ACCESO A LA JUSTICIA PARA MUJERES
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA EN QUINTANA
ROO: ANÁLISIS CRÍTICO DEL
CUMPLIMIENTO DE LA LGAMVLV
ACCESS TO JUSTICE FOR WOMEN VICTIMS OF
VIOLENCE IN QUINTANA ROO: A CRITICAL ANALYSIS
OF THE IMPLEMENTATION OF THE LGAMVLV
Br. Rosa Zenaida García Martínez
Universidad Vizcaya de las Américas Campus Chetumal

pág. 2608
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i3.17889
Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en Quintana Roo:
análisis crítico del cumplimiento de la LGAMVLV
Br. Rosa Zenaida García Martínez1
garciamartinezrosa083@gmail.com
https://orcid.org/0009-0000-2437-3766
Universidad Vizcaya de las Américas Campus Chetumal
RESUMEN
La violencia de género en México constituye una violación sistemática a los derechos humanos,
persistente incluso ante la existencia de marcos normativos nacionales e internacionales como la Ley
General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), la CEDAW y la
Convención de Belém do Pará. En el estado de Quintana Roo, y particularmente en el municipio de
Solidaridad, se identifican altos índices de violencia feminicida, institucional y familiar, lo que evidencia
una disociación entre el diseño normativo y su implementación efectiva. A partir de una metodología
documental y cualitativa, este estudio analiza críticamente el cumplimiento de la LGAMVLV, revelando
barreras estructurales como la revictimización institucional, la escasa capacitación con perspectiva de
género, la débil articulación interinstitucional y la falta de cobertura adecuada de servicios de protección.
Se constata que los mecanismos previstos por la Ley —órdenes de protección, centros especializados y
medidas de reparación— son ineficaces o insuficientes en la práctica. La investigación propone una
serie de reformas normativas e institucionales que permitan cerrar la brecha entre el derecho formal y el
acceso efectivo a la justicia para las mujeres. Se concluye que, sin voluntad política, presupuesto
etiquetado y vigilancia ciudadana, la justicia para las mujeres continuará siendo una promesa
incumplida.
Palabras clave: acceso a la justicia, violencia de género, derechos humanos, ley general de acceso,
quintana roo
1 Autor principal
Correspondencia: garciamartinezrosa083@gmail.com

pág. 2609
Access to Justice for Women Victims of Violence in Quintana Roo: A Critical
Analysis of the Implementation of the LGAMVLV
ABSTRACT
Gender-based violence in Mexico constitutes a systematic violation of human rights, persisting despite
the existence of national and international legal frameworks such as the General Law on Women's
Access to a Life Free of Violence (LGAMVLV), the CEDAW, and the Belém do Pará Convention. In
the state of Quintana Roo, particularly in the municipality of Solidaridad, high rates of femicidal,
institutional, and domestic violence reveal a significant gap between legal design and its effective
implementation. Using a qualitative and documentary methodology, this study critically analyzes the
enforcement of the LGAMVLV, identifying structural barriers such as institutional revictimization,
limited gender-sensitive training, weak inter-institutional coordination, and insufficient protective
services coverage. The study finds that the mechanisms provided by the law—such as protection orders,
specialized centers, and reparatory measures—are largely ineffective or underutilized in practice. Based
on this diagnosis, a set of normative and institutional reforms is proposed to close the gap between
formal law and real access to justice for women. It is concluded that without political will, allocated
budgets, and civic oversight, justice for women will remain an unfulfilled promise in Mexico's southeast
region.
Keywords: access to justice, gender-based violence, human rights, general law on women’s access,
quintana roo

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INTRODUCCIÓN
La violencia de género constituye una de las más persistentes y graves violaciones a los derechos
humanos en México. A pesar de contar con un sólido marco normativo —como la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), la CEDAW y la Convención de
Belém do Pará—, la aplicación efectiva de estos instrumentos continúa siendo deficiente, especialmente
en contextos locales como el estado de Quintana Roo. En esta entidad, las cifras de violencia feminicida,
institucional y familiar son alarmantes, lo que pone en entredicho la capacidad del Estado para garantizar
el acceso a la justicia (INEGI, 2023; CNDH, 2017).
En municipios como Solidaridad, si bien se han implementado reglamentos alineados con la
LGAMVLV, subsisten deficiencias estructurales que limitan su eficacia: escasa capacitación del
personal judicial con perspectiva de género, baja cobertura de servicios integrales y falta de seguimiento
a las órdenes de protección (Evangelista-García et al., 2020; Tóh, 2020). Además, el cumplimiento
parcial de la Alerta de Violencia de Género revela una débil articulación interinstitucional.
El presente artículo tiene por objetivo analizar críticamente el cumplimiento de la LGAMVLV en
Quintana Roo, con énfasis en su operatividad en Solidaridad. A través de una investigación documental,
se examinan fuentes jurídicas, estadísticas oficiales e informes de derechos humanos para identificar
barreras estructurales que impiden el acceso efectivo a la justicia para mujeres víctimas de violencia.
Asimismo, se proponen líneas de mejora normativa e institucional que permitan cerrar la brecha entre
el derecho formal y su aplicación real. Este estudio busca contribuir a la transformación de las prácticas
estatales, impulsando una justicia con enfoque de género, interseccionalidad y derechos humanos.
La problemática planteada es que la violencia de género continúa siendo una de las formas más
persistentes de violación a los derechos humanos en México, particularmente en entidades como
Quintana Roo. A pesar del robusto marco jurídico nacional e internacional —integrado por la Ley
General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), la CEDAW y la
Convención de Belém do Pará—, la implementación efectiva de estos instrumentos dista de garantizar
el acceso real a la justicia para las mujeres víctimas de violencia en contextos locales. En Quintana Roo,
la violencia feminicida, institucional y familiar se mantiene como una constante estructural,

