DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i4.2975

Evolución y conceptualización de la familia y su incidencia en la legislación peruana

 

Mg. Amelia Dalia Toralva Mejía.

https://orcid.org/0000-0001-5098-1116

Universidad César Vallejo

Lima – Perú

 

RESUMEN

El objetivo del presente estudio consistió en realizar una revisión y análisis de la evolución y conceptualización de la familia, desde los tiempos más antiguos de nuestra historia hasta nuestros días; desde el concepto de la familia tradicional, hasta la incorporación e incidencia, según el tipo de composición familiar: familia nuclear, familia extensa, familias reconstruidas, familias monoparentales, las uniones de hecho, entre otras.  Metodología: Se realizó una investigación no experimental, transversal, de enfoque cuantitativo descriptivo, al haberse recolectado y analizado la información científica, en un tiempo único. Se empleó como fuente directa la base de datos de Scielo, ameliCA, Latindex,, entre otros; hallazgos correspondientes del año 2017 a Agosto 2022, de forma gratuita y en el idioma español de los últimos 5 años; la muestra lo conformaron las familias peruanas, la técnica e instrumento empleado para la recolección de datos, fue el análisis documentos. Resultados: Del estudio y contraste de cada uno de los artículos científicos, se demostró que la familia, es la organización social antigua del proceso evolutivo político, económico, cultural y social del hombre.  Como conclusión se ha demostrado que la familia es la base fundamental del progreso de toda nuestra sociedad y por ende de la humanidad.

 

Palabras clave: Familia; unión de hecho; Derecho de Familia; Derechos Humanos.

 

Correspondencia: [email protected]

Artículo recibido: 15 julio 2022. Aceptado para publicación: 20 agosto 2022.

Conflictos de Interés: Ninguna que declarar

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Como citar: Toralva Mejía, M. A. D. (2022). Evolución y conceptualización de la familia y su incidencia en la legislación peruana. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar6(4), 4769-4786. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i4.2975

 

Evolution and conceptualization of the family and its impact on Peruvian legislation.

ABSTRACT

 

The purpose of this study was to carry out a review and analysis of the evolution and conceptualization of the family, from the most ancient times of our history to the present day; from the concept of the traditional family, to the incorporation and incidence, according to the type of family composition: nuclear family, extended family, reconstructed families, single-parent families, de facto unions, among others. Methodology: A non-experimental, cross-sectional investigation was carried out, with a descriptive quantitative approach, since the scientific information was collected and analyzed in a single time. The Scielo, ameliCA, Latindex database was used as a direct source, among others, findings corresponding to the year 2017 to August 2022, free of charge and in the Spanish language for the last 5 years; the sample was made up of Peruvian families, the technique and instrument used for data collection was document analysis. Results: From the study and contrast of each of the scientific articles, it was shown that the family is the ancient social organization of the political, economic, cultural and social evolutionary process of man. In conclusion, it has been shown that the family is the fundamental basis for the progress of any society and therefore for humanity.

 

Keywords: Family; Fact unions; Family Law; Human Rights.

 


INTRODUCCIÓN

Desde el comienzo de nuestra civilización, la familia ha existido, como unidad base y universal de la sociedad, la cual nunca ha sido estática, estacionaria, sino que ha pasado de un estado inferior a otro superior, evolucionando conjuntamente con la sociedad, sufriendo transformaciones como ninguna otra institución, teniéndose como sustento a la familia nuclear modelo de la familia tradicional; generándose cambios en la estructura familiar tradicional; ante ello se presenta la siguiente interrogante ¿existe una legislación o conceptualización uniforme sobre esta Institución?, recordemos, que la familia, es la base de toda sociedad y el pilar fundamental para la humanidad para su avance y desarrollo de sus integrantes y de toda la sociedad.

La aparición de las primeras familias se da en los primeros albores de la humanidad, donde se unían instintivamente para protegerse y satisfacer sus necesidades comunes. Ulterior, surgen los Clanes o Familias, cuyos integrantes se entrelazaron por sentimientos de solidaridad, luego por parentesco de sangre, instaurándose en primer momento el matriarcado, para después dar paso al patriarcado y así al reconocimiento de la familia primitiva. Seguidamente en la edad antigua, surge las primeras civilizaciones, legando sus aportes a la ciencia y la cultura, al haber generado conocimientos, desde la escritura hasta la dación del derecho y las leyes; así como el reconocimiento de la familia.  Entre las principales civilizaciones de la edad antigua, tenemos a la cultura egipcia, pueblo más antiguo de la humanidad; considerándolo como el eje social y económico de una sociedad jerarquizada, encontrándose en la cúspide el faraón, seguida por la nobleza quienes practicaban la poligamia y en la base se encontraba el pueblo, conformado por la familia nuclear y monógama, donde los matrimonios eran convenidos y la prole solía ser la más numerosa, admitiéndose el divorcio. Cuervo (2017).

