DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i5.3494

Conocimiento y uso de la licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de papanicolaou y mamografía, año 2020

 

Díaz de Alviso, Avelina

[email protected]

https://orcid.org/0000-0002-9103-3240

 

Alviso Díaz, Verónica Esther

[email protected]

https://orcid.org/0000-0002-0247-5646

Instituto de Educación Superior San Patricio de Irlanda del Norte

Ñemby- Paraguay

 

 

RESUMEN

El cáncer de cuello uterino y el cáncer de mama son causas frecuentes de mortalidad en nuestro país, pese a que estas pueden ser detectados de modo precoz, la Ley Nº 3803 en respuesta a que las mujeres por motivos laborales no se realizan los estudios preventivos. El objetivo fue describir el conocimiento y uso de la licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de Papanicolaou y mamografía. La participación fue voluntaria y anónima, y los resultados se recabaron de modo virtual. En cuanto el conocimiento de las mujeres un gran porcentaje manifestó que conocía la existencia de la ley Nº 3803, sin embargo, afirmaron que la forma de justificar la licencia era verbal (187). En cuanto el uso solo 45 mujeres llegaron a utilizarlo y los motivos fueron porque no le hacía falta, lo que refleja la necesidad de concienciar sobre estos temas.

 

Palabras clave: conocimiento; uso; papanicolaou; mamografía.

 

 

 

 

 

Correspondencia: [email protected]

Artículo recibido 10 agosto 2022 Aceptado para publicación: 10 septiembre 2022

Conflictos de Interés: Ninguna que declarar

Todo el contenido de Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, publicados en este sitio están disponibles bajo Licencia Creative Commons https://revistacientifica.uamericana.edu.py/public/site/images/aduarte/cc2.png.

Cómo citar: Díaz de Alviso, A., & Alviso Díaz, V. E. (2022). Conocimiento y uso de la licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de papanicolaou y mamografía, año 2020. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, 6(5), 5242-5260. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i5.3494

 

Knowledge and use of the license for workers to undergo pap smear exams and mammography, year 2020

 

ABSTRACT

Cervical cancer and breast cancer are frequent causes of mortality in our country, despite the fact that these can be detected early, Law No. 3803 in response to the fact that preventive studies are not carried out by women for work reasons. The objective was to describe the knowledge and use of the license to female workers to undergo Pap tests and mammography. Participation was voluntary and anonymous, and the results were collected virtually. Regarding the knowledge of women, a large percentage stated that they knew of the existence of Law No. 3803, however, they affirmed that the way to justify the license was verbal (187). As for the use, only 45 women came to use it and the reasons were because they did not need it, which reflects the need to raise awareness about these issues.

 

Keywords: knowledge; use; pap smear; mammogram


INTRODUCCIÓN

La última estadística recogida por el Registro Nacional de Tumores data del 2011 y arroja una taza de 25 % de mujeres con cáncer de mama, mientras que para el cáncer del cuello uterino se habla de una cifra de 17, 1%. (OMS/OPS, 2019)

Estas cifras son bastante alarmantes dejando de lado los números fríos, y pensando en mujeres que son madre, esposas y también hijas y el vacío y abandono que esto puede desencadenar cuando se inicia las complicaciones de la enfermedad, los largos y costosos tratamientos y que la mayoría de las veces desencadena en la muerte. El cáncer de mama no se puede prevenir; pero se puede detectar en forma precoz de manera a evitar las complicaciones tremendas que estas representan en la mujer que la padece, familia y aun la comunidad.

En el mundo, el cáncer de cuello uterino (CCU) es un problema de salud pública, por su alta incidencia y los efectos devastadores sobre la salud de la mujer y la familia. Dado su desarrollo lento, esta patología es susceptible de prevención. (Aranguren, y otros, 2017)

El cáncer de cuello uterino terminal, es cáncer curable cuando es detectada en sus inicios, pero aun así es la segunda causa de mortalidad en el Paraguay después de los problemas cardiovasculares.

Estos dos canceres tienen tratamientos de costes elevados para la salud pública y las familias, por lo que existe una ley que da licencia a las mujeres para el control anual; y se plantea la siguiente pregunta.

¿Cuál es el conocimiento y uso de la licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de Papanicolaou y mamografía (Ley Nº 3803), año 2020?

