VIOLENCIA SEXUAL Y DEBIDA DILIGENCIA
REFORZADA: OBLIGACIONES DEL ESTADO EN
LA INVESTIGACIÓN DE DELITOS SEXUALES
EN QUINTANA ROO
SEXUAL VIOLENCE AND ENHANCED DUE DILIGENCE: STATE
OBLIGATIONS IN THE INVESTIGATION OF SEXUAL CRIMES IN
QUINTANA ROO
Alexandra Guadalupe Segundo Domínguez
Universidad Vizcaya de las Américas, México
pág. 3752
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v10i1.22506
Violencia Sexual y Debida Diligencia Reforzada: Obligaciones del Estado
en la Investigación de Delitos Sexuales en Quintana Roo
Alexandra Guadalupe Segundo Domínguez
1
alejandradmz623@gmail.com
https://orcid.org/0009-0001-8942-9457
Universidad Vizcaya de las Américas
campus Chetumal
RESUMEN
El presente artículo analiza las obligaciones del Estado mexicano en la investigación de delitos de
violencia sexual, con un enfoque en el estándar de debida diligencia reforzada y la aplicación de la
perspectiva de género, conforme a los parámetros del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
A través de un estudio de caso centrado en el estado de Quintana Roo, la investigación identifica las
brechas existentes entre el marco normativo y la práctica institucional en la recepción de denuncias, los
primeros actos de investigación, la adopción de medidas de protección y el trato digno a las víctimas.
El análisis revela deficiencias estructurales en la capacitación del personal, la aplicación de protocolos
y la asignación de recursos, que perpetúan la impunidad y la revictimización. Finalmente, se propone
una ruta de mejora institucional, basada en los estándares de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia
para las mujeres víctimas de violencia sexual y garantizar el cumplimiento de las obligaciones
internacionales del Estado.
Palabras clave: violencia sexual, debida diligencia reforzada, perspectiva de género, estándares
interamericanos, Quintana Roo
1
Autor principal
Correspondencia: alejandradmz623@gmail.com
pág. 3753
Sexual Violence and Enhanced Due Diligence: State Obligations in the
Investigation of Sexual Crimes in Quintana Roo
ABSTRACT
This article analyzes the obligations of the Mexican State in the investigation of sexual violence crimes,
focusing on the standard of enhanced due to diligence and the application of a gender perspective, in
accordance with the parameters of the Inter-American Human Rights System. Through a case study
centered on the state of Quintana Roo, the research identifies the existing gaps between the normative
framework and institutional practice in the reception of complaints, the initial acts of investigation, the
adoption of protection measures, and the dignified treatment of victims. The analysis reveals structural
deficiencies in personnel training, protocol application, and resource allocation, which perpetuate
impunity and re-victimization. Finally, a path for institutional improvement is proposed, based on the
standards of the Inter-American Court of Human Rights and the Supreme Court of Justice of the Nation,
to strengthen access to justice for women victims of sexual violence and ensure compliance with the
State's international obligations.
Keywords: sexual violence, enhanced due diligence, gender perspective, Inter-American standards,
Quintana Roo
Artículo recibido 20 diciembre 2025
Aceptado para publicación: 25 enero 2026
pág. 3754
INTRODUCCIÓN
La violencia sexual contra las mujeres constituye una de las violaciones de derechos humanos más
graves y extendidas en México y en el mundo. Lejos de ser un acto privado o aislado, es una
manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres, y un
mecanismo de control y dominación que socava la dignidad, la integridad y la libertad de las víctimas.
A pesar de los avances normativos a nivel nacional e internacional, la impunidad sigue siendo la regla
en la mayoría de los casos, lo que perpetúa un ciclo de violencia y desconfianza en las instituciones de
justicia. El estado de Quintana Roo, a pesar de ser un importante polo de desarrollo turístico, no es ajeno
a esta realidad. Las cifras de violencia sexual, feminicidios y embarazo infantil en la entidad son
alarmantes y evidencian la urgente necesidad de fortalecer la respuesta del Estado ante estos delitos.
(Organización Mundial de la Salud. 2021).
