pág. 6974
LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES
CENTROAMERICANOS EN EL MARCO JURÍDICO
NORMATIVO DEL ESTADO DE HIDALGO

THE HUMAN RIGHT OF CENTRAL AMERICAN MIGRANTS IN

THE LEGAL FRAMEWORK OF THE STATE OF HIDALGO

Pablo Hernández Jiménez

Centro Universitario Continental
pág. 6975
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i3.18338
Los Derechos Humanos de los Migrantes Centroamericanos en el Marco
Jurídico Normativo del Estado de Hidalgo

Pablo Hernández Jiménez
1
hejipa19d16@redcuc.edu.mx

https://orcid.org/0009-0009-3028-1871

Centro Universitario Continental

RESUMEN

El presente artículo se centrará en las personas migrantes de Centro América quien salen de su país de
origen en busca de una mejor calidad de vida, mismos que durante su tránsito por llegar a la Frontera
Norte recorren distintas partes de nuestro territorio. El enfoque será principalmente en el marco
normativo jurídico del Estado de Hidalgo, mediante una investigación cuantitativa que tendrá como fin
cuantificar que cantidad de personas migrantes de Centro América transitan en el Estado de Hidalgo y
como es el panorama general de sus derechos humanos de acuerdo con la legislación local, si existe
una vulneración de los mismos y qué derechos humanos reconoce, con el fin de obtener nuestro
objetivo principal; informar si es correcta la aplicación del marco normativo jurídico en Hidalgo y si el
mismo disminuye la vulnerabilidad de los derechos humanos de los migrantes centroamericanos.

Palabras clave: migrantes, Centro América, marco normativo, derechos humanos, aplicación

1 Autor principal

Correspondencia:
hejipa19d16@redcuc.edu.mx
pág. 6976
The Human Right of Central American Migrants in the Legal Framework

of the State of Hidalgo

ABSTRACT

This article focuses on Central American migrants who leave their countries of origin in search of a

better quality of life. During their transit to reach the Northern Border, they travel through different

parts of our territory. The focus will be primarily on the legal framework of the State of Hidalgo,

through quantitative research that will aim to quantify the number of Central American migrants who

transit through the State of Hidalgo and the general panorama of their human rights according to local

leg
islation. Whether these rights are violated, and what human rights it recognizes, all in order to
achieve our main objective: to report on the correct application of the legal framework in Hidalgo and

whether it reduces the vulnerability of the human rights of Central American migrants

Keywords:
migrants, Central America, regulatory framework, human rights, enforcement
Artículo recibido 15 mayo 2025

Aceptado para publicación: 19 junio 2025
pág. 6977
INTRODUCCIÓN

La importancia de los derechos humanos radica en diversas razones, ya que son fundamentales para la
dignidad y el bienestar de las personas y ayudan al buen funcionamiento de la sociedad toda vez que
con ellos se garantiza la dignidad humana, protegen abusos y discriminaciones, fomentan la igualdad y
la justicia, promueven la paz, estabilidad social y la libertad de las personas, los derechos humanos
aseguran que todas las personas sean tratadas con dignidad y respeto sin importar cualquier factor que
intente minimizar a un ser humanos.

La migración tiene efectos políticos, económicos, sociales y culturales que se entrelazan de manera
compleja, comprender estos fenómenos permite una mejor formulación de políticas públicas, así como
una mayor comprensión de las dinámicas internacionales. Así mismo tiene un impacto económico en
nuestro país pues es uno de los mayores receptores de remesas a nivel mundial, provenientes
principalmente de los migrantes mexicanos en Estados Unidos, dichas remeses representan una parte
del Producto Interno Bruto y son el sustento (ingresos) para millones de familias.

Contexto histórico de la migración de Centroamericanos a México, resulta una problemática
recurrente, a partir del análisis de distintas ciencias.

La migración centroamericana hacia México según La Unidad de Política Migratoria; comenzó a
hacerse presente con mayor fuerza en la década de 1980, cuando se dio acogida a personas
desplazadas y solicitantes de protección humanitaria que huían de los conflictos armados en esa
región. Sin embargo, fue a partir de la década de 1990 que México comenzó a configurarse como un
territorio de tránsito regular e irregular para personas migrantes provenientes principalmente de
Guatemala, Honduras y El Salvador que buscaban ingresar a Estados Unidos. En la mayoría de los
casos, se trata de población sin documentos migratorios, lo cual expone a diversos riesgos, aumenta
sus vulnerabilidades y obstaculiza el ejercicio de sus derechos. Aun con contextos de migración en
grupo, como los que se dan en las caravanas migrantes -que ofrecen cierto resguardo-, muchos de los
sujetos buscan pasar inadvertidos para evitar algún encuentro con las autoridades migratorias.

