ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA
PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA EN LA
DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA

ANALYSIS OF THE IMPACT OF TAX

PROPORTIONALITY ON THE DISTRIBUTION OF

WEALTH

Maria del Pilar Ugalde Herrera

Universidad Hispanoamericana - Costa Rica
pág. 9762
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i4.19545
Análisis del impacto de la proporcionalidad tributaria en la distribución de
la riqueza

Maria del Pilar Ugalde Herrera
1
pilyuh@gmail.com

https://orcid.org/0000-0003-1224-4259

Universidad Hispanoamericana

Costa Rica

RESUMEN

Este artículo analiza el impacto de la proporcionalidad tributaria en la distribución de la riqueza en Costa
Rica, se examina cómo este tipo de impuesto afecta a los contribuyentes sea positivo o negativo en su
capacidad de ingresos. Los resultados indican que la proporcionalidad tributaria no contribuye a la
generación de riqueza para los contribuyentes, por el contrario, se observa que este sistema impositivo
tiende a aumentar la pobreza entre los ciudadanos, exacerbando las desigualdades económicas
existentes. Estos hallazgos sugieren la necesidad de revisar y reformar las políticas tributarias para
promover una distribución más equitativa de la riqueza.

Palabras clave: proporcionalidad, riqueza, tributos, impuesto valor agregado, desigualdad econ
ómica
1 Autor principal

Correspondencia:
pilyuh@gmail.com
pág. 9763
Analysis of the impact of tax proportionality on the distribution of wealth

ABSTRACT

This article analyzes the impact of tax proportionality on the distribution of wealth in Costa Rica,

examining how this type of tax affects taxpayers, whether positive or negative, in their earning capacity.

The results indicate that tax proportionality do
es not contribute to the generation of wealth for taxpayers.
On
the contrary, it is observed that this tax system tends to increase poverty among citizens, exacerbating
existing economic inequalities. These findings suggest the need to review and reform ta
x policies to
promote a more equitable distribution of wealth.

Keywords
: proportionality, wealth, taxes, value added tax, economic inequality
Artículo recibido 20 julio 2025

Aceptado para publicación: 20 agosto 2025
pág. 9764
INTRODUCCIÓN

La proporcionalidad tributaria es un principio fundamental en muchos sistemas fiscales, diseñado para

distribuir la carga impositiva de manera equitativa entre los contribuyentes según su capacidad
económica. En Costa Rica, este mecanismo ha sido objeto de debate en los últimos cuatro años debido
a sus implicaciones en la distribución de la riqueza por las medidas que implementó el Gobierno de
turno al contar con un impuesto en varias categorías. Este artículo se propone analizar el impacto de la
proporcionalidad tributaria en la distribución de la riqueza en el país. A través de un enfoque mixto que
combina métodos cualitativos y cuantitativos, se examinan los efectos de este sistema impositivo en
diferentes estratos socioeconómicos. Los resultados de este estudio son cruciales para entender si la
proporcionalidad tributaria contribuye a la equidad económica o si, por el contrario, exacerba las
desigualdades existentes. Este análisis busca proporcionar una base sólida para futuras reformas fiscales
que promuevan una distribución más justa de la riqueza en Costa Rica.

Objetivo General

Analizar el impacto de la proporcionalidad tributaria en la distribución de la riqueza en Costa Rica,

evaluando cómo este sistema impositivo afecta al contribuyente y cuáles son los principales desafíos de
su aplicación.

METODOLOGÍA

En el presente artículo se utiliza el enfoque mixto que combina métodos cualitativos y cuantitativos, ya
que este permite obtener una comprensión más completa y profunda del fenómeno estudiado, o sea es
aprovechar las fortalezas de ambos métodos. Los datos cuantitativos proporcionan una base sólida y
objetiva para el análisis estadístico, mientras que los datos cualitativos ofrecen una perspectiva detallada,
al integrar estos dos tipos de datos se facilitará triangular los resultados y por ende, aumentar la validez
y fiabilidad en la conclusión.

En cuanto a la revisión de Literatura, se utilizaron los estudios más recientes elaborados por el ente
rector de Tributación y los otros entes de gobiernos vinculados como es el Congreso en su aprobación
de leyes, y algunos criterios de expertos en temas de proporcionalidad tributaria y distribución de la
riqueza para identificar teorías y enfoques metodológicos relevantes. Además, se consideran conceptos
muy relevantes como es la equidad, riqueza, progresividad y regresividad tributaria. Se utilizan datos de
pág. 9765
fuentes confiables nacionales como internaciones, como la OCDE, MIDEPLAN, CEPAL, BID,
NACIONES UNIDAS, BOLETINES FISCALES y Normativa vinculada con temas tributarios.

