IMPACTO ESTIMADO EN LA RECAUDACIÓN
DEL GRAVAMEN ARANCELARIO EN BOLIVIA
ANTE LA CONVERGENCIA CON EL ARANCEL
EXTERNO COMÚN DEL MERCOSUR
ESTIMATED IMPACT ON BOLIVIA’S TARIFF REVENUE
FROM CONVERGENCE WITH THE MERCOSUR COMMON
EXTERNAL TARIFF
Edson Leonil Apaza Otalora
Universidad Mayor de San Andrés
pág. 5633
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i3.18202
Impacto Estimado en la Recaudación del Gravamen Arancelario en Bolivia
ante la Convergencia con el Arancel Externo Común del MERCOSUR
Edson Leonil Apaza Otalora
1
edson.apaza.otalora@gmail.com
Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
Universidad Mayor de San Andrés
RESUMEN
El presente artículo estima los efectos fiscales y productivos que conllevaría la implementación del
Arancel Externo Común (AEC) del MERCOSUR en Bolivia, específicamente en términos de su
impacto sobre la recaudación del Gravamen Arancelario (GA) y la protección sectorial. Mediante el
análisis de datos oficiales provenientes del Instituto Nacional de Estadística y del Ministerio de
Economía y Finanzas blicas, se estudia la estructura arancelaria vigente y se compara con la
composición del AEC para el año 2024, utilizando como base la clasificación CIIU Rev. 3. Los
resultados revelan que la adopción del AEC generaría una variación neta positiva estimada del 7,8% en
la recaudación aduanera, impulsada por el incremento arancelario en productos del sector
manufacturero, el cual representa más del 97% del valor CIF importado. No obstante, sectores como
agricultura, pesca y servicios comunitarios experimentarían una disminución significativa en su nivel
de protección efectiva, generando riesgos para su competitividad. Se concluye que la convergencia al
AEC debe implementarse de forma gradual y diferenciada, considerando la sensibilidad de los sectores
vulnerables. El estudio aporta evidencia empírica para el diseño de políticas públicas que garanticen
una transición arancelaria equilibrada, preservando los ingresos fiscales sin comprometer la
sostenibilidad de la matriz productiva nacional.
Palabras clave: gravamen arancelario, arancel externo común, recaudación fiscal, estructura
arancelaria, MERCOSUR
1
Autor Principal
Correspondencia: edson.apaza.otalora@gmail.com
pág. 5634
Estimated Impact on Bolivia’s Tariff Revenue from Convergence with the
MERCOSUR Common External Tariff
ABSTRACT
This article estimates the fiscal and productive effects of implementing the Common External Tariff
(CET) of MERCOSUR in Bolivia, focusing on its impact on customs revenue from the Tariff Duty
(GA) and sectoral protection. Using official data from Bolivia’s National Institute of Statistics and the
Ministry of Economy and Public Finance, the study analyzes the current tariff structure and compares
it with the CET composition for the year 2024, based on ISIC Rev. 3 classification. The findings reveal
that adopting the CET would result in an estimated net increase of 7.8% in customs revenue, mainly
driven by higher tariffs on manufactured goods, which account for more than 97% of the imported CIF
value. However, sectors such as agriculture, fishing, and community services would experience a
significant reduction in effective protection, posing challenges to their competitiveness. The study
concludes that CET convergence should be implemented gradually and selectively, with careful
attention to vulnerable sectors. The article provides empirical evidence to support the formulation of
public policies that ensure a balanced tariff transition, safeguarding fiscal revenue while preserving the
sustainability of Bolivia’s productive matrix.
Keywords: tariff charge, common external tariff, fiscal revenue, tariff structure, MERCOSUR
Artículo recibido 05 mayo 2025
Aceptado para publicación: 09 abril 2025
pág. 5635
INTRODUCCIÓN
La integración de Bolivia al Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en calidad de Estado parte,
plantea desafíos significativos en términos de política comercial y fiscal. Uno de los componentes más
sensibles de este proceso es la adopción del Arancel Externo Común (AEC), instrumento clave para la
consolidación de la unión aduanera y la armonización del comercio intrarregional. En este contexto, la
implementación del AEC supone una transformación estructural en el esquema arancelario vigente del
país, con implicaciones directas sobre la recaudación del Gravamen Arancelario (GA), así como sobre
la competitividad de diversos sectores productivos.