El cáncer de mama y de cuello uterino son perfectamente curables cuando son detectados en su etapa inicial; por lo que es de suma importancia realizarse los estudios de Papanicolaou y las Mamografías; a raíz de las estadísticas alarmantes de mujeres que mueren a consecuencia del Cáncer  se aprueba la ley  Nº 3803 que permite la licencia de las mujeres trabajadoras para que se realicen los estudios y así lograr con el diagnóstico precoz disminuir las morbilidad y mortalidad; sin embargo a pesar de todos estos esfuerzos, el problema sigue sin muchos cambios cobrando la vida de muchas mujeres que causa un daño tremendo a la sociedad, dejando hijos sin madre, desencadenando otros problemas a la sociedad; además elevando el coste de las asistencia sanitarias que son cuantiosas y que requiere no solo una gran inversión del Estado, sino de las familias afectadas, ya que cuanto más avanzada es la enfermedad más esfuerzos e inversiones económicas exige, y en cuanto al desgaste emocional no se puede cuantificar.  Esta situación puede ser mejorada mediante la información y concienciación de las mujeres sobre la importancia de la detección precoz y sobre los mecanismos impuestos por la ley para realizarlos y lograr disminuir el impacto que estos dos Cánceres produce en todo el ámbito de la salud.

De ahí la importancia de indagar el conocimiento de esta ley y el uso de la misma por las mujeres trabajadoras; lo mismo que el impedimento para su utilización, lo que puede arrojar datos interesantes que ayuden a buscar mecanismos prácticos para que todas las mujeres sean beneficiadas.

Objetivos

§  Describir el conocimiento y el uso de la licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de Papanicolaou y mamografía (Ley Nº 3803), año 2021

Desarrollo

La salud un bien jurídico

La Constitución Nacional, consagra una serie de derechos para la protección de los ciudadanos, en este trabajo nos centraremos en la salud de las mujeres en edad reproductiva.

Primero veremos que en el Art. 4 del Derecho a la vida[1], que se protege la vida, desde la concepción, siendo el Estado el encargado de ejercer esta responsabilidad, creando mecanismos para ello, otro art. 68 del Derecho a la salud[2], donde nuevamente, se reafirma que el Estado promoverá la salud, previniendo y tratando enfermedades y otro tipo de males que podrían llegar a afectarnos.

La Ley Nº 3803, es una ley que justamente se aprobó buscando que las mujeres realicen controles preventivos anuales, especialmente para el diagnóstico precoz de dos tipos de canceres que ha segado la vida de muchas mujeres, buscando así estrategias de prevención de la salud, y diminución de las complicaciones.

«La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades». La cita procede del Preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, que fue adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional, celebrada en Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946, firmada el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 Estados (Official Records of the World Health Organization, Nº 2, p. 100), y entró en vigor el 7 de abril de 1948. La definición no ha sido modificada desde 1948. (OMS, 1946)

El inicio de estos dos canceres suele darse sin ningún síntoma, pero que luego de desarrollarse afecta la calidad de vida de las mujeres y su entorno familiar, impidiendo el cumplimiento del derecho a la salud de un estado de completo bienestar no solo en lo físico, si no en lo mental y social.

Entre el 30 y el 50% de los cánceres se pueden evitar. Para ello, es necesario reducir los factores de riesgo y aplicar estrategias preventivas de base científica. La prevención abarca también la detección precoz de la enfermedad y el tratamiento de los pacientes. Si se detectan a tiempo y se tratan adecuadamente, las posibilidades de recuperación para muchos tipos de cáncer son excelentes. (OMS, 2018)

En los últimos tiempos se ha iniciado un trabajo de promoción y prevención de la salud, a través del estilo de vida, para evitar los factores desencadenantes de las enfermedades en especial los canceres, a través del conocimiento de los mismos y la activación de actividades físicas que ayudan a mejorar la calidad de vida.

El cáncer cervicouteriono

La mortalidad por cáncer se puede reducir si los casos se detectan y se tratan a tiempo. (OMS, 2018) Las actividades de detección temprana tienen dos componentes:

El diagnóstico temprano

Si el cáncer se diagnostica tempranamente, es más probable que el tratamiento sea eficaz. La probabilidad de supervivencia aumenta, la morbilidad se reduce y el tratamiento es más barato. El diagnóstico y tratamiento precoces comportan mejoras notables en la vida de los pacientes. (OMS, 2018)

El diagnóstico temprano solo se puede lograr a través de los estudios de Papanicolaou en el caso del cáncer del cuello uterino, en cuanto al cáncer de mama existen también las prácticas de autoexamen de mama, que se hacen a través de las palpaciones  y observaciones mamarias y las mamografías en el caso de la detección de algún nódulo mamario u otros signos como el cambio del color de piel, secreciones o pezones invertidos.

El diagnóstico temprano abarca tres pasos sucesivos, que se deben integrar y llevar a cabo oportunamente:

§  conciencia del posible problema de salud y acceso a la atención médica;

§  evaluación clínica, diagnóstico y estadificación;

§  acceso al tratamiento.

