IMPARTICIÓN DE JUSTICIA A LA LUZ
DE LA REFORMA AL PODER JUDICIAL
FEDERAL MEXICANO

DELIVERY OF JUSTICE IN LIGHT OF THE REFORM

OF THE MEXICAN FEDERAL JUDICIARY

Modesta Lorena Hernández Sánchez

Universidad Veracruzana, México

Rafael Marcelino Pérez Enríquez

Universidad Veracruzana, México

José Miguel Pérez Enríquez

Universidad Veracruzana, México

Erika Karina Romero Sánchez

Universidad Veracruzana, México
pág. 11726
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i1.16750
Impartición de Justicia a la Luz de la Reforma al Poder Judicial Federal
Mexicano

Modesta Lorena Hernández Sánchez
1
modhernandez@uv.mx

https://orcid.org/0009-0006-8686-6412

Universidad Veracruzana

México

Rafael Marcelino Pérez Enríquez

raperez@uv.mx

https://orcid.org/0009-0004-6030-0475

Universidad Veracruzana

México

José Miguel Pérez Enríquez

miguperez@uv.mx

https://orcid.org/0009-0007-1168-251X

Universidad Veracruzana

México

Erika Karina Romero Sánchez

erromero@uv.mx

https://orcid.org/0009-0007-3055-4142

Universidad Veracruzana

México

RESUMEN

El objetivo principal de esta investigación, consiste en analizar los alcances legales de la
implementación de la elección popular de impartidores de justicia en México, examinando desde el
punto de vista dogmático y doctrinal, su impacto en la democracia, el estado de derecho y la
independencia judicial. Entre los principales hallazgos, sobresalen temas discutibles como, las
discrepancias legales y sociales de la reforma al Poder Judicial Federal, las ventajas de aumentar la
transparencia y la participación ciudadana, así como, los riesgos significativos, como la politización del
sistema judicial, la influencia de intereses económicos y la falta de preparación técnica de los
candidatos. De igual modo, se enfatiza la necesidad de mitigar ciertos desafíos relacionados con la
profesionalización, la capacitación continua de los jueces y la protección de su autonomía. Se concluye
que, aunque la elección popular puede mejorar la legitimidad democrática, es indispensable
implementar reformas que garanticen un sistema judicial sólido, imparcial y accesible, que promueva
la confianza ciudadana y salvaguarde los derechos fundamentales.

Palabras clave: legitimidad, independencia judicial, reforma

1
Autor principal
Correspondencia:
modhernandez@uv.mx
pág. 11727
Delivery of
Justice in Light of the Reform of the Mexican Federal Judiciary
ABSTRACT

The main objective of this research is to analyze the legal scope of the
implementation of the popular
election of justice providers in Mexico, examining from a dogmatic and doctrinal point of view, its

impact on democracy, the rule of law and judicial independence. Among the main findings, debatable

issues stand out, such as t
he legal and social discrepancies of the reform of the Federal Judiciary, the
advantages of increasing transparency and citizen participation, as well as significant risks, such as the

politicization of the judicial system, the influence of economic intere
sts and the lack of technical
preparation of the candidates. Likewise, the need to mitigate certain challenges related to

professionalization, the continuous training of judges and the protection of their autonomy is

emphasized. It is concluded that, altho
ugh popular elections can improve democratic legitimacy, it is
essential to implement reforms that guarantee a solid, impartial and accessible judicial system, which

promotes citizen trust and safeguards fundamental rights.

Keywords: legitimacy, judicial independence, reform

Artículo recibido 05 enero 2025

Aceptado para publicación: 20 febrero 2025
pág. 11728
INTRODUCCIÓN

En la presente investigación se aborda un panorama general sobre los cambios que trae consigo la
reforma al Poder Judicial Federal publicada el 15 de septiembre de 2024, en el Diario Oficial de la
Federación. Asimismo, se analizan diversas posturas doctrinales y dogmáticas sobre dicho contenido,
el cual constituye un punto de inflexión en la historia institucional de México, con la que se pretende
mejorar la administración de la justicia, contribuyendo al fortalecimiento del estado de derecho, a través
de la eficacia, la eficiencia y transparencia en la resolución de las controversias.

