BRECHA DIGITAL EN ECUADOR: BARRERA
ESTRUCTURAL PARA EL ACCESO
EQUITATIVO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS
DIGITALES.

THE DIGITAL DIVIDE IN ECUADOR: A STRUCTURAL
BARRIER TO EQUITABLE ACCESS TO DIGITAL PUBLIC
SERVICES.

Nicollette Alejandra Armijos Febres

Maestrante de la Maestría en Derecho

Ernesto Rafael González Pesantes

Universidad Nacional de Loja
pág. 3723
DOI:
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v10i4.25386
Brecha digital en Ecuador: barrera estructural para el acceso equitativo a
los servicios públicos digitales.

Nicollette Alejandra Armijos Febres
1
nicollette.armijos@unl.edu.ec

https://orcid.org/0009-0009-9890-3841

Maestrante de la Maestría en Derecho, con
mención en Derecho Procesal Administrativo y
Litigación

Ecuador

Ernesto Rafael González Pesantes

ernesto.gonzalez@unl.edu.ec

https://orcid.org/0000-0001-9524-7361

Universidad Nacional de Loja

Ecuador

RESUMEN

El avance tecnológico a nivel mundial es agigantado, de tal manera que ha alcanzado el ámbito
institucional del país, ya que los servicios públicos han encontrado un medio de expresión de amplia
cobertura que, en la actualidad, se pueden encontrar en variadas redes sociales y páginas institucionales,
y que permiten la dinámica e interacción entre usuarios y la administración pública; sin embargo, este
plausible acontecimiento no ha podido ser garantizado en su difusión de manera íntegra y completa a
todos los habitantes, por limitantes que pueden ser identificadas como barreras geográficas, falta de
conocimiento de herramientas digitales o por escasez de los medios tecnológicos para hacer posible este
acercamiento. La presente investigación, analizará de manera concreta y puntual a la administración
pública desde los servicios públicos digitales, y la posibilidad jurídica y real de que estos servicios,
enteramente digitales, sean debidamente conocidos y utilizados por los usuarios a nivel nacional,
actividad que es posible realizarla por medio de la utilización de métodos y técnicas de investigación
que serán apreciables en el contenido de este estudio.

Palabras claves: Servicios públicos digitales; administración pública; usuarios; redes sociales;
limitantes.

1 Autor principal

Correspondencia:
nicollette.armijos@unl.edu.ec
pág. 3724
The digital divide in Ecuador: a structural barrier to equitable access to

digital public services.

ABSTRACT

Global technological advancement has been immense, reaching the institutional sphere of this country;

public services have expanded their reach through social media and institutional websites, enabling

dynamic interaction between users and public administr
ation. However, the comprehensive
dissemination of these services to all inhabitants has not been fully guaranteed due to limitations such

as geographical barriers, a lack of familiarity with digital tools, or a scarcity of the technological means

required
to facilitate this engagement. This research provides a specific analysis of public administration
through the lens of digital public services, examining the legal and practical feasibility of ensuring these

fully digital services are widely known and uti
lized by users nationwidean analysis conducted using
research methods and techniques detailed within this study.

Keywords:
Digital public services; public administration; users; social media; limitations.
Artículo recibido 20 mayo 2026

Aceptado para publicación: 20 junio 2026
pág. 3725
INTRODUCCIÓN

En el contexto del derecho administrativo y el avance tecnológico, se aprecia que en estos últimos
tiempos ha existido un notable incremento de medios digitales para hacer posible que los bienes y
servicios públicos, sean accesibles desde portales institucionales directos de las instituciones del Estado,
en el que se incluye información respecto de programas, políticas, servicios y valores dinerarios para
trámites específicos. En este sentido, se valora la apología que expresa Paredes y Negrete (2025) quienes
dicen que: “La transformación digital en el sector público se ha convertido en una prioridad para los
gobiernos e instituciones a nivel mundial, impulsada por la necesidad de modernizar la administración,
optimizar la prestación de servicios y promover la participación ciudadana” (pág. 499).