El diagnóstico temprano es útil en todas las situaciones para la mayoría de tipos de cáncer. Cuando la enfermedad se diagnostica en una fase avanzada, no siempre es posible administrar un tratamiento curativo. No obstante, es posible elaborar programas que permitan reducir los retrasos y los obstáculos que impiden proporcionar los servicios de diagnóstico y tratamiento adecuados. (OMS, 2017)

Uno de los problemas que se presentan en la realización de estos estudios preventivos es la dificultad en el acceso a la atención medica; ya que la cultura paraguaya es enfocada en la curativa y muy poco en la preventiva; entonces  muchas mujeres que por lo general cuando han detectado alguna anomalía se acercan a una institución de salud, y ahí se pueden encontrar con el problema de que hoy no está el medico encargado, hoy o toda la semana no se hará el Papanicolaou; además podría ser que el equipo Mamógrafo este en reparación, o que no logre obtener un turno en 2 días que actualmente e es la licencia para realizarse ambos estudios;  toda estas situaciones podrían  evitar el diagnóstico precoz de la enfermedad; así también como el desconocimiento de la  ley o la falta de concienciación de la importancia de la detección precoz

LEY N° 3.803. QUE OTORGA LICENCIA A TRABAJADORAS PARA SOMETERSE A EXÁMENES DE PAPANICOLAU Y MAMOGRAFÍA.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1°.- Toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo electivo o no, goza de licencia remunerada de un día laborable en cada año, para someterse a exámenes de Papanicolau y Mamografía (LEY N° 3.803, 2009). Fue ampliado a 2 días LEY N° 6.211 QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 3.803/2009 “QUE OTORGA LICENCIA A TRABAJADORAS PARA SOMETERSE A EXÁMENES DE PAPANICOLAU Y MAMOGRAFÍA”.

Muy importante fue el hecho de aumentar los días, ya que tanto en las instituciones públicas y privado estos estudios no se realizan en todos los horarios, existen especialistas y se necesitan también de los equipos que muchas veces no funcionan por diferentes problemas o situaciones. En las Unidad de Salud de Familia que son las puertas de entrada al sistema sanitario en nuestro país (Ley Nº 6211, 2018), por lo general el Papanicolaou tienen días de lunes a viernes; pero muchas veces son números limitados y dependiente de una sola profesional que lleva adelante el programa, y en el caso de las mamografías no se cuentan con estos equipos para su realización, ósea es imposible que se puedan realizar ambos estudio en una institución como la Unidad de salud de la familia que brindan la atención primaria y que son las puertas de entradas en el sistema de salud en Paraguay.

Artículo 1.° Modifícase el artículo 1° de la Ley N° 3.803/2009 “QUE OTORGA LICENCIA A TRABAJADORAS PARA SOMETERSE A EXÁMENES DE PAPANICOLAU Y MAMOGRAFÍA”, que queda redactado de la siguiente manera:

“Art. 1°.- Toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo electivo o no, goza de licencia remunerada de dos días laborables en cada año, para someterse a exámenes de Papanicolau y Mamografía.

Por ley la Licencia está dada, para todas las mujeres trabajadoras en diferentes situaciones; pero en la práctica ¿Utilizan la Licencia? Y si no la están utilizando ¿Cuáles son los motivos que impiden la utilización de la misma?

Artículo 2º.- Para gozar del beneficio de esta licencia, la beneficiaria debe acreditar, mediante el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital u otro centro médico sanitario, que los estudios o exámenes fueron realizados.

Esto aparentemente es una gestión sumamente fácil; pero en la práctica no lo es; pues muchas veces una mujer puede ir para hacerse el estudio y por falta de conocimiento y cumplimiento de los requisitos para realizarse ambos estudios; como en el caso del PAP, se debe tener mínimo de 2 a 3 días sin mantener relaciones sexuales, sin utilizar ningún tipo de espumas anticonceptivas y sin estar con la menstruación; estas informaciones no siempre son conocidas; lo que afecta en forma negativa la realización de los estudios de detección precoz de estos canceres si no se realiza estos estudios; además al no concretar, no tiene documento alguno de que asistió al lugar que es un requisito para no tener un descuento en su salario,  y si tiene otro fecha, probablemente ya no vuelva. En el caso del estudio de mamografías también tienen condiciones, como no estar con la menstruación, si no luego del quinto día, ya que los ganglios hormonales suelen estar presente en ese tiempo y pueden dar falsos resultados; además las mujeres pueden hacerse este estudio solo a partir de los 40 años, antes solo se recomienda una ecografía mamaria, y la ley expresa claramente una mamografía, además las ecografías mamarias tienen costos; y es muy difícil solicitar si no presentan signos y síntomas; todo esto muchas veces son las razones de no tener resultados de diagnósticos precoz; pues pocas mujeres pueden disponer del dinero suficiente para practicas preventivas.

Artículo 3º.- La fecha de licencia será establecida de común acuerdo entre la beneficiaria y el empleador, la autoridad superior, el departamento de Recursos Humanos, o similar que correspondiere, salvo prescripción médica que indique la necesidad urgente de realizar dichos estudios.

