MATERNIDAD E INFANCIA EN
CENTROS PENITENCIARIOS: ANÁLISIS DE

LOS DESAFÍOS EN LA PROTECCIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS DE LOS NIÑOS

MOTHERHOOD AND CHILDHOOD IN PRISONS:

ANALYSIS OF THE CHALLENGES IN PROTECTING

CHILDREN'S HUMAN RIGHTS

Katia Arce León

Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, México
pág. 11857
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i5.20473
Maternidad e Infancia en Centros Penitenciarios: Análisis de los Desafíos
en la Protección de los Derechos Humanos de los Niños

Katia Arce León
1
ar352810@uaeh.edu.mx

https://orcid.org/0009-0004-8864-9302

Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo

México

RESUMEN

El objetivo de este artículo es analizar las problemáticas y dificultades relacionadas con la protección
jurídica y social de los derechos de los niños que viven en centros penitenciarios junto a sus madres en
México, mediante una revisión de la legislación vigente, como la constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional
de Ejecución Penal, así como el análisis de cifras oficiales y testimonios públicos. Los resultados
evidencian una gran desconexión entre las garantías legales y la realidad de los centros penitenciarios,
donde la mayoría no cuenta con los espacios adecuados para la maternidad, la educación y la
convivencia entre madres e hijos, vulnerando el principio superior de la niñez y los derechos de los
menores. A través del análisis de reportes y testimonios, se destacan problemáticas como la falta de
atención medida adecuada, espacios educativos insuficientes, falta de áreas de alojamiento apropiadas,
así como riesgos para la integridad física y emocional de los niños. Estos resultados destacan la
necesidad urgente de implementar políticas públicas, capacitaciones para el personal penitenciario y
mecanismos mas efectivos que garanticen el desarrollo integral, así como la protección de los derechos
de la infancia en los contextos de reclusión.

Palabras clave: derechos de la niñez, maternidad en prisión, centros penitenciarios, protección integral,
México

1 Autor principal

Correspondencia:
ar352810@uaeh.edu.mx
pág. 11858
Motherhood and
Childhood in Prisons: Analysis of the Challenges in
Protecting Children's Human Rights

ABSTRACT

The objective of this article is to analyze the problems and difficulties related to the legal and social

protection of the rights of children living in prisons with their mothers in Mexico, through a review of

current legislation, such as the Political Co
nstitution of the United Mexican States, the General Law on
the Rights of Children and Adolescents, and the National Law on Criminal Enforcement, as well as an

analysis of official figures and public testimonies. The results show a significant disconnect b
etween
legal guarantees and the reality of prisons, where most do not have adequate spaces for motherhood,

education, and coexistence between mothers and children, violating the overriding principle of

childhood and the rights of minors. Through the analys
is of reports and testimonies, issues such as the
lack of adequate care, insufficient educational spaces, lack of appropriate accommodation areas, as well

as risks to the physical and emotional integrity of children are highlighted. These results highlight
the
urgent need to implement public policies, training for prison staff, and more effective mechanisms to

ensure the comprehensive development and protection of children's rights in prison settings.

Keywords:
children's rights, motherhood in prison, prisons, comprehensive protection, Mexico
Artículo recibido 02 setiembre 2025

Aceptado para publicación: 29 setiembre 2025
pág. 11859
INTRODUCCIÓN

Hablar de la gran cantidad de mujeres que se encuentran ejerciendo su maternidad mientras están
privadas de su libertad, es enfrentar un dilema que nos lleva a analizar la importancia de que las
infancias se lleven de una manera sana y a su vez, cuestionarnos hasta qué punto se respeta lo estipulado
en el ordenamiento jurídico y que tan alejado esta de los principios pro- persona y los que buscan
proteger la integridad de los niños, como el principio superior de la niñez.

La población infantil es considerada como un sector vulnerable, de acuerdo la Convención sobre los
Derechos del Niño, por ello, el marco normativo mexicano ha implementado disposiciones en las que
mencionan que todas las políticas públicas deben ir enfocadas al principio superior de la niñez, sin
embargo, eso no garantiza que todas las infancias en México estén exentas de vivir dificultades sociales,
este es el caso de los niños que viven en un centro de reclusión junto a su madre.

En México, existen muchos casos en donde los hijos pasan los primeros años de su vida desarrollándose
en un centro de reclusión con la finalidad de compartir su primera etapa que implica demasiados
cuidados así como tener cercanía con su madre, y, aunque se busca que los centros penitenciarios
cuenten con áreas que les faciliten el desarrollo y que estén acondicionados a manera de que la calidad
de vida sean lo más altas posibles, en gran cantidad de ocasiones no tienen las características especiales
y al final; no deja de ser un centro de reclusión.