Basado en esta referencia, es innegable que la tecnología en su abismal avance, ha acaparado espacios
públicos y privados para lograr que los planes y proyectos gubernamentales se proyecten más allá de la
presencia física del plano institucional, común práctica desde el origen del Estado democrático; de esta
manera, aplicaciones de alcance inmediato como Facebook, Instagram o el medio de comunicación
digital WhatsApp, ha alcanzado niveles de apreciación institucional elevado, esto por cuanto: “(…) el
uso de este tipo de herramientas supone una oportunidad para que las administraciones públicas puedan
potenciar el derecho a la información de la ciudadanía, fomentar la transparencia de la información
pública y su actividad política” (García et. al, 2021, pág. 101).

Considerando lo mencionado, las plataformas digitales han logrado una cimentación profunda en el
ámbito institucional, de tal manera que ahora mismo es imprescindible en el ejercicio de los derechos y
garantías que tiene el ciudadano, el no contar con un medio digital que permita vislumbrar los variados
servicios públicos, y la dinámica de interacción entre la administración pública con el conglomerado;
no obstante, también se debe mencionar que esta plausible y perfecta apariencia, no ha marcado de
manera definitiva el acceso a toda la ciudadanía, ya que aún existen serias limitaciones que deben
superarse para lograr que todos puedan ser parte de este avance tecnológico desde la perspectiva de las
instituciones públicas.

Considerando estos razonamientos iniciales, la presente investigación está orientada a establecer
algunos razonamientos que logren abordar la inquietud de ¿En qué medida la brecha tecnológica en la
administración pública ecuatoriana vulnera los derechos al debido proceso, acceso a la información y
pág. 3726
tutela efectiva de los administrados?, valorando esencialmente el enfoque investigativo, que sostiene
que existen brechas digitales que no permiten un acceso equitativo entre los ciudadanos, y como este
hecho, aparentemente intangible, se pueden vulnerar los derechos en relación.

METODOLOGÍA.

Para el correcto desarrollo del presente trabajo investigativo, se proyectó una metodología con enfoque
cualitativo; el tipo de investigación descriptiva-explicativa; y, el diseño de investigación no
experimental, para de esta forma abordar tanto los aspectos jurídicos como éticos que implica el uso de
la tecnología en el sistema judicial. Asimismo, para realizar el presente proceso investigativo, se recurrió
al método descriptivo, ya que, por medio de su uso, la información suministrada por la investigación
descriptiva debe ser verídica, precisa y sistemática, lo que se evidencia en esta investigación.

Además, se contó con el método jurídico doctrinal, el mismo que permite analizar las teorías, conceptos
reglas y principios para llegar a conclusiones específicas válidas. Para la autora Álvarez González (2013)
el objetivo del método jurídico doctrinal es sistematizar los preceptos jurídicos, fundamentar posiciones
teóricas e interpretar las normas legales; por lo tanto, en el presente trabajo investigativo se realizó una
revisión exhaustiva. Finalmente, el acopio de investigación teórica se realizó mediante técnicas de
recopilación de información.

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

La administración pública y medios digitales: acceso y validez de sus actuaciones.

La administración pública, es la manifestación del Estado que encuentra un sentido en la sociedad y en
sus habitantes, a través de la representación institucional de la cual pueden ser partícipes todos quienes
viven en el Estado social de derechos que prevé la Constitución de la República del Ecuador (CRE en
adelante). Según explica Guerrero y Aranda (2025) respecto a esta primera base conceptual:

La administración pública en sus distintas manifestaciones, se constituye en un servicio público que
expone para los particulares un conjunto de políticas que sirven para garantizar el uso y gozo de los
derechos -en especial el de los servicios públicos- a cambio de que el ciudadano, cubra económicamente
este servicio (pág. 4).

Esta explicación como se indica, es el punto de partida en que se debe reconocer que todo lo concerniente
a la administración pública, encuentra su sostén no solo en el espacio físico, geográfico y político del
pág. 3727
espectro institucional, sino en su presencia para materializar el interés social y común, de tal manera
que: “(…) se consolida a nivel nacional debido a que su campo de ejercicio legislativo, surge y se
refuerza en el ámbito mismo de las administraciones públicas, las que son de variada existencia e
importancia en el destino del desarrollo de la nación” (Toledo y Mogrovejo, 2025, pág. 4).

