia y comparabilidad de su información financiera, brindando certeza a los inversionistas y
otros usuarios de la información una visión clara y precisa de la posición financiera de toda organización
(Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C., 2022).
Provisionar los pasivos laborales es de vital importancia ya que con ello se evita riesgos en la
información financiera generada. El no evaluar de manera precisa estos pasivos, podrían subestimarse
o sobreestimarse, lo cual provocaría una incorrecta toma de decisiones por parte de los inversionistas y
otros interesados. Además, el incumplimiento de esta normativa contable puede generar sanciones
legales y perjudicar la reputación y estabilidad de las organizaciones.
La NIF D-3, en México instituye que los pasivos laborales deben ser valuados utilizando el método de
proyección unitaria, considerando las obligaciones individuales por cada uno de sus empleados y
proyección a futuro. Con esta metodología se garantiza que cada colaborador sea tratado conforme a
igualdad y de manera justa, reconociendo toda obligación laboral en forma adecuada.
Además, exige que las organizaciones económicas muestren la información relevante sobre la
conformación de reservas en sus notas de los estados financieros, proporcionando detalles sobre los
componentes empleados en la valuación, las tasas de descuento aplicadas y cualquier otro factor que
pueda afectar la medición de los pasivos. Desarrollando estos factores se genera mayor transparencia y
para los usuarios de la información valorar adecuadamente su solvencia y la capacidad para cumplir
con sus obligaciones laborales. Otro aspecto relevante de la valuación de pasivos laborales bajo la NIF
D-3 consiste en la actualización periódica de dicha valuación. La norma establece que las empresas
deben revisar y ajustar sus cálculos de manera regular, al menos una vez al año, para reflejar cambios
pág. 9963
en los supuestos y en las condiciones económicas y demográficas. Esto asegura que la valuación de los
pasivos sea actualizada y refleje de manera precisa la realidad financiera de la empresa.
Los pasivos laborales son aquellos beneficios cuantificables monetariamente que los trabajadores van
adquiriendo a lo largo del tiempo en toda organización económica tal como la antigüedad, adquiriendo
que genera que cada vez les correspondan más derechos a un mediano y largo plazo. Estos derechos se
convierten en obligaciones o pasivos para la empresa, como las indemnizaciones, las pensiones, y todos
aquellos que en algún momento serán exigibles a la empresa por parte del trabajador. Las Obligaciones
Laborales generan los Pasivos Laborales o Contingentes que normalmente no se reconocen (Peña
Velázquez, 2009).
Los sujetos obligados directos son todas aquellas personas físicas/morales con actividad empresarial,
que emitan estados financieros y que devengan obligaciones en su calidad de patrones por beneficios
a los empleados (Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C., 2022).
Actualmente por desconocimiento y debido a que no lo establece la Ley o normatividad, algunos
contribuyentes no provisionan o crean la reserva de pasivos laborales como medio que pueda
contrarrestar los incrementos aplicables por la Reforma de Ley (Ley Federal del Trabajo, 2024).
Para lograr un ahorro empresarial que favorecerá el pago de rubros de las disposiciones para la
valuación y registro contable de obligaciones laborales por beneficios directos a corto y largo plazo,
beneficios por terminación y beneficios al retiro derivados por la Ley. A excepción de las sociedades
mercantiles que en su Art. 20 establecen salvo la sociedad por acciones simplificada, que toda utilidad
neta debeseparar un cinco por ciento, como mínimo para formar un fondo de reserva legal (Ley
General de Sociedades Mercantiles, 2018).
Al constituir una reserva fomentará cultura empresarial provisionando por lo menos del 5% de su
resultado integral manifestado en sus Estados Financieros básicos como lo realizan los Fondos de
Aseguramiento Agropecuario y Rural, que son “una asociación de productores agrícolas y/o ganaderos
o de personas de nacionalidad mexicana que tengan su residencia en el medio rural, que tiene por objeto
ofrecer protección mutualista y solidaria a sus socios a través de operaciones de seguros y coaseguros”
(Agroasemex, s/f).
pág. 9964
Estos Fondos de Aseguramiento solo podrán realizar las operaciones listadas con base en el Art. 31 de
Ley (Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, 2005), en su Fracción II Constituir e
invertir las reservas previstas en la Ley, permitirá minimizar erogaciones y no afectar sus flujos de
operaciones. Contarán también con un Fondo Social que se integrará Art. 35 Fracción IV Del 70% de
los remanentes obtenidos al final de cada ejercicio social o ciclo agrícola o ganadero según el caso.
