El derecho de las personas con discapacidad visual en la UAGRO

 


Alma Luz Pérez López[1]

[email protected]

https://orcid.org/0000-0002-7041-5733

Universidad Autónoma de Guerrero, México

 

Alicia Guadalupe Lorenzo Loredo[2]

[email protected]

https://orcid.org/0000-0003-4395-275X

Universidad Autónoma de Guerrero, México

 

RESUMEN

El presente artículo está enfocado a una investigación realizada en relación a las personas con discapacidad visual en la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro.), análisis que inicia haciendo un breve bosquejo en los tiempos en que  no se les reconocían sus derechos fundamentales y como al transcurso de los años, se han ido empoderando gracias a las diversas luchas realizadas para que se les reconociera a nivel internacional, nacional y estatal sus derechos humanos,  toda vez que éstos, son derechos inherentes a todos los seres humanos, sustentados en la dignidad humana que son interrelacionados, interdependientes, indivisibles que todas las autoridades en sus respectivas competencias tienen la obligación de promover respetar, proteger y garantizar, los derechos humanos consignados en favor del individuo, aplicables sin distinción de nacionalidad, residencia, sexo, origen nacionalidad, discapacidad, etnia, color, u otra condición.

La UAGro., se ha ocupado promover la inclusión, para todos sus estudiantes, docentes y trabajadores administrativos, a través de diversos proyectos de trabajo que se realizan de manera interna en la institución, para dar apoyo a los estudiantes con discapacidad y ofrecerles una mejor calidad en sus estudios como también una infraestructura adecuada en las instalaciones.

 

Palabras clave: derechos; discapacidad visual; personas; inclusión educativa; diseño universal.


 

The right of people with visual disabilities in the UAGRO

 

ABSTRACT

This article is focused on an investigation carried out in relation to people with visual disabilities at the Autonomous University of Guerrero (UAGro.), an analysis that begins by making a brief sketch in the times when their fundamental rights were not recognized and how to Over the years, they have been empowered thanks to the various struggles carried out to have their human rights recognized at the international, national and state levels, since these are rights inherent to all human beings, based on human dignity. that they are interrelated, interdependent, indivisible that all authorities in their respective jurisdictions have the obligation to promote, respect, protect and guarantee, the human rights consigned in favor of the individual, applicable without distinction of nationality, residence, sex, origin, nationality, disability, ethnicity, color, or other status. Likewise, the UAGro., has been concerned with promoting inclusion, for all its students, teachers and administrative workers, through various work projects that are carried out internally in the institution, to support students with disabilities and offer them a better quality in their studies as well as an adequate infrastructure in the facilities.

 

Keywords: rights; visual disability; people; educational inclusión; universal design.

 

 

 

 

Artículo recibido 01 abril 2023
Aceptado para publicación: 15 abril 2023

 

INTRODUCCIÓN

El presente artículo está basado en la realización de una  investigación que aborda  los Derechos de las Personas con Discapacidad, en particular el análisis se basará en los Estudiantes con Discapacidad (EcD) visual en la Universidad Autónoma de Guerrero  (UAGro.), la atención y los servicios que ofrece, en el nivel medio superior, superior y posgrado con esto fomenta una educación inclusiva de calidad y con ello  dar cumplimiento al marco jurídico establecido a nivel internacional, nacional, estatal e institucional. Se realizó una  investigación bibliográfica en el análisis de publicaciones para estar al tanto del comportamiento histórico del modelo de la discapacidad basada en una metodología Socio-Jurídica, de corte cualitativo, cuantitativo y la utilización de técnicas de observación y la aplicación de instrumentos para determinar cómo se está atendiendo a los estudiante con esta condición.

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que la discapacidad es un “fenómeno complejo que refleja una relación estrecha y al límite entre las características del ser humano y las características del entorno en donde vive”;  tomando en cuenta este concepto, se debe entender que para que se presente la discapacidad en las personas, intervienen dos aspectos fundamentales uno es la característica propia de cada persona y otro es el entorno físico en el que se desarrollan las actividades cotidianas, que muchas veces se ven limitadas al interactuar con una infraestructura diseñada para personas sin ninguna limitación tanto física como sensorial, cualquier otra condición o situación de vulnerabilidad, por ello se plantea la obligación de hacer valer el derecho al pleno disfrute de los derechos y se garanticen sus derechos fundamentales como: la educación, vivienda, salud, trabajo y los demás establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los derechos humanos y sociales en México

