Análisis de los Precio de Transferencia y su incidencia en el marco legal en el Ecuador

 

Jhonny Antonio Concha Ramírez[1]

[email protected]

https://orcid.org/0000-0002-6031-5480

Instituto Superior Tecnológico Vicente Rocafuerte

Ecuador

 

Janeth Del Carmen Navarrete Ortiz

[email protected]

https://orcid.org/0000-0002-3784-1757

Instituto Superior Tecnológico Babahoyo

 

 

Miguel Alejandro Estefano Almeida

[email protected]

https://orcid.org/0000-0003-4246-8958

Instituto Superior Tecnológico Vicente Rocafuerte

 

Priscila Narcisa Moran Murillo

[email protected]

Instituto Superior Tecnológico Vicente Rocafuerte

 

 

Nelly Solange Vergara Díaz

[email protected]

https://orcid.org/0000-0003-2882-8101

Instituto Superior Tecnológico Vicente Rocafuerte

 

 

 

RESUMEN

La presente investigación tuvo como objetivo analizar los precios de transferencia y su incidencia en el marco legal en el Ecuador, determinando la base legal o marco teórico de los precios de transferencia y su aporte al desarrollo de un marco legal adecuado para Ecuador; en segundo lugar se va a analizar la estructura de la administración tributaria sobre el principio de plena competencia y su normativa vigente en Ecuador, y finalmente se va a evaluar las ventajas y desventajas de la aplicación de los precios de transferencia en el contexto empresarial ecuatoriano.  Es un problema complejo y multidisciplinario que ha aumentado la atención en los negocios y el gobierno. Desde una perspectiva epistemológica, este problema se basa en la teoría de la evaluación, que estudia varios métodos utilizados para determinar el valor de los bienes y servicio, para efectos del presente trabajo se analiza el método de precio comparable que no está controlado. El estudio es analítico documental con enfoque empírico cualitativo y aplicando metodologías de revisión bibliográfica, descriptiva y analítica, se realizaron análisis a trabajos realizados por profesionales en el área financiera, tributaria y en comercio internacional, el tamaño del universo y la muestra del presente proyecto está en base a la norma tributaria y la revisión cronológica de la misma, en la cual se analiza los diferentes métodos de aplicación con respecto al marco legal vigente en Ecuador. El análisis de la estructura de la administración tributaria, sobre el principio de plena competencia y su normativa vigente en Ecuador, toma en cuenta que el marco legal ha sido actualizado con el pasar de los años; aunque ha evolucionado en aspectos normativos para la administración tributaria, sigue mantenido criterios conservadores de instrumentos y equipos de fiscalidad internacional.  

 

Palabras Clave :Precios de transferencia, fiscalidad internacional, administración tributaria, OCDE, Principio de plena Competencia, Doble Imposición

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Analysis of Transfer Pricing and its impact on the legal framework in Ecuador

 

ABSTRAC

The objective of the following research synthesis is to analyze the transfer pricing and its incidence in Ecuador’s legal framework. In order to determine the legal basis or theoretical framework of transfer pricing and its contribution to the development of an adequate legal framework for Ecuador. Secondly, the structure of the tax administration will be analyzed on the principle of full competition and its current regulations in Ecuador. Furthermore, the advantages and disadvantages of the application of transfer pricing in the Ecuadorian business context will be evaluated. The chosen topic is a complex problem that has been relevant in business and for the goverment, and will be revised in an epistemological perspective in which the comparable price method that is not controlled will be analyzed. This problem is based on the theory of evaluation, which studies various methods used to determine the value of goods and services. Moreover, the type of analysis chosen is analytical documentary with a qualitative empirical approach and applying bibliographic, descriptive and analytical review methodologies. Analysis was carried out on papers carried out by professionals in the financial, tax and international trade areas.The size of the universe and the sample of this project is based on the tax regulation and its chronological review, in which the different application methods are analyzed with respect to the current legal framework in Ecuador. The analysis of the structure of the tax administration, on the principle of full competition and its regulations in force in Ecuador. It takes into account that the legal framework has been updated over the years. Although it has evolved in regulatory aspects for the tax administration, it continues to maintain the criteria for international taxation instruments and equipment.

 

Key Word: Transfer pricing, international taxation, tax administration, OECD, Arm's length principle, Double taxation.

 

 

Artículo recibido 28-marzo 2023

Aceptado para publicación: 28 abril 2023


 

INTRODUCCIÓN

El proceso de globalización económica ha producido importantes cambios en el comercio internacional, incrementando significativamente las transacciones comerciales. Debido a esto los costos de traslado de dinero son importantes dentro de la gestión de tributos, que busca defender la recaudación tributaria, disminuyendo la evasión, incrementando los controles e implementando la aplicación de normas referidas a los precios de transferencia.

