CONFLICTOS SOCIOAMBIENTALES Y
DERECHO A LA CIUDAD EN BACALAR Y
DESTINOS EMERGENTES: USO DE SUELO,
ACCESO PÚBLICO Y CAPTURA DEL
ESPACIO COMÚN

SOCIO-ENVIRONMENTAL CONFLICTS AND THE RIGHT
TO THE CITY IN BACALAR AND EMERGING
DESTINATIONS: LAND USE, PUBLIC ACCESS, AND
CAPTURE OF THE COMMON SPACE

Br. Hanny Mariela Cruz Uc

Universidad Vizcaya de las Américas, México
pág. 4585
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v10i1.22573
Conflictos Socioambientales y Derecho a la Ciudad en Bacalar y Destinos
Emergentes: Uso de Suelo, Acceso Público y Captura del Espacio Común

Br. Hanny Mariela Cruz Uc1

cruzhanny99@gmail.com

https://orcid.org/0009-0007-5948-9313

Universidad Vizcaya de las Américas, campus Chetumal

Chetumal, Quintana Roo

México

RESUMEN

El presente artículo analiza los conflictos socioambientales derivados de la transformación territorial
acelerada en destinos turísticos emergentes de alto valor ambiental, utilizando como estudio de caso a
Bacalar, Quintana Roo. A través de un enfoque documental, se examinan las disputas sobre el uso de
suelo, el acceso al espacio público, la legalidad de licencias y la falta de participación ciudadana
efectiva. La investigación identifica las fallas regulatorias e institucionales que permiten la captura del
espacio común y la degradación ambiental, a pesar de la existencia de un marco normativo robusto. Se
analiza un litigio emblemático contra un proyecto de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para
ilustrar cómo la discrecionalidad administrativa, la falta de transparencia y la debilidad en la aplicación
de la ley socavan la protección de bienes comunes. El artículo concluye que instrumentos como el
ordenamiento ecológico y urbano, la transparencia proactiva, la consulta ciudadana vinculante y un
control judicial efectivo son cruciales para garantizar un desarrollo sostenible y el derecho a la ciudad,
proponiendo una ruta de mejora para la gobernanza territorial

Palabras clave:
conflictos socioambientales, derecho a la ciudad, Bacalar, ordenamiento territorial,
gobernanza ambiental

1 Autor principal

Correspondencia:
cruzhanny99@gmail.com
pág. 4586
Socio
-Environmental Conflicts and the Right to the City in Bacalar and
Emerging
Destinations: Land Use, Public Access, and Capture of the
Common Space

ABSTRACT

This article analyzes the socio-environmental conflicts arising from the accelerated territorial
transformation in emerging tourist destinations of high environmental value, using Bacalar, Quintana
Roo, as a case study. Through a documentary approach, disputes over land use, access to public space,
the legality of permits, and the lack of effective citizen participation are examined. The research
identifies the regulatory and institutional failures that allow for the capture of common space and
environmental degradation, despite the existence of a robust legal framework. An emblematic litigation
against a project by the Secretariat of National Defense (Sedena) is analyzed to illustrate how
administrative discretion, lack of transparency, and weak law enforcement undermine the protection of
common goods. The article concludes that instruments such as ecological and urban planning, proactive
transparency, binding citizen consultation, and effective judicial control are crucial to guarantee
sustainable development and the right to the city, proposing a path for improving territorial governance

Keywords: socio-environmental conflicts, right to the city, Bacalar, territorial planning, environmental
governance

Artículo recibido 02 enero 2026

Aceptado para publicación: 30 enero 2026
pág. 4587
INTRODUCCIÓN

En las últimas décadas, México ha apostado por el turismo como uno de sus principales motores de
desarrollo económico. Sin embargo, este modelo ha generado profundas contradicciones, especialmente
en destinos de alto valor ambiental. Lugares paradisíacos, antes remotos, se ven sometidos a una presión
inmobiliaria y turística que transforma aceleradamente el territorio, a menudo en detrimento de los
ecosistemas y de los derechos de las comunidades locales. Bacalar, en el estado de Quintana Roo, con
su icónica "Laguna de los Siete Colores", se ha convertido en un caso paradigmático de esta
problemática. El crecimiento desordenado, la privatización de accesos públicos, la contaminación y los
cambios de uso de suelo han encendido las alarmas, generando una serie de conflictos socioambientales
que ponen en jaque la sostenibilidad del destino. (Greenpeace México. 2025).