El actual sistema arancelario boliviano se caracteriza por una estructura diferenciada y dispersa, con
niveles de protección relativamente bajos en sectores estratégicos como la agricultura, la pesca y ciertas
ramas manufactureras (Arancel Aduanero de Importaciones, 2024). La convergencia hacia el AEC
implica, por una parte, la elevación de aranceles en productos que hoy cuentan con menor protección,
y por otra, la reducción de aranceles en productos actualmente más gravados, lo cual genera efectos
redistributivos entre sectores, consumidores y el Estado. Este reordenamiento puede traducirse en
pérdidas fiscales si no se compensa adecuadamente la reducción de ingresos por desgravaciones
2
, en un
contexto en el que aproximadamente el 60% de las importaciones bolivianas se encuentra sujeta a
preferencias comerciales negociadas en el marco de acuerdos regionales, como los suscritos bajo la
ALADI (ALADI, 2022).
En particular, el análisis de la brecha entre el GA promedio y el AEC promedio revela diferencias
estructurales significativas: mientras que Bolivia aplica un arancel promedio efectivo cercano al 5%, el
AEC se sitúa en torno al 12% (MERCOSUR, 2024). Este desfase evidencia tanto un espacio para
incrementar la recaudación como el riesgo de afectación a la competitividad de sectores sensibles, que
actualmente se benefician de desgravaciones preferenciales. Por ello, resulta imprescindible realizar
una evaluación técnica rigurosa del impacto potencial que tendría la adopción plena del AEC sobre la
recaudación fiscal, considerando la estructura por secciones económicas (CIIU Rev. 3
3
), el volumen de
comercio, y la actual configuración de acuerdos comerciales.
2
Actualmente, Bolivia ha suscrito Acuerdos de Complementación Económica con los países miembros de la ALADI (ALADI, 2025).
3
Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas (CIIU) (Naciones Unidas, 2005)
pág. 5636
El objetivo de este estudio es estimar el efecto fiscal neto sobre la recaudación del Gravamen
Arancelario en Bolivia bajo un escenario de adopción del AEC, a partir del análisis detallado del
comportamiento arancelario, las importaciones registradas y la estructura sectorial de los flujos de
comercio. Asimismo, se busca identificar qué sectores podrían enfrentar una pérdida en la recaudación,
con el fin de formular lineamientos para una estrategia de transición arancelaria que combine
sostenibilidad fiscal y protección selectiva. De esta manera, se contribuye al diseño de políticas públicas
informadas, orientadas a facilitar la inserción estratégica de Bolivia en el MERCOSUR sin
comprometer la estabilidad económica ni el desarrollo productivo nacional.
METODOLOGÍA
El presente estudio utiliza una metodología cuantitativa, comparativa y sectorial para estimar el efecto
de la adopción del Arancel Externo Común (AEC) del MERCOSUR sobre la recaudación del Gravamen
Arancelario (GA) en Bolivia, así como sobre la competitividad de los sectores económicos. El análisis
se enfoca exclusivamente en la recaudación potencial que se tendría como efecto de la adopción del
AEC.
Fuentes de información
Las principales fuentes utilizadas son:
Instituto Nacional de Estadística (INE): estadísticas oficiales de comercio exterior (valores CIF y
recaudaciones del GA) por gestión.
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP): estructura arancelaria vigente y niveles de
aplicación del GA.
Arancel Externo Común del MERCOSUR: niveles arancelarios aplicables por subpartida NCM.