La evolución fiscal toma en consideración factores de carácter económico, político y social. Desde esa perspectiva, se destacan las recomendaciones en materia de política fiscal emitidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) cuyo propósito es lograr una recaudación más amplia y sistematizada, además de buscar una fiscalización más eficiente. La obligación de precios de transferencia nace de la necesidad de controlar las transacciones que realizan las empresas internacionales que cuentan con partes relacionadas, dichas transacciones deben estar acorde a los precios de mercado, toman en cuenta el pago de impuesto según su jurisdicción, que los contribuyentes paguen sobre la base de transacciones reales.

El análisis de precios de transferencia se ha convertido en una práctica cada vez más importante para las empresas que operan a nivel internacional. En Ecuador, aunque existe una normativa específica que regula esta práctica, hay una falta de conocimiento y comprensión sobre su aplicación, lo que puede generar problemas de evasión fiscal y conflictos con las autoridades tributarias. Además, la falta de una aplicación efectiva del análisis de precios de transferencia en Ecuador puede llevar a problemas de competencia desleal y distorsión del mercado, lo que afecta a las empresas vinculadas y a los consumidores.

Ante esta situación, surge la siguiente interrogante ¿Cómo se haría el análisis de los precios de transferencia y su incidencia en el marco legal en el Ecuador?; para dar respuesta a esta pregunta, se parte del hecho de describir como se da la aplicación de los precios de transferencia según el marco legal local, por lo tanto, el objetivo del presente documento es analizar los precios de transferencia y su incidencia en el marco legal en el Ecuador, ante lo cual en primera instancia se va a determinar la base legal o marco teórico de los precios de transferencia y su aporte al desarrollo de un marco legal adecuado para Ecuador; en segundo lugar se va a analizar la estructura de la administración tributaria sobre el principio de plena competencia y su normativa vigente en Ecuador, y finalmente se va a evaluar las ventajas y desventajas de la aplicación de los precios de transferencia en el contexto empresarial ecuatoriano.

La justificación de la investigación está en base a la incidencia del marco legal en Ecuador sobre la aplicación de los precios de transferencia. El presente trabajo se estructura considerando identificar definiciones que sustentan el tema en relación a los precios de transferencia y su respectiva conceptualización teórica y epistemológica, el marco legal regulatorio actual. La metodología a aplicarse es empírica cualitativa, y el método es el analítico-sintético; lo cual permitirá evidenciar ciertos hallazgos y generar un punto de discusión relacionado a la problemática. Para finalizar se presentan conclusiones que surgen como respuestas a los objetivos planteados.

MARCO TEÓRICO

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

A nivel internacional los precios de transferencia, fueron producto colaborativo de diferentes países, basados en el Plan Marshall después de la segunda guerra mundial, con la aparición de la OCDE, este tuvo como misión agrupar a países incluyendo Estados Unidos, donde la economía y los impuestos tenían relación absoluta y generaba doble pagos o diferencia en los tributos cuando eran relacionadas (Gónzalez,2022). 

Gallardo (2020), menciona que el Plan Marshall, cuyo nombre oficial era European Recovery Program (ERP), fue creado por el General C. Marshall en Harvard el 5 de junio de 1947, teniendo un impacto relevante y salvador para el Continente Europeo, ya que consistía en proporcionar ayuda económica -créditos y subvenciones- y material -bienes de equipo- para reconstruir la Europa devastada por la Segunda Guerra Mundial. Este plan contribuyó a reconstruir la economía facilitando la disponibilidad de bienes de equipo, capacidad energética y materias primas. Además, creó las condiciones adecuadas para la liberalización económica a escala europea; a partir de lo que por entonces eran pequeños mercados muy compartimentados. (Bleckwedel, 1952).

Para el año 1960 el Plan Marshall había finalizado, y por ende el cumplimiento de su objetivo principal como OECE. El cooperativismo entre naciones aunaba acciones positivas, por lo cual el 14 de diciembre de 1960, se reunieron en Paría alrededor de 20 países de América del Norte y dando inicio a la OCDE. Hurtado (2011), comenta que la OCDE necesitaba alcanzar políticas fiscales que cubran las necesidades de los diferentes estados, y una mejora que proyecte el desarrollo económico, pero que a su vez permita recaudaciones justas reflejadas en la parte social y sustentable. A continuación, en la Tabla 1 se detalla de manera cronológica la integración de los diferentes países que ahora conforman la OCDE.

