LA RELACIÓN ENTRE LA JUSTICIA Y EL
DERECHO

THE RELATIONSHIP BETWEEN JUSTICE AND LAW

Anny Valery Mosquera Garcia

Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí

Fernando Guillermo Garay Delgado

Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
pág. 1871
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v10i1.22333
La relación entre la justicia y el derecho

Anny
Valery Mosquera Garcia1
valerymosgarm2015@hotmail.com

https://orcid.org/0009-0001-6628-0071

Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí

Ecuador

Fernando
Guillermo Garay Delgado
fernando.garay@uleam.edu.ec

https://orcid.org/0000-0003-3908-4734

Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí

Ecuador

RESUMEN

La relación entre la justicia y el derecho es fundamental para poder comprender el entramado legal,
pues, aunque se necesitan mutuamente, reflejan facetas distintas dentro de la sociedad. En el Ecuador,
este vínculo cobra especial relevancia porque la Constitución del año 2008 establece al país como un
Estado de derechos, implicando que las leyes deben aplicarse no solo formalmente, sino con miras a
resultados justos y equitativos. La investigación desarrollada enfatiza las tensiones entre lo sustancial y
lo formal, más los impedimentos que no permiten el acceso efectivo del derecho a la justicia. Este trabajo
utilizó el enfoque cualitativo, fundamentado en cuerpos legales, jurisprudencia y doctrina, es decir,
realizando el análisis teórico en torno a los aportes legislativos y judiciales. En el caso de los resultados,
estos permitieron conocer que acceder del derecho a la justicia aún sigue restringido por diversos
motivos, entre los cuales destacan: económico, burocrático y geográfico, esto a pesar de que los derechos
fundamentales están contemplados en la norma suprema ecuatoriana. Asimismo, la Corte Constitucional
ha ampliado la conceptualización de justicia al proteger colectivos vulnerables, el entorno natural y el
pluralismo jurídico. Se concluye que el derecho ecuatoriano requiere fortalecer la formación judicial,
simplificar procedimientos y aplicar políticas inclusivas para garantizar una justicia de fondo.

Palabras clave: ley, justicia, Ecuador, acceso a la justicia, cambio social

1
Autor principal
Correspondencia:
valerymosgarm2015@hotmail.com
pág. 1872
The relationship between justice and law

ABSTRACT

The relationship between justice and law is fundamental to understanding the legal framework, because

although they are mutually dependent, they reflect different facets of society. In Ecuador, this link is

particularly relevant because the 2008 Constituti
on establishes the country as a state governed by the
rule of law, implying that laws must be applied not only formally, but also with a view to achieving fair

and equitable results. The research emphasizes the tensions between the substantive and the form
al, as
well as the impediments that prevent effective access to the right to justice. This work used a qualitative

approach, based on legal texts, jurisprudence, and doctrine, that is, conducting a theoretical analysis of

legislative and judicial contribut
ions. The results showed that access to justice is still restricted for
various reasons, including economic, bureaucratic, and geographical factors, despite the fact that

fundamental rights are enshrined in Ecuador's supreme law. Likewise, the Constitution
al Court has
broadened the conceptualization of justice by protecting vulnerable groups, the natural environment,

and legal pluralism. It is concluded that Ecuadorian law needs to strengthen judicial training, simplify

procedures, and apply inclusive polic
ies to guarantee substantive justice.
Keywords
: law, justice, Ecuador, access to justice, social change
Artículo recibido 10 diciembre 2025

Aceptado para publicación: 10 enero 2026
pág. 1873
INTRODUCCIÓN

La relación entre la justicia y el derecho constituye uno de los temas más sensibles e importantes para
comprender cómo funcionan los sistemas jurídicos, ya que, aunque ambos conceptos están profundamente
relacionados, no son lo mismo ni actúan de la misma manera en la vida social, pues mientras el derecho
se plasma en normas que regulan el comportamiento de las personas y establecen límites claros para la
convivencia, la equidad busca ir más allá de esas normas asegurando que la justicia se concrete en la
práctica y que los derechos humanos tengan un impacto real en la vida de la gente, conectándose así con
las experiencias cotidianas de los ciudadanos, con sus luchas y con la posibilidad de transformar
desigualdades históricas
(Farfán Pinoargote et al., 2024).
En el caso concreto del Ecuador, el debate tiene vital importancia, por cuanto la Carta Magna establece
en el artículo 1, que “… es un Estado constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional…”
(Constitucion de la Republica del Ecuador,
2008)
lo cual se entiende no solo como enunciado o algo idealizado, por el contrario, es un mandato
surgido del sentir de la sociedad, para lograr cambios transformadores. Esta situación lleva a tener claro
que, la justicia en el Ecuador no se limita a lo escrito en la normativa interna, también responde ante la
diversidad cultural predominante.

