El derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del COVID-19

 

 

Mar�a Mercedes Zambrano Murillo[1]

[email protected]

https://orcid.org/0009-0001-1179-7217

Ecuador, Manta, Manabi

 

 

RESUMEN

Durante la pandemia del Covid- 19 el derecho a la salud enfrent� graves restricciones como consecuencia del colapso del sistema sanitario, en este contexto los adultos mayores se ubican entre las personas de mayor afectaci�n por las m�ltiples limitaciones que les imped�an acceder a los servicios de salud. Como grupo de atenci�n prioritaria de acuerdo a lo previsto en el marco constitucional del Ecuador los adultos mayores deben tener atenci�n preferente y especializada en el �mbito de la salud, sin embargo, existieron graves restricciones en torno al ejercicio de este derecho. El objetivo del estudio es analizar el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del COVID-19, su metodolog�a es cualitativa, se utiliza la t�cnica de la entrevista, en su desarrollo se analiza doctrina, jurisprudencia y normas jur�dicas que dan sustento te�rico al estudio.� Se concluye que durante la pandemia del Covid-19 el derecho a la salud de las personas adultas mayores fue restringido como consecuencia de la ineficiencia del Estado para garantizar el acceso a los servicios sanitarios.

 

Palabras claves: Buen vivir; derechos; pandemia; salud; COVID � 19.


 

The right to health of the elderly during the COVID-19 pandemic, meeting the requirements for its publication

 

ABSTRACT

During the Covid-19 pandemic, the right to health faced serious restrictions as a result of the collapse of the health system. In this context, older adults are among the most affected people due to the multiple limitations that prevented them from accessing health services. . As a priority care group, according to the provisions of the Ecuadorian constitutional framework, older adults must have preferential and specialized care in the field of health, however there were serious restrictions on the exercise of this right. The objective of the study is to analyze the right to health of the elderly during the COVID-19 pandemic, its methodology is qualitative, the interview technique is used, in its development doctrine, jurisprudence and legal norms that give theoretical support to the study. It is concluded that during the Covid-19 pandemic, the right to health of the elderly was restricted as a result of the inefficiency of the State to guarantee access to health services.

Keywords: Good living; Rights; pandemic; Health; COVID-19.

 

 

 

Art�culo recibido 29 Mayo 2023

Aceptado para publicaci�n: 29 Junio 2023

 

 


 