Tabla 1. Cronología de conformación de la OCDE

Año

País

1961

Canadá, Estados Unidos, Reino Unido, Dinamarca, Islandia, Noruega, Turquía, España, Portugal, Francia, Irlanda, Bélgica, Alemania, Grecia, Suecia, Suiza, Austria, Países Bajos, Luxemburgo.

1962

Italia

1964

Japón

1969

Finlandia

1971

Australia

1973

Nueva Zelanda

1994

México

1995

República Checa

1996

Hungría, Polonia, Corea del Sur

2000

Eslovaquia

2010

Chile, Eslovenia, Israel, Estonia

2016

Letonia

2018

Colombia, Lituania

2021

Costa Rica

Fuente: Elaboración Propia

La OCDE como organismo que promueve políticas que favorecen a la economía, el empleo, la estabilidad financiera, y el desarrollo económico ha realizado publicaciones de estudios que abordan problemáticas en relación a la doble tributación, evasión fiscal y precios de transferencia. (Ramírez, J., y Luz, A. 2017).  Sin embargo, no fue la OCDE la primera entidad que se preocupó de los temas relacionados a precios de transferencia. El país precursor de esta norma es el Reino Unido, el cual para el año 1915 implantó la primera normativa respecto a esta materia. Estados Unidos ha sido el que ha liderado el desarrollo de la regulación de precios de transferencia promulgando en 1917 los artículos 77 y 79 de la War Revenue Act, concediendo al Director del Internal Revenue Service (IRS) la posibilidad de requerir que empresas relacionadas presentarán declaraciones de impuestos consolidadas en aquellos casos que fuera necesario para determinar correctamente el capital invertido y la utilidad tributable. (Hurtado, H. 2011).

En 1979 la OCDE elabora y presenta las directrices sobre los Precios de Transferencia y Empresas Multinacionales ante el Consejo de la misma organización, estas directrices fueron creadas y propuestas con el fin de guiar a quienes ejercen la Administración Tributaria en los diferentes países. La normativa plantea la igualdad de condiciones a nivel de comercio internacional entre quienes conforman la OCDE y quienes no forman parte de ésta, lo cual surge considerando las relaciones vinculantes y la generación de utilidades que puede favorecer a un país. (Rivadeneira, J. 2015).

La acogida del régimen de precios de transferencia en América Latina tiene sus comienzos con la creación del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) en 1967, es un organismo internacional público, sin fines de lucro que brinda asistencia técnica especializada para la actualización y modernización de las Administraciones Tributarias. (Díaz, D. 2017).

América Latina continua con el proceso de dinamizar los precios de transferencia a través del desarrollo de la norma que permitan el control de los ingresos grabados (rentas en fuente), para de esta manera enfatizar en el cumplimiento de los mismo mediante el principio de plena competencia.

Para el caso de Ecuador, el régimen de precios de transferencia está en constante cambio, aquí la estructura de los negocios, es considerada dado el esquema de transacciones que se aplica mediante partes relacionadas.

El Estado ecuatoriano no pertenece a la OCDE en la actualidad, pero adopta la normativa planteada mediante la Ley de la Reforma de las Finanzas Públicas divulgada en el Registro Oficial N° 181 en abril de 1999, sustituyendo el Art. 91 del Código Tributario, lo cual facultaría a la Administración Tributaria Fiscal constituir la normativa necesaria para controlar y corregir todo lo concerniente a los precios de transferencia. (Rivadeneira, J. 2015).

Consecuentemente se publicaron nuevas normativas que permitieron una mejor aplicación del concepto de Precios de Transferencia como por ejemplo tenemos los montos de aplicación, elaboración de anexos e informes, etc. La Tabla 2 muestra la normativa aplicada a los precios de trasferencia y su respectiva evolución a través de los años.

Tabla 2. Publicación de Normativa sobre Precios de Transferencia

Año de Publicación

Normativa

Descripción

Diciembre 2004

Decreto N° 2430

Precios de Transferencia como mecanismo de control fiscal.