En este contexto, la administración pública se rige no solo por un sentido que se encuentra en variadas
investigaciones en que mencionan todo aquello que normativamente valida lo pertinente a las
actuaciones institucionales, sino que elementalmente, compromete a que sus políticas, sean de amplia
difusión para el conocimiento del conglomerado. Basado en esto, los medios digitales se han convertido
en el nexo directo entre las personas con las instituciones públicas. En este caso, y como explica Gómez
referenciado por Días de León y Garza (2023):

(…) en el contexto de la sociedad del conocimiento, el sentido que tienen las redes sociales se centra
fundamentalmente en el uso de plataformas tecnológicas y el intercambio de información, datos y
mensajes entre las personas, mientras que en el capital social tienen un sentido más cooperativo hacia
los objetivos colectivos, de la comunidad (pág. 95).

Continuando, el acceso digital que realizan los ciudadanos ecuatorianos a través de diversos portales o
medios tecnológicos, ha permitido que las dudas y consultas de procedimientos a seguir respecto de
pagos, costos, impuestos, entre otros, lo que ha significado un efecto positivo hacia el fin institucional,
simplificando trámites en la administración pública en todas las manifestaciones. Según explica Chimba
Jiménez (2025):

Es prioridad de los gobiernos lograr la transformación digital de su administración pública para ser más
eficiente, más transparente así poder ofrecer servicios accesibles y rápidos. Este proceso demanda
establecer dichos equipos con un análisis de conocimiento previo en el sector, en las políticas públicas
(pág. 12576).

Ahora bien, en lo pertinente a la relación entre la administración pública y los servicios públicos
digitales, encontramos en un primer momento, que la Carta Magna expresa en su contenido, que es
responsabilidad del Estado: “Asegurar la difusión y el acceso a los conocimientos científicos y
tecnológicos” (CRE, art. 387, núm. 3), lo que significa que existe un marco constitucional que
pág. 3728
compromete al Estado al acceso de la tecnología, siendo las instituciones públicas el medio efectivo
para lograr este presupuesto constitucional.

Asimismo, el Código Orgánico Administrativo (COA), establece claramente que: “Las administraciones
públicas sirven con objetividad al interés general. Actúan para promover y garantizar el real y efectivo
goce de los derechos” (COA, 2017, art. 37), y es por este motivo que los escenarios institucionales,
deben hacer efectivo este principio, de tal manera que los servicios públicos digitales, son los medios
idóneos para hacer posible el ejercicio de los derechos desde la óptica del derecho administrativo. Como
ribete de alta importancia el autor expone Ure (2016) que:

(…) las administraciones públicas son capaces de facilitar el acceso a los servicios, promover derechos,
brindar transparencia a los actos de gobierno, cultivar la participación en los asuntos comunes, generar
comunidad y escuchar a los ciudadanos para la mejora permanente de sus propias acciones (pág. 244).

Considerando esto, se justifica desde el sentido normativo que la tecnología sea una herramienta
indispensable para que la administración pública, se sirva de sus amplias y abundantes bondades, esto
en cuanto los servicios públicos que son digitales y pueden ser aprovechados por el usuario. De lo dicho,
se debe reparar en si es posible desde el ámbito derecho, en que estos servicios públicos digitales sean
accesibles para todos.

Acceso a los servicios públicos digitales y principio de igualdad material: acceso y participación
equilibrada.

Desde el sentido de la tecnología, varias perspectivas proponen que el avance digital que se aprecia en
redes sociales, podrían ser beneficiosas para varios cometidos que proyecta la administración pública.
Una teoría plausible la propone Montaño et. al (2025) quienes proponen a la cultura digital como parte
de la aplicación efectiva de principios de eficiencia, celeridad y debida diligencia, en el sentido de que
son los derechos y garantías los que deben manifestarse de manera efectiva y tangible a través de esta
denominada cultural digital.

Ahondado en este punto, se establece que los servicios públicos digitales tienen un fuerte soporte
normativo que se ha emitido en razón del avance tecnológico, mencionando por ejemplo a la Ley de
Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, Ley Orgánica de Protección de Datos
Personales y la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual, es decir, existe un catálogo
pág. 3729
normativo de amplio espectro que asegura el avance digital desde la administración pública; no obstante,
esta apología desde el sentido de la realidad ecuatoriana, no implica per se que exista una debida
cobertura para que todas las personas puedan servirse de este escenario tecnológico de servicios públicos
digitales. Los investigadores Alcalá y Vierya (2024) son concordantes en este punto al decir: “[se]
reconoce que la igualdad es el principio por el cual el tráfico de internet debe garantizarse sin
distinciones, exclusiones o interferencias, independientemente de quien remita o reciba la información,
sin limitar o perjudicar injustamente la transmisión de contenidos” (pág. 3-4).