En Grecia, también prevalecía la familia nuclear, donde el matrimonio era la institución básica para poder conformar la familia. Aristóteles afirmaba que la familia griega era de suma importancia, donde convergía dos instituciones naturales: la ciudad y la familia, requisito fundamental para lograr una buena sociedad, basada en virtudes; conceptualizando a la familia como la primera institución dentro de todas las jerarquías socio naturales de la vida humana. Leuridan, (2020).  Mientras que Roma, lega a la humanidad gran parte de la matriz del derecho latino, así como su trascendencia en nuestro devenir histórico. La familia, se organizó bajo un régimen patriarcal monógamo y cada unidad familiar, estaba representado por un páter familias o padre de familia. La familia era un microestado con funciones religiosas, económicas, y políticas, unidos por relaciones de parentesco, con un antepasado común, definidos por vínculos jurídicos y de sangre. Navalpotro, et. al, (2022).

En la edad moderna la familia, sufre cambios a consecuencia de la Revolución Francesa, generando deberes y derechos entre los cónyuges. A fines del siglo XX, este concepto sufre una  variación en su estructura principalmente en el continente europeo, como consecuencia de los diferentes cambios sociales que se dieron dentro de la familia, como la opción de reducir el número de hijos, control de la natalidad, el aborto, las uniones de hecho, incrementándose el porcentaje de los divorcios, dando con ello a nuevos tipos de familia, producto de los nuevos roles familiares, como por ejemplo las familias “recompuestas”, “monoparentales,  “homoparentales, entre otros. Miranda (2018).  En los países latinoamericanos, de igual forma se da estos cambios como consecuencia de la migración, la modernización, la globalización; así como también la lucha por la igualdad de género, al incluir a la mujer a la esfera política, económica, laboral y social, conllevando cambios como el incremento de las familias monoparentales, encabezadas por mujeres, probablemente producto de su independencia económica, separaciones, divorcios, postergación de la maternidad, etc. Cicerchia (2018).

La familia, como institución en el Perú, también ha sufrido cambios, ha evolucionado desde sus formas autóctonas, hasta nuestros días. En el incanato, al conjunto de familias se les denominaba ayllus, los cuales funcionaron durante y después de la conquista del Tahuantinsuyo, y en algunos casos, continúan dándose hasta el día de hoy. El término de Ayllu, se utilizó para designar la organización social, económica de las familias; el matrimonio en la nobleza era polígamo, mientras que el pueblo era monógamo.  Por su parte Díaz, et al. (2020), nos indica que, en la colonia se implanta un régimen jurídico, totalmente extraño a los aborígenes; estableciéndose el matrimonio religioso con carácter obligatorio, suscitándose incongruencias con las costumbres del pueblo Inca.  Se practicó el servinacuy o concubinato, que tuvo su origen en la cultura inca, consistente en un periodo de prueba antes de la celebración del matrimonio. Nuestro país recoge esta costumbre ancestral denominado servinacuy o concubinato, en la Constitución de 1979, como la del 1993, protegiéndola como la unión de hecho, cuya naturaleza jurídica es similar a la del matrimonio; siempre y cuando estén los concubinos libres de impedimento matrimonial y tener dos años continuos de convivencia.

L.P., Pasión por el Derecho (2022), precisa que, en la república, advertimos mayores cambios, desde su conceptualización, hasta en su estructura. En 1821, con la Independencia del Perú, se establece el matrimonio monogámico e indisoluble, no había divorcio, pues era reconocido como un sacramento, dándose la sumisión de la mujer al marido y de los hijos hacia los padres. Estos preceptos continúan en el Código Civil de 1852. En 1897, se establece el matrimonio civil para los no católicos.  En 1930, se dispone la obligatoriedad del matrimonio civil; en 1934, se da el divorcio por mutuo disenso. Seguidamente en 1936, se promulga el nuevo Código Civil, conteniendo el Derecho de Familia, sobre la base del matrimonio monogámico, y disoluble, e introduce el divorcio vincular, y la subordinación de la mujer al marido, mantiene la diferenciación entre hijos legítimos e ilegítimos. El Código Civil de 1984, recoge los avances del Derecho de Familia, señaladas en la Constitución de 1979, sobre la igualdad de los hijos, sin distinción de ningún tipo y que la familia es la célula básica de la sociedad. La Constitución de 1993, protege a la familia y promueve el matrimonio, reconociéndolo como instituto natural y fundamental de la sociedad, según las normales legales nacionales e internacionales vigentes.