Enero 2006

Registro Oficial 188

Resol. NAC-DGER2005-0640

Resol. NAC-DGER2005-0641

Ficha técnica para el anexo de Precios de Transferencia e Impuesto a la Renta

Diciembre 2007

Ley

Reformatoria para la Equidad Tributaria, publicada en el tercer suplemento del Registro Oficial No. 242

Concepto de Partes Relacionadas

Abril 2008

Registro Oficial 324

Resol. NACDGER2005-0640

Normativa para empresas que realizan transacciones con Partes Relacionadas

Abril 2009

Resol. NAC-DGER2009-0286

Cambios en la denominación del Anexo de Precios de Transferencia por el de Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas

Fuente: Elaboración Propia


 

FUNDAMENTOS EPISTEMOLÓGICOS

El análisis de precios de transferencia es un problema complejo y multidisciplinario que ha aumentado la atención en los negocios y el gobierno. Desde una perspectiva epistemológica, este problema se basa en la teoría de la evaluación, que estudia varios métodos utilizados para determinar el valor de los bienes y servicios. El método más común en este campo es un método de precio comparable que no está controlado, el método de margen de ventas neto y el método de costo más. El método de elección apropiado dependerá de las características específicas de cada transacción.

En literatura especial, se puede encontrar varios escritores y trabajos que discutan este tema desde varias perspectivas. Por ejemplo, Katz y Rosen (1985) proponen teorías sobre la evasión fiscal y cómo las empresas pueden transferir bienes y servicios a precios artificiales para reducir su carga fiscal. La OCDE (2017) ofrece pautas detalladas sobre el análisis de precios de transferencia, mientras que Fazzio y Jozefowicz (2019) prueban la relación entre la transferencia internacional y los precios de los impuestos, desde la perspectiva teórica. Moya (2015), mientras tanto, realiza una revisión bibliográfica que recopila las ideas y conceptos principales relacionados con el análisis de precios de transferencia. Aguilar (2018) analiza las regulaciones fiscales y fiscales en Ecuador en relación con el precio de transferencia.

Para Silva (2021), los Precios de Transferencia consiste en el estudio, el análisis y la distribución de los montos y precios de aquellas operaciones entre las partes relacionadas, para lo cual dichas operaciones pueden ir desde la venta de activos tangibles e intangibles y la prestación de servicios, dándose las mismas entre organizaciones que pertenecen a una corporación.

En conclusión, se puede definir a los precios de transferencia como transacciones asignados por las partes relacionadas[2] o vinculadas a través de los cuales se transfieren materias primas, servicios, pagos de arrendamientos, pago de intereses, pago de regalías.

Es importante destacar que el análisis de precios de transferencia tiene una fuerte participación en el marco legal, porque las empresas están obligadas a cumplir con las regulaciones fiscales e tributarias estatales donde operan. La globalización ha provocado que cada vez más empresas operen en diferentes países, lo que ha resultado en la necesidad de regular los precios de la transferencia. En este caso, el análisis de precios de transferencia juega un papel clave en la prevención de la evitación fiscal y la promoción de la justicia fiscal.

MARCO LEGAL

La estructura legal en la cual se basa la fiscalidad internacional, se relaciona de manera directa con la jerarquización de las normas y leyes que rigen a cada país. Desde esa perspectiva, la Pirámide de Kelsen[3] muestra de manera esquemática el predominio de cada una.

Gráfico 1. Pirámide de Kelsen[4]

Fuente: Elaboración Propia

 


 

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

En la Constitución del año 2008, el Artículo 416 manifiesta los siguiente “Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores, y, en consecuencia:

Inciso 9. Reconoce al derecho internacional como norma de conducta, y demanda la democratización de los organismos internacionales y la equitativa participación de los Estados al interior de estos.

Inciso 12. Fomenta un nuevo sistema de comercio e inversión entre los Estados que se sustente en la justicia, la solidaridad, la complementariedad, la creación de mecanismos de control internacional a las corporaciones multinacionales y el establecimiento de un sistema financiero internacional, justo, transparente y equitativo. Rechaza que controversias con empresas privadas extranjeras se conviertan en conflictos entre Estados.”

CÓDIGO TRIBUTARIO

Díaz, D (2017) da a conocer que en 1999 se realizó una actualización del Código Tributario, en el cual se faculta al Servicio de Rentas Internas para que regule los precios de las transacciones para efectos tributarios, en el caso de exportaciones a precios menores o al costo, o cuando las importaciones no se realicen a precios de mercado.

Artículo 35.- Exenciones generales, indica “Dentro de los límites que establezca la ley y sin perjuicio de lo que se disponga en leyes orgánicas o especiales, en general están exentos exclusivamente del pago de impuestos, pero no de tasas ni de contribuciones especiales:

Inciso 7. Las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos y otros organismos internacionales, de los que forme parte el Ecuador, así como sus instituciones por los bienes que adquieran para su funcionamiento y en las operaciones de apoyo económico y desarrollo social;

Ley de Régimen Tributario Interno

Artículo (...).- Precios de Transferencia, menciona “Se establece el régimen de precios de transferencia orientado a regular con fines tributarios las transacciones que se realizan entre partes relacionadas, en los términos definidos por esta Ley, de manera que las contraprestaciones entre ellas sean similares a las que se realizan entre partes independientes.”

