Minería Ilegal y Reparación Integral, un Desafío en el Desarrollo Ambiental del Ecuador

 

Hillary Patricia Herrera Avilés[1]

[email protected]

https://orcid.org/0009-0003-1514-2247

Universidad Nacional de Chimborazo

 

RESUMEN

La normativa ecuatoriana, con la llegada del neoconstitucionalismo instituye derechos en favor de la naturaleza conminando a que se respete íntegramente su existencia y mantenimiento, así como la regeneración de sus procesos evolutivos. Por desconocimiento de la administración de justicia, así como por la existencia de anomias jurídicas, en múltiples ocasiones se ha vulnerado sus derechos siendo necesario el planteamiento de acciones jurisdiccionales y hasta medidas cautelares para frenas actos lesivos que trasgreden sus derechos. El desarrollo de este trabajo de investigación resalta la importancia del derecho ambiental, contextualizando el problema de la minería ilegal. Como objetivo central se analizan mecanismos jurídicos para frenar estas actividades ilícitas, generando conciencia respecto de la importancia de brindar protección al medio ambiente en el Ecuador. La metodología empleada responde a un análisis descriptivo, elaborado dentro de un enfoque cualitativo con sustento legal, doctrinario y jurisprudencial. Como resultado se concluye que la naturaleza se encuentra en constante vulneración por lo que es necesaria la protección de sus ciclos vitales, resaltando la necesidad de abordar la prevención y la sanción como mecanismos que integran una adecuada reparación integral.

 

Palabras clave: biodiversidad; ecosistema; medio ambiente; minería ilegal; reparación integral.


 

Illegal Mining and Comprehensive Reparation, A Challenge in The Environmental Development of Ecuador

 

ABSTRACT

Ecuadorian regulations, with the arrival of neo-constitutionalism, establishes rights in favor of nature, urging full respect for its existence and maintenance, as well as the regeneration of its evolutionary processes. Due to ignorance of the administration of justice, as well as the existence of legal anomalies, their rights have been violated on multiple occasions, making it necessary to file judicial actions and even precautionary measures to stop harmful acts that violate their rights. The development of this research work highlights the importance of environmental law, contextualizing the problem of illegal mining. As a central objective, legal mechanisms are analyzed to curb these illegal activities, raising awareness of the importance of providing protection to the environment in Ecuador. The methodology used responds to a descriptive analysis, elaborated within a qualitative approach with legal, doctrinal and jurisprudential support. As a result, it is concluded that nature is in constant violation, which is why it is necessary to protect its vital cycles, highlighting the need to address prevention and sanction as mechanisms that integrate adequate comprehensive reparation.

 

Keywords: biodiversity; ecosystem; environment; illegal mining; comprehensive reparation.

 

 

 

 

 

Artículo recibido 15 junio 2023

Aceptado para publicación: 15 julio 2023


 

INTRODUCCIÓN

El derecho ambiental regula las relaciones de los seres humanos con su entorno natural. Su objetivo principal es garantizar no solamente la protección, sino también la conservación y gestión sostenible de los recursos naturales. En su conjunto, abarca normas, principios, acuerdos, políticas y regulaciones en aras a equilibrar el desarrollo humano con la preservación y el uso responsable del medio ambiente. Estos preceptos han sido diseñados para controlar y prevenir la contaminación. Por otra parte, se hace necesaria la protección y la conservación de la biodiversidad, para ello es preciso regular el acceso a los recursos naturales, a través de una adecuada participación ciudadana.

El derecho ambiental se basa en principios fundamentales como el de precaución, esto implica que, frente a graves o irreversibles amenazas para el medio ambiente, es preciso contar con medidas preventivas. Otro de los principios fundamentales es el desarrollo sostenible, cuyo propósito es equilibrar el crecimiento económico y la preservación ambiental. Por otra parte, la participación ciudadana, debe verse reflejada también en la toma de decisiones informadas y la responsabilidad de las partes involucradas para la gestión ambiental.

Bajo este criterio, la minería ilegal viene siendo un problema significativo en el Ecuador, dado que los impactos ambientales que genera son de gran magnitud. Esta actividad se caracteriza por la extracción no autorizada o no regulada de minerales, muchas veces en áreas protegidas, reservas naturales como zonas sensibles. La minería ilegal provoca contaminación de agua y suelo, degradación de los ecosistemas, detrimento de biodiversidad y deforestación indiscriminada. Por esta razón resulta relevante su estudio a fin de conocer mecanismos para limitar su actividad y reparar sus impactos.

Es fundamental reconocer que el abordaje de la minería ilegal no debe limitarse únicamente a la prevención y sanción de esta práctica ya que es menester enfocarse en la reparación de los daños ambientales que su actividad ocasiona. Esto implica la necesidad de restaurar los ecosistemas afectados, la compensación a las comunidades afectadas por la pérdida de recursos naturales y medios de vida, así como la implementación de medidas preventivas para evitar futuras actividades mineras ilegales.


 

METODOLOGÍA

La presente investigación se ha desarrollado en torno a los avances constitucionales de los últimos años en el Ecuador, como retrospectiva basados en fuentes doctrinarias, legales y jurisprudenciales nos hemos enmarcados en una investigación de carácter social con enfoque cualitativo. Desde la perspectiva de Tantaleán Odar (2016) y Hernández Sampieri (2014) se recurrió a técnicas donde prevaleció el uso de la teoría, la historia, la documentación y el análisis de la información recabada y que permitió identificar cualitativamente la información para contrastar el tema de la investigación, ha sido preciso hacer uso de materiales como revistas especializadas, normativa vigente y sentencias constitucionales que contribuyeron al desarrollo de esta investigación de tipo descriptiva.

RESULTADOS

El paradigma dominante occidental-colonial considera a la naturaleza como un recurso a ser explotado y controlado. Sin embargo, los derechos de la naturaleza han abierto fisuras en el sistema jurídico, permitiendo que los movimientos sociales y el pensamiento crítico desafíen esta visión. En el Ecuador, la