 

Por tales razones, el objetivo principal de la presente investigación, es estudiar, los cambios en la evolución conceptual de la familia desde un enfoque histórico, jurídico, y social, y tener una visión panorámica de su evolución; tiene relevancia constitucional la familia, porque es la institución que representa la célula esencial de toda sociedad, simbolizando el avance de toda la humanidad. La justificación teórica, se sustenta en el análisis de los artículos científicos, del Derecho de Familia; contribuyendo así al reconocimiento de las nuevas estructuras familiares; quienes tienen derecho de gozar de la protección de la sociedad y del Estado.

Metodología

La presente investigación, corresponde a una investigación de un enfoque cuantitativo, no experimental, transversal, de tipo descriptivo, al haberse recolectado y analizado la información científica en un tiempo único; porque se recogió la información, detallando como son y cómo se manifiestan en un determinado contexto, según refiere Hernández, R., (2014). La población de estudio está representada por la población peruana.  La estrategia de búsqueda consistió en codificar, seleccionar en la base de datos las revistas indexadas a nivel internacional como nacional, que por su contenido científico sustentan la investigación desarrollada. Se trabajó como fuente directa con las bases indexadas, tales como Scielo, Latindex, ameliCA, entre otros, hallazgos correspondientes del año 2017 a agosto 2022, de forma gratuita y en español de los últimos 5 años; para esta tarea de búsqueda, se empleó las palabra claves seleccionadas: “Familia”, “uniones de hecho”; “Derecho de Familia”; y “Derechos Humanos”.

El Diseño Y El Sito Del Estudio

Se realizó un registro sistemático de los artículos, seleccionándose los siguientes datos: nombre del autor o autores, año, título, fuente, DOI y referencias. La recolección de la data, comenzó en el mes de junio 2022 y termino en agosto del mismo año.

Criterios De Elegibilidad:

Tipos De Participantes: Se consideró a la población peruana, de acuerdo al Censo poblacional 2017 estableciendo los tipos de hogar que han surgido en nuestra sociedad actual, desde la familia nuclear, hasta la admisión y reconocimiento de las diferentes clasificaciones, producto de los cambios en la estructura familiar.

Tipos de estudios: Considerando la poca y dispersa información de los artículos científicos sobre la evolución de la familia y su incidencia en la Legislación peruana, el objetivo de esta investigación, se encamino en revisar los trabajos desarrollados sobre el tema, materia de investigación, identificando las variables y dimensiones para su mejor comprensión y fundamentación del trabajo.

Tipos de resultados: Se seleccionó como fuentes primarias lo siguientes: casos de estudios de investigaciones empíricas, experiencias y similares, para fundamentar la presente investigación.

Búsqueda De Estudios: Para la presente búsqueda de estudios, se recurrió al procedimiento manual, se usó como base referencias de estudios primarios y secundarios encontrados en el registro electrónico. Como fuente directa, se trabajó con la base de datos de Scielo, Latindex,  ameliCA, entre otros; tomándose como referencia base, el análisis y selección, por el nombre, títulos, resúmenes y por las palabras clave: “Familia”, “unión de hecho”, “Derecho de Familia”,” Derechos Humanos”.

Selección De Estudios: La etapa de la selección de los artículos, se llevó a cabo en dos fases. La primera fase, conllevo a analizar y revisar los títulos y resúmenes de las referencias halladas, para lo cual se aplicó diferentes estrategias de búsqueda, seleccionándose los trabajos desarrollados de alto impacto. La segunda fase, conllevo a confirmar su elegibilidad, se analizó, revisó el contenido de los artículos preestablecidos para desarrollar y fundamentar el presente trabajo de investigación.

Resultados

Como conclusión, del análisis de búsqueda información, se logró analizar 46 artículos. En esta fase de selección no se encontraron referencias duplicadas, descartándose 30 artículos, por no cumplir con los criterios de inclusión tras revisar el título, el resumen o palabras clave (primer paso); así como verificar que cumplan, con el criterio de elegibilidad (segundo paso). De la revisión de los 16 artículos analizados, corresponde: Scielo con 03 artículos equivalente a 19%, con dos artículos cada uno: ameliCA, (12%), y Latindex (13%), Revista de la Universidad San Martín de Porres (13%), Revista IUS ET VERITAS – PUCP (13%), y con un artículo LP Revista Pasión por el Derecho (6%), Revista de la Universidad de Méjico (6%), Revista de la Universidad Nacional de Chimborazo (6%), Revista de la Universidad de Rioja – España (6%), Revista sobre situaciones de Riego Social (6%). (ver figura 1).

Figura 1:  Artículos según base de datos por indexación.

 

Seguidamente, vemos la gráfica de los 16 artículos, correspondiente por año de publicación, cuyo resultado es: Del 2022, con 02 artículos (13%); 2021, con 02 artículos (12%); 2020, con 04 artículos (25%); 2019, con 01 artículo (6%); 2018, con 03 artículos (19%) y finalmente 2017 con 04 artículos (25%). (Ver figura 2).