Para este tipo de organizaciones con referencia en los artículos 34 y 35 de dicha Ley, establece que
deberán constituir reservas técnicas: I.- Reserva de Riesgo en Curso, II.- Reserva Especial de
Contingencia, III.- Fondo Social del cual se deriva; IV.- Pasivos Laborales Diversos. Con la
determinación del Fondo Social, debiendo existir conocimiento y aprobación de la Asamblea General
de Socios respecto a su constitución, incrementos y asignaciones específicas. Estos recursos podrán
destinarse a incrementar las reservas técnicas, y puntualmente a crear reservas de pasivos laborales
diversos (Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, 2005).
Las reservas técnicas son el dinero que las compañías aseguradoras y de reaseguros tienen que reservar
para cumplir con las obligaciones derivadas de los contratos de seguros que han emitido. Es decir, es el
dinero que se debe reservar para pagar las reclamaciones que puedan surgir en el futuro. Estas reservas
técnicas tienen que ser suficiente para cubrir todas las pólizas que una compañía ha emitido, teniendo
en cuenta el riesgo que esté asociado con ellas. (¿Que son las reservas técnicas?, s/f).
Las prestaciones nombradas por la Ley (Ley Federal del Trabajo, 2024) que tiene todo trabajador por
decreto conocidas como mínimas de Ley se incrementaron, sin embargo, en su totalidad las empresas
no están preparadas ni obligadas a constituir reserva alguna a excepción de las entidades sujetas a
normativa de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
Esta investigación se realiza con fundamento a las legislaciones vigentes para el ejercicio 2023,
determinando cuantitativamente montos e incrementos en pesos mexicanos que se derivan del número
de trabajadores registrados al IMSS y su salario base de cotización.
El propósito de estudio es determinar el monto correspondiente a pagar derivado de la reforma a la Ley
aplicables en dicho ejercicio y las alternativas que deben de ejecutar para cumplir con lo establecido
por no haber implementado la creación de reserva de pasivos laborales.
pág. 9965
El pasivo laboral se refiere a todas las deudas que genera durante el tiempo que la mente de obra forma
y capital humano que pertenece a la empresa (Coto, 2019), se incluyen conceptos destacando los
principales: Primas de antigüedad, Indemnizaciones, Jubilaciones y Pensiones.
Para calcular los pasivos laborales, se deben emplear los criterios de las Normas de Información
Financiera (Peña Vélazquez, 2009), debe proyectarse y considerar la probabilidad de que un trabajador
permanezca o llegue a la edad de retiro. Básicamente corresponde a un ahorro económico provisionado
que se abonará a la actividad del trabajador por despido o jubilación (Lopez, 2022).
La reforma a la Ley (Ley Federal del Trabajo, 2024) específicamente para vacaciones pasó de 6 a 12
días por año de servicio; con esto la prima vacacional, las cuotas de seguridad social (IMSS e
INFONAVIT) que corresponden al patrón se incrementarán gradualmente de 2023 a 2030, e irán del
3.15% al 11.875%, de acuerdo al salario base de cotización de los trabajadores Art. 168, fracción II,
inciso a (Trx, 2022).
Con fundamento en el Art. 50, las indemnizaciones a que se refiere el Art 49 de la citada Ley (Ley
Federal del Trabajo, 2024) y proyectando una relación de trabajo por tiempo indeterminado, consistirá
en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados Fracción II; y el importe de
tres meses de salario conforme a la Fracción III.
Un concepto tradicional del salario se describe como “la contraprestación debida por el empleador por
la prestación de trabajo” Según (De Buen L, 2002) el salario es una obligación patronal necesaria que
en muchos casos no retribuye trabajo efectivo, como cuando debe pagarse en situaciones en que el
trabajador no labora (enfermedad, vacaciones, etc.). En tanto (Montenegro Baca, s/f) dice que “abarca
el conjunto de ventajas o beneficios que obtiene el trabajador que presta trabajo subordinado, siempre
que lo perciba por su trabajo y no para el trabajo, esto es, como consecuencia de un servicio prestado y
no como medio para poder prestar este”.
