DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i5.3195

Acciones afirmativas: un mecanismo para la inserción

 de afroecuatorianos a la carrera diplomática

de cancillería ecuatoriana

 

 

Fernanda Aurelia Ortiz Olmedo

ferau25@yahoo.com    

https://orcid.org/ 0000-0003-1954-9717

Universidad de Especialidades Espíritu Santo

Guayaquil– Ecuador

 

RESUMEN

La presente investigación tiene como objetivo principal explica la forma en que las acciones afirmativas introducidas a la Constitución del Ecuador en 2008 como un mecanismo constitucional para lograr igualdad real, material y formal, establecido en el inciso final del numeral 2 del artículo 11 de la Constitución del Ecuador y en el artículo 66 numeral 4 ibidem, al ser aplicadas en los concursos públicos de mérito y oposición al interior de la cancillería ecuatoriana, han contribuido para que profesionales afroecuatorianos y/o afrodescendientes, tengan mayor posibilidad de acceso a la carrera diplomática en calidad de funcionarios de carrera. El estudio determinó que en el sector público ecuatoriano las situaciones laborales todavía siguen estando en situación de desigualdad en; no se efectiviza en todos los sectores como lo es la cancillería; por ejemplo, la mujer por su propia condición de sexo o de género además de tener etnia afroecuatoriana, tiene una doble vulnerabilidad, al género y la etnia, se puede presentar una tercera vulnerabilidad, la cual consiste en la falta de recursos económicos para acceder a la carrera diplomática.

 

Palabras clave: acción afirmativa; igualdad y no discriminación; afrodescendientes

 

 

 

Correspondencia: ferau25@yahoo.com

Artículo recibido 10 agosto 2022 Aceptado para publicación: 10 septiembre 2022

Conflictos de Interés: Ninguna que declarar

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Cómo citar: Ortiz Olmedo, F. A. (2022). Acciones afirmativas: un mecanismo para la inserción de afroecuatorianos a la carrera diplomática de cancillería ecuatoriana. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, 6(5), 1775-1786. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i5.3195


 

Afirmative actions: a mechanism for the insertions of

the afro-ecuadorians into the diplomatic career

of the ecquadorian chancellery

 

ABSTRACT

The main objective of this research is to explain the way in which the affirmative actions introduced to the Constitution of Ecuador in 2008 as a constitutional mechanism to achieve real, material and formal equality, established in the final paragraph of numeral 2 of article 11 of the Constitution. of Ecuador and in article 66 numeral 4 ibidem, when applied in public contests of merit and opposition within the Ecuadorian chancellery, have contributed so that Afro-Ecuadorian and/or Afro-descendant professionals have greater possibility of access to the diplomatic career in quality of career officials. The study determined that in the Ecuadorian public sector work situations are still in a situation of inequality in; it is not made effective in all sectors as is the chancellery; For example, women, due to their own sex or gender condition, in addition to having Afro-Ecuadorian ethnicity, have a double vulnerability, due to gender and ethnicity, a third vulnerability may arise, which consists of the lack of economic resources to access diplomatic career..

 

Keywords: affirmative action; equality and non-discrimination; Afro-descendants.


 

1. INTRODUCCIÓN

El presente artículo surge de la necesidad histórica de abordar derechos constitucionales de los afrodescendientes en la práctica social, es así que a través de un trabajo de titulación previo a optar el grado de magíster en derecho constitucional para la Universidad de Especialidades Espíritu Santo se propuso como objetivo determinar como la desigualdad de oportunidades a lo largo de la historia ecuatoriana ha violado y viola, en la población ecuatoriana históricamente marginada, y particularmente en cuanto al ingreso en la carrera consular y diplomática, el principio de igualdad y no discriminación establecido en nuestra Constitución, así como en tratados internacionales sobre Derechos Humanos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, afectando en gran medida las oportunidades de crecimiento y desarrollo integral, económico, político y social de dichos sectores de la población ecuatoriana.

También este artículo académico  pretende demostrar cómo las Acciones Afirmativas , introducidas al ordenamiento jurídico ecuatoriana con la aprobación de la Constitución de Montecristi de 2008, y el Decreto Ejecutivo N.- 60 de 28 de Septiembre de 2009, han  contribuido desde su aplicación en Concursos Públicos de Méritos y Oposición, para que profesionales afroecuatorianos ingresen a la Carrera Diplomática de la Cancillería Ecuatoriana, lo cual no había sucedido antes de la aplicación de este mecanismo constitucional.

En determinadas empresas públicas o privadas de nuestro país era prácticamente imposible ver trabajando a ciudadanos afroecuatorianos, tratándose de instituciones públicas la situación era aún más notoria, o no contrataban ciudadanos afroecuatorianos, y de ser contratados, un negro (afroecuatoriano) podía ser limpiador, mensajero, portero, conserje, pero no un funcionario público de oficina o de alta jerarquía. En el sector privado, una mujer afrodescendiente jamás podía ser considerada para ser recepcionista o secretaria, pues su “perfil” huía de la “buena presencia” exigida en ciertos anuncios de trabajo que constaban en los diarios del país. A esto se suman los datos estadísticos de afrodescendientes en la Corte Nacional y en las demás Cortes del País; así como la participación de la Fiscal General Lady Diana Salazar Méndez, convirtiéndose en la primera afrodescendiente en ocupar dicha función.