Genial lograr un acuerdo con el empleador; pero recordemos como ya lo dijimos antes que el acceso a estos estudios no siempre se puede lograr u obtener el turno con facilidad, y que puede pasar el día y quedar 24 horas sin haberse hecho los estudios, e inclusive si se tenía un turno con anterioridad, puede tener una cancelación en el día y que le vuelvan a re agendar en un mes o más, lo que evita estas prácticas de detección precoz del cáncer de mama y de cuello uterino.

Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo vía Ministerio de Justicia y Trabajo reglamentará la aplicación de la presente Ley.

Sería bueno que el Ministerio de Justicia y Trabajo pudiera solicitar la ficha de todas las trabajadoras de cada lugar con estos estudios presentados cada año, lo que ayudaría al cumplimiento de la misma y la disminución de largos tratamientos y muertes de mujeres; promocionando la salud preventiva.

Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de abril del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los treinta días del mes de julio del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.-

A pesar de que esta ley se aprobó desde el dos mil nueve, los datos de mujeres con canceres de cuello uterino y mama no disminuyeron, lo que hace necesario mirar con profundidad esta situación tanto por los profesionales de la salud, como los abogados que pueden aportar nuevos datos que ayuden a encontrar los mecanismos de cumplimiento de licencia para disminuir y tratar estos canceres en forma precoz; que como ya se mencionó son totalmente curables cuando son diagnosticados a tiempo.

METODOLOGÍA

Se llevó a cabo una investigación de enfoque cuantitativo, de corte trasversal, descriptivo, no experimental. El trabajo se enfocó en mujeres de 18 años a 41 años en adelante. Se escogió dicho grupo de edad debido a que son las mujeres que trabajan y que deberían acceder a las licencias o permisos; además los métodos de recolección de datos fueron a través de encuestas virtuales, de acceso fácil para la población estudiada.

Criterios de inclusión

§  Los criterios de inclusión en primer lugar que pertenezca al sexo femenino, debido a que la ley de estudio beneficia a las mencionadas. Otro aspecto es que las mujeres debían estar en edad laboral, y ser empleadas.

Criterios de exclusión

§  Varones.

§  Ama de casa

§  Mujeres empleadoras.

Prueba piloto

La prueba piloto fue lanzada el 8 de enero al 11 de enero, a 55 mujeres, el mismo contaba con 15 preguntas

Fue modificadas: En cuanto a la pregunta nº 15 sobre alguna sugerencia que tendría sobre el tema, fue eliminada y se agregó como pregunta el ítems de la profesión para completar los datos sociodemográficos.

Instrumento de recolección de datos

La dificultad que se observo fue al difundir la encuesta, muchas mujeres estaban temerosas por su contenido, consultaban de que se trataba y aun con las aclaraciones decidieron no participar. Esto podría deberse al temor de que sus datos sean revelados, que existan represalias o al número elevado de estafas que se realizan mediante el uso de tecnologías.

Variables               

§  Las preguntas que exploran las variables que se analizaron fueron (variables dependientes):

§  Ser empleadas

Variable independiente

§  Conocimiento

§  Uso de la licencia

§  La investigación se desarrolló teniendo en cuenta la confidencialidad de los datos de las participantes. No se presentaron conflicto de intereses de las autoras con respecto a la investigación.

 

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

VARIABLE

FRECUENCIA

PORCENTAJE

Características sociodemográficas

Edad

 

 

18 – 23 años

26

10,1

24-30 años

75

29,4

31-34 años

46

18

35 -40 años

56

22

41 en adelante

52

20,3

Escolaridad

 

Escolar básico

4

1,5

Nivel Medio

16

6,2

Técnico

16

6,2

Universitaria

219

85,8

 

Se tuvo como muestra a 255 mujeres, quienes en algún momento debieron usar la licencia que otorga la ley. En cuanto a las edades en este grupo fueron de mayor frecuencia las mujeres de 24 a 30 años, con una escolaridad universitaria en su mayoría, lo que indica formación académica, estas mujeres procedían de distintas ciudades urbanas de nuestro país para tener la mayor objetividad posible.