Este fenómeno resulta importante porque afecta a los Derechos Humanos, muchos de los migrantes
provenientes de Centroamérica enfrentan condiciones de vulnerabilidad extrema como lo son
violaciones, extorsión, explotación laboral y sexual, entre otros abusos. Estudiar la migración permite
pág. 6978
identificar las problemáticas y trabajar o crear políticas que protejan a los migrantes, se pueden crear o
actualizar los marcos normativos nacionales e internacionales que garanticen la protección de los
migrantes, respetando su dignidad y derechos humanos fundamentales. Las políticas migratorias bien
fundamentadas pueden promover la integración y protección de los derechos humanos y se puede
hacer una enorme contribución al desarrollo económico y social del país o bien del estado de Hidalgo.

Causas, consecuencias y riesgo de los migrantes que salen de Centroamérica;

Las causas de la Migración de Centroamericanos según Henao e Hincapíe, (2018), se debe a la
desaceleración de la economía en Latinoamérica, bajo los índices de desarrollo humano, la violencia
sistemática, los desastres naturales y las problemáticas políticas en el Triángulo Norte
Centroamericanos son los principales incentivos que favorecen la migración hacia Estados Unidos de
América. Algunos autores sostienen que este extenso fenómeno migratorio se agudizó en los años 90
con la ejecución de políticas neoliberales, sin embargo, la región centroamericana está inmersa en una
situación muy compleja: violencia, narcotráfico, pandillas, disponibilidad de armas de fuego, falta de
oportunidades (educación, empleo, salud, etc.) y desconfianza en instituciones judiciales y policiacas.

Por otra parte, Martínez, (2020), menciona que en el caso de Centroamérica desde décadas vive una
época de muchas tensiones sociales, económicas y políticas que se reflejan en sus procesos
migratorios, los países que componen la región (Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala,
Honduras, Nicaragua y Panamá) exhiben mayores cuotas de pobreza. En estos países se aprecia un
persistente comportamiento emigratorio especialmente a los Estados Unidos, lo que constituye una
fuente de enormes riesgos de vulneración de derechos humanos en las travesías, tránsito, espera,
detenciones y deportaciones. Los factores que explican la migración en estos países son variados, van
desde la insuficiente capacidad productiva de los países, el cambio climático sobre extensos
territoriales, hasta violencia e inseguridad y pobreza.

Para, Aruj, (2008), los flujos migratorios producen consecuencias relacionadas con el país de origen y
con el país receptor. El primero, se podría disminuir el conflicto social y político cuando un porcentaje
importante de la población productiva decide emigrar. Disminuir así los niveles de desocupación y
descontento, ya que se crearían posibilidades aparentes. La mano de obra que se queda puede tener
una mayor posibilidad de ingreso al mercado de trabajo, porque ha disminuido la competencia.
pág. 6979
Otra visión sobre el tema es aquella que plantea que con la pérdida de población surge una
disminución de posibilidades de consumo en economías cuyo potencial de desarrollo se basa,
parcialmente, en la activación de su mercado interno.

El país de origen, que aparece como un espacio de grandes oportunidades e ingresos. La búsqueda de
mejores condiciones de vida motoriza los movimientos migratorios, cuyas consecuencias políticas,
económicas y sociales provocan, en muchos casos, situaciones de conflicto para el país receptor. Pues
incrementa la competencia laboral, puede surgir pobreza, aumento de discriminación, xenofobia, etc.
Puede ocurrir que los trabajadores menos calificados se perjudiquen por la pérdida de empleos, los
cuales irán a parar a los migrantes, así como un aumento notable de población no regulada o registrada
en el país de origen.

La migración resulta ser una práctica de riesgo para las personas que deciden salir de su país de origen
y llegar a otro de manera ilegal o contraria a la ley.