A pesar de los avances normativos a nivel nacional e internacional, la impunidad sigue siendo la regla
en la mayoría de los casos, lo que perpetúa un ciclo de violencia y desconfianza en las instituciones de
justicia. La Encuesta Nacional de Victimización y Exposición a la Violencia Pública (ENVIPE) 2021
reveló que menos del 10% de los delitos sexuales en xico son denunciados, y de aquellos que son
denunciados, una proporción aún menor llega a una sentencia condenatoria. Esta brecha entre la
incidencia de la violencia sexual y la respuesta del sistema de justicia es lo que los académicos
denominan la "cifra negra" de la violencia sexual. (INEGI. 2022).
El estado de Quintana Roo, a pesar de ser un importante polo de desarrollo turístico y económico, no
es ajeno a esta realidad. Las cifras de violencia sexual, feminicidios y embarazo infantil en la entidad
son alarmantes. Según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares
(ENDIREH) 2021, el 70.4% de las mujeres de 15 años o más en Quintana Roo han experimentado algún
tipo de violencia (psicológica, física, sexual o económica). (INEGI. 2022). En relación específicamente
con violencia sexual, Quintana Roo se encuentra entre los estados con mayor incidencia de delitos
sexuales en México, con una tasa de embarazo infantil que refleja la prevalencia de violencia sexual
contra menores. (Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. 2023).
El problema investigable que aborda este artículo es la persistente brecha entre el marco normativo que
obliga al Estado a actuar con debida diligencia en la investigación de la violencia sexual y la práctica
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cotidiana de las instituciones de procuración e impartición de justicia en Quintana Roo. Esta brecha se
manifiesta en deficiencias en la recepción de denuncias, la realización de los primeros actos de
investigación, la implementación de medidas de protección efectivas y la garantía de un trato digno a
las víctimas, todo lo cual contraviene los estándares desarrollados por la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (Corte IDH) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). (INEGI. 2022).
La relevancia de este estudio radica en su enfoque específico en la aplicación de la "debida diligencia
reforzada" y la "perspectiva de género", dos conceptos clave que han transformado la manera en que
debe abordarse la violencia sexual desde el derecho. El aporte principal de esta investigación es doble:
por un lado, ofrece un diagnóstico detallado del nivel de cumplimiento de estos estándares en Quintana
Roo, identificando las fallas estructurales que impiden un acceso efectivo a la justicia; por otro, propone
una ruta de mejora institucional concreta y viable, basada en las mejores prácticas y en las obligaciones
jurídicas del Estado mexicano.
La hipótesis que guía este trabajo es que las deficiencias en la investigación de la violencia sexual en
Quintana Roo no son fallas aisladas o producto de la negligencia individual de algunos funcionarios,
sino el resultado de problemas estructurales, como la falta de capacitación, la ausencia de protocolos
adecuados, la insuficiente asignación de recursos y una cultura institucional que aún no incorpora
plenamente la perspectiva de género. Superar estas barreras es indispensable para cumplir con las
obligaciones internacionales del Estado y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de
violencia.
METODOLOGÍA
La presente investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, utilizando el método de estudio de
caso para analizar en profundidad la situación de la investigación de delitos sexuales en Quintana Roo.
Este enfoque permite una comprensión detallada del fenómeno, explorando las complejidades de la
implementación de los estándares de debida diligencia en un contexto específico.
La recolección de información se basó en un exhaustivo análisis documental de fuentes primarias y
secundarias. Las fuentes primarias incluyeron:
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Instrumentos internacionales: La Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención
de Belém do Pará, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer (CEDAW) y las recomendaciones de su Comité.
Jurisprudencia: Sentencias clave de la Corte IDH, como los casos González y otras ("Campo
Algodonero") vs. México, Rosendo Cantú y otra vs. México y Fernández Ortega y otros vs. México,
así como tesis y sentencias relevantes de la SCJN sobre debida diligencia y perspectiva de género.
Normativa nacional y local: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley
General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Penal Federal, y sus
equivalentes en el estado de Quintana Roo, así como los protocolos de actuación existentes.
Las fuentes secundarias comprendieron informes de organismos internacionales (ONU, OEA),
organizaciones de la sociedad civil (Human Rights Watch, Amnistía Internacional), informes de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y de la Comisión de Derechos Humanos del
Estado de Quintana Roo, datos estadísticos del INEGI (ENDIREH) y del Secretariado Ejecutivo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como artículos académicos y análisis periodísticos sobre la
materia.