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evidenciando una brecha profunda entre el diseño normativo y su aplicación en la práctica (Comisión
Nacional de los Derechos Humanos, 2017; Lagarde, 2017).
El municipio de Solidaridad, por ejemplo, aunque ha formalizado reglamentos alineados con la
LGAMVLV, sigue registrando altos índices de violencia contra las mujeres y una limitada eficacia
institucional en la atención y protección de víctimas (Evangelista-García et al., 2020). La ausencia de
infraestructura especializada y la escasa capacitación con enfoque de género del personal ministerial son
algunas de las barreras estructurales identificadas (Pérez, 2018).
Según datos del INEGI (2023), Quintana Roo contaba hasta junio de 2023 con dos Centros de Justicia
para las Mujeres (CJM): uno en Benito Juárez y otro de reciente creación en Solidaridad. Sin embargo,
su cobertura resulta insuficiente frente a la demanda real. Aunque 89.2% de los CJM a nivel nacional
ofrece servicios básicos como alojamiento y apoyo psicológico, las disparidades operativas entre
entidades afectan la eficacia de estos centros (INEGI, 2024). La dependencia económica de las mujeres
respecto a sus agresores, documentada como una barrera crítica, impide muchas veces la denuncia o el
seguimiento judicial de sus casos (Tóh, 2020).
Estudios recientes revelan que la revictimización institucional, la omisión en la emisión de órdenes
de protección y la desarticulación intergubernamental socavan la garantía del acceso efectivo a la justicia
(Evangelista-García et al., 2020). Si bien se han implementado mecanismos como la Alerta de Violencia
de Género, su cumplimiento ha sido parcial y con efectos limitados (Periódico Oficial del Estado, 2023).
En este contexto, el presente estudio documental pretende analizar críticamente el cumplimiento de
la LGAMVLV en el estado de Quintana Roo, centrándose en su operatividad en el municipio de
Solidaridad. A través del análisis de instrumentos normativos, informes oficiales, estadísticas y estudios
especializados, se busca identificar las barreras estructurales que impiden el acceso a la justicia para las
mujeres víctimas de violencia. Asimismo, se propondrán recomendaciones orientadas a cerrar la brecha
entre el marco legal y la realidad cotidiana de las mujeres, con el objetivo de incidir en la transformación
institucional, la mejora de políticas públicas y la garantía efectiva de los derechos humanos.
En México, la violencia de género representa una de las violaciones más graves a los derechos
humanos, y Quintana Roo figura entre las entidades con mayor prevalencia. De acuerdo con el INEGI
(2023), más del 70% de las mujeres en el estado han experimentado al menos un tipo de violencia a lo

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largo de su vida, siendo la violencia emocional, económica y física las más frecuentes. A pesar de la
existencia de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV),
los mecanismos para garantizar el acceso efectivo a la justicia siguen siendo débiles y desarticulados
(CNDH, 2017).
El presente estudio es trascendente porque aborda una brecha crítica entre el marco jurídico y su
operatividad. A más de 15 años de la promulgación de la LGAMVLV, la implementación en entidades
como Quintana Roo ha sido fragmentada, lo cual vulnera derechos fundamentales y propicia altos
niveles de impunidad. Tal como señala la SCJN (2023), la justicia para las mujeres no puede reducirse
al reconocimiento normativo; debe garantizarse su acceso real mediante instituciones eficaces,
presupuesto suficiente y mecanismos de reparación integral. Esta investigación busca generar
conocimiento que contribuya a ese objetivo.
El impacto potencial de esta investigación radica en su capacidad para incidir en el diseño y la
evaluación de políticas públicas, así como en la armonización legislativa local. La identificación de
barreras estructurales —como la falta de capacitación, la revictimización institucional y la ineficacia de
las órdenes de protección— permitirá fundamentar recomendaciones concretas que fortalezcan los
sistemas de atención y procuración de justicia. Asimismo, visibiliza el incumplimiento de estándares
internacionales como la CEDAW y la Convención de Belém do Pará, cuya observancia es obligatoria
para el Estado mexicano (Lagarde, 2017; De Giuli, 2024).
La factibilidad está respaldada por el enfoque documental y analítico del estudio. La disponibilidad
de información normativa (LGAMVLV, leyes locales, reglamentos municipales), así como de fuentes
secundarias confiables —como informes de la CNDH, SCJN, INEGI y estudios académicos recientes—
permite una sistematización rigurosa de datos y marcos de análisis. Además, el enfoque interseccional
aplicado posibilita la integración de variables como clase, etnia y contexto territorial, lo cual amplía la
pertinencia y aplicabilidad de los hallazgos.
La principal vulnerabilidad de la investigación reside en la limitada disponibilidad de datos
estadísticos desagregados sobre la aplicación real de la LGAMVLV en Quintana Roo, lo que ha sido
señalado por la CNDH (2017) como un obstáculo para la evaluación de políticas públicas. No obstante,

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esta limitación será compensada mediante triangulación con informes cualitativos, estudios de caso, y
análisis normativo y documental, lo cual asegura la robustez metodológica de la investigación.
El objetivo de la investigación es analizar el cumplimiento de la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) en el estado de Quintana Roo, con énfasis en el
acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia, identificar barreras estructurales que impiden su
operatividad efectiva, y proponer estrategias de mejora alineadas con los marcos normativos nacionales
e internacionales de derechos humanos. La pregunta de investigación es ¿en qué medida el cumplimiento
normativo y operativo de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el
estado de Quintana Roo garantiza el acceso efectivo a la justicia para mujeres víctimas de violencia, y
cuáles son las barreras estructurales que persisten en su implementación?
METODOLOGÍA
La presente investigación se desarrolla bajo un enfoque cualitativo con perspectiva crítica de los
derechos humanos y de género. Esta orientación permite interpretar e identificar los factores
estructurales, normativos e institucionales que obstaculizan el acceso efectivo a la justicia para mujeres
víctimas de violencia en el estado de Quintana Roo, en específico en el municipio de Solidaridad. El
enfoque cualitativo facilita comprender los fenómenos sociales y jurídicos en su contexto, reconociendo
que el derecho no solo opera desde la norma escrita, sino también desde sus prácticas de
implementación, sus omisiones y sus resistencias socioculturales (Lagarde, 2017; Evangelista-García et
al., 2020).
Se adoptó un diseño no experimental, transversal y de tipo documental, en el que se realiza un análisis
sistemático y crítico de fuentes secundarias relevantes. Esto incluye legislación nacional y local, tratados
internacionales ratificados por México, informes oficiales de instituciones como INEGI, CNDH, SCJN
y CONAVIM, así como investigaciones académicas y estudios de caso publicados en revistas científicas
y organismos de la sociedad civil. El diseño transversal permite captar el estado actual del cumplimiento
normativo y su impacto sobre el acceso a la justicia.
La investigación se enmarca en el tipo exploratorio y descriptivo, ya que permite, por un lado,
identificar los elementos normativos e institucionales que componen el sistema de atención a mujeres
víctimas de violencia en Quintana Roo (exploración), y por otro, describir con detalle las barreras

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estructurales y los vacíos operativos en la aplicación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia (descripción), así como sus consecuencias en términos de acceso a derechos
(De Giuli, 2024; SCJN, 2023).
Se emplearon los siguientes criterios de selección de información documental:
• Fuentes jurídicas oficiales: leyes, reglamentos, decretos, protocolos y jurisprudencia con
enfoque de género.
• Informes técnicos de instituciones nacionales e internacionales de derechos humanos (CNDH,
ONU Mujeres, Corte Interamericana de Derechos Humanos).
• Artículos científicos revisados por pares, tesis y libros especializados en temas de violencia de
género, acceso a la justicia y normatividad mexicana.
• Estadísticas oficiales recientes, en especial del INEGI (2023-2024), sobre prevalencia de
violencia y funcionamiento de los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM).
• Estudios de caso y diagnósticos institucionales aplicados en la región sur de México,
particularmente en Quintana Roo.
La triangulación de estas fuentes permite garantizar la validez y confiabilidad del análisis, así como
establecer una base empírica sólida para proponer mejoras estructurales e institucionales que cierren la
brecha entre el marco normativo y su implementación real.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
A pesar del avance normativo derivado de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia (LGAMVLV), la persistencia de la violencia de género en Quintana Roo —y en particular
en el Municipio de Solidaridad— pone en entredicho la eficacia real del marco legal. El presente
Reglamento municipal, publicado en 2020 y reformado en 2022, establece una estructura institucional
robusta y alineada formalmente con los principios de la LGAMVLV y tratados internacionales.
Contempla mecanismos integrales de atención, prevención, sanción y erradicación, así como la
conformación de un sistema municipal intersectorial. No obstante, la persistencia de altos índices de
violencia en el estado evidencia una brecha entre la normatividad y su implementación efectiva.
Entre las barreras estructurales identificadas destaca la fragmentación en la ejecución de políticas
públicas, la insuficiente capacitación permanente del personal operativo, y la limitada cobertura y