 

 

Reglamento para la Aplicación de la Ley Régimen Tributario Interno

El Artículo 1 referente a la cuantificación de los ingresos, en su segundo párrafo da a conocer que la “Administración Tributaria podrá establecer ajustes como resultados de la aplicación de los principios del sistema de precios de transferencia establecidos en la ley, este reglamento y las resoluciones que se dicten para el efecto.”

Artículo 4 que habla sobre Partes Relacionadas, refiere “Con el objeto de establecer partes relacionadas, a más de las referidas en la Ley, la Administración Tributaria con el fin de establecer algún tipo de vinculación por porcentaje de capital o proporción de transacciones, tomará en cuenta, entre otros, los siguientes casos:

Los contribuyentes que cumplan con los preceptos establecidos en esta norma estarán sujetos al régimen de precios de transferencia y deberán presentar los anexos, informes y demás documentación relativa a los precios de transferencia, en la forma establecida en este reglamento, sin necesidad de ser notificados por la Administración Tributaria.

Para establecer partes relacionadas cuando las transacciones realizadas entre éstas, no se ajusten al principio de plena competencia la Administración aplicará los métodos descritos en este reglamento.”

Resoluciones Administración Tributaria

La Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000617 (publicada el 28 de diciembre de 2017), hace referencia a la obligación de presentar el anexo e informe integral de precios de transferencia y quienes están obligados ofreciendo los nuevos lineamientos técnicos para la aplicación del régimen de precios de transferencia:

Los sujetos pasivos que hayan efectuado operaciones con partes relacionadas locales y/o domiciliadas en el exterior, dentro de un mismo período fiscal en un monto acumulado superior a tres millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD3.000.000,00), deberán presentar al Servicio de Rentas Internas el mes de junio la siguiente información: 

Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas con transacciones entre USD3.000.000,00 y USD15.000.000,00. 

Informe de Operaciones con Partes Relacionadas con transacciones superiores a USD15.000.000,00.

Independiente del monto de transacciones con partes relacionadas, realizadas durante el año, estarán exentos de presentar el Anexo y/o Informe de Precios de Transferencias aquellos contribuyentes que cumplan las siguientes condiciones:

·         Tengan un impuesto causado superior al tres por ciento de sus ingresos gravables.

·         No realicen operaciones con residentes en paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes; y,

·         No mantengan suscrito con el Estado contrato para la exploración y explotación de recursos no renovables.

METODOLOGÍA

Para lograr los objetivos establecidos, se empleará metodología empírica cualitativa. Sánchez, G (2022) hace conocer que el enfoque cualitativo tiene como finalidad la descripción, comprensión, interpretación y explicación de un fenómeno.

Por lo expuesto anteriormente, se hará la verificación de la norma y bibliografía básica, con esto se realizará el análisis documental y explicación de las fuentes consultadas sobre los precios de transferencia y la estructura de la administración fiscal desde la perspectiva del principio de competencia completa.

El método a ser aplicado es el analítico-sintético, ya que define el análisis de la normativa legal vigente, permitiendo ver el origen legal y la aplicación de los precios de transferencia a través del tiempo y desde diferentes perspectivas. Además, de relacionar e identificar características generales de la aplicación práctica de los precios de transferencia y su cumplimiento de los estándares actuales.

El tamaño del universo y la muestra del presente proyecto, está en base a la norma tributaria y la revisión cronológica de la misma, en la cual se analiza los diferentes métodos de aplicación con respecto al marco legal vigente en Ecuador.

La técnica de recolección de datos, será mediante el análisis documental de la normativa, ley, reglamento, resoluciones administrativas, publicaciones especializadas, artículos científicos, informes gubernamentales y comerciales, entre otras cosas.

Además, de la observación de entrevistas realizada a expertos en el campo de fiscalidad para ver más profundamente el uso de precios de transferencia en el contexto comercial ecuatoriano.


 

RESULTADOS

El análisis de la estructura de la administración tributaria, sobre el principio de plena competencia y su normativa vigente en Ecuador, involucra un avance de los precios de transferencia. Tomando en cuenta que el marco legal ha sido actualizado con el pasar de los años. Para Alexis Carrera, experto de la firma Precios de Transferencia E&Y, Ecuador ha evolucionado normativamente, además esto también se refleja en los equipos de fiscalidad internacional. Para el experto, la Administración Tributaria tiene criterios centrado y muchos de ellos son conservadores satisfaciendo las pruebas más exigentes[5].     