Etapas del análisis
La metodología se estructura en cinco etapas principales:
Homologación arancelaria
Se realizó la correspondencia entre las subpartidas nacionales del Arancel Aduanero de Importaciones
de Bolivia (AAIB) y las subpartidas de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a fin de
establecer una base común de comparación entre el GA vigente y el AEC.
pág. 5637
Construcción de una base de datos sectorial
Se organizaron los datos comerciales (CIF) y recaudatorios por sección CIIU Rev. 3 para cada año entre
2017 y 2024, permitiendo un análisis por sectores económicos: agricultura, industria manufacturera,
pesca, minería, entre otros.
Estimación de recaudación potencial con AEC
A partir de los valores CIF por sector, se estimó la recaudación potencial aplicando el AEC. Estos
valores fueron comparados con la recaudación efectiva bajo el GA vigente, lo que permitió calcular la
variación en la recaudación para cada sector económico.
Análisis del impacto arancelario por acuerdo comercial
Se identificó el porcentaje de subpartidas con preferencias arancelarias otorgadas bajo cada uno de los
acuerdos regionales de la ALADI vigentes. Esto permitió medir el grado de apertura comercial y la
incidencia real de estos acuerdos en la desgravación arancelaria observada.
Evaluación sectorial de impacto y definición de prioridades
Con base en la comparación entre el GA y el AEC por sección CIIU y su respectiva recaudación, se
determinó el nivel de exposición de cada sector a la pérdida de ingresos fiscales y competitividad. Esto
facilitó la identificación de sectores prioritarios para la protección, adaptación o compensación ante la
posible adopción del AEC.
Delimitación del estudio
El estudio se enfoca únicamente exclusivamente en la recaudación potencial que se tendría como efecto
de la adopción del AEC.
DESARROLLO
Análisis de la estructura arancelaria en Bolivia (2017-2024)
La estructura arancelaria puede ser analizada como un instrumento de política comercial que influye en
los ingresos fiscales y la protección sectorial (Krugman & Obstfeld, 2006), en este contexto la
comparación entre la estructura arancelaria nacional y el Arancel Externo Común (AEC) del
MERCOSUR constituye un paso fundamental para evaluar el impacto fiscal potencial derivado de la
adopción del AEC en Bolivia.
pág. 5638
Esta comparación permite identificar las discrepancias arancelarias promedio entre el Gravamen
Arancelario (GA) vigente en Bolivia y las tasas consolidadas en el esquema del MERCOSUR, lo cual
tiene implicancias directas en la recaudación tributaria por concepto de comercio exterior.
Tabla 1 Comparación arancelaria Bolivia vs. MERCOSUR (20172024)
Nota: Elaboración propia con base en el Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia y el Arancel Externo Común del
MERCOSUR.
Durante el periodo 2017–2024, se observa una tendencia moderadamente decreciente tanto en el
promedio del Gravamen Arancelario aplicado por Bolivia como en el promedio del AEC del
MERCOSUR, con una convergencia progresiva entre ambas estructuras arancelarias.
Promedio del Gravamen Arancelario (GA) en Bolivia
El promedio del GA se mantuvo relativamente estable, oscilando entre 11,65% (2020) y 11,79%
(2018 y 2019).
A partir de 2021, se observa una leve tendencia a la baja, alcanzando un 11,72% en 2024.
Promedio del Arancel Externo Común (AEC) del MERCOSUR
En 2017 el promedio del AEC era de 13,27%, mientras que en 2024 descendió a 12,21%,
evidenciando un proceso de ajuste gradual en la política arancelaria del bloque.
Esta reducción puede atribuirse a medidas de flexibilización comercial adoptadas en los últimos
años en el MERCOSUR.
Diferencias arancelarias promedio (AEC - GA)
Entre 2017 y 2021, la diferencia promedio entre el AEC y el GA se mantuvo en torno al 1,4%
1,5%.