1.           INTRODUCCI�N:

Las personas adultas mayores son los ciudadanos que tienen 65 a�os o m�s, de acuerdo con la Organizaci�n Mundial de la Salud a este grupo pertenecen indistintamente todas las personas mayores a 60 a�os. En el Ecuador seg�n el Ministerio de Inclusi�n Econ�mica y Social los adultos mayores corresponden al 6,5% de la poblaci�n total, grupo del que el 45% vive en condiciones de pobreza y extrema pobreza, el 43% corresponde al sector rural, el 14,9% son v�ctimas de negligencia y abandono y el 74% no cuenta con seguridad social. Aunque la pandemia del Covid-19 y sus consecuencias colocaron en riesgo el derecho a la vida de millones de personas a nivel mundial, los adultos mayores se ubicaron entre la poblaci�n m�s afectada por la amplia vulnerabilidad a la que se vieron expuestos por sus condiciones previas de salud.� Esta vulnerabilidad ha sido documentada ampliamente por la CEPAL que ubica a los adultos mayores como el grupo de mayor riesgo de enfrentar la consecuencia de la pandemia. Se�ala que aunque las personas de todas las edades corren riesgos frente a la enfermedad, son los adultos mayores quienes por la preexistencia de enfermedades cr�nicas y relativas presentan mayor probabilidad de agravamiento y mortalidad de los adultos mayores. Ante la dimensi�n de la emergencia y las medidas impuestas por el Estado la poblaci�n de adultos mayores del Ecuador se vio enfrentada a una situaci�n compleja que limit� el ejercicio de su derecho a acceder a los servicios de atenci�n en salud, no solo en lo relativo a la atenci�n del contagio por Covid-19 sino por no poder acceder a los servicios de salud en general. �En la investigaci�n se aborda el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del COVID-19, tema que se seleccion� al ser la salud un derecho constitucional previsto en el art- 32 de la Constituci�n del Ecuador� que reconoce a la salud como parte de los derechos del buen vivir el mismo que asiste en igualdad de condiciones a todos los ecuatorianos, derecho que debe ser garantizado por el Estado y que se encuentra vinculado al ejercicio de otros derechos as� como a los principios que rigen la prestaci�n de sus servicios. As� mismo la Constituci�n del Ecuador� en el art. 36 como parte de los derechos de los grupos de atenci�n prioritaria ubica a los adultos mayores a quienes reconoce el derecho a la atenci�n prioritaria y especializada en los �mbitos p�blicos y privados. Considera como adultos mayores quienes hayan cumplido los 65 a�os, paralelo a ello en el art. 37 n 1 garantiza el derecho de este grupo a la atenci�n gratuita y especializada de salud, y el acceso gratuito a las medicinas, as� mismo dispone en el art. 38 la obligaci�n del Estado de imponer pol�ticas p�blicas y programas de atenci�n a las personas adultas mayores que se enfoquen en medidas para la atenci�n de centros especializados que se enfoquen en la salud. En consideraci�n con el mandato constitucional le corresponde al Estado implementar pol�ticas p�blicas basadas en la defensa de los derechos y el reconocimiento de la poblaci�n adulta mayor, particularmente en lo relativo a la protecci�n del derecho a la salud. En consecuencia, en el contexto de la pandemia el Estado ecuatoriano le correspondi� la obligaci�n implementar pol�ticas en el �rea de la salud para atender la poblaci�n de adultos mayores teniendo en cuenta caracter�sticas como fragilidad y riesgos de esta poblaci�n. �El derecho a la salud es un derecho constitucional exigible al Estado, que se asocia al m�ximo goce de salud del individuo que tiene derecho a conservar su salud y en caso de enfermedad contar con los medios necesarios para recuperarla. La Constituci�n de la Organizaci�n Mundial de la Salud define� a la salud como� el estado completo de bienestar f�sico, mental y social, no meramente la ausencia de enfermedades y dolencias, sino que integra obligaciones para asegurar el acceso a la asistencia sanitaria a cargo del Estado en favor de toda la poblaci�n.