En este orden, la Ley (Ley Federal del Trabajo, 2024), en el artículo 82, lo define como: “la retribución
que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo”, y el artículo 58, al definir la jornada, señala que
“es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo”. En base
a estos dos preceptos, el alcance de dichos términos “por su trabajo” comprende no sólo desarrollar en
pág. 9966
forma efectiva la actividad laboral, sino que también abarca, la disposición para trabajar y permanecer
en la fuente de trabajo.
Para determinar el salario base de cotización hay dos métodos: a) Reducir las cantidades por día, b)
Aplicar un factor como lo marca la Ley (Ley del Seguro Social, 2021). El Art. 27 define que el salario
base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones,
percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra
cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
El aumento de las cuotas en los presupuestos financieros afectarán las finanzas de las organizaciones
económicas (Aumento de cuotas patronales al IMSS para 2023, 2022), dicho efecto dependerá de los
salarios y número de empleados registrados ante el IMSS con prestaciones de Ley (Ley Federal del
Trabajo, 2024).
METODOLOGÍA
La investigación implementada en este artículo fue de carácter cualitativo y cuantitativo, se utilizó el
método cualitativo ya que éste nos permitexaminar fuentes como Leyes, libros, revistas artículos
importantes, entrevistas con las empresas para conocer el número de empleados que tiene cada una de
ellas. Se utilizó el método cuantitativo, ya que este método nos permitió hacer la recolección de datos
de las 57 PYMES y saber los porcentajes de empleados, de las obligaciones, así como de la antigüedad.
La técnica que se aplicó es la encuesta, ya que nos ayudó a conocer el número de empleados con los
que cuenta cada empresa, así como obligaciones que tiene ante sus trabajadores y ante las autoridades
competentes. Se realizó de manera virtual mediante Google Forms, con el único fin de que el empresario
pueda expresarse de manera personal y de conocer un poco más sobre las reformas a la Ley del Trabajo.
Para esto se elaboró una sección de preguntas abiertas para que pudieran darnos su respuesta y de esta
manera obtener datos estadísticos.
Para recabar información documental y de campo, se diseñó una encuesta como instrumento de
recolección de datos. Mediante este instrumento se determinó la importancia de crear la reserva de
pasivos laborales para las pequeñas y medianas empresas comerciales de Zapotlán El Grande Jalisco y
su representación mediante una distribución normal la cual ilustre su comportamiento, argumentando
la necesidad de creación de la reserva como respuesta a los incrementos derivados de la LTF.
pág. 9967
Partiendo de esta delimitación y con base en el Directorio Estadístico Nacional de las Unidades
Económicas DENUE (INEGI, 2024), en Zapotlán el Grande Jalisco se encuentran 39 pequeñas
empresas y 28 medianas empresas de diversos sectores económicos sumando 67 entidades u
organizaciones.
Se determinó el tamaño de la muestra por medio del cálculo de muestreo aleatorio simple dada la
formula (Mason D. R, Lind D.A, Marchal W.G, 2006):

󰇛󰇜
(1)
 󰇛󰇜
󰇛󰇜󰇛 󰇜󰇛󰇜 
Mediante el presente artículo técnico científico se pretende destacar la importancia de la creación de las
reservas de pasivos laborales como respuesta a los incrementos aplicables a partir del ejercicio 2023 y
el actual 2025, correspondientes a la LFT y cuotas IMSS, se diseñaron reactivos atacando dichas
temáticas, presentando a los encuestados las siguientes cuestiones:
¿Cuántos empleados conforman su empresa?
¿Cuál es la antigüedad en años laborados de sus empleados?
¿Cuáles son las causas principales de terminación de la relación laboral con sus empleados?
¿Cuál es el origen de los recursos para cumplir con la obligación de terminación de las
relaciones laborales con sus empleados?
¿Conoce el contenido de los artículos 76 y 78 de la Ley Federal de Trabajo?
¿Sabía que el 01 de enero del 2023 entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo
(Artículo 76) para aumentar el periodo vacacional de los trabajadores?
¿Sabe cuáles son las obligaciones que como patrón le corresponden con esta nueva reforma?
¿Conoce el impacto financiero y económico que dicha reforma traerá a su empresa?