En el Análisis Cuantitativo, se evalúa el impacto de los impuestos específicamente el Impuesto Valor
Agregado, más adelante se describirá como (IVA) con relación a la distribución de la riqueza, utilizando
el índice GINI, el cual es una medida estadística utilizada para evaluar la desigualdad en la distribución
del ingreso o la riqueza dentro de una población, este índice varía entre 0 y 1, donde:

0 representa la perfecta igualdad (todos tienen los mismos ingresos).

1 representa la perfecta desigualdad (una sola persona tiene todos los ingresos y los demás no
tienen ninguno)

En el caso de un análisis Cualitativo: se obtuvo la posición de criterios en medios de comunicación
noticias, revistas reconocidas, Se trata tambien la comparación temporal, que permite comparar los
sistemas fiscales en diferentes periodos para observar cambios en la distribución de la riqueza y la
progresividad tributaria, en este caso se utilizaron los periodos 2012 al 2021.

Consideraciones Éticas

En la investigación sobre el impacto de la proporcionalidad tributaria en la distribución de la riqueza, se
asegurará que se respetarán todas las normativas éticas y legales vigentes, y se procurará minimizar
cualquier posible daño o inconveniente para los involucrados.

Con respecto a los criterios de inclusión y exclusión con respecto al análisis en el impacto en la
distribución de la riqueza se determinan que es una investigación documental.

Limitaciones

Disponibilidad de Datos: La disponibilidad y precisión de los datos históricos sobre la proporcionalidad
tributaria y la distribución de la riqueza son limitados ya que no existe información propia de la
recaudación de impuestos con datos de los diferentes impuestos.

Factores Externos: Factores externos como cambios en la política económica o eventos imprevistos
pueden influir en los resultados y dificultar la interpretación de estos.
pág. 9766
RESULTADOS Y DISCUSIÓN

¿Qué es la proporcionalidad tributaria?

En Costa Rica en el año 2019 entró en vigor la Ley de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas, esta
nueva ley marcó un antes y un después en tema tributario, ya que antes se utilizaba el impuesto de ventas
y específicamente para productos, el después” implicó un cambio al Impuesto Valor Agregado
conocido como IVA, y gra tanto los bienes como los servicios.

Esta condición generó mucha incertidumbre en algunos grupos económicos, como es el de agricultura,
docencia, medicina, arquitectura, entre otros; por lo que se inicia una serie de negociaciones según los
grupos de interés, lo que resume los tipos de impuestos que llegaron a ser el 1%, 2%, 4%, 8%, 13%, y
recientemente en el presente año, entro a regir el 0.5% que corresponde Agricultura orgánica, esto con
la finalidad de motivar medidas ambientales.

Ahora bien, en acatamiento de los principios de razonabilidad y proporcionalidad y el de capacidad
contributiva, la Sala Constitucional se ha pronunciado en varias ocasiones indicando que toda persona
física o jurídica debe aportar por medio de los distintos tributos para los gastos del estado, como se
aprecia en el párrafo que dicta:

Razonabilidad y proporcionalidad: el tributo no puede ser confiscatorio, debe basarse en los
principios de generalidad y equitativa distribución de las cargas públicas. El gravamen no puede
exceder la capacidad económica o financiera del contribuyente, sino que debe ser fijado en
proporción a sus posibilidades económicas. (véase la sentencia n°. 1997-7067, de 28.10.1997,
reiterada en la n°. 2001-2657, de 04.04.2001, de la Sala Constitucional).

Conforme al principio de la capacidad contributiva, los contribuyentes, sean personas físicas o
jurídicas, deben contribuir al sostenimiento de las cargas públicas de acuerdo a su efectiva y real
capacidad económica, la que, por razones obvias, no siempre resulta igual. La capacidad
contributiva es la aptitud singular que tiene cada contribuyente de concurrir de manera efectiva
en el sostenimiento de los gastos públicos. El principio constitucional de la capacidad
contributiva, limita la libertad de conformación o configuración legislativa o, lo que es lo mismo,
se erige en un valladar sustancial de la discrecionalidad legislativa cuando ejerce la potestad
tributaria y al definir o identificar los diversos elementos subjetivos y objetivos de un tributo
pág. 9767
determinado (v. gr. Sujeto pasivo, hecho imponible, base de cálculo y alícuota o tarifa), todo en
aras de evitar una distribución injusta de las cargas fiscales. Por consiguiente, aquel impuesto que
soslaya el principio de la capacidad contributiva o económica de los contribuyentes deviene,
necesariamente, en inconstitucional por contrariarlo.Se analiza el principio de capacidad
contributiva.” Sentencia 12611-11

Esto generó un proceso de concientizacion en el contribuyente, por su parte, el Ministerio de Hacienda
afirma que el tema de la proporcionalidad tributaria es un principio que propone que los individuos y
las empresas deben pagar impuestos en función de su actividad económica, ya que la proporcionalidad
se aplica a la actividad económica.

