DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v7i1.4972

Los retos de los derechos de los pueblos originarios y afromexicanos en México. Una perspectiva crítica

Nicolás E. Parra de la Cruz

[email protected]

https://orcid.org/0000-0003-0741-5623

WhatsApp: +52 747 115 1398

Universidad Autónoma de Guerrero

Chilpancingo – Guerrero, México

 

 Esmeralda Hernández Hernández

[email protected]

https://orcid.org/0000-0002-6964-7326

WhatsApp: +52 747 117 7550

Universidad Autónoma de Guerrero

Chilpancingo – Guerrero, México

 

 

RESUMEN

Este texto ofrece una reflexión crítica decolonial de lo que establece el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se parte de que México tiene una composición pluricultural sustentada en sus Pueblos Originarios y Afromexicanos, los cuales son definidos como aquellos que descienden de poblaciones ancestrales que habitaban en el actual territorio antes de iniciarse la colonización y que poseen característica biológicas, culturales y axiológicas propias; además, conservan sus propias instituciones sociales, políticas y económicas que, en la actualidad, muestran una hibridación occidental. Sin duda, la visión o cosmovisión autóctona debería ser un criterio fundamental para establecer políticas con perspectiva intercultural que beneficien a los Pueblos Originarios y Afromexicanos en México y que reivindique su identidad, formas de ser, pensar, aprender, sentir y vivir. Finalmente se exponen los retos y logros obtenidos en los últimos años que, si bien posiciona a los Pueblos Originarios y Afromexicanos en una situación diferente no se duda que hace falta mayor conciencia de la clase política mexicana para tener marcos jurídicos con perspectiva intercultural.

 

Palabras clave: derechos; globalización; decolonialidad; interculturalidad; resistencia.

 

 

 

Correspondencia: [email protected]

Artículo recibido 20 enero 2023 Aceptado para publicación: 20 febrero 2023

Conflictos de Interés: Ninguna que declarar

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Cómo citar: Parra de la Cruz, N. E., & Hernández Hernández, E. (2023). Los retos de los derechos de los pueblos originarios y afromexicanos en México. Una perspectiva crítica. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, 7(1), 7336-7347. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v7i1.4972

The challenges of the rights of the original and afro-mexican peoples in Mexico. A critical perspective

ABSTRACT

This text offers a decolonial critical reflection of what is established in Article 2 of the Political Constitution of the United Mexican States. It is based on the fact that Mexico has a multicultural composition supported by its Original and Afro-Mexican Peoples, which are defined as those that descend from ancestral populations that inhabited the current territory before colonization began and that have their own biological, cultural and axiological characteristics; In addition, they retain their own social, political and economic institutions that, at present, show a Western hybridization. Undoubtedly, the autochthonous vision or worldview should be a fundamental criterion to establish policies with an intercultural perspective that benefit the Original and Afro-Mexican Peoples in Mexico and that vindicate their identity, ways of being, thinking, learning, feeling and living. Finally, the challenges and achievements obtained in recent years are exposed, which, although it positions the Native Peoples and Afro-Mexicans in a different situation, there is no doubt that greater awareness of the Mexican political class is needed to have legal frameworks with an intercultural perspective.

 

Keywords: rights; globalization; decoloniality; interculturality; endurance.

INTRODUCCIÓN

Queremos iniciar este escrito haciendo un reconocimiento a las mujeres y hombres que a lo largo de su vida se han dedicado a la defensa de los derechos de los pueblos originarios y afromexicanos; algunos ya se fusionaron con nuestra Madre Tierra para abonar en la lucha a las nuevas generaciones; mientras que otros y otras más siguen vigentes haciendo que la lucha por la justicia sea la principal causa.

Recordamos con agrado a nuestra hermana Martha Sánchez Néstor (V), una mujer del pueblo Ñomndaa que como las hermanas Hermelinda Tiburcio Cayetano, Apolonia Bruno Plácido, Mijane Jiménez Salinas, entre otras más; se han formado, luchado y han dado la vida por diferentes causas sociales, pero sobre todo en la defensa de los derechos humanos, derechos de los pueblos originarios y afromexicanos, que buscaba visibilizar el quehacer y los sentipensares de las mujeres y hombre en el ámbito social, político, económico y cultural.