¿Tiene preparada alguna estrategia, que contrarreste los efectos causados por la reforma, a largo
plazo?
¿Tiene conocimiento acerca de la integración de una reserva de pasivos como una estrategia
para afrontar la reforma?
pág. 9968
¿Le interesa conocer más sobre cómo aplicar esta reserva?
Por este medio, se generó la información y resultados de la aplicación de la encuesta mediante los cuales
es posible valorar la creación de la reserva de pasivos laborales.
Se determinó un cálculo en empresas con trabajadores registrados al IMSS que cuentan con prestaciones
de Ley para determinar el monto de erogaciones correspondiente del ejercicio 2021 contra el resultante
de los incrementos de la reforma laboral ejercicio 2025. Además, para recopilar información se listan
las prestaciones mínimas de Ley, se determinaron el impacto del incremento 2021 vs 2025, redacción
de reactivos, elaboración de reactivos en Microsoft Forms y aplicación de la encuesta.
Prestaciones mínimas de Ley (Ley Federal del Trabajo, 2024) .
Tabla 1. Prestaciones mínimas de ley.
Prestaciones
mínimas de Ley
2021
2025
Aguinaldo
15 días
15 días
Vacaciones
6 días
12 días
Prima vacacional
25%
25%
Prima de antigüedad
12 días a partir de 15 años
12 ías a partir de 15
años
Impactos con base en las prestaciones mínimas de Ley (Ley Federal del Trabajo, 2024) .
Tabla 2. Impacto de las prestaciones mínimas de ley.
Prestaciones
mínimas de Ley
2025
Incremento
Salario
$ 278.80
1.97 veces
Aguinaldo
$ 4,182.00
1.97 veces
Vacaciones
$ 3,345.60
3.94 veces
Prima vacacional
$ 836.40
3.94 veces
Prima de antigüedad
$ 50,184.00
1.97 eces
pág. 9969
Cálculo de indemnizaciones
Tabla 3. Calculo de indemnizaciones.
Indemnización tiempo
indeterminado
2021
(1 año de servicio)
2025
(1 año de servicio)
Art. 50 LFT Fracc II
$ 2,834.00
$ 5,576.00
Art. 50 LFT Fracc III
$ 12,753.00
$ 25,092.00
Prima de antigüedad
(a partir de 15 años)
$ 25,506.00
$ 50,184.00
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Los resultados de la investigación incluyen un cálculo y análisis estadístico que arroja un monto en
términos monetarios de las erogaciones a pagar derivada por el número de trabajadores registrados y su
salario.
El instrumento de recopilación de información fue aplicado a los dueños, socios o accionistas,
departamentos, jefes, gerentes de las áreas: contabilidad, administración o finanzas. Por lo que la
información obtenida y resultados fueron contextualizados y comprendidos ampliamente ya que son
ellos los encargados del manejo y operación de las organizaciones.
Las pequeñas y medianas empresas de Zapotlán El Grande Jalisco que se conforman con 30 empleados
representan un 54%, con hasta 60 empleados el 35% y un 11% cuenta con hasta 60 empleados.
Para determinar los montos e indemnización en base a la antigüedad en años laborados, se encontró que
las PYMES con 6 y hasta 10 años corresponden a un 49%, para más de 10 años laborados el 28% y
hasta 5 años el 23%. Proyectando una indemnización a pagar por $ 124,696.00 calculada a 8 años con
base 2021 y de $ 245,344.00 para el 2025, con fundamento en los incrementos de la LFT, representando
un 1.97 veces.
Las causas principales de terminación de una relación laboral corresponden: por mutuo consentimiento
2l.65%, terminación de obra o vencimiento de contrato 19%, incapacidad física o mental 9% y rescisión
de las relaciones de trabajo el 7%. Para enterar y cumplir dicha obligación las empresas aplican una
disminución de sus utilidades representando el 53% de las PYMES, el 33% gestionan un financiamiento
externo y el 14% venden un activo, a pesar de conocer la entrada en vigor de la reforma al Art. 76 de la
pág. 9970
LFT en un 84% sobre el aumento del periodo vacacional.
Esto representa que el 70% de las PYMES conoce el impacto financiero y económico que la reforma
traerá hacia su organización. De la recolección de las 57 PYMES encuestadas el 42% de ellas no cuenta
con el conocimiento acerca de la integración de una reserva de pasivos laborales como estrategia para
afrontar la reforma citada.