Este análisis establece el sentido investigativo, cuando se advierte que, en lo relacionado al acceso digital
contemporáneo por parte de las instituciones públicas, no se puede garantizar y menos aún hablar de
una efectividad definitiva para el acceso de todo el conglomerado a los servicios públicos digitales.
Desde el sentido investigativo, existen varios desafíos que deben ser analizados desde la equidad e
inclusión, para que el acceso a los variados servicios digitales, ya que se advierte una desconexión en
los trámites que busca la ciudadanía solucionar, y el nivel de acceso y digitalización del trámite
específico que puede dar una solución inmediata desde el servicio institucional vigente (Pombo y
Santamaría, 2025).

Así las cosas, la situación real en el contexto de los servicios públicos digitales, radica en la existencia
de una brecha estructural entre la digitalización progresiva de los servicios de la administración pública
en el Ecuador. En la práctica, el Estado ha impulsado la implementación de plataformas digitales para
la realización de trámites administrativos, notificaciones electrónicas y gestión de servicios públicos,
configurando un modelo de administración electrónica orientado a la eficiencia y modernización
institucional, sin embargo, este proceso coexiste con un fenómeno persistente de desigualdad
tecnológica, caracterizado por limitaciones en el acceso a internet, carencia de dispositivos adecuados y
bajos niveles de alfabetización digital en amplios sectores de la población.

Este hecho evidencia que, en la práctica, no es posible asegurar que exista la garantía de que los
principios de eficiencia, eficacia y celeridad pueden aplicarse a todo el conglomerado por medio de la
tecnología actual, representada en redes sociales o páginas institucionales. De cierta manera la
complejidad de abarcar a toda la ciudadanía en el espectro digital se debe en un primer momento, a la
pág. 3730
indebida y escasa preparación de procesos digitalizados relacionados a los servicios institucionales. En
esta parte se cuenta con el aporte de Clavijo (2024) que razona al decir:

La transformación digital de los procesos implica el rediseño y simplificación de procedimientos
administrativos, instrumentalizando medios digitales, principalmente aquellos relacionados a
automatización de procesos y bases de datos interoperables, esto se relaciona especialmente a los
principios de eficiencia y eficacia, afectando la celeridad en favor de los usuarios y la administración
(pág. 34).

Esta particularidad genera un efecto inmediato de afectación de derechos en el ciudadano, ya que su
condición de igualdad material se ve afectada frente a otras personas que sí pueden acceder a servicios
digitales públicos y recibir el beneficio directo de la era digital. Respecto a este punto, la Corte
Constitucional del Ecuador, en su especie jurisprudencial signada con el No. 1041-19-JP/25 instruye
respecto a este derecho considerando los siguientes presupuestos:

El derecho a la igualdad material (…) alude al imperativo de superar las desigualdades fácticas, muchas
veces de carácter estructural, en las que se encuentran determinados grupos de personas, mediante el
diseño de mecanismos de igualación real consistentes en tratos jurídicos diferenciado (núm. 188).

Por lo que, los servicios públicos digitales, al no ser posible que todos los conozcan o los puedan utilizar
por las circunstancias descritas supra, se constituyen en motivos directos de vulneración a la igualdad
material por parte de los entes institucionales, considerando aún más que en ciertos modelos
institucionales, los trámites y procesos administrativos, se han simplificado de tal manera, que solo por
medio de la difusión de redes sociales se puede encontrar un procedimiento concreto o preciso para su
debida realización o culminación.

Así las cosas, es evidente que existe una tensión entre los derechos del usuario por la posible exclusión
digital que sufren los mismos, y que repercute en la validez y legitimidad de las actuaciones
administrativas en entornos digitales, sin que políticas integrales que constan en el texto constitucional
y hasta del COA, aseguren el acceso universal, equitativo y efectivo a dichos servicios públicos digitales.
Esto será abordado en el contenido investigativo de este proceso académico.
pág. 3731
Desafíos de la administración pública digital para garantizar la inclusión digital.