Así como ellas, otras mujeres y hombres continúan en la lucha y en resistencia ante los embates de las políticas neocolonialistas, universalistas y homogenizadoras que destruyen las identidades de los pueblos originarios y afromexicanos. Esas políticas neocolonialistas se han perpetuado en el marco jurídico y en las instituciones occidentales invisibilizando y excluyendo los sistemas normativos propios de los pueblos originarios y afromexicanos, así como sus instituciones y sus relaciones sociales.

No obstante, la lucha organizada en México y Nuestra América de los pueblos originarios y afromexicanos ha generado algunos avances sustanciales que intentan trastocar la estructura de un sistema económico que acumula y mercantiliza todo lo que posee vida.

METODOLOGÍA

El presente trabajo intenta mostrar una pluralidad epistémica que transita de  epistemologías tradicionales a las llamadas epistemologías emergentes. Para ello, se realiza en etapas con metodologías de corte cualitativo. A decir de Hernandez-Sampieri (2014) “Los estudios cualitativos pueden desarrollar preguntas antes, durante o después de la recolección y el análisis de los datos. Estas actividades, en un primer momento sirven para descubrir cuáles son las preguntas de investigación más importantes; posteriormente, para perfeccionarlas y responderlas.

 

§  Se inicia con el materialismo histórico-dialéctico y la  hermenéutica crítica, con las cuales se analizan las contradicciones que el sistema capitalista produce y reproduce en las relaciones sociales, culturales, políticas, económicas.

§  Posteriormente, se utilizará el método inductivo, el cual consiste en realizar generalizaciones apoyándose en observaciones específicas de la realidad; registrando hechos, sucesos que posteriormente se analizarán.

§  Finalmente, utilizando el método Investigación Acción-Participativa (IAP), se realizarán propuestas de acción colectiva para promover acciones sociales y lograr

El tipo de investigación explicativa, con un diseño fenomenológico y constructivista.

La población de estudio se centra en los pueblos originarios y afromexicanos, quienes son los que comparten sus sentipensares. Las técnicas de recolección de datos sobresale la revisión documental. Asimismo, queremos advertir que lo mencionado en este escrito, es una percepción basada en la formación jurídica crítica y no intenta universalizar la epistemología hegemónica o dominante con enfoques funcionalista.

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

Hemos sustentado que aquellos que se dirigen hacia alguna de las lenguas o idiomas originarios se equivocan llamándola “dialecto”. Si analizamos cual es el fin principal de las diferentes lenguas o idiomas que existen en el mundo entero, llegaremos a la conclusión de que la finalidad principal es cumplir con la necesidad de transmitir, comunicar, establecer una forma de comunicación efectiva de una persona a otra o a un conjunto de personas, o sea que cumple con la capacidad propia del ser humano para expresar pensamientos y sentimientos por medio de la palabra.

En la actualidad, se conservan 68 lenguas o idiomas originarios en el país; mientras que en la entidad federativa Guerrero existen cuatro lenguas o idiomas originarios (nahua, Me'phaa, Ñomndaa y Na Savi). Todas ellas cumplen con la función de comunicar; además, cuentan con su propio sistema de signos, lectura y escritura siendo lenguas únicas, incluso teniendo dentro de sí mismas diferentes variantes. Luego entonces pasa a ser una mera necedad o desconocimiento de parte de quienes aún se refieren o se expresan de manera despectiva hacia nuestra lengua materna.

Quisimos iniciar haciendo referencia sobre este tema de la lengua o idioma, toda vez que precisamente el contenido de este escrito aborda los derechos de los pueblos originarios y afromexicanos.

Con base al INEGI (2020), se estima que 23.2 millones de personas de tres años y más se identificaron como de un pueblo originario. De estas, el 51.4 % son mujeres y el 48.6 % son hombres.