 

 

CONOCIMIENTO

 

 

EXISTENCIA DE LA LEY

 

 

SI

183

71,7

NO

22

8,6

NO SABE

50

19,6

DURACIÓN

 

 

2 DIAS

148

58

3 DIAS

8

3,1

NO SABE

99

38,8

REMUNERADA

 

 

SI

154

60,3

NO

17

6,6

NO SABE

84

32,9

PROCESO

 

 

LA EMPLEADA DEBE COMUNICAR A LA EMPRESA O JEFE

175

68,6

LA EMPLEADA Y LA EMPRESA DEBEN PONERSE DE ACUERDO

76

29,8

LA EMPLEADA PUEDE IR Y AVISAR DESPUÉS

4

1,5

FORMA

 

 

EN FORMA VERBAL

187

 

EN FORMA ESCRITA

17

 

NO CONOZCO

51

 

TIEMPO DE PRESENTACIÓN

 

 

24 HORAS

86

33,7

48 HORAS

54

21,1

NO CONOZCO

105

41,1

INSTITUCIÓN

 

 

MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO

192

75,2

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL

35

13,7

NO CONOZCO

28

10,9

 

Al verificar el conocimiento de las mujeres sobre la LEY N° 3.803/2009, la mayoría (183) conocían la existencia de la normativa, sin embargo 50 mujeres no la conocían y 22 decían que no existe. En cuanto a la duración de la licencia se encontró que la mayor parte de las mujeres tenían conocimiento de que son 2 días remunerados, pero 99 mujeres no sabían cuánto duraba el permiso, o si era remunerado o descontado del salario.

El proceso para la utilización del permiso es que la empleada debe ponerse de acuerdo en la empresa para el uso de la licencia de modo a no afectar el desarrollo de las labores, sin embargo, 175 afirmaron que solo es necesario informar que utilizaría la licencia. Otro aspecto es que la empleada que la utilice tiene 48 hrs para demostrar el uso de la misma en forma escrita, pero en los resultados de la encuesta encontramos una alta frecuencia de desconocimiento del tiempo de presentación del uso de la licencia (105 desconozco) y la forma (187 verbal).

Con respecto a la institución a la que se puede acudir en caso de que no se cumpla con las normativas de la presente ley, la mayoría (192) sabía que era al Ministerio de Justicia y Trabajo; pero (63) mujeres dijeron que era el Ministerio de Salud o que no conocía cual era la institución a la que debe acudir.

USO

 

 

SI

45

17,6

NO

210

82,3

DESCUENTO

 

 

SI

21

7,8

NO

234

91,7

MOTIVO POR NO UTILIZARLO

 

 

PORQUE FALTA DE CONOCIMIENTO

60

23,5

PORQUE NO ME DIERON EL PERMISO

16

6,2

NO ME HACÍA FALTA

170

66,6

POR TEMOR A REPRESALIAS

9

3,5

 

En cuanto a la variable de uso de la licencia que otorga la ley, el resultado es preocupante puesto que solo 45 mujeres lo han utilizado de las encuestadas, la mayoría de los que utilizaron el permiso afirmo que no le descontaron; En cambio los motivos por lo que no lo utilizaron 170 mujeres que afirmaron no me hace falta, 60 no conocían de esta ley, 16 no obtuvieron el permiso y 9 tenían miedo a las represalias de los empleadores.

CONCLUSIONES

Este estudio permitió evidenciar que la mayoría de las mujeres (183) conocían la existencia de la LEY N° 3803, sin embargo 72 mujeres desconocían. En cuanto a la duración de la licencia se encontró que la mayor parte de las mujeres tenían conocimiento de que son 2 días remunerados, pero 99 mujeres no sabían cuánto duraba el permiso, o si era remunerado. A igual que la investigación realizada por Rodríguez que afirmaba, las mujeres desconocen la Ley Nº 3803 que otorga licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de Papanicolaou y mamografía y que goza de licencia remunerada de un día laboral en cada año (Rodríguez, 2019)licencia que fue ampliada por la ley Nº 6211 en dos días.

En cuanto a la utilización de la licencia para realizarse estudios del PAP y la mamografía solo 45 mujeres lo han utilizado, a igual forma que en el estudio “Si se ha realizado alguna vez un PAP”, el porcentaje no superó nunca el 50% en ninguno de los años analizados. (Ruoti de García de Zúñiga M, 2008) Según Rendón y col. solo el 39,2 % de las mujeres entre los 50 y 69 años se había efectuado la mamografía. Adicionalmente, el 17,2 % de las del grupo de edad más joven también se la habían realizado. (Rendón-Arango, Llano-Rendón, & Garcés-Palacio, 2019). Se puede observar que en las distintas investigaciones se visualiza la poca práctica de prevención o detección precoz del cáncer de mama y cuello uterino, en los grupos estudiados.

Otro aspecto llamativo en los resultados obtenidos fueron los motivos por lo que no utilizaron la licencia para realizarse el PAP y la Mamografía, habiendo mencionado la mayoría que no les hacía falta; De manera similar al trabajo presentado por  Rendon y col, el conocimiento sobre el examen clínico de seno y la mamografía el 90 % desconocían las edades de realización de dicho examen, que en su caso les corresponde, al examen clínico, realizarlo cada 3 años a partir de los 20 años, y cada año, después de los 40 años; y para la mamografía, cada 2 años a las mujeres que estén por encima de los 50 años. (Rendón-Arango, Llano-Rendón, & Garcés-Palacio, 2019)

Se evidencia la voluntad política con la creación de la Ley N° 3803, que beneficia a las mujeres con una licencia para realizarse estudios de prevención del cáncer de mama y de cuello uterino, principales causas de muerte en nuestro país; sin embargo existe un gran camino que andar para lograr las practicas preventivas y no solo curativas en la salud; además lograr que no solo este una ley para este beneficio sino a la vez que esto sea más difundido de manera a ser aprovechado y traiga beneficio a las mujeres, familias y disminuya los costes hospitalarios de internaciones y tratamientos prolongados y todo lo que esto representa al no detectarse en forma precoz; lo que busca la Ley mencionada.

