LA JUSTICIA Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS
DESDE LAS PERSPECTIVAS FEMINISTAS
RETHINKING JUSTICE AND NEW TECHNOLOGIES FROM
FEMINIST PERSPECTIVES
Renan Eduardo Andrade Castillo
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí - Ecuador
Karol Gissela Zambrano Macías
Universidad de las Américas (UDLA) - Ecuador
Victor Alfonso Velez Cagua
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí - Ecuador

pág. 170
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i3.17589
La justicia y las nuevas tecnologías desde las perspectivas feministas
Renan Eduardo Andrade Castillo1
reac15@gmail.com
https://orcid.org/0009-0004-3884-808X
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
Ecuador
Karol Gissela Zambrano Macías
gisellazambrano84@gmail.com
https://orcid.org/0009-0003-1327-8706
Universidad de las Américas (UDLA)
Ecuador
Victor Alfonso Velez Cagua
vcvictor1984@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0008-0157-4416
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
Ecuador
RESUMEN
Este artículo explora cómo los enfoques feministas, especialmente los feminismos decoloniales,
ciberfeminismos y teorías queer, ofrecen herramientas críticas para analizar y transformar la relación
entre justicia, género y tecnologías de la información y comunicación (TIC). A partir de una revisión
teórica interdisciplinaria, se examinan los vínculos entre violencia de género estructural y prácticas
tecnológicas, destacando cómo estas últimas pueden perpetuar o desafiar las desigualdades existentes. Se
analizan fenómenos como la violencia simbólica, digital y epistémica, y se profundiza en el rol del
lenguaje y los discursos en la producción de jerarquías sociales. Casos como la "Marcha de las Putas"
muestran cómo el activismo feminista ha resignificado términos y utilizado las plataformas digitales
como medios de resistencia. A través del concepto de performatividad de género, se reflexiona sobre el
poder del discurso y de las tecnologías para reproducir o subvertir los mandatos patriarcales. El artículo
concluye destacando el valor del feminismo como proyecto prescriptivo y político que invita a repensar
las tecnologías desde una mirada plural, crítica y emancipadora.
Palabras clave: tecnologías de la información, feminismo, violencia de género, ciberfeminismo,
performatividad
1 Autor principal
Correspondencia: reac15@gmail.com

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Rethinking Justice and New Technologies from Feminist Perspectives
ABSTRACT
This article explores how feminist approaches—particularly decolonial feminisms, cyberfeminisms, and
queer theory—provide critical tools to analyze and transform the intersection of justice, gender, and
information and communication technologies (ICTs). Through an interdisciplinary theoretical review, it
examines the links between structural gender violence and technological practices, emphasizing how
technology can either reinforce or challenge existing inequalities. The article addresses issues such as
symbolic, digital, and epistemic violence, and the role of language and discourse in constructing social
hierarchies. Activist actions like the “SlutWalk” are analyzed as examples of the feminist reappropriation
of language and digital platforms for resistance. Drawing on the concept of gender performativity, the
study reflects on the discursive power of technologies to either reproduce or disrupt patriarchal mandates.
The article concludes by asserting feminism as a prescriptive and political project that enables critical
and plural approaches to technological development.
Keywords: information technologies, feminism, gender violence, cyberfeminism, performativity
Artículo recibido 05 abril 2025
Aceptado para publicación: 18 mayo 2025