Reflexionar sobre esta relación es importante porque muestra cómo, en muchas ocasiones, la teoría
normativa se desvincula de la realidad social, ya que una aplicación rígida y literal de la ley puede
producir resultados injustos e incluso contrarios al espíritu de protección que inspiró su creación (Cofré,
2011).

De manera que, aunque el Ecuador cuenta con un marco legal avanzado que ampara a grupos
históricamente vulnerables, reconoce derechos colectivos e incluso los derechos de la naturaleza. Ese
diseño jurídico no siempre se traduce en justicia material, pues persisten barreras económicas que
impiden costear procesos judiciales, trámites burocráticos que desalinean a quienes buscan defender sus
derechos, además de una falta de sensibilidad cultural que muchas veces margina a pueblos y
nacionalidades indígenas, quienes ven cómo sus sistemas normativos propios no siempre son
reconocidos por el Estado, lo cual evidencia que la justicia no se garantiza únicamente con la existencia
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de normas, sino con la voluntad de aplicarlas de forma efectiva y adaptada a los contextos sociales

(Surkuna, 2024)
.
La realización del presente estudio, se sustenta en tres corrientes filosóficas: garantismo jurídico de
Luigi Ferrajoli, quien postula que los derechos fundamentales nunca dejan de agotarse en cuanto al
reconocimiento formal, más bien, para esto se debe tener mecanismos efectivos que puedan cumplirse
(los derechos acompañados de garantías); pluralismo jurídico, que reconoce la simultaneidad de
sistemas jurídicos en un mismo Estado (normas internas coexistiendo con aquellas prácticas ancestrales
de comunidades local y de pueblos indígenas), esto resulta fundamental para la comprensión de la
justicia existente en países diversos; y por último, teorías críticas del derecho, los mismos que consideran
al derecho como el instrumento capaz de lograr la consecución de cambio positivos para el tejido social,
derribando las desigualdades presentes que conllevan al retroceso.

Los antecedentes indicados confirman que la jurisprudencia en el Ecuador es fundamental y
determinante para lograr equidad, esto se debe por cuanto la Corte Constitucional, así como ciertos
tribunales judiciales, al emitir sus fallos brindan protección de los derechos individuales contribuyendo
a expandir la noción de justicia para proteger el ambiente y los derechos colectivos de los pueblos
afrodescendientes e indígenas.

La Sentencia No. 253-20-JH/22, es el mejor reflejo de cómo la imparcialidad permite tener comprensión
que se puede pasar de la dimensión individual hasta alcanzar los derechos colectivos ambientales. De
esa manera, se aprecia la adaptabilidad del derecho para lograr defender las necesidades presentes,
quedando establecida una verdad innegable: la legislación no tiene característica estática, es
reinterpretada con la finalidad de responder a las realidades que se van presentando.

La Constitución vigente aprobada en el año 2008 pasó a constituirse en un hito dentro del contexto de
los derechos, porque se redactó acogiendo el pedido de la ciudadanía para incorporar principios, entre
los cuales destaca por ejemplo el principio de igualdad, el de no discriminación, de interculturalidad, de
proporcionalidad. Todo en conjunto permitió consolidar los derechos, contextualizados para preservar
la diversidad cultural, ambiental, educativa y social del país
(Jaya Duchi, 2024), logrando obtener un
sistema jurídico fortalecido para regular conductas y transformando estructuras que por décadas
conllevaban a la exclusión del ser humano.
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En este contexto, el objetivo general fue examinar la relación entre derecho y justicia en el Ecuador,
para lo cual se identificaron las diferencias entre lo prescrito por la ley y aquello que es percibido como
justo por la sociedad, además de los obstáculos presentes que impiden la aplicación igualitaria de
derechos. A su vez, también resultó necesario proponer medidas que posibiliten adaptar la normativa
interna del Estado ante las exigencias requeridas para la aplicación de justicia real.

La hipótesis estuvo orientada en función que al Ecuador no solo le basta tener un marco normativo
garantista que permita conseguir por parte de la sociedad justicia material, porque la existencia de
condiciones económicas, sociales, culturales y burocráticas implican limitantes para su efectiva
aplicación. Ante este escenario, resulta imperante la creación de un modelo pluralista que permita
acercar la ley con principios fundamentales de equidad y justicia social.