Este tipo de situaciones, se encuentran llenas de dificultades sociales, educativas, de salud e inclusive
emocionales, ya que en gran numerosas ocasiones y a pesar de la existencia de 191 centros de reclusión,
las condiciones de vida que se desean para los niños, están alejadas de lo que las leyes mexicanas
estipulan, contando con pocos espacios para ello y vulnerando el principio de integridad.

Por ello, es importante analizar las dificultades existentes y la legislación vigente aplicable para poder
comprender mejor la situación y, darles relación a condiciones existentes en torno a esta situación,
siempre con un análisis crítico positivo enfocado al bienestar de la población a analizar.

Principio superior de la niñez

La niñez es una de las etapas más importantes en el ciclo de vida, ya que de ella dependen muchos
aspectos de desarrollo humano como el social, físico y emocional de una persona.
pág. 11860
Por ello, esta etapa se ha considerado para la creación y la reforma de distintas disposiciones
internacionales y nacionales, que buscan orientarse al bienestar de los menores. Tal es el caso de México
en su Constitución política de los Estados Unidos mexicanos, en la Ley General de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes y en carácter internacional; la convención sobre los Derechos del Niño de
1989.

En México, la CPEUM en su artículo 4 reconoce el compromiso que tiene de velar por la integridad de
los menores mediante el principio superior de la niñez. Este principio garantiza que todas las políticas
públicas y las decisiones que tome el Estado irán enfocadas al cumplimiento de las necesidades de
alimentación, salud, educación y del desarrollo de la niñez y de la misma manera, enfocadas en
promover el respeto y la protección de los menores. (CPEUM, 2025)

Este principio se encuentra estipulado también en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes en tu articulo 3 y en el 47, en el último mencionado, haciendo énfasis a que los niños sean
protegidos para evitar que sean participes de algún delito, que no sufran abusos psicológicos,
emocionales, y sobre todo que reciban los derechos básicos como la educación, cuidado y crianza y
todo lo necesario para tener un desarrollo pleno.

La Ley Nacional de Ejecución Penal, también tiene disposiciones enfocadas a los derechos de los niños,
sin embargo, con un enfoque en particular; los de aquellos niños de quienes sus madres que se
encuentran privadas de su libertad y los orillan a nacer, vivir o desarrollarse en los centros
penitenciarios.

Esta ley dispone en su artículo 36 que, las autoridades de los centros de reclusión deben de actuar acorde
al bienestar de las madres y de los niños, rigiéndose con el principio pro-persona y con el principio
superior de la niñez.

Ley Nacional de Ejecución Penal

Dentro del marco legal mexicano, está incluida la Ley Nacional de Ejecución Penal, la cual tiene por
objeto establecer las normas que van a cumplirse dentro de la ejecución de las penas, basadas en los
principios que la constitución establece.

Este cuerpo legal contiene las disposiciones a las que están sujetas las mujeres que ejercen su
maternidad o que tienen consigo a sus hijos mientras se encuentran privadas de su libertad.
pág. 11861
Si bien, la ley regula la situación de dichas mujeres y menciona ciertas disposiciones en el contenido
del cuerpo legal, el articulo 36 es el más enfocado en cuanto a lo que el Estado estipula para garantizar
el bienestar de los menores.

Estas disposiciones contemplan el derecho que tienen de ser atendidas durante su embarazo, en el parto,
y durante su maternidad, ya sea en los lugares adecuados dentro de los centros penitenciarios o en caso
de que no cuenten con el espacio, en las instituciones públicas de salud. (LEY NACIONAL DE
EJECUCION PENAL, 2025)

De acuerdo con estas disposiciones, las mujeres privadas de su libertad tienen derecho de convivir con
sus hijos al menos hasta los 3 años cumplidos en caso de los centros federales y de los 6 años en los
casos de los centros Estatales. Este plazo podría ampliarse en caso de que sea necesario con una solicitud
presentada ante el juez de ejecución, quien tiene la obligación de resolver sujeto al principio de interés
superior de la niñez, ya que la prioridad siempre será la protección del menor.

Un ejemplo de la consideración de ampliación del plazo es cuando el niño tiene una discapacidad o
cuando la madre es la única que pudiera cuidar de él. En caso de que la ampliación del plazo se negara,
el bienestar del menor podría verse afectado, poniendo en riesgo su protección y bienestar lo cual es
una violación al principio superior de la niñez.