Continuando, se ha referido que las limitaciones en el acceso a internet, carencia de dispositivos
adecuados y bajos niveles de alfabetización digital son los principales motivos que hacen que la política
de servicios públicos digitales, encuentren serias dificultades en una adecuada aplicación a nivel
nacional, hecho que puede verificarse por cuestiones sociales, geográficas y económicas que pueden ser
parte de un proceso investigativo que aborde estos elementos por su alta influencia en la hipótesis
investigativa. Basado en esto, el Observatorio de Desarrollo Digital (2024) menciona acertadamente
que: “La digitalización de los trámites gubernamentales no sólo representa una oportunidad para mejorar
la eficiencia y la transparencia en la prestación de servicios públicos, sino que también puede contribuir
significativamente a reducir las brechas sociales y económicas” (s.p).

En este contexto, la realidad institucional debe hacer posible que los servicios digitales pueden ser
abiertos, accesibles y fáciles de conocer y aplicar para aquellos sectores y personas que por sus
condiciones encuentran serias limitaciones: una salida factible para su utilización. En este sentido, existe
la investigación de López (2022) quien identifica que la carencia en la conectividad a internet; difícil
acceso a los dispositivos móviles; formación selectiva de las capacidades digitales; falta de empatía con
los usuarios; y, desconfianza en los servicios digitales, como los principales impedimentos que se
presentan -desde el ámbito institucional- para hacer posible que la brecha digital se reduzca y se pueda
acceder a los servicios institucionales desde el espectro tecnológico a nivel nacional.

De lo dicho, se advierte que para la data en que se publicó la investigación de López, hasta la presente
fecha, no se han superado estos motivos como para decir que ha existido una propicia alternativa del
acceso hacia los servicios públicos digitales; contrario sensu, se ha incrementado el número de espacios
digitales institucionales destinados para ejercer el derecho público institucional. Según la página oficial
RED (2024):

Las redes sociales han proporcionado a las instituciones gubernamentales una plataforma poderosa para
interactuar con los ciudadanos y fomentar la participación activa en la toma de decisiones y una nueva
forma de colaboración entre personas y organizaciones. A través de redes sociales como Facebook,
Twitter, Instagram o LinkedIn, los gobiernos pueden llegar a un público más amplio, informar sobre
políticas y programas, recopilar opiniones y retroalimentación o promover la transparencia (s.p).
pág. 3732
No obstante, no existe constancia de que el público en general haya alcanzado un pleno conocimiento
de todos aquellos beneficios y servicios ofrecen los servicios públicos digitales, por lo que: “Esta falta
de inclusión en la toma de decisiones ha generado desconfianza y ha ralentizado la integración digital
en varias áreas de la administración pública” (Rosero, 2025, pág. 16) por lo que debe ser analizado con
mucho detenimiento cada una de las limitantes que encuentran los servicios digitales para acceder al
público en general.

Todo lo que se viene razonando genera una inquietud concreta de: ¿En qué medida la brecha tecnológica
en la administración pública ecuatoriana vulnera los derechos al debido proceso, acceso a la información
y tutela efectiva de los administrados? Esta inquietud proyecta algunas respuestas que pueden esgrimirse
desde el sentido de la administración pública, ya que repercute directamente en los administrados que
deben interactuar con sistemas digitales para realizar trámites, así como en las instituciones públicas que
diseñan e implementan servicios electrónicos sin considerar plenamente la heterogeneidad de
capacidades digitales de la población. En el ámbito institucional y procesal, la brecha tecnológica se
manifiesta en procedimientos administrativos digitalizados que presuponen competencias tecnológicas
que no son homogéneas, generando barreras en la presentación de solicitudes, recepción de
notificaciones y seguimiento de procesos.

Así las cosas, se debe recordar que el debido proceso: “es un derecho fundamental complejo de carácter
instrumental, continente de numerosas garantías de las personas, y constituido en la mayor expresión
del derecho procesal” (Agudelo, 2005, pág. 90), por lo que una indebida notificación electrónica de un
proceso administrativo; una imprecisa constancia de un envío de una solicitud notificación; o por último,
una errada emisión de información de impuestos en un portal digital, puede desembocar en una
vulneración a estos derechos, en razón de la inconsistencia de la actuación administrativa y la falta de
certeza en la efectividad de esta actuación.

