pág. 4625
CIUDADANÍAS INDÍGENAS Y PLURALISMO
JURÍDICO EN AMÉRICA LATINA
INSCRIPCIONES CONSTITUCIONALES Y
REIVINDICACIONES ÉTICO-POLÍTICAS DE
LOS MOVIMIENTOS ORIGINARIOS

INDIGENOUS CITIZENSHIP AND LEGAL PLURALISM IN

LATIN AMERICA CONSTITUTIONAL INSCRIPTIONS AND

ETHICO
-POLITICAL DEMANDS OF INDIGENOUS
MOVEMENTS

Wilson Exson Vilela Pincay

Universidad Técnica de Machala

Emily Abigail Elizalde Cabrera

Universidad Técnica de Machala

Emily Anahí Pérez Bermeo

Universidad Técnica de Machala

Nardy Nicole Lojan Rogel

Universidad Técnica de Machala

Derek Julián Palma Córdova

Universidad Técnica de Machala
pág. 4626
DOI
: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i3.18098
Ciudadanías indígenas y pluralismo jurídico en América Latina
Inscripciones constitucionales y reivindicaciones ético-políticas de los
movimientos originarios

Wilson Exson Vilela Pincay
1
wvilela@utmachala.edu.ec

https://orcid.org/0000-0002-0786-7622

Universidad Técnica de Machala

Emily Abigail Elizalde Cabrera

eelizalde4@utmachala.edu.ec

https://orcid.org/0009-0003-3220-3427

Universidad Técnica de Machala

Emily Anahí Pérez Bermeo

eperez8@utmachala.edu.ec

https://orcid.org/0009-0005-6041-4533

Universidad Técnica de Machala

Nardy Nicole Lojan Rogel

nlojan7@utmachala.edu.ec

https://orcid.org/0009-0005-3297-5392

Universidad Técnica de Machala

Derek Julián Palma Córdova

dpalma4@utmachala.edu.ec

https://orcid.org/0009-0007-5933-3191

Universidad Técnica de Machala

RESUMEN

Este artículo analiza el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas en América Latina como
expresión de un giro hacia el pluralismo jurídico y la reconfiguración de las ciudadanías. A través del
estudio comparado de los marcos constitucionales de Bolivia, Ecuador, Colombia y México, se
examinan las formas en que los movimientos indígenas han logrado inscribir sus demandas históricas
en el lenguaje del derecho, transformando las estructuras tradicionales del Estado-nación. El trabajo
aborda cómo estas inscripciones constitucionales no solo reconocen derechos colectivos, territoriales y
culturales, sino que también plantean desafíos a la noción clásica de ciudadanía, incorporando
dimensiones éticas y políticas vinculadas a la autodeterminación, la interculturalidad y la justicia
epistémica. Desde un enfoque socio-jurídico y político-crítico, se reflexiona sobre las tensiones entre el
reconocimiento formal y las prácticas estatales, así como sobre la capacidad transformadora de los
movimientos indígenas en los procesos de democratización profunda y descolonización del derecho en
América Latina.

Palabras clave: pueblos indígenas, pluralismo jurídico, ciudadanía, constitucionalismo
latinoamericano, interculturalidad

1
Autor principal
Correspondencia:
wvilela@utmachala.edu.ec
pág. 4627
Indigenous citizenship and legal pluralism in Latin America Constitutional

inscriptions and ethico
-political demands of indigenous movements
A
BSTRACT
This article analyzes the constitutional recognition of indigenous peoples in Latin America as an

expression of a shift toward legal pluralism and the reconfiguration of citizenship. Through a

comparative study of Bolivia, Ecuador, Colombia, and Mexico's c
onstitutional frameworks, the article
examines how indigenous movements have inscribed their historical demands into legal language,

thereby transforming traditional nation
-state structures. The article discusses how these constitutional
provisions not onl
y recognize collective, territorial, and cultural rights but also challenge the traditional
concept of citizenship by incorporating ethical and political aspects associated with self
-determination,
interculturality, and epistemic justice. Taking a socio
-legal and political-critical approach, the article
reflects on the tensions between formal recognition and state practices and the transformative capacity

of indigenous movements in the processes of deep democratization and decolonization of law in Latin

