CARGA TRIBUTARIA Y RENTABILIDAD
OPERATIVA EN EL SECTOR
MANUFACTURERO DE ALIMENTOS:
ANÁLISIS PONDERADO DE LA PRESIÓN
FISCAL EN VENEZUELA DURANTE EL
EJERCICIO FISCAL 2024
TAX BURDEN AND OPERATING PROFITABILITY IN THE
FOOD MANUFACTURING SECTOR: A WEIGHTED
ANALYSIS OF FISCAL PRESSURE IN VENEZUELA
DURING THE 2024 FISCAL YEAR
Javier Ernesto Zuluaga Piñero
Universidad Metropolitana – Venezuela
Mariana Fagúndez
Universidad Metropolitana – Venezuela
Car-Emyr Suescum Coelho
Universidad Metropolitana – Venezuela
Tulio Escobar
Universidad Metropolitana - Venezuela

pág. 1
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v10i3.23882
Carga tributaria y rentabilidad operativa en el sector manufacturero de
alimentos: análisis ponderado de la presión fiscal en Venezuela durante el
ejercicio fiscal 2024
Javier Ernesto Zuluaga Piñero1
javier.zuluaga@correo.unimet.edu.ve
https://orcid.org/0009-0002-1314-3513
Universidad Metropolitana
Venezuela
Mariana Fagúndez
mariana.fagundez@correo.unimet.edu.ve
https://orcid.org/0009-0002-7634-8700
Universidad Metropolitana
Venezuela
Car Emyr Suescum Coelho
csuescum@unimet.edu.ve
https://orcid.org/0000-0003-1104-7800
Universidad Metropolitana
Universidad Central de Venezuela
Venezuela
Tulio Escobar
tescobar@unimet.edu.ve
https://orcid.org/0009-0001-5283-7035
Universidad Metropolitana
Venezuela
RESUMEN
El régimen tributario venezolano impone sobre el sector manufacturero de alimentos una carga de
impuestos directos, indirectos y contribuciones parafiscales que compromete estructuralmente la
rentabilidad de los sujetos pasivos especiales. Este estudio cuantitativo descriptivo analiza la incidencia
financiera de los tributos nacionales y municipales vigentes en 2024 sobre los ingresos, egresos y
utilidades operativas del sector. Los resultados demuestran que la presión tributaria total absorbe el
52,97% de la utilidad antes de impuestos, equivale al 15,89% de los ingresos operativos y representa el
22,70% de los egresos totales. El Impuesto Sobre la Renta registra la mayor incidencia con el 26,66%
de la utilidad, seguido por el Impuesto sobre Actividades Económicas (10,00%) y las contribuciones a
la Seguridad Social (6,60%). Las 229 obligaciones declarativas anuales equivalen al 90% de los días
hábiles, evidenciando una onerosa carga administrativa. Articulados a los Objetivos de Desarrollo
Sostenible 8, 9 y 16 de la Agenda 2030, estos hallazgos señalan la urgencia de una reforma tributaria
orientada a la armonización fiscal y la competitividad industrial. El análisis aporta un marco técnico
para la contraloría financiera y la formulación de políticas públicas que equilibren la eficiencia
recaudatoria con la sostenibilidad productiva nacional.
Palabras clave: carga tributaria, sector manufacturero, sujetos pasivos especiales, armonización
tributaria, presión fiscal
1 Autor principal
Correspondencia: csuescum@unimet.edu.ve

pág. 2
Tax Burden and Operating Profitability in the Food Manufacturing Sector:
A Weighted Analysis of Fiscal Pressure in Venezuela During the 2024 Fiscal
Year
ABSTRACT
The Venezuelan tax system imposes a burden of direct and indirect taxes, as well as parafiscal
contributions, on the food manufacturing sector, structurally compromising the profitability of these
special taxpayers. This descriptive quantitative study analyzes the financial impact of national and
municipal taxes in effect in 2024 on the sector's income, expenses, and operating profits. The results
show that the total tax burden absorbs 52.97% of pre-tax profits, is equivalent to 15.89% of operating
income, and represents 22.70% of total expenses. Income Tax has the greatest impact at 26.66% of
profits, followed by the Tax on Economic Activities (10.00%) and Social Security contributions
(6.60%). The 229 annual tax filing obligations represent 90% of business days, highlighting a onerous
administrative burden. Aligned with Sustainable Development Goals 8, 9, and 16 of the 2030 Agenda,
these findings highlight the urgent need for tax reform aimed at fiscal harmonization and industrial
competitiveness. The analysis provides a technical framework for financial oversight and the
formulation of public policies that balance revenue collection efficiency with national productive
sustainability.
Keywords: tax burden, manufacturing sector, special taxpayers, tax harmonization, tax pressure
Artículo recibido 15 abril 2026
Aceptado para publicación: 15 mayo 2026

pág. 3
INTRODUCCIÓN
La relación entre la presión tributaria y la rentabilidad empresarial constituye uno de los problemas más
complejos de la economía pública contemporánea, particularmente en contextos de alta inflación,
inestabilidad regulatoria y reformas fiscales frecuentes. En América Latina y el Caribe, la presión
tributaria promedio alcanzó el 21,5% del Producto Interno Bruto (PIB) durante 2022, cifra que contrasta
con el 34,0% registrado en los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE, 2023). Esta brecha agregada no revela, sin embargo, las diferencias estructurales
más determinantes: la composición de la carga, su distribución sectorial y el impacto diferencial sobre
los agentes formales del sistema productivo, aspectos que resultan decisivos para comprender los efectos
reales de la tributación sobre la competitividad industrial.
En Venezuela, la presión tributaria no se manifiesta únicamente en la magnitud de los tributos, sino en
la multiplicidad de obligaciones fiscales que recaen sobre el sector formal manufacturero y en la
frecuencia extrema de su cumplimiento. Entre 2020 y 2024, el sistema tributario venezolano
experimentó una transformación acelerada, orientada a maximizar la recaudación bajo los principios
constitucionales de generalidad, progresividad, legalidad, no confiscatoriedad y eficiencia. El Servicio
Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT, 2020) implementó ajustes
operativos críticos, entre ellos la transición del calendario de declaración del Impuesto al Valor
Agregado de una periodicidad mensual a quincenal para los sujetos pasivos especiales, medida que
cuadruplicó la carga administrativa en los departamentos fiscales corporativos (González, 2024),
comprometiendo los recursos gerenciales de las organizaciones.
La literatura internacional documenta con rigor que los niveles excesivos de presión tributaria
desincentivan la inversión privada, aceleran la expansión de la economía informal y erosionan la base
imponible de los sectores formales (Pormelau, 2021; Tanzi & Zee, 2000). En el caso venezolano, esta
dinámica adopta una dimensión especialmente aguda, pues mientras el promedio de la carga tributaria
efectiva en América Latina se sitúa por debajo del 30%, la tasa efectiva que enfrentan los sujetos pasivos
especiales venezolanos alcanza el 60% (EFE, 2024), lo que posiciona al sector formal ante una de las
presiones fiscales más elevadas del hemisferio occidental y compromete su sostenibilidad financiera a
mediano y largo plazo. La CEPAL (2023) advierte que la discusión más relevante no reside únicamente