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INTRODUCCIÓN
En las últimas décadas, los avances en tecnologías de la información y la comunicación (TIC) han
transformado profundamente las dinámicas sociales, económicas y culturales. Sin embargo, lejos de
constituir herramientas neutrales, estas tecnologías reproducen estructuras de poder históricas que
perpetúan desigualdades, particularmente las relacionadas con el género. Desde esta perspectiva, los
estudios feministas han realizado aportes fundamentales para comprender cómo el desarrollo y uso de las
TIC están atravesados por relaciones de poder que privilegian visiones masculinas, blancas,
cisheteronormativas y occidentales del mundo (Wajcman, 1991; Haraway, 1995).
El presente artículo parte de la premisa de que tanto el derecho como las tecnologías deben ser
comprendidos como campos de disputa donde se reproducen y pueden ser desafiadas las relaciones de
subordinación. En este sentido, los feminismos –especialmente los enfoques decoloniales, los
ciberfeminismos y las teorías queer– permiten repensar críticamente la justicia, proponiendo formas más
inclusivas, plurales y emancipadoras de interpretar y aplicar el conocimiento técnico, legal y simbólico
(Butler, 2002; Segato, 2019).
Uno de los principales retos actuales es evidenciar cómo las tecnologías, lejos de ser ajenas a las
dinámicas de género, replican violencias epistémicas y simbólicas que afectan de manera diferenciada a
mujeres, personas trans, y otros sujetos subalternizados. Estas violencias se expresan tanto en el acceso
desigual a la tecnología, como en la representación estereotipada y sexista que circula en medios digitales,
plataformas y algoritmos. De allí la importancia de integrar una mirada interseccional y decolonial que
permita no solo identificar estas brechas, sino también proponer alternativas desde los márgenes, a través
del activismo digital, la reapropiación del lenguaje y la resignificación de los cuerpos (Gallegos, 2018;
Maffía, 2012).
En este marco, el artículo propone un análisis crítico de las relaciones entre justicia, TIC y género,
abordando la violencia de género desde sus dimensiones estructurales, simbólicas y digitales. Se revisan
conceptos clave como performatividad de género, violencia simbólica y discurso, para evidenciar cómo
los espacios virtuales también constituyen terrenos donde se libra la disputa por la igualdad. Se analiza el
caso de la “Marcha de las Putas” como una expresión de resistencia que resignifica el lenguaje como
herramienta de justicia simbólica.

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El objetivo general es reflexionar sobre los aportes de los feminismos contemporáneos al debate sobre
justicia y tecnología, visibilizando las formas en que las TIC pueden ser tanto herramientas de opresión
como de transformación. Para ello, se articula una revisión teórica interdisciplinaria que permite
comprender el impacto de los discursos, representaciones y tecnologías sobre los cuerpos, las
subjetividades y los derechos de las mujeres y disidencias sexo-genéricas.
METODOLOGÍA
El presente artículo se enmarca dentro de un enfoque cualitativo y hermenéutico, de carácter teórico-
documental. Se adopta una estrategia de análisis crítico-discursivo con base en los estudios feministas,
especialmente aquellos vinculados al feminismo decolonial, el ciberfeminismo, y las teorías queer y
postestructuralistas. La investigación no busca verificar hipótesis empíricas, sino más bien aportar a la
comprensión, resignificación y problematización de los vínculos entre justicia, género y tecnologías de
la información y la comunicación (TIC).
La recolección de información se basó en la revisión exhaustiva de literatura científica, ensayos teóricos,
textos normativos, y documentos de organismos internacionales relacionados con derechos humanos y
violencia de género. Se recurrió a autoras claves como Judith Butler, Rita Segato, Donna Haraway, Judy
Wajcman y Diana Maffía, cuyas obras han sido fundamentales para el análisis de las estructuras
patriarcales que permean los sistemas tecnológicos, legales y sociales contemporáneos.
Asimismo, se incorporaron fuentes secundarias provenientes de estudios de caso, como la “Marcha de las
Putas”, que permitieron ejemplificar la performatividad del discurso feminista en espacios digitales. La
metodología utilizada privilegia la interpretación crítica y contextualizada de los discursos, categorías
analíticas y representaciones sociales, a través de un análisis transversal que combina el género, la
tecnología y los derechos humanos.
De esta manera, se articula un marco metodológico que permite entender el papel del lenguaje, la
representación simbólica y las tecnologías digitales como campos de disputa donde se producen,
reproducen o resisten jerarquías de poder. Esta aproximación se apoya en la interseccionalidad como
principio clave para comprender las múltiples dimensiones de la violencia de género y las posibilidades
de transformación a través de la acción feminista en entornos digitales.