Los derechos humanos, son derechos inherentes a todos los seres humanos, sustentados en la dignidad humana interrelacionados, interdependientes, indivisibles que todas las autoridades en sus respectivas competencias tienen la obligación de promover respetar, proteger y garantizar los derechos humanos consignados en favor del individuo, aplicables sin distinción de nacionalidad, residencia, sexo, origen nacionalidad, discapacidad, etnia, color y otra condición. El proceso de extensión de los derechos humanos dio pie a que por ser a nivel internacional se tomaran las medidas pertinentes para hacer valer el reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas, para que empezara a formarse un sistema de protección y aplicación de sus derechos. En términos jurídicos, México comenzó a perfilar la aplicación precisa de estos derechos en la estructura articulada comprendidos en los artículos del primero a veintiuno de la Carta Magna, básicamente (Cruz, J., 2017). Más allá del orden legal y político que da corporeidad a los derechos humanos, traducidos en derechos sociales y luego en prestaciones fácticas “es necesario que el enfoque gire en torno a los siguientes ejes: 1) La conjugación integral de los derechos sociales, civiles y políticos con los derechos económicos y culturales; 2) La incorporación de las diversidades (étnicas, preferencias religiosas, sexuales, de discapacidad, etc.); 3) La eficacia en administración y justicia; 4) La integración de los derechos sociales en la agenda de políticas públicas; 5) El reforzamiento de los derechos sociales en la inclusión y el desarrollo, y 6) El fortalecimiento del Estado de Derecho y la reformulación de la cultura y la efectividad de la gobernanza” (Piovesan, F., 2004).

Las leyes relativas a los derechos humanos exigen que los gobiernos hagan determinadas acciones y les impide hacer otras. Las personas también tienen responsabilidades; así como hacen valer sus derechos, deben respetar los derechos de los demás. Ningún gobierno, grupo o persona individual tiene derecho a llevar a cabo ningún acto que vulnere los derechos de los demás, por ello es necesario que se respecten los principios fundamentales de estos mismos  como la Universalidad e inalienabilidad, Igualdad y no discriminación, Interdependencia e interrelación, destacando esencialmente la participación e inclusión, donde todas las personas y todos los pueblos tienen derecho a contribuir, disfrutar y participar  de manera activa y libremente en el desarrollo civil, político, económico, educativo, social, cultural,  a través de lo cual los derechos humanos y las libertades fundamentales pueden hacerse efectivos.

Desde el siglo XIX y hasta la primera mitad del XX, los derechos sociales fueron percibidos como prestaciones asistenciales de carácter humanista, que tenían como receptores las clases menos favorecidas por el modelo de desarrollo económico y sociocultural imperante en lo local y mundial. Sin embargo, dicha conceptualización tuvo un giro después de una serie de movimientos reivindicativos de obreros, campesinos, médicos, ferrocarrileros, estudiantes, sindicatos y profesores, entre otros, en el periodo comprendido de 1960 a 1990, que pudieron posicionar a los derechos sociales como parte fundamental de la dinámica social, del Derecho y las obligaciones estatales y que ahora son asumidos, con la óptica de entender y operar principios doctrinarios en programas y acciones legales administrativas con alto impacto social.

Tal reconversión entre el deber ser y ser sirve como referencia sine qua non para el diseño y ejecución de políticas públicas, con la finalidad de dar solución a la problemática derivada por diferenciaciones e inconsistencias entre la realidad, la toma de decisiones y las situaciones que provocan la pobreza, el atraso y la discriminación en la población.

Con esta nueva perspectiva los derechos sociales pasaron de ser considerados derechos fundamentales a derechos que debe ejercer el Estado y materializarlo en políticas públicas sin pretender solamente la resolución de conflictos coyunturales. Por lo mismo se debe implementar una reglamentación destinada a definir el alcance y las restricciones de los derechos sociales no conciernen a la manera de dotar a la sociedad de prestaciones para vivir y desarrollarse en condiciones óptimas que le ayuden a vivir con dignidad e igualdad, sino también a las formas, procedimientos y acciones de las instituciones del Estado para administrar, regular, distribuir y hacer cumplirlos como un ejercicio real de poder, las reformulaciones mejoradas en el plano legislativo y la imposición de penas judiciales a quienes no las cumplan.

Así pues, los derechos sociales no son, elementos jurídico-formales o de simple voluntariedad del Estado, como lo plantean (Abramovich, V. y Courtis, C., 2011) “porque tienen que tratarse como un conjunto de obligaciones para que sean compromisos que tengan una evaluación de los tres Poderes de la Federación mexicana y de condena en los casos de omisión o incapacidad, evitando que estos no sean aplicados en el proyecto de nación, transformados en políticas públicas generalizadas”.