Figura 2: Artículos según años de publicación.

 

A continuación, se realizó el estadístico por la nacionalidad o país de los 16 artículos seleccionados; contando el Perú con 07 artículos, (44%), Colombia con 03 artículos (19%), España 02 artículos (13%) y con un artículo se ubican Chile, Cuba, Ecuador y Méjico, equivalente al 6% respectivamente a cada uno (ver figura 3).

Figura 3. Países que publicaron los artículos.

 

De igual forma, del análisis de los 16 artículos trabajados, se presentan de manera descriptiva, ya que la naturaleza de estos estudios no permite ningún otro tipo de análisis. Seguidamente, exponemos los trabajos realizados por los diferentes autores, y cuya investigación se hallan publicadas en las diferentes revistas científicas indexadas y cuyos contenidos fortalecen al tema principal:

El primer artículo, expuesto por LP Pasión por el Derecho, corresponde a un artículo sobre la Historia del derecho de familia en el Perú, por Héctor Cornejo Chávez. (2022), corresponde a un artículo original, desarrollado en Perú. El método empleado fue el análisis de contenido.

Entre sus resultados analizó la evolución de la familia a través de la historia del Perú. Concluyó, declarando que el Estado debe de proteger al matrimonio y a la familia, conforme se señala en el artículo 59 de la Constitución Política del Perú La importancia del estudio, fue contribuir a la consolidación y fortalecimiento del legado normativo que proteja a la familia, como institutos naturales y fundamentales de toda sociedad y en especial de nuestro país.

El segundo artículo, presentado por Navalpotro, et al. (2022), corresponde a un artículo original, desarrollado en Ecuador. El método empleado fue el análisis de contenido. Entre sus resultados resalta al sostener que la familia, es una institución reconocida en las diferentes etapas de la Historia Universal. Concluyó, que la familia es el elemento natural y fundamental de la de la sociedad. La importancia del estudio, fue establecer la transcendencia del Derecho Romano como un antecedente y base formativa de la enseñanza del Derecho.

El tercer artículo, realizado por Cruz, N., (2021), corresponde a una investigación en el quehacer universitario de la Universidad Nacional Autónoma de México. El método empleado fue el análisis de contenido. Entre sus resultados señala que la estructura de la familia tradicional, se caracterizó por su rigidez. Concluyó, que la familia no necesariamente tiene que estar integrado por razones de parentesco, sino también por aquellos que comparten corresponsabilidad dentro del hogar. La importancia del estudio, resalta, los cambios, las transformaciones, es decir la evolución de la familia en el tiempo.

El cuarto artículo, analizado por Molina, M., (2021), en la revista Latinoamericana de Estudios de Familia, adscrito a la Universidad de Caldas – Colombia. El método trabajado fue el análisis de contenido. Entre sus resultados señala que el enfoque realizado fue exclusivamente en estudios sobre socialización de valores morales, dentro de los miembros de una familia. Concluyó, que las bases de las leyes y las políticas públicas, deben de girar en torno a los valores, que sean compatibles con la religión como el matrimonio, y la familia.  La importancia del estudio, surge en contrastar el cambio social y la incertidumbre ante la pérdida de valores.

El quinto artículo, realizado Díaz, J., et al. (2020), corresponde a una Investigación en Educación, sobre la importancia de la familia en el Perú. El método empleado fue el método estadístico cualitativo - cuantitativo.  Entre sus resultados, esgrime que la familia es uno de los grupos más importantes de la sociedad, donde se plasman diferentes modelos de familia, cada una con sus características y funciones propias. Entre sus principales conclusiones, menciona que en las sociedades contemporáneas las familias en sus diversas formas, son legalmente reconocidas por el Estado, quien tiene la obligación y el deber de protegerlas.  La importancia del estudio es en reconocer a la familia, como el ente que contribuye a la formación integral y holística de cada uno de sus miembros, teniendo especial cuidado en la protección de los hijos menores de edad.

El sexto artículo, planteado por Espejo y Lathrop (2020), corresponde a una Investigación original, desarrollada en Colombia, el método empleado fue el análisis de contenido documental. Entre sus resultados, considera revisar algunos fallos de tribunales latinoamericanos que van a recaer sobre los derechos de la familia. De igual forma dentro de sus principales conclusiones, considera que el derecho de familia, se encuentra dentro de un proceso de constitucionalización, al reconocerse una serie de derechos y obligaciones aplicables a las nuevas relaciones de familia.  La importancia, del estudio fue hacer un breve análisis de las decisiones judiciales, para proceder en reformar legales para abordar problemas sociales, legales que afectan a la familia.