ILUSTRACIONES, TABLAS, FIGURAS.
Reforma Artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.
Tabla 4. De las vacaciones
Años Laborados
Días de Vacaciones
1 Año
12 días
2 Años
14 días
3 Años
16 días
4 Años
18 días
5 Años
20 días
De 6 A 10 Años
22 días
De 11 A 15 Años
24 días
De 16 A 20 Años
26 días
De 21 A 25 Años
28 días
De 26 A 30 Años
30 días
De 31 A 35 Años
32 días
La aportación patronal por cesantía y vejez se incrementará de manera gradual y de acuerdo al S.B.C.
de cada trabajador.
Tabla 5. Salario base de cotización.
Salario
base de
cotización
ante IMSS
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
1.0 SM*
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
1.01 a 1.5
UMA**
3.281%
3.413%
3.544%
3.676%
3.807%
3.939%
4.070%
4.202%
1.51 a 2
UMA
3.575%
4.000%
4.426%
4.851%
5.276%
5.701%
6.126%
6.552%
2.01 a 2.5
UMA
3.751%
4.353%
4.954%
5.556%
6.157%
6.759%
7.360%
7.962%
pág. 9971
2.51 a 3
UMA
3.869%
4.588%
5.307%
6.026%
6.745%
7.464%
8.183%
8.902%
3.01 a 3.5
UMA
3.953%
4.756%
5.559%
6.361%
7.164%
7.967%
8.770%
9.573%
3.51 a 4
UMA
4.016%
4.882%
5.747%
6.613%
7.479%
8.345%
9.211%
10.077%
4.01 en
adelante
4.241%
5.331%
6.422%
7.513%
8.603%
9.694%
10.784%
11.875%
* Salario Mínimo
** Unidad de Medida y Actualización
Grafica 1. Antigüedad en años de los empleados.
Fuente: Encuesta a PYMES Sur de Jalisco, Año 2024.
Grafica 2. Causas principales de la terminación de la relación laboral.
Fuente: Encuesta a PYMES Sur de Jalisco, Año 2024.
pág. 9972
Grafica 3. Origen de los recursos.
Fuente: Encuesta a PYMES Sur de Jalisco, Año 2024.
Grafica 4. Conocimiento de la reforma a LFT.
Fuente: Encuesta a PYMES Sur de Jalisco, Año 2024.
pág. 9973
Grafica 5. Impacto financiero y económico.
Fuente: Encuesta a PYMES Sur de Jalisco, Año 2024.
Grafica N° 6. Conocimiento de integración de reservas.
Fuente: Encuesta a PYMES Sur de Jalisco, Año 2024.
Tabla 6. Presentación de la cuenta de Pasivos Laborales
Estado de Situación Financiera
200
Pasivo
210
Reservas Técnicas
211
De Riesgos en Curso
212
Vida
213
Accidentes y Enfermedades
214
Daños
215
Fianzas en Vigor
216
De Obligaciones Contractuales
217
Por Siniestros y Vencimientos
218
Por Siniestros Ocurridos y No Reportados
219
Por Dividendos sobre Pólizas
pág. 9974
220
Fondos de Seguros en Administración
221
Por Primas en Depósito
222
De Previsión
223
Previsión
224
Riesgos Catastróficos
225
Contingencia
226
Especiales
227
Reservas para Obligaciones Laborales
Fuente: Normativa de la CNSF.
CONCLUSIONES
La creación de la Reserva de Pasivos Laborales es fundamental para enfrentar las erogaciones derivadas
por una contratación laboral conforme a Ley. Aplicar en la cultura empresarial dicha reserva ofrece
solvencia económica en un largo plazo, prevé descapitalización alguna. Mediante los resultados
calculados se comparó el ejercicio 2021 contra una proyección del 2025 bajo los conceptos
relacionados: salario, prestaciones mínimas de Ley e indemnización. El salario diario integrado y las
cuotas IMSS impactan como una consecuencia del incremento que representa 1.97 veces. Los montos
e incrementos que se derivan por la reforma laboral son obligatorios y afecta directamente a la utilidad
acumulada de las organizaciones económicas por tal razón el constituir la reserva objeto de estudio
minimiza los riesgos derivados por la relación laboral.
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