El Ministerio de Relaciones Exteriores o Cancillería Ecuatoriana no era la excepción, sino más bien el fiel retrato de la realidad antes mencionada, porque sobre todo esta entidad pública era considerada eminentemente elitista al momento de contratar funcionarios, y qué decir al momento de enviar representantes del país al exterior. Existía una sutil pero real línea imaginaria que separaba a las instituciones públicas del país; la Cancillería ecuatoriana era, sin dudarlo, una “Institución Pública de Élite” en la que cualquier mortal no podía ser funcionario público de oficina y mucho menos Diplomático de Carrera.

En el año 1987 se creó la Academia Diplomática con la finalidad de formar a los Diplomáticos de Carrera del Servicio Exterior, en ese mismo año se da el Primer Concurso Público de Méritos y Oposición, sin embargo, no fue sino hasta 2012 en que se aplican por primera vez las Acciones Afirmativas en un Concurso Público de Méritos y Oposición de Cancillería Ecuatoriana para el reclutamiento de terceras y terceros secretarios para el Servicio Exterior, lo mismo sucedió en 2013 y en 2019. (Página Web Oficial de Cancillería del Ecuador)

Sin embargo, la desigualdad laboral es solamente la punta del Iceberg, pues el verdadero origen de dicha desigualdad, se encuentra en la inequitativa aplicación de políticas públicas en salud, educación y otras áreas del Estado, que beneficien a las personas y/o grupos de los sectores históricamente marginados la sociedad ecuatoriana y que les brinden reales y mejores oportunidades académicas, profesionales, y por ende laborales. Coincidentemente la mayoría de la población afroecuatoriana forma y ha formado parte de los sectores antes mencionados.

En el año 2008 fueron introducidas a nuestra Constitución de la República las Acciones Afirmativas, como un mecanismo constitucional idóneo para alcanzar igualdad real en beneficio de los ciudadanos ecuatorianos que por uno u otro motivo han atravesado o se encuentran aún en situaciones de desigualdad.

El inciso final del numeral 2 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador vigente manifiesta: “El estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad”.

2. ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS O MATERIALES Y MÉTODOS

El diseño de la investigación cualitativo y cuantitativo mientras que el método para la investigación es de tipo descriptivo y fenomenológico. Por tanto, se considera que este proyecto se apoyó en una investigación de campo, porque se obtuvo información de los funcionarios de 48 embajadas en el exterior, así como también 110 consulados.

(Hernández Sampieri, 2014) señala que “la metodología cuantitativa estudia la asociación o relación entre variables cuantificadas y la cualitativa lo hace en contextos estructurales y situacionales” (p. 6). Es cuantitativa, porque recoge de forma estadística, la información obtenida a través de la cantidad de funcionarios que prestan sus servicios en aquellos organismos representativos de la función del Estado punto en cuanto a cualitativo se termina los valores constitucionales de la inclusión y el respeto a la diversidad consagrados en la normativa vigente y que impiden problemas sociales como el racismo y la desigualdad.

La ventaja de la investigación de campo es que facilita la obtención de los datos sobre las acciones afirmativas contempladas en la Constitución de la República del Ecuador como un mecanismo idóneo para alcanzar no solamente igualdad real, sino también, igualdad formal y material entre todos los ciudadanos ecuatorianos, indistintamente de su condición social, racial, económica, de género.

(Montes del Castillo & Montes Martínez, 2014) indica:

Una metodología es aquella guía que tiene como fin realizar las acciones propias de una investigación. En términos más sencillos se trata de la guía que va indicando qué hacer y cómo actuar cuando se quiere obtener algún tipo de información. Es posible definir una metodología como aquel enfoque que permite observar un problema de una norma total, sistemática, disciplinada y con cierta disciplina. (p. 7)

Herrera (‎2003 ) señala la siguiente definición de población: “Población es el número de personas en un instante del tiempo, y dicha cantidad de personas suele caracterizarse de forma unívoca por su volumen, pero también podría analizarse su estructura”. Por ello se considera posteriormente una muestra aleatoria no probabilística sin el uso de fórmulas muestrales que permita concretar el tipo de metodologías que aporten a la construcción de acciones afirmativas, necesarias para evitar la discriminación y el trato desigual negativo hacia determinadas personas o grupos de personas con políticas estatales para fortalecer y mejorar sus condiciones de vida, políticas públicas.

Se emplea una muestra probabilística aleatoria centrándose en la Embajadas y Cancillerías, la cual cuenta con 109 funcionarios representantes de organismos consulares sujetos a Ministerio de Relaciones Exteriores integrado por dependencias de asesoría, Subsecretaría Política-Económica, Dirección General del Servicio Exterior y Comisión de Coordinación.