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seguimiento de los refugios, programas reeducativos para agresores y medidas de protección. Asimismo,
el cumplimiento de la Alerta de Género decretada en la entidad sigue siendo parcial, revelando fallas de
coordinación y voluntad institucional.
El lenguaje del Reglamento enfatiza la perspectiva de género y los derechos humanos; sin embargo,
es necesario pasar de la declaratoria a la práctica efectiva. La creación de indicadores de evaluación, la
transparencia en los datos del Banco Estatal de Violencia, y la participación activa de la sociedad civil
son tareas pendientes que urgen reforzar.
En suma, la existencia de un marco jurídico progresista como el aquí analizado no garantiza por sí
sola el acceso efectivo a la justicia para las mujeres víctimas. Se requiere voluntad política, mecanismos
de vigilancia ciudadana y presupuestos adecuados para cerrar la brecha entre derecho y realidad. La
justicia con perspectiva de género solo será alcanzable cuando el sistema funcione no solo en papel, sino
en la vida cotidiana de las mujeres.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) constituye
un instrumento fundamental para garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia.
No obstante, su implementación en entidades como Quintana Roo revela una profunda disonancia entre
el contenido normativo y su operatividad práctica. A pesar de reconocer múltiples tipos y modalidades
de violencia —incluyendo la institucional, comunitaria, laboral y feminicida—, y de establecer
obligaciones claras para las autoridades en todos los niveles de gobierno, persisten barreras estructurales
que limitan el ejercicio efectivo de los derechos que esta ley protege. (Diario Oficial de Federación,
2020)
Entre dichas barreras se encuentran la revictimización institucional, la falta de especialización del
personal encargado de la atención y procuración de justicia, y la omisión en la emisión oportuna de
órdenes de protección. Asimismo, la declaratoria de alerta de género vigente en la entidad no ha sido
suficiente para revertir los altos índices de violencia feminicida ni para garantizar el cumplimiento
integral de las medidas preventivas y reparatorias previstas en la ley. (Diario Oficial de Federación,
2020)
Si bien la LGAMVLV promueve un enfoque integral y con perspectiva de género, la ausencia de
indicadores de evaluación, la dispersión normativa local, y la escasa voluntad política han debilitado su

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eficacia. Para avanzar hacia el cumplimiento efectivo de esta ley, es necesario robustecer los
mecanismos de monitoreo y rendición de cuentas, garantizar presupuestos etiquetados, y consolidar la
participación activa de la sociedad civil. Solo así será posible transformar un marco jurídico progresista
en un sistema de justicia verdaderamente accesible para las mujeres, especialmente en contextos de alta
vulnerabilidad como el de Quintana Roo.
La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Quintana Roo
representa una pieza fundamental del andamiaje jurídico nacional e internacional para garantizar el
acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia. En armonía con la Ley General y los tratados
internacionales en materia de derechos humanos —como la CEDAW y la Convención de Belém do
Pará—, esta norma local establece una arquitectura legal avanzada que incorpora un enfoque integral,
de género, interseccional y con perspectiva de derechos humanos. No obstante, su eficacia real continúa
siendo cuestionable, dada la prevalencia alarmante de casos de violencia feminicida, institucional,
comunitaria y digital en la entidad. (Periódico Oficial del Estado, 2023).
La Ley define con precisión los tipos y modalidades de violencia, establece mecanismos de
prevención, atención, sanción y reparación, y contempla medidas de protección robustas y detalladas.
Además, prevé la implementación de órdenes de protección inmediatas, el funcionamiento del Registro
de Agresores Sexuales y la declaratoria de alerta de género, instrumentos esenciales en la protección de
víctimas. Sin embargo, la persistencia de la violencia de género en el estado revela una profunda
disociación entre la letra de la ley y su aplicación práctica. (Periódico Oficial del Estado, 2023).
Entre las barreras estructurales identificadas destacan: la insuficiente capacitación del personal
ministerial y judicial en enfoque de género; la falta de recursos para implementar y supervisar
efectivamente las órdenes de protección; la escasa cobertura de refugios; y la limitada articulación
interinstitucional. Además, la ley contempla acciones preventivas y reeducativas, pero en la práctica, su
aplicación ha sido limitada y dispersa. El seguimiento a las víctimas, la implementación de las órdenes
de protección y la sanción a funcionarios omisos aún presentan debilidades críticas. (Periódico Oficial
del Estado, 2023).
Un problema persistente es la violencia institucional, entendida como la omisión o dilación de las
autoridades que impide el acceso a derechos. Esto se manifiesta en la revictimización durante el proceso

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judicial, la fragmentación en la atención, y la escasa respuesta a las medidas de la Alerta de Género
vigente en el estado desde 2017.
Para consolidar el acceso efectivo a la justicia, se requiere el fortalecimiento institucional con
presupuesto etiquetado, una formación continua con enfoque de género y derechos humanos, y la
evaluación sistemática del cumplimiento de la ley a través de indicadores claros. Asimismo, debe
garantizarse la participación de la sociedad civil en los mecanismos de supervisión y en la formulación
de políticas públicas.
Aunque el marco legal de Quintana Roo se alinea con estándares internacionales, la violencia contra
las mujeres persiste como una emergencia estructural. La brecha entre el derecho normativo y el derecho
vivido exige una respuesta más efectiva, articulada y con enfoque transformador para asegurar la justicia
y el respeto pleno de los derechos de las mujeres en la entidad.
El análisis de los obstáculos económicos que enfrentan las mujeres víctimas de violencia doméstica
en Cancún, Quintana Roo, revela que la existencia de marcos normativos nacionales e internacionales
no garantiza, por sí sola, el acceso efectivo a la justicia. Esta investigación pone de manifiesto una de
las barreras estructurales más persistentes: la dependencia económica de las mujeres respecto de sus
agresores, lo cual no solo limita la posibilidad de interponer denuncias, sino también impide darles
seguimiento y alcanzar una reparación integral del daño. (Tóh, M. 2020)
A pesar del reconocimiento normativo del derecho a una vida libre de violencia, el estudio evidencia
que el sistema de procuración y administración de justicia en Quintana Roo carece de condiciones
institucionales adecuadas para atender con enfoque de género a las mujeres en situación de
vulnerabilidad. El trabajo argumenta que la ausencia de Centros de Justicia para las Mujeres en el estado
—a diferencia de otras entidades federativas— representa una omisión crítica que restringe la
posibilidad de ofrecer atención integral, empoderamiento económico y medidas de protección
oportunas. (Tóh, M. 2020)
La investigación documenta cómo la falta de perspectiva de género, la carencia de infraestructura
especializada y la revictimización institucional obstaculizan el ejercicio de derechos fundamentales.
Además, se señala que la respuesta estatal ha sido deficiente, al no traducir en políticas públicas efectivas