El Impacto de la Proporcionalidad Tributos

La administración busca asegurar que la proporcionalidad impacta de manera positiva en los
contribuyentes. Ambas perspectivas se han analizado, tanto desde la posición del contribuyente, como
de la Administración Tributaria. Impacto positivo o negativo desde la perpectiva del contribuyente, se
puede analizar que no se visualiza igualdad en los puntos señalados, aunado al informe de OCDE-2023,
resulta que las bases impositivas estrechas pueden ser una limitante.como un Impacto positivo para
Ministerio Hacienda se considera que se logra : Equidad fiscal- Mayor recaudacion- Genera Estabilidad
Econmomica- Disminuye la evasión fiscal- Fomenta la responsabilidad social, pero el contribuyente
percibe un impacto negativo, para el contribuyente Desigualdad de oportunidades Las minorias no
cuentan con conocimientos y los contadores no estan preparados

Con este grupo de impuestos, el Sistema Tributario la transparencia y que el contribuyente sienta que
está participando conforme sus capacidades, no obstante, es importante aclarar que los impuestos del
IVA los paga el consumidor, y es por esto que la intención de la escala de los impuestos no ha sido
percibida como una actuación justa por parte de la Administración.

En el informe de Estudios Económicos de la OCDE: En Costa Rica en el 2023, se destaca un hallazgo
sobre el fortalecimiento de las políticas macroeconómicas, este señala que los ingresos fiscales -que
constituyen el 23% del PIB- están afectados negativamente por: la alta evasión fiscal, las bases
impositivas limitadas y numerosos gastos fiscales. El informe de la OCDE, también indica que el
sistema tributario tiene un impacto mínimo en la reducción de la desigualdad de ingresos.
pág. 9768
Experiencias del proceso de IVA en otros países

El interés que tienen los diferentes organismos internacionales como la CEPAL, OCDE, FMI, Unión
Europea, en establecer de la mejor manera el IVA en cumplimiento de los principios de proporcionalidad,
justicia entre otros; es que exista una buena recaudación. No obstante, existen algunos factores que
ralentizan o hacen infructuoso este cumplimiento, como es: la evasión fiscal, elusión fiscal, las
exenciones, el trabajo informal. Loa diferentes países invierten en prácticas para que en el Marco
Inclusivo y en respuesta a las demandas nacionales, la OCDE logre configurar políticas fiscales que
contribuyan más directamente a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), y por
consiguiente hacer su recaudación más eficiente, sin embargo, no se ha logrado ya que cada país aplica
de diferente manera el IVA. Como se puede observar en Tabla No 1 OCDE: tasas generales históricas
del IVA clasificadas por país. Años de 2014-2023, donde se especifican las diferentes categorías de
impuestos que aplican algunos países miembros de la OCDE; por ejemplo, se puede apreciar que en
Costa Rica se encuentran diferentes porcentajes 0%, 1%, 2%, 4%, mientras en otros casos como, México
únicamente 0%; Alemania presenta 0.0%, 0.7% y por último España con 0.0%, 4.0% y 10%

Esta aplicación de tasas diferenciadas es meramente política y del gobierno de turno en cada país, estas
políticas pretenden que su objetivo principal sea la equidad social, que permita apoyar a los hogares con
menores ingresos con diferentes categorías de impuestos; sin embargo, la realidad es que no existen
registros de modelos que permitan brindar un seguimiento o verificación en la recaudación. Lo anterior
se evidencia en la 16ª Reunión plenaria del For Global, 29 de noviembre1 de diciembre de 2023, Lisboa,
Portugal, la OCDE UNA MIRADA RETROSPECTIVA 2009-2024, donde se indica que la principal
fuente de ingresos fiscales de países en desarrollo, representa más del 25% de sus ingresos totales por
tributos, no se especifican categorías, para medir el impacto de los diferentes porcentaje.