Se encontró que la mayoría de las mujeres tenía conocimiento sobre la Ley N° 3803, sin embargo, un porcentaje importante desconocía, lo que es preocupante. Otro aspecto llamativo es que, pese a que las mujeres afirmaban conocer la normativa, sin embargo, no conocían los procesos para la utilización de la licencia, la forma de presentación del documento que acredita el uso adecuado del permiso.

En cuanto al uso de la licencia que otorga esta ley, se encontró que muy pocas han sido beneficiadas con ella, lo que genera una gran inquietud a nivel de salud pública, puesto que el objetivo de la presente ley es beneficiar a las mujeres otorgándole el tiempo necesario para la detección precoz del cáncer de mama y cuello uterino, que pueden ser curables dando mejores expectativas sanitarias y muy pocas mujeres la utilizaron.

Un aspecto resaltante que se encontró es que la mayoría de las mujeres encuestadas contesto que no utilizó la licencia porque no tenía necesidad, lo que refleja desconocimiento total sobre el cáncer de mama y cuello uterino, que es realmente lamentable, por lo que se recomienda mayor difusión de esta ley y sus beneficios que solo se lograra mediante su aplicación, no solo con la licencia sino que además las instituciones sanitarias estén preparadas para estos estudios y se propague también los requisitos de tal manera que no se pierda la oportunidad de captar cualquier células anómalas en las mujeres, ya sea en las mamas o el cuello uterino.  Un grupo muy pequeño de mujeres contesto que no utilizaron la licencia porque no le dieron el permiso, esto no deja de ser preocupante, por lo cual se necesitan mecanismo donde se intervengan en las empresas para que la Ley se cumpla y se logre el objetivo de disminuir la morbi-mortalidad del Cáncer de mama y cuello uterino.

BIBLIOGRAFÍA

Aranguren, L., Burbano, J., González, J., Mojica, A., Plazas, D., & Prieto, B. (2017). Recuperado el 22 de diciembre de 2020, de Barreras para la prevención y detección temprana de cáncer de cuello uterino. Investig Enferm Imagen Desarr: http://www.index-f.com/invenf/19pdf/192129.pdf

Borrayo Rodríguez, C., Valdez Zepeda, A., & Delgado Melgarejo, B. (2019). Cultura emprendedora en jóvenes universitarios de Guadalajara, México. Revista de Ciencias Sociales. Obtenido de https://www.redalyc.org/journal/280/28060161005/html/

Camacho, D. (2003). La importancia de formar jóvenes emprendedores. Apuntes del CENES, 15. Obtenido de https://www.redib.org/Record/oai_articulo1686608-la-importancia-de-formar-j%C3%B3venes-emprendedores

Ceja Oseguera, S., De la Torre Hidalgo, T., & Ramírez Murillo, L. (2018). Análisis de las competencias para el emprendedurismo que se desarrollan en los cursos presenciales de las licenciaturas del área de negocios. Red Internacional de Investigadores en Competitividad, 18.

Chávez Moreno, E. (2020). Análisis comparativo de competencias emprendedoras entre estudiantes de la UABC. Revista Iberoamericana para la Investigación y el Desarrollo Educativo, 20. Obtenido de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2007-74672020000100131&lang=es

Correa Correa, Z., Delgado Hurtado, C., & Conde Cardona, Y. (2011). Formación en emprendimiento en estudiantes de la carrera de administración de empresas en la Universidad Pública de Popayán. Revista Escuela de Administración de Negocios, 51. Obtenido de https://journal.universidadean.edu.co/index.php/Revista/article/view/550/538

Duarte Masi, S., & Sung Park, S. (2019). El perfil del emprendedor y los estudios relacionados a los emprendedores Iberoamericanos. Revista Internacional de Investigación en Ciencias Sociales, 24. Obtenido de https://www.redib.org/Record/oai_articulo797820-el-perfil-del-emprendedor-y-los-estudios-relacionados-a-los-emprendedores-iberoamericanos

Encina Ayala, L., & López Méndez, G. (2021). Emprendedurismo Femenino: Un estudio multi-caso de factores que influyen en la Intención Emprendedora. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, 18. Obtenido de https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v5i2.374