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los estándares internacionales establecidos en la CEDAW, Belem do Pará y la jurisprudencia
interamericana.
El estudio reafirma que el acceso a la justicia no puede evaluarse únicamente desde la existencia de
normas, sino desde su implementación real. Se requiere una transformación estructural de las políticas
públicas que considere la dimensión económica de las mujeres víctimas y garantice justicia efectiva,
oportuna y con perspectiva de derechos humanos y género.
La investigación sobre, “Violencia institucional hacia las mujeres en la región sur de México” ofrece
una mirada profunda a la reproducción estructural de la violencia de género desde el Estado, aportando
insumos valiosos para el análisis del cumplimiento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) en el contexto de Quintana Roo. Desde un enfoque cualitativo y
socioantropológico, la investigación visibiliza cómo las instituciones encargadas de garantizar justicia
y protección se convierten, paradójicamente, en reproductoras de violencia institucional, mediante
omisiones, negligencia, estigmatización y revictimización de las mujeres. (Evangelista-García, A. et. al.
2020).
La sistematización de testimonios en seis estados del sur del país, incluida la región peninsular,
permite identificar patrones comunes de exclusión, especialmente hacia mujeres indígenas, migrantes y
privadas de la libertad. En Quintana Roo, se documenta la falta de coordinación interinstitucional, la
escasa cobertura de servicios de justicia y la deficiente capacitación de servidores públicos, lo cual
contradice los mandatos de la LGAMVLV respecto a atención integral y acceso efectivo a la justicia
con perspectiva de género. (Evangelista-García, A. et. al. 2020).
El estudio enfatiza tres formas de violencia institucional: la organizativo-instrumental, que se expresa
en la falta de recursos y protocolos adecuados; la violencia cultural, que refuerza estereotipos de género
y etnicidad dentro del sistema judicial; y la violencia dirigida a grupos vulnerables, donde la
interseccionalidad de condiciones como pobreza, origen étnico o migración profundiza la
discriminación institucional. (Evangelista-García, A. et. al. 2020).
Esta evidencia refuerza la hipótesis de que, a pesar de la existencia de un marco legal sólido, la
ineficacia operativa y la debilidad institucional obstaculizan el acceso real a la justicia. La investigación
demuestra cómo la ausencia de traductores, la recomendación de reconciliación en lugar de denuncia,

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la omisión de medidas de protección y la revictimización judicial son expresiones claras de un sistema
que incumple su obligación de debida diligencia.
Desde una perspectiva de derechos humanos, los hallazgos evidencian el incumplimiento de
principios internacionales como la CEDAW y la Convención de Belém do Pará, al tiempo que exhiben
una estructura patriarcal incrustada en los aparatos del Estado. Asimismo, la falta de datos oficiales
confiables y la inexistencia de diagnósticos integrales sobre violencia institucional dificultan el diseño
de políticas públicas eficaces y obstaculizan la evaluación del cumplimiento normativo.
El estudio analizado demuestra que la violencia institucional no es un efecto colateral del sistema,
sino un componente estructural de un Estado que ha fallado en garantizar los derechos fundamentales
de las mujeres. La persistencia de estas prácticas institucionales en Quintana Roo confirma la urgencia
de una reforma profunda del aparato de justicia, basada en la rendición de cuentas, la asignación
presupuestal con perspectiva de género y la participación activa de las mujeres en el diseño e
implementación de políticas públicas. Esta es una condición indispensable para que el marco legal
vigente no quede como una aspiración normativa, sino como una herramienta efectiva de transformación
social.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) representa
un avance paradigmático en el reconocimiento jurídico de las mujeres como sujetas de derechos en
México. Sin embargo, su aplicación real dista de ser efectiva, especialmente en contextos como
Quintana Roo, donde la violencia de género se mantiene como un fenómeno estructural y sistemático, a
pesar del andamiaje normativo vigente. (Lagarde, M. 2017).
La investigación de Marcela Lagarde evidencia la brecha entre el marco legal y su implementación.
La autora documenta cómo la violencia feminicida, institucional y comunitaria persiste como expresión
de un sistema patriarcal, cuya manifestación más extrema es la impunidad y la revictimización. Esta
violencia no sólo es tolerada, sino que se reproduce desde las instituciones del Estado, lo que plantea un
serio desafío al acceso a la justicia. La propia LGAMVLV reconoce la existencia de violencia
institucional como aquella ejercida por servidores públicos que obstaculizan o dilatan el ejercicio de
derechos, configurando una barrera estructural particularmente crítica en el sur del país.

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El diagnóstico que sustenta la Ley revela una desarticulación intergubernamental, escasa
capacitación del personal judicial, ausencia de refugios y políticas efectivas de protección y una cultura
legal deficiente, lo cual vulnera el principio de debida diligencia del Estado. En entidades como
Quintana Roo, donde las tasas de feminicidio han aumentado, estos elementos adquieren mayor
gravedad. A pesar de que la Ley contempla medidas como órdenes de protección, la alerta de violencia
de género y programas de empoderamiento, su ejecución es mínima o inoperante. La negación del
problema, la inacción institucional y la cultura misógina profundamente arraigada impiden el acceso
real a la justicia. (Lagarde, M. 2017).
Lagarde destaca que la LGAMVLV integra elementos normativos de la CEDAW y Belém do Pará,
con lo cual México ha asumido compromisos internacionales vinculantes. No obstante, el cumplimiento
de estas obligaciones es aún parcial, lo que genera responsabilidad internacional del Estado por omisión
y tolerancia. La definición de violencia feminicida incluida en la Ley constituye una herramienta teórico-
jurídica imprescindible, pero su potencial transformador se ve limitado por la falta de voluntad política,
presupuestos insuficientes y resistencia sociocultural.
La investigadora sugiere que el camino hacia una justicia efectiva para las mujeres exige reformas
estructurales: consolidación del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la
Violencia; armonización legislativa local; capacitación judicial obligatoria con perspectiva de género; y
fortalecimiento del empoderamiento económico y social de las víctimas. Estas medidas deben ser
acompañadas de una estrategia de comunicación y transformación cultural que desmonte el discurso
patriarcal que naturaliza la violencia. (Lagarde, M. 2017).
En suma, la LGAMVLV es una conquista legal significativa, pero su eficacia depende de su
implementación real. En estados como Quintana Roo, donde las barreras institucionales y culturales
impiden el ejercicio pleno de los derechos, la justicia para las mujeres sigue siendo una deuda pendiente
del Estado mexicano.
La investigación de María de Montserrat Pérez Contreras representa un aporte significativo al
análisis normativo y conceptual de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia (LGAMVLV). Desde una perspectiva jurídica y de derechos humanos, la autora aborda los
fundamentos legislativos de la Ley, sus alcances institucionales y su impacto en la protección de los