Por ejemplo, en el caso de Costa Rica, los impuestos que están gravados son canasta básica, docencia y
medicina; lo que no permite hacer un comparativo con otros países, para determinar el éxito o el fracaso
de la proporcionalidad tributaria, por lo que sería necesario homologar las condiciones. Para evidenciar
esto se realizó un análisis comparativo entre los diferentes tipos de exenciones en España, México,
Alemania y Costa Rica, en la Tabla No 3 Comparación del Comportamiento de Recaudación IVA-2023
España-México-Alemania-Costa Rica. Se evidencia que estas no coinciden ya sea en temática o
pág. 9769
proporción; lo que refleja que las prioridades de cada país en temas de políticas fiscales y su búsqueda
para apoyar sectores esenciales -como alimentación básica, la salud, la educación, el transporte público
entre otros-, difieren según contextos socio políticos

Las variaciones en las tasas y exenciones del IVA en España, México, Alemania y Costa Rica buscan
equilibrar la recaudación fiscal, para cumplir con sus políticas sociales, sin embargo, la percepción
pública sigue siendo crítica, ya que muchos consideran que el IVA sigue siendo una carga
desproporcionada para los consumidores, especialmente para aquellos con menores ingresos y no se
percibe que estas políticas fiscales hayan mejorado significativamente la calidad de vida de las personas
ni que sean completamente justas. Además, los órganos fiscalizadores enfrentan desafíos considerables
contra la evasión, el fraude y la mala gestión de planificación fiscal, el alto nivel de informalidad
económica y el notable crecimiento del comercio digital, junto con los desafíos inherentes en materia
de recaudación (OCDE, 2024).
En el periódico El Observador el 05/12/2024, afirma sobra el sector
ganadero:

Gobierno impulsa un proyecto de ley para que se controle el dinero en efectivo que se tranza en
esta actividad económica. El ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, asegura que el 70% de
los ganaderos de Costa Rica no declara ni paga impuestos. El jerarca dice que solo se están
reportando a Hacienda las transacciones de unas 780 compra-ventas de reses. Sin embargo, se
estima que el intercambio real llega a 39.000 reces. Por otro lado, el ministro señaló que en el
país se registran 24 subastas oficiales (eventos en los que se compran y venden reces). Sin
embargo, en la actualidad solo siete de ellas están declarando impuestos.
(Alvarado, 2024)
Esto demuestra que a pesar de los esfuerzos por las exenciones para disminuir la pobreza, no se declaran
ni pagan impuestos en las diferentes categorías, por lo que el planteamiento de que las escalas de
impuestos colaboran con la reducción de la pobreza, no se ha logrado evidenciar, por el contrario, el
informe regional de la CEPAL indica que las personas que creen que la distribución del ingreso es injusta
o muy injusta piensan que el nivel de desigualdad en su país es inaceptable, en el 2023, esas tasas se
situaban entre el 88,0% en Chile (siendo el valor máximo) y el 28,8% en El Salvador (siendo la menor),
siendo un promedio simple regional era del 54,4% de pobreza, según los parámetros de la OCDE

(Caribe, s. f.)
pág. 9770
Los requerimientos normativos de proporcionalidad

El principio de proporcionalidad se comprende de las áreas: administrativa, legal, penal y tributaria,
aunque todas pretenden el equilibrio y la justicia, el área tributaria es meramente contable. Con la entrada
en vigor de la ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (2018), y debido al cambio de las
estructuras impositivas, es que nace la necesidad de equilibrar estos impuestos debido a que es muy
común que una persona puede contar con varias actividades económicas, y con ellas los diferentes
impuestos.

Por su parte, el Código de Normas y Procedimientos tributarios en el Artículo 167.- Principios generales
tributarios dicta:

Por medio de la tributación no deberá sustraerse una porción sustancial de la riqueza del
contribuyente, en tal medida que haga nugatorio, desaliente o limite, de manera significativa, el
ejercicio de un derecho o la libertad fundamental tutelados por la Constitución Política.

La aplicación del sistema tributario se basará en los principios de generalidad, neutralidad,
proporcionalidad y eficacia. Asimismo, asegurará el respeto de los derechos y las garantías de los
contribuyentes establecidos en el presente título. En las materias que corresponda, se adoptarán
técnicas modernas, tales como gestión de riesgo y controles basados en auditorías, así como el
mayor aprovechamiento de la tecnología de la información, la simplificación y la armonización
de los procedimientos.
{Citation}
El "Manual de Proporcionalidad" de Costa Rica fue publicado hasta el 8 de diciembre de 2021 por el
Ministerio de Hacienda, es una guía para que los usuarios que aplican para las diferentes tasas de IVA,
apliquen correctamente los cálculos, y a la administración le facilita asegurar a los contribuyentes que
las medidas fiscales son justas y equitativas.