El séptimo artículo, realizado por Leuridan (2020), corresponde a una investigación de la Asociación de Docentes de la Universidad San Martín de Porres, Perú. El método empleado fue el análisis de contenido. Entre sus resultados señala que la familia es la víctima principal de la crisis que afecta al ser humano. Concluyó, resaltando la función de la familia, otorgándole autonomía de esta y de la política, por presentar características propias, como el de dar amor filial educación la práctica de las virtudes.  La importancia del estudio, resalta la importancia de las familias para los asuntos políticos, quienes en su momento han inculcado a sus hijos valores éticos, formando a los futuros ciudadanos, a los futuros gobernantes, con la capacidad de administrar al país, dentro de la virtud moral.

El octavo artículo, realizado por Vasallo, (2020), corresponde a la revista de Investigación de Estudiantes IUS –Revista de Investigación Jurídica, Perú. El método empleado fue el análisis de contenido. Entre sus resultados, considera establecer una igualdad, entre el hombre y la mujer, dejando de lado los estereotipos fijados de género y que se atribuye a cada uno de los miembros de una familia.  Concluyó, al derecho de la defensa de la vida, protegiendo a la mujer como así también de aquellos seres que se encuentran en estado de gestación, otorgándoseles una protección responsable y promotores de nuevos derechos., La importancia, del artículo consistió en demostrar el surgimiento de los nuevos derechos tanto de las mujeres como el de la familia.

El noveno artículo, desarrollado Mendoza, S., (2019), corresponde a una investigación original, realizada en el Perú. El método, fue una investigación cualitativa para comprender sobre la evolución de la familia. Entre sus resultados, manifestó que las familias continúan en constante cambio, transformaciones, en equilibrio con las normas internacionales, así como de las nacionales, siempre buscando el bienestar de la familia. Concluyo, Que el Estado, debe protección a todas las personas y por ende a todas las familias. La importancia, de este artículo radica en el reconocimiento del enfoque constitucional y defensa y protección del pluralismo familiar.

 

El décimo artículo, propuesto por Cicerchia y Palacio-valencia (2018), corresponde a la investigación realizada en la Universidad de Caldas, Colombia. El método desarrollado fue una investigación cualitativa, al entrelazar pensamientos, reflexiones desde el carácter interdisciplinar. Entre sus resultados, señaló que, para las ciencias sociales, las familias se dan desde un enfoque evolucionista. Concluyó, que sosteniendo que, se debe de reconocer la pluridiversidad de la familia, desarrollando empatía a los nuevos cambios en su estructura. La importancia, señala que la familia para la sociedad y por intermedio de las ciencias sociales, es el instrumento de formar al futuro ciudadano.

El onceavo artículo, realizado por Miranda, (2018), corresponde a un trabajo presentado a la Revista sobre situaciones de Riesgo Social, España. EL método, desarrollado corresponde a una investigación cualitativa.  Entre sus resultados, consideró el de recuperar la importancia y funciones sociales de la familia, es tarea de todos.  Concluyó, que se debe de captar la realidad europea y desde allí brindar nuevas alternativas políticas, sobre la evolución familiar que se plantea en la actualidad. La importancia, del análisis radica en priorizar una política familiar que garantice y fortalezca a las familias europeas actuales.

El doceavo artículo, trabajado por Zuta (2018), es una investigación original desarrollada en el Perú, el método desarrollado fue el análisis de contenido documental. Entre sus resultados, analiza la regulación de las uniones de hecho en nuestro país. Concluyó, reforzando al reconocimiento de las uniones de hecho que han existido a lo largo de nuestro devenir, a fin de no vulnerar sus derechos como familia. La importancia, del estudio es trascendental y relevante, para una sociedad democrática; puesto que no podemos negar su existencia de este tipo de convivencia, ni tampoco podemos negar, o atentar contra los derechos de estas familias, si es que deseamos realmente igualdad, equidad, para todas las familias.

El treceavo artículo, declarado por Benites (2017), corresponde a una investigación original, desarrollada en La Habana – Cuba, el método, empleado fue el análisis documental.  Entre sus resultados, sostiene que no existe un concepto único para conceptualizar a la familia, por los diferentes cambios en su tipología que ha sufrido, producto de las transformaciones socioculturales que se dan a nivel mundial. Concluyó, sosteniendo que la familia es una institución que ha estado presente a lo largo de la evolución del hombre; por lo que constituye una institución natural y fundamental de la sociedad, merecedora de la protección real y legal de la sociedad y del Estado. La importancia, de esta investigación radica en que, frente a las transformaciones socioculturales y demográficas, se debe de ser más empático, ante los nuevos modelos familiares y que por lo tanto cualquier definición que se realice sobre la familia tiene un factor temporal de la familia tradicional a otros tipos posibles que se puedan dar en esta materia.