Uno de los procesos más importantes en nuestro país ha sido el movimiento indígena, que tiene sus antecedentes en la lucha por la defensa de la tierra en los estados de Guerrero, Oaxaca, Chiapas y Michoacán. En el caso de Guerrero, se oponían a la construcción de las Presas Hidroeléctricas “El Infiernillo” y “El Caracol” en 1989, así como también la lucha que libraron los indígenas nahuas de la región del alto Balsas en el estado de Guerrero, quienes se opusieron a la construcción de la Presa Hidroeléctrica de “ San Juan Tetelcingo “ logrando su cancelación definitiva en 1992 y teniendo como resultado de esta lucha el nacimiento del Consejo Guerrerense 500 años de Resistencia Indígena, Negra y Popular.

Sucesivamente se fueron conformando otros movimientos como el Consejo Mexicano 500 años de resistencia indígena, el Consejo Maya Peninsular, el levantamiento de los indígenas chontales, tzotziles y tojolabales en el estado de Chiapas con el EZLN, que fue una rebelión de 12 días encabezada por el grupo armado Ejercito Zapatista de Liberación Nacional en 1994, dicho movimiento alcanza difusión internacional debido a sus demandas de justicia y reivindicación de los derechos de los pueblos originarios de nuestro país.

Por su parte, la Asamblea Nacional Indígena (ANIPA-1995) y otras más se fueron estableciendo los diversos mecanismos jurídicos y legales que permitieron la primera reforma al artículo 4° Constitucional, en donde establece que la Nación Mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas.

La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, cultural, usos y costumbres, recursos y formas específicas de organización social y garantizara a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado, en los juicios y procedimientos en que aquellos sean parte, se tomaran en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley.

En 1996 con los acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Cultura Indígena, que es un documento que el gobierno mexicano firmo con el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional para comprometerse a reformar la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos para otorgar derechos, incluyendo la autonomía de los pueblos originarios del país y atender las demandas en materia de justicia e igualdad para los pobres del país. El Congreso de la Unión era el responsable de aprobar dicha resolución, sin embargo, se negó a analizar y discutir la iniciativa. Lo que violó los acuerdos de la mesa de negociación. Fue hasta el año 2000 cuando esa iniciativa se envía nuevamente a la Cámara de Diputados, pero continuó bloqueada.

A raíz de estos movimientos y levantamientos armados, trascendió la causa de los pueblos originarios desde el ámbito local, nacional e internacional; logrando con ello la aparición de diversos instrumentos legales y jurídicos que fueron dándole voz a la exigencia del reconocimiento y respeto a los derechos de los pueblos originarios y afromexicanos.

Se lograron diversas recomendaciones a nivel internacional por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, entre ellas la creación del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas (2000), Nombrando de un Relator Especial para las Cuestiones Indígenas (2002), en donde se pedía armonizar los derechos de los pueblos originarios acorde a las leyes de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2003).

Uno de los instrumentos jurídicos internacionales más importantes en la defensa de los derechos indígenas es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los derechos indígenas y tribales en países independientes (1989), en el cual se menciona en el artículo 6 “el reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos de derecho público, el respeto a sus propias formas de organización interna, el derecho a la consulta previa, libre e informada y culturalmente adecuada”.

Dicho documento es ratificado por el gobierno mexicano en 1990 y entrando en vigor en 1991, pero fue hasta el año 2011 que dichos convenios logran el rango constitucional.

Con ello, se reformaron los artículos 1 y 2 de la Constitución en 2011, en dicha reforma se reforzó el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios. En el ámbito político el Instituto Nacional Electoral (INE) se ve obligado a exhortar a todos los partidos para que en 12 de los 28 distritos electorales se promueva la participación de candidatos y candidatas indígenas para el proceso electoral de 2017-2018.

Seguramente todo este proceso ha sido muy importante y de gran ayuda, sin embargo, falta consolidar otros pendientes en el ámbito político, legislativo, jurídico y cultural; entre ellos:

§  Lograr armonizar la legislación mexicana al marco jurídico internacional

§  Consolidar una verdadera reforma integral de la Ley 701 de reconocimiento, derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas del estado de Guerrero.