pág. 4
en el nivel agregado de la presión fiscal, sino en su estructura, distribución sectorial y efectos sobre la
competitividad de los agentes productivos formales, dado que la proliferación de tributos con bases
imponibles superpuestas y periodicidad elevada genera distorsiones que ningún análisis de cifras
agregadas puede capturar con suficiente precisión.
A las reformas previas se sumó, el 8 de mayo de 2024, la publicación en Gaceta Oficial N.° 6.806
Extraordinario de la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo
Imperialista (LPPSS), nueva contribución parafiscal con alícuota del 9% sobre la nómina, que agravó la
estructura de costos laborales del sector en un contexto en que la nómina ya representa el 22% de los
ingresos operativos. La adición sucesiva de este tipo de obligaciones, en ausencia de una política de
armonización tributaria coherente, configura un entorno fiscal de alta densidad y escasa previsibilidad
que Tanzi & Zee (2000) identifican como incompatible con la sostenibilidad del crecimiento
empresarial.
Durante el primer trimestre de 2024, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y
Tributaria (SENIAT) recaudó 82.444 millones de bolívares, incremento real del 49% respecto al mismo
período del año anterior, siendo el sector privado empresarial responsable de aproximadamente el 80%
de esos ingresos fiscales (SENIAT, 2024). Este dinamismo recaudador contrasta con la situación
operativa del sector manufacturero: la Confederación Venezolana de Industriales (CONINDUSTRIA,
2024) advierte que el sector aún no alcanza su punto de equilibrio operativo, condición que restringe los
márgenes de rentabilidad y compromete la capacidad de reinversión. Adicionalmente, Moratta (2021)
documenta un incremento de la informalidad laboral del 48,5% en 1994 al 84,5% en 2020, dinámica
impulsada en parte por una carga tributaria que incentiva la migración hacia esquemas no regulados, lo
que concentra la presión recaudatoria sobre un universo cada vez más reducido de contribuyentes
formales y profundiza el ciclo de erosión fiscal (Schneider et al., 2010).
De acuerdo con la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela
(FEDECAMARAS, 2024), los tributos fiscales y parafiscales excesivos son señalados por el 90% de los
encuestados del sector industrial privado como el factor de mayor impacto negativo para sus
operaciones, seguidos por la competencia de productos importados (87%) y la carencia de
financiamiento (74%). Esta percepción generalizada subraya la necesidad urgente de diseñar políticas

pág. 5
que promuevan una distribución más equitativa de las cargas fiscales sin comprometer la sostenibilidad
de la recaudación ni la viabilidad operativa del sector productivo formal.
La presente investigación se vincula directamente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de
la Agenda 2030 de las Naciones Unidas (2015): en particular con el ODS 8 (trabajo decente y el
crecimiento económico), el ODS 9 (industria, innovación e infraestructura) y el ODS 16 (paz, justicia e
instituciones sólidas). El diseño de sistemas tributarios equitativos que no comprometan la viabilidad de
los sectores productivos formales constituye una condición necesaria para el avance hacia estos
objetivos en economías en desarrollo. Considerando este contexto, el presente estudio tiene como
objetivo determinar la ponderación financiera del impacto tributario en el sector manufacturero de
alimentos en Venezuela durante el ejercicio económico fiscal 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2024), respondiendo a las interrogantes: ¿cuál es el porcentaje que representa el pago de tributos
sobre los ingresos y egresos operativos del ejercicio contable?, ¿cuál es el impacto porcentual de cada
tributo sobre las utilidades operativas del período?, y ¿qué mecanismos de armonización fiscal pueden
reducir la presión tributaria sin comprometer la recaudación necesaria para el financiamiento del gasto
público?
METODOLOGÍA
La investigación adopta un enfoque cuantitativo de nivel descriptivo (Hernández-Sampieri & Mendoza
Torres, 2018), en tanto su propósito no es establecer relaciones causales entre variables, sino medir con
precisión y describir la magnitud e incidencia de la carga tributaria sobre los componentes financieros
de las empresas manufactureras de alimentos designadas como sujetos pasivos especiales (SPE) en
Venezuela durante el ejercicio fiscal 2024. Este enfoque resulta coherente con la naturaleza cuantificable
de los datos analizados (alícuotas tributarias, bases imponibles legalmente definidas, ratios porcentuales
y estados financieros referenciales) y con la finalidad práctica del estudio en aras de generar un marco
informativo técnico de utilidad para la contraloría financiera y la formulación de política fiscal orientada
a la armonización del sistema tributario venezolano.
Se delimita la presión fiscal mediante la determinación de tasas y porcentajes de representatividad de
cada tributo frente a los ingresos, egresos y resultados netos de una empresa referencial del sector,
abarcando la totalidad de los tributos de potestad nacional y municipal aplicables. El marco jurídico que

pág. 6
sustenta el análisis comprende el Código Orgánico Tributario (2020), las Ordenanzas Municipales
vigentes y el conjunto de leyes que regulan los impuestos directos, indirectos y las contribuciones
parafiscales en el territorio nacional. La unidad de análisis es una empresa manufacturera de alimentos
procesados representativa del sector, cuyos parámetros financieros se construyen a partir de los datos
sectoriales publicados por la Cámara Venezolana de la Industria de Alimentos (CAVIDEA, 2022) y los
criterios normativos de la Ley Orgánica de Precios Justos (2015).
La investigación empleó la revisión documental sistemática con el propósito de generar nuevo
conocimiento a partir del análisis de cada una de las fuentes primarias y secundarias validadas (Arias,
2012; Méndez, 1999). Para ello se analizaron fuentes de orden normativo-primario (leyes, decretos,
providencias del SENIAT, gacetas oficiales y ordenanzas municipales) y de orden técnico-secundario
(reportes de organismos gremiales, estudios técnicos de firmas especializadas e informes de organismos
internacionales), garantizando la pertinencia temática, la actualidad y la representatividad del corpus
documental. El diseño de la operacionalización de variables integra indicadores financieros calculados
mediante razones porcentuales que permiten la comparación objetiva entre tributos y su impacto relativo
sobre los diferentes componentes del estado de resultados.
Seguidamente, en la tabla 1 se presenta la operacionalización de las variables de la investigación, en
correspondencia con la variable nominal, sus dimensiones, indicadores, definiciones conceptuales y
operacionales, así como el instrumento implementado para el desarrollo técnico del estudio.
Tabla 1. Operacionalización de Variables
Variable
nominal
Dimensión Indicador Definición conceptual Definición
operacional
Instrumento
Ponderación
financiera de la
carga tributaria
Contribuyentes
especiales
Obligaciones
tributarias
especiales
del SPE
Responsabilidades
fiscales adicionales que
distinguen al
contribuyente especial
del ordinario. Incluye
deberes como actuar
como agente de
retención de IVA y
cumplir con anticipos
de ISLR/IVA bajo un
calendario especial del
SENIAT.
Conjunto de
obligaciones
tributarias especiales
que la empresa debe
cumplir por su
condición de SPE.
Matriz de
registro
(presencia de
régimen
especial de
deberes)
Carga
tributaria
Tributos
nacionales
Conjunto de impuestos
y contribuciones de
alcance nacional que
gravan la actividad
económica de las
empresas
manufactureras,
exigidos por leyes
Listado de
obligaciones fiscales
nacionales: IGTF, IGP,
IVA, ISLR y
contribuciones
parafiscales laborales
como SSO, LPPSS,
Matriz de
registro (lista
de tributos
nacionales y
procedimiento
de
determinación)