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derechos fundamentales de las mujeres en México. No obstante, el texto también permite visibilizar las
limitaciones estructurales que siguen impidiendo su implementación efectiva, especialmente en
contextos como el del estado de Quintana Roo, donde la violencia de género persiste como un fenómeno
alarmante. (Pérez, M. 2018).
La investigación señala con claridad que, aunque la LGAMVLV constituye un instrumento de
avanzada al consolidar un sistema nacional articulado para prevenir, sancionar y erradicar la violencia,
su eficacia real depende del compromiso institucional, la coordinación intergubernamental y el acceso
efectivo a mecanismos de protección. La autora enfatiza que el carácter transversal de la Ley exige la
concurrencia de los tres niveles de gobierno, así como la armonización legislativa estatal. Sin embargo,
en la práctica, las entidades federativas —como Quintana Roo— han enfrentado obstáculos
considerables para cumplir cabalmente con esta armonización, tanto por falta de voluntad política como
por limitaciones presupuestales, operativas y culturales. (Pérez, M. 2018).
Pérez Contreras (2018), subraya que la violencia contra la mujer debe entenderse como una
manifestación de discriminación estructural, reconocida tanto en la CEDAW como en la Convención de
Belém do Pará. La Ley General, al incorporar estos estándares internacionales, obliga al Estado
mexicano a adoptar una política de prevención con base en la igualdad sustantiva. Sin embargo, tal como
lo demuestra la evidencia empírica en entidades con alta incidencia de violencia feminicida —como lo
es Quintana Roo—, persisten prácticas institucionales que perpetúan la revictimización, la impunidad y
la falta de acceso a la justicia.
También destaca la importancia de la capacitación de operadores jurídicos, la creación de unidades
especializadas y el fortalecimiento del marco normativo local como medidas clave para garantizar el
cumplimiento de la Ley. En ese sentido, el artículo ofrece insumos valiosos para proponer líneas de
mejora: fortalecer el Sistema Estatal para Prevenir y Atender la Violencia; crear indicadores de
evaluación del cumplimiento normativo; y establecer mecanismos de rendición de cuentas y
participación ciudadana. (Pérez, M. 2018).
La LGAMVLV representa un avance jurídico innegable, pero su impacto será limitado si no se
corrigen las barreras estructurales que impiden su aplicación. En contextos como Quintana Roo, donde
se ha decretado una Alerta de Violencia de Género, el análisis de este instrumento debe traducirse en

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acciones concretas de garantía de derechos, acceso real a la justicia y transformación institucional con
enfoque de género.
La violencia contra las mujeres en México, a pesar del reconocimiento normativo de sus derechos y
de la existencia de un marco jurídico robusto, persiste como un fenómeno estructural que vulnera de
forma sistemática los derechos humanos. A diez años de la promulgación de la Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), el estudio elaborado por la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) evidencia avances normativos significativos, pero también
señala una preocupante brecha entre el diseño legal y su implementación efectiva, particularmente en
contextos estatales como el de Quintana Roo, donde la violencia feminicida y la impunidad prevalecen.
(Comisión Nacional de Derechos Humanos, 2017).
Desde su origen, la LGAMVLV tuvo como propósito articular un sistema nacional e
interinstitucional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, con base
en principios como la igualdad jurídica, la no discriminación y el respeto a la dignidad humana. No
obstante, el análisis documental expone que estos principios no han logrado traducirse en políticas
públicas efectivas ni en una transformación estructural de las instituciones encargadas de hacerlos valer.
A pesar de la existencia de mecanismos como las órdenes de protección, la Alerta de Violencia de
Género, los Centros de Justicia para las Mujeres o los modelos integrales de atención, su alcance ha sido
limitado por la falta de presupuestos, deficiencias institucionales, desarticulación entre órdenes de
gobierno y una débil voluntad política.
En Quintana Roo, las cifras oficiales y las estadísticas de organismos civiles muestran una
persistencia de altos índices de violencia contra las mujeres, en particular violencia sexual y
feminicidios. La entidad ha sido objeto de múltiples solicitudes de Alerta de Violencia de Género, lo
cual refleja la gravedad del problema. Sin embargo, las respuestas institucionales han sido reactivas,
fragmentadas e insuficientes. El balance realizado por la CNDH resalta que las entidades federativas no
han logrado armonizar su legislación local conforme a los estándares de la LGAMVLV, y menos aún
han consolidado una infraestructura institucional con enfoque de género y derechos humanos que
garantice el acceso efectivo a la justicia. (Comisión Nacional de Derechos Humanos, 2017).

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Uno de los principales hallazgos del documento es que el problema no reside exclusivamente en el
diseño normativo, sino en su aplicación: existen fallas estructurales en los ámbitos judicial, legislativo
y administrativo. La violencia institucional y la revictimización son prácticas persistentes en ministerios
públicos, juzgados y servicios periciales, lo que genera desconfianza en las mujeres y baja la denuncia.
En consecuencia, la impunidad sigue siendo la regla, no la excepción.
Desde el enfoque de Alda Facio, citado en el informe, el derecho debe pasar por tres fases: la
normativa (la existencia de la ley), la estructural (la interpretación y aplicación por los operadores de
justicia) y la sociocultural (la apropiación por la sociedad). México ha avanzado en la primera fase,
parcialmente en la segunda y está muy rezagado en la tercera. En estados como Quintana Roo, la cultura
patriarcal, los estereotipos de género y la falta de capacitación de los funcionarios del sistema judicial
impiden que las mujeres ejerzan plenamente su derecho a vivir libres de violencia. (Comisión Nacional
de Derechos Humanos, 2017).
Otro factor crítico identificado en el documento es el subejercicio presupuestal y la asignación
insuficiente de recursos para políticas de igualdad y prevención de violencia. Aunque la Ley prevé la
existencia de presupuestos etiquetados, su ejecución no ha sido eficiente ni transparente. En muchos
casos, los recursos no llegan a las víctimas ni a las instituciones de atención directa. (Comisión Nacional
de Derechos Humanos, 2017).
A pesar de que la LGAMVLV ha sido reconocida como una ley de vanguardia en América Latina,
los desafíos pendientes comprometen su eficacia. El análisis también muestra que la coordinación
interinstitucional entre federación, estados y municipios es débil, y no existen indicadores de evaluación
con enfoque de género que permitan medir el impacto real de las políticas implementadas.
En respuesta a este panorama, el estudio plantea propuestas de mejora clave que deben ser integradas
en una agenda de justicia de género efectiva:
1. Revisión y armonización legislativa local en materia civil, penal y administrativa para cumplir
con los estándares internacionales de protección.
2. Fortalecimiento institucional mediante capacitación obligatoria en derechos humanos y género
para operadores del sistema de justicia.