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RESULTADOS Y DISCUSIÓN
A partir de la revisión teórica y documental realizada, se identifican diversas formas en las que los
enfoques feministas han problematizado la relación entre violencia de género, justicia y tecnologías. En
esta sección se presentan los principales hallazgos y reflexiones en torno a la dimensión estructural de la
violencia contra las mujeres, su manifestación en los entornos digitales, y el papel que juegan el lenguaje,
los discursos y las tecnologías en la reproducción o resistencia de estas violencias. Asimismo, se exploran
experiencias de reapropiación simbólica como la “Marcha de las Putas”, y se abordan categorías como la
performatividad de género y el poder discursivo, desde una mirada crítica y situada en los debates actuales
del feminismo.
El artículo aborda las formas en que los estudios de género y sobre todo los feminismos nos permiten
abordar de mejor manera las formas en que tanto las tecnologías así como el derecho pueden ser
herramientas útiles para impartir justicia. Una justicia que sea imparcial pero al mismo tiempo que nos
permita igualar condiciones necesarias para erradicar la violencia de género. Pues, este concepto es aún
en la actualidad bastante invisibilizado, tiende muchas veces a ser omitido del discurso y la práctica. Es
así que muchas veces la tecnología replica injusticia epistmética en contra de los sujetos subalternizados;
reproduciendo roles y estereotipos de género que producen discriminación, exclusión y violencia que se
repican de manera visible en los espacios informáticos.
Por ello, al ser una propuesta innovadora los feminismos sobre todo los decoloniales y los
ciberfeminismos más los aportes Queer, nos brindan nuevos horizontes para construir narrativas y formas
de ver el mundo más plurales y diversas. En este trabajo partimos de las formas en que los feminismos
complejizan las realidades binarias y violentas del género y de como hacer para que las tecnologías no
repliquen estos paradigmas que recrean jerarquías de poder. Se han utilizado aportes de feministas
decoloniales como Diana Maffía, Rita Segato, Donna Haraway, así como también los aportes del
feminismo y tecnología de Judy Wajcman (1991) sobre tecnofeminismo, la autora realiza un análisis
donde articula a la cultura con la tecnología para ver la forma en que estos dos espacios se construyen, y
a partir de ahí evidenciar las prácticas culturales, imágenes y símbolos, pero también alianzas que se
construyen a partir de la tecnología, haciendo hincapié en la reproducción de los roles de género, además
replicando el imaginario de que las mujeres están en los intersticios de la tecnología.

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La segunda parte de este ensayo está direccionada a realizar un análisis rápido acerca de las campañas
digitales realizadas para trasngredir el lenguaje como forma de apropiación, a través de la denominada
“marcha de las putas”, que como sabemos, es una de las movilizaciones emblemáticas que afrontan la
violencia de género. En este sentido, el papel que han jugado las plataformas informáticas como Facebook
y Twitter dentro de las convocatorias feministas para reivindicar derechos ha sido crucial. De esta manera,
se evidencia las formas en que se articulan tanto los estudios de género con las TIC y las reivindicaciones
de las formas en que son representadas simbólicamente las mujeres en el país.
Violencia de Género y sus dimensiones estructurales
Antes de abordar el tema de VCM, es necesario hacer hincapié en el Género como perspectiva analítica
que ha posibilitado el espacio necesario para comprender de manera más integral a la VCM. En este
sentido una de las pioneras en utilizar al género como categoría analítica es Gayle Rubin (1976). Rubin,
aborda al género y al sexo como un sistema que interpreta a la humanidad en base a roles asignados al
nacer, además, dentro de esta estructura, la sexualidad es convertida en mercancía, intercambiable y/o
permutable. El sistema sexo/género se encarga de atribuir determinadas funciones y roles tanto a hombres
y a mujeres, estas son percibidas/vistas como esenciales, además, estas diferencias son la base para la
desigualdad y generan relaciones de poder asimétricas entre hombres y mujeres. De ahí que la
“discriminación hacia las mujeres y los atentados a sus derechos no obedecen a las características
biológicas de unos y otras, sino que son el resultado de los procesos de socialización y de las
construcciones sociales y culturales de las identidades de género” (Rubin 1976).
Así, la violencia de género contra la mujer tiene múltiples dimensiones y complejidades para su abordaje,
puesto que la misma concepción de violencia ha tenido importantes transformaciones que ameritan ser
analizadas. En los años setenta se le conoce a la violencia de género, con el nombre de discriminación
hacia la mujer, en los años ochenta y noventa la denominación pasó de ser “discriminación hacia la mujer”
a “violencia en contra las mujeres”, para que bien entrados los años noventa se habla de “violencia de
género” (Jaramillo y Canaval, 2019). Este último término es aún más integrativo, pues, señala que la
violencia de género no sólo es en contra de las mujeres (biológicas) sino que además con aquellas
personas que se identifican en algún punto con la feminidad (identidades y corporalidades femeninas y
feminizadas).