Ame
rica.
Keywords:
indigenous peoples, legal pluralism, citizenship, latin american constitutionalism,
interculturalism
, collective rights
Artículo recibido 15 mayo 2025

Aceptado para publicación: 18 junio 2025
pág. 4628
INTRODUCCIÓN

Desde tiempos remotos las comunidades, pueblos y ciudadanos indígenas toman un protagonismo
representativo en la historia y vida diaria del Ecuador en todos los aspectos, sin duda, las firmes raíces
de nuestros indígenas representan la lucha, coraje, y resistencia ante la opresión capitalista, política,
explotación y evidente discriminación de este movimiento que en más de una ocasión han sido
testimonio de lucha y perseverancia para cumplir sus ideales y respetar los derechos que como
ciudadanos ecuatorianos los amparan en nuestro máximo órgano jurisdiccional, la Constitución.

Nuestra constitución de la republica del ecuador del 2008 en su artículo 1 reconoce que nuestra
constitución es garantista de derechos y justica, acompañado de la carta de derechos que amparan a las
comunidades indígenas y a la madre naturaleza reconocida como sujeto de derecho desde la constitución
antes mencionada la misma que recoge los preceptos del respeto a la naturaleza como lo cita en su
artículo 71.

Si describimos estas instituciones que son diversas y que han permitido la organización, relaciones
sociales, la espiritualidad indígena y las relaciones con la madre naturaleza, decimos que son entre otras:
el AYLLU (familia), AYLLU LLAKTA (comuna), MINKA (trabajo colectivo), RIMANAKUY
(práctica del diálogo), YUYARINAKUY (acuerdos), PACHA MAMA (naturaleza), son los referentes
de vida de las comunidades, y por tanto de lucha por su mantenimiento y perfeccionamiento en la época
contemporánea. (Macas, 2002)

Si bien es cierto la lucha indígena resulto un auge de cambios en la sociedad, lo que se reducía a vivir
en un estado que posea una autentica identidad nacional, asumiendo y enfrentando la posición con una
conciencia de lucha de una sociedad que vive acomplejada con pensamientos retrogradas que
lamentablemente se vieron influenciadas por poderes económicos que dogmatizaron la realidad de un
estado de derecho en igual de condiciones para todos, una lucha que tuvo su génesis en un movimiento
indígena que hacía temblar desde las faldas de nuestras montañas hasta cada rincón del país del que hoy
en día muchos nos sentimos representados por tan aguerrida lucha.

En Latinoamérica la cosmovisión y perspectiva del movimiento indígena ha revolucionado el ámbito
social, la inclusión y participación en ejercicio de sus derechos ha tomado representación tras la lucha y
defensa de sus ideales.
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El ámbito jurídico a través de cuerpos normativos ofrece respaldo para los pueblos, comunidades y
ciudadanos indígenas, sin discriminación alguna. Esta lucha no solo derroco un estigma de socialismo
tradicional en la que las comunidades indígenas se veían aisladas en la participación ciudadana.

Fueron muchos los factores que permitieron desencadenar la lucha de protagonismo indígena que poco
a poco se fueron legalmente constituyendo como lo eran las “federaciones provinciales”, “movimientos
indígenas” tras haber sido identificado en la historia como un movimiento constantemente excluido,
subyugado al racismo, opresión y múltiple discriminación, que dilato el progreso como sujetos de
derechos reconocidos, el proceso de cambio es ineludible indiscutible, nuestra historia nos representa y
parte de su lucha y carácter.