pág. 7
nacionales (impuestos
directos, indirectos y
aportes parafiscales
obligatorios).
FAOV, INCES, FONA
y LOCTI, entre otros.
Tributo
municipal
Impuesto de potestad
municipal que grava los
ingresos brutos por
actividades económicas
(comerciales,
industriales, de servicio)
dentro de la jurisdicción
local.
Impuesto sobre
Actividades
Económicas (ISAE)
que deben pagar las
empresas del sector al
municipio.
Matriz de
registro
Incidencia
ponderada
% de utilidad
antes de
impuestos
absorbida
por tributos
Porción porcentual de la
utilidad operativa (antes
de impuestos) que es
absorbida por el pago
de tributos, indicando el
peso de la carga
impositiva sobre las
ganancias
empresariales.
Calculado como (Total
de tributos causados /
Utilidad antes de
impuestos) x 100.
Razón
(porcentaje)
% de
ingresos
operativos
destinado a
tributos
Porcentaje de los
ingresos brutos de la
empresa que se destina
al pago de impuestos,
revelando la fracción de
la producción vendida
que finalmente va al
fisco.
Calculado como (Total
de tributos / Ingresos
operativos totales) x
100.
Razón
(porcentaje)
% de egresos
operativos
constituido
por tributos
Proporción de los
egresos totales (costos y
gastos operativos) de la
empresa que
corresponde al pago de
tributos. Refleja el peso
de los impuestos dentro
de la estructura de
costos empresariales,
incidiendo en la
liquidez y los márgenes
operativos.
Calculado como (Total
de tributos / Total de
egresos operativos) x
100.
Razón
(porcentaje)
Fuente: Elaboración propia (2026)
RESULTADOS
En Venezuela, las empresas dedicadas a la manufactura de alimentos procesados y semiprocesados
constituyen agentes económicos de alta relevancia estratégica para la seguridad alimentaria nacional. Su
actividad comprende la transformación de materias primas agrícolas, ganaderas y del sector primario en
productos alimenticios listos para el consumo masivo, mediante ciclos industriales que requieren
inversión sostenida en infraestructura, tecnología y talento especializado. Sin embargo, operan bajo un
marco tributario de alta densidad normativa que impone condiciones estructurales de desventaja frente
a unidades productivas informales que eluden la totalidad de esas obligaciones.
El sector industrial de alimentos opera en un entorno condicionado por factores estructurales como la
inflación crónica, la restricción severa del crédito formal y la volatilidad cambiaria, a los que se agrega

pág. 8
una creciente presión fiscal. La condición de contribuyente de estas entidades se fundamenta en cuatro
pilares: a) la naturaleza de su actividad económica como generadora de enriquecimiento territorial; b)
la formalización mediante el Registro Único de Información Fiscal (RIF); c) la generación de ingresos
que activan hechos imponibles en el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto Sobre la Renta; y, d) el
cumplimiento de deberes formales que exigen la gestión de libros contables, la emisión de facturación
fiscal y la participación activa como agentes de retención dentro del ecosistema tributario.
La carga tributaria analizada comprende los tributos directos e indirectos, calculados en moneda local
con referencia a la Unidad Tributaria (UT) vigente al mes de diciembre de 2024, equivalente a Bs
9,00/UT. El criterio de denominación adoptado para los cálculos de indexación y el cómputo de
sanciones corresponde al euro, moneda de mayor valor determinada por el Banco Central de Venezuela
(BCV) a diciembre de 2024, conforme a lo establecido en el Código Orgánico Tributario (2020). El
análisis abarca impuestos sobre ventas (IVA), sobre transacciones financieras (IGTF), sobre ingresos
empresariales y sus anticipos (ISLR), sobre el patrimonio (IGP), sobre actividades económicas
municipales (ISAE) y sobre la nómina (SSO, LPPSS, INCES, FAOV, RPE), además de aportes
sectoriales vinculados a la utilidad operativa (LOCTI, FONA, LODAFEF).
Los sujetos pasivos en Venezuela se dividen en especiales y no especiales según su capacidad
contributiva y las obligaciones fiscales que les corresponde cumplir. Los sujetos pasivos especiales
(SPE) son contribuyentes designados por el SENIAT mediante acto administrativo, sobre la base de
criterios cuantitativos como ingresos brutos anuales superiores a 120.000 veces la moneda de mayor
valor o ventas declaradas mensuales superiores a 10.000 veces dicho tipo de cambio. Esta categoría no
crea necesariamente tributos adicionales, sino que impone un régimen de mayor complejidad
administrativa y operativa, como calendarios diferenciados de declaración, obligación de actuar como
agentes de retención de IVA e ISLR, y pago de anticipos quincenales que anticipan el flujo de
recaudación hacia el fisco comprometiendo el capital de trabajo de las empresas.
Los sujetos pasivos no especiales operan bajo una estructura de cumplimiento simplificada, exenta de
las obligaciones como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las
Grandes Transacciones Financieras. No obstante, en un entorno de alta inflación como el venezolano,
el ajuste por inflación aplicable al ISLR puede elevar significativamente la base imponible real por