Tenemos los daños sufridos, que, para Ruiz, (2000), menciona aquellos daños que no permiten que el
migrante continuara con su proyecto de migrar o que comprometieron su integridad física, en palabras
coloquiales, sería un accidente; dentro de los cuales se agregan; aquellas amenazas a la integridad
física del migrante, su salud corporal. Por último, tenemos las detenciones; la aprehensión de los
migrantes por las autoridades mexicanas y su expulsión del país por las fronteras, ponen en peligro el
proyecto de migrar, es un riesgo permanente en las conciencias de los migrantes desde que salen de
sus lugares de origen. Ser detenido por las autoridades mexicanas interrumpe, atrasa y posterga la
migración. La detención se convierte en un potencial riesgo para los migrantes, en tanto que quedan
expuestos al robo, al cohecho y al maltrato físico y verbal por parte de las autoridades.

Las violaciones cometidas por las autoridades pueden dar lugar a abusos de los derechos humanos por
las condiciones en que son encerrados los migrantes; esto es, los lugares antihigiénicos, sin agua
potable o comida, donde son expuestos al abuso verbal y físico. Entre los abusos cometidos por los
particulares se encuentran actos presuntamente calificados como delitos, como le robo, el asalto, la
estafa (de parte de “coyotes”), la violación sexual y el secuestro. Es importante mencionar que de
manera regular vanas agresiones pueden ocurrir en un mismo momento; un robo puede llevar a una
violación sexual, por ejemplo. También existen violaciones de derechos humanos que causan lesiones
pág. 6980
y terminan en muerte.

Hidalgo, un estado de tránsito irregular de personas.

Hidalgo es uno de los estados de tránsito irregular de personas migrantes que utilizan la ruta del Golfo
de México para llegar a Estados Unidos. En el 2021, se registraron 2099 eventos de presentación y
canalización de personas que no acreditaron una estancia regular en el país y, por lo tanto, fueron
presentadas en alguna estación migratoria de la entidad; de ese total, 77% correspondió a hombres y
23% a mujeres. De esos eventos, 1,517 fueron presentaciones y 582 canalizaciones, de las cuales 68
fue de niñas, niños y adolescentes, a quienes junto con sus familias se les canalizó a la Procuraduría de
Desarrollo Integral de la Familia para la conducente con base en el interés superior de la niñez.

Tan solo en seis municipios se concentró 76% de los eventos de presentación y canalización
registrados en 2021; a saber: Tepeji del Río (416), Tepeapulco (322), Huichapan (282), Pachuca de
Soto (214), Tula de Allende (198) y Tulancingo (163), más de la mitad de las personas fueron
presentadas y canalizadas son de nacionalidad hondureña.

https://portales.segob.gob.mx/work/models/PoliticaMigratoria/CPM/foros_regionales/estados/centro/i

nfo_diag_F_centro/diag_Hidalgo.pdf

Los Derechos Humanos de los migrantes y su vulneración.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos, (2025), menciona que el artículo primero de la
Constitución Nacional reconoce de manera amplia (sin excepción) el derecho de toda persona de gozar
de los derechos reconocidos por el Estado Mexicano en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y en los instrumentos internacionales suscritos a este. Ante esto la población migrante, con
independencia de su condición jurídica en el país, se son reconocidos todos los derechos que al resto
de las personas y por ende deben ser respetados. El respeto irrestricto de los derechos humanos de la
población migrante es uno de los principios en los que sustenta la Ley de Migración publicada el 25 de
mayo del 2011. Los cuales reconoce; derecho a la nacionalidad, libertad de tránsito, derecho a la
seguridad jurídica y al debido proceso, asistencia consular, derecho a la no discriminación,
derecho a solicitar asilo, derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado,
derecho a la dignidad humana, derecho a no ser criminalizado; alojamiento digno, a no ser
incomunicado, derecho a un traductor, derecho a no ser detenidos en las inmediaciones o dentro
pág. 6981
de albergues, entre otros, así mismo reconoce el interés superior de la Niñez.