La importancia del tema estriba en reflexionar acerca de las implicaciones y desafíos que involucra la
elección de los impartidores de justicia mediante el voto popular desde una perspectiva integral,
considerando tanto el contexto normativo y constitucional, como las experiencias internacionales que
han implementado modelos similares, citando los casos de Bolivia, Estados Unidos de América y Japón.

A partir de las teorías de Barceló Rojas, García Jurado, Rosanvallón y Mendible, emergen un cúmulo
de esclarecimientos vinculados a los posibles impactos en la vida política, social y económica del país,
como parte de la restructuración en el funcionamiento y organización en la impartición y acceso a la
justicia.

Finalmente, los apartados del presente documento tienen como propósito vislumbrar el contexto
normativo y constitucional del sistema judicial en México, abordando su estructura y experiencias
anteriores con el método de elección popular; las ventajas y desventajas del método de elección popular;
así como su impacto, cambios y posibles alternativas en el sistema judicial.

METODOLOGÍA

Con la finalidad de explicar los alcances jurídicos de la reforma al Poder Judicial de la Federación, se
realizó una investigación documental con enfoque cualitativo de alcance exploratorio básico, en el que
se desglosó la información en forma deductiva, con el propósito de analizar los decretos publicados, las
adecuaciones jurídicas en los fundamentos constitucionales, así como las diversas posturas doctrinales
sobre la estructura normativa y constitucional en la que van a operar los tribunales federales del país
para brindar justicia pronta y expedita.
pág. 11729
RESULTADOS Y DISCUSIÓN

Contexto normativo y constitucional del sistema judicial

El sistema judicial mexicano se rige por una estructura normativa y constitucional que establece la
independencia y autonomía de los jueces. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
de 1917, junto con diversas reformas, define el marco legal bajo el cual operan los tribunales buscando
garantizar un acceso equitativo a la justicia.

Al respecto, Germán Fernández Aguirre (2017), afirma que el sistema de justicia a nivel federal se
compone principalmente del Poder Judicial de la Federación que se organiza en la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN), los tribunales colegiados y unitarios de circuito, los juzgados de distrito
y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Esta estructura se diseñó para garantizar la independencia
y la eficiencia en la administración de justicia. Además, la legislación mexicana contempla la figura del
jurado popular federal, que se aplica en ciertos casos penales, ampliando las formas de participación
ciudadana en el proceso judicial.

Los órganos judiciales en México son esenciales para el funcionamiento del sistema de justicia,
garantizando la imparcialidad y el acceso a la justicia. En primer lugar, se tiene a la Suprema Corte de
Justicia que, de acuerdo con lo que plantean Claudia Gamboa Montejano y Arturo Ayala Cordero
(2007), “está compuesta por dos salas que abordan diferentes materias: una para asuntos civiles y
penales, y otra para administrativos y laborales. Cada sala está integrada por cinco ministros, aunque
puede funcionar con cuatro.” Por ello, se le conoce como el máximo tribunal del país y se encarga de
dirimir controversias sobre la interpretación de la Constitución y la legalidad de las leyes. Aunado a lo
anterior, es preciso reconocer que el sistema judicial está compuesto por diferentes niveles de tribunales,
incluyendo jueces de primera instancia, jueces de apelación y el Tribunal Superior de Justicia; cada uno
de estos órganos ejerce su potestad jurisdiccional de manera independiente, lo que promueve un control
interno del poder judicial y evita la arbitrariedad.

Daniel Armando Barceló Rojas (2016) señala que las decisiones judiciales las llevan a cabo los Jueces
de Primera Instancia, Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y los ministros de la Suprema Corte
de Justicia.
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Los primeros, aplican la ley a casos concretos y deben basar sus decisiones en la Constitución y las
leyes estatales; los segundos tienen la potestad de fijar jurisprudencia, lo que asegura una interpretación
uniforme de la ley; por último, los ministros de la Suprema Corte de Justicia interpretan la Constitución
Federal y sus decisiones también influyen en la interpretación de la Constitución Estatal, especialmente
en lo que respecta a derechos humanos.