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3. Asignación y transparencia presupuestal que garantice la operación efectiva de los sistemas
estatal y municipal de atención a víctimas.
4. Generación de estadísticas desagregadas y confiables para el monitoreo permanente de la
violencia de género.
5. Campañas de transformación cultural que erradiquen los estereotipos sexistas y legitimen la
denuncia de la violencia.
El acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en México y particularmente en Quintana
Roo, enfrenta obstáculos estructurales que impiden la efectividad de la LGAMVLV. A una década de
su promulgación, el cumplimiento de esta Ley sigue siendo parcial e insuficiente. Para que su potencial
transformador se materialice, es indispensable cerrar la brecha entre el marco normativo y su aplicación
real, lo cual requiere una profunda reforma institucional, una voluntad política firme y una
transformación cultural que coloque a las mujeres como sujetas plenas de derechos.
La investigación de De Giuli aporta una mirada esencial al fenómeno de la violencia de género desde
la óptica del acceso a la justicia, subrayando cómo, a pesar de los avances normativos nacionales e
internacionales —incluida la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
(LGAMVLV)—, persisten obstáculos estructurales que impiden la tutela efectiva de los derechos de las
mujeres. Este análisis resulta especialmente pertinente en contextos como Quintana Roo, donde los altos
índices de violencia contra las mujeres contrastan con una débil respuesta institucional. (De Giuli, A.
2024).
La investigación fundamenta su argumento en el concepto de subordiscriminación, que refiere a
prácticas sociales y jurídicas que perpetúan relaciones de poder asimétricas. Este enfoque permite
identificar barreras tanto institucionales como socioculturales, entre ellas la injusticia epistémica, la
estereotipación judicial y la falta de perspectiva de género en operadores del sistema de justicia. Estas
prácticas —muchas veces invisibilizadas— comprometen la credibilidad del testimonio de las víctimas
y refuerzan patrones de impunidad. (De Giuli, A. 2024).
Desde la perspectiva de la CEDAW, se subraya que el acceso a la justicia implica mucho más que la
posibilidad formal de acudir a los tribunales: requiere disponibilidad, accesibilidad, calidad, rendición
de cuentas y reparación. El análisis concluye que mientras estas condiciones no sean garantizadas, el

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derecho de acceso a la justicia permanecerá limitado, especialmente en estados como Quintana Roo,
donde la violencia estructural, la revictimización institucional y los estereotipos continúan
desincentivando la denuncia y debilitando la confianza de las mujeres en el sistema legal.
A pesar de los significativos avances legislativos en América Latina, como la Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en México y su homóloga argentina Ley N° 26.485, el
acceso efectivo a la justicia para las mujeres víctimas de violencia de género continúa siendo un desafío
estructural. El informe analizado, centrado en la experiencia argentina, revela limitaciones que resultan
extrapolables a contextos locales como el estado de Quintana Roo, donde persisten altos niveles de
impunidad, revictimización institucional y falta de acceso efectivo a mecanismos de protección.
(Ministerio Público de Defensa de Argentina, 2019).
La investigación identifica tres dimensiones críticas que obstaculizan el acceso a la justicia: la falta
de implementación de políticas públicas, la distorsión en la aplicación de la ley por parte del sistema
judicial y los vacíos legales estructurales. Particularmente relevante es la insuficiencia de registros
estadísticos confiables y articulados, lo que impide una adecuada planeación de políticas públicas y
estrategias de prevención. Esta deficiencia persiste también en México, donde organismos como el
INEGI y la CONAVIM no han logrado consolidar una base de datos integrada que permita visibilizar
la magnitud del problema con enfoque interseccional. (Ministerio Público de Defensa de Argentina,
2019).
Asimismo, se subraya que muchas medidas judiciales son estandarizadas y no responden a las
necesidades particulares de las víctimas. El sistema judicial, tanto en Argentina como en Quintana Roo,
continúa operando bajo una lógica patriarcal que invisibiliza las dinámicas de poder y las violencias
específicas por razones de género. Por ejemplo, se siguen utilizando prácticas contrarias al marco legal
vigente, como audiencias de conciliación, y se carece de operadores judiciales con formación
especializada y perspectiva de género. (Ministerio Público de Defensa de Argentina, 2019).
Un punto crítico es la falta de patrocinio jurídico gratuito y especializado. En muchos casos, la
tramitación de medidas de protección o alimentos provisionales requiere asistencia legal, la cual no está
garantizada en zonas rurales o marginadas. Esta carencia afecta gravemente a las mujeres en situación
de vulnerabilidad económica, quienes se ven imposibilitadas de continuar con sus procesos judiciales.

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La consecuencia es la reproducción del círculo de violencia y la pérdida de confianza en las
instituciones.
El informe también destaca la necesidad de dispositivos de protección eficaces. En México, los
mecanismos como el “botón de pánico” o los refugios son limitados, y su uso sigue recayendo en las
víctimas. Se requiere avanzar hacia medidas centradas en la restricción del agresor y no de las
denunciantes, tal como se ha implementado en otros países mediante sistemas de monitoreo
georreferenciado. (Ministerio Público de Defensa de Argentina, 2019).
La persistencia de estas barreras revela una falta de cumplimiento integral de las obligaciones
derivadas de la Ley General y de los tratados internacionales ratificados por México. Se requiere una
transformación estructural del sistema de justicia, con enfoque de género e interseccionalidad, que
garantice el acceso efectivo, oportuno y digno de las mujeres a la justicia.
El informe “Reforma integral al sistema de justicia en México” representa una herramienta clave
para comprender las limitaciones estructurales que obstaculizan el acceso efectivo a la justicia en
México, especialmente para mujeres víctimas de violencia de género. A pesar de contar con un sólido
marco jurídico —como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
(LGAMVLV)—, las mujeres continúan enfrentando barreras profundas y persistentes que se traducen
en impunidad, revictimización y negación de derechos. (SCJN, 2023).
El informe examina con claridad los problemas institucionales de los poderes judiciales locales, la
falta de mecanismos eficaces de protección, la débil capacitación con perspectiva de género de los
operadores jurídicos y la inexistencia de criterios homogéneos para investigar y sancionar la violencia
contra las mujeres. En estados como Quintana Roo, esta situación es especialmente alarmante: se han
documentado deficiencias tanto en la atención inicial de las denuncias como en la implementación de
órdenes de protección y medidas cautelares, lo que expone a las víctimas a nuevos actos de violencia.
(SCJN, 2023).
Uno de los aspectos más relevantes del texto es su crítica a la fragmentación del sistema judicial,
señalando la ausencia de una política pública transversal e interseccional que articule adecuadamente
los esfuerzos de prevención, sanción y reparación. También destaca la sobrecarga y precarización de los