Entendido en su forma, el derecho se visualiza como un compendio de reglas que estructuran la sociedad,
y según la perspectiva kelseniana, estas reglas conforman un sistema jerárquico en el que la legitimidad
de cada norma emana de una norma fundacional asumida como base, no obstante, esta concepción ha
sido objeto de críticas por alejarse de los fundamentos de justicia, limitando la capacidad del derecho
para evaluar la imparcialidad en las interacciones humanas y garantizar equidad en la aplicación de las
normas. Esta situación ha sido señalada por Triana Trujillo
(2012), quien resalta que la eficacia
normativa por sí sola no asegura resultados justos, mientras que la justicia, concebida como un ideal que
busca asegurar equidad social, se entiende desde Aristóteles como dar a cada cual lo que le corresponde,
y desde la teoría contemporánea, en palabras de John Rawls, como imparcialidad basada en la libertad
universal y en la igualdad de desigualdades siempre que no comprometan la equidad, evidenciando que
la visión formal del derecho, centrada exclusivamente en la validez normativa, no garantiza la justicia
material. Postura respaldada por Cofré
(2011), lo que conduce a la necesidad de concebir el derecho no
solo por su dimensión normativa, sino también por su capacidad para promover la justicia y generar
cambio social, de modo que se transforme en un instrumento que facilite la construcción de una sociedad
más justa, cohesionada y equitativa.

Perspectiva que se refuerza con la jurisprudencia en la Sentencia 2-16-EI/21desarrollada por la Corte
Constitucional del Ecuador, que reconoció la legitimación activa en la acción extraordinaria de
protección contra decisiones de la justicia indígena, garantizando que los derechos fundamentales
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puedan ser defendidos incluso frente a resoluciones de autoridades comunitarias; así mismo la Sentencia
95-18-EP/24, que estableció la protección de derechos fundamentales dentro del ámbito educativo,
reafirmando en la obligación del Estado que tiene de garantizar mecanismos eficaces para la defensa de
los derechos en el contexto escolar y la igualdad de oportunidades.

Este planteamiento se evidencia en diversos artículos constitucionales que no solo dictan reglas, sino
que impulsan valores de justicia, igualdad y participación ciudadana, como el artículo 11, que establece
que los derechos son inherentes, irrenunciables e indivisibles, y que su aplicación debe garantizar
igualdad y no discriminación por motivos de etnia, género, orientación sexual, identidad cultural o nivel
socioeconómico, al mismo tiempo que asegura su plena justiciabilidad, permitiendo que las personas
ejerzan sus derechos sin exclusión, principio que Galiano Maritan
(2024) enfatiza como fundamental
para la protección efectiva de los derechos en todos los niveles del sistema legal, mientras que el artículo
76 garantiza el debido proceso asegurando igualdad ante la ley, presunción de inocencia, derecho a la
defensa y procedimientos imparciales y transparentes, demostrando que el derecho funciona no solo
como un conjunto de normas sino como mecanismo que asegura justicia real, protege la dignidad de las
personas y previene abusos, complementando la dimensión formal con la sustantiva orientada a
resultados justos y a la protección de los derechos humanos. En ese sentido Arévalo-Mora et al.
(2024)
refuerzan al señalar que la justicia actúa como principio correctivo y la equidad como regulador de las
relaciones legales, asegurando que la aplicación de las normas genere resultados equitativos y accesibles
para todos los ciudadanos.

El artículo 82 de la Constitución del Ecuador refuerza la seguridad jurídica como principio esencial,
asegurando que las leyes sean claras, públicas y aplicadas de manera consistente por las autoridades
competentes, generando certeza que fortalece la confianza de los ciudadanos en el sistema legal,
facilitando la planificación social y económica, consolidando la equidad y la justicia, y actuando como
un nexo entre la formalidad normativa y la justicia real, evitando abusos y garantizando la coherencia
en la aplicación de las leyes, postura que coincide con Galiano Maritán (2023), quien sostiene que la
seguridad jurídica es indispensable para que los principios de justicia se materialicen en la sociedad.

Asimismo, el artículo 171 reconoce la competencia indígena, permitiendo que las comunidades, pueblos
y nacionalidades indígenas apliquen funciones legales según sus costumbres y derecho propio, con
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participación activa de las mujeres, mostrando un enfoque integrador donde la justicia se adapta a las
realidades culturales y sociales, extendiendo la equidad del individuo a la colectividad y evidenciando
cómo la justicia intercultural vincula el derecho con valores adaptativos que respetan la identidad y
autonomía comunitaria, posición reforzada por Arévalo-Mora et al. (2024), quienes destacan que los
sistemas legales plurales protegen eficazmente los derechos básicos en contextos multiculturales y
refuerzan la legitimidad del derecho en la sociedad.