Marco constitucional y normativo de la elección de los impartidores de justicia

Con relación a la nueva reforma, la Cámara de Diputados (2024) destaca que, la etapa de convocatoria
y postulación de candidaturas inicia con la publicación de la convocatoria general que emita el Senado
conforme a la fracción I del primer párrafo del artículo 96 de la Constitución, y concluye con la remisión
por dicho órgano legislativo del listado de candidaturas al Instituto. En cuanto al marco constitucional,
confiere en el artículo 96° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2024) la
regulación del procedimiento de designación de los miembros del Poder Judicial Federal, incluidos los
jueces y magistrados, estableciendo que el Senado tiene un papel clave en la aprobación de los
nombramientos. Este artículo menciona los requisitos y procedimientos que deben seguirse para
asegurar la imparcialidad y competencia de los seleccionados.

De igual modo, con base en la publicación efectuada el 15 de septiembre de 2024 contenida en el Diario
Oficial de la Federación (2024), se advierte que se adicionaron diversas disposiciones en la Ley General
de Instituciones y Procedimientos Legales, con respecto a la elección de personas juzgadoras del Poder
Judicial de la Federación. Estos cambios buscan mejorar la transparencia y eficiencia en la selección y
designación de los impartidores de justicia, asegurando que los procesos sean más abiertos y que se
respeten los principios de equidad y legalidad.

Comparativa internacional: experiencias de elección popular en el ámbito judicial

Teniendo en cuenta que “el proceso de elección popular de autoridades jurisdiccionales es una práctica
que ha sido adoptada en varios países, aunque con diversos enfoques y modalidades” (Senado de la
República, 2024), Juan Manuel Rodríguez Carrillo y Miguel Ángel Barrón González (2024) indican
que entre los países que han integrado la elección popular: destaca Bolivia, en donde se eligen a juezas
y jueces nacionales; Estados Unidos de América y Suiza que eligen jueces subnacionales; y Japón en
donde los jueces de la Corte Suprema se enfrenta a elecciones de retención.
pág. 11731
Bolivia implementó en la reforma constitucional del 2009, un sistema en el que los ciudadanos pueden
elegir a los jueces de la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Constitucional Plurinacional y el Tribunal
Agroambiental; esto con el objetivo de garantizar legitimidad y cercanía de los jueces con la población.
Otro ejemplo es Japón, donde los jueces de la Suprema Corte que, a pesar de ser nombrados por el
emperador a propuesta del primer ministro, deben someterse a un proceso de elecciones de retención
cada cierto tiempo. Este proceso logra que la ciudadanía vote para mantener o destituir a los jueces, sin
embargo, ha obtenido muchas críticas como Bolivia y Estados Unidos de América.

Ventajas de la elección popular de los impartidores de justicia

La elección popular de los impartidores de justicia refuerza la legitimidad democrática al permitir que
la ciudadanía participe activamente en la conformación de un sistema judicial más representativo y
accesible.

En opinión de García Jurado (2000), el concepto de legitimidad conserva una connotación positiva y
subraya que, aunque muchas categorías políticas han perdido prestigio, este término aún infunde
respeto. Un gobierno legítimo suele percibirse como competente y justo en el uso de sus recursos y
funciones asignadas. De igual modo, sostiene que “las bases de la legitimidad democrática protegen a
los gobiernos de los desafíos políticos más graves” (Garcia Jurado, 2000); sin embargo, aclara que,
esta protección no es absoluta, ya que no evita por completo movimientos sociales contestatarios.

Por otro lado, Rosanvallón (2009), argumenta que la principal fuente de legitimidad en los gobiernos
democráticos ha sido la elección popular. Según su análisis, en el contexto occidental, especialmente
en Francia y Estados Unidos, los gobiernos democráticos del siglo XIX y XX se establecieron mediante
procesos electorales, los cuales fueron considerados como expresión de la soberanía popular. Esto
permitió equiparar la mayoría electoral con la representación del pueblo, otorgando una legitimidad
democrática indiscutible. Asimismo, arguye que durante el siglo XX predominó un sistema de doble
legitimidad: la de origen y la funcional, también conocidas como input legitimacy y output legitimacy;
sin embargo, desde 1980, este sistema ha enfrentado una crisis; por eso surgieron nuevas fuentes de
legitimidad: imparcialidad, reflexividad y proximidad, que complementan o reemplazan al sistema
binario tradicional.
pág. 11732
Fomento de la participación ciudadana en la justicia