Para la Doctora Cristina Trujillo, el Código Tributario en su última reforma genera la seguridad jurídica en tema de precios de transferencia en sus artículos 30.3 y 30.4, considerando que, desde la perspectiva de la Administración Tributaria, esto le permite al auditor sustentar con bases legales que, aunque no existe en la norma, se da de manera común en una industria que no está desarrollada en el Ecuador.

La Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno en la sección segunda artículo innumerado a continuación del artículo 15 señala que para efectos tributarios se entiende por principio de plena competencia aquel por el cual, cuando se establezcan o impongan condiciones entre partes relacionadas en sus transacciones comerciales o financieras, que difieran de las que se hubieren estipulado con o entre partes independientes, las utilidades que hubieren sido obtenidas por una de las partes de no existir dichas condiciones pero que, por razón de la aplicación de esas condiciones no fueron obtenidas, serán sometidas a imposición. (Morán, D. 2016)

Este principio aplicado de manera correcta procura la recaudación fiscal de manera que se permita entre las empresas una competencia leal, obteniendo operaciones entre relacionadas basadas en la oferta y demanda. Por lo tanto, permite centrar el foco de atención en los beneficios, obviando así el cómo se realizaron las operaciones; in fine, acaba convirtiéndose en un reparto «convencional» de las rentas entre entidades vinculadas. No obstante, dicho principio solo tendrá repercusión en el cálculo del ajuste de la base imponible. (Pérez, M. 2023).

Para evaluar las ventajas y desventajas de la aplicación de los precios de transferencia en el contexto empresarial ecuatoriano, se hace conocer que una buena aplicación de los precios de transferencia ofrece las siguientes ventajas en términos fiscales:

·         Se tiene resultados positivas sobre el flujo financiero de las multinacionales.

·         Permite sortear controles gubernamentales, como cambiarios o de ganancias son infringir el marco legal.

·         Mayor atención por parte de las empresas al momento de buscar asesoría oportuna y evitar el pago de multas o ajustes fiscales cuantiosos.

·         Optimización en la aplicación de la norma desde la perspectiva de la Administración Tributaria, dado que es una forma de obtener el pago oportuno del impuesto en el lugar donde efectivamente se generen.

Como caso opuesto se puede presentar problemas al momento de cotejar una aplicación adecuada del principio. Para el caso la administración tributaria y los contribuyentes la obtención de la información para poder valuar las operaciones realizadas por partes relacionadas y poder cotejar con las desarrolladas por las empresas independientes, requiere de la interpretación y buen juicio de quienes realizan y lo revisan, ya que no es una ciencia exacta.

Algo importante de considerar para este caso es los criterios para aplicar el Principio de Plena Competencia, lo cual tiene como base la comparabilidad de escenarios entre las operaciones de vinculadas con las operaciones que se dan entre empresas no relacionadas o independientes. Ante esto es necesaria la identificación de precios, y los montos de las contraprestaciones, lo cual debe estar en correspondencia entre relacionadas e independientes.

La OCDE hace conocer como una desventaja en este tema, el hecho de que las empresas independientes no pueden considerar limitantes inherentes cuando se da la aplicación práctica del principio de plena competencia, tomando en cuenta que no se contaría con información oportuna, esquemas de negocios de multinacionales que sean basados en economía a escala.  

CONCLUSIONES

Desde la perspectiva del Ecuador en los últimos 10 años se ha venido trabajando para mejorar su sistema tributario internacional, preocupándose por actualizar su normativa, en busca de beneficios fiscales; así como en incluirse en el (SRI, 2019) /Foro Global sobre la Transparencia y el Intercambio de Información con fines tributarios, que promueve el intercambio de información y así se permita revelar estrategias de planificación fiscal agresiva. (Verdezoto, Montero, y Aguay 2023)

En el caso ecuatoriano, el marco regulatorio acoge expresamente la normalización establecida en las directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia; evitando de esta manera la manipulación de los resultados por parte de las empresas, sin embargo, debe tomarse en cuenta que esto ha sido aprovechado por Ecuador, dado que cuenta con un esquema satisfactorio en relación a las pruebas practicadas al momento de determinar ingresos gravados (fuente y residencia), corrigiendo las problemáticas de manipulación de precios y la doble imposición.