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En este sentido, la violencia contra las mujeres/violencia de género tendría al menos tres dimensiones
conceptuales: estructural, individual y social. La primera entiende a la violencia de género que parte de
un sistema y/o estructura social, en tanto contiene las condiciones materiales y subjetivas para que ésta
se naturalice y reproduzca, además que “mantiene la subordinación de la mujer (...) [en] un ejercicio que
produce daño a quien la recibe y se expresa en el marco de las relaciones de poder asimétricas entre
hombres y mujeres” (Jaramillo y Canaval, 2019, p. 179).
Tal y como indica la feminista Marcela Lagarde, estas relaciones de poder que se establecen entre
hombres y mujeres no sólo crean desigualdades, sino que además son las que mantienen la violencia
contra las mujeres. Las prohibiciones ideológicas y jurídicas estatales no han impedido que la violencia
sea una permanente en las relaciones entre hombres, mujeres y personas de diversa condición sexo
genérica, tampoco han logrado detener el continuum de violencia dentro de las instituciones en que la
VCM ocurre. Así, se replica en la conyugalidad, la paternidad y la familia, el Estado; estas relaciones
jerárquicas son regidas por un pacto/contrato social que Pateman (1995) denominó “contrato sexual”. Es
decir, que dentro de la conformación de los Estados no sólo existen acuerdos sociales (contrato social)
para establecer un ordenamiento, sino que implícito a ese contrato, también existe un contrato sexual (que
no es tan evidente) donde se estableció el lugar que ocuparían las mujeres y las actividades que realizarían.
La violencia contra las mujeres ocurre sin que medie ninguna relación social previa, salvo la pertenencia
genérica. De esta manera, la VCM “es un supuesto de la relación genérica patriarcal previa a las relaciones
que establecen los particulares; las formas que adquiere son relativas al ámbito en que la violencia
acontece” (Lagarde 2005, 258). En este sentido, la VCM es estructural en tanto, es una práctica patriarcal,
que proviene de un mandato de masculinidad, que no sólo afecta a todas las mujeres por su condición,
sino también genera afectaciones a toda la sociedad. Según Segato (2003) “en orden cronológico, los
hombres son la primera víctima del patriarcado y del mandato de masculinidad y violencia de género: el
hombre sufre su masculinización desde que es niño, sufre el quiebre de su sensibilidad, del
encallosamiento de sus sentidos, la prohibición de llorar, la censura del ojo de sus pares hombres sobre
sus aspectos femeninos (...) luego de aceptar este mandato (que le dice que puede hacer o no) (...) sólo
después pasa a ejercer este mandato de crueldad de varias formas: moral, simbólica, financiera, física,

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sexual y feminicida sobre las mujeres. Pero primero sufren los hombres de este mandato (...) (Segato,
2018).
Al mismo tiempo la VCM es individual y social porque la experiencia subjetiva de cada víctima tiene sus
propios matices, que están imbricados por el entorno social, por la edad, por la condición de clase, etc.
Esto hace que la VCM deba ser analizada desde diferentes perspectivas que permitan visibilizar los
contextos y las formas en que estas se articulan y generarían mayor vulnerabilidad. Así, la violencia
contra la mujer es un problema universal que afecta en distintos niveles a las mujeres de todas las culturas,
creencias, etnias, posición de clase u orientación sexual, la cual se sustenta en las relaciones jerárquicas
de género.
La VCM parte de una perspectiva estructural que también aborda el tema de construcción de
masculinidades y la comprensión de que el sujeto de protección de la ley son mujeres diversas; esta
diversidad también tiene que ver con mujeres de diferentes identidades de género, orientaciones sexuales,
provenientes de otros lugares, etc. La violencia es objeto de políticas públicas que tienen como finalidad
prevenir; atender, proteger y garantizar el acceso a la justicia a las víctimas de violencia; y paulatinamente
eliminar esta práctica. Para cumplir con ese objetivo es fundamental conocer la magnitud, características,
perspectivas de la VCM para definir políticas y programas integrales orientados a garantizar el derecho
de las mujeres a una vida libre de violencia.
De acuerdo con instrumentos internacionales de Derechos Humanos, como la “Declaración de Naciones
Unidas sobre Violencia contra la Mujer”, aprobada en diciembre de 1993 la VCM:
“(…) constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el
hombre y la mujer, que han conducido a la dominación de la mujer y a la discriminación en su
contra por parte del hombre e impedido el adelanto pleno de la mujer, y que la violencia contra la
mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se fuerza a la mujer a una
situación de subordinación respecto del hombre” (ONU, 1993).
Para la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer
(Belém do Pará) la VCM es “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño
o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”
(artículo 1, Belén do Pará Registro Oficial Suplemento 153, 25de noviembre de 2005). Es importante