Para Naciones Unidas, (2025), las personas que se desplazan hoy en día quedan fuera de la categoría
de protección legal, pero necesitan, no obstante intervenciones específicas de protección de los
derechos humanos. Las situaciones de vulnerabilidad a las que se enfrentan los migrantes pueden
surgir de una serie de factores situacionales y personales que pueden entrecruzarse o coexistir
simultáneamente, influyendo y agravándose mutuamente y también evolucionando o cambiando con el
tiempo a medida que cambian las circunstancias. Los migrantes pueden encontrarse en situaciones de
vulnerabilidad como resultado de situaciones que les obligan a abandonar su país de origen, las
circunstancias en las que viajan o las condiciones a las que se enfrentan a su llegada, o debido a
características personales como su edad, identidad de género, raza, discapacidad o estado de salud. La
vulnerabilidad a las violaciones de los derechos humanos es el resultado de múltiples formas de
discriminación, desigualdad y dinámicas estructurales y sociales que se entrecruzan y conducen a
niveles de poder y disfrute de los derechos disminuidos y desiguales.

El INE, (2025), menciona que la violencia generada contra los migrantes está motivada por la
discriminación pues, aunque sus derechos humanos están reconocidos en los tratados internacionales
de lo que México es parte, el ejercicio real de estos se encuentra limitado. Los migrantes sin
documentos están expuestos a un daño mayor porque, ante la falta de visas o permisos, temen
denunciar las violaciones a sus derechos; entonces su situación de vulnerabilidad se potencia, porque
saben que cualquier abuso no tendrá consecuencias para quien lo cometió. La discriminación es
doblemente padecida por las mujeres, niñas y niños migrantes, quienes sufren de acosos y malos tratos
en situaciones de detención, abusos sexuales y agresiones físicas y sexuales en las operaciones de
trata.

Acceso a la Justicia y sus Derechos Humanos de los Migrantes.

El acceso a la justicia es un derecho consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como a diversos tratados internacionales de los que México es Estado parte. El debido
proceso es aplicable a los procedimientos e investigaciones administrativas, incluyendo aquellas en
que se determinen los derechos y las obligaciones relacionados con el estatus migratorio de personas
trabajadoras, tales a quienes se les determine su expulsión o deportación. Las personas migrantes
pág. 6982
enfrentan los procedimientos administrativos ante la autoridad competente, misma que garantizara el
derecho al debido proceso.

Por otra parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su artículo 8, consagra los
lineamientos generales de debido proceso legal al reconocer a toda persona el derecho: a) a ser oída,
con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente,
independiente e imparcial, estableciendo con anterioridad por la ley; b) a que se presuma su inocencia;
c) de ser asistido gratuitamente por traductor o intérprete; d) a la comunicación previa y detallada de la
acusación formulada; e) a la concesión del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de la
defensa; f) de defender y comunicarse libre y privadamente con su defensor; g) de ser asistido por un
defensor proporcionado por el Estado, si no se defendiere por sí mismo ni nombrare defensor dentro
del plazo establecido por la ley; h) de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la
comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos; i)
de no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable; y j) de recurrir el fallo ante juez
o tribunal superior. Así mismo, la Corte ha sido enfática al señalar que las garantías antes mencionadas
son aplicables a toda situación en la que determinen los derechos de las personas, entre las cuales se
encuentran las migrantes, independientemente de su situación migratoria.

Marco Jurídico Nacional y Estatal

Si nos adentramos al marco jurídico nacional, podemos encontrar fundamento en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en al artículo 11 que a grandes rasgos establece el derecho
de toda persona a ingresar, salir, viajar por el territorio y mudar de residencia sin necesidad de
requisitos especiales, sujeto a la ley sobre migración.

De igual manera, Ley de Migración la cual tiene por objeto regular lo relativo al ingreso y salida de
mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y el tránsito y la estancia de los
extranjeros en el mismo, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos.

También, Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, cuyo objeto es regular
el otorgamiento del asilo político, el reconocimiento de condición de refugiado y la protección
complementaria, además de establecer las bases para la atención a los solicitantes y asistencia a los
asilados y refugiados en México
pág. 6983
Finalmente, en el ámbito estatal tenemos la Ley de Protección a Migrantes del Estado de Hidalgo, y su
objeto es regular en el ámbito de competencia Estatal, la protección de los derechos de los migrantes
que se encuentran fuera o dentro del Territorio Estatal.

La aplicación de la ley estatal se complementa con las leyes nacionales e incluso las internacionales de
las que México forma parte con el fin de garantizar la seguridad jurídica de los derechos humanos de
los migrantes.