 Discapacidad y su Marco jurídico

A mediados del “siglo XX se comienza a percibir la discapacidad desde un enfoque asistencial, el Estado se implica y se crean los primeros centros de educación especial, pero desde una perspectiva excesivamente paternalista, que refuerza la dependencia y las actitudes de discriminación social y laboral. Esta mayor tendencia a la protección se ve reforzada tras la II Guerra Mundial, con el regreso de numerosas personas con discapacidad por primera vez, (Irene Gil). A partir de este momento empieza a tomar una nueva idealización  y empoderamiento del termino discapacidad, ya que surge la procuración de los derechos humanos de las personas que presentan diversas deficiencias, con el surgimiento del  marco normativo donde se promulgan una serie de Leyes que buscan la  protección de estos grupos en situación de vulnerabilidad; así como su integración en la sociedad, una de ellas es la Ley  General de discapacidad, misma que fue creada en el año 1982 en España, conocida anteriormente como la (Ley de Integración Social del Minusválido); así mismo podemos surge la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, cuyo  objetivo principal es  “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente” (CPCD, 2020).

De igual manera la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPD 2022), que fue publicada por el Diario Oficial Federal, el 30 de mayo de 2011, por el entonces presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, dicha Ley se creó con la finalidad de reglamentar lo estatuido en el Artículo 10 de la Constitución Política, “en establecer  las condiciones que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades.” con ello se trata de garantizar y  reconocer los derechos esenciales de las personas con discapacidad, con la intervención y el apoyo  de las políticas públicas necesarias para que se logre  una correcta implementación en su ejercicio y una aceptación favorable para que se les incluya en las diversas actividades como a cualquier otra persona, realizando los ajustes y así puedan acceder a  las Instituciones académicas como laborales, y no se les siga discriminando y negando su incorporación a espacios públicos.

La Ley General de educación artículo 48 “fomentar acciones institucionales de carácter afirmativo para compensar las desigualdades y la inequidad en el acceso y  permanencia en los estudios por razones económicas, de  género, origen étnico o discapacidad” (DOF septiembre 2019). También se cuenta con la Ley número 817 para las personas con discapacidad en el Estado de Guerrero, (LPDEG-2022), misma que surge “para dar respuesta a las diversas problemáticas que afrontan las personas con diversas discapacidades, donde se visualizan los conceptos de equidad, diversidad e integración”, de igual forma  una participación y estudio  por parte de las políticas públicas como defensa de los derechos de este grupo social, otorgándoles nuevas oportunidades en  la vida cotidiana, donde ellos puedan ejercer a plenitud la igualdad y la no discriminación.

En la Ley de Educación Estatal número 464 del Estado de Guerrero, en la que se reconocen los derechos de las personas con discapacidad, con ello.” Se garantiza   una educación que atienda las diversas capacidades, circunstancias y necesidades de los educandos, para eliminar las barreras al aprendizaje, a través  de los servicios de educación especial, como la fomentación de la vida saludable, con la activación física, hábitos de alimentación y la práctica del deporte sin descuidar el acceso a los medios tecnológicos y a la nueva innovación”, Con la creación de esta nueva ley se logró la integración  de todas las niñas, niños y jóvenes, a una educación de calidad gracias con el apoyo de los  maestros. Docentes  y especialistas en la materia de educación que se preocupan para brindar una mejor enseñanza y que tengan un mejor acceso a las escuelas, con ello hacer valer lo  establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos en su artículo 3º fracción X “... Las autoridades federales y locales establecerán políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad, en término que la ley señale. Así mismo proporcionarán medios de acceso a este tipo educativo para las personas que cumplan con los requisitos dispuestos por las instituciones públicas.”

En el Programa de Desarrollo Institucional de la UAGro., (PDI 2017-2021) del entonces rector de la UAGro., Javier Saldaña Almazán, se plantean estrategias  para la promoción de una  inclusión educativa para todos, plantea “como objetivo de la democratización del saber y de la comunidad que lo cultiva, conlleva no sólo a la participación activa en el desarrollo de la Universidad, sino a generar las condiciones institucionales para que quien ingrese tenga la alta probabilidad de concluir sus estudios e incorporarse al ejercicio profesional con calidad y competencia”. (PDI 2017-2021). 

Plan de trabajo 2021-2023. del rector interino José Alfredo Romero  Olea, plantea como prioridad, la concientización de los derechos del alumnado, considerando el bienestar del ser humano, reafirmar una educación en el escenario de una sociedad inclusiva y sostenible, con una mejor visión y  autonomía, en la Institución  y una participación colaborativa de toda la comunidad Universitaria para brindar una educación  eficiente y eficaz para todos, esto con la implementación de la Ley General de la Educación Superior, que pone énfasis en los retos que representa para la UAGro en  la gratuidad, la obligatoriedad para que nadie se quede atrás en el aprendizaje.