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establecer las definiciones que adoptan tanto los organismos internacionales y la normativa nacional,
acerca de VCM ya que al hacer esta diferenciación analítica vamos a realizar estudios que precisamente
den cuenta de las dimensiones que abarca la VCM.
Por su parte, para ONU Mujeres la violencia contra las mujeres y las niñas se define como:
Todo acto de violencia basado en el género que tenga o pueda tener como resultado un daño o
sufrimiento físico, sexual o mental para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción
o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida
privada. La violencia contra las mujeres y niñas abarca, con carácter no limitativo, la violencia
física, sexual y psicológica que se produce en el seno de la familia o de la comunidad, así como la
perpetrada o tolerada por el Estado (ONU-Mujeres, 2020).
En cuanto a las repercusiones de la VCM existen diversos estudios que categorizan a la VCM como
“pandemia global” (OMS, 2021) ya que, mella distintos derechos reconocidos en normativas nacionales
e internacionales, como son el derecho a la vida, a la integridad física, emocional y sexual, a la libertad y
seguridad, a no ser sometidas a malos tratos, tal como señala la Convención Interamericana de Belém do
Pará. Además, existen efectos en la salud: física, mental, conductual y en el pleno desarrollo de sus
derechos sexuales y reproductivos. A nivel físico y psicológico, las mujeres evidencian traumatismos,
lesiones, depresión, ansiedad, trastornos del sueño, intentos de suicidio, (OPS, s.f) también repercusiones
en ámbitos como el económico, ya que la VCM tiene un costo económico de aproximadamente “USD
4.608 millones al año o el equivalente al 4,28% de su Producto Interno Bruto (PIB)” (Coba, 2020). En el
ámbito educativo las repercusiones tienen que ver con una baja escolaridad y deserción de los estudios,
etc. Y la culminación de la vida de las mujeres a través de la conjunción de los diferentes tipos de
violencias, es el femicidio que según datos de la FGE del año 2015 al 2021 se registraron 506 feminicidios
en todo el país. (FGE, 2021).
En Ecuador se inicia a hablar de VCM desde finales de los años ochenta, donde esta problemática aún se
mantenía en el espacio privado y que el Estado debía mantenerse al margen. A pesar de ello, la definición
legal del término VCM que indica el Código Integral Penal ecuatoriano, sigue manteniendo la concepción
de que la VCM está tipificada dentro del ámbito familiar: “toda acción que consista en maltrato, físico,
psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes

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del núcleo familiar (tales como) cónyuge, pareja en unión de hecho o unión libre, conviviente,
ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad o
(aquellas con quien el procesado/a tenga o haya tenido) vínculos familiares, íntimos, afectivos,
conyugales, de convivencia, noviazgo o cohabitación” (artículo 155, COIP, Registro Oficial Suplemento
180 de 10 de febrero de 2014). Mientras que en la LOIPEVCM (2018) hay un cambio de paradigma en
cuanto a la comprensión epistémica de VCM, pues, define a la violencia acorde a consideraciones que
salen del ámbito privado-familiar: “cualquier acción o conducta basada en su género que cause o no
muerte, daño y/o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, gineco-obstétrico a
las mujeres, tanto en el ámbito público como privado”, (artículo 4, LOIPEVCM, Registro Oficial
Suplemento 175 de 05 de febrero de 2018).
De esta forma, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece como tipos penales la violencia física,
psicológica y sexual e incorpora por primera vez en el país en 2014 el tipo penal de femicidio. Mientras
que la LOIPEVCM reconoce otros tipos de violencia como la violencia económica o patrimonial,
simbólica, política, gineco-obstétrica y sexual digital.
Esta última nomenclatura nos permite pensar a la violencia de género como un delito, una grave violación
de derechos humanos, pero también verlas desde diferentes/ nuevos espacios como el de las tecnologías
de la información y su incorporación de instrumentos y análisis de datos, nuevas figuras legales emergen
desde los espacios de visibilizarían de violencias, así la violencia digital también forma parte de esta
estructura. Por otro lado, este campo de las tecnologías también ha sido exclusivo de hombres cuya
participación en carreras para su desarrollo ha sido casi que exclusiva para ellos, sin embargo, a partir de
la década de los noventa incursionan mujeres en este ámbito, pues la falta de participación en estos
espacios también genera exclusión y formas de violencia que aún siguen siendo invisibles ante el Estado,
En este sentido, las formas en que la cultura ha entendido a la violencia de género, así como los lugares
y espacios que ocupan hombres y mujeres en la estructura social; por ejemplo, aquellas formas de pensar
el género a través de “las representaciones de los medios de comunicación de hombres y mujeres en
relación a las tecnologías y las narrativas altamente generizadas que están incluidas en los textos, las
imágenes y los discursos en el proceso de educación, hacen que todos los esfuerzos y programas para