La Ley 701 se reconoce por primera vez a los pueblos originarios y afromexicanos como sujetos de derechos y obligaciones, asimismo, reconoce la aplicación de la justicia comunitaria, lo que permite la funcionalidad de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias – Policía Comunitaria (CRAC-PC). No obstante, el sistema hegemónico no permite la presencia de un sistema de justicia comunitaria, por lo que su regulación sigue siendo una tarea pendiente en el Congreso Local.

En la región administrativa conocida como Costa Chica, se ubica el territorio que presenta identidad del pueblo afrodescendiente, quienes comparten sus formas de ser, pensar, aprender, sentir y vivir.

Por lo que desde hace años, investigadores de las Ciencias Sociales y las Humanidades realizan investigaciones para conocer y comprender los sentipensares; la finalidad no es reproducir en otros territorios su cultura, modos de relacionarse y sus costumbres sino más bien, diseñar políticas con perspectiva de derechos humanos e interculturalidad. Con lo que se diluye la opresión, desigualdad y exclusión que por años se les impuso al pueblo afrodescendiente.

El reconocimiento de la autoadscripción afrodescendiente forma parte de los esfuerzos conjuntos de Naciones Unidas en muchos países de Latinoamérica para el Decenio Internacional para los Afrodescendientes, que inicio en 2015 y que busca revalorizar la cultura, la historia y la integración multinacional de grupos históricamente discriminados.

Según la Encuesta Intercensal del INEGI 2015, 1.38 millones de mexicanos se identificaron como afrodescendientes. Es la primera vez que el INEGI incorpora a esta categoría en su historia, la cual representa 1.2% de la población nacional, de los cuales 705 mil son mujeres y 677 mil son hombres. Esta población se concentra en mayor número en los estados de Guerrero, donde son casi 7% de los habitantes, Oaxaca y Veracruz, y se encuentra entre los grupos más pobres y menos educados en relación con la media nacional.

Durante años había estado invisibilizado a la población afromexicana, las causas podrían ser muchas, sin embargo, es necesario tener presente que los pueblos y comunidades afromexicanos, son parte de la composición pluricultural del país y tienen los mismos derechos que cualquier mexicana y mexicano, sin embargo, la discriminación y exclusión social les ha marginado, incluso de la política pública. En consecuencia, es necesario promover iniciativas que logren el pleno reconocimiento constitucional del pueblo afromexicano, principalmente dentro del art. 2°, creando un apartado C el cual permita sacar de la invisibilidad a quienes forman parte de la nación mexicana y se encuentran en nuestro territorio desde antes de la formación del Estado nacional.

Así como también impulsar acciones afirmativas en ámbito político electoral, que permita al pueblo afromexicano ocupar espacios de elección popular y por la vía directa, para que de esta manera tengan voz desde el más modesto espacio popular hasta las más altas esferas de los tres poderes de la nación.

La declaración del Decenio internacional de las personas Afrodescendientes 2015-2024 promulgado por la organización de la Naciones Unidas así como un conjunto de nuevas dinámicas en el campo de las políticas del reconocimiento de la población afromexicana ameritan una reflexión sobre los elementos que han caracterizado el proceso organizativo de las poblaciones afrodescendientes fundamentalmente en la región costa chica de Guerrero y Oaxaca y el papel que en este proceso han tenido el sector académico y las instituciones gubernamentales en México, que de una u otra manera han permitido visualizar los retos que se enfrentan en el proceso del reconocimiento de las poblaciones afrodescendientes tanto en el plano social como en el jurídico.

Para ello, después de estas reflexiones es necesario impulsar ante las instancias correspondientes, la distribución presupuestal de manera equitativa, justa, acorde al porcentaje del número de población indígena y afromexicana en nuestro estado.