El análisis de los datos se realizó a través de la triangulación de la información obtenida de las distintas
fuentes, contrastando el marco normativo y jurisprudencial (el "deber ser") con los datos y reportes
sobre la situación en Quintana Roo (el "ser"). Se identificaron las brechas en cuatro momentos clave
del proceso de justicia: la recepción de la denuncia, los primeros actos de investigación, las medidas de
protección y el trato a las víctimas. Finalmente, a partir de este diagnóstico, se elaboró una propuesta
de mejora institucional, estructurada en acciones de corto, mediano y largo plazo. (Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. 2023).
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
El análisis de la situación en Quintana Roo revela una serie de brechas sistemáticas en el cumplimiento
de las obligaciones estatales en materia de investigación de la violencia sexual. Estas brechas se analizan
a continuación, a la luz de los estándares de debida diligencia reforzada y perspectiva de género.
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El Estándar de Debida Diligencia Reforzada y su Contenido
La obligación general de debida diligencia, contenida en la Convención de Belém do Pará, exige a los
Estados organizar todo su aparato gubernamental para ser capaces de asegurar, en la práctica, el libre y
pleno ejercicio de los derechos humanos. En casos de violencia contra las mujeres, la Corte IDH ha
desarrollado el concepto de "debida diligencia reforzada", que implica una obligación estatal aún más
estricta. Este estándar exige que, desde el primer momento en que las autoridades tienen conocimiento
de un hecho de violencia sexual, la investigación se inicie de oficio, sea inmediata, imparcial, exhaustiva
y se realice con perspectiva de género.
La debida diligencia reforzada implica, entre otras cosas:
Realizar un análisis lógico y riguroso de la evidencia.
Evitar la revictimización y la aplicación de estereotipos de género en la investigación.
Asegurar la participación de la víctima en todas las etapas del proceso.
Proteger la seguridad y la integridad de la víctima y sus familiares.
Garantizar que el personal a cargo de la investigación esté debidamente capacitado.
La debida diligencia reforzada no es simplemente una obligación de investigar, sino una obligación de
investigar de manera específica, considerando la naturaleza particular de la violencia sexual y su
contexto de desigualdad de género. La Corte IDH ha establecido que esta obligación reforzada surge de
la necesidad de romper patrones de impunidad que históricamente han caracterizado la respuesta estatal
a la violencia sexual contra las mujeres.
Los elementos fundamentales de la debida diligencia reforzada incluyen:
Oficiosidad: La investigación debe iniciarse de oficio, sin depender de la iniciativa de la víctima.
El Estado no puede esperar a que la víctima presente pruebas; debe actuar proactivamente desde el
primer momento.
Inmediatez: La investigación debe iniciarse sin dilaciones. Cualquier retraso en el inicio de la
investigación puede comprometer la recopilación de pruebas, especialmente en delitos sexuales
donde la evidencia forense es crucial.
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Imparcialidad: Las autoridades investigadoras deben ser independientes de cualquier influencia
política o presión indebida. Deben actuar sin prejuicios y sin favoritismos hacia ninguna de las
partes.
Exhaustividad: La investigación debe agotar todos los medios disponibles para esclarecer la verdad
de los hechos. No puede haber investigaciones superficiales o incompletas.
Perspectiva de género: La investigación debe realizarse desde una perspectiva que reconozca las
relaciones de poder asimétricas que subyacen a la violencia sexual y evite la aplicación de
estereotipos de género.
Participación: La investigación debe desarrollarse garantizando el respeto y participación de las
víctimas y sus familiares. Las ctimas tienen derecho a ser informadas sobre el avance de la
investigación y a participar en el proceso.
Brechas en la Implementación en Quintana Roo
Recepción de la Denuncia y Primeros Actos de Investigación
El primer contacto de la víctima con el sistema de justicia es crucial. Sin embargo, en Quintana Roo se
observan fallas significativas en esta etapa. Informes de organizaciones locales señalan que las víctimas
a menudo enfrentan obstáculos para presentar sus denuncias, como largos tiempos de espera, falta de
personal femenino y, en algunos casos, actitudes disuasorias por parte de los funcionarios, quienes
cuestionan la veracidad de su relato o las culpan por la agresión sufrida. Este trato contraviene el deber
de garantizar un trato digno y de evitar la revictimización. (Corte Interamericana de Derechos Humanos.