� Este derecho se asocia con la conservaci�n y restablecimiento integral del individuo, para mantener su funcionamiento org�nico con normalidad en la dimensi�n f�sica y mental as� como a restablecer las perturbaciones que afecten la estabilidad org�nica y funcional ante posibles alteraciones. Es ante todo un derecho social de car�cter fundamental, que se relaciona con la calidad de vida y el desarrollo del individuo. Al formar parte de un derecho social adquiere una posici�n jur�dica privilegiada. Al ser de dimensi�n constitucional es de inmediata aplicaci�n en favor de todo individuo, sin distinci�n de raza, religi�n, ideolog�a, condici�n social u alg�n otro elemento discriminatorio. El derecho a la salud integra aspectos como el control de la salud y cuerpo del individuo, libertad sexual y reproductiva, libertad a no ser sujeto de interferencias producto de tortura, tratamiento m�dico no consentido y experimentaci�n, entendido en la actualidad como un proceso multicausal en el que influyen elementos en el que se integran aspectos y perspectivas biom�dicas, psicosociales y ecol�gicas. Para su protecci�n se involucran actividades de prevenci�n, promoci�n y protecci�n orientadas a un enfoque integral que incluya todos los factores que se encuentran relacionados con la existencia humana. �Desde una perspectiva integral y articulada el derecho a la salud se compone por un conjunto de derechos que integran caracter�sticas propias a los derechos humanos tales como la universalidad, interdependencia e indivisibilidad. Su ejercicio asocia a conjunto de est�ndares esenciales desarrollados por� el Comit� de Derechos Econ�micos, Sociales y Culturales mediante la Observaci�n General N� 14 entre los que se identifica la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad �As� mismo la citada observaci�n ha establecido tres tipos de obligaciones del Estado frente al derecho a la salud, esto es la obligaci�n de respetar el derecho a la salud, de proteger mediante leyes y medidas para garantizar el acceso igualitario a la atenci�n en salud. La obligaci�n de cumplir lo que requiere que los Estados reconozca el derecho a la salud en sus sistemas pol�ticos y ordenamiento jur�dicos nacionales mediante la aplicaci�n de leyes y que adopten una pol�tica de salud adecuada para el ejercicio de este derecho, y finalmente la obligaci�n de cumplir que abarca tanto las facilidades como la promoci�n del derecho a la salud. En el Ecuador derecho a la salud no corresponde a una mera disposici�n pragm�tica vigente en la Constituci�n, su reconocimiento y justiciabilidad ha sido reconocido por la Corte Constitucional del Ecuador que en la sentencia N� �904-12-JP/19 estableci� par�metros relacionados con el derecho a la salud, se�alando que este comprende la atenci�n oportuna y apropiada en salud, el acceso igualitario y oportuno a los servicios de salud b�sicos, preventivos, curativos y de rehabilitaci�n, que abarca elementos esenciales e interrelacionados como la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, y que en sus obligaciones al Estado le corresponde respetar, proteger y cumplir el derecho a la salud. A nivel internacional diversos instrumentos de derechos humanos han reconocido el derecho a la salud, de manera general la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos en el art�culo 25 reconoce el derecho de toda persona a entre todos los elementos le permita el acceso a la asistencia m�dica. El Pacto Internacional de Derechos Econ�micos, Sociales y Culturales �contiene el art�culo m�s exhaustivo a nivel de derecho internacional de los derechos humanos sobre el derecho a la salud, en el articulo 12 p�rrafo 1 se�ala que los Estados parte reconocen el derecho de toda persona al disfrute del m�s alto nivel posible de salud f�sica y mental, mientras que en p�rrafo 2 se indican varias medidas que deben ser adoptadas por los Estados para asegurar la efectividad de este derecho.� Por su parte la Observaci�n General 14 del Comit� de Derechos Econ�micos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas desarrolla de forma amplia el derecho al disfrute m�s alto nivel posible de salud en donde se lo define como un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los dem�s derechos humanos. �El Protocolo de San Salvador como parte del articulo 10 reconoce el derecho de toda persona a la salud, entendida esta como el disfrute del m�s alto nivel de bienestar f�sico, mental y social, as� mismo se�ala un conjunto de medidas para garantizar este derecho.� Por otro lado la Convenci�n Internacional sobre la eliminaci�n de todas las formas de discriminaci�n racial recoge tambi�n el derecho a la salud como parte del art. 5� literal e que reconoce el derecho a la salud p�blica, asistencia m�dica, seguridad social y servicios sociales. Por otro lado existen instrumentos que de manera particular protegen lo derechos de los adultos mayores, entre ellos se ubica los Principios de las Naciones Unidas� en favor de las personas de edad, adaptados en 1991 por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la que se establecieron los principios de independencia, participaci�n, cuidados, autorrealizaci�n y dignidad en favor de los adultos mayores