El planteamiento de reivindicar de la visión del pueblo afro, se sustenta porque su identidad se diluye, adoptando y reproduciendo aspectos culturales ajenos, confrontando al imaginario civilizatorio de la supuesta supremacía ontológica y epistemológica del Occidente hegemónico. Para Kant, uno de los intelectuales con mayor influencia en Europa de la época sostenía que “la humanidad existe en su mayor perfección en la raza blanca. Los indios amarillos tienen una cantidad menor de talento. Los negros son inferiores y los más inferiores son parte de los pueblos americanos” (Chukwudi Eze, 2001: 231).

 

Como puede observarse, este planteamiento sostenía que “la inferioridad natural de los seres humanos no-occidentales irá de la mano del desarrollo de un racismo epistemológico que operará como ejercicio justificatorio de la violencia colonial, racial y sexual ejercida sobre los cuerpos y saberes de las poblaciones no-occidentales” (Díaz, 2017: 8). A ello, Ardiles señala que “se ha permitido la imposición de parámetros culturales importados, reproducidos por las élites intelectuales vernáculas” (Ardiles, 1973).

En ese mismo sentido, Díaz expresa que “a través de los metarelatos se ha cimentado la tradición oficial, sostenidos en una serie de mitos asumidos y reproducidos al nivel de verdades universales. Estos mitos han sido presentados como productos de la labor intelectual de ‘grandes hombres’ o ‘grandes héroes’ del pensamiento, provenientes de los principales centros de producción de conocimiento de los países hegemónicos, los cuales en su labor ‘universal’ fueron capaces de arribar o inteligir un cúmulo de verdades impolutas y rectoras de la humanidad” (Díaz, 2017: 4).

Estos argumentos de Chukwudi Eze, Ardiles y Díaz nos aclaran el panorama para sostener que la visión hegemónica se ha traslapado por la vía de la imposición el pensamiento hegemónico universalista con la finalidad de civilizar, desarrollar y modernizar al otro no europeo. El pueblo afro de Copala recae esa invención occidental del constructo mental conocido como “raza”, el cual tiene la finalidad de establecer una clasificación de las poblaciones del mundo y poner en marcha el proceso de racialización de los otros no europeos. Ante lo mencionado, se puede sostener que en Copala no existe una doble opresión como lo menciona Stuart (2008), sino una triple opresión: por raza, por discapacidad y por género.

La práctica o modelo conocido como: “dar brazo”, “mano vuelta” o “dar lomo” ha sido un mecanismo para mantener relaciones sociales en las que se les imprime valores de uso y no valores de cambio.

Dicho modelo de compartencia tiene la gran ventaja de que no es aplicado por una clase o sector supremo sino que es aplicado y utilizado por todo grupo oprimido (pueblos originarios, afrodescendientes, mujeres, adultos mayores, jóvenes y PcD). La efectividad de este modelo radica en que posee y se conduce bajo criterios axiológicos, ontológicos y epistémicos diferenciados a occidente y se basan sustentan en la tríada: reconocimiento, intercambio y evaluación. El reconocimiento consiste en no verse ni sentirse superior al otro y se asume que todos se necesitan. En cuanto al intercambio, se comparten experiencias y saberes que son de utilidad y ayuda mutua para la colectividad. La evaluación consiste en valorar lo propio (relaciones socioculturaoles) y convivir con lo no propio sin asignarle mayor valor (Luna, 2015:9).

Por ello, es relevante reivindicar la visión de la vida y los saberes ancestrales provenientes de aquellos registros culturales no occidentales, a pesar de que en la modernidad son despreciados y desvalorizados en cuanto a sus principios filosóficos constitutivos. Ello nos conduce a asumir que el conocimiento se ubica en posiciones geo-históricas y geo-políticas y no son únicas o universales.

Díaz nos presenta vislumbra una posibilidad para reducir esa triple opresión: “habrá que ir  inventando en el largo proceso histórico y social de construcción de un mundo donde quedan todos los mundos” (Díaz, 2017: 13). Esa postura es compartida por varios intelectuales contemporáneos de Nuestra América que luchan contra el racismo epistémico, el occidentalismo y el eurocentrismo, entre ellos Walsh, Paredes, Guzmán, Grofoguel, Mignolo, Quijano, De Souza, Dussel, entre otros.