La problemática central que se aborda es la disputa por el territorio en un contexto de gobernanza débil
y captura del espacio común. En zonas como Bacalar, se observan tensiones recurrentes entre el
desarrollo económico impulsado por actores con poder institucional y económico, y la protección de
bienes comunes defendida por la sociedad civil y las comunidades locales. Estas disputas se manifiestan
en controversias sobre la legalidad de licencias de construcción, la falta de transparencia en la toma de
decisiones, la insuficiencia de la participación ciudadana y la degradación de ecosistemas frágiles.
(Desinformémonos. 2023). La Laguna de Bacalar, con su biodiversidad única y su importancia
ecológica regional, ha experimentado cambios significativos en su coloración y calidad del agua,
cambios que han sido documentados por organizaciones ambientales y académicas. (ECOSUR. 2025).

Este artículo adopta un enfoque innovador de carácter documental para analizar estas tensiones. Se
combina el análisis de la legalidad administrativa de los permisos y autorizaciones, el estudio de los
estándares nacionales e internacionales sobre participación ciudadana y evaluaciones de impacto
ambiental, y el examen de la tutela judicial de los bienes comunes. La investigación se centra en la
siguiente pregunta guía: ¿Qué fallas regulatorias e institucionales permiten la transformación acelerada
del territorio en destinos como Bacalar, y qué instrumentos (ordenamiento ecológico/urbano,
transparencia, consulta, control judicial) han demostrado ser más eficaces para la defensa del espacio
común? Esta pregunta es particularmente relevante en el contexto de la Península de Yucatán, donde
múltiples destinos emergentes enfrentan conflictos similares. (Desinformémonos. 2023).
pág. 4588
Para responder a esta pregunta, se utiliza como hilo conductor un caso emblemático: el litigio iniciado
por organizaciones de la sociedad civil contra la construcción de un proyecto de la Secretaría de la
Defensa Nacional (Sedena) a orillas de la laguna, al cual se le exentó de presentar una Manifestación
de Impacto Ambiental (MIA). (Animal Político. 2025). Este caso permite desentrañar las dinámicas de
poder, las debilidades del marco legal y las posibilidades del control judicial en la protección del medio
ambiente y el derecho a la ciudad. El litigio también ilustra cómo la sociedad civil ha utilizado
estrategias de litigio ambiental para cuestionar decisiones administrativas que carecen de justificación
técnica y ambiental adecuada.

La hipótesis de este trabajo es que las fallas no radican en la ausencia de leyes, sino en su aplicación
discrecional, la falta de mecanismos de control efectivos y una cultura de opacidad que favorece
intereses particulares sobre el bien común. Se argumenta que solo a través del fortalecimiento de la
planificación territorial vinculante, la transparencia proactiva y un poder judicial garante de los derechos
colectivos, es posible transitar hacia un modelo de desarrollo que respete tanto el medio ambiente como
el derecho de todos a disfrutar de la ciudad y sus recursos. La investigación también sugiere que la
captura del espacio común en Bacalar es un fenómeno que refleja dinámicas más amplias de desigualdad
y exclusión que caracterizan al desarrollo turístico en México.

METODOLOGÍA

La presente investigación se enmarca en un enfoque cualitativo, basado en el método de estudio de caso
y el análisis documental. Este diseño metodológico permite una comprensión profunda y
contextualizada de los conflictos socioambientales en Bacalar, examinando la interacción entre el marco
normativo, las decisiones institucionales y las acciones de la sociedad civil. El estudio de caso es
particularmente apropiado para investigaciones que buscan entender fenómenos complejos en su
contexto real, permitiendo la triangulación de múltiples fuentes de información. (Delgadillo, V. 2012).

La recolección de la información se centró en una revisión exhaustiva de fuentes primarias y
secundarias. Las fuentes primarias incluyeron:

-
Marco Normativo: Se analizaron la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General de
Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y los Programas de
pág. 4589
Ordenamiento Ecológico y Urbano aplicables a la región. Se revisaron también las disposiciones

específicas sobre evaluación de impacto ambiental y los criterios para exenciones.