DESARROLLO

En las últimas décadas, América Latina ha sido escenario de una profunda reconfiguración en las
relaciones entre los pueblos indígenas y los Estados nacionales. Este proceso ha estado marcado por la
emergencia de movimientos sociales indígenas que, con fuerza renovada, han desafiado los modelos
tradicionales de ciudadanía, soberanía y derecho, exigiendo el reconocimiento de sus formas de vida,
conocimientos y sistemas normativos propios. A partir de este impulso, diversas constituciones
latinoamericanas han incorporado principios de pluralismo jurídico y derechos colectivos que marcan
un punto de inflexión en la historia constitucional de la región
(Walsh, (2010).)
El reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos colectivos con derechos diferenciados ha
abierto paso a la formulación de nuevas formas de ciudadanía que desbordan el marco liberal clásico,
para situarse en coordenadas interculturales, ético-políticas y territoriales. Estas "ciudadanías indígenas"
emergen no solo como una categoría jurídica, sino también como una práctica de resistencia y
construcción de horizontes alternativos frente a la hegemonía estatal y colonial del derecho Se
argumenta que la principal fortaleza del Buen Vivir reside en su extensión del concepto de convivencia
desde el ámbito humano a humanos y no humanos. El capítulo también analiza sus contradicciones
conceptuales y políticas, sus limitaciones y sus fracasos, especialmente en lo que respecta a su
incorporación a las agendas estatales en Bolivia y Ecuador.
(Ranta, (2020).)
El concepto de pluralismo jurídico parte del reconocimiento de la coexistencia de múltiples sistemas
normativos dentro de un mismo territorio, más allá del derecho estatal. En el contexto latinoamericano,
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esta noción adquiere una dimensión emancipadora al visibilizar los sistemas jurídicos indígenas como
expresiones legítimas de ordenamiento social y justicia
(De Sousa Santos, 2010)) Boaventura de Sousa
Santos denomina esta coexistencia como “Inter legalidad”, entendida como la articulación conflictiva y
simultánea de legalidades diversas en contextos de lucha y negociación.

Este enfoque implica una crítica al monoculturalismo jurídico del Estado moderno, el cual ha negado
históricamente la validez del derecho indígena bajo supuestos de universalidad, racionalidad y
neutralidad legal
(Wolkmer, (2003).) En contraposición, el pluralismo jurídico impulsa una visión
intercultural del derecho, capaz de reconocer y articular principios normativos que emergen desde
cosmovisiones distintas, como la andina, la maya o la mapuche.

Ciudadanía intercultural y sujetos diferenciados

La teoría clásica de la ciudadanía, basada en la universalidad abstracta del ciudadano como sujeto
individual ante el Estado, resulta insuficiente para comprender las demandas de los pueblos indígenas.
En este sentido, autores como.
(Kymlicka, (1996). )plantean la necesidad de una ciudadanía
diferenciada, que incluya mecanismos de reconocimiento de las identidades culturales y la participación
colectiva en condiciones de igualdad sustantiva.

En América Latina, la emergencia de propuestas de ciudadanía intercultural se basa en el reconocimiento
de sujetos colectivos que demandan derechos culturales, lingüísticos, territoriales y políticos. Estos
derechos no se limitan a la inclusión formal en las estructuras estatales, sino que suponen la
transformación de las propias bases del orden constitucional, a través de principios como la
plurinacionalidad y el autogobierno
(Walsh, C., 2009).)
La ciudadanía indígena, por tanto, no puede reducirse a la condición jurídica de pertenencia a un Estado-
nación, sino que implica una forma específica de habitar políticamente el territorio, construir comunidad
y ejercer autonomía
(Perino, (2025). )
Luchas ético-políticas y justicia epistémica

Los movimientos indígenas no solo reivindican derechos jurídicos, sino que promueven un horizonte
político y ético alternativo al paradigma hegemónico occidental. Su lucha implica una crítica profunda
al colonialismo epistémico que ha negado la validez de sus saberes, cosmovisiones y formas de
organización social
(Gomez, 2007)
pág. 4631
Desde esta perspectiva,
(Ramírez, (2025).) plantea la necesidad de una “política de la liberación”, donde
las demandas indígenas se entienden como expresiones de una ética de la alteridad que interpela las
estructuras opresivas del Estado moderno. En este marco, la defensa de la tierra, del buen vivir (sumak
kawsay) y de los derechos colectivos no solo es una reivindicación legal, sino una propuesta civilizatoria
distinta.

Este artículo se propone analizar el vínculo entre las inscripciones constitucionales de los derechos
indígenas y la configuración de ciudadanías diferenciadas, centrando la atención en cuatro países
emblemáticos: Bolivia, Ecuador, Colombia y México. Se parte de la hipótesis de que las reformas
constitucionales impulsadas por los movimientos indígenas no solo significan avances en términos de
reconocimiento formal, sino que también expresan una transformación ética y política del derecho desde
abajo.