Lo que se busca con la creación y ejecución de estas leyes referidas con antelación es, tener una mejor perspectiva de este grupo social, que día a día busca incorporarse a las actividades cotidianas y con ello ser aceptado por la sociedad, hacer valer sus derechos humanos, como cualquier otra persona, no ser discriminado y con ello poder ejercer sus derechos y lograr una verdadera inclusión en el ámbito educativo, que es el que nos ocupa en esta investigación; así como un adecuado uso de la terminología y conceptos básicos como; equidad, accesibilidad, diseño universal, educación inclusiva, diseño universal para el aprendizaje y el trato adecuado de acuerdo a la discapacidad.

Por otro lado una vez hecho una breve explicación de los inicios de la discapacidad así, como la creación de leyes que buscan la protección de los derechos de este grupo social, nos enfocaremos al análisis de las acciones y/o estrategias que la UAGro., está implementando en relación al respeto de los derechos de las PcD visual.

Discapacidad Visual

La discapacidad visual es una condición que afecta directamente la percepción de imágenes en forma total o parcial. La vista es un sentido global que permite identificar a distancia y a un mismo tiempo objetos ya conocidos o que se nos presentan por primera vez. Por ello mismo las personas con discapacidad visual deben adentrarse a descubrir y construir su mundo por medio de otras sensaciones, como olores, sabores, sonidos, tacto y quizá imágenes segmentadas de los objetos; así como el uso del bastón blanco que sirve como apoyo para realizar las actividades cotidianas y escolares, pues en la medida que descubran sus posibilidades y sus habilidades podrán elaborar una autoimagen positiva indispensable para su integración escolar y social “La forma de utilizar los términos correctos para denominar el deterioro visual ubicado entre la visión normal y la ausencia de función visual o ceguera, han sido la visión parcial, visión defectuosa, debilidad visual, visión subnormal y baja visión; este último término se deriva del Study group on the Prevention of Blindness, estudio ejecutado en el año 1972. Tal estudio acuñó la definición clásica de baja visión, descrita como aquella alteración del funcionamiento visual, incluso después del tratamiento o corrección refractiva estándar, con una agudeza visual (AV) entre 20/60 (equivalencia en metros 6/18) a percepción de luz, o la presencia de un campo visual menor a 20° desde el punto de fijación, pero que aun, con los parámetros anteriores de manejo, AV o campimetría, utiliza o es capaz de utilizar su visión para planificar y ejecutar una tarea. En resumen, la baja visión representa una AV menor a 6/18 hasta 3/60 en el mejor ojo por cualquier causa.”(…Suárez Escudero, J. C.,  2011). Con esto podemos considerar que tenemos una discapacidad cuando al compararnos con la mayoría, no podemos hacer lo que ellos hacen. Desde ese punto de vista, la discapacidad visual existe cuando no podemos ver lo que la mayoría ve. Pero solamente cuando, a pesar de utilizar lentes u otras estrategias, con ninguno de nuestros dos ojos logramos beneficiarnos de la información visual que requerimos para aprender, para trabajar o para realizar las actividades cotidianas y cuando, además, ya los médicos especialistas comprobaron que no existe tratamiento para mejorar, entonces estamos hablando de auténtica discapacidad visual.

El concepto ceguera ha sufrido adaptaciones y modificaciones, desde el campo legal, político y laboral. A partir de la renovación del año 2009, la ceguera corresponde a las categorías 3, 4 y 5 de severidad de la discapacidad visual de manera que ceguera corresponde a una AV menor a 20/400 hasta no percepción luminosa de la programación  neurolingüística (NPL) por sus siglas en inglés (Suarez, E., Op.cit). Por ello  es necesario preparar a los alumnos con discapacidad visual para enfrentarse al reto de la integración escolar y la inclusión social, como lo marca el Artículo Tercero Constitucional, desarrollar en ellos todas sus potencialidades. Puesto que la Secretaría de Educación Pública ha diseñado los planes y programas de los diferentes niveles educativos con base en ese postulado constitucional, dichos planes y programas deben ser utilizados como instrumento beneficiador para que la competencia curricular de los alumnos sea como la de cualquier persona que no presente una deficiencia física, sensorial, psicológica o cual otra condición. Todas estas modificaciones y logros se deben “a una ola de estudios  internacionales que congregó a especialistas en las materias de derecho, sociología, educación, psicología y diversas organizaciones, para tratar temas generados a partir de movimientos sociales y derechos humanos, así como por la constancia y exigencia de la sociedad civil, pero sobre todo por estudios sobre discapacidad y la inclusión en la educación. Aunque los países altamente desarrollados iniciaron la incorporación de personas con discapacidad en los procesos educativos, bajo la óptica de considerarlas débiles o incapaces como las demás que no presentaban inconsistencias físicas o intelectuales, a partir de la primera mitad de la década de los setenta del siglo pasado, en México la incorporación no incluida como categoría determinada de igualdad y justicia, considerando los derechos humanos y constitucionales “(Pérez-Castro, J., 2016).