CONCLUSIONES

La opresión y la desigualdad se presentan como fuertes contradicciones cuando se mezclan valores occidentales (valor de cambio) con los valores locales/comunitarios (valor de uso). Por lo que, se debe promover y reproducir los valores de uso en las relaciones sociales y en la economía. Ello, de alguna manera, permitirá cohesionarse entre sí y de manera colectiva lucharán y asumirán los retos que la sociedad occidental sigue imponiendo en todas las latitudes de este orbe.

Las reflexiones suscritas muestran que falta mucho por hacer, tanto en lo individual como en lo colectivo, en lo local y nacional, por lo que se deben sumando esfuerzos toda la humanidad, haciendo lo que a cada quien le corresponde desde la trinchera donde le toque estar, en todos los ámbitos, en todos los sectores, de salud, educación, campesino, político, social, cultural y económico, de tal manera que se logren los diversos procesos que coloquen a los pueblos originarios y afromexicanos en el escenario político nacional, seguir trabajando en todo el país, en todo el estado y no solamente en las regiones indígenas tradicionales, de tal manera que se logren acciones colectivas de largo alcance, que nos permitan mostrar el rostro de los pueblos indígenas y afromexicanos y dirigir sus propios procesos.

LISTA DE REFERENCIAS

Ardiles, O. (1973). “Bases para una des-trucción de la historia de la filosofía en la América indo-ibérica. Prolegómenos para una filosofía de la liberación”, en AA.VV. Hacia una filosofía de la liberación latinoamericana. Enfoques latinoamericanos N° 2. Editorial Bonum, Buenos Aires.

Banco Mundial (2021). En https://www.bancomundial.org/es/topic/disability

Chukwudi Eze, E. (2001). “El color de la razón. La idea de raza en la antropología de Kant” en Mignolo, W. (Comp.). Capitalismo y geopolítica del conocimiento. El eurocentrismo y la filosofía de la liberación en el debate intelectual contemporáneo. Ediciones del signo, Buenos Aires.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Costa, R. L. (1999). El agente social en la teoría de la estructura de A. Giddens, Revista ESTUDIOS, N° 11-12, Centro de Estudios Avanzados de la Universidad Nacional de Córdoba.

Decenio internacional de las personas Afrodescendientes 2015-2024.

De Sousa, B. (2010). Descolonizar el saber, reinventar el poder, Trilce, Uruguay.

Díaz, M. E. (2017). Racismo epistemológico y occidentalocentrismo: apuntes para una descolonización de  la tradición hegemónica del conocimiento, revista de Epistemología y Ciencias Humanas, Argentina.

Eisenstein, Z. (1979). “Desarrollando una teoría del patriarcado capitalista y el feminismo socialista”, en Patriarcado capitalista y feminismo socialista, Nueva York, Monthly Review Press.

Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas.

Giddens, A. (1995). La constitución de la sociedad. Bases para la teoría de la estructuración, Amorrortu, Buenos Aires.

INEGI (2020). Censo de Población y Vivienda, 2020.

Ley 701 de reconocimiento, derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas del estado de Guerrero.

Luna, J. (2015). Educación Comunal 2015, Casa de las preguntas, México.

Morín, E. (1994). Introducción al pensamiento complejo, Gedisa, Barcelona.

Paredes, J. y Guzmán, A. (2014). El Tejido de la rebeldía. ¿Qué es el feminismo comunitario?, Artes Gráficas, La Paz.

Sen, A. (1995). Nuevo examen de la desigualdad, Alianza, Madrid.

Stuart, O.W. (2008). “Raza y discapacidad. ¿Sólo una doble opresión?”, en Barton, L. (2008). Superar las barreras de la discapacidad, Morata, España.

Tilly, Ch. (2000). La desigualdad persistente. Buenos Aires, Manantial.

Walsh, C. (2010). “Interculturalidad crítica y educación intercultural” en Construyendo Interculturalidad Crítica, Et. Al., III-CAB, La Paz, Bolivia.