 

El catorceavo artículo, expuesto por Espinoza (2017), es una investigación original, desarrollada en Chile, el método utilizado fue el análisis de contenido documental.  Entre sus resultados, analiza a la familia desde una visión panorámica en el derecho correspondiente al siglo XXI. Concluyo, resaltando que la familia ha sufrido cambios en su estructura, generando el reconocimiento de una pluralidad jurídica familiar. La importancia, de este trabajo, está en promover y fortalecer la pluralidad de los modelos familiares, con bases democráticas, de equidad y tolerancia y el respeto a las normas internacionales sobre derechos humanos.

El quinceavo artículo, realizado por Cuervo (2017), es una investigación original, desarrollada en la Universidad de Oviedo, el método propuesto fue el análisis de contenido documental. Entre sus resultados, señala que la cultura egipcia, pueblo más antiguo de la humanidad, consideró a la familia como el núcleo social y económico de toda su estructura. Concluyo, argumentando que desde ese entonces ya se consolidó a la familia como institución. La importancia, estriba en que la familia para el pueblo egipcio, era nuclear y monógam

El dieciseisavo artículo, realizado por Ramos, J (2017), es una investigación original, el método propuesto fue el análisis de contenido documental. Entre sus resultados, señala al concubinato propio, aquel que cumple los requisitos exigidos por la ley y el concubinato, impropio o irregular, que carece de los requisitos para ser reconocidos. Concluyo, Que esta unión no debe de ser oculta o clandestina, es decir que debe de ser publica y que no tienen ningún impedimento legal para realizar el matrimonio. La importancia, Que es importante el reconocimiento de esta unión de hecho, porque con ello se protege a la familia.

Discusión

La familia, hoy en día es considerada como la unidad básica de toda sociedad, la que ha ido cambiando, evolucionando desde los tiempos más antiguos de nuestra historia, hasta el día de hoy y que dichas transformaciones o cambios en su estructura, inciden en nuestra legislación, realidad que coincide con la frase escrita por Benjamín Franklin, en 1789, en donde indica que: “La única constante es el cambio”, que se aplica inclusive en nuestra vida social, en nuestras familias. El objetivo del presente artículo ha tenido como propósito, analizar la conceptualización de la familia desde las diferentes etapas de la historia, hasta nuestros días, adquiriendo mayor complejidad al ser analizadas normativamente de acuerdo a las funciones que cumplen; por lo que el Estado tiene la obligación de cautelar los derechos fundamentales de la familia.

Considerando la información del último Censo Nacional de Población y Vivienda INEI (2018), donde se señala nuestra realidad familiar peruana, según su estado civil o conyugal, corresponde al estado civil de soltero un 38,5%; de igual forma al de conviviente se visualiza el incremento hasta en un 26,7%; y que el estado civil casado  ha disminuido, correspondiéndole  un 25,7%; mientras que  separado equivale un 4,2%; el viudo/a equivale a un 4,1% y finalmente la tasa de divorciados también está incrementándose en un 0,9%; y si analizamos a su vez los estadísticos también difundidos por el INEI, por tipos de hogar, por su estructura, por su composición, encontramos a la familia nuclear con un 53,9%, seguidamente los hogares extendidos con un 20,6%, unipersonal, con 16,8%, hogares sin núcleo (cuando el jefe o jefa  vive acompañado con algún familiar o no un familiar ,o ambos), con 6,2% y hogares compuestos (subdivididos en hogares nucleares y extensos)  2,5%; con lo que se demuestra los cambios, las transformaciones, las mutaciones estructurales en los hogares peruanos, conforme ya algunos investigadores lo han denominado, hogares peruanos en cambios, en transformación, en metamorfosis, o en mutación; conforme podemos visualizar las estadísticas de los tipos de hogares peruanos, en la figura 4.

Figura 4: Perú: Tipos de hogar, 2017

Fuente: INEI – Censos Nacionales 2017: XII de Población y VII de Vivienda. Tipos de Hogar-2017 – (Porcentaje).

 

Al respecto coincide con estas estadísticas,  Benites, (2017) , en su artículo: “La familia: Desde lo tradicional a lo discutible”, refiere que la familia en su proceso evolutivo, ha enfrentado diferentes transformaciones desde lo político, económico, cultural, social, hasta demográficos por lo tanto definirla no ha resultado una tarea sencilla porque no existe un concepto único para definirlo desde lo tradicional o biológico hasta la aceptación de un sinnúmero de variaciones desde  una familia monogámica conformada por los parientes de sangre hasta encontrarnos con las familia poligámicas, que comprende la unión de un hombre con varias mujeres, o así como también situar a la familia nuclear  frente a la familia extendida o ampliada,(con la presencia de otros parientes) a las familias reconstituidas, cuando los cónyuges divorciados y con hijos se vuelven a casar aportando ambos o uno de ellos hijos anteriores a la nueva unión, la familia homoparental, figura compuesta por dos hombres o dos mujeres sin hijos, o con hijos adoptivos o biológicos de alguno de los dos; y  que frente a estos cambios, hace que su conceptualización se encuentre en un proceso de aceptación para la validación definitiva de su conceptualización.