Por ello, es imprescindible que el Estado y las instituciones educativas, establezcan estrategias para garantiz el derecho educativo de las personas con diversidad funcional que afrontan problemas de visión (García, B., 2010), y  así evitar la desigualdad educativa en las personas con problemas visuales, y lograr garantizarles un mejor apoyo en relación a su permanencia educativa hasta llegar a su culminación, e ir dejando poco a poco lo que hasta ahora se ha visto como la discriminación por motivos de discapacidad, que de acuerdo a la  Comisión Nacional de los Derechos Humanos. “se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo”,(CNDH, 2020)

Las personas con discapacidad visual carecen de oportunidades para desenvolverse en un ambiente social que al transcurso del tiempo demandan una actitud de eficacia comparable con las personas que no presentan disfunción física y sensorial que finalmente las pone en circunstancias desfavorables que genera una sociedad en desigualdad, ante la falta de protocolos inclusivos e iniciativas en el terreno educativo, las personas con problemas visuales, se han  integrado  a un proceso educativo, donde se enfrentan a diversos desafíos en el intento de alcanzar   sus estudios en las diferentes instituciones educativas, toda vez que se carece de estrategias educativas, barreras actitudinales, físicas y una infraestructura adecuada para personas con problemas visuales.

Discapacidad visual en la UAGro.

La UAGro., pone de manifiesto su compromiso por responder a las necesidades de los grupos sociales más desfavorecidos como se ha venido planteando en el proyecto Universidad Pueblo de 1970 y más recientemente con la creación del programa Grupos Vulnerables en 2017 en el cual se plantea el impulso de nuevos programas y acciones ahora bajo el lema de “Universidad de Calidad con Inclusión Social” (Raúl Carmona), con esto se busca que los estudiantes con alguna condición  tengan una mayor autonomía en relación a darles oportunidad a todos aquellos alumnos que deseen seguir sus estudios académicos en los diferentes niveles educativos que ofrece la institución, sin hacer distinción, por razón de nacionalidad, residencia, sexo, origen, discapacidad, etnia, color, situación económica, entre otras, para un adecuado cumplimiento la Institución se ha ocupado por implementar los protocolos correspondientes.

Actualmente se han realizado diversos estudios por la catedrática Alma Luz Pérez López y Norma Yadira Menaje Alarcón, mismas que pertenecen al núcleo académico de la Escuela Superior de Ciencias Económicas de la UAGro., dichas autoras realizaron un artículo denominado Educación con inclusión en la Universidad Autónoma de Guerrero. Donde se puede apreciar que el objetivo esencial del estudio realizado, es dar a conocer como en el transcurso del tiempo hasta este momento se ha interpretado el concepto de discapacidad y la aceptación que ha tenido por parte de la sociedad, así como fomentar la educación inclusiva. En dicho estudio se da a conocer como se encontraban las instalaciones, programas y la situación que afrontan los estudiantes en el ciclo escolar 2014-2015 que se tenía una matrícula escolar en el nivel medio supe­rior, superior y posgrado de 82,770 estudiantes y solamente se atendía a 71 EcD que representan a un 0.1 % en relación a la matricula total, de estos el 2.6 % fueron reportados con ceguera, el resto se distribuyen entre las demás discapacidades. 

En relación a la infraestructura detectaron que el 40% de las escuelas contaban con rampas, pero estas fueron construidas fuera de la norma oficial que establece el  Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (INIFED) y de estas solamente el 16% tienen acceso a las aulas y el 20% a las áreas comunes, incluyendo el área administrativa.