2009).
Este trato contraviene el deber de garantizar un trato digno y de evitar la revictimización. La
revictimización ocurre cuando el sistema de justicia, en lugar de proteger a la víctima, la somete a un
trato que reproduce el trauma de la violencia original. Ejemplos de revictimización incluyen preguntas
invasivas sobre la vida sexual pasada de la víctima, cuestionamiento de su credibilidad sin base objetiva,
y falta de consideración de su estado emocional.
Además, la investigación no siempre se inicia de oficio y de manera inmediata. La recopilación de
pruebas clave, como los exámenes médicos legales, puede demorarse, lo que compromete la calidad de
la evidencia. La SCJN ha establecido que la investigación de la violencia sexual debe realizarse "pronta,
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expedita y diligentemente", lo cual implica que los primeros actos de investigación, como la
preservación de la escena del crimen y la recolección de fluidos, deben realizarse sin demora. La falta
de protocolos claros y de personal especializado en Quintana Roo dificulta el cumplimiento de este
estándar. (Suprema Corte de Justicia de la Nación. 2009).
Deficiencias en los Primeros Actos de Investigación
La investigación no siempre se inicia de oficio y de manera inmediata. La recopilación de pruebas clave,
como los exámenes médicos legales, puede demorarse significativamente, lo que compromete la calidad
de la evidencia. La SCJN ha establecido que la investigación de la violencia sexual debe realizarse
"pronta, expedita y diligentemente", lo cual implica que los primeros actos de investigación, como la
preservación de la escena del crimen y la recolección de fluidos, deben realizarse sin demora. (Suprema
Corte de Justicia de la Nación. (2015).
En Quintana Roo, la falta de protocolos claros y de personal especializado dificulta el cumplimiento de
este estándar. Muchas fiscalías estatales carecen de unidades especializadas en investigación de delitos
sexuales. Esto significa que los casos son investigados por personal sin capacitación específica en este
tipo de delitos, lo que resulta en:
Falta de conocimiento sobre técnicas de investigación específicas para delitos sexuales
Falta de comprensión sobre el impacto del trauma en la capacidad de la víctima para recordar
detalles
Falta de coordinación con peritos especializados (médicos forenses, psicólogos)
Recopilación incompleta de prueba
Pérdida o contaminación de prueba forense
La Perspectiva de Género: Una Asignatura Pendiente
Juzgar con perspectiva de género es una obligación constitucional en México. Esto implica que los
operadores de justicia deben reconocer las relaciones de poder asimétricas que subyacen a la violencia
sexual y evitar la aplicación de estereotipos que discriminen a las mujeres. Sin embargo, en la práctica,
las investigaciones en Quintana Roo a menudo carecen de este enfoque. (Corte Interamericana de
Derechos Humanos. (2010).
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Se siguen utilizando argumentos basados en la vida sexual pasada de la víctima, su vestimenta o su
comportamiento para restarle credibilidad. La Corte IDH ha sido enfática en que este tipo de
razonamientos son inadmisibles y constituyen una forma de violencia institucional. La falta de una
capacitación constante y profunda en perspectiva de género para fiscales, peritos y jueces es una de las
causas principales de esta deficiencia. (Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo.
2021).
Un ejemplo concreto de la falta de perspectiva de género en las investigaciones es la persistencia de la
pregunta "¿qué estabas haciendo a esa hora?" o "¿cómo estabas vestida?", que implícitamente
culpabiliza a la víctima por la agresión. Estas preguntas reflejan el mito de que las mujeres son
responsables de prevenir su propia violación, cuando en realidad la responsabilidad recae
completamente en el agresor.
Medidas de Protección: Insuficientes e Ineficaces
El Estado tiene la obligación de proteger a las víctimas de posibles represalias o de nuevos actos de
violencia. En Quintana Roo, si bien existen mecanismos formales para solicitar medidas de protección,
en la práctica estas suelen ser insuficientes o tardías. Las víctimas reportan que las órdenes de restricción
a menudo no se supervisan adecuadamente y que se sienten desprotegidas tras denunciar a su agresor.
(Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2015).
La debida diligencia reforzada exige una evaluación de riesgo inmediata y la implementación de un
plan de seguridad personalizado para cada víctima, lo cual no parece ser una práctica estandarizada en
la entidad. La protección no debe limitarse al ámbito físico, sino que debe incluir el apoyo psicológico
y social necesario para que la víctima pueda reconstruir su proyecto de vida.
Impunidad Estructural y sus Consecuencias
La consecuencia final de estas brechas es una impunidad estructural. Según datos del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, un alto porcentaje de los delitos sexuales
denunciados en Quintana Roo no llega a una sentencia condenatoria. Esta impunidad envía un mensaje
de tolerancia hacia la violencia sexual y erosiona la confianza de la ciudadanía en las instituciones de
justicia.
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La impunidad tiene consecuencias graves no solo para las víctimas individuales, sino para la sociedad
en general. Perpetúa un ciclo de violencia, ya que los agresores saben que es poco probable que sean
sancionados. Además, desalienta a otras víctimas de denunciar, contribuyendo a la "cifra negra" de la
violencia sexual.
La siguiente tabla resume las principales brechas identificadas:
Tabla 1
Etapa del proceso
Estándar de debida diligencia
Brecha identificada en
Quintana Roo
Recepción de denuncia
Trato digno, no
revictimización, celebridad
Actitudes disuasorias,
cuestionamiento a la victima,
demoras.
Investigación inicial
Oficiosidad, inmediatez,
exhaustividad
Falta de inicio de oficio,
retrasos en recolección de
pruebas.
Análisis del Caso
Perspectiva de género,
prohibición de estereotipos
Uso de estereotipos para
desacreditar a la víctima, falta
de análisis de contexto.
Protección
Evaluación de riesgo, medidas
efectivas
Medidas tardías, falta de
supervisión, insuficiencia de
recursos.
Resultado
Sanción y reparación
Altas tasas de impunidad, falta
de reparación integral del daño.
Profundización en las Causas Estructurales de las Brechas
Para comprender la persistencia de estas brechas, es necesario analizar sus causas estructurales, que van
más allá de la actuación individual de los funcionarios y se arraigan en la cultura institucional y en la
asignación de prioridades y recursos del Estado.
Insuficiencia de Recursos y Sobrecarga de Trabajo: Las fiscalías y juzgados en Quintana Roo,
especialmente en zonas de alto crecimiento como Cancún y Playa del Carmen, operan con una
considerable sobrecarga de trabajo y recursos limitados. Esto se traduce en un número insuficiente de
fiscales, peritos y jueces por cada mil habitantes, lo que hace materialmente imposible que cada caso
reciba la atención detallada que exige la debida diligencia reforzada.
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La falta de presupuesto impacta directamente en la capacidad para realizar peritajes complejos, para dar
seguimiento a las medidas de protección y para implementar programas de capacitación efectivos.
(Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. 2017).
Cultura Institucional y Resistencia al Cambio: A pesar de las reformas legales, persiste en muchos
sectores del sistema de justicia una cultura institucional resistente a la incorporación de la perspectiva
de género. Esta resistencia se manifiesta en la minimización de la gravedad de la violencia sexual, la
desconfianza hacia el testimonio de las víctimas y la prevalencia de mitos y estereotipos de género.
Cambiar esta cultura requiere no solo de capacitación, sino de un liderazgo claro desde las más altas
esferas del poder judicial y de las fiscalías, así como de mecanismos de rendición de cuentas para los
funcionarios que perpetúen prácticas discriminatorias. (Ipas México. 2019).
Fragmentación y Falta de Coordinación Interinstitucional: La respuesta a la violencia sexual
requiere una acción coordinada entre múltiples actores: policía, fiscalía, poder judicial, sector salud,
servicios sociales y refugios. En Quintana Roo, la comunicación y coordinación entre estas instituciones
es a menudo deficiente. No existen rutas únicas de atención que guíen a la víctima a través del sistema,
lo que la obliga a repetir su historia múltiples veces, un proceso altamente revictimizante. La falta de
sistemas de información compartidos impide, además, el análisis de patrones delictivos y la
identificación de agresores seriales. (Naciones Unidas 1979).