A partir de 2022, la diferencia se redujo significativamente, llegando a 0,5% en 2023 y 2024.
o
Subpartidas
Nacional
Promedio
GA (%)
Subpartidas
NCM
Promedio
AEC (%)
Diferencias
arancelarias
(AEC-GA)
2017 7.985 11,78 10.239 13,27 1,5
2018 7.925 11,79 10.266 13,26 1,5
2019 7.922 11,79 10.273 13,23 1,4
2020 8.308 11,65 10.300 13,18 1,5
2021 9.242 11,68 10.337 13,17 1,5
2022 8.149 11,67 10.440 12,23 0,6
2023 8.190 11,75 10.458 12,22 0,5
2024 8.297 11,72 10.504 12,21 0,5
pág. 5639
Este comportamiento sugiere una tendencia hacia la convergencia arancelaria, ya sea por
modificaciones en el AEC o por una estrategia de Bolivia para alinear sus tasas con el bloque regional
en el marco de las negociaciones de adhesión.
El análisis muestra una disminución progresiva en la brecha arancelaria entre Bolivia y el MERCOSUR
en los últimos años, lo cual podría facilitar una transición menos abrupta en términos fiscales ante una
eventual adopción del AEC. Sin embargo, aún persiste una diferencia, aunque reducida, que deberá ser
considerada en las simulaciones de impacto sobre la recaudación. Esta convergencia parcial sugiere que
el país ha avanzado en una estrategia de armonización comercial, pero que aún requiere mecanismos de
ajuste para sectores sensibles y para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Estructura del Gravamen Arancelario (GA) en Bolivia y del AEC del MERCOSUR
El GA en Bolivia ha experimentado modificaciones significativas en la distribución de sus niveles a lo
largo del período 2017-2024. Este comportamiento refleja ajustes estratégicos en la política comercial
del país, con el objetivo de facilitar el comercio, proteger sectores productivos estratégicos y, más
recientemente, preparar la estructura arancelaria para una eventual alineación con el Arancel Externo
Común (AEC) del MERCOSUR.
Tabla 2 Número de subpartidas arancelarias nacionales, según la estructura del Gravamen Arancelario
(2017 - 2024)
Nota: Elaborado en base al Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia.
Alta concentración en niveles bajos (0%, 5% y 10%)
Durante todo el período analizado, alrededor del 80% de las posiciones arancelarias se concentran en
los niveles 0%, 5% y 10%, lo que evidencia una política arancelaria orientada a facilitar el acceso a
materias primas, bienes intermedios y de capital a bajo costo:
Nivel de GA (%) 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024
0587 589 590 899 1.469 870 663 778
5 2.500 2.473 2.466 2.500 2.771 2.415 2.538 2.524
10 2.594 2.553 2.558 2.580 2.538 2.457 2.580 2.575
15 869 868 871 884 861 869 889 898
20 974 977 975 976 1.017 973 1.006 1.006
25 13 14 6 6
30 15 15 11 18 91 89 30 31
35 5 5 5 5
40 446 450 451 451 477 457 473 474
Total 7.985 7.925 7.922 8.308 9.242 8.149 8.190 8.297
pág. 5640
El nivel de 5% es el más representado, con un promedio de más de 2.500 ítems.
El nivel de 10% le sigue muy de cerca, también con más de 2.500 ítems.
Las partidas con 0% de arancel han mostrado un crecimiento significativo entre 2017 (587 ítems)
y 2021 (1.469 ítems), aunque con una posterior reducción.
Este diseño busca minimizar los costos de producción, especialmente en sectores industriales y
agrícolas, mediante el acceso a insumos no disponibles localmente.
Presencia moderada de niveles intermedios (15% y 20%)
Los niveles del 15% y 20% agrupan conjuntamente entre 1.800 y 2.000 partidas en cada gestión. Estas
tasas se aplican comúnmente a productos semiacabados o bienes finales con algún grado de sensibilidad
productiva nacional. Su participación ha sido relativamente estable en el tiempo.
Uso muy limitado de niveles altos (25% a 40%)
Los aranceles superiores al 20% han sido utilizados de manera excepcional:
El nivel de 25% fue incorporado recién a partir de 2021, con un número muy reducido de ítems (13
en 2021, 6 en 2024).