De igual manera, no basta con únicamente realizar el proceso o decidir que un niño vivirá en el centro,
si no que, se hace con la intervención de las instituciones competentes, en este caso es necesario la
debida notificación a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes como una
medida de salvaguardar la integridad de los menores.

Para un niño, encontrarse viviendo dentro de un centro penitenciario en conjunto con su madre, significa
enfrentarse a una situación de vulnerabilidad, es por ello por lo que los centros buscan reforzar sus
derechos en garantía a que puedan desarrollarse de manera correcta.

Estos derechos derivan de lo estipulado en la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos,
de la Ley General de Protección de Niños, Niñas, Adolescentes y de los tratados internacionales como
la Convención sobre los Derechos de Niño que se han tratado de adaptar al momento de ejercerlos
dentro de los centros.
pág. 11862
Entre los derechos destacan

El derecho a recibir educación inicial y a tener espacios adecuados para las actividades recreativas,
educativas y lúdicas; el derecho a recibir atención médica y que el niño tenga siempre la más alta
condición de salud; a la protección de su integridad evitando que las mujeres que se encuentran
ejerciendo su maternidad dentro del centro no sean acreedoras a sanciones disciplinarias, de aislamiento
o alguna otra que ponga en riesgo la salud emocional, psicológica o física del niño. (Ley Nacional De
Ejecución Penal)

De igual manera, en el artículo 36 de la Ley Nacional de ejecución penal, destaca una disposición que
menciona que, si la madre no desea mantener la custodia del niño, se le va a facilitar la comunicación
con el exterior y con la familia para que puedan hacerse cargo de él o la niña, de manera que siempre
se busque garantizar el bienestar del menor. Para ello, únicamente se cuenta con 24 horas posteriores al
parto para que la mujer pueda manifestar que no desea mantener consigo a su hijo y proseguir a
notificarle debidamente a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Esta medida refleja que el Estado tiene como prioridad actuar frente a situaciones que pueden afectar
el desarrollo del menor y buscar que todas las decisiones que se tomen sean en consideración al contexto
social y emocional de las mujeres privadas de su libertad, evitando dejar en vulnerabilidad a los menores
involucrados.

Ley general de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, es una ley que tiene como objeto
reconocer a los niños como titulares de derecho, así como garantizar y observar que la ejecución de
dichos derechos se lleve a cabo mediante mecanismos y políticas públicas con un fin en particular; el
bienestar y el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes.

Las niñas y niños que se desarrollan en los primeros años en un centro penitenciario y que se encuentran
en este estado de vida vulnerable también están sujetos a esta ley.

METODOLOGIA

Motivado a obtener una investigación de carácter riguroso y fundamentado, se optó por una
metodología cualitativa, documental y de análisis crítico.
pág. 11863
El área de estudio se seleccionó cuidadosamente enfocado a las dificultades que el sector infantil
enfrenta al encontrarse en una situación de vulnerabilidad como el desarrollarse en un centro
penitenciario.

El presente artículo, se desarrolla a partir de un análisis que comprende la revisión de la legislación
nacional aplicable, la evaluación de las condiciones reales en que viven los niños que viven con sus
madres al estar privadas de la libertad, y un análisis crítico de las cifras emitidas por las instituciones
correspondientes en México. Durante el proceso de la investigación se encontraron las dificultades que
existen al enfrentarse a estas condiciones y a un proceso de este carácter y sin duda, la importancia de
implementar medidas que refuercen la protección de los derechos humanos de los infantes.

DISCUSION Y RESULTADOS

En la actualidad, la presencia de niñas y niños en los centros penitenciarios refleja una realidad muy
compleja, relevante y, sobre todo, poco visible. Las cifras demuestran que el sistema penitenciario tiene
un reto enorme que implica la protección de la infancia y la protección de los derechos humanos de las
niñas, los niños y las madres que están ejerciendo su maternidad.

De acuerdo con las cifras del reporte del INEGI, a nivel nacional se registró que 311 mujeres tenían
viviendo consigo dentro del centro penitenciario, a sus hijos, de los cuales 155 eran niñas y 156 niños.
En relación con las edades, se registró que 131 eran menores de un año, 81 tienen un año, 64 tienen dos
años, 19 tienen tres años, 7 tienen cuatro años y 9 de ellos tienen 5 años. De igual manera el reporte nos
muestra que la cifra de mujeres embarazadas es de 104, la de las mujeres en periodo de lactancia es de
160 y las embarazadas en periodo de lactancia es de 4. (INEGI, 2025)

Estas cifras tienen un resultado significativo, ya que nos muestran que la mayor parte de los niños que
se encuentran viviendo en esta condición tienen entre menos de un año y el año, es decir; una etapa
crucial en la vida humana que resulta complicada por el nivel de dependencia del menor, de las
necesidades y el cuidado que requiere en aspectos emocionales y físicos.