Desde un enfoque socio-jurídico y comparativo, el estudio examina: los marcos constitucionales que
consagran derechos colectivos y pluralismo jurídico; la construcción político-ética de las ciudadanías
indígenas como actores constituyentes; y las tensiones entre reconocimiento y aplicación efectiva de
estos derechos en contextos marcados por el racismo estructural, el extractivismo y la fragilidad
institucional.

En palabras de Antropólogo Javier Rodríguez respecto a los movimientos indígenas
latinoamericanos, manifiesta que:

En general los contextos políticos en América Latina favorecieron distintos modos de opresión,
marginación y exclusión hacia los pueblos indígenas que permitieron la apropiación de sus tierras
ancestrales, la extracción de sus recursos naturales y la degradación del medio ambiente. La
implementación de políticas inadecuadas para las sociedades nativas comporta un intenso proceso de
empobrecimiento de las mismas que torna indispensable y urgente revertir esta situación. (Rodríguez,
2008)

La política se vio inmiscuida como uno de los principales factores por no expresarlo como el factor
pionero que dirigió por años esta discriminación para este grupo de personas como lo son nuestros
indígenas, los mismos que vieron una oportunidad de superación del proceso de las sociedades indígenas
con independencia y determinación, enfrentando al rol del político y haciendo historia para América.
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La atención que han generado los movimientos indígenas en América Latina desde finales de los
ochenta se funda en el profundo interés que suscitaron sus reivindicaciones y demandas ya que afectan
no solo a los pueblos indígenas y a sus respectivos estados nacionales sino que también poseen un
alcance transversal y universal: (…), etc. (Rodríguez, 2008)

La constitución del ecuador del año 1830 reconoce en su artículo 68: ”Este Congreso constituyente
nombra a los venerables curas párrocos por tutores y padres naturales de los indígenas, excitando su
ministerio de caridad a favor de esta clase inocente, abyecta y miserable.” (ECUADOR, 1830)

Ha pasado bastante tiempo ya y el desarrollo constitucional en el marco del derecho a los indígenas
se ha exaltado minuciosamente, desde hace casi dos siglos atrás podemos corroborar la inclusión en un
régimen constitucional a nuestros ancestros.

Artículos de la constitución del ecuador

Si bien es cierto el marco constitucional ha presentado una serie de cambios en cuestión de forma y
fondo pero esto no ha dejado de lado el protagonismo y participación de los indígenas en este amparo
de derechos es por eso que desde el año 1830 hasta la actualidad podemos destacar que la Constitución
de la Republica de Ecuador del 2008, reconoce una gama de derechos de los indígenas en nuestra
constitución, respetando sus derechos, creencias y costumbres en cuestión de jurisdicción, sin dejar de
lado el precepto constitucional reconocido de que “ante la ley todos somos iguales en derechos y
justicia”, en relación al artículo 6 de la Constitución del 2008: (…) La nacionalidad ecuatoriana es
el vínculo jurídico político de las personas con el Estado, sin perjuicio de su pertenencia a alguna de
las nacionalidades indígenas que coexisten en el Ecuador plurinacional” (Ecuador, 2008)

La Constitución del 2008 en su artículo 2 establece que:

“La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley, son los símbolos de la patria.
El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales
de relación intercultural. Los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas
en las zonas donde habitan y en los términos que fija la ley. El Estado respetará y estimulará su
conservación y uso.” (Ecuador, 2008)

El estado ecuatoriano respeta y promueve al estudio, practica y desarrollo de los idiomas oficiales
interculturales que caracterizan a nuestros ancestros que habitan en las diferentes zonas del territorio
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nacional, realizando esto mediante una política de inclusión intercultural a través del sistema educativo
fomentado por el Estado.

La Constitución del 2008 en su artículo 56 establece que:

“Las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afro ecuatoriano, el pueblo
montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible.” (Ecuador, 2008)

Los movimientos indígenas demandan autonomía, independencia y participación protagónica como
lo expresa el artículo 56, forman parte y su reconocimiento estricto no puede ser desvirtuado de este
estado ecuatoriano, que respeta e incluye a los pueblos, movimientos y comunidades indígenas.