Mendible (2022) destaca que la Constitución Política define al Estado como democrático y promueve
la participación ciudadana en las decisiones que afectan a la sociedad. Para ello, establece normas que
estimulan este derecho como un deber fundamental y especifican mecanismos para ejercerlo. Por
ejemplo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2024), reconoce el derecho de los
ciudadanos a participar en la formación y control del poder político (artículo 40) y asegura que la
comunidad participe en decisiones ambientales (artículo 79). También menciona mecanismos de
participación como el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa
legislativa y la revocatoria del mandato (artículo 103). Además, permite que alcaldes y gobernadores
realicen consultas populares sobre temas de su competencia (artículo 105) y considera la participación
un deber ciudadano para contribuir al desarrollo social y nacional (artículo 95).

En este contexto, la consulta popular se presenta como un mecanismo clave para expresar decisiones
ciudadanas sobre diversos temas, aunque está limitada por las competencias definidas en la Constitución
y la ley.

Mayor rendición de cuentas y transparencia

Betzaida García Silva (2005), citando a Castillo (1986), señala que la transparencia es un componente
de la rendición de cuentas. Mientras que la transparencia implica la publicación de información
accesible y clara para el público, la rendición de cuentas abarca un proceso obligatorio con metodologías
específicas para la administración del erario, cuyo incumplimiento conlleva sanciones. Según García,
la transparencia implica que las decisiones gubernamentales, sus razones, costos y recursos
comprometidos sean accesibles y comprensibles para la ciudadanía.

La transparencia y la rendición de cuentas son fundamentales en las sociedades democráticas, ya que
garantizan el derecho de la ciudadanía a exigir el buen funcionamiento del gobierno. Estas prácticas
promueven la equidad al prevenir la corrupción y asegurar condiciones justas para toda la sociedad. No
obstante, medir la transparencia es complejo. Actualmente, diversas organizaciones internacionales
trabajan en evaluar grados de transparencia, índices de corrupción y niveles de opacidad, con el objetivo
de ayudar a los países a atraer más inversión extranjera.
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Desventajas y riesgos de la elección popular de los impartidores de justicia

La elección popular de los impartidores de justicia conlleva riesgos significativos, como la politización
del poder judicial, la influencia de intereses económicos y partidistas, y la falta de preparación técnica
de los candidatos, lo cual puede afectar la imparcialidad y eficiencia del sistema judicial. En esa tesitura,
Ansolabehere (2005), considera que reflexionar sobre la politización de la justicia es relevante debido
a su creciente importancia y las transformaciones en las funciones judiciales frente a la política. Las
fronteras entre la justicia y la política se están desplazando, ampliando el rol de las Supremas Cortes,
que ahora actúan como árbitros entre poderes políticos y como garantes de la compatibilidad de las
decisiones políticas con la constitución.

La politización de la justicia involucra cambios en tres funciones del poder judicial: como guardián de
la Constitución, árbitro en conflictos políticos y sociales, y fiscalizador del desempeño político. En su
función de guardián, los poderes judiciales amplían su control de constitucionalidad, invalidando
decisiones del parlamento y del ejecutivo. Como árbitro, reducen las doctrinas de cuestiones políticas
no justiciables, interviniendo en una mayor variedad de temas políticos y sociales. En su rol fiscalizador,
juzgan manifestado en varios aspectos. Primero, crece el número de temas en los que la política no
puede decidir sin intervención judicial, incluyendo no solo derechos de libertad negativa que limitan
las acciones del Estado sobre los individuos, sino también derechos que exigen acciones específicas
por parte del Estado. Esto amplía el rol del poder judicial, que no solo protege la esfera privada, como
en la tradición liberal, sino que también dicta al Estado qué debe hacer.

Además, aumenta la capacidad del poder judicial para fiscalizar a los funcionarios públicos,
sancionando excesos y actos de corrupción, como lo ejemplifica el caso mani pulite en Italia. También
se incrementa la capacidad de revisión judicial sobre normas sancionadas por el poder político, como
leyes y reglamentos, a través del control de constitucionalidad. Por último, el poder judicial adquiere
mayor legitimidad para resolver conflictos políticos, convirtiéndose en una instancia clave para mediar
entre poderes del Estado.