METODOLOGÍA

La estrategia metodológica que utilizamos para este estudio, es de corte cualitativa, bajo consulta de
material jurídico que permitió profundizar sobre la normatividad vigente en el estado de Hidalgo para
los migrantes centroamericanos en tránsito. Se realizó una revisión a la literatura sobre migración y
derechos humanos con un enfoque en los migrantes centroamericanos, así como las leyes que les son
aplicadas en caso de que sean vulnerados por sus derechos. Abundamos en temas como; causas y
consecuencias de la migración y cual es porcentaje de los migrantes que transitan en el territorio del
estado de Hidalgo.

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

El análisis de la migración centroamericana en tránsito por el estado de Hidalgo revela que esta región,
aunque no es una ruta principal como otros estados fronterizos, ha experimentado un aumento en el
flujo migratorio en los últimos años. Se identificó que las personas migrantes, en su mayoría
provenientes de Honduras, El Salvador y Guatemala, utilizan rutas alternas por Hidalgo para evitar
operativos migratorios en otras zonas más vigiladas del país. Durante su paso, enfrentan diversos
riesgos, entre ellos la falta de acceso a servicios básicos, condiciones de salud precarias,
discriminación y, en algunos casos, violencia física o verbal por parte de autoridades o particulares.

Asimismo, se constató que aunque existen organizaciones civiles que brindan apoyo humanitario,
como albergues y algún otro sitio de atención, estos recursos son limitados y enfrentan desafíos en
cuanto a financiamiento, coordinación institucional y protección legal para operar sin represalias. Las
autoridades estatales han mostrado un avance mínimo en la generación de políticas públicas orientadas
a la atención específica de migrantes en tránsito, lo cual deja vacíos significativos en su protección,
aunque exista un marco jurídico amplio para salvaguardar los derechos de este grupo, l respeto a los
pág. 6984
derechos humanos de los migrantes centroamericanos en tránsito por Hidalgo requiere no solo
voluntad política, sino también la implementación de mecanismos eficaces de protección, atención
humanitaria y sensibilización social que garanticen un trato digno, justo y conforme a los estándares
internacionales en materia de derechos humanos.

CONCLUSIONES

La migración es un fenómeno social suscitado principalmente por la falta de recursos y oportunidades
a nivel nacional, que orillan a los ciudadanos a migrar en la busca de una mejor calidad de vida e
incluso, en busca de libertad. Actualmente, vivimos en un país que se disfraza de república
democrática, sin embargo, el tipo de gobierno que estamos experimentando es el autoritario, debido a
la creación de reformas de carácter coercitivo implementadas por el poder ejecutivo, enfocadas en
satisfacer intereses individuales más no colectivos, trayendo como consecuencia la pérdida de
confianza de los ciudadanos en la impartición de justicia y por ende, en las autoridades que debería
proteger y prevenir la violación a derechos fundamentales.

La costumbre es uno de los principales factores con carácter dual, es decir, parte de una concepción
exógeno y endógena, toda vez que al transmitirse de generación en generación creencias o ideologías
discriminatorias y violentadoras a derechos humanos, mismas que se han normalizado, modifican la
personalidad y conducen la conducta del individuo, modificando con tan solo materializarse en su
entorno, el desarrollo de su personalidad, así como sus percepciones.

Bajo ese contexto, sale a relucir la violencia sociopolítica, compuesta por tres actores principales:
Estado, ciudadanía y medios de comunicación. Los medios de comunicación afectan la relación y
credibilidad de las instituciones públicas, transgrediendo la esperanza social, debido a que no siempre
se comparte información transparente y fidedigna. En cuanto al Estado, este, no garantiza una calidad
de vida digna a sus habitantes, es decir, el campo de empleo sigue siendo escaso y deficiente en cuanto
a sueldos, además de que la canasta básica día con día sufre aumentos y los sueldos básicos no
alcanzan para cubrir las necesidades de los habitantes. La ciudadanía, quien resulta ser la afectada por
esta forma de gobierno, provocando que la migración aumente año con año.