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poderes judiciales locales, quienes reciben menos presupuesto y atienden la mayoría de los casos, lo que
impacta directamente en la atención oportuna y eficaz a las mujeres víctimas de violencia. (SCJN, 2023).
El informe aporta propuestas sólidas para una transformación estructural: fortalecer la justicia local
mediante mayor financiamiento, establecer una carrera judicial con criterios de selección objetivos,
implementar sistemas eficaces de disciplina y transparencia, y garantizar la paridad de género en las
estructuras judiciales. Además, promueve la creación de mecanismos normativos y administrativos que
reconozcan y atiendan las necesidades particulares de las mujeres en situación de violencia. (SCJN,
2023).
La crítica central del informe apunta a una justicia que no escucha, que es lenta, ineficaz y muchas
veces indiferente al sufrimiento de las víctimas. La propuesta es construir un sistema que honre la voz
de las mujeres, que actúe con enfoque de derechos humanos y que erradique prácticas patriarcales que
han normalizado la violencia institucional. En el caso de Quintana Roo, donde las cifras de feminicidio
y violencia familiar son crecientes, esta reforma no solo es urgente, sino indispensable.
En síntesis, este análisis documental evidencia que el acceso a la justicia para las mujeres no
depende únicamente de la existencia de leyes, sino de su implementación efectiva, sensible y
contextualizada, con perspectiva de género y enfoque interseccional.
La investigación de Paola Martínez Vergara constituye una aportación crítica relevante al estudio de
la LGAMVLV, al ofrecer una mirada profunda sobre los alcances normativos, conceptuales y prácticos
de esta legislación pionera en América Latina. Desde una perspectiva interdisciplinaria, la autora
examina los fundamentos filosófico-jurídicos de la ley, subrayando que, si bien representa un avance
normativo importante, su implementación enfrenta desafíos estructurales que comprometen el acceso
efectivo a la justicia para las mujeres víctimas de violencia, particularmente en entidades como Quintana
Roo. (Martínez, P. 2019).
Entre los aportes sustantivos del texto destaca la problematización de las definiciones legales,
especialmente en lo concerniente a los tipos y modalidades de violencia. La autora señala que la
ambigüedad conceptual puede generar dificultades interpretativas en los operadores jurídicos, lo cual
afecta la correcta aplicación de la ley en contextos judiciales. Esto se agrava en estados donde el marco

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local no ha sido debidamente armonizado con la legislación federal, generando vacíos normativos y
contradicciones jurídicas que obstaculizan la protección efectiva de las víctimas. (Martínez, P. 2019).
El análisis también pone énfasis en la debilidad institucional para garantizar los principios rectores
de la LGAMVLV —igualdad, dignidad, no discriminación y libertad—. Martínez Vergara identifica
con claridad cómo la falta de capacitación, la ausencia de presupuestos suficientes y la baja articulación
interinstitucional operan como barreras estructurales que afectan directamente el acceso a medidas de
protección, justicia pronta y reparación integral del daño. (Martínez, P. 2019).
Particularmente relevante es la crítica hacia el funcionamiento del Sistema Nacional y de los
sistemas estatales de atención a la violencia. En el caso de Quintana Roo, estas estructuras han sido
objeto de observaciones por parte de organismos de derechos humanos ante su baja eficacia y su limitada
cobertura territorial, especialmente en zonas rurales e indígenas. Asimismo, la autora advierte sobre la
necesidad de ampliar y fortalecer los refugios para mujeres, integrar equipos multidisciplinarios y
garantizar la reeducación de agresores como medidas de prevención integral. (Martínez, P. 2019).
Finalmente, el texto destaca que la LGAMVLV no puede considerarse una solución por sí sola. La
autora enfatiza que el problema de la violencia de género exige intervenciones desde la educación, la
cultura y las estructuras familiares. Para que el acceso a la justicia sea real y no meramente formal,
resulta imprescindible una transformación institucional con perspectiva de género e interseccionalidad,
la cual aún es incipiente en estados como Quintana Roo.
El informe elaborado por el Observatorio de Violencia Social y de Género de la Universidad
Autónoma de Nayarit revela importantes deficiencias en la implementación de la Ley de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LAMVLV) a nivel municipal, lo cual es extrapolable a otras
entidades federativas como Quintana Roo, donde la violencia de género representa una grave crisis
estructural. (Universidad Autónoma de Nayarit, 2017).
Uno de los hallazgos más significativos es la falta de protocolos de actuación, reglamentos y
procedimientos específicos para operativizar la ley. Aunque la mayoría de los funcionarios entrevistados
conocen la norma de forma general, prevalece el desconocimiento sobre su aplicación concreta. Esta
carencia normativa e institucional se traduce en atención inadecuada, revictimización, impunidad y una

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débil articulación interinstitucional, que vulnera el derecho de acceso efectivo a la justicia. (Universidad
Autónoma de Nayarit, 2017).
El estudio también documenta la escasa existencia de refugios, mecanismos de protección, asesoría
legal y acompañamiento integral a las víctimas. Asimismo, se reconoce una débil cultura de evaluación
de los servicios, baja inversión presupuestal y campañas de sensibilización poco efectivas, lo cual impide
una transformación estructural y cultural frente a la violencia de género. (Universidad Autónoma de
Nayarit, 2017).
Este análisis demuestra que, a pesar del marco jurídico vigente, la aplicación efectiva de la
LGAMVLV está lejos de consolidarse. La experiencia de Tepic confirma que el acceso a la justicia para
las mujeres depende no solo de leyes adecuadas, sino de voluntad política, formación del personal, y
diseño de políticas públicas con enfoque de género e interseccionalidad. Esto constituye un llamado
urgente a reformar las capacidades institucionales en estados como Quintana Roo.
DISCUSIÓN
Los hallazgos expuestos en el apartado de resultados permiten afirmar que, aunque el marco jurídico
mexicano y en particular el estatal —como el Reglamento del Municipio de Solidaridad y la Ley del
Estado de Quintana Roo— han logrado avances normativos significativos, persiste una brecha
estructural profunda entre los postulados legales y su aplicación efectiva. Este fenómeno se inscribe en
una problemática nacional e internacional bien documentada: la existencia de marcos legales
progresistas que, sin mecanismos operativos adecuados, no logran traducirse en garantías reales de
acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia.
El Reglamento Municipal reformado en 2022 y la Ley estatal contemplan elementos esenciales de
protección, como las órdenes de protección inmediatas, el funcionamiento de registros de agresores y
medidas preventivas con enfoque interseccional. No obstante, los resultados muestran que estos
instrumentos existen más en la formalidad normativa que en la práctica cotidiana. La persistencia de
altos índices de violencia en Quintana Roo, particularmente feminicida y comunitaria, contradice los
principios rectores del sistema de protección a las mujeres establecidos tanto por la LGAMVLV como
por los tratados internacionales como la CEDAW y la Convención de Belém do Pará.