-
Documentos de Litigio: Se revisaron documentos clave del juicio de amparo interpuesto contra el
proyecto de la SEDENA en Bacalar, incluyendo la demanda, los informes de las autoridades, las
suspensiones provisionales y definitivas otorgadas, y las denuncias de incumplimiento. Estos
documentos proporcionan evidencia de los argumentos jurídicos utilizados por ambas partes.

-
Instrumentos Internacionales: Se consideraron el Acuerdo de Escazú sobre acceso a la información,
participación y justicia en asuntos ambientales, y el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos
indígenas y tribales, así como jurisprudencia relevante de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos. Estos instrumentos establecen estándares internacionales que México ha comprometido
respetar.

Las fuentes secundarias comprendieron:

-
Producción Académica: Artículos de investigación, tesis y libros sobre derecho a la ciudad,
gobernanza ambiental, conflictos socioambientales y desarrollo turístico en México y América
Latina. Se consultaron bases de datos académicas para identificar investigaciones relevantes sobre
temas similares.

-
Informes de Organizaciones: Se consultaron informes de organizaciones no gubernamentales como
Greenpeace México, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) y Defendiendo el
Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS). Estos informes proporcionan perspectivas desde la
sociedad civil.

-
Fuentes Periodísticas: Se realizó un seguimiento de notas y reportajes de investigación en medios
de comunicación nacionales y locales (como Mongabay, Animal Político, entre otros) que han
documentado los conflictos en Bacalar. La prensa investigativa ha jugado un papel importante en
visibilizar los conflictos.

-
Documentos Oficiales: Se analizaron planes de desarrollo municipal, informes de gobierno y datos
estadísticos sobre turismo y demografía en Quintana Roo. Estos documentos revelan las prioridades
y políticas del gobierno local.
pág. 4590
El análisis de los datos se realizó mediante una triangulación de las fuentes, contrastando el "deber ser"
del marco jurídico-ambiental con el "ser" de la práctica institucional en Bacalar. Se identificaron
patrones en la toma de decisiones, se analizaron los argumentos jurídicos de las partes en el litigio y se
evaluó la efectividad de los instrumentos legales y de participación utilizados. Este proceso permitió
construir un diagnóstico de las fallas regulatorias y proponer una discusión informada sobre las vías de
solución. La metodología también consideró las limitaciones inherentes al análisis documental, como
la posibilidad de que cierta información no esté disponible públicamente.

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

El análisis de la situación en Bacalar revela una profunda tensión entre un discurso oficial de
sostenibilidad y un modelo de desarrollo que, en la práctica, prioriza el crecimiento económico a corto
plazo, generando graves conflictos socioambientales. Esta sección desglosa los hallazgos, partiendo del
marco conceptual del derecho a la ciudad para luego analizar las fallas regulatorias concretas
evidenciadas en el caso de estudio.

El Derecho a la Ciudad como Lente de Análisis

El concepto de "derecho a la ciudad", acuñado por Henri Lefebvre y desarrollado por teóricos como
David Harvey, va más allá del simple acceso a la vivienda o a los servicios. Es un derecho colectivo a
transformar el espacio urbano, a participar en su producción y a disfrutar de sus cualidades. (Delgadillo,
V. (2012). En el contexto de Bacalar, este derecho se traduce en la reivindicación de:

Una función social del territorio, donde el suelo y los bienes naturales, como la laguna, no deben ser
vistos meramente como mercancías, sino como elementos que cumplen una función social y ecológica
para el bienestar colectivo. La Laguna de Bacalar, en particular, ha sido históricamente un espacio de
uso común para la población local, quien la ha utilizado para pesca, recreación y subsistencia.

La prevalencia del valor de uso sobre el valor de cambio, donde el derecho de los habitantes a disfrutar
de la laguna (valor de uso) debe prevalecer sobre la maximización de la ganancia económica a través
de la especulación inmobiliaria (valor de cambio). En la práctica, sin embargo, se ha observado una
progresiva conversión de la laguna en un producto turístico, donde el acceso es cada vez más restringido
y mediado por el pago.
pág. 4591
Una gestión democrática del espacio, donde los ciudadanos tienen derecho a participar de manera
significativa en las decisiones que definen el futuro de su territorio, como los planes de ordenamiento
y la autorización de grandes proyectos. En Bacalar, sin embargo, muchas decisiones sobre el territorio
se han tomado sin una participación ciudadana genuina.