La Universidad, va tomando fuerza y liderazgo académico inclusivo, por las estrategias y el apoyo que ha recibido de la administración central y las diferentes escuelas/facultades y demás dependencias públicas involucradas en el tema, mediante el programa piloto Educación con Inclusión para Personas con Discapacidad que tuvo sus inicios en el mes de julio del 2014 durante el rectorado del Dr. Javier Saldaña Alazán y aprobado por el H. Consejo Universitario en mayo del 2017con el nombre de Grupos Vulnerables, área que tiene como objetivo propiciar las condiciones para que los EcD puedan ingresar, permanecer y concluir sus estudios en las mejores condiciones; así mismo que los trabajadores realicen sus actividades en un entorno inclusivo. Para el logro de sus objetivos, se están realizando acciones para implementar la educación inclusiva, a través de la elaboración de estadísticas de los EcD con la finalidad de detectar en donde se encuentran y que tipo de discapacidad tienen para implementar las estrategias y los apoyos necesarios durante su trayectoria escolar.

Como se observa en el cuadro No. 1 del anexo tenemos un comportamiento variable, pero finalmente este comportamiento es a la alza, al pasar de los años en relación a la participación de las escuelas y facultades  que reportan  al alumnado que presentan alguna discapacidad, donde se observa que poco a poco van en aumento las escuelas que informan, esto se debe a la concientización de los directivos por atender la heterogeneidad de estudiantes que atienden, pues se observa que en el ciclo escolar 2014-2015 solamente reportaron un 57% de escuelas y facultades y en el 2021-2022 pasó a un 76%.

Es importante señalar que la cantidad de EcD ha presentado variaciones como se puede observar en el cuadro No. 2, estas se deben fundamentalmente al cambio de criterios para el reporte de la estadística escolar, pues como se observa se da un aumento muy grande en el ciclo escolar 2019-2020 al pasar de 554 a 1,540 de estos 1,315 son estudiantes con miopía, astigmatismo, baja visión y ciego que representan el 85.3 % del total de EcD el resto se distribuye entre las demás discapacidades, es por esa razón que se observa un incremento superior de EcD en relación a los años anteriores que pocas escuelas reportaban a los estudiantes con esta condición. De ahí se desprende la importancia de considerar este tipo de discapacidad en la planeación estratégica que anualmente realiza la institución,  en la dotación de equipamiento y estrategias educativas con la finalidad de responder a las necesidades del alumnado que atiende la UAGro.

Como referente se toman los datos del estado de Guerrero que de acuerdo a datos del INEGI reporta una población total de 3’540,685 personas de estas 213,615 que representan un 6.0% tienen alguna discapacidad, 14 079 tienen discapacidad visual porcentualmente representan un 6.6% en relación a la población total con discapacidad como se observa en el Cuadro No 3, estos datos indican que todavía falta más concientización sobre los derechos y los servicios que está ofreciendo la UAGro., para que se incorporen más estudiantes a realizar sus estudios y puedan incorporarse al mercado laboral en condiciones competitivas.

Otra de las actividades que se están realizando es promover y supervisar que los espacios físicos sean accesibles, es decir que cuenten con rampas, señalética, semaforización y equipamiento para personas con discapacidad visual (equipos de cómputo mapa áptico entre otros), función que se realiza con apoyo de las diferentes áreas administrativas. En el ciclo escolar 2021.2022 se tiene contabilizadas un 62% de escuelas que tienen rampas, también se cuenta con señalética para personas con discapacidad visual en rectoría y en la Facultad de Comunicación y Mercadotecnia (FACOM); así como también equipo de cómputo para PcD visual en la biblioteca central de Chilpancingo, en la Facultad de contaduría, como se puede apreciar en las imágenes  1,  2, 3, 4, 5, 6 y 7 del anexo, la distribución del equipamiento se hace en función del reporte que las escuelas realizan de los EcD al área correspondiente.

La capacitación y actualización del personal académico como administrativo en el tema de derechos de las personas con discapacidad, educación inclusiva, herramientas digitales para personas con discapacidad visual, lenguaje inclusivo y trato adecuado dirigido a profesores tutores y tutor par a través de la organización de talleres, cursos, conferencias y diplomados, como se aprecia en la imagen No. 8 del anexo, mismas actividades que se realizan anualmente. En relación al tema de capacitación y actualización actualmente se tiene que han tomado al menos algún curso o taller el 100% de las escuelas de nivel superior y en el medio superior solo el 83.3 % de escuelas. Estas acciones y actividades han permitido que la UAGro., participe en la convocatoria emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la que se han obtenido 9 distintivos Gilberto Rincón Gallardo uno de ellos se renovó y se obtuvo el sello dorado, distintivo que se otorga a los centros de trabajo por implementar políticas de buenas prácticas laborales en inclusión laboral y social, en igualdad de oportunidades, desarrollo y no discriminación de personas en situación de vulnerabilidad además de contar con la certificación NMX-CC-9001-IMNC-2015(ISO9001:2015) por la “American Trust Register”, organismo que certifica al  Sistemas de Gestión, así como la impartición de cursos de capacitación, incluyendo cursos para Auditores Líder con reconocimiento internacional.