Jurisdicción indígena.

La Constitución del 2008 en su artículo 171 establece que:

“Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones
jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito
territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas
y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la
Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales. El Estado
garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y
autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley
establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la
jurisdicción ordinaria.” (Ecuador, 2008)

Si bien es cierto como es de conocimiento público y estado ecuatoriano reconoce y respeta la
jurisdicción indígena como forma de acceso a la justicia, respetando y precautelando la no violación al
“non bis in Bidem”, la jurisdicción indígena es reconocida de forma constitucional en razón al respeto
a las comunidades y a la forma de organización de aquellas comunidades que viven alejadas de la ciudad
y de la civilización común.

Es por esto, que el control constitucional de esta enmarca reconocimiento de esta forma de justicia,
siempre y cuando esta no contravenga los derechos humanos. Estas acciones ejecutadas por los pueblos
indígenas se verán ligadas a un control de constitucionalidad en el que se intervendrá con políticas de
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cooperación y control con la finalidad de mantener un equilibrio entre la justicia ordinaria y la justicia
indígena sin violentar os derechos de las personas.

Art. 257.- En el marco de la organización político administrativa podrán conformarse
circunscripciones territoriales indígenas o afro ecuatorianas, que ejercerán las competencias del
gobierno territorial autónomo correspondiente, y se regirán por principios de interculturalidad,
plurinacionalidad y de acuerdo con los derechos colectivos. Las parroquias, cantones o provincias
conformados mayoritariamente por comunidades, pueblos o nacionalidades indígenas, afro
ecuatorianos, montubios o ancestrales podrán adoptar este régimen de administración especial, luego
de una consulta aprobada por al menos las dos terceras partes delos votos válidos. Dos o más
circunscripciones administradas por gobiernos territoriales indígenas o pluriculturales podrán
integrarse y conformar una nueva circunscripción. La ley establecerá las normas de conformación,
funcionamiento y competencias de estas circunscripciones. (Ecuador, 2008)

El ámbito administrativo no se deslinda de la inclusión indígena para la organización político
administrativo; la participación de competencias autónomas se encuentra constitucionalmente
distribuidas a fin que se establezca la conformación de circunscripciones que proporcionen la debida
información, control y funcionamiento de las competencias de manera inclusiva para la toma de
decisiones fundamentales de los derechos colectivos ante una consulta democrática acerca de temas de
interés social.

CONTEXTO SOCIAL

No cabe la menor duda que esos movimientos, con diversidades dentro de cada Estado nacional,
vienen creciendo, cobrando más fuerza, más solidez. En algunos países son ya actores políticos de la
mayor importancia, y dentro de la lógica de democracias representativas «vigiladas» para decirlo de
alguna manera tolerable que barren hoy Latinoamérica, no pueden ser ya excluidos del diálogo nacional
como lo fueron durante siglos en las agendas de las aristocracias vernáculas, supuesta representación
del «progreso» europeizante frente al «atraso» de los pueblos originarios. De hecho, en Bolivia existe
el primer presidente de origen indígena de la historia: el aymará Evo Morales, producto de la
movilización de las bases en históricas jornadas de lucha. Y en Ecuador, Perú, Guatemala, Chiapas en
el sur de México son los actores más dinámicos del panorama político. (Colussi, 2009)
pág. 4635
Hay que reconocer que los movimientos indígenas a través del tiempo han desarrollado y
evolucionado drásticamente, de ser un movimiento discriminado, hoy en día a nivel de Latinoamérica
ha tomado fuerza evidente, en diferentes ámbitos se puede evidenciar la participación emblemática que
desde terratenientes hasta políticos han surgido a través del tiempo, esto se puede corroborar en el caso
de Bolivia con el señor Evo Morales, que tomo el cargo de Presidente del Estado de Bolivia, de esta
forma podemos decir que los ciudadanos indígenas son parte del dialogo y desarrollo de la toma de
decisiones de un país y no solo en Ecuador sino a nivel de Latinoamérica.