La realidad de Bacalar, sin embargo, muestra un proceso de "acumulación por desposesión", donde el
espacio común (la laguna, sus accesos, el paisaje) es progresivamente capturado por intereses privados
y públicos que lo transforman en un producto turístico exclusivo, despojando a la comunidad local de
su derecho a la ciudad. (Harvey, D. 2008). Este fenómeno ha sido documentado en otros destinos
turísticos de la región, como Tulum y Holbox. (Desinformémonos 2023).

Contexto Ambiental y Socioeconómico de Bacalar

Bacalar es un municipio ubicado en el sur del estado de Quintana Roo, en la Península de Yucatán. Su
principal atractivo es la Laguna de Bacalar, un cuerpo de agua dulce que se extiende aproximadamente
42 kilómetros de largo. La laguna es conocida por sus aguas cristalinas y sus variaciones de color, que
van del azul turquesa al azul profundo, resultado de su profundidad variable y composición mineral.
Esta característica única le ha valido el apodo de "Laguna de los Siete Colores". (ECOSUR, 2025).

Desde el punto de vista ambiental, la Laguna de Bacalar es un ecosistema frágil y de importancia
regional. Alberga una biodiversidad significativa, incluyendo especies de peces endémicas, vegetación
acuática y fauna asociada. La laguna también es importante para la recarga de acuíferos subterráneos
en la región. Sin embargo, en los últimos años, ha experimentado cambios preocupantes en su calidad
del agua, incluyendo cambios en su coloración, proliferación de algas y contaminación por aguas
residuales. (Fundación Aquae. s.f.)

Desde el punto de vista socioeconómico, Bacalar ha experimentado un crecimiento demográfico
acelerado. En 2015, el municipio fue designado como "Pueblo Mágico" por la Secretaría de Turismo,
lo que intensificó la inversión turística y la transformación del territorio. El crecimiento ha traído
oportunidades económicas, pero también ha generado conflictos sociales. Los habitantes locales han
expresado preocupaciones sobre la preservación de la identidad local, el acceso a recursos naturales y
la calidad de vida. (Rojas, L. & Calderón, J. 2021).
pág. 4592
Fallas Regulatorias en el Ordenamiento Territorial y la Evaluación Ambiental

Si bien México cuenta con un andamiaje legal robusto para la protección ambiental, su aplicación en
Bacalar evidencia fallas estructurales que lo vuelven inoperante.

a)
La Debilidad del Ordenamiento Ecológico: El Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL)
de Bacalar, instrumento clave para regular el uso de suelo, ha sido criticado por su falta de
actualización y su incapacidad para frenar la presión del desarrollo. Las autorizaciones de cambio
de uso de suelo en zonas de alta fragilidad ecológica, como las áreas de recarga de la laguna,
demuestran que el ordenamiento es a menudo subordinado a intereses económicos, en lugar de ser
el eje rector del desarrollo. (Rojas, L. & Calderón, J. 2021). Específicamente, se han autorizado
cambios de uso de suelo para actividades agrícolas (incluyendo por parte de comunidades
menonitas) y para proyectos turísticos, sin que se realicen evaluaciones rigurosas de sus impactos
acumulativos.

b)
La Discrecionalidad en la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA): La EIA es el principal
instrumento preventivo de la política ambiental. Sin embargo, el caso de la Sedena en Bacalar revela
su vulnerabilidad. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)
contempla la posibilidad de exentar de este procedimiento a ciertos proyectos, pero esta facultad
debe ejercerse de manera fundada y motivada, y no como una regla para proyectos considerados
"estratégicos" por el gobierno en turno. Al exentar a la Sedena de presentar una MIA, la autoridad
ambiental (SEMARNAT) renunció a su deber de evaluar los posibles impactos de una construcción
en un ecosistema frágil, sentando un precedente peligroso que debilita la institucionalidad
ambiental. (Sol de Yucatán. 2025).

c)
Falta de Evaluaciones de Impacto Acumulativo: Otro problema identificado es la ausencia de
evaluaciones de impacto acumulativo. Aunque cada proyecto individual puede ser evaluado, no se
realiza un análisis de cómo múltiples proyectos, cambios de uso de suelo y actividades afectan
conjuntamente al ecosistema. Este es un problema particularmente grave en Bacalar, donde se han
autorizado múltiples proyectos sin considerar sus efectos sinérgicos.
pág. 4593
El Litigio Emblemático: La Lucha por la Legalidad en la Laguna