pág. 9
encima de la utilidad económica efectiva, generando una tributación efectiva superior a la tasa nominal
legal. Adicionalmente, existe la figura del responsable tributario, que corresponde a la entidad jurídica
que, sin constituirse en contribuyente directo, está investida legalmente de la función de recaudar o
percibir tributos en nombre del sujeto activo.
Existen excepciones a la calificación como sujeto pasivo especial que merecen atención desde la
perspectiva de la política tributaria. Los nuevos emprendimientos registrados ante el SENIAT están
exentos durante dos años desde su inscripción, conforme a la Ley para el Fomento y Desarrollo de
Nuevos Emprendimientos. También quedan excluidas las actividades agrícolas primarias y ciertas
organizaciones comunitarias. La Administración Tributaria mantiene la potestad de modificar estas
designaciones en función de auditorías o cambios en las actividades económicas del contribuyente, lo
que introduce un elemento de incertidumbre regulatoria que, según Bird & Zolt (2005), puede afectar
negativamente las decisiones de inversión y expansión en economías en desarrollo donde la
previsibilidad del marco fiscal constituye un factor determinante para la atracción de capital productivo.
En la tabla 2 se presenta el esquema frecuencial de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos
especiales, organizado por tributo, periodicidad y organismo recaudador. En conjunto, se contabilizan
229 declaraciones o pagos durante el período anual, cifra que ilustra con precisión la magnitud de la
carga administrativa que impone el sistema tributario venezolano sobre los grandes contribuyentes
formales, representando aproximadamente el 90% de los días hábiles de operación del año si se
contabiliza el tiempo de preparación, verificación, presentación y archivo de cada declaración fiscal ante
los distintos organismos recaudadores.
Tabla 2. Esquema frecuencial de declaraciones fiscales para SPE
Tributo Nombre Periodicidad Organismo
recaudador
IVA Impuesto al Valor Agregado Quincenal (26/año) SENIAT
IGTF Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras Quincenal (26/año) SENIAT
Ret. IVA Retención del IVA Quincenal (26/año) SENIAT
Ret. ISLR Retención del ISLR Quincenal (26/año) SENIAT
Ant. ISLR Anticipo del ISLR Quincenal (26/año) SENIAT
ISAE Impuesto sobre Actividades Económicas Mensual (12/año) Municipios
LOCTI Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación Mensual (12/año) FONACIT
SSO Seguro Social Obligatorio Mensual (12/año) IVSS
RPE Régimen Prestacional de Empleo Mensual (12/año) Inst. Nac. de
Empleo
LPPSS Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Mensual (12/año) SENIAT
INCES Instituto Nacional de Capacitación y Especialización
Socialista
Mensual (12/año) INCES
FAOV Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda Mensual (12/año) BANAVIH

pág. 10
IGP Impuesto a los Grandes Patrimonios Anual (1/año) SENIAT
FONA Fondo Nacional Antidrogas Anual (1/año) FONA
ISLR Impuesto Sobre la Renta Anual (1/año) SENIAT
LODAFEF Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física y Educación
Física
Anual (1/año) FONDEFED
Total 229 declaraciones/año
Fuente: Elaboración propia (2026)
En el siguiente caso referencial se analiza la estructura financiera de una empresa del sector
manufacturero de alimentos designada como SPE, tomando como variable independiente los ingresos
operativos, sobre los cuales se establecen las relaciones porcentuales de las principales partidas del
balance general y del estado de resultados. Los parámetros sectoriales empleados corresponden a las
estimaciones promedio disponibles para el sector de manufactura de alimentos, conforme a las
publicaciones de CAVIDEA (2022) y a los criterios normativos vigentes en Venezuela. El activo total
de estas entidades se determina como 1,5 veces el monto de los ingresos, lo que refleja una estructura
patrimonial coherente con el nivel de ventas del sector manufacturero. Los costos y gastos operativos
del sector se sitúan en torno al 48% de los ingresos, mientras que los gastos administrativos por nómina
equivalen al 22% de los mismos, en tanto que la utilidad antes de impuestos se calcula al 30% de los
ingresos, conforme al margen permitido por la Ley Orgánica de Precios Justos.
Tabla 3. Estados Financieros estándar para efectos referenciales (01/01/2024 al 31/12/2024)
Cuentas Nominales — Estado de Ganancias o Pérdidas
Ingresos de la actividad ordinaria Bs 100.000.000 (100%)
Costos y gastos de la operación Bs 48.000.000 (48%)
Nómina Bs 22.000.000 (22%)
Utilidad antes de Impuesto Sobre la Renta Bs 30.000.000 (30%)
Cuentas Reales — Balance General
Activo total Bs 150.000.000
Pasivo Bs 60.000.000 (40%)
Patrimonio Bs 90.000.000 (60%)
Fuente: Elaboración propia (2026) con base a la información financiera de la empresa.
El análisis técnico de la carga tributaria desglosada por impuesto y contribución, conforme a su
representación monetaria en relación con los ingresos, egresos y la utilidad de la entidad, tiene elevada
relevancia para la contraloría financiera, la planificación fiscal estratégica y la evaluación del impacto
tributario sobre el estado de resultados. Cada tributo reduce directamente la utilidad disponible,
incrementa los egresos fiscales y compromete el flujo de caja operativo de manera diferenciada según
su base imponible, alícuota y periodicidad. Los tributos de imposición indirecta, como la liquidación del
IVA y las retenciones del ISLR, no generan directamente una salida neta de efectivo en términos de flujo
de caja operativo (puesto que son recuperables o aplicables como crédito fiscal), sin embargo, involucran

pág. 11
una gestión contable exhaustiva, la inmovilización transitoria de capital de trabajo y el riesgo
permanente de sanciones por extemporaneidad en el cumplimiento de los estrictos calendarios
establecidos por el SENIAT para los sujetos pasivos especiales.
En la tabla 4 se presenta el análisis tributario detallado de la empresa, mostrando cada tributo con su
periodicidad de liquidación, alícuota, base imponible y el impacto monetario sobre la entidad. Para
efectos del alcance definido en esta investigación, se excluyen las obligaciones de aseo, bomberos y los
regímenes especiales aplicables a actividades económicas específicas de carácter comercial, cuya
incorporación elevaría los porcentajes de egresos fiscales reportados.
Tabla 4. Determinación de impuesto por alícuota y base imponible desglosada por tributo
Tributo Liquidación Alícuota Base Imponible Impacto (Bs)
IVA Quincenal 16,00% Ventas menos compras (crédito/débito fiscal)
IGTF Quincenal 0% — 3% Compras y pagos sin mediación bancaria -1.050.000
Ret. ISLR Quincenal 2,00% Compras (materia prima y servicios) (compensable ISLR)
Ant. ISLR Quincenal 1,00% Ventas netas (compensable ISLR)
Ret. IVA Quincenal 75% — 100% Ventas gravadas y compras (compensable IVA)
ISAE Mensual 3,00% Ingresos brutos por actividades económicas -3.000.000
LOCTI Mensual 0,50% Ingresos brutos del mes anterior -500.000
SSO Mensual 9% — 11% patrono Salario normal del trabajador -120.000
RPE Mensual 2,00% patrono Salario normal del trabajador -48.000
LPPSS Mensual 9,00% Nómina total -1.980.000
INCES Mensual 2,00% patrono Salario normal del trabajador -264.000
FAOV Mensual 2,00% Salario normal del trabajador -264.000
IGP Anual 0,25% Patrimonio neto -225.000
FONA Anual 1,00% Utilidad operativa del ejercicio -300.000
ISLR Anual 34,00% Utilidad neta ajustada por inflación -7.998.160
LODAFEF Anual 1,00% Utilidad neta superior a 20.000 UT -142.508,40
Carga Tributaria Total -15.891.668,40
Fuente: Elaboración propia (2026) con base a la información financiera de la empresa.
La columna de impacto sobre la utilidad antes de impuestos revela la magnitud diferencial de cada
tributo sobre la rentabilidad bruta de la empresa. Impuestos como el ISAE, LOCTI, SSO, LPPSS,
INCES, FAOV, IGP y FONA reducen directamente la utilidad antes de impuestos sin posibilidad de
compensación mediante créditos fiscales, constituyendo cargas netas irreversibles desde la perspectiva
del flujo de caja operativo. A continuación, en la tabla 5 se presenta la carga tributaria porcentual
estimada sobre la utilidad, los ingresos y los egresos de la empresa referencial, lo cual permite evaluar
la incidencia relativa de cada tributo en tres dimensiones simultáneas.
Tabla 5. Carga tributaria porcentual estimada sobre utilidad, ingresos y egresos
Tributo % sobre Utilidad
(Bs 30.000.000)
% sobre Ingresos
(Bs 100.000.000)
% sobre Egresos
(Bs 70.000.000)
IGTF 3,50% 1,05% 1,50%
ISAE 10,00% 3,00% 4,29%
LOCTI 1,67% 0,50% 0,71%
SSO 0,40% 0,12% 0,17%