El nivel de 30% mostró un incremento temporal en 2021 (91 ítems), posiblemente como medida de
protección coyuntural, pero volvió a disminuir en gestiones posteriores.
El nivel de 35% permanece constante desde 2021 con 5 ítems.
El nivel de 40%, que representa el tope arancelario permitido por la OMC para Bolivia en la mayoría
de las partidas, se ha mantenido estable en torno a las 450–474 posiciones.
El uso de estas tarifas máximas se reserva generalmente para sectores estratégicos o de alta sensibilidad,
como alimentos procesados, textiles, calzados o productos con fuerte competencia importada.
Evolución general y tendencia reciente
En términos agregados, el número total de partidas arancelarias ha permanecido relativamente
estable, con ligeras variaciones entre 7.900 y 9.200 ítems.
La diversificación en el uso de niveles arancelarios más altos (25% a 40%) a partir de 2021 sugiere
un intento de reforzar la protección a ciertos sectores, posiblemente en respuesta a la presión
competitiva externa.
pág. 5641
Sin embargo, el hecho de que más del 90% de los ítems permanezca en rangos inferiores al 20% refleja
la continuidad de una política de baja protección efectiva.
Impacto del Arancel en la recaudación del GA y el efecto de los Acuerdos Comerciales
El panorama arancelario boliviano se encuentra altamente condicionado por su participación activa en
ALADI. La gran mayoría de las desgravaciones aplicadas se originan en acuerdos regionales de
integración
4
, lo que hace urgente profundizar la evaluación del impacto de los mismos, especialmente
en el contexto de una eventual adhesión plena al MERCOSUR y adopción del Arancel Externo Común
(AEC).
Tabla 3 Porcentaje de Desgravación Arancelaria promedio (2017 - 2024)
Nota: Elaborado en base al Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia y datos del Instituto Nacional de Estadística
(Instituto Nacional de Estadística, 2025).
El porcentaje de desgravación arancelaria superior al 56% en todo el periodo 2017–2024 refleja la
aplicación masiva de estos acuerdos regionales. Esto ha generado que la tasa efectiva del GA aplicada
sea consistentemente inferior a la tasa nominal, como se muestra a continuación:
En 2022, con un arancel promedio de 11,67%, se aplicó efectivamente solo el 4,2%.
En 2024, la brecha fue aún más significativa: con un arancel promedio de 11,72%, la recaudación
efectiva fue solo del 5,11%.
Esta erosión de la base imponible aduanera limita significativamente el margen de política fiscal para
captar ingresos por vía arancelaria.
4
Bolivia ha suscrito Acuerdos de Complementación Económica con: Chile ACE N° 22, MERCOSUR ACE N°36, Cuba ACE N° 47, México
ACE N° 66 y con Cuba, Venezuela y Nicaragua ACE N° 70.
GESTION CIF (Bs) GA (Bs)
GA efectivamente
aplicado (%)
Desgravación
Arancelaria (%)
2017 65.213 3.076 11,78 4,72 60
2018 69.589 2.921 11,79 4,2 64,4
2019 68.359 3.345 11,79 4,89 58,5
2020 48.392 2.079 11,65 4,29 63,1
2021 63.461 2.957 11,68 4,66 60,1
2022 82.772 3.480 11,67 4,2 64
2023 79.948 4.093 11,75 5,12 56,4
2024 68.918 3.519 11,72 5,11 56,4
pág. 5642
Estimación del Efecto en la Recaudación del GA ante la Aplicación del AEC del MERCOSUR
Uno de los impactos más significativos de la adopción del Arancel Externo Común (AEC) radica en el
cambio en la recaudación tributaria derivada del GA, especialmente en un contexto donde Bolivia aún
mantiene grados considerables de protección arancelaria para sectores estratégicos. A continuación, se
analiza el efecto potencial en la recaudación arancelaria por sección CIIU, comparando los ingresos
actuales por concepto de GA frente a los ingresos estimados bajo el esquema del AEC.