Así mismo, resulta alarmante la cantidad de mujeres que se encuentran atravesando por el periodo de
lactancia y a su vez están embarazadas ya que esto implica un reto triple, el cuidado del hijo, cuidar de
misma al velar por su bienestar durante la gestión y atravesar por las condiciones del entorno de los
centros penitenciarios.
pág. 11864
De acuerdo con el reporte del INEGI, al culminar el año 2024 había 191 centros penitenciarios, en
funcionamiento distribuidos en las entidades federativas, sin embargo, únicamente el 31.9% contaba
con espacios destinados a la maternidad incluyendo salas de parto, salas para la lactancia materna; solo
el 26% de ellos contaba con espacios para la educación integral y formativa de los niños que viven en
los centros, incluyendo centros de desarrollo infantil, guarderías y ludotecas y solo el 25.% contaba con
espacios que sirven de alojamiento para las madres con sus hijos. (INEGI, 2025)

Estas cifras, ponen en evidencia la falta de atención que existe hacia la maternidad y a la infancia en los
centros de reclusión, desde que es un hecho injusto que los niños tengan que atravesar por algo así y
que pese a que no van a poder vivir parte de su infancia como otros niños hasta la falta de condiciones
y espacios adecuados no solo afecta y limita el ejercicio de los derechos de las mujeres que se encuentran
privadas de su libertad, sino que también vulnera directamente los derechos de la niñez que se
encuentran reconocidos en los marcos legales internacionales y nacionales.

Un ejemplo de ello es el estado de Guerrero, que, de acuerdo con el reporte del INEGI, cuenta con 13
centros para mujeres y mixtos, pero únicamente el 7.7% de ellos esta adecuado para la maternidad y
para la educación formativa de las y los niños que viven con su madre, mientras que el 0.0% de estos
centros es adecuado para el alojamiento de las y los niños con sus madres. Considerando que el reporte
indica que 10 mujeres tenían consigo a sus hijos o hijas mientras se encontraban privadas de la libertad,
pone en evidencia la problemática existente.

El hecho de que existan 13 centros en el estado y que ninguno cuente con espacios para alojamiento de
las madres es preocupante e indignante, cada estado debería garantizar la protección y la vida digna de
los niños dentro de los centros, hay 10 niños los cuales esa es su realidad y si el simple hecho de vivir
en una condición de cierta manera de privación de la libertad ya es algo difícil, aun mas si no existen
las condiciones adecuadas para ellos. Este no es solo el caso del estado de Guerrero, es el caso de varios
de los Estados de la república, inclusive aun donde la cifra de niños viviendo en los centros es más alta,
como la Cdmx, Jalisco y Veracruz. Considerando la situación de Jalisco que cuenta con 25 casos y, aun
así, inexistentes espacios para la maternidad y únicamente el 9.1% se encuentra adecuado para la
formación inicial y formativa y para el alojamiento de las madres y sus hijos, nos muestra que tal vez
el país no se encuentra preparado para enfrentar una situación de esta importancia.
pág. 11865
Algunas de las necesidades que las personas privadas de su libertad externaron mediante quejas hacia
la comisión de Derechos Humanos, van enfocadas a los servicios de salud, a los de seguridad,
alimentación y derechos a la integridad, de acuerdo con ello y relacionándolo a la condición que viven
los niños al vivir con su madre es probable que este tipo de necesidades también los afecte a ellos.

De manera general y analizando el reporte, de los 191 centros existentes en el país mexicano, solo el
31.9% cuenta con espacios para la maternidad. 26.2% con espacios para la educación y formación
inicial para los niños y solo el 25.1% tiene espacios adecuados para que las madres puedan alojarse con
sus hijos. Analizando las cifras, ni la mitad de los centros se encuentran en condiciones para que una
infancia se desarrolle correctamente.

En este sentido, la falta de atención integral dentro de los centros penitenciarios refleja las condiciones
de exclusión y marginación de un grupo ya de por sí vulnerable, limitando sus posibilidades de
reinserción social y el desarrollo saludable de sus hijos. Si bien, algunos centros penitenciarios si
cuentan con programas de apoyo psicológico, su aplicación no es garantizada para todas las mujeres o
en muchos casos es insuficiente para poder atender las necesidades reales que existen.