pág. 12
RPE 0,16% 0,05% 0,07%
LPPSS 6,60% 1,98% 2,83%
INCES 0,88% 0,26% 0,38%
FAOV 0,88% 0,26% 0,38%
IGP 0,75% 0,23% 0,32%
FONA 1,00% 0,30% 0,43%
ISLR 26,66% 8,00% 11,43%
LODAFEF 0,48% 0,14% 0,20%
Total 52,97% 15,89% 22,70%
Fuente: Elaboración propia (2026) con base a la información financiera de la empresa.
DISCUSIÓN
El análisis de la ponderación tributaria confirma que la carga fiscal total que enfrenta una empresa
manufacturera de alimentos en Venezuela (equivalente al 52,97% de la utilidad antes de impuestos)
supera con amplitud los parámetros que la teoría económica identifica como compatibles con la
inversión sostenida y el crecimiento empresarial. Tanzi & Zee (2000) establecen que los sistemas
tributarios que absorben proporciones superiores al 40% de la utilidad operativa tienden a generar
desincentivos estructurales para la reinversión privada, el empleo formal y la expansión productiva. En
el contexto venezolano, esta presión se ve agravada por la simultaneidad de tributos con bases
imponibles superpuestas y calendarios de cumplimiento que demandan una dedicación administrativa
equivalente al 90% de los días hábiles del año, lo que representa una carga invisible de costos operativos
que no queda reflejada en los estados financieros.
La carga tributaria en el sector manufacturero actúa como un freno estructural que limita la acumulación
de capital, la expansión de la infraestructura productiva y el crecimiento sostenible. Bird & Zolt (2005)
documentan que en economías en desarrollo los impuestos sobre ingresos empresariales y los aportes
parafiscales de alta frecuencia constituyen los factores fiscales de mayor impacto negativo sobre la
competitividad industrial, efecto que se amplifica cuando la administración tributaria opera sin los
mecanismos de simplificación y coordinación interjurisdiccional propios de un sistema tributario
maduro. En el caso específico del ISLR, cuya incidencia sobre la utilidad alcanza el 26,66%, la
aplicación del ajuste por inflación en condiciones de alta inflación puede elevar la base imponible real
por encima de la utilidad económica efectiva, generando una tributación efectiva superior a las alícuotas
nominales establecidas por ley.
Estos resultados convergen con los reportes de la Confederación Venezolana de Industriales
(CONINDUSTRIA, 2024) y con las evaluaciones técnicas de KPMG Venezuela (2024), que identifican

pág. 13
la carga fiscal y parafiscal como el principal desafío estructural para la competitividad del sector
manufacturero venezolano. En perspectiva comparada con otros países de América Latina, cuya presión
fiscal efectiva sobre empresas formales se sitúa en torno al 20% y el 30% de la utilidad operativa, el
diferencial venezolano (superior al 52%) representa una desventaja competitiva de carácter sistémico
que ninguna estrategia de eficiencia operativa individual puede compensar de manera sostenida. La
CEPAL (2023) señala que los sistemas tributarios latinoamericanos más efectivos son aquellos que
combinan una base imponible amplia con tasas moderadas, mecanismos de armonización
interjurisdiccional y simplicidad administrativa, criterios que el sistema venezolano actual dista de
cumplir.
La Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social (LPPSS), incorporada al sistema tributario
en mayo de 2024, merece atención especial por su impacto sobre los costos laborales del sector. Con
una alícuota del 9% sobre la nómina, esta contribución eleva el costo laboral efectivo de manera
significativa en un contexto en que la nómina representa el 22% de los ingresos operativos. Este diseño
normativo, aunque responde a un objetivo de política social legítimo como lo es la protección de las
pensiones, ilustra la tendencia a financiar objetivos de protección social mediante contribuciones que
recaen asimétricamente sobre el sector formal, penalizando precisamente a las empresas que mantienen
empleo registrado. Rachadell (2007) advierte que la efectividad de las políticas tributarias está vinculada
a la percepción de equidad y legitimidad del sistema, condición que se erosiona cuando las
contribuciones parafiscales se acumulan sobre una base imponible ya saturada.
Los hallazgos de la investigación evidencian tensiones críticas entre los objetivos de recaudación fiscal
del Estado venezolano y el mandato de promover el trabajo decente y el crecimiento económico
sostenido (ODS 8), fortalecer la industria productiva (ODS 9) y construir instituciones fiscales eficaces,
responsables y transparentes (ODS 16). La OCDE (2023) documenta que los países que han logrado
ampliar su base fiscal sin sacrificar el crecimiento lo han hecho mediante reformas que simplifican el
cumplimiento, reducen la multiplicidad de tributos sobre una misma base y fortalecen la equidad
horizontal entre contribuyentes de igual capacidad económica, criterios que deben orientar cualquier
propuesta de reforma tributaria en Venezuela.