Tabla 4 Recaudación potencial del Gravamen Arancelario (2017 - 2024)
Sección CIIU
CIF (Bs)
GA (Bs)
Recaudación
AEC (Bs)
Actividades inmobiliarias, empresariales y de
alquiler
1,3
0,1
0,1
Agricultura, ganadería, caza y silvicultura
736,5
13,8
6,8
Explotación de minas y canteras
838,0
2,8
1,0
Industrias manufactureras
67.341,2
3.502,6
3.786,7
Otras actividades de servicios comunitarios,
sociales y personales
0,3
0,1
0,0
Pesca
0,9
0,1
0,0
Suministro de electricidad, gas y agua
0,0
0,0
0,0
Total
68.918,2
3.519,5
3.794,7
Nota: Elaboración propia con base en el Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia y el Arancel Externo Común del
MERCOSUR
Análisis e implicaciones
Reducción significativa de recaudación en sectores primarios
Agricultura, ganadería, caza y silvicultura: La caída de más del 50% en la recaudación de este sector
(de 13,8 a 6,8 millones de Bs) es preocupante, ya que refleja una pérdida directa de ingresos fiscales
en uno de los sectores más sensibles desde el punto de vista social y productivo.
Pesca y actividades comunitarias: Aunque el impacto en cifras absolutas es menor, en términos
relativos las pérdidas son totales (100%), lo cual puede traducirse en una eliminación completa de
la protección arancelaria.
Minería: A pesar de su gran volumen de importaciones, el aporte tributario por GA se reduciría en
más del 60%, confirmando la baja protección efectiva bajo el esquema AEC.
Aumento de recaudación en manufacturas
pág. 5643
Contrariamente, las industrias manufactureras muestran un incremento neto de Bs 284,1 millones,
lo que se explica por el mayor arancel promedio en el AEC (11,5%) en comparación con el GA
boliviano actual (9,51%).
Este aumento compensa las pérdidas fiscales de sectores primarios, y podría verse como una
oportunidad de reorientación productiva y fiscal hacia sectores con mayor valor agregado.
En este sentido, es importante considerar que el efecto de la adopción del AEC sin realizar un previo
análisis exhaustivo del impacto que tendría su aplicación, puede generar los siguientes escenarios:
Impacto fiscal neto positivo: La aplicación del AEC implicaría un aumento estimado del 7,8% en la
recaudación arancelaria total, pasando de Bs 3.519,5 millones a Bs 3.794,7 millones. Sin embargo, este
aumento no es homogéneo entre sectores, y beneficia principalmente a las importaciones
manufactureras.
Pérdida de protección en sectores vulnerables: La caída drástica en los ingresos arancelarios
provenientes de sectores agropecuarios y pesqueros implica que estos quedarán más expuestos a la
competencia externa, comprometiendo la sostenibilidad de la producción nacional.
Relevancia de políticas compensatorias:
Definir sectores sensibles para la aplicación de cronogramas de desgravación gradual.
Implementar medidas de fortalecimiento productivo para sectores que perderán protección.
Reasignar recursos fiscales generados por la mayor recaudación en manufacturas para apoyar a
sectores afectados.
Instrumentos sugeridos:
Lista nacional de excepciones al AEC del MERCOSUR.
Programas de incentivos a la producción agrícola y pesca.
Fondos de transición productiva o reconversión sectorial.
RESULTADOS
Evolución del Gravamen Arancelario (GA) y su relación con los acuerdos comerciales
Durante el periodo 2017–2024, se observa una importante reducción en la tasa efectiva del Gravamen
Arancelario (GA), como resultado de la elevada desgravación arancelaria derivada de los acuerdos
comerciales suscritos por Bolivia en el marco de la ALADI. A pesar de que el GA promedio se mantuvo
pág. 5644
constante (aproximadamente 11,7 %), la tasa efectivamente aplicada osciló entre 4,2 % y 5,1 %, con
una media cercana al 4,6 %. Esta discrepancia se explica por el impacto directo de los acuerdos
preferenciales que otorgan desgravaciones totales o parciales a las importaciones.