Así las cosas, la idea central de este estudio y desde una perspectiva territorial y social, la brecha
tecnológica se evidencia en la diferencia entre quienes pueden interactuar eficazmente con entornos
digitales y quienes, aun teniendo acceso básico a tecnología, carecen de habilidades, conocimientos o
condiciones para utilizarla de manera adecuada en el ejercicio de sus derechos. Esta situación se presenta
con mayor intensidad en sectores rurales, poblaciones con menor nivel educativo y grupos
pág. 3733
históricamente excluidos, pero también afecta a usuarios que, pese a contar con conectividad, enfrentan
dificultades en la comprensión, navegación y uso de plataformas digitales institucionales.

De lo dicho, se debe considerar que estas limitantes pueden y deben ser superadas con políticas estatales
que no solo se preocupen por el alcance institucional desde el espectro digital, sino por lograr que la
población en general, pueda disfrutar de los servicios institucionales sin dificultades, considerando las
herramientas digitales accesibles en la actualidad, pero que irán evolucionando de manera progresiva y
agigantada. De ahí que, como explican las investigadoras Gómez y Panadero (2025):

(…) el perfil de inclusión digital de las personas se erige como un factor determinante en la predicción
de las formas de interacción de las personas con la Administración pública. En otras palabras, la forma
en que las personas se relacionan con la Administración -y las posibilidades y oportunidades que esta
relación ofrece- dependen de su nivel de inclusión digital (s.p).

Por lo que es evidente que, desde el sentido de la tecnología, el considerar el posicionamiento del ser
humano en el escenario digital, a fin de considerar todo lo pertinente a los hallazgos investigativos, que
serán debidamente descrito en el siguiente subcapítulo.

Discusión.

Los procesos digitales de difusión a nivel nacional por medio de las instituciones públicas, han
conseguido cimentarse y obtener un reconocimiento definitivo a través de la normativa jurídica que se
describió ut supra, de tal manera que no existe una exclusión entre los avances tecnológicos y el proceso
legislativo a nivel nacional. A prima facie, el contenido normativo es coherente con lo que desde la
administración pública ha previsto como parte de sus herramientas de difusión, por ende, redes sociales
como el Instagram, X o Facebook, y que son utilizadas en variadas formas de representación
institucional, ora para el anuncio de políticas o programas de inversión de interés social, ora para definir
la recepción de tributos y pagos para conocimiento de la ciudadanía.

Ciertamente este hecho, desde el sentido pro tecnología, no reviste ningún problema cuando se establece
que este avance tecnológico es beneficioso para los fines institucionales que prevé dicha entidad, por lo
que no es posible concluir que este evento sea negativo para la evolución institucional y el interés social.
Asimismo, la jurisprudencia ecuatoriana de la Corte Constitucional, a través de sus sentencias No. 2297-
18-EP/23, 2064-14-EP/21 y 2032-20-JP/25 han realizado estudios completos de los avances
pág. 3734
tecnológicos y que se representan en el ámbito institucional y que, esencialmente, hablan y reconocen
del este incontenible avance de la digitalidad en el espectro de la administración pública.

No obstante, se advierte que el escenario real de los servicios públicos digitales tiene una particularidad
que se describe desde la brecha digital en el contexto digital que: “(…) no se limita únicamente al acceso
físico a dispositivos tecnológicos y conexión a internet, sino que también abarca las habilidades y
competencias necesarias para utilizar estas herramientas de manera efectiva” (Muñoz et. al, 2024, pág.
6701), siendo esta situación el hecho puntual que se exhibe como el principal hallazgo investigativo en
esta actividad, en que indefectiblemente las limitaciones para el acceso a servicios digitales son
evidentes en ciertos casos, en que las personas, las zonas geográficas y ruralidad, intervienen para limitar
seriamente este acceso.

Basado en esto, es destacable para este proceso investigativo establecer datos como el que presenta la
investigación cuantitativa de la Universidad de las Américas (2025) que dice:

Las estadísticas nacionales y las noticias tecnológicas advierten que casi la mitad de los hogares del
quintil más bajo de ingresos no dispone de computadoras o tablets en casa. En 2025, Ecuador alcanzó
una cobertura nacional de Internet cercana al 65%, pero el contraste urbano-rural sigue siendo enorme:
apenas 40% de los hogares rurales reportan acceso regular (s.p).