pág. 14
El Impuesto sobre Actividades Económicas (ISAE), de potestad municipal, con una incidencia del 10%
sobre la utilidad y el 3% sobre los ingresos brutos, introduce una capa adicional de complejidad al
régimen tributario de las empresas que operan en múltiples jurisdicciones. La ausencia de mecanismos
eficaces de armonización entre las distintas ordenanzas municipales y la normativa nacional genera
situaciones de doble imposición económica que afectan la liquidez de las empresas y distorsionan los
incentivos para la localización y expansión de operaciones industriales. La Guía de Inversión en
Venezuela (Ostos Velázquez & Asociados, 2024) destaca que la pluralidad de regímenes municipales y
la discrecionalidad en la aplicación de alícuotas constituyen uno de los factores de mayor incertidumbre
regulatoria para el inversor formal, argumento que refuerza la urgencia de avanzar hacia un modelo de
coordinación fiscal nacional-municipal que garantice previsibilidad y coherencia sistémica.
Los hallazgos del estudio subrayan la necesidad de un enfoque equilibrado de política tributaria que
fomente la producción manufacturera de alimentos, promueva la inversión y preserve la sostenibilidad
de la recaudación. La armonización fiscal, entendida como la coordinación coherente de tributos entre
distintos niveles de gobierno, la simplificación del entramado normativo y la reducción de la frecuencia
de cumplimiento emerge como condición necesaria para ampliar la base imponible mediante la
formalización de unidades productivas informales y garantizar que la presión tributaria no opere como
un desincentivo estructural para la inversión privada en sectores estratégicos para la seguridad
alimentaria. A los efectos de la homologación de la información suministrada y la armonización del
marco tributario se genera un Mapa de Aseguramiento Tributario para las empresas del sector, dividido
en tres segmentos de tabla, tal como se observa en las tablas 6, 7 y 8, en donde se alinean y simplifican
los elementos de cada tributo.
Tabla 6. Mapa de Aseguramiento Tributario I
Elementos ISLR ISAE SSO RPE
Nombre Impuesto Sobre la Renta Impuesto sobre Actividades
Económicas
Seguro Social
Obligatorio
Régimen
Prestacional de
Empleo
Tipo Impuesto Impuesto Contribución Contribución
Normativa Decreto-Ley de Impuesto
sobre la Renta. Gaceta
Oficial N.° 6.210
Extraordinario,
30/12/2015.
Ley Orgánica del Poder
Público Municipal
(LOPPM). Gaceta Oficial
N.° 6.015 Extraordinario,
28/12/2010. Ordenanzas
municipales vigentes.
Ley del Sistema de
Seguro Social
Obligatorio. Gaceta
Oficial N.° 39.912,
30/04/2012.
Ley de Régimen
Prestacional de
Empleo. Gaceta
Oficial N.° 38.281,
27/09/2005.
Hecho
imponible
Los enriquecimientos
anuales, netos y
disponibles obtenidos en
Ejercicio habitual en la
jurisdicción del municipio
de cualquier actividad
Relación laboral
entre empleadores y
trabajadores.
Relación laboral
entre empleadores
y trabajadores.

pág. 15
dinero o en especie
generados por actividades
económicas.
lucrativa de carácter
independiente.
Base
imponible
El incremento de
patrimonio resultante de
restar a los ingresos brutos
los costos y deducciones
permitidas.
Ingresos brutos percibidos
en el período impositivo
por las actividades
económicas cumplidas en
jurisdicción del municipio.
Salario normal de
los trabajadores.
Salario normal de
los trabajadores.
Temporalidad Anual Mensual Mensual Mensual
Tasa 6% — 34% personas
naturales; 15% — 34%
personas jurídicas.
0,5% — 3% según
actividad e índice del
municipio.
2% empleado; 9%
— 11% patrono.
0,5% empleado;
2% patrono.
Sujeto activo El Estado (SENIAT) Municipios Instituto
Venezolano de
Seguros Sociales
(IVSS)
Instituto Nacional
de Empleo adscrito
al Ministerio del
Trabajo
Sujeto pasivo Personas naturales y
jurídicas residentes o
domiciliadas en el país.
Personas naturales y
jurídicas que ejercen
actividades económicas en
el municipio.
Trabajadores y
patronos
involucrados en la
entidad bajo
dependencia
laboral.
Empleadores y
trabajadores.
Territorialidad Nacional Municipal Nacional Nacional
Fuente: Elaboración propia (2026)
Tabla 7. Mapa de Aseguramiento Tributario II
Elementos INCES IGP LODAFEF FONA
Nombre Instituto Nacional
de Capacitación y
Especialización
Socialista
Impuesto a los Grandes
Patrimonios
Ley Orgánica del Deporte,
Actividad Física y
Educación Física
Fondo Nacional
Antidrogas
Tipo Contribución Impuesto Impuesto Impuesto
Normativa Ley del INCES.
Gaceta Oficial N.°
39.312, 11/12/2009.
Ley de Impuesto a los
Grandes Patrimonios.
Gaceta Oficial N.°
41.667, 03/07/2019.
Ley Orgánica del Deporte.
Gaceta Oficial N.° 39.741,
23/08/2011.
Ley Orgánica de
Drogas. Gaceta Oficial
N.° 37.510, 05/09/2010.
Hecho
imponible
Relación de
dependencia laboral
entre empleadores y
trabajadores.
Propiedad o posesión
del patrimonio
atribuible al sujeto
pasivo especial.
Realizar actividades
económicas en el territorio
nacional.
Realizar actividades
económicas y mantener
50 trabajadores o más.
Base
imponible
Salario normal de
los trabajadores.
Suma del valor total de
bienes y derechos,
excluidos los pasivos,
cargas y gravámenes,
así como los bienes
exentos o exonerados.
La utilidad neta si ésta es
superior a 20.000
Unidades Tributarias,
obtenida en el ejercicio
económico anual
inmediatamente anterior.
Monto de la ganancia o
utilidad en operaciones
del ejercicio.
Temporalidad Mensual Anual Anual Anual
Tasa 0,5% empleado; 2%
patrono.
0,25% — 1,50% 1% 1%
Sujeto activo Instituto Nacional
de Capacitación y
Especialización
Socialista
El Estado (SENIAT) Fondo Nacional para el
Desarrollo del Deporte, la
Actividad Física y la
Educación Física
Fondo Nacional
Antidrogas (FONA)
Sujeto pasivo Empleadores y
trabajadores.
Propietarios de un
patrimonio neto igual o
superior a 150 millones
UT (personas jurídicas)
o 36 millones UT
(personas naturales).
Personas jurídicas que
realicen actividades
económicas en el territorio
nacional.
Personas jurídicas
privadas, consorcios y
entes públicos con fines
empresariales que
ocupen cincuenta
trabajadores o más.
Territorialidad Nacional Nacional Nacional Nacional
Fuente: Elaboración propia (2026)