La proporcionalidad tributaria en Costa Rica es un mecanismo utilizado para calcular el crédito fiscal
del Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuando una empresa realiza tanto operaciones gravadas como
exentas, la finalidad es conocer cuánto IVA se ha pagado en sus compras que pueda recuperar debido a
las diferentes tasas como:1%,2%,4% u 8%. Esta información la debe resguardar y procesar el Contador
en sus libros digitales como: el registro mensual separado de todas sus compras -según la tarifa en la
que se pagó o bien se compró-, todas sus ventas de bienes y/o servicios exentos que no tengan derecho
pág. 9771
a crédito pleno y los que da derecho a crédito fiscal, una vez pagado en las en las compras que van a ser
utilizados en ventas gravadas. Las ventas con tarifas reducidas son sólo aplicables al crédito en la cuantía
a la tarifa reducida, y el resto es costo o gasto deducible de Impuesto sobre las Utilidades o del Impuesto
sobre la Renta. Otras exenciones por ley en el Estado, el Seguro Social, Gobiernos Municipales,
Exportaciones y otras operaciones relacionadas con estas; son aplicables como créditos fiscales

Implicaciones en la proporcionalidad

La Unidad de Planificación
Costa Rica post 2030: principales retos al 2050”, describe las Políticas
Públicas que se deben atender; en el caso del tema tributario, la proporcionalidad tiene diversas
implicaciones y se vincula con las áreas social, económica y política, que son indispensables para el
desarrollo y la estabilidad de un país, tal y como se detalla a continuación:

Impacto Económico y Estabilidad Económica: Un sistema tributario proporcional que ofrece una
estabilidad económica mediante la redistribución de la riqueza, puede aumentar el poder adquisitivo de
las clases medias y bajas, estimulando así el consumo y el crecimiento económico.

Inversión y Crecimiento: Un sistema que es percibido como equitativo puede atraer inversiones. Las
empresas y los inversores buscan un entorno fiscal que sea justo y predecible. La percepción de que los
altos ingresos y las grandes empresas están adecuadamente gravadas puede proporcionar un marco
estable para la inversión.

Implicaciones Políticas Legitimidad del Gobierno: Un sistema tributario que se percibe como equitativo
puede aumentar la legitimidad del gobierno. La justicia en la carga tributaria puede fortalecer el contrato
social entre los ciudadanos y el estado, fomentando una mayor participación cívica y apoyo a las
políticas públicas.

Conflictos Sociales: Por el contrario, un sistema que no es considerado proporcional puede generar
descontento social y protestas. La percepción de que ciertas clases sociales no están pagando su parte
justa de impuestos puede dar lugar a tensiones y conflictos, afectando la cohesión social.

Equidad Social Reducción de la Desigualdad: La proporcionalidad en el sistema tributario puede
contribuir a la reducción de la desigualdad económica. Cuando los impuestos se distribuyen de manera
equitativa, se puede generar una mayor justicia social, ya que los que tienen mayor capacidad económica
pág. 9772
contribuyen más, lo que permite financiar servicios públicos y programas dirigidos a las clases más
desfavorecidas.

Confianza en el Sistema: Un sistema tributario que se percibe como justo y proporcional puede fomentar
la confianza del ciudadano en las instituciones. Si las personas sienten que están contribuyendo de
manera justa y que sus impuestos se utilizan eficazmente para el bienestar común, es más probable que
cumplan con sus obligaciones fiscales.

Consideraciones Éticas Responsabilidad Social: La proporcionalidad tributaria plantea cuestiones
éticas sobre la responsabilidad de los individuos y empresas hacia la sociedad. Los que cuentan con
mayores recursos deben contribuir más al bienestar colectivo es un principio ético como las teorías de
justicia social.

Acción Colectiva: Un sistema proporcional puede fomentar la idea de acción colectiva. Los ciudadanos
pueden ser más propensos a involucrarse en iniciativas comunitarias y políticas si sienten que están
contribuyendo de manera justa a la sociedad, lo que puede resultar en una mayor participación cívica.

Eficiencia Administrativa Simplificación del Sistema: Un sistema tributario proporcional puede facilitar
la administración fiscal. Si los ciudadanos perciben que todos contribuyen de manera justa, disminuye
la evasión fiscal y la elusión, lo que a su vez reduce los costos de recaudación y administración.

Menor Carga Administrativa: La proporcionalidad puede implicar una simplificación de las leyes
fiscales, lo que reduce la carga administrativa tanto para el gobierno como para los contribuyentes. Un
sistema claro y comprensible puede disminuir la confusión y el error en la presentación de declaraciones
fiscales.