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incorporar a las mujeres a la tecnología no acaben de dar los resultados esperados. (…) (Perdomo, 2016,
p.15).
Resignificación, uso del lenguaje y TIC: violencia de género y discursos sobre empoderamiento
desde convocatorias virtuales
De acuerdo con el sociólogo Durkheim (1912) el lenguaje no es solamente “el revestimiento exterior del
pensamiento: es su armadura interna. No se limita a traducirlo hacia afuera; una vez que se ha formado,
sirve para hacerlo”. (Durkheim, 1912, p. 107). Es decir, el lenguaje es el resultado de formas a través de
las cuales, el mundo está constituido y construido “asignamos a ciertas referencias o evidencias, validez
y legitimidad. Nos lo creemos: lo vemos, pensamos, sentimos como algo que es, no como algo que se
construye continuamente; por lo tanto, difícilmente cuestionamos la forma en que se hace y piensa todo
a nuestro alrededor. Si lo hacemos, “pronto ponemos en marcha mecanismos para proteger nuestra
realidad y evitar una conmoción que ponga en duda todo aquello que de alguna manera nos constituye
como sujetos” (Gallegos 2018, 1).
Uno de los modos de expresión universales es la forma en que el lenguaje ha ido construyendo vivencias,
memorias y el diario vivir. Si bien las tecnologías de la información trajeron consigo adelantos en cuanto
al uso de información, y con ello, mayores desafíos para la interpretación de datos estadísticos; las cifras
y análisis de violencia de género, el número de femicidios. Todas estas categorías no fueron generadas
per se el uso de TIC, sino más bien fueron espacios ganados por los feminismos que durante décadas han
luchado por ganar espacios que visibilizarían nuevas/otras formas de violencia de género.
En los espacios virtuales, no es la excepción en donde el tema de falta de visibilización y violencia de
género sea algo continuo. Si no, todo lo contrario, existen sesgos que continúan permeando a la sociedad,
una de las autoras que se adelantó a decir, que a pesar de los avances en las TIC, que no originarían algo
nuevo, sino siguen manteniendo concepciones heterodoxas respecto al mundo es Menebrea (1843)
“Es deseable guardarse de las ideas exageradas que pueden surgir acerca de los poderes del
Ingenio analítico (...) El Ingenio Analítico no tiene pretensiones de originar nada nuevo. Puede
hacer lo que sepamos cómo ordenarle que haga. No tiene el poder de anticipar ninguna relación
o verdad analítica nueva. Su función es asistirnos (...) Pero es probable que ejerza una influencia
indirecta y recíproca en la ciencia misma. En la medida en que se distribuye y combina las

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verdades y la fórmula del análisis, éstas están más fácil y rápidamente dispuestas para las
combinaciones mecánicas del ingenio, y las relaciones y naturaleza de cualquier objeto de estudio
en la ciencia son observadas desde otra perspectiva e investigadas de forma más profunda”
(Menabrea, 1843).
El lenguaje construye a partir de particularidades, tales como el uso de la palabra y sus significantes. Las
formas en que este es utilizado también generarán formas de violencia de género, para citar un ejemplo
que ocurrió en Canadá a través de las representaciones y uso del lenguaje en los medios de comunicación
y en representaciones visuales, artísticas, que fueron transformando los significados a través del
activismo. La resignificación de palabras espacio a través del uso del lenguaje como un medio para
enfrentar a un sistema legal que sigue siendo fallido en la forma de afrontar el tema de violencia de
género.
Precisamente el tema que traemos a colación es lo que aconteció en Canadá hace varios años atrás: un
oficial de policía manifestó que las mujeres no deberían vestirse como “putas” y sólo así evitarían ser
víctimas de violencia. Este hecho conmocionó al mundo de manera tal que se organizaron a través de
plataformas virtuales como formas de protesta en contra lo enunciado. Es precisamente gracias a estas
representaciones visuales y auditivas a través de los medios de comunicación e información que también
se dan formas de transgredir estructuras, que han tenido su tiempo para dar espacio a nuevas agendas. En
estos espacios el uso de plataformas virtuales como Facebook y Twitter han sido indispensables para
modificar y trasgredir estructuras y discursos que violentan.
Performatividad de género, feminismos y reapropiación de la palabra en espacios virtuales
La performatividad de género es un concepto que proviene de la filósofa feminista Judith Butler. Si bien,
las primeras olas del feminismo afirmaban que el género es construido social y culturalmente, las
corrientes más postestructuralistas de los distintos feminismos (trans, feminismos negros,
interseccionales, etc.) indican que no solamente el género es algo fijo, lineal y convencional, sino que la
biología es leída a través de este lente binario. Además, el concepto de performatividad de género refiere
a la plasticidad que implica pensar más allá de los bordes de los enunciados hombre y mujer, ya que el
género como tal se encuentra simultáneamente construyéndose, elaborándose.