Otros artículos complementan este enfoque, como el artículo 66, que establece derechos básicos como
vida, igualdad, educación, salud y trabajo, asegurando medidas de acción afirmativa para quienes se
encuentren en situación vulnerable, reflejando el compromiso del Estado con la justicia social y la
igualdad material, mientras que el artículo 71 protege los derechos colectivos de los pueblos y promueve
la armonía con la naturaleza, ampliando la dimensión de la justicia hacia sostenibilidad y
responsabilidad intergeneracional, evidenciando que la equidad incluye protección ambiental como
parte integral de la justicia social (Galiano Maritan, 2023).

La incorporación de la interculturalidad y el pluralismo jurídico en la Constitución del Ecuador se
encuentran reconocidos en los artículos 1, 57, 171 y 172 y estos son los que permiten que el derecho
estatal dialogue con las normas, prácticas y formas propias de justicia de los pueblos y nacionalidades
indígenas, lo cual fortalece la posibilidad de construir una sociedad más justa, inclusiva y
contextualizada, en la que coexistan distintos sistemas normativos bajo los principios del respeto,
complementariedad y protección de los colectivos que históricamente sus derechos fueron vulnerados.

Obstáculos y retos persistentes en el acceso a la justicia en Ecuador.

A pesar de ser un derecho humano fundamental garantizado en la Constitución, el acceso a la justicia
enfrenta numerosos obstáculos, especialmente para los sectores más vulnerables, debido a desigualdades
económicas, altos costos judiciales, complejidad y lentitud de los procedimientos. La discriminación
histórica hacia grupos marginados y limitaciones geográficas, ha llevado a una situación que
compromete la eficacia del sistema judicial, lo que genera desconfianza ciudadana, mientras que la falta
de capacitación y recursos en el sector judicial reduce la calidad de los servicios y perpetúa la exclusión,
aunque esfuerzos estatales y de la sociedad civil, como capacitación a operadores judiciales, juzgados
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móviles y asistencia legal gratuita, buscan mejorar el acceso y garantizar que los derechos puedan
ejercerse efectivamente (Surkuna, 2024).

En el Ecuador, el factor económico es una barrera de acceso a la justicia, pues los costos de un proceso
judicial (honorarios de abogados, peritajes, tasas judiciales) son inasequibles para las personas sin
recursos, lo que les impide defender sus derechos y contribuir a la impunidad; la lentitud y complejidad
de los procedimientos judiciales, la falta de transparencia de la normativa y el exceso de trámites generan
desconfianza en la ciudadanía y dificultan su participación, especialmente de las personas sin
conocimientos legales o sin recursos para moverse en el sistema judicial (Surkuna, 2024).

Los grupos históricamente excluidos (indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad,
migrantes, etc.) tienen más dificultades para acceder a la justicia debido a discriminación, falta de
adaptación cultural de los procesos judiciales y falta de traductores, lo que profundiza las desigualdades
(Surkuna, 2024), y las limitaciones de capacitación y recursos en el poder judicial afectan la calidad del
servicio, ya que la falta de capacitación en derechos humanos, diversidad cultural y procedimientos
legales impidiendo que los operadores de justicia ofrezcan un servicio justo y eficaz, situación que se
agrava con las restricciones presupuestarias (Surkuna, 2024).

La desconfianza en el sistema judicial por casos de corrupción y falta de transparencia resulta en la baja
participación ciudadana en los procesos judiciales y perpetúa la exclusión y la impunidad (Surkuna,
2024), a pesar de los esfuerzos para mejorar con programas de capacitación, juzgados móviles y
asistencia legal gratuita, y organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la concienciación sobre
derechos y facilitan el acceso a servicios legales (Surkuna, 2024).

Justicia penal y constitucional

El derecho penal ecuatoriano busca equilibrar la lucha contra el delito con la protección de la dignidad
humana mediante el respeto al debido proceso, la presunción de inocencia, la proporcionalidad de las
sanciones y la garantía de una justicia imparcial y motivada. Estos principios, orientados a asegurar
transparencia, legitimidad y confianza pública en el sistema penal, se encuentran reforzados por el
artículo 76 de la Constitución del Ecuador, que reconoce de manera expresa las garantías básicas del
debido proceso y los derechos de defensa.