El cumplimiento del principio de plena competencia, según la estructura y norma vigente en Ecuador, toma en cuenta la realización de transacciones entre partes relacionadas que requiere la identificación del método de valoración más apropiado para el análisis. Si bien de acuerdo a las guías de la OCDE se debe esbozar esfuerzos por la aplicación de métodos tradicionales para la determinación de precios de transferencia, se debe realizar un análisis de la realidad comercial de las empresas a fin de escoger el método que se adapte a la realidad económica de las transacciones y complejidad de operaciones. (Latacunga 2012).

La evolución en términos de precios de transferencia en Ecuador tiene ventajas que señalan el hecho de obtener ganancias amparados en base legal, o tener mayor asesoría y evitar el pago de multa, pero también es cierto que la transparencia de la información es un problema que incomoda a los entornos comerciales en desarrollo. Algo que es aprovechado por las empresas es el cumplimiento de la norma sobre todo a nivel interno y establecidas por la Administración Tributaria, lo cual faculta el desarrollo de las operaciones comerciales intragrupo.  (Cerda, 2020)

Cuando son empresas de un mismo grupo se generan actividades de control y estandarización en el precio de venta al público y se trata de pactar o coordinar la necesidad de ubicar valores reales, evitando el fraude o la evasión de impuesto plenamente justificado. Se trata de difundir una cultura tributaria para evitar problemas de pago al Impuesto a la Renta y el respectivo formulario para el desglose de los productos lo cual existirá una rebaja o aumento de base imponible para el cálculo del mismo.


 

REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍA

Aguilar, A. (2018). Análisis de precios de transferencia en el marco tributario del Ecuador. Revista Científica UDO Agrícola, 18(4), 871-877. https://doi.org/10.35533/rcua.v18i4.1141

Bleckwedel, E. R. E. (1952). El plan Marshall y la recuperación económica de Europa (Doctoral dissertation, Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas.). Obtenido de la Web http://bibliotecadigital.econ.uba.ar/download/tesis/1501-0560_BleckwedelER.pdf

Cabezas Luna, M. P. (2018). Determinación del precio de transferencia en el servicio de transporte aéreo de pasajeros en aerolíneas internacionales con filiales en Ecuador (Master's thesis, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador). Obtenido de la Web https://repositorio.uasb.edu.ec/bitstream/10644/6386/1/T2727-MT-Cabezas-Determinacion.pdf

Cerda Mosquera, G. A. (2020). Precios de transferencia: riesgos u oportunidades que afrontan las empresas multinacionales, según la legislación ecuatoriana vigente (Master's thesis, Quito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador).

Díaz Valencia, D. E. (2017). Análisis del principio de plena competencia de las operaciones con partes relacionadas de la empresa Alamedaecu Comercio SA del periodo fiscal 2015 y carta diagnóstica que incluye la evaluación obtenida de precios de transferencia (Bachelor's thesis, PUCE).

Fazzio, I. A., & Jozefowicz, J. (2019). Transfer pricing: Theoretical and empirical aspects. Journal of International Accounting, Auditing and Taxation, 35, 61-73. https://doi.org/10.1016/j.intaccaudtax.2018.11.002

Ficha Técnica para la Estandarización de Análisis de precios de Transferencia Versión marzo 2019 pdf. (sacado de la Web httyps://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/69d4141e-0b07-4923-b16e-c6e8a11dddeb/Ficha_T%C3%A9cnica_Estandarizaci%C3%B3n_IPT%20Versi%C3%B3n%20marzo_2019.pdf

Galindo Soza, M. (2018). La pirámide de Kelsen o jerarquía normativa en la nueva CPE y el nuevo derecho autonómico. Revista jurídica derecho, 7(9), 126-148.

Gallardo, A. (2020). Qué es la OCDE y cuáles son sus funciones. https://hablemosdeempresas.com/empresa/que-es-la-ocde/

González de Frutos, U. (2022). Historia de los precios de transferencia. Obtenido de la Web https://udimundus.udima.es/handle/20.500.12226/1219.

Guía para el Contribuyente Ficha Técnica Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas (sacado de la Web) https://www.sri.gob.ec/DocumentosAlfrescoPortlet/descargar/cc345797-6e91-4c77-825b-05f9922f6044/Ficha%20T%C3%A9cnica%20-%20Anexo%20de%20Operaciones%20con%20Partes%20Relacionadas%20-%20OPR.PDF

Hurtado Araneda, H. (2011). Los métodos de precios de transferencia y el ingreso de Chile a la OCDE. Revista chilena de derecho, 38(3), 511-544. DOI: http://dx.doi.org/10.4067/S0718-34372011000300005

Informe Integral de Precios de Transferencia -intersri sacado de la web https://www.sri.gob.ec/informe-integral-de-precios-de-transferencia

Katz, M. L., & Rosen, H. S. (1985). Tax analysis in an imperfect world. The Journal of Political Economy, 93(4), 826-859. https://doi.org/10.1086/261327

Latacunga, N. (2012). Diseño de un sistema de control interno para una filial de una empresa multinacional de servicios petroleros, enfocado en precios de transferencia (Master's thesis, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador).