La desgravación arancelaria promedio superó el 60 % en la mayoría de los años analizados, alcanzando
un máximo de 64,4 % en 2018. Esta situación refleja la amplia cobertura de preferencias arancelarias
en el comercio exterior de Bolivia, especialmente con países miembros de la CAN, el MERCOSUR,
Chile, México y Cuba, todos ellos bajo el paraguas de la ALADI.
Estructura arancelaria vigente del GA
La estructura del GA en Bolivia muestra una fuerte concentración en los niveles de 5 %, 10 % y 15 %,
los cuales representaron en conjunto más del 90 % de las subpartidas en los últimos años. La categoría
0 % ha ido en aumento, como resultado de las desgravaciones preferenciales. Por otro lado, niveles
arancelarios altos (30 %, 35 %, 40 %) son minoritarios y aplicables a pocos productos, generalmente
de carácter sensible o estratégico.
Acuerdos comerciales regionales y cobertura de desgravación
El análisis de cobertura arancelaria muestra que los acuerdos más influyentes en términos de
desgravación son la CAN (93,3 % de subpartidas con desgravación total), seguida del MERCOSUR
(76,2 %) y los acuerdos bilaterales con Chile, México y Cuba, con porcentajes que oscilan entre 55 %
y 72 %. Esto revela que el grueso de las importaciones bolivianas proviene de países con acceso
preferencial, lo cual reduce sustancialmente la recaudación por GA.
Estimación del efecto fiscal de la adopción del AEC
La estimación del impacto sobre la recaudación muestra que, a pesar de que el AEC implica una
reducción arancelaria promedio en sectores como agricultura, minería y pesca, la recaudación total bajo
el AEC sería mayor en términos absolutos: Bs 3.794,7 millones frente a Bs 3.519,5 millones bajo el GA
actual. Este resultado se debe principalmente al mayor arancel aplicado al sector manufacturero bajo el
AEC, que concentra más del 97 % del valor CIF de importaciones.
Estos resultados sugieren que si bien Bolivia podría experimentar una leve mejora en la recaudación
total, esto vendría a costa de una pérdida de competitividad en sectores agrícolas y pesqueros. En
pág. 5645
consecuencia, se justifica la necesidad de proteger selectivamente ciertos sectores a través de
excepciones arancelarias, períodos de transición o mecanismos de compensación fiscal.
DISCUSIÓN
La evidencia empírica obtenida en este estudio sugiere que la adopción del Arancel Externo Común
(AEC) del MERCOSUR por parte de Bolivia tendría efectos diferenciados sobre la economía nacional,
tanto en términos fiscales como en términos de competitividad sectorial. Si bien el efecto global
estimado sobre la recaudación sería positivo, al registrarse un incremento de Bs 275,2 millones en
relación con el régimen actual del Gravamen Arancelario (GA), este resultado esconde impactos
distributivos importantes entre sectores económicos, los cuales requieren atención específica en el
diseño de políticas públicas complementarias.
Efecto fiscal agregado y estructura del comercio exterior
El aumento proyectado en la recaudación arancelaria se explica principalmente por la alta concentración
del valor CIF en el sector manufacturero (97,7 % del total importado), el cual bajo el AEC enfrentaría
un arancel promedio más alto (11,5 %) respecto al GA vigente (9,51 %). Esta estructura revela una
dependencia fiscal del comercio de manufacturas, situación que resulta funcional en el corto plazo para
los ingresos tributarios, pero riesgosa si se produce una sustitución por proveedores de la región con
preferencias arancelarias, que podrían reducir la base imponible.
Este resultado también refleja la limitada participación de otros sectores (como agricultura, pesca o
minería) en el volumen de importaciones, lo que reduce su peso relativo en la recaudación, pero no así
en términos de empleo o producción interna, donde tienen un rol sustantivo, especialmente en regiones
vulnerables.