En conclusión, la politización de la justicia refleja el crecimiento del poder judicial en espacios
tradicionalmente reservados a la política, consolidándose como un actor central en el equilibrio y control
del poder público.
pág. 11734
Impacto de los intereses económicos y partidistas en las elecciones

Ramírez y Díaz (2023), mencionan en su escrito a diversos autores los cuales declaran que la Teoría del
Ciclo Político-Económico (CPE) se desarrolló a finales de la cuarta década del siglo XX, con estudios
sobre las fluctuaciones económicas desde una perspectiva política. Esta teoría sostiene que un gobierno
democrático utiliza la política económica con fines oportunistas, implementando políticas que mejoren
indicadores económicos para obtener votos (Nordhaus, 1975). De tal modo que, los gobiernos afectan
sistemáticamente la macroeconomía para atraer votantes (Gámez & Amarillas, 2011), y lo hacen a través
de políticas fiscales y monetarias (Tiganas Peptine, 2012).

Según el CPE, un partido político puede adoptar un enfoque oportunista o partidista. En el enfoque
oportunista, los partidos buscan mantenerse en el poder mediante políticas que favorezcan sus intereses.
Mientras que, en el enfoque partidista, los partidos siguen sus objetivos ideológicos (Alesina et al.,
1999). En el primero, se espera que los partidos no tengan preferencias propias, sino que busquen solo
el poder (Gámez e Ibarra-Yúnez, 2009). En cuanto al enfoque partidista, los partidos de izquierda se
enfocan en acelerar el crecimiento económico y reducir el desempleo, mientras que los partidos de
derecha priorizan la estabilidad económica, buscando bajas tasas de inflación y de interés (Hibbs, 1977).

El Ciclo Político Presupuestal (CPP), una vertiente del CPE, postula que los gobiernos implementan
políticas expansionistas antes de las elecciones y políticas estabilizadoras después, para mitigar los
efectos negativos de la etapa previa (Reyes-Hernández et al., 2013). En México, el CPP se manifiesta
en el aumento del gasto público antes de los periodos electorales, buscando influir en los votantes.
Guzmán (2014), expresa que los gobiernos utilizan herramientas fiscales para influir en los votantes,
manipulando políticas económicas para consolidar ventajas políticas.

Aspectos principales del CPP en México

Instrumentos fiscales clave: debido a la autonomía del Banco de México, las políticas monetarias
son menos utilizadas con fines políticos. Sin embargo, las políticas fiscales, como el gasto público
y las transferencias directas, son favorecidas, pues permiten mayor control sobre los recursos y su
impacto electoral.
pág. 11735
Desigualdades informativas y efectos locales: las decisiones de gasto están dirigidas a beneficiar a
grupos específicos de votantes, con los gobiernos estatales jugando un papel crucial en la ejecución
del gasto, lo que favorece la percepción de logros locales sobre los nacionales.

Corrupción y ciclos presupuestales: el nivel de corrupción también influye en el CPP, ya que un
mayor control político sobre los recursos fomenta prácticas discrecionales. La falta de transparencia
en la gestión presupuestal contribuye a un entorno favorable a la corrupción.

Evidencia empírica: se ha documentado un aumento del gasto en obras públicas y programas
sociales durante los periodos electorales, seguido de ajustes posteriores para equilibrar el déficit
generado. Este patrón se observa también a niveles subnacionales, con estrategias diseñadas para
captar el apoyo electoral.

Desafíos sobre la preparación y capacidades técnicas de los candidatos

En México, uno de los principales desafíos que se advierten en la selección de candidatos políticos, es
la falta de formación adecuada y un proceso selectivo que permita elegir a personas con competencias
claras para el cargo. Esta deficiencia afecta tanto la calidad del liderazgo como la capacidad para
implementar políticas públicas eficaces. Los candidatos no solo deben ser evaluados por sus habilidades
técnicas y políticas, sino también por su capacidad de adaptarse a un entorno de trabajo complejo,
marcado por altos niveles de polarización política y problemas de gobernanza (Hernández, 2021).