pág. 16
Tabla 8. Mapa de Aseguramiento Tributario III
Elementos LOCTI IGTF IVA Anticipo ISLR
Nombre Ley Orgánica de Ciencia,
Tecnología e Innovación
Impuesto a las
Grandes
Transacciones
Financieras
Impuesto al Valor
Agregado
Anticipo de
Impuesto Sobre la
Renta
Tipo Impuesto Impuesto Impuesto Impuesto
Normativa Ley Orgánica de
Reforma Parcial LOCTI.
Gaceta Oficial N.° 6.693
Extraordinario,
01/04/2022.
Decreto-Ley de
Impuesto a las
Grandes
Transacciones
Financieras. Gaceta
Oficial N.° 6.210
Extraordinario,
30/12/2015.
Actualización:
Gaceta Oficial N.°
6.687 Extraordinario,
25/02/2022.
Ley de Impuesto al Valor
Agregado. Gaceta Oficial
N.° 6.507 Extraordinario,
29/01/2020.
Régimen Temporal
de Pago de Anticipo
del IVA e ISLR.
Gaceta Oficial N.°
6.396
Extraordinario,
21/08/2018.
Hecho
imponible
Realizar actividades con
fines económicos en el
territorio nacional.
Débitos en cuentas
bancarias,
cancelación de
deudas y pagos sin
mediación de
instituciones
financieras,
incluyendo pagos a
personas naturales o
jurídicas vinculados a
actividades
económicas gravadas.
La enajenación de bienes
muebles, la prestación de
servicios y la importación
de bienes, según se
especifica en la ley.
La obtención de
enriquecimientos
netos gravables por
parte de los sujetos
pasivos especiales.
Base
imponible
Los ingresos brutos en el
ejercicio económico
mensual inmediatamente
anterior.
El monto del débito
en cuenta o el valor
de la transacción u
operación realizada.
El monto facturado en la
venta de bienes muebles
corporales, importación de
bienes muebles y
prestación de servicios.
El enriquecimiento
neto global estimado
del contribuyente,
con frecuencia
quincenal.
Temporalidad Mensual Quincenal Quincenal Quincenal
Tasa 0,50% 0,00% — 3,00% 0,00% — 16,00% 1%
Sujeto activo Fondo Nacional de
Ciencia, Tecnología e
Innovación (FONACIT)
El Estado (SENIAT) El Estado (SENIAT) El Estado (SENIAT)
Sujeto pasivo Personas jurídicas,
entidades privadas o
públicas domiciliadas o
no en la República que
realicen actividades
económicas en el
territorio nacional con
ingresos brutos anuales
superiores a 150.000
veces el tipo de cambio
oficial de la moneda de
mayor valor establecido
por el BCV.
Personas jurídicas y
entidades económicas
sin personalidad
jurídica calificadas
como sujetos pasivos
especiales por el
SENIAT mediante
notificación previa.
Personas naturales o
jurídicas, comunidades,
sociedades irregulares o de
hecho, consorcios y demás
entes jurídicos o
económicos, públicos o
privados, que en su
condición de importadores,
fabricantes, productores,
ensambladores,
comerciantes y prestadores
de servicios independientes
realicen las actividades
definidas como hechos
imponibles.
Sujetos pasivos
especiales
considerados como
agentes de
recolección y
recaudadores de
tributación para
ISLR e IVA.
Territorialidad Nacional Nacional Nacional Nacional
Fuente: Elaboración propia (2026)
CONCLUSIONES
La investigación demuestra que el régimen tributario venezolano impone sobre el sector manufacturero
de alimentos una carga total equivalente al 52,97% de la utilidad antes de impuestos, al 15,89% de los

pág. 17
ingresos operativos y al 22,70% de los egresos totales durante el ejercicio fiscal 2024. Esta magnitud,
singular en la comparación regional latinoamericana, ubica al sector formal venezolano en una posición
de desventaja competitiva estructural frente a economías cuya presión tributaria efectiva sobre las
empresas se sitúa entre el 20% y el 30% de la utilidad operativa. El Impuesto Sobre la Renta (ISLR),
con una incidencia del 26,66% sobre la utilidad, constituye el tributo de mayor peso individual, seguido
por el Impuesto sobre Actividades Económicas (ISAE) con el 10,00% y la Ley de Protección de las
Pensiones de Seguridad Social (LPPSS) con el 6,60%, mientras que la combinación de contribuciones
parafiscales de nómina (SSO, INCES, FAOV y RPE) agrega una presión adicional significativa sobre
la estructura de costos laborales.
Los contribuyentes del sector se clasifican en sujetos pasivos especiales y no especiales, siendo los
primeros quienes deben soportar la mayor complejidad del sistema tributario venezolano, de hecho, las
229 declaraciones o pagos anuales contabilizados para los SPE demandan una dedicación administrativa
equivalente al 90% de los días hábiles del ejercicio, generando costos de cumplimiento (honorarios
profesionales, tecnología de gestión fiscal, personal especializado) que no se reflejan en los indicadores
de presión fiscal agregada pero que inciden de manera significativa sobre la eficiencia operativa y la
competitividad de las empresas manufactureras de alimentos. Este hallazgo refuerza la urgencia de
simplificar los procedimientos de declaración y pago como componente esencial de cualquier reforma
tributaria orientada a mejorar el clima de inversión.
En relación con los ODS, los hallazgos confirman que la magnitud y estructura de la carga tributaria
venezolana generan tensiones significativas con los objetivos de trabajo decente y crecimiento
económico (ODS 8), desarrollo industrial resiliente (ODS 9) e instituciones fiscales sólidas y
transparentes (ODS 16). El diseño de sistemas tributarios que equilibren la necesidad de recaudación
con la preservación de la capacidad productiva del sector formal constituye una prioridad de política
pública que trasciende el ámbito estrictamente fiscal y se inserta en el compromiso del Estado
venezolano con el cumplimiento de los acuerdos internacionales de desarrollo sostenible.
La combinación de tributos sobre ventas (IVA, ISAE, LOCTI), sobre la nómina (SSO, LPPSS, INCES,
FAOV, RPE) y sobre el patrimonio y las utilidades (IGP, FONA, ISLR, LODAFEF), junto con los
anticipos y retenciones que anticipan la recaudación a expensas del capital de trabajo empresarial,