De acuerdo con algunos testimonios que se encuentran disponibles en fuentes públicas de la red del
observatorio de prisiones, los centros están en una situación muy complicada. Las mujeres que se
encuentran en esa condición argumentan que los niños van a clases de “formación inicial únicamente
30 minutos, mismos que imparten las reclusas que están un poco más capacitadas; que no hay espacios
que sean adecuados para los niños y; que están expuestos a situaciones de estrés porque también ellos
están pendientes de que las internas no reciban regaños o castigos o inclusive al momento de los pases
de lista. (OBSERVATORIO DE PRISIONES, 2025)

Mencionan también que, cuando los niños están enfermos es algo muy complicado y que les ha tocado
ver casos en donde a los niños les dan mal el medicamento y se intoxican o que, no son atendidos por
el mal comportamiento de su madre Es importante destacar que, la salud no es un tema que tenga porque
condicionarse, es inhumano y atenta en contra de los derechos humanos y el hecho de que una mujer
no tenga un buen comportamiento dentro de su internamiento no debería afectar a su hijo.
pág. 11866
Estos datos reflejan la falta de aplicación de las políticas y la falta de recursos que impiden que los
programas funcionen de una manera efectiva, mostrando una deuda institucional en materia de derechos
humanos.

El estado debería implementar capacitaciones o platicas periódicas de información para las autoridades
de los centros penitenciarios, enfocadas no solo en los derechos de las y los niños si no también en el
trato digno hacia las mujeres. Estas medidas permitirían que el personal pueda atender de manera
correcta las situaciones médicas, emocionales y educativas, evitando que cualquier conducta negativa
de la madre tenga repercusión en la salud emocional o física de su hijo. De igual manera, es necesario
que se establezcan protocolos y mecanismos que supervisen y garanticen que los niños reciban la
atención necesaria en cuanto a su salud, evitando alguna situación de riesgo.

Garantizar la protección de los derechos de los niños en centros penitenciarios no solo es una obligación
legal e institucional, sino también un aspecto social, que contribuye al fortalecimiento de un sistema
más justo y respetuoso de la dignidad de todas las personas, sin importar su situación de internamiento.

CONCLUSIONES
Hablar de la niñez, implica considerar que es la etapa inicial de la vida, donde se desarrollan muchos
de los aspectos sociales emocionales y psicológicos. El tema de las madres que viven con sus hijos
dentro de los centros de reclusión es muy delicado y a la vez importante porque merece que se le de
mayor visibilidad por todo lo que conlleva.

Personalmente, a través del desarrollo de este artículo, me permití identificar que las condiciones en la
que los centros penitenciarios de cierta manera hacen que los niños “intenten” desarrollarse, no son
adecuadas. Un niño necesita crecer en un entorno sano.

El hecho de que la cantidad de niños que se encuentran en esa condición no sea tan grande, no significa
que es una situación que se deba pasar por alto. Tal es el caso del Estado de Guerrero, que se tomó en
cuenta para el análisis en el presente artículo, en el cual únicamente 10 niños se encuentran viviendo
con su madre en el centro penitenciario. No se trata solamente de una cifra, se trata de 10 vidas que
están intentando sobrellevar sus primeros años de vida, 10 vidas que merecen que sus derechos no se
vulneren y que su desarrollo integral no se vea en riesgo, vidas que no tendrían por qué estar pasando
por el pequeño porcentaje de espacios que el estado tiene considerado para ellos.
pág. 11867
Existen distintas problemáticas por las que pasan las mujeres que están privadas de su libertad, como la
falta de recursos de limpieza, la deficiencia en el servicio de salud y el acceso a la seguridad y
protección, lo que nos lleva a cuestionarnos lo siguiente; si los centros penitenciarios no cuentan con
las condiciones para poder mantener con una buena calidad de vida a todos los integrantes, ¿de verdad
creemos que los niños viven en con una condición de calidad de vida alta y pueden desarrollarse como
cualquier otro niño?

Al estado le hace falta priorizar este sector vulnerable en la población, implementar políticas que estén
más adecuadas a lo que realmente se vive y, sobre todo, que se de visibilidad al tema.

Socialmente es un tema que es muy estigmatizado, que en ocasiones se ve de mala manera por parte de
las demás personas que no lo viven, pero los niños no piden vivir o nacer en esta situación. Todas las
vidas son importantes, todos los niños merecen que sus derechos se validen, sin embargo, podría decirse
que el marco jurídico mexicano “intenta” hacer un sistema justo para estas vidas.

Existe una gran necesidad nacional de implementar demasiadas políticas públicas y mejorar las
condiciones para poder acercarnos a los sistemas de otros países. Personalmente considero, que el país
no esta lo suficientemente preparado para poder enfrentar estas situaciones.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

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