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Quizá uno de los aportes más significativos de Butler es sostener que el género no viene dado por la
naturaleza, sino está socialmente, dado a partir de interpretaciones discursivas que entretejen y evidencian
la realidad a partir de postulados aparentemente científicos, pero que son producto de convenciones
sociales. Por otro lado, la noción de performatividad de género hace referencia a la práctica reiterativa y
referencial en la que el discurso produce los efectos que nombra (Butler, 2002).
De esta manera, Butler reflexiona acerca del poder del discurso en la constitución de la subjetividad y
también en las formas de agenciamiento. La performatividad es al mismo tiempo una "esfera en la que el
poder actúa como discurso" pero también en la que el poder de produce discursivamente a través de
enunciados (Butler 2002, 316)
Los actos performativos son formas de habla autorizada: la mayoría de los performativos, por
ejemplo, son afirmaciones que, en la enunciación, también llevan a cabo cierta acción y ejercen
un poder compulsivo sobre la acción llevada a cabo (Butler 1993, 17).
El discurso produce determinadas personas, con rasgos que incluso parecerían encarnados, semiotizados
por la sociedad que reafirma su posición. Foucault indica que, “el discurso se refuerza constantemente,
ya que es a la vez un instrumento y un efecto del poder: controla los pensamientos y las conductas, que a
su vez modelan el sistema de creencias” (Foucault 2000, 27). Así el poder en tanto discurso y también
como creador de verdades que después va a regular estas a partir de un régimen de poder-saber, es decir,
un “corpus de conocimientos comunes considerados innegables.
El discurso, no sólo se refuerza constantemente, “ya que es a la vez un instrumento y un efecto del poder:
controla los pensamientos y las conductas, que a su vez modelan el sistema de creencias” (Abad 2022,
15). Así, las mujeres que ejercen trabajo sexual, mujeres trans, mujeres en general llamadas putas por
salir de la esfera privada a las que han sido asignadas, pero también por vivir una sexualidad que en
muchas veces se ve envuelta de discursos patriarcales respecto al cuerpo y al placer.
Foucault, indica que las sociedades normalizadoras los individuos que viven en sociedad son producidos
a partir de discursos y de lo que el denomina “poder”, quien tiene en sus manos la construcción de los
diferentes discursos que se tienen como verdades en distintos ámbitos. En este sentido, los discursos y
códigos culturales, patriarcales y machistas; la posibilidad de que las mujeres sean autónomas en
referencia a sus cuerpos y a disfrutar su sexualidad, “por ello, son estigmatizadas también todas las