Sobre el Sistema Tributario

Este sistema ha presentado una serie de desafíos y limitaciones, en primer lugar, para evidenciar lo
complejo del tema, la escala de impuestos del IVA entra a regir en julio 2019 pero hasta el año 2021 se
publica el Manual de Proporcionalidad, esto demuestra los retos que existen desde el planteamiento
hasta la ejecución.

En cuanto a la percepción pública sobre el cambio de normativa tributaria, algunos estudios resaltan la
importancia de comprender no solo los factores económicos, sino también los sociológicos que afectan
el cumplimiento fiscal voluntario. El ser humano tiende a percibir si los impuestos a pagar le ofrecen
pág. 9773
beneficios individuales tangibles, de ser así, estará más dispuesto a cumplir con sus obligaciones
fiscales, es claro que esta percepción se puede basar en los incentivos que ofrece la Hacienda Pública
como: deducciones fiscales, créditos o exenciones, esto puede motivar a los contribuyentes a pagar sus
impuestos de manera puntual y de acuerdo con la normativa.

Contabilidad Digital

En el caso de Costa Rica, a pesar de que se proyecta a corto plazo hacienda digital, la capacidad
administrativa pareciera ser limitada en cuanto recurso humano y tecnologías, que faciliten un sistema
tributario efectivo y proporcional. La proporcionalidad tributaria tiene profundas implicaciones en cada
una de las políticas descritas como i
mpacto positivo para el Ministerio de Hacienda y lo negativo desde
la perpectiva del contribuyente,año 2021.
y requiere un compromiso firme por parte de los gobiernos y
la sociedad para abordar los desafíos y resistencias de la proporcionalidad como complicada o
burocrática, y muchos contribuyentes debido a su complejidad ignoran este proceso, hasta que hacienda
los identifica y aplica las sanciones correspondientes; es por esto requiere abordar la limitante de recurso
humano y la necesidad de intervención con nuevas tecnologías.

Evidencia de la aplicación de la proporcionalidad en Costa Rica

Con respecto a la evidencia de la aplicación de la proporcinalidad, el Ministerio de Hacienda no ha
logrado marcar una tendencia de la aplicación. Desde que entró a regir la Ley de Fortalecimiento de las
finanzas públicas, sucedieron una serie de eventos que interfirieron en su correcta ejecución: la
pandemia del Coronavirus, cambio de fechas en el cierro fiscal (al entrar a regir la ley se realizó un
cierre de 15 meses) y el Ciberataque al Gobierno de Costa Rica (ataque informático) iniciado el 17 de
abril de 2022, afectando los sistemas informáticos del Ministerio de Hacienda. Aunado a lo anterior, el
país continua atravesando crisis y procesos de reestructuración, donde los gobiernos deben darse a la
tarea de buscar recursos frescos y resolitivos, por ejemplo la implementación de hacienda digital.

Resistencia a la aplicación de la proporcionabilidad

Antes de abordar la resistencia a la aplicación de la proporcionalidad tributaria, se deben
considerar algunos factores que son importantes no solo de quien paga, sino también de quien
recauda, pues ambos son igualmente responsables. En el Análisis del Incumplimiento Tributario:
Exploración de la Brecha de Cumplimiento al 2021, se realiza un comparativo desde el año 2012
pág. 9774
al 2021, utilizando el Índice de GINI, este informe no evidencia claridad pues no existen
indicadores que permitan un análisis real, como lo plantea la CEPAL es un indicador empírico:

es común que, en la historia del análisis económico, se han propuesto diversos indicadores para
el estudio de la desigualdad; sin embargo, parece existir consenso en el hecho de que el indicador
que ha tenido mayor aceptación en los trabajos empíricos es el denominado coeficiente de
concentración de Gini. Este índice, de fácil interpretación, es una referencia común en los debates
sobre el bienestar y la equidad; además, la opinión pública está muy pendiente de su evolución
para sancionar el funcionamiento de los gobiernos en materia de desigualdad y sus efectos en el
nivel de vida de la población. (Medina H. & NU. CEPAL. División de Estadística y Proyecciones
Económicas, 2001)

En el 2021, con los efectos de la aplicación del IVA en diferentes categorías, Hacienda alcanza
una cifra de 7,3% de los ingresos, a diferencia del año 2012 que la cifra fue de 5%, pero podrían
cuestionarse estos resultados, pues con la nueva normativa, en el año 2019 se tributa por primera
vez los servicios profesionales con IVA, por lo que se pone en duda el origen de estos ingresos.