Con estas actividades, se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde refiere que “Será inclusivo, al tomar en cuenta las diversas capacidades, circunstancias y necesidades de los educandos. Con base en el principio de accesibilidad se realizarán ajustes razonables y se implementarán medidas específicas con el objetivo de eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación…” (CPEUM), conforme a lo dicho por  la Carta Magna,  se busca el reconocimiento de una educación inclusiva para todo el alumnado que desee incorporarse a una  institución sin hacer distinciones o discriminación alguna, lo que se trata con esta nueva ideología es incorporar y dar la accesibilidad en las escuelas a todas las  personas que en su momento se les negaba el acceso, por el miedo de no saber cómo tratarlas o incorporarlas a las actividades escolares que suelen realizar dentro y fuera del aula de clases. Así como ir haciendo diversas modificaciones en relación a la infraestructura de las instalaciones educativas, para que se tenga acceso para todas aquellas personas con alguna discapacidad (visual, motriz, auditiva). Para ello el “Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa INIFED”, hace una serie de propuestas de cómo se debe construir una escuela para atender a las personas con diversas discapacidades y con ello fomentar una educación inclusiva. Asi entonces todas las Instituciones deben de cumplir los siguientes puntos

§  Circulaciones y rutas accesibles;

§  Dimensiones en los espacios de maniobra de las personas con discapacidad de acuerdo a su condición:

§  Puertas:

§  Escaleras:

§  Rampas:

§  Salidas de emergencias;

§  Aulas;

§  Laboratorios y talleres y;

§  Bibliotecas.

(SEP- INIFED, 2014)blob:https://web.whatsapp.com/b6f2eec2-9c3b-40ce-92bc-2e8353571ead

Estas son algunas de las estrategias que ha implementado la UAGro, en la actualidad para fomentar la inclusión educativa de las personas con discapacidad, con apego a lo estatuido en la Ley de educación en su articulado 70,donde precisa sobre una educación inclusiva (…eliminando toda forma de discriminación y exclusión, así como las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la participación, por lo que: a) Atenderá las capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos; b) Eliminará las distintas barreras al aprendizaje y a la participación que enfrentan cada uno de los educandos, para lo cual las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, adoptarán medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables; c) Proveerá de los recursos técnicos-pedagógicos y materiales necesarios para los servicios educativos, y d) Establecerá la educación especial disponible para todos los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, la cual se proporcionará en condiciones necesarias ( Ley de educación-2021).

CONCLUSIÓN

Sin duda la UAGro, está en proceso de transitar del MODELO TRADICIONALISTA de enseñanza que se ha manejado por diversas décadas, es decir, con la presencia de profesores y estudiantes en el aula, así como las normas jurídicas, y con la intervención de nuevas políticas públicas que se deberán plantear para  brindar más oportunidades a las personas con discapacidad para que estos puedan  ejercer con plenitud  sus derechos, con esta nueva idealización y la aportación de nuevos proyectos que plantea la UAGro logrará que la Universidad, con forme pasan los años, se espera que se  cuente en las escuelas un MODELO EDUCATIVO INCLUYENTE; con accesibilidad en las diversas escuelas sin olvidar el equipamiento de nuevas tecnologías para el apoyo de las personas que tengan discapacidad visual, como la colocación de  señalética, mapa apticos así como el funcionamiento de computadoras e  impresoras, en sistema Braille; en  las instalaciones académicas, esto en razón que la Universidad ingresan un mayor de estudiantes con diversas discapacidades, la institución debe contar con las estrategias necesarias para cubrir las necesidades de los EcD. Es por ello que promueve una educación de calidad y con inclusión.

REFERENCIAS

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Ley número 817 para las personas con discapacidad en el Estado de Guerrero, ( LPDEG-2022), consultado en, https://congresogro.gob.mx/legislacion/ordinarias/ARCHI/LEY-PARA-LAS-PERSONAS-CON-DISCAPACIDAD-DEL-ESTADO-DE-GUERRERO-817-2022-03-01.pdf

OMS (Organización Mundial de la Salud), https://www.mintrabajo.gob.gt/images/Servicios/DEL/Informe_del_Empleador/Clasificaci%C3%B3n-CIF-Tipos-de-Discapacidad_CIF.pdf

Pérez, A. y Memije N. (2015). Educación con inclusión en la Universidad Autónoma de Guerrero, México, Revista Rencuentro, No 70, diciembre, 2015, pp.161-170, Universidad Autónoma, Metropolitana Unidad Xochimilco. Obtenido en https://reencuentro.xoc.uam.mx/index.php/reencuentro/article/view/943/885.