Giraldo, J. (2018). Orientación Universitaria. Universia Perú. Obtenido de https://orientacion.universia.edu.pe/infodetail/consejos/orientacion/mas-mujeres-optan-por-las-carreras-de-administracion--2774.html

Gómez, L., & Jacobsohn, G. (2007). Desarrollo de competencias emprendedoras - La formación básica de la Universidad del Norte. Barranquilla: Ediciones Uninorte. Obtenido de https://books.google.com.py/books?id=efPQK2Utk9YC&pg=PR6&dq=La+Formaci%C3%B3n+B%C3%A1sica+en+la+Universidad+del+Norte&hl=es-419&sa=X&ved=2ahUKEwjlm-qipvvwAhWBJ7kGHe7TDZoQ6AEwAHoECAIQAg#v=onepage&q=La%20Formaci%C3%B3n%20B%C3%A1sica%20en%20la%20Universidad%

Gutiérrez Huby, A., & Amador Murguía, M. (2011). El potencial emprendedor en los estudiantes de la carrea de contabilidad de las universidades San Marcos de Perú y Guadalajara de México – Centro Universitario de los Altos – Un análisis comparativo. QUIPUKAMAYOC- Revista de la Facultad de Ciencias Contables, 20.

Jiménez Sáez, F., & Arroyo Vázquez, M. (2006). El fomento del emprendedurismo universitario a través de un modelo integrador. Instituto ingenio, 17. Obtenido de https://core.ac.uk/download/pdf/36031597.pdf

Krauss, C. (2011). Actitudes emprendedoras de los estudiantes universitarios: El caso de la Universidad Católica del Uruguay. Dimensión Empresarial. Obtenido de https://www.researchgate.net/publication/277259963_Actitudes_emprendedoras_de_los_estudiantes_universitarios_El_caso_de_la_Universidad_Catolica_del_Uruguay

LEY N° 3.803. (2009). Recuperado el 19 de Diciembre de 2020, de QUE OTORGA LICENCIA A TRABAJADORAS PARA SOMETERSE A EXÁMENES DE PAPANICOLAU Y MAMOGRAFÍA.: https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/1419/otorga-licencia-a-trabajadoras-para-someterse-a-examenes-de-papanicolau-y-mamografia#:~:text=Ley%20N%C2%B0%203803%20%7C%20Concede,estudios%20de%20pap%20y%20mamograf%C3%ADa.&text=QUE%20OTORGA%20LICENCIA%20A%20T

Ley Nº 6211. (2018). Recuperado el 23 de diciembre de 2020, de MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 3.803/2009 “QUE OTORGA LICENCIA A TRABAJADORAS PARA SOMETERSE A EXÁMENES DE PAPANICOLAU Y MAMOGRAFÍA: https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/8937/ley-n-6211-modifica-el-articulo-1-de-la-ley-n-38032009-que-otorga-licencia-a-trabajadoras-para-someterse-a-examenes-de-papanicolau-y-mamografia

Martínez, F., & Carmona, G. (2009). Aproximación al concepto de “Competencias Emprendedoras”: Valor social e implicaciones educativas. Revista Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y Cambio en Educación. Obtenido de https://www.researchgate.net/publication/40496765_Aproximacion_al_Concepto_de_Competencias_Emprendedoras_Valor_Social_e_Implicaciones_Educativas

Marulanda, F., Montoya, I., & Vélez, J. (2014). Aportes teóricos y empíricos al estudio del emprendedor. Cuadernos de Administracion. Obtenido de https://www.researchgate.net/publication/265961531_Aportes_teoricos_y_empiricos_al_estudio_del_emprendedor

OMS. (1946). Recuperado el 22 de diciembre de 2020, de Constitución: https://www.who.int/es/about/who-we-are/constitution#:~:text=La%20salud%20es%20un%20estado,o%20condici%C3%B3n%20econ%C3%B3mica%20o%20social.

OMS. (2017). Recuperado el 23 de Diciembre de 2020, de El diagnóstico temprano del cáncer salva vidas y reduce los costos de tratamiento: https://www.who.int/es/news/item/03-02-2017-early-cancer-diagnosis-saves-lives-cuts-treatment-costs

OMS. (2018). Recuperado el 22 de diciembre de 2020, de Cáncer: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/cancer

OMS/OPS. (2019). Recuperado el 22 de didiembre de 2020, de El cáncer cervicouterino es el tercero más frecuente entre las mujeres de América Latina y Caribe, pero se puede prevenir: https://www.paho.org/par/index.php?option=com_content&view=article&id=2106:el-cancer-cervicouterino-es-el-tercero-mas-frecuente-entre-las-mujeres-de-america-latina-y-caribe-pero-se-puede-prevenir&Itemid=258

Rendón-Arango, L., Llano-Rendón, S., & Garcés-Palacio, I. (2019). Recuperado el 19 de diciembre de 2020, de El cáncer de seno: conocimientos, actitudes y prácticas para la detección temprana en Amalfi, Antioquia. Rev. Fac. Nac. Salud Pública: http://www.scielo.org.co/pdf/rfnsp/v37n3/0120-386X-rfnsp-37-03-5.pdf

Rivas, J. (2015). Guía para las personas que quieren emprender pero no saben como empezar. México: Ediciones de Ideas Business.