Por otra parte, la migración Centroamericana hacia el norte, motivada por la violencia, la pobreza y la
falta de oportunidades representa una de las crisis humanitarias mas persistentes en la región. Durante
pág. 6985
su tránsito por México, especialmente en Hidalgo, las personas migrantes enfrentan múltiples
vulneraciones a sus derechos humanos, incluyendo extorsiones, detenciones arbitrarias, explotación
laboral, violencia de género y xenofobia. Aunque existen esfuerzos por parte de organizaciones civiles
y algunos gobiernos locales para ofrecer apoyo humanitario, el Estado mexicano en su conjunto aun
presenta deficiencias en garantizar protección efectiva y un trato digno para esta población. Es
imprescindible fortalecer los mecanismos de atención, seguridad y acceso a la justicia en puntos clave
de tránsito migrante, como Hidalgo, para cumplir con los compromisos internacionales en metería de
derechos humanos y dignidad de las personas migrantes. La migración no debe ser criminalizada, sino
entendida como un fenómeno complejo que requiere respuestas humanitarias, inclusivas y
coordinadas.

Para terminar, el Estado de Hidalgo, al ser parte del corredor migratorio hacia el norte de México,
tiene una responsabilidad fundamental en la protección de los derechos humanos de las personas
migrantes centroamericanas en tránsito, por ende, para salvaguardad su integridad y dignidad, es
indispensable que se implementen acciones concretas que respondan a las necesidades humanitarias y
a los riesgos este grupo durante su paso por nuestro Estado.

En este sentido, desde mi punto de vista, recomiendo:

1.
Fortalecer la coordinación interinstitucional, es decir, que entre las autoridades estatales,
municipales y organismos de derechos humanos brinden una atención integral y oportuna a la
población migrante.

2.
Crear y ampliar albergues seguros y adecuados, aunque en Hidalgo ya existe un albergue
que tiene por nombre “Casa de Migrante; El Peregrino”, se debe de hacer la implementación de los
mismos, que cuenten con atención médica, psicológica y asesoría legal, en puntos estratégicos del
estado.

3.
Capacitar a cuerpos policiacos y funcionarios públicos, en derechos humanos y no
discriminación, para prevenir actos de abuso, extorsión o violencia institucional.

4.
Impulsa campañas de sensibilización social, las cuales deben ser dirigidas a la población
hidalguense para combatir la xenofobia y promover la solidaridad hacia las personas migrantes.

5.
Colaborar con organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales,
pág. 6986
reconociendo su papel clave en la protección y asistencia humana.

Si el estado de Hidalgo adoptara estas medidas, no solo contribuiría al respeto de los derechos
humanos, sino que también se consolidaría como un ejemplo de compromiso ético y solidario frente a
una de las problemáticas más urgentes de la región.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Aruj, Roberto S., (2008). Cusas, consecuencias, efectos de las migraciones en Latinoamérica.

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-74252008000100005

Comisión Nacional de Derechos Humanos en México.
(2025). Derechos de las personas migrantes.
https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derechos-de-las-personas-migrantes

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Diario Oficial de la Federación.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Henao, K., Hincapié A. (2018). Migrantes centroamericanos en tránsito por México ¿Primacía de los
Derechos Humanos o de los capitales? El Ágora USB, 19 81). 231-243.

http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1657-80312019000100231

Instituto Nacional Electoral. (s.f). Personas Migrantes, Grupos vulnerables.

https://igualdad.ine.mx/igualdad/personas-migrantes/

Ley de Migración. (2024). Diario Oficial de la Federación.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf

Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. (2022). Diario Oficial de la
Federación.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRPCAP.pdf

Ley de Protección a Migrantes del Estado de Hidalgo. (2011). Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

https://www.congresohidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Ley%20de%20Proteccion%

20a%20Migrantes%20del%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf

Martínez, J., (2020). Migración en Centroamérica: fuerte impacto de las políticas migratorias
estadounidenses sobre una realidad compleja. Centro Latinoamericano y Caribeño de
Demografía.

Migración en Centroamérica: fuerte impacto de las políticas migratorias estadounidenses sobre una
pág. 6987
realidad compleja - ALAP
.
Naciones Unidas. (s.f). Migrantes en situación de vulnerabilidad.

https://www.ohchr.org/es/migration/migrants-vulnerable-situations

Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Persona. (2018). Gobierno de México.

https://portales.segob.gob.mx/es/PoliticaMigratoria/Panorama_de_la_migracion_en_Mexico

Ruiz, O., (2001). Los riesgos de cruzar: La migración centroamericana en la frontera México-
Guatemala.
Frontera Norte.
https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0187
-73722001000100001
Roca, S. (sf). El derecho de acceso a la justicia y la garantía del debido proceso de las personas
migrantes en Argentina.

https://www.corteidh.or.cr/tablas/r37859.pdf