2.           METODOLOG�A

La investigaci�n se desarroll� a trav�s de una metodolog�a cualitativa, se� utiliz� el m�todo dogm�tico e interpretativo del marco jur�dico para establecer el derecho a la salud de las personas adultas mayores e identificar vulneraciones en su ejercicio durante la pandemia del Covid-19.� Mediante la literatura especializada y doctrina se analizaron los fundamentos te�ricos del derecho a la salud y de los derechos de las personas adultas mayores. Se utiliz� la jurisprudencia para el an�lisis de las sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador para identificar avances jurisprudenciales referidos al derecho a la salud y derechos de las personas adultas mayores, adem�s de aquellos que hacen referencia espec�fica del derecho a la salud en el contexto de la pandemia del Covid-19. Se utilizaron entrevistas a expertos en derecho constitucional para conocer su criterio respecto de la vulneraci�n del derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del COVID-19.

3.           RESULTADOS

Se aplic� una entrevista a dos expertos en el �rea del derecho constitucional, obteni�ndose los siguientes resultados

Preguntas

Entrevistado 1

Entrevistado 2

Existe una autentica garant�a del derecho a la salud de las personas adultas mayores en el Ecuador.

La salud es un derecho reconocido en la Constituci�n por tanto protege a todos las personas lo que incluye a los adultos mayores, la garant�a jur�dica existe por el reconocimiento expreso de este derecho constitucional.�

La Constituci�n del Ecuador reconoce el derecho a la salud como uno de los derechos del buen vivir en favor de todas las personas, de la Constituci�n como m�xima norma se desprende todo el ordenamiento jur�dico relacionado con este derecho que permite su plena efectivizaci�n, su protecci�n al ser universal incluye a los adultos mayores.

A su criterio se garantiz� el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la emergencia sanitaria del Covid-19. 3.

En general durante la pandemia se dieron m�ltiples vulneraciones al derecho a la salud, siendo los adultos mayores los m�s afectados no solo por las dificultades para acceder a atenci�n ante el contagio de Covid-19 sino tambi�n porque no se pod�an atender en otras enfermedades y tratamientos que por su estado de salud requer�an.

No, estos fueron el grupo m�s afectado, escasamente se generaron condiciones para la atenci�n en salud en favor de esta poblaci�n.

En qu� medida las pol�ticas p�blicas adoptadas por el gobierno nacional precautelaron el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del Covid � 19

La respuesta del gobierno en relaci�n con el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del Covid � 19 fue tard�a y poco eficiente frente a las necesidades de este grupo poblacional.

La actuaci�n del Estado fue desastrosa, aunque se trataba de una emergencia de dimensiones impredecibles transcurrido varios meses de la pandemia el� gobierno no logr� desarrollar pol�ticas para precautelar el derecho a la salud de los adultos mayores

Al consultar si existe una autentica garant�a del derecho a la salud de las personas adultas mayores en el Ecuador, ambos entrevistados enfatizan en el reconocimiento del derecho a la salud como un derecho constitucional, pero adem�s hacen referencia a su reconocimiento como parte de las normas jur�dicas nacionales� y de instrumentos de derecho internacional de los que el Ecuador, los que establecen obligaciones al Estado ecuatoriano para su efectivo cumplimiento. �Al consultar a los entrevistados si a su criterio se garantiz� el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la emergencia sanitaria del Covid-19. Ambos entrevistados identifican falencias frente a la garant�a del derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia. Uno de los entrevistados considera que el Estado incumpli� totalmente sus obligaciones frente a los adultos mayores que fueron los m�s afectados en relaci�n con las trabas para acceder al derecho a la salud. Para el otro entrevistado el Estado no tom� las medidas necesarias para garantizar el derecho a la salud de la poblaci�n en general, sin embargo, en el caso de las personas adultas mayores durante la emergencia sanitaria del Covid-19 esta situaci�n fue particularmente ca�tica. �Finalmente, se les consult� en qu� medida las pol�ticas p�blicas adoptadas por el gobierno nacional precautelaron el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del Covid � 19.� Ambos entrevistados calificaron como ineficientes las medidas adoptadas por el Estado porque estas no precautelaron el derecho a la salud de las personas adultas mayores durante la pandemia del Covid � 19. Un entrevistado se�al� que las pol�ticas p�blicas durante la pandemia en la salud no dieron respuesta efectiva a los problemas que enfrentaba el sistema sanitario, al contrario, se pudo observar incluso medidas destinadas a la reducci�n de personal sanitario en plena pandemia, lo que ha criterio del entrevistado es un reflejo del desastroso manejo de la pandemia por parte del gobierno.


 

Adem�s, se revisaron sentencias y dict�menes de la Corte Constitucional del Ecuador.