Lo que significa que existen una preocupante limitación de recursos tecnológicos que los usuarios
nacionales no pueden disfrutar, y esto hecho enerva los avances de los servicios digitales que en la
actualidad son benevolentes y congruentes con el progresivo avance en la tecnología, y esto supone un
riesgo para los derechos del ciudadano, que pueden verse afectado por no contar con el medio directo
para conocer, tramita y resolver cualquier proceso administrativo-institucional en el que se implique
como necesario el medio digital. Según apoya la investigación de Lligüin y García (2025):

En la realidad ecuatoriana, la brecha digital (desigualdad tecnológica) se convierte en uno de los grandes
impedimentos para lograr la igualdad en varios frentes el desarrollo se vuelve dispar sobre todo en la
educación, las áreas campesinas y sectores urbanos de bajos recursos (pág. 6).

Por lo que es necesario establecer parámetros de alcance y verificación de que los servicios digitales,
puedan ser conocidos por todos los habitantes y además de esto, se llegue a cerciorar del alcance de las
políticas digitales, en que necesariamente se cuente con una cultura digital, de tal manera que, el adelanto
pág. 3735
tecnológico, también ser el adelante y progresión de derechos, los mismos que deben ser tutelados por
la administración pública y sus funcionarios.

Para esto se debe valorar que la política estatal tiene un rol preponderante que cumplir, en el hecho de
expandir de manera progresiva pero eficiente lo pertinente a los servicios digitales, logrando que esta
brecha se reduzca al punto que el eje institucional puede ser beneficioso a través de sus portales
institucionales, y todo el conglomerado pueda acceder sin dificultades a los escenarios institucionales y
darse a cuenta cierta, qué es lo que procede a hacer en determinado caso. En este caso, se valora lo que
mencionan Garzón et. al (2022):

Los gobiernos se enfrentan a grandes disparidades, pero cuentan con una amplia gama de herramientas
de política pública que han demostrado su eficacia para ampliar el acceso en todo el mundo. De estas
herramientas, es probable que la reforma regulatoria tenga el mayor impacto en las economías
desarrolladas y en desarrollo (pág. 6).

Del estudio realizado, se advierte que aún la meta es compleja y de largo plazo para alcanzar un
verdadero eje de participación de todos aquellos que son parte de la sociedad como administrados,
usuarios o público en general, que se sirven de la administración pública para hacer efectivos sus
derechos, y para permitir el libre y adecuado desarrollo de la sociedad, a través del uso de la tecnología
en todas sus manifestaciones y acceso a nivel mundial.

CONCLUSIONES

La transformación digital de la administración pública ecuatoriana constituye un avance significativo
para la modernización institucional; sin embargo, su implementación no ha logrado garantizar un acceso
equitativo a los servicios públicos digitales debido a la persistencia de brechas estructurales relacionadas
con la conectividad, la disponibilidad de recursos tecnológicos y la alfabetización digital, lo que limita
el ejercicio efectivo de los derechos de una parte de la población.

La brecha digital trasciende la dimensión tecnológica y configura un problema jurídico-administrativo
que incide directamente en la vigencia de principios constitucionales como la igualdad material, el
acceso a la información, el debido proceso y la tutela administrativa efectiva, particularmente cuando la
interacción con la administración depende de plataformas electrónicas inaccesibles para determinados
grupos sociales. En este caso, el marco normativo ecuatoriano reconoce y promueve la digitalización de
pág. 3736
los servicios públicos; no obstante, la investigación evidencia una brecha entre el desarrollo normativo
y su aplicación práctica, debido a la ausencia de políticas públicas integrales que aseguren condiciones
reales de inclusión digital para todos los administrados.

Se concluye que la eficacia de los servicios públicos digitales no debe evaluarse únicamente por el nivel
de digitalización alcanzado, sino por la capacidad del Estado para garantizar que todos los ciudadanos
puedan acceder, comprender y utilizar dichos servicios en igualdad de condiciones, convirtiendo la
inclusión digital en un presupuesto indispensable para la legitimidad de la actuación administrativa y el
fortalecimiento del Estado constitucional de derechos y justicia.

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