Consideraciones sobre la política comercial y sectorial
La adopción del AEC implica una decisión estratégica con implicaciones de largo plazo. En primer
lugar, supone una armonización normativa con el MERCOSUR que restringe el uso discrecional de la
política arancelaria nacional. En este contexto, resulta indispensable identificar los sectores que deben
contar con mecanismos de protección transitoria o definitiva, ya sea a través de listas de excepciones,
mecanismos de salvaguardias o políticas de reconversión productiva.
pág. 5646
Asimismo, los resultados refuerzan la necesidad de vincular la política comercial con políticas fiscales
compensatorias, tales como la reasignación de recursos tributarios hacia sectores impactados
negativamente o el uso de fondos de desarrollo productivo, orientados a fortalecer capacidades
tecnológicas y asociativas de los productores nacionales.
Limitaciones del estudio
Este estudio se basa en información oficial disponible y en estimaciones de recaudación bajo supuestos
ceteris paribus. No se ha modelado el comportamiento dinámico de las importaciones ante el cambio
en la estructura arancelaria, ni se han estimado elasticidades-precio sectoriales. Asimismo, no se ha
considerado el efecto sobre el contrabando o sobre la recaudación de otros tributos relacionados con el
comercio exterior (como el IVA o el ICE). Estos aspectos representan líneas futuras de investigación.
CONCLUSIONES
El presente estudio ha permitido estimar los efectos de la adopción del Arancel Externo Común (AEC)
del MERCOSUR sobre la estructura arancelaria y la recaudación fiscal por concepto del Gravamen
Arancelario (GA) en Bolivia. A partir de un análisis detallado de datos por sección CIIU Rev. 3, se
concluye que la implementación del AEC tendría un impacto heterogéneo entre sectores económicos,
con consecuencias diferenciadas tanto en términos de recaudación como de competitividad sectorial.
En primer lugar, se observa que la estructura arancelaria vigente en Bolivia presenta un sesgo protector
hacia sectores primarios, como la agricultura, la pesca y los servicios comunitarios, los cuales registran
niveles promedio de GA superiores al 11%. La aplicación del AEC reduciría significativamente estos
niveles, generando una caída estimada del 50,7% en la recaudación del sector agropecuario y del 100%
en los sectores de pesca y servicios comunitarios. Esta caída no solo representa una pérdida fiscal
directa, sino que también expone a estos sectores a una competencia externa más agresiva, lo que puede
traducirse en efectos negativos sobre el empleo, la producción y la seguridad alimentaria.
En contraste, el sector manufacturero, que concentra más del 95% del universo arancelario nacional,
experimentaría un incremento en la recaudación del GA del orden de Bs 284,1 millones (un aumento
del 8,1%), debido a que el AEC del MERCOSUR presenta un promedio arancelario más elevado para
productos industriales (11,5%) frente al vigente en Bolivia (9,51%). Este hallazgo plantea una
oportunidad para reorientar la estrategia productiva del país hacia sectores de mayor valor agregado,
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siempre que se acompañe con políticas industriales activas y un entorno competitivo adecuado
(Hausmann, Rodrik & Sabel, 2008).
El balance global muestra que la adopción del AEC podría significar un incremento neto del 7,8% en
la recaudación arancelaria total. No obstante, este resultado debe ser interpretado con cautela, ya que la
ganancia fiscal global se logra a costa de la pérdida de protección de sectores vulnerables. En este
sentido, la política comercial debe articularse con la política productiva para garantizar una transición
ordenada y justa, evitando impactos regresivos sobre la estructura económica y social.
Finalmente, se recomienda que Bolivia aplique con criterio estratégico las disposiciones del
MERCOSUR que permiten establecer listas nacionales de excepciones, plazos de desgravación
diferenciados y medidas de salvaguardia, a fin de proteger los sectores sensibles y garantizar la
sostenibilidad de su estructura productiva (MERCOSUR, 2010). Asimismo, los recursos adicionales
que podrían generarse por la mayor recaudación en manufacturas deberían destinarse a fondos de
reconversión productiva, con el objetivo de aumentar la resiliencia y la competitividad de los sectores
más expuestos a la apertura comercial.
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