De igual forma Espinoza (2017), en su artículo: “¿En qué está la familia en el derecho del siglo XXI? El camino, hacia un pluralismo jurídico familiar”, sustenta la existencia de un pluralismo jurídico familiar, producto de las transformaciones sociales; aceptando una concepción heterogénea de la conceptualización de la familia en el ordenamiento jurídico del Estado, concordante con lo expresado por Mendoza (2019), en su artículo: “De la Institución Jurídica de la familia en el Perú, con motivo de conmoración del 15 de mayo del “Día Internacional de la Familia”. Sostiene que, desde lo legal, tenemos normas que regulan y protegen a la familia como la Constitución y el enfoque de convencionalidad, que se debe de respetar y mantener su vigencia como por ejemplo la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los derechos civiles y Políticos, La Convención sobre los derechos del Niño y la Convención Belem Do Para (no a la violencia de género). Alineado a este pensamiento encontramos a Espejo (2020), en su artículo “Hacia la Constitucionalización del Derecho de Familia en Latinoamérica”, donde se revisa algunos fallos de tribunales latinoamericanos, basados en la identidad de género, orientación sexual y la filiación, reflejando transformaciones sociales, conllevando a la incorporación de nuevos derechos a la legislación nacional.

Molina, (2021),  en su artículo : “Diversidad  familiar y pánico moral”,  efectúa un análisis de la familia tradicional con los acontecimientos acaecidos en las últimas décadas, donde manifiesta la visualización de las nuevas estructuras de la vida sexual y familiar a través de hechos o prácticas no previstas dentro de la familia tradicional, dando lugar a reacciones diversas desde su reconocimiento legal; significando para otros  de pensamiento conservador, un síntoma del resquebrajamiento social, motivado por la escasa o nula conceptualización de la moral tradicional.  Por otra parte, con una actitud abierta, sin prejuicios, Contraponiéndose a lo antes expuesto,  Cruz (2021), señala en su artículo: “Evoluciona el concepto de familia”, al referirse que la Convención Americana de Derechos Humanos, ratifica este concepto, al defender que es un Derecho para que toda persona pueda fundar, establecer, su propia familia; promoviendo la tolerancia y empatía hacia los nuevos modelos familiares, como las familias homoparentales, y que en algunos países reconocen el derecho a casarse, adoptar hijos, dando paso así a la transformación del concepto original de familia. 

De igual forma lo hace el MIMP  (2016),  quien mediante el Decreto Supremo Nº  003-2016,  aprueba el “Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2016 -2021”, protegiendo a toda persona a vivir en familia, sin ningún tipo de distinción o discriminación,  llámese de edad, estado civil, sexo, situación económica, social o de cualquier otra índole, contemplando los diferentes enfoques teóricos sobre las familias, realizando una aproximación conceptual de las familias peruanas, entendiéndolas como una institución natural y fundamental de la sociedad, con sentido dinámico, social, cuyos integrantes están unidos por lazos de sangre, afinidad o adopción, los cuales deberán interrelacionarse, atendiendo a sus propios requerimientos básicos, para su convivencia en sociedad.

 

Asimismo, el análisis desarrollado por Ramos (2017) en su artículo “El concubinato, propuesta de nuevos derechos”, enlaza al concubinato, que se desarrolló desde tiempos pasados durante el imperio incaico, con la práctica conocida como el servinacuy; pero recién mediante las Constituciones de 1979 y 1993, se reconoce legalmente al concubinato o uniones de hechos;  Zuta (2018), en su artículo “La unión de hecho en el Perú”,  analiza la regulación de las uniones de hecho en nuestro país, desde sus inicios, donde era nulo su aceptación, y los hijos nacidos producto de esta unión, eran considerados hijos ilegítimos; recogiendo esta realidad y regulándola mediante la Constitución de 1979, normando y reconocido los derechos de la familia; ante ello Vasallo (2020) en su artículo “Nuevos derechos y exigencias para el derecho de familia en el Perú” refiere que el Estado peruano, reconoce los nuevos escenarios de la familia, rechazando posiciones discriminatorias y/o excluyentes con cualquiera de sus integrantes, tema legal que todavía falta concluirla normativamente, y que si bien es cierto nuestra Constitución de 1993, ha recogido esta realidad, concordante con la Sentencia 06572-2006-PA/TC, que diferencia al hablar del concubinato en sentido estricto puro, es decir donde no existe ningún impedimento legal que medie dicha unión como el concubinato impropio o adulterino.  Por lo que dejo abierto a mis colegas, abordar este tema propio de nuestra realidad peruana, a fin de que Nuestra Constitución Política, y nuestro Código Civil, protejan a la familia.