Aunado a lo anterior, el entorno de violencia y la inseguridad, que ha aumentado en las últimas décadas,
limita el acceso a oportunidades de formación y preparación en diversas regiones del país, lo que
constituye otro obstáculo. El fortalecimiento de la democracia y de las instituciones es crucial para
promover procesos electorales justos y transparentes, lo que impacta directamente en la calidad de los
candidatos electos (Hernández, 2021).

Por otro lado, la capacitación técnica debe alinearse con los cambios tecnológicos y económicos que
enfrenta el país. Estos incluyen la transición hacia una economía digital y el cambio climático, que
demandan líderes con formación en innovación y sostenibilidad. Sin embargo, los esfuerzos por mejorar
estas capacidades a nivel educativo y político en México siguen siendo insuficientes para enfrentar estos
desafíos a gran escala.
pág. 11736
Implicaciones y desafíos para la implementación en México

Se desarrolla la problemática que genera el desarrollo e implementación de un sistema de elección
popular de los impartidores de justicia en base a una postura que visibilice la afectación legal y social
que genera en México.

En el informe Justicia Cotidiana del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), Carlos
Patiño Gutiérrez (2020) explica el impacto que tendrá la independencia judicial, al analizar la
percepción de confianza de los ciudadanos en los sistemas de justicia y en los tribunales:

Las encuestas señaladas en el informe indicaron que el 44 por ciento de los ciudadanos
mexicanos confía en sus tribunales y en su sistema judicial, mientras que el promedio de
los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es
del 52 por ciento, y países como Dinamarca, Suiza y Noruega alcanzan cifras que van del
81 al 86 por ciento.

Esta información permite reflexionar que la percepción que se tiene del sistema judicial queda
totalmente comprometida al momento de realizar un intento de elección popular de los impartidores de
justicia, ya que, los ciudadanos pueden llegar a considerar que existen maneras de intervenir o
influenciar en que impartidores de justicia llegan a estar como candidatos o llegan a ganar dadas
elecciones. Igualmente, se percibe que, en el momento de estar en el poder, dichos jueces no tengan una
postura imparcial y objetiva al ejercer, comprometiendo así la independencia judicial, la seguridad y
protección de los derechos.

Por el contrario, la Suprema Corte de la Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal
describen en un apartado de su sitio oficial que la independencia judicial se fortalece a manera que:
“dota de más y mejores herramientas para el combate a la corrupción, el nepotismo y el acoso sexual;”
y dota de más y mejores herramientas para el combate a la corrupción, el nepotismo y el acoso sexual.”;
lo cual difiere de la percepción social que la mayoría de la población en México expresa. (Suprema
Corte de la Justicia de la Nación y Consejo de la Judicatura Federal, 2021)

Reformas legislativas necesarias para implementar este modelo

Se avalaron modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE)
(2024), además de modificaciones a la Ley General del Sistema de Medios de impugnación en materia
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Electoral (2024): mediante las cuales se establece que la actual presidenta del Instituto Nacional
Electoral (INE), Guadalupe Taddei, cuenta con la facultad para nombrar a los funcionarios de las áreas
ejecutivas. Además, se aprobó la eliminación de una reserva a las reformas de las leyes secundarias que
permitirá a la mayoría parlamentaria imponer un veto a los aspirantes a jueces, magistrados y ministros
que no fuesen de su agrado (2024). También se precisa que el Juicio de Inconformidad procederá para
impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales cuando se violen normas
constitucionales o legales durante el proceso de elección de juzgadores del Poder Judicial. (Arizmendi,
2024)

Las anteriores modificaciones fueron publicadas en el documento “Decreto” por el que se reforman y
adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en
materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación”, publicado en el portal
oficial del Diario oficial de la Federación, entrando en vigor el día martes 15 de octubre de 2024. Del
mismo modo, se modificó el artículo 94 para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se componga
de nueve integrantes, ministras y ministros, y funcione únicamente en Pleno, al mismo tiempo que, su
presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga
cada candidatura en la elección respectiva. (Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos, 2024)

En dicha modificación el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (2024) dispone que:

Las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas y
Magistrados de la Sala Superior y las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial,
Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, serán elegidos de
manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones
federales ordinarias del año que corresponda.