Propuesta de Ruta de Mejora Institucional
Para cerrar la brecha entre la norma y la práctica, se propone una ruta de mejora institucional para
Quintana Roo, basada en los estándares interamericanos y las mejores prácticas, estructurada en tres
niveles:
Nivel Estratégico y Normativo
Creación de una Unidad Especializada: Establecer una Fiscalía Especializada en la Investigación de
Violencia Sexual y Feminicidios, con personal altamente capacitado, recursos suficientes y
autonomía técnica.
Protocolo Único de Actuación: Diseñar e implementar un protocolo único y homologado para la
investigación de delitos sexuales, basado en los estándares de la Corte IDH y la SCJN. Este protocolo
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debe detallar los pasos a seguir desde la recepción de la denuncia hasta la conclusión del proceso,
con un enfoque de perspectiva de género y debida diligencia reforzada.
Reforma Legislativa: Armonizar completamente la legislación penal y procesal de Quintana Roo
con los estándares internacionales, eliminando cualquier disposición que pueda ser discriminatoria
o que obstaculice el acceso a la justicia.
Nivel Operativo y de Capacitación:
Programa de Capacitación Continua: Implementar un programa de capacitación obligatorio,
continuo y evaluado para todo el personal del sistema de justicia (fiscales, policías, peritos, jueces)
en materia de derechos humanos, perspectiva de género, debida diligencia reforzada y atención a
víctimas de trauma.
Fortalecimiento de los Servicios Periciales: Dotar a los servicios periciales de los recursos técnicos
y humanos necesarios para realizar análisis científicos de alta calidad, garantizando la cadena de
custodia y la correcta interpretación de la evidencia.
Mecanismos de Supervisión y Sanción: Establecer mecanismos internos y externos de supervisión
para monitorear el cumplimiento de los protocolos y sancionar a los funcionarios que incurran en
negligencia, discriminación o revictimización.
Nivel de Atención y Reparación a Víctimas:
Fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres: Aumentar el presupuesto y el personal
de los Centros de Justicia para que puedan ofrecer un modelo de atención integral que incluya
asesoría jurídica, apoyo psicológico, atención médica y refugio temporal.
Creación de un Fondo de Reparación: Establecer un fondo estatal para la reparación integral del
daño a las víctimas de violencia sexual, que cubra no solo la compensación económica, sino también
los costos de rehabilitación.
Participación de la Sociedad Civil: Crear mesas de trabajo permanentes con organizaciones de la
sociedad civil y colectivos de víctimas para monitorear la implementación de las políticas públicas
y recibir retroalimentación.
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CONCLUSIONES
La investigación de la violencia sexual en Quintana Roo presenta un desafío complejo que no puede ser
resuelto con medidas aisladas. Las brechas identificadas entre el marco normativo y la práctica
institucional son profundas y requieren de una intervención estructural y coordinada por parte de todas
las autoridades del Estado. La debida diligencia reforzada y la perspectiva de género no son opciones
discrecionales, sino obligaciones jurídicas ineludibles que emanan de la Constitución y de los tratados
internacionales de los que México es parte.
El cumplimiento de estas obligaciones no solo es un imperativo legal, sino también ético. Cada caso de
violencia sexual que queda en la impunidad es un fracaso del Estado en su deber más básico de proteger
la vida, la integridad y la dignidad de las personas. La ruta de mejora propuesta en este artículo ofrece
un camino viable para que Quintana Roo comience a saldar su deuda histórica con las mujeres y niñas
víctimas de violencia.
La implementación de estas medidas requerirá voluntad política, una inversión significativa de recursos
y un cambio profundo en la cultura institucional. Sin embargo, los costos de la inacción son mucho
mayores: la perpetuación de la violencia, la erosión del Estado de derecho y la negación de justicia para
miles de mujeres. La lucha contra la violencia sexual es una lucha por la igualdad, la dignidad y los
derechos humanos, y es una lucha que el Estado mexicano, y en particular el estado de Quintana Roo,
no puede permitirse perder.
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