3. RESULTADOS Y DISCUSIÓN

A raíz de la inserción de las acciones afirmativas al ordenamiento jurídico ecuatoriano, como un mecanismo constitucional para garantizar el cumplimiento y aplicación del principio de igualdad y no discriminación a favor de las personas o grupos históricamente marginados, y de la obligatoriedad de su aplicación en concursos públicos de méritos y oposición de las instituciones públicas del país impuesta mediante el Decreto Ejecutivo N.- 60 de 28 de septiembre de 2009, la cancillería ecuatoriana convocó a dos concursos de méritos y oposición  para la contratación del diplomáticos de carrera, en los años 2012 y 2013

Gráfico N° 1: Nivel de mejoramiento de comprensión de la lectura

Estas cifras revelaron como por primera vez en la historia de los concursos públicos en Cancillería, se consideró la participación de profesionales afro ecuatorianos, y consecuentemente, por primera vez en la historia ecuatoriana se contrataba a afroecuatorianos en calidad de Diplomáticos de Carrera.

El Diplomático de Carrera afro ecuatoriano N.N, afirmó que, en el primer Concurso Público de Méritos y Oposición, ingresaron en total 70 Terceros Secretarios, de los cuales 11 eran afro ecuatorianos, y en el segundo Concurso Público de Méritos y Oposición ingresaron 100 Terceros Secretarios, de los cuales 16 eran afro ecuatorianos representando un porcentaje de 16% en ambos concursos.

El funcionario antes N.N manifiesta que “las acciones afirmativas no han sido, ni son suficientes para superar la brecha de desigualdad social y sobretodo étnica, en lo referente a oportunidades de participación del pueblo afroecuatoriano en concursos de méritos y oposición en cancillería.“ Considera que es  necesario que este mecanismo constitucional se sostenga por más tiempo y se siga aplicando en dichos concursos, hasta  lograr equiparar la negativa brecha de desigualdad producto de la discriminación racial.

El Diplomático de carrera afro ecuatoriano ha manifestado que es necesario que las  acciones afirmativas se apliquen también como una política pública  en el sistema educativo para lograr combatir la negativa brecha de desigualdad en el sistema educativo en beneficio de los niños y adolescentes afro ecuatorianos para que al llegar a su vida universitaria y profesional, no tengan que competir en condiciones de desigualdad académica con los demás ciudadanos que tuvieron la posibilidad de una mejor formación educativa.

De acuerdo con los antes relatado para todos los ciudadanos afroecuatorianos, y en particular para aquellos movimientos sociales afroecuatorianos que venían participando activamente durante décadas en la lucha social por la reivindicación de sus derechos humanos y ciudadanos, el ingreso de afroecuatorianos a la Cancillería ecuatoriana significó una gran conquista que produjo no solamente en ellos, sino en todos aquellos que nos identificamos como afroecuatorianos, un motivo de celebración y gran felicidad. Fue el reconocimiento que en la práctica hizo el Estado ecuatoriano, de que somos tan capaces de desempeñar cargos públicos como cualquier otro ciudadano, y aunque no es el tema de este estudio, indiscutiblemente este acontecimiento, levantó en gran manera la autoestima del pueblo afroecuatoriano.

4. CONCLUSIÓN O CONSIDERACIONES FINALES

Se concluye que las acciones afirmativas abrieron ampliamente la puerta para que los afro ecuatorianos tuvieran acceso al empleo en el sector público. En el caso objeto de análisis, en la Cancillería Ecuatoriana, no garantizan en su totalidad que los afroecuatorianos puedan ingresar directamente a la carrera diplomática. Lo que si garantizan es la obligación que tienen las entidades públicas, en este caso particular la cancillería de  considerar y admitir en sus concursos públicos  de mérito y oposición a profesionales y personas afro ecuatorianos, considerando que históricamente han sido discriminados, y que tal discriminación los ha colocado en una situación de desigualdad estado real, motivo por el cual, la Constitución del Ecuador en su artículo 11 numeral 2, incluyó a la condición étnica como una de las categorías sospechosas por las que las personas no deben ser discriminadas ni sufrir un trato desigual. El pueblo afro ecuatoriano forma parte de los grupos de la sociedad que históricamente han sido social, económica, Jurídica y políticamente marginados, y consecuentemente han estado en situaciones de mayor desigualdad, y en el caso de los afroecuatorianos, la desigualdad ha sido mayor y más visible.

A pesar de que las acciones afirmativas per sé no plantean una solución total y definitiva al problema de la Desigualdad y la discriminación directa o indirecta, es estrictamente necesario que se mantengan por un tiempo prudencial en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, con la finalidad de que sigan contribuyendo de forma plena y eficaz al establecimiento de la igualdad real, material y formal en el país, siendo una fuerte base para la aplicación y sostenimiento en la práctica del principio de igualdad y no discriminación, que al mismo tiempo es un derecho de toda persona, indistintamente de quien se trate. Pues, ha quedado demostrado que, gracias a la aplicación de acciones afirmativas en concursos públicos de méritos y oposición, el pueblo afro ecuatoriano ha logrado tener acceso a la carrera diplomática de la Cancillería Ecuatoriana, oportunidad que anteriormente a la existencia de las mismas en nuestro ordenamiento jurídico, se les había negado.

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