En el caso boliviano, se describen las formas de organización y la multiplicidad de organismos que
se reivindican como indígenas, elaborándose un recuento de las luchas protagonizadas por estos en los
últimos años, como la de los cultivos de hoja de coca; la guerra del agua, la guerra del gas; las represiones
vi-vidas, y las tareas del movimiento indígena con relación al gobierno de Evo Morales y la Asamblea
Constituyente. (Vargas, 2007)

Estas formas de organización y participación son testimonio de la reivindicación de los pueblos
dentro de los últimos años en el perfil latinoamericano, las tareas de este movimiento representados en
política, economía nos dejan constancia de que si, se identifica su evolución.

Pablo Dávalos al referirse los movimientos indígenas en torno a su constitución histórica y política
expresa que:

“La incursión de los movimientos indígenas como movimientos sociales, y la constitución de los
movimientos indígenas como sujetos políticos, representan uno de los fenómenos sociales y políticos
más novedosos y complejos en la historia reciente de América Latina.” (Davalos, 2005)

En palabras de Dávalos, el impacto social y político de los movimientos indígenas representan el
auge histórico más drásticos y novedosos de la historia de América Latina.

Simultáneamente, en los años 60s y 70s la lucha por redistribución en América Latina alcanzó su
punto máximo con las movilizaciones a favor de una reforma agraria. Sin embargo, en el contexto de la
Alianza del Progreso promocionada por los EEUU, la mayoría de las reformas agrarias logradas
siguieron el camino de la modernización capitalista. (Olaf Kaltmeier y Jochen Kemner, 2004)

Fueron en los años 60 y 70 cuando la movilización de los pueblos indígenas tomo fuerza tras la
reforma agraria, no es un secreto que los pueblos indígenas tiene como fuerte la producción de la tierra,
pág. 4636
son fuertes conocedores y defensores de la naturaleza y la producción de la tierra como forma de
supervivencia y productividad para el país en el aspecto económico para la importaciones y exportación
de productos producidas por nuestros indígenas en el sistema capitalista que se gobierna la producción
económica de cada estado a nivel de América latina.

METODOLOGÍA

Es imprescindible destacar que la presente investigación científica tiene como finalidad indagar datos
confiables recopilados que permitan analizar la efectividad de la búsqueda de información que cumpla
con los objetivos planteados a inicios del trabajo de investigación que explique y de respuestas a la
temática de “Movimientos, pueblos y ciudadanías indígenas: inscripciones constitucionales y derechos
éticos en Latinoamérica” planteada a través de la investigación teórico- histórica

Para satisfacer el contenido planteado en el desarrollo del proyecto se recopilo información a través
de la investigación de los factores históricos, políticos, sociales y económicos que promueven a la
participación de los movimientos indígenas desde sus antecedentes hasta la actualidad.

Se optó por la utilización del consenso de información el método sistémico estructural - funcional
para poder realizar una construcción de un marco teórico de manera jerárquica que fundamente la
información seleccionada; de la misma manera el método histórico lógico para desarrollar y trabajar los
antecedentes históricos en cada una de sus etapas y evolución a través del tiempo.

CONCLUSIÓN

Luego de realizar el trabajo investigativo acerca de los “Movimientos, pueblos y ciudadanías
indígenas: inscripciones constitucionales y derechos éticos en Latinoamérica”, puedo llegar a las
siguientes conclusiones:

En una sociedad que ha vivido una lucha constante y se ha aferrado a defender sus creencias,
costumbres y tradiciones, un pueblo en el que lleva arraigado las múltiples discriminaciones y
exclusiones por una sociedad ignorante podemos destacar que nuestros guerreros indígenas son el rostro
de la lucha, la resistencia y la tolerancia a acciones torpemente atroces por una sociedad con estereotipos
tercermundistas que afectan a muchos de nuestros defensores de derechos, que nunca desmayaron, que
se enfrentaron y resistieron por muchos la lucha diaria para llegar hasta donde están el día de hoy, no
solo en el ecuador sino a nivel de Latinoamérica.
pág. 4637
Las luchas en defensa de los derechos de los pueblos indígenas se vieron caracterizadas y
representados hoy en día de forma más palpable en países como Ecuador, Perú, Bolivia, que amparan
en un marco de constitucionalidad los derechos de los movimientos indígenas, dando paso a la contigua
lucha y superación tras la exposición y vulneración de sus derechos a lo largo de la historia.

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