Conclusiones

Por lo tanto, de los resultados de la revisión sistemática del presente trabajo sobre la Evolución y conceptualización de la Familia y su incidencia en la Legislación Peruana, se concluye que:

Primero:

Los origínese la familia, data desde los albores de la historia de la humanidad, lugar donde incluso se dio en forma instintiva, formándose las primeras familias, la misma que ha ido evolucionando desde la familia nuclear, hasta los diferentes tipos de organizaciones familiares. Estableciéndose el matrimonio civil o religioso; como la única unión prevista por la ley para formar familia.

Segundo:

 La Constitución Política del Perú, en su artículo 4, brinda la seguridad legal a la familia, así como el de promover el matrimonio; pues lo reconoce como instituto natural y fundamental para la sociedad; mientras que, en nuestro país a través del Código Civil Peruano, en su artículo 234, nos refiere que la familia, legalmente aceptada o válida es aquella basada única y exclusivamente realizada a través del matrimonio Civil.

Tercero:

Teniéndose presente los cambios o transformaciones sociales que continúan suscitándose principalmente en esta última década, es deber primordial del Estado, avanzar, articular simultáneamente la Constitución Política con nuestro Código Civil Peruano; a fin de evitar brechas entre nuestro ordenamiento legal, acorde a la realidad que se vive y que pudieran conllevar a desigualdades e injusticias y desprotección a las nuevas estructuras familiares; como por ejemplo en las uniones de hecho.

 

Cuarto:

Considerado los cambios sociales a nivel nacional e internacional, sobre temas del matrimonio, en nuestro país, todavía nos queda en vacío continuar analizando, temas como el matrimonio entre personas del mismo sexo, a través un matrimonio igualitario, conforme ya se da en otros países Latinos, como en Brasil, Uruguay y Argentina.

Quinto:

En la actualidad las familias, siguen presentando constantes cambios al modelo familiar clásico o también conocido como la familia nuclear; sino que ahora tiene que enfrentar a una pluralidad familiar; dando lugar al nacimiento de la Institución denominada Derecho de Familia, encargada de cautelar, proteger a la familia, matrimonial o extramatrimonial, así como también del reconocimiento pleno del concubinato o uniones de hecho, entre otros.

Sexto:

Las nuevas estructuras familiares que se han venido presentando principalmente en esta década, movidos por los cambios sociales, representa la pluralidad jurídica que se da dentro de la familia, basados en el respeto de la igualdad, empatía, libertad y respeto de sus derechos de convivencia como familias, reconocidos por las normas legales internas; así como de la protección de los Derechos Humanos en la familia.

Séptimo:

El Estado peruano, tiene la obligación de brindar la protección legal a las diferentes formas de organización familiar, respetando las diferentes opciones, estableciendo vínculos a través del matrimonio civil o la convivencia, uniones de hecho, o ante la presencia de las nuevas estructuras familiares, que respondan a los nuevos cambios o transformaciones sociales;  para lo cual deberá fortalecer y proteger a las familias, considerando además la interculturalidad y pluriculturalidad de cada familia; por ser el cimiento de nuestra sociedad.

Octavo:

Las formas estructurales de formar familia, en el Perú antiguo, fue el servinacuy o matrimonio a prueba, practicado durante las épocas de los incas; para luego dar paso al concubinato o uniones de hecho, o también denominada una convivencia propia, donde no debe de existir ningún impedimento legal para contraer matrimonio, si así lo determinan los concubinos, es considerada en nuestro ordenamiento legal como fuente objetiva del Estado, llamada a brindar la protección y seguridad a la familia.


 

Noveno:

Considerándose la trascendencia de las familias a través de la historia, es imprescindible promover la importancia de la familia, a fin de que en conjunto se pueda afrontar las diferentes problemáticas que afectan a nuestro país, desde lo político, económico, social e inclusive en valores; por lo que deberá ser abordado en los colegios, como un tema transversal; a fin de fortalecer nuestras familia sobre todo en valores y con ello desterrar la corrupción, la delincuencia y otros males que aquejan a nuestra sociedad.

Decimo:

Finalmente, también queda continuar fortaleciendo legalmente a las uniones de hechos, que es una realidad que cada día se ve incrementándose estadísticamente, según fuente vertida a través del último Censo de Población y vivienda  INEI; pues son familias que deben de gozar de todos los derechos legales como el matrimonio, siempre y cuando no exista impedimento legal alguno, para que pueda producir los efectos jurídicos correspondientes, ante una unión de hecho propia, por decisión de la pareja.

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