pág. 18
configura un ecosistema fiscal de alta densidad que erosiona la liquidez operativa y compromete la
sostenibilidad financiera estructural de las unidades manufactureras. El marco de aseguramiento
tributario presentado en las tablas 6, 7 y 8 sintetiza los elementos fundamentales de cada tributo (nombre,
tipo, base legal, hecho imponible, base imponible, temporalidad, tasa, sujeto activo, sujeto pasivo y
territorialidad) y constituye una herramienta de referencia técnica para auditores, planificadores fiscales,
responsables de contraloría financiera y formuladores de política pública.
La elevada carga tributaria que enfrenta el sector manufacturero de alimentos en Venezuela limita
estructuralmente la capacidad de las empresas para reinvertir, expandirse y generar empleo formal
sostenible. Superar este desafío exige un esfuerzo coordinado de reforma que combine la armonización
interjurisdiccional, la simplificación de los procedimientos de cumplimiento y la reorientación
estratégica de la política fiscal hacia la ampliación de la base imponible, como condición indispensable
para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que Venezuela ha comprometido
ante la comunidad internacional.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Arias, F. (2012). El proyecto de la investigación: Introducción a la metodología científica (6.ª ed.).
Editorial Episteme.
Bird, R. M., & Zolt, E. M. (2005). The limited role of the personal income tax in developing countries.
Journal of Asian Economics, 16(6), 928-946. https://doi.org/10.1016/j.asieco.2005.09.001
Cámara Venezolana de la Industria de Alimentos [CAVIDEA]. (2022). Balance de gestión y perspectivas
de la industria de alimentos. Comunicado institucional difundido por Finanzas Digital.
https://finanzasdigital.com/
Comisión Económica para América Latina y el Caribe [CEPAL]. (2023). Panorama Fiscal de América
Latina y el Caribe 2023: Política fiscal para el crecimiento, la igualdad y la sostenibilidad.
CEPAL. https://repositorio.cepal.org/handle/11362/48864
Confederación Venezolana de Industriales[CONINDUSTRIA]. (2024). Encuesta de Coyuntura
Industrial: I Trimestre 2024. Sistema de Información Estadística de Conindustria.
https://conintranet.com/imgPost/Imagenes/ECI_IIT24_.pdf

pág. 19
EFE. (2024, 28 de octubre). Empresarios de Venezuela denuncian «voracidad» fiscal y «limitado»
financiamiento bancario. SWI swissinfo.ch. https://sl1nk.com/f6f8gij
Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela [FEDECAMARAS].
(2024). Encuesta de Percepción Empresarial: Expectativas Económicas 2024.
https://www.fedecamaras.org.ve/
González , D. (2024). Observatorio de las Reformas Fiscales y Fortalecimiento de las Administraciones
Tributarias de América Latina (2024). Centro de Administraciones Tributarias – (CIAT).
https://www.ciat.org/Biblioteca/Estudios/2025_observatorio_reformas_fiscales_CIAT.pdf
Hernández-Sampieri, R., & Mendoza Torres, C. P. (2018). Metodología de la investigación: Las rutas
cuantitativa, cualitativa y mixta. McGraw-Hill Education.
KPMG Venezuela. (2024). Guía de impuestos en Venezuela: Desafíos y perspectivas para el sector
privado. KPMG International.
https://assets.kpmg.com/content/dam/kpmg/ve/pdf/2024/06/Gu%C3%ADa-de-Inversiones.pdf
Méndez, C. E. (1999). Metodología: Guía para elaborar diseños de investigación en ciencias
económicas, contables y administrativas. McGraw-Hill Interamericana.
Moratta, D. (2021). La informalidad laboral en Venezuela: definiciones, medición y desafíos. Instituto
de Investigaciones Económicas y Sociales IIES. UCAB. https://www.ucab.edu.ve/wp-
content/uploads/2021/11/11Notas-sobre-la-Economia-Venezolana-DML.pdf
Naciones Unidas. (2015). Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
(Resolución A/RES/70/1). Asamblea General de las Naciones Unidas.
https://docs.un.org/es/a/res/70/1
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. [OCDE]. (2023). Estadísticas tributarias
en América Latina y el Caribe 2023. OCDE/CEPAL/CIAT/BID.
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/216364a1-97bb-4056-996e-
8c9598f66ab3/content
Ostos, Velázquez y Asociados. (2024). Guía de inversión en Venezuela 2024.
https://assets.kpmg.com/content/dam/kpmg/ve/pdf/2023/07/Ley-de-Armonizacion-
Tributaria.pdf

pág. 20
Pormelau, K. (2021, 13 de Octubre). The Tax Burden on Corporations: A Comparison of Organisation
for Economic Co-operation and Development Countries and Proposals to Reform the US Tax
System. American Enterprise Institute. https://www.aei.org/wp-content/uploads/2021/10/The-
tax-burden-on-corporations-A-comparison-of-Organisation-for-Economic-Co-operation-and-
Development-countries-and-proposals-to-reform-the-US-tax-system.pdf?x97961
Rachadell, M. (2007). Evolución del sistema tributario venezolano (2.ª ed.). Editorial Universidad
Central de Venezuela.
República Bolivariana de Venezuela. (2015, 8 de noviembre). Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
Ley Orgánica de Precios Justos. Gaceta Oficial N.° 6.202 Extraordinario.
República Bolivariana de Venezuela. (2015, 30 de diciembre). Decreto-Ley de Impuesto sobre la Renta.
Gaceta Oficial N.° 6.210 Extraordinario.
República Bolivariana de Venezuela. (2018, 21 de agosto). Decreto N.° 3.584. Régimen temporal de
pago de anticipo del IVA e ISLR. Gaceta Oficial Extraordinaria N.° 6.396.
República Bolivariana de Venezuela. (2019, 3 de julio). Ley de Impuesto a los Grandes Patrimonios.
Gaceta Oficial N.° 41.667.
República Bolivariana de Venezuela. (2020, 29 de enero). Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial
Extraordinaria N.° 6.507.
República Bolivariana de Venezuela. (2020, 12 de octubre). Providencia Administrativa
SNAT/2020/00057. Normas relativas a la declaración y pago del IVA. Gaceta Oficial N.° 41.984.
República Bolivariana de Venezuela. (2021, 15 de octubre). Ley para el Fomento y Desarrollo de Nuevos
Emprendimientos. Gaceta Oficial N.° 6.656 Extraordinario.
República Bolivariana de Venezuela. (2022, 25 de febrero). Ley de Impuesto a las Grandes
Transacciones Financieras. Gaceta Oficial N.° 6.687 Extraordinario.
República Bolivariana de Venezuela. (2022, 1 de abril). Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e
Innovación. Gaceta Oficial N.° 6.693 Extraordinario.
República Bolivariana de Venezuela. (2024, 8 de mayo). Ley de Protección de las Pensiones de
Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista. Gaceta Oficial N.° 6.806 Extraordinario.
pág. 21
Schneider, F., Buehn, A., & Montenegro, C. E. (2010). Shadow economies all over the world: New
estimates for 162 countries from 1999 to 2007 (Policy Research Working Paper No. 5356). Banco
Mundial. https://doi.org/10.1596/1813-9450-5356
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria [SENIAT]. (2020). Providencia
Administrativa SNAT/2020/00057. Normas relativas a la declaración y pago del IVA.
https://seniat.gob.ve/
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. (2024). Informe de recaudación:
Primer trimestre 2024. Gerencia de Estudios Económicos-Tributarios.
https://pueblo.seniat.gob.ve/noticias/recaudacion-primer-trimestre-2024/
Tanzi, V., & Zee, H. H. (2000). Tax policy for emerging markets: Developing countries. National Tax
Journal, 53(2), 299-322. https://doi.org/10.17310/ntj.2000.2.07