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Una de las barreras estructurales más persistentes identificadas es la revictimización institucional, la
cual se manifiesta en prácticas como la omisión de medidas de protección, la solicitud de conciliación
con el agresor, la minimización del testimonio de la víctima o el trato indiferente y estigmatizante por
parte del personal del sistema de justicia. Estas prácticas no sólo vulneran la dignidad y derechos de las
mujeres, sino que erosionan su confianza en el sistema judicial, lo que a su vez genera altos niveles de
subregistro y retraimiento en la denuncia.
Otro elemento crítico es la falta de formación especializada y permanente del personal ministerial,
policial y judicial en materia de derechos humanos y perspectiva de género. A pesar de que la legislación
federal y estatal obliga a dicha capacitación, los hallazgos reflejan que en muchos casos no se cumple,
o se imparte de manera superficial y sin evaluación de impacto. Esta carencia es particularmente grave
si se considera que la interpretación y aplicación adecuada de las leyes depende, en gran medida, de la
sensibilidad y competencia de los operadores jurídicos.
La fragmentación de la política pública también representa una debilidad sistémica. La investigación
evidencia cómo la coordinación interinstitucional entre los tres niveles de gobierno es insuficiente, lo
que deriva en duplicidad de esfuerzos, vacíos de atención o contradicciones normativas. Esta
fragmentación, sumada a la escasa voluntad política, impide la ejecución eficaz de las Alertas de Género
y limita el funcionamiento integral de los sistemas locales de atención a mujeres víctimas de violencia.
De igual forma, se constata una preocupante falta de indicadores de evaluación y rendición de
cuentas. La creación de sistemas de monitoreo que permitan dar seguimiento a la implementación de la
LGAMVLV es una tarea pendiente tanto a nivel federal como local. Sin estadísticas desagregadas, datos
confiables y mecanismos de fiscalización ciudadana, es imposible conocer el grado de cumplimiento de
las obligaciones del Estado mexicano, evaluar políticas públicas o diseñar estrategias correctivas.
Los estudios analizados dentro del artículo también subrayan el papel central de la dimensión
económica como barrera para el acceso a la justicia. En Quintana Roo, como en muchas otras entidades,
la dependencia económica del agresor constituye un factor que inhibe la denuncia, obstaculiza el
seguimiento de los procesos judiciales y limita la capacidad de las mujeres para alejarse del ciclo de
violencia. A ello se suma la inexistencia de servicios jurídicos gratuitos especializados, y la ausencia de
refugios o espacios de protección suficientes y accesibles para mujeres en situación de riesgo.

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La discusión también debe incluir la violencia institucional estructural, es decir, aquella ejercida por
el Estado a través de omisiones, negligencias y fallas sistémicas. Tal como lo documentan Evangelista-
García et al. y Lagarde (2017), el sistema judicial mexicano reproduce patrones patriarcales que
refuerzan la subordinación de las mujeres. Esto incluye la ausencia de traductores para mujeres
indígenas, la falta de personal en zonas rurales, la recomendación de conciliación en lugar de sanción,
o la escasa implementación de medidas de reparación integral.
Asimismo, la discusión revela que la existencia de normas, aún con lenguaje inclusivo y perspectiva
de género, no garantiza la transformación cultural necesaria. La ley puede prever mecanismos de
protección, pero si la sociedad y sus instituciones continúan normalizando la violencia, estigmatizando
a las víctimas y culpabilizándolas, el derecho positivo queda neutralizado por el derecho consuetudinario
patriarcal.
Por tanto, una discusión crítica debe considerar también la necesidad de reformas estructurales e
interseccionales. Las investigaciones citadas proponen líneas de acción que son coherentes con las
obligaciones internacionales del Estado mexicano:
• Consolidar un sistema judicial paritario, transparente y profesionalizado.
• Etiquetar presupuestos para la implementación efectiva de la LGAMVLV.
• Fortalecer los mecanismos de control ciudadano y auditoría social.
• Armonizar la legislación local con los estándares internacionales de derechos humanos.
• Establecer una política pública transversal con enfoque de género y derechos humanos.
• Ampliar los servicios de protección, acompañamiento psicojurídico y empoderamiento
económico.
Finalmente, los resultados del artículo permiten concluir que el acceso a la justicia para las mujeres
víctimas de violencia en Quintana Roo no solo enfrenta barreras jurídicas o técnicas, sino también
estructurales, institucionales, económicas y culturales, que requieren una estrategia multidimensional y
sostenida en el tiempo. La LGAMVLV constituye una base normativa sólida, pero su impacto dependerá
de la capacidad del Estado para asumir un compromiso genuino, integral y transformador con los
derechos humanos de las mujeres.

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CONCLUSIONES
La presente investigación documental permitió analizar críticamente el grado de cumplimiento de la
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) en el estado de
Quintana Roo, con énfasis en el municipio de Solidaridad. A partir de una revisión exhaustiva de
normas, informes institucionales, estadísticas oficiales y literatura científica especializada, se
identificaron importantes barreras estructurales que impiden el acceso efectivo a la justicia para mujeres
víctimas de violencia, a pesar de la existencia de marcos normativos nacionales e internacionales que lo
garantizan.
Uno de los hallazgos más relevantes fue la profunda brecha entre el diseño legal y su implementación
operativa. Aunque tanto la LGAMVLV como las leyes estatales y los reglamentos municipales
contemplan mecanismos como las órdenes de protección, la atención integral a víctimas y la
coordinación interinstitucional, su aplicación en el territorio sigue siendo limitada, fragmentada y, en
muchos casos, simbólica. Esto se traduce en revictimización institucional, impunidad, desconfianza en
las instituciones y abandono de procesos legales por parte de las mujeres.
Asimismo, se constató la escasa formación con enfoque de género en los operadores del sistema de
justicia, la insuficiencia presupuestaria para los programas de atención y prevención, y la débil
articulación entre niveles de gobierno. La existencia de solo dos Centros de Justicia para las Mujeres
(CJM) en el estado —Benito Juárez y Solidaridad— resulta claramente insuficiente frente a la demanda
real de atención, particularmente en comunidades indígenas y rurales. La falta de servicios jurídicos
gratuitos, la precariedad de los refugios y la centralización de la atención en zonas urbanas refuerzan las
desigualdades estructurales y limitan el acceso a la justicia.
En términos normativos, si bien se ha avanzado en la armonización legislativa, persisten vacíos
jurídicos y falta de reglamentación en algunos municipios. Además, la inexistencia de indicadores de
evaluación, diagnósticos periódicos y mecanismos efectivos de rendición de cuentas imposibilita
conocer con precisión el impacto real de la LGAMVLV y limita la capacidad del Estado para corregir
sus deficiencias.
Ante este panorama, se concluye que el acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en
Quintana Roo sigue siendo un derecho formalmente reconocido, pero estructuralmente negado. La

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persistencia de prácticas institucionales patriarcales, la falta de políticas públicas con enfoque
interseccional y la débil voluntad política configuran un sistema que continúa reproduciendo violencia
en lugar de erradicarla.
En consecuencia, es urgente impulsar una reforma estructural del sistema de atención, sanción y
reparación, centrada en la garantía de los derechos humanos, la perspectiva de género y la justicia
transformadora. Esta investigación evidencia que solo mediante el fortalecimiento institucional, la
transparencia, la participación ciudadana y el empoderamiento económico de las mujeres será posible
avanzar hacia un verdadero acceso a la justicia en Quintana Roo.
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