Corte Constitucional

Fecha

Tipo

Aporte

Sentencia N� 287-16-SEP-CC

31 de agosto 2016

Acci�n extraordinaria de protecci�n

Par�metros sobre la atenci�n a grupos de atenci�n prioritaria entre los que se ubica a los adultos mayores

Sentencia 904-12-JP/19

13 de diciembre de 2019

Selecci�n de causa

Acci�n de protecci�n

Desarrolla jurisprudencia sobre el derecho a la salud

Dictamen N�. 3-20-EE/2

29 de junio de 2020

Resoluci�n de constitucionalidad de los Estado de Excepci�n

Dicta par�metros en relaci�n con las personas en condici�n de vulnerabilidad entre los que ubica a los adultos mayores.

 

4.           AN�LISIS Y DISCUSI�N

De acuerdo con el art. 32 de la Constituci�n� salud es un derecho, y la prestaci�n de sus servicios debe realizarse bajo principios de calidad, eficiencia, eficacia y precauci�n, su garant�a le corresponde al Estado (art. 3 n. 1 ), su ejercicio, promoci�n y exigibilidad� puede realizarse de manera individual o colectiva ante las autoridades competentes (art. 11 n 1), el que asiste a todas las personas en igualdad de condiciones (art. 11 n 2). �La salud comprende un concepto complejo en el que se integran aspectos objetivos, subjetivos formales e informales, que se modifican de acuerdo con el contexto. Definido como un estado integrador del bienestar humano, cuyo ejercicio se vincula a condiciones previas favorables como educaci�n, vivienda, alimentaci�n entre otras, se lo considera indispensable para la reducci�n de desigualdades y el desarrollo m�ximo. �Es un derecho fundamental y natural del ser humano, forma parte de un predicado inmediato del derecho a la vida dado que de la preservaci�n de la salud depende la vida. Pero tambi�n es un derecho de car�cter asistencial que exige del Estado el reconocimiento de determinadas acciones para su garant�a.� Por ello frente a la salud el Estado asume obligaciones de fomento y prevenci�n para evitar da�os sobre el ejercicio de este derecho, el que tiene la obligaci�n de proporcionar una adecuada asistencia m�dica lo que exige la planificaci�n y previsi�n de recursos para satisfacer los requerimientos de salud en favor de toda la poblaci�n sin restricci�n o discriminaci�n. Mediante la Sentencia 904-12-JP/19 la Corte Constitucional abord� el derecho a la atenci�n en salud como uno de los deberes primordiales del Estado, el que asume obligaciones de respeto, protecci�n y cumplimiento de este derecho en favor de toda la poblaci�n sin ning�n tipo de discriminaci�n, estableciendo como par�metros para su protecci�n� la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios sanitarios El derecho a la salud presenta como caracter�sticas comunes ser universal, contar con una dimensi�n individual y colectiva, ser un derecho hist�rico, din�mico, irrenunciable y obligatorio. Para De Currea �es un derecho universal por cuanto asiste a toda persona, en el que se encuentra plasmado en todos los instrumentos de derecho internacional, con el fin de garantizar �su acceso por parte de toda la poblaci�n al Estado le corresponde la adopci�n de medidas que aseguren la protecci�n del derecho a la salud. En relaci�n con la dimensi�n individual y colectiva De Currea� explica que la salud reivindica el valor de la solidaridad y se extiende a las posibilidades de protecci�n del derecho a la salud como una necesidad que se asocia a la protecci�n de la vida ya sea de forma individual o colectiva, describe adem�s a la salud como un derecho hist�rico y din�mico cuyo reconocimiento es producto de las luchas por la reivindicaci�n de los derechos sociales. Finalmente es un derecho irrenunciable y obligatorio, por ende el Estado est� obligado a adoptar pol�ticas p�blicas para generar las condiciones que permitan su goce efectivo. El derecho a la salud tambi�n integra principios que orientan� la actuaci�n del Estado y los derechos humanos, entre estos se encuentran la igualdad, no discriminaci�n, progresividad, indivisibilidad e interdependencia, pero adem�s se reconoce la universalidad, gratuidad, solidaridad, equidad, participaci�n e integraci�n social. Por otro lado, como ya se se�al� los adultos mayores son sujetos de atenci�n prioritaria y especializada en los �mbitos p�blicos y privados al tenor de lo se�alado en el art. 36 de la Constituci�n del Ecuador.� En la Sentencia N� 287-16-SEP-CC la Corte Constitucional identific� par�metros en favor a la atenci�n de los adultos mayores, recuerda que entre los principios de independencia de las Naciones Unidas en Favor de las personas de edad se ubica la atenci�n adecuada en salud. As� mismo como parte de los principios de cuidado les reconoce el derecho a acceder a servicios de atenci�n en salud que les ayude a mantener y recuperar un nivel optimo de bienestar f�sico, mental y emocional, as� como a prevenir enfermedades, y entre los principios de dignidad se les reconoce el derecho a recibir un trato digno independientemente de su edad. Durante la pandemia el Gobierno emiti� varios decretos de estado de excepci�n que fueron sujeto de control por parte de la Corte Constitucional del Ecuador que a trav�s de sus dict�menes garantiz� derechos de las personas, entre ellos los de los adultos mayores como grupos de atenci�n prioritaria. Mediante el Dictamen N�. 3-20-EE/2 la Corte Constitucional record� la obligaci�n del Estado de brindar especial atenci�n y desarrollar pol�ticas tendentes brindar atenci�n a los grupos de atenci�n prioritaria reconocidos en el art�culo 35 de la Constituci�n entre los que se ubica a las personas adultas mayores. �La pandemia del COVID-19 afect� de forma desproporcionada a la poblaci�n de adultos mayores, aunque muchas de las medidas implementadas por el Estado buscaron proteger el derecho a la vida y a la salud, en la pr�ctica los restringieron. Situaci�n que expuso la fragilidad de los sistemas de salud y las amplias necesidades de la poblaci�n adulta mayor con respecto a su derecho a la salud; la que fue la m�s afectada dada la alta tasa de mortalidad. Lo que plantea la urgencia de realizar intervenciones adecuadas para la protecci�n del derecho a la salud de los adultos mayores principalmente de quienes presentan problemas de salud subyacentes que presentan mayores riesgos de contagio y muerte, situaci�n que se torna m�s cr�tica en el caso de los adultos mayores que viven en la pobreza. Los adultos mayores y con comorbilidades m�dicas preexistentes son los m�s vulnerables y presencian de forma m�s grave la enfermedad, es obligaci�n del Estado garantizar su derecho a la salud de acuerdo con la Constituci�n del Ecuador �articulo 11 numeral 2 todas las personas son iguales y cuentan con los mismos derechos prohibi�ndose la discriminaci�n entre otros aspectos por motivos de edad. Por ello es un imperativo del Estado la protecci�n del derecho a la salud de las personas adultas mayores como un derecho constitucional que asiste a toda persona.