En el Tabla No 2 Morosidad del IVA del año 2012 al 2021, se observa que en el año 2021
incrementó la morosidad en el IVA en un 19.39%, entonces el que haya incrementado el IVA en
el 2021 se podrían suponer dos planteamientos: que el aumento de recaudación obedece a que se
incluyen las actividades por servicios profesionales y que el ente rector de tributos ha realizado
una gestión deficiente en la recaudación de impuestos. Es cierto que se podría afirmar que el
cambio de normativa genera más conciencia en el contribuyente, sobre el cumplimiento con la
obligación formal, pero no así la material, y con la material es la que se puede determinar la
riqueza, porque es la evidencia de los ingresos de los contribuyentes.

En los diferentes informes que presenta el Ministerio de Hacienda todos se refieren en su mayoría
al impuesto de renta y el impuesto de valor agregado, este último se divide en dos áreas: la de
comercio y la de aduanas; la recaudación más segura es la de aduanas, ya que se puede decir que
es condicional, si la persona no paga del todo, su producto no tiene salida; y sobre lo anterior es
necesario acotar que el informe indica que el resultado de recaudación del 7.9% incluye los IVA
no cancelados, entonces quiere decir que la labor de recaudación es aún más deficiente y se podría
pág. 9775
suponer que incluyen ingresos no reales. (ver Tabla No 4 Gobierno Central. Ingresos tributarios
Cifras en millones de colones y tasa de variación de marzo 2022 a marzo 2023)

CONCLUSIONES

1.
Desigualdad Incrementada: La proporcionalidad tributaria, tal como se ha implementado en los
últimos cuatro años, ha exacerbado las desigualdades económicas en Costa Rica, afectando
negativamente a los estratos socioeconómicos más bajos.

2.
Carga Impositiva Inequitativa: La distribución de la carga impositiva no ha sido equitativa, con
los contribuyentes de menores ingresos soportando una proporción mayor de su capacidad
económica en comparación con los de mayores ingresos.

3.
Impacto Negativo en el Consumo: La implementación de múltiples categorías de IVA ha
reducido el poder adquisitivo de los hogares de ingresos bajos y medios, disminuyendo su
capacidad de consumo.

4.
Falta de Generación de Riqueza: El sistema actual no ha logrado generar riqueza para los
contribuyentes; en cambio, ha contribuido a un aumento de la pobreza, evidenciando que los
contribuyentes presentan sus declaraciones, pero no las pagan en un alto porcentaje.

5.
Efectos Adversos en la Economía: La desigualdad resultante de la proporcionalidad tributaria
ha tenido efectos adversos en la economía general, limitando el crecimiento económico inclusivo.

6.
Necesidad de Reformas: Los resultados subrayan la necesidad urgente de revisar y reformar las
políticas fiscales para promover una distribución más justa de la riqueza.

Recomendaciones

1.
Revisión de Políticas: Realizar una revisión exhaustiva de las políticas fiscales actuales para
identificar y corregir las áreas que contribuyen a la desigualdad económica.

2.
Simplificación del IVA: Simplificar las categorías del IVA para reducir la carga administrativa
y asegurar una aplicación más equitativa del impuesto.

3.
Ayuda a los Más Vulnerables: Implementar medidas fiscales que protejan a los hogares de
ingresos bajos y medios, como exenciones o tasas reducidas en bienes y servicios esenciales.

4.
Educación Fiscal: Promover la educación fiscal entre los contribuyentes para aumentar la
comprensión y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
pág. 9776
5.
Monitoreo y Evaluación: Establecer mecanismos de monitoreo y evaluación continuos para
medir el impacto de las políticas fiscales y ajustar las estrategias según sea necesario.

6.
Participación Ciudadana: Fomentar la participación ciudadana en el proceso de formulación
de políticas fiscales para asegurar que las reformas reflejen las necesidades y preocupaciones
de todos los sectores de la sociedad.

Ilustraciones, Tablas, Figuras

Tabla 1.
OCDE: tasas generales históricas del IVA clasificadas por país. Años de 2014-2023
Fuente: (OCDE, 2024)
pág. 9777
Tabla 2. Morosidad del IVA del año 2012 al 2021

MOROSIDAD IVA

AÑO
IVA
2012
20 030 827,86 7,41%
2013
4 564 119,92 1,69%
2014
-3 983 396,92 -1,47%
2015
11 049 968,94 4,09%
2016
25 001 668,51 9,25%
2017
12 628 658,88 4,67%
2018
-7 770 000,00 -2,88%
2019
85 140 860,20 31,51%
2020
71 162 579,71 26,33%
2021
52 400 572,36 19,39%
270 225 859,45
100,00%
Fuente: elaboracion propia con información Ministerio de Hacienda

Tabla 3. Comparación del Comportamiento de Recaudación IVA-2023 España-México-Alemania-
Costa Rica

1. España
1. España 1. España
En España, el IVA
tiene un tipo
general del 21%,
pero existen tipos
reducidos del 10%

y 4% para ciertos

bienes y servicios.