Piovesan, F. (2004). Derechos Sociales, Económicos y Culturales y Derechos Civiles y Políticos, Brasil, Pontificia Universidad Católica de Sao Paulo, Revista Sur-Red Universitaria de Derechos Humanos, Año 1, Número 1. Consultado en REVISTA SUR (scielo.br)

Secretaría de Educación Pública-Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa (SEP-INIFED) (2014). Normas y Especificaciones Técnicas para la Realización de Estudios, Proyectos, Construcción e Instalaciones, México, Gobierno de México. Obtenido en https://www.gob.mx/inifed/documentos/normas-y-especificaciones- tecnicas-para-la-realizacion-de-estudios-proyectos-construccion-e-instalaciones.

Suárez Escudero, J. C.,  (2011). Discapacidad visual y ceguera en el adulto: revisión de tema. Medicina U.P.B., 30(2), 170-180. https://www.redalyc.org/pdf/1590/159022496008.pdf.

Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro) (2017-2021). Plan de Desarrollo Institucional 2017-2021. Obtenido en https://www.uagro.mx/conocenos/doc/PDI2017-2021.pdf

Universidad Autónoma de Guerrero ( UAGRo)), plan de trabajo (2021-2023), obtenido en  http://www.sgc.uagro.mx/archivos/Plan-de-Trabajo-2021-2023.pdf.

Villa, V. (2022). Autor: Vera Villa de Barranquilla, 15 de junio de 2022. Metodología en Proyectos de Investigación: Métodos en Derecho y otras Ciencias, Técnica de Redacción. Obtenido en https://www.bing.com/videos/search?q=Metodolog%c3%ada+en+Proye,ctos+de+Investigaci%c3%b3n%3a+M%c3%a9todos+en+Derecho+y+otras+Ciencias%2c+T%c3%a9cnica+de+Redacci%c3%b3n+oyutube&docid=608002996816917112&mid=5C51CFC26C468DE0FAE25C51CFC26C468DE0FAE2&view=detail&FORM=VI RE

Villabella, C. (2015). Los Métodos en la Investigación Jurídica. Algunas Precisiones en el libro Metodologías: Enseñanza e Investigación Jurídicas, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México. Obtenido en http://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/12863 para el libro íntegro y https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3983/46.pdf para el artículo científico.

 

 

 

ANEXO

Foto

 

 

 

                                                         

 

 

 

 

 

 

Escuelas que reportan estudiantes con discapacidad

Ciclo escolar

EcD

Matricula

Total

escuelas

Reportaron

%

014-2015

146

25,295

90

25

57.0

2015-2016

157

36,663

92

37

43.0

2016-2017

356

42.315

100

48

84.0

2017-2018

450

26 146

100

25

17.0

2018-2019

554

60,675

100

66

91

2019-2020

1,460

61,884

101

66

23.6

2020-2021

415

67187

102

76

62

2021-2022

496

65,396

Fuente: Grupos Vulnerables UAGro.

102

82

76.0

Cuadro No: 1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TIPOS DE DISCAPACIDAD EN LA UAGro.

Cuadro No: 2

Ciclo escolar

Miopía y astigmatismo

Baja visión

Ciego

Sub-total

Total

2014-2015

36

10

2

48

147

2015-2016

2

27

1

30

157

2016-2017

109

92

0

201

362

2017-2018

323

61

2

386

455

2018-2019

111

323

2

436

566

2019-2020

917

393

5

1,315

1540

2020-2021

200

40

2

242

419

2021-2022

199

51

3

253

509

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Grupos Vulnerables UAGro.
 

 


Población con discapacidad en guerrero

Cuadro No: 3

Población

Total

%

Personas con discapacidad

213,615

6,0

Personas con

 discapacidad visual

14079

6.6

 

 

 

 

 

Fuente: Elaboración propia con datos del INEGI.
Imagen 8: Curso Taller de Educación Inclusiva
Imagen 7: Oruga salva -escaleras
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


                                                                                           



[1] Docente investigadora de la UA de Ciencias Económicas de la UAGro., Responsable de Grupos Vulnerables de la UAGro.

 

[2] Abogada. Licenciada en Derecho. Estudiante de la Maestría en Derecho Social, de la Universidad Autónoma del Estado de Guerrero, Facultad de derecho Acapulco.