Para la protecci�n del derecho a la salud de las personas adultas mayores, los protocolos de atenci�n son indispensables para dar cumplimiento al art�culo 6 de la Convenci�n Interamericana para la protecci�n de los derechos humanos de las personas mayores que garantiza el derecho a la igualdad y no discriminaci�n por razones de edad en vejez.

5.           CONCLUSIONES

La Constituci�n del Ecuador reconoce a los adultos mayores como un grupo de atenci�n prioritaria quienes tienen derecho a recibir atenci�n especializada en los �mbitos p�blicos y privados, personas a las que el Estado debe prestar especial atenci�n por su condici�n de doble vulnerabilidad.� Entre los derechos garantizados en favor de este grupo se ubica la atenci�n gratuita y especializada de salud, as� como el acceso a medicinas. En este sentido en virtud del mandato constitucional se constituye en un deber ineludible del Estado la protecci�n de las personas adultas mayores por parte del Estado ecuatoriano.� Durante la pandemia del Covid-19 en el Ecuador el derecho a la salud de las personas adultas mayores fue restringido como consecuencia de la ineficiencia del Estado para garantizar el acceso a los servicios sanitarios.

6.           REFERENCIAS BIBLIOGR�FICAS

Libros, art�culos.

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Elena, Rodr�guez. �Qu� conocemos del derecho a la salud�. (Quito: UASB, 2016)

Currea, Victor. La salud como derecho humano. (Deusto: Universidad de Deusto, 2018)

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Jurisprudencia

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[1] Autor principal