Morán Estrada, D. P. (2016). Análisis de los métodos para la aplicación de precios de transferencia (Master's thesis, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador).

Moya, R. (2015). Precios de transferencia: una revisión bibliográfica. Contabilidad y Negocios, 10(19), 111-127. http://dx.doi.org/10.18800/contabilidad.201501.006

OECD. (2017). Transfer pricing guidelines for multinational enterprises and tax administrations. OECD Publishing. https://doi.org/10.1787/9789264264488-en

Pérez i Mafé, R. (2023). Valoración de activos en operaciones intragrupo.

Ramírez, J., y Luz, A. (2017). Precios de transferencia entre partes relacionadas nacionales. Obtenido de la Web https://repositorioinstitucional.uabc.mx/bitstream/20.500.12930/695/1/ENS087348.pdf

Rios, V. G. G. (2022). Estudio comparativo del Régimen Precio de Transfencia en Paraguay. Revista de Ciencias Empresariales, Tributarias, Comerciales y Administrativas1(2), 79-93.

Rivadeneira Calderón, J. T. (2015). La valoración aduanera en el Ecuador y los precios de transferencia (Master's thesis, Universidad de Guayaquil Facultad de Ciencias Económicas). Obtenido de la Web http://repositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/8536/1/TESIS%20DE%20GRADO%20JUSTO%20RIVADENEIRA.pdf

Rodríguez Jiménez, A., & Pérez Jacinto, A. O. (2017). Métodos científicos de indagação e de construção do conhecimento. Revista Ean, (82), 179-200.

Sánchez Puente, G. L. (2022). Análisis de las reformas tributarias y su incidencia en la recaudación del Impuesto a la Renta en el Ecuador periodo 2018-2020 (Master's thesis, Quito: UCE).

Servicio de Rentas Internas. Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI). Principio de Plena Competencia y los Precios de Transferencia. Artículos innumerados. Obtenido de la Web https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/c1bd81fa-98fa-4395-a93d-c79f1c197f70/Principio%20de%20Plena%20Competencia.pdf

Servicio de Rentas Internas. Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria. Obtenido de la Web file:///D:/Descargas/LEY%20REFORMATORIA%20PARA%20LA%20EQUIDAD%20TRIBUTARIA%20EN%20EL%20ECUADOR.pdf

Silva Nuñez, Y. P. (2021). Las fuentes de interpretación para precios de transferencia establecidas en el artículo 32-A inciso H) de la Ley del Impuesto a la Renta y la Vulneración al Principio de Legalidad. Obtenido de la Web https://tesis.usat.edu.pe/bitstream/20.500.12423/4005/1/TM_SilvaNu%c3%b1ezYorely.pdf

Verdezoto, M. A. M., Montero, M. E. R., & Aguay, W. E. H. (2023). Plan BEPS y su impacto en Ecuador. Tesla Revista Científica, 3(1), e154-e154.

 



[1] Autor Principal

[2] La OCDE define a las partes relacionadas como personas o empresas que participan de manera directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de la otra.

[3] La pirámide de Kelsen o jerarquía normativa, es también un método jurídico estricto, mediante el cual quiere eliminar toda influencia psicológica, sociológica y teológica en la construcción jurídica, y acotar la misión de la ciencia del derecho al estudio exclusivo de las formas normativas posibles y a las conexiones esenciales.

[4] La jerarquía normativa o pirámide kelsiana, es categorizar las diferentes clases de normas ubicándolas en una forma fácil de distinguir cual predomina sobre las demás, ej. Constitución, ley, decreto ley, ordenanza etc. Galindo Soza, M. (2018). La pirámide de Kelsen o jerarquía normativa en la nueva CPE y el nuevo derecho autonómico. Revista jurídica derecho, 7(9), 126-148.

[5] Tributación de Hoy – Programa 165 – 01 junio 2022, Tema: Precios de Transferencia 2022, Invitado: Alexis Carrera-Experto Precios de Transferencia E&Y, Link: https://www.ccpp.org.ec/2022/06/08/precios-de-transferencia-2022/