El juicio de amparo interpuesto por la organización DMAS contra el proyecto de la Sedena es una pieza
clave para entender la dinámica del conflicto. El litigio no solo cuestionó un proyecto específico, sino
todo un modelo de actuación gubernamental.

a)
El Acto Reclamado: La demanda de amparo no se dirigió contra la construcción en sí, sino contra
la omisión de la SEMARNAT de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental. Este enfoque estratégico permitió atacar la raíz del problema: la ilegalidad del acto
administrativo que autorizó el proyecto sin el debido análisis técnico. La estrategia de litigio se basó
en argumentar que la exención de la EIA violaba el derecho constitucional a un medio ambiente
sano.

b)
La Suspensión como Medida Cautelar: Un juez federal concedió la suspensión definitiva de las
obras, reconociendo el interés legítimo de la sociedad civil para defender un bien común y la
existencia de un riesgo inminente para el medio ambiente. La suspensión es una herramienta
fundamental del juicio de amparo que permite paralizar el acto reclamado mientras se resuelve el
fondo del asunto, evitando que los daños se vuelvan irreparables. (Sol de Yucatán. 2025). La
decisión judicial reconoció que la Laguna de Bacalar es un bien común cuya protección es de interés
público.

c)
El Desafío al Estado de Derecho: Según denuncias públicas y periodísticas, la orden judicial de
suspensión no fue acatada de inmediato por la Sedena, que continuó con las obras. Este hecho es
de la máxima gravedad, pues evidencia un desacato a una resolución del Poder Judicial por parte
de una institución del propio Estado, lo que erosiona el estado de derecho y la confianza en la
justicia. El incumplimiento de la orden judicial también sugiere que incluso cuando existen
mecanismos de protección legal, su efectividad depende de la voluntad política de las autoridades.
(Animal Político. 2025).

La Insuficiencia de la Participación Ciudadana y la Transparencia

El conflicto en Bacalar también es un reflejo de la crisis de los mecanismos de participación y
transparencia en México. El Acuerdo de Escazú, ratificado por México, obliga al Estado a garantizar el
pág. 4594
acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.
(Suprema Corte de Justicia de la Nación. 2025). Sin embargo, en el caso analizado:

El acceso a la información fue reactivo, no proactivo. Las organizaciones tuvieron que solicitar la
información sobre los permisos a través de recursos legales, en lugar de que esta fuera pública y
accesible desde el inicio. Esto retrasó la movilización de la sociedad civil y permitió que el proyecto
avanzara sin escrutinio público.

La participación fue excluyente. No se abrieron espacios de diálogo o consulta con las comunidades
locales y las organizaciones expertas antes de autorizar el proyecto. La participación se redujo a la
posibilidad de litigar a posteriori, un camino costoso y de largo aliento. Esto contrasta con los estándares
internacionales que enfatizan la importancia de la participación temprana en procesos de toma de
decisión.

Esta falta de gobernanza democrática genera desconfianza y conflictividad social, y conduce a
decisiones que no consideran el conocimiento local ni las preocupaciones de quienes habitan el
territorio.

Tabla 1

Falla
Regulatoria/Institucional

Instrumento Jurídico
Vulnerado

Consecuencia en el
Caso Bacalar

Instrumento de
Defensa Utilizado

Discrecionalidad en la EIA
Ley General del
Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente
(LGEEPA)

Autorización de
proyecto de la Sedena
sin análisis de impacto
ambiental.

Juicio de amparo por
omisión de
evaluación.

Debilidad del
Ordenamiento

Programa de
Ordenamiento Ecológico
Local (POEL)

Cambios de uso de suelo
incompatibles con la
conservación de la
laguna.

Denuncias públicas y
presión mediática.

Falta de Transparencia
Ley General de
Transparencia y Acceso a
la Información; Acuerdo
de Escazú

Ocultamiento de los
fundamentos y
motivaciones para
exentar de la EIA.

Solicitudes de
información y litigio
para obtener
documentos.