Robbins, S., & Judge, T. (2009). Comportamiento organizacional (J. Brito, Trad.). México: Pearson Educación. Obtenido de https://frrq.cvg.utn.edu.ar/pluginfile.php/15550/mod_resource/content/0/ROBBINS%20comportamiento-organizacional-13a-ed-_nodrm.pdf

Rodríguez, M. (2019). Recuperado el 23 de dicimbre de 2020, de ESTRATEGIAS EDUCATIVAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE CUELLO UTERINO EN MUJERES DE ITAUGUÁ Y SAN LORENZO – PARAGUAY, 2014-2018.: https://www.conacyt.gov.py/sites/default/files/Beca19-57_Maria_Rodriguez.pdf

Ruiz Jiménez, J., Cabeza Pulles, D., & Briano Turrent, G. (2012). Universidad y Emprendimiento: Un caso de estudio en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la UGR. ReiDoCrea, 14. Obtenido de https://digibug.ugr.es/bitstream/handle/10481/21988/ReiDo-Crea-Vol.1-Art.20-Ruiz-Cabeza-Briano.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Ruoti de García de Zúñiga M, A. d. (2008). Recuperado el 20 de diciembre de 2020, de Conocimientos, actitudes y prácticas sobre el test de Papanicolau (PAP) en mujeres embarazadas consultantes de hospitales públicos del Departamento de Alto Paraná, Paraguay.: http://scielo.iics.una.py/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1812-95282008000200008&lng=en.

Sobrado Fernández, L., & Fernández Rey, E. (2010). Competencias Emprendedoras y Desarrollo del Espíritu Empresarial en los Centros Educativos. UNED Revistas Científicas, 24. Obtenido de http://revistas.uned.es/index.php/educacionXX1/article/view/275/231

Stradi Granados, S. (2016). El emprendedurismo universitario en estudiantes de administración de empresas de la UNED de Costa Rica. Universidad Estatal a Distancia, 22. Obtenido de https://revistas.uned.ac.cr/index.php/rna/article/view/1574

Torres, M., Mendoza, L., Lara, Y., & Zazueta, J. (2016). Emprendimiento y su percepción en los estudiantes de la Licenciatura en Negocios y Comercio Internacionales. Universidad de Sonora, 21. Obtenido de http://www.web.facpya.uanl.mx/Vinculategica/Revistas/R2/1680-1700%20-%20Emprendimiento%20Y%20Su%20Percepcion%20En%20Los%20Estudiantes%20De%20La%20Licenciatura%20De%20Negocios%20Y%20Comercio%20Internacionales.pdf

Vargas, L., & Bedoya, M. (2015). Determinantes psicológicos de la intención de creación de empresas en los aprendices del Centro de Gestión Tecnológica de Servicios del SENA – Cali (trabajo de grado). Calí: Universidad del Valle.

Villalba Benítez, E., & Ortega Carrasco, R. (2021). El perfil emprendedor en Paraguay, análisis de la población juvenil. Fundación Universitaria Konrad Lorenz, 10. Obtenido de http://revistasumadenegocios.konradlorenz.edu.co/wp-content/uploads/2020/10/RSN_1226_04_Perfil_emprendedor.pdf

Viloria Escobar, J., Daza Corredor, A., & Miranda Terraza, L. (2016). Perfil emprendedor de los graduados de administración de empresas de la Universidad del Magdalena, 2010-2014. Obtenido de https://www.researchgate.net/publication/314300983_Perfil_emprendedor_de_los_graduados_de_administracion_de_empresas_de_la_Universidad_del_Magdalena_2010-2014

 

 

 

 

 



[1] Artículo 4 - DEL DERECHO A LA VIDA: El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Se garantiza su protección, en general, desde la concepción. Queda abolida la pena de muerte. Toda persona será protegida por el Estado en su integridad física y psíquica, así como en su honor y en su reputación. La ley reglamentará la liberta de las personas para disponer de su propio cuerpo, sólo con fines científicos o médicos.

[2] Artículo 68 - DEL DERECHO A LA SALUD: El Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofes y de accidentes. Toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro del respeto a la dignidad humana.

La Ley justamente lo que promueve es la detección precoz, con la realización del PAP y la Mamografía, lo que en un sentido se puede ver la voluntad política de promover estos derechos de las mujeres; ya que se ve la necesidad por las estadísticas encontradas con relación a estas patologías.