Estas modificaciones se publicaron en el portal oficial del Diario Oficial de la Federación a través del
documento “Decreto” por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial.”,
entrando en vigor el día jueves 16 de septiembre de 2024.
pág. 11738
Por consiguiente, estas reformas legislativas tienen la finalidad de modificar la estructura y
funcionamiento del sistema judicial para que el método de elección popular sea eficaz y transparente,
dejando de lado los conflictos constitucionales y problemas de estabilidad que estas modificaciones
generan; tales como, falta de experiencia y conocimiento para la obtención de puestos de poder
mediante la elección popular, o la vulnerabilidad al derecho de acceso a la justicia al aprobar el juicio
de inconformidad en donde el acusado puede ser excluido de manera arbitraria y no puede presentar sus
propias pruebas para desmentir los hechos de los que se le acusa.

Posibles alternativas y complementos al modelo de elección popular

En el documento denominado “Reforma integral al sistema de justicia en México: desafíos y
propuestas” publicado en el portal oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; la ministra
Norma Piña Hernández, acompañada de tres ministros y tres integrantes del Poder Judicial, presentaron
una serie de propuestas encaminadas a mejorar el objetivo y desarrollo de la reforma judicial. En tal
documento, se desarrollan ideas como la profesionalización de los servicios policiales locales,
capacitación en técnicas de investigación e implementación de herramientas tecnológicas para la
investigación criminal; capacitación a jueces de ejecución en temas de derechos humanos y temas
diferenciados fortaleciendo su independencia. Respecto al refuerzo a un mayor número de juzgadores
públicos, enfatiza en realizar más concursos de oposición abiertos para que las personas que no poseen
una carrera judicial puedan acceder a ser juzgadores federales en simultáneo con mantener una
capacitación continua de las personas integrantes del Poder Judicial a través de programas integrales.
(Suprema Corte de la Justicia de la Nación y Consejo de la Judicatura Federal, 2024).

Estas y otras propuestas descritas en dicho documento tienen en consideración las necesidades de
quienes tienen a su cargo funciones de seguridad y justicia como de personas que interactúan con ellos,
dando así, atención a las preocupaciones manifestadas por diversas organizaciones de la sociedad civil;
enfocado en contribuir a un sistema integral de seguridad pública y justa en el país.

CONCLUSIONES

El fortalecimiento del sistema judicial en México requiere un enfoque completo y detallado,
especialmente al tratar la propuesta de la elección popular de los jueces. Por ello, se reflexiona acerca
de las implicaciones que trae consigo esta propuesta en el contexto actual del sistema judicial mexicano.
pág. 11739
Si bien el concepto de seleccionar a los magistrados y ministros a través del sufragio popular, aspira a
aumentar la transparencia y la rendición de cuentas, también se ponen de manifiesto riesgos
significativos relacionados con la politización del poder judicial, lo cual podría afectar gravemente su
independencia e imparcialidad.

En ese tenor, resulta vital que las reformas no solo tengan como objetivo cambiar el sistema de elección
de jueces, sino que también aborden la capacitación continua y la profesionalización de los impartidores
de justicia.

En tal sentido, la capacitación en derechos humanos, la ética laboral y la aplicación de tecnologías para
una justicia eficaz, son componentes cruciales que coadyuvan al aseguramiento de un sistema judicial
sólido, fiable y apto para atender las exigencias sociales; siendo indispensable establecer
procedimientos que salvaguarden la autonomía de los magistrados y garanticen que sus decisiones no
estén sometidas a presiones externas ni a intereses particulares.

Las reformas judiciales deben ser orientadas a la construcción de un sistema de justicia que no solo
proteja los derechos individuales de los ciudadanos, sino que también funcione como protector de la
democracia y la unión social en México, dado a que, un sistema judicial más accesible, imparcial y
eficiente, es clave para restaurar la confianza de los ciudadanos, quienes en la actualidad exhiben una
desconfianza preocupante en las instituciones judiciales del país. El éxito de esta reforma dependerá de
la capacidad de las instituciones para encontrar un equilibrio entre la legitimidad democrática y la
imparcialidad judicial.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

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