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mujeres que transgreden los mandatos sociales referentes a la sexualidad femenina, como las lesbianas,
las transexuales, las sexualmente muy activas, las polígamas, etc.” (Abad 2022, 8).
CONCLUSIÓN
A través de las tecnologías de la información, que han sido espacios destinados para la reproducción de
estereotipos de género, misóginos emitidos en imágenes, formas de representación, uso del lenguaje y
palabras, hemos visto distintas concepciones sobre como el lenguaje emerge en las plataformas de
comunicación y medios digitales. Por otro lado, la irrupción de mujeres en este campo (como área laboral)
es reciente. Aunque los llamados tecno feminismos, quienes nos advierten además del uso de tecnologías
con las mismas concepciones patriarcales no es algo “nuevo” sino algo más expansivo que pinta como
innovador pero que termina replicando las mismas formas de segregación hacia las mujeres.
En este artículo se pudo constatar las formas en que el lenguaje permea incluso en espacios aparentemente
“neutrales” como las TIC. A través del uso de la palabra como algo “despectivo” en Canadá surge una
forma de insurrección que tuvo como centro las tecnologías de la información a través de las redes
sociales, es decir, a través de convocatorias en donde se llamaban a cientos de mujeres para reivindicar
el derecho a la no violencia de género, se pudieron gestionar acciones, pero también salieron a relucir
varios paradigmas patriarcales que permean los medios informáticos.
Por otro lado, estas acciones han sido emancipadoras por cuanto las organizaciones de mujeres han
articulado suficientes acciones para trasgredir estos patrones de violencia. Es importante el rol que juega
el feminismo y los estudios de género precisamente como espacios para repensar la igualdad y la justicia,
y la forma en que los medios telemáticos y las TIC influyen en la reproducción del patriarcado. En este
sentido, se hace evidente lo que autoras que han trabajado sobre el cuestionamiento a las estructuras
patriarcales y sociales como Segato y Maffía, comienzan a despuntar este ordenamiento. Por ello, se dice
que el feminismo tiene un carácter prescriptivo y programático, es decir es una manera de pensar y habitar
el mundo entre el discurso y la práctica, en tanto que las TICS presentan desafíos y formas nuevas de
pensar en mundos plurales e igualitarios.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Acién, Estefanía. 2019. Sacudirse el estigma. Apropiación del término ‘puta’ desde el activismo por los
derechos en el trabajo sexual

pág. 184
Butler, J (2002) El género en disputa. Performatividad de género, Mesina: España.
Fiscalía General del Estado. (2021) Las Cifras del Femicidio. https://www.fiscalia.gob.ec/estadisticas-
fge/
Foucault, M. (1991). Historia de la sexualidad. Tomo 1. La voluntad de saber. México: Siglo XXI.
ETZKOWITZ, Henry y RANGA, Marina (2011): “Gender dynamics in Science and technology: from
the «leaky pipeline» to the «vanish box»”, Brussels Economic Review, vol. 54, nº 2-3, pp. 131-147
HARAWAY, Donna (1995): Ciencia, cyborgs y mujeres. La reinvención de la naturaleza, Madrid,
Cátedra.
Haraway, Donna. (1984). Manifiesto Ciborg: El sueño irónico de un lenguaje común para las mujeres en
el circuito integrado. https://xenero.webs.uvigo.es/profesorado/beatriz_suarez/ciborg.pdf
Herrera, Rodrigo, 2003. Las calles como espacios públicos. Revista de Antropología Zainak,
https://core.ac.uk/download/pdf/11498058.pdf
https://doi.org/10.30578/nomadas.n51a7
Jaramillo, Deicy y Gladys Canaval (2019). Violencia de género: Un análisis evolutivo del concepto.
http://www.scielo.org.co/pdf/reus/v22n2/2389-7066-reus-22-02-178.pdf
Lagarde, Marcela. (2005). Los Cautiverios De Las Mujeres: Madres, esposas. Monjas, Putas. Presas y
Locas. 1st ed. México D.F: UNAM.
Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Registro Oficial
Suplemento 175 de 05 de febrero de 2018. Disponible en: https://www.igualdad.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2018/05/ley_prevenir_y_erradicar_violencia_mujeres.pdf
MENABRE, Luigi Federico (1843): “Sketch of the Analytical Engine invented by Charles Babbage”,
Lovelace, Ada (trad. y notas), Taylor’s Scientific Memoirs, vol. 3, pp. 666-731.
OEA. (1995). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer
"Convención de Belem Do Para" (OEA).
Pateman, Carole. (1995). El Contrato Sexual. 1st ed. Barcelona: Editorial Anthropos.
PNPEVCM (2020). Plan Nacional Para Prevenir y Erradicar La Violencia Contra las Mujeres: 2019-
2025. Disponible en https://www.derechoshumanos.gob.ec/wp-content/uploads/2022/02/Plan-
pág. 185
Nacional-de-Prevencio%CC%81n-y-Erradicacio%CC%81n-de-la-Violencia-contra-las-Mujeres-
y-Nin%CC%83as-2020-2030.pdf
Santiago, Karen. 2018. María Riot: puta feminista y la reivindicación de una sexualidad diversa.
https://luchadoras.mx/maria-riot-puta-feminista/
Segato, R. Pedagogías de la Crueldad, El mandato de la Masculinidad, Revista de la Universidad de
México, noviembre 2019
WAJCMAN, Judy (1991): Feminism Confronts Technology, State College, Pennsylvania State
University Press.
WAJCMAN, Judy (2006): El Tecnofeminismo, Madrid, Cátedra.