Participación Simulada
LGEEPA; Acuerdo de
Escazú

Exclusión de la
comunidad local y
expertos en la toma de
decisiones.

Protestas sociales y
acciones legales.

Incumplimiento de la Ley
Artículo 107
Constitucional
(Suspensión en Amparo)

Desacato a la orden
judicial de suspensión de
las obras.

Denuncia pública ante
medios y organismos
de derechos humanos.
pág. 4595
Otros Conflictos Relacionados en Bacalar

Más allá del litigio contra la Sedena, Bacalar ha experimentado otros conflictos socioambientales que
ilustran patrones similares de fallas regulatorias. La deforestación realizada por comunidades menonitas
en la cuenca alta de la laguna, autorizada mediante cambios de uso de suelo, ha impactado la cantidad
y calidad del agua que llega a la laguna (N+ 2025). Proyectos turísticos privados han resultado en la
privatización de accesos históricos a la laguna, limitando el acceso público [3]. Se han reportado planes
de dragado de la laguna con maquinaria pesada, lo que podría causar daños ambientales irreversibles.
(Greenpeace México. 2025).

CONCLUSIONES

El caso de Bacalar no es un hecho aislado, sino un síntoma de un modelo de desarrollo territorial que
ha demostrado ser insostenible y socialmente excluyente. La investigación revela que las fallas
regulatorias e institucionales son profundas y sistémicas, permitiendo que la lógica del mercado y los
intereses de actores poderosos se impongan sobre la protección de los bienes comunes y el derecho a la
ciudad. Las leyes ambientales, aunque avanzadas en su diseño, se convierten en letra muerta cuando la
discrecionalidad, la opacidad y la debilidad en su aplicación son la norma.

La pregunta guía de esta investigación encuentra una respuesta clara: las fallas que permiten la
transformación acelerada del territorio radican en la subordinación de los instrumentos de planificación
(como el ordenamiento ecológico) a las presiones políticas y económicas, y en la neutralización de los
mecanismos de control preventivo (como la evaluación de impacto ambiental). Frente a esto, los
instrumentos más eficaces para la defensa del territorio han sido aquellos activados por la propia
sociedad civil: el litigio estratégico, la movilización social y la denuncia pública. El juicio de amparo,
en particular, se reafirma como una herramienta crucial para la tutela judicial de los derechos colectivos,
aunque su efectividad final se ve amenazada por el desacato de las propias autoridades.

Para transitar hacia una gobernanza territorial justa y sostenible en Bacalar y otros destinos emergentes,
es indispensable una reforma profunda que vaya más allá de lo normativo. Se requiere:

Fortalecer la Planificación Vinculante: Los programas de ordenamiento ecológico y urbano deben
ser elaborados con amplia participación social y deben tener un carácter verdaderamente vinculante
pág. 4596
para todas las autoridades, sin excepciones discrecionales. Esto incluye la actualización periódica de
estos programas para reflejar cambios en el territorio.

Garantizar la Transparencia Proactiva: Toda la información relativa a autorizaciones de uso de
suelo, manifestaciones de impacto ambiental y licencias de construcción debe ser pública, accesible y
comprensible por defecto, en cumplimiento con el Acuerdo de Escazú. Esto incluye la publicación de
los fundamentos y motivaciones de las decisiones administrativas.

Implementar una Participación Ciudadana Efectiva: Se deben crear mecanismos de participación
(consejos ciudadanos, consultas públicas) que sean vinculantes y que se realicen en las etapas tempranas
de la toma de decisiones, no como una mera formalidad. La participación debe incluir a expertos,
comunidades locales y organizaciones ambientales.

Asegurar un Control Judicial Robusto: Es imperativo fortalecer al Poder Judicial y crear mecanismos
que aseguren el cumplimiento irrestricto de sus sentencias, especialmente en materia ambiental. La
sanción al desacato de suspensiones y sentencias debe ser ejemplar.

En última instancia, proteger Bacalar implica repensar el concepto de desarrollo. Significa entender que
la verdadera riqueza de un territorio no reside en la cantidad de cuartos de hotel que puede albergar,
sino en la salud de sus ecosistemas, en la calidad de vida de sus habitantes y en la capacidad de la
sociedad para decidir democráticamente sobre su futuro. La defensa de la Laguna de los Siete Colores
es, en esencia, la defensa del derecho a un futuro posible.

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