Además, hay
exenciones
específicas para
servicios médicos,
educativos y
financieros

Servicios Médicos y
Sanitarios: Exentos del IVA,
incluyendo servicios médicos,
dentales y hospitalarios

En 2023, la recaudación del
IVA en España creció un 1,6%
respecto al año anterior

Educación: Exentos los
servicios educativos prestados
por centros autorizados, así
como clases particulares sobre
materias incluidas en los
planes de estudio

Este crecimiento fue moderado
debido a las rebajas impositivas
aplicadas a productos
esenciales como la electricidad
y los alimentos básicos. A
pesar de estas reducciones, el
aumento en la base imponible y
el consumo ayudaron a
mantener una tendencia
positiva en la recaudación

Servicios Financieros:
Exentos los servicios de
seguros, reaseguros y
capitalización
pág. 9778
Cultura y Deportes: Exentos
los servicios culturales como
entradas a teatros, conciertos y
museos, así como actividades
deportivas

2. México
2. México 2. México
México aplica un
IVA del 16% a la
mayoría de los
bienes y servicios.

Tiene exenciones
para productos
básicos como
alimentos y
medicinas, así
como para
servicios
educativos y de
salud

Sanidad: Servicios médicos y
hospitalarios.

En México, la recaudación del
IVA en 2023 mostró un
comportamiento mixto.
Aunque hubo un incremento en
términos brutos, en términos
reales se observó una reducción
del 4.7% debido al efecto
inflacionario

Educación: Servicios
educativos.

Sin embargo, la recaudación
total de impuestos alcanzó un
máximo histórico, lo que indica
una mejora en la eficiencia
recaudatoria y en la lucha
contra la evasión fiscal

Servicios financieros:
Operaciones bancarias y de
seguros.

Cultura: Actividades
culturales y artísticas

Zonas fronterizas, la tasa se
reduce al 8% con el propósito

de mejorar la competitividad
económica.

algunos bienes y servicios
tienen una tasa del 0%, como

los alimentos básicos y los
medicamentos.
pág. 9779
3. Alemania
3. Alemania 3. Alemania
Alemania tiene un
tipo general de
IVA del 19% y un
tipo reducido del

7% para

alimentos, libros y
transporte público.

También existen
exenciones para
servicios médicos
y educativos

Servicios Médicos: Exentos
los servicios médicos y
hospitalarios

Educación: Exentos los
servicios educativos prestados
por instituciones públicas y
privadas

Alemania experimentó un
crecimiento en la recaudación
del IVA, aunque con desafíos.
La implementación de medidas
para combatir el fraude y la
evasión fiscal, como la
facturación electrónica
obligatoria, ayudó a mejorar la
eficiencia en la recaudación

Servicios Financieros:
Exentos los servicios
bancarios y de seguros

Sin embargo, la reducción
temporal de las tasas del IVA
en años anteriores tuvo un
impacto limitado en el
consumo y la recaudación

Cultura: Exentos los servicios
culturales como conciertos y
visitas a museos

4. Costa Rica
4. Costa Rica 4. Costa Rica
En Costa Rica, el
IVA es del 13%,
con exenciones
para productos de
la canasta básica,
servicios de salud
y educación, y
ciertos servicios
financieros

Canasta Básica: al 1% y otros

exentos los productos de la
canasta básica

En Costa Rica, la recaudación
del IVA representó el 30% del
total de ingresos tributarios en
el primer trimestre de 2023

Medicinas, atención medica
con un IVA 4%

Servicios Educativos:
Exentos los servicios
educativos prestados por
instituciones autorizadas IVA

2%

La implementación de medidas
fiscales y el control del gasto
público contribuyeron a una
mejora en la recaudación,
reflejando un compromiso con
la sostenibilidad fiscal
pág. 9780
Transporte Público: Exento
el transporte público terrestre
de personas

Arrendamiento de
Viviendas: Exento el
arrendamiento de inmuebles
destinados a casa-habitación
hasta un 1.5% salario base

Fuente: elaboración propia.

Tabla 4.
Gobierno Central. Ingresos tributarios Cifras en millones de colones y tasa de variación
de marzo 2022 a marzo 2023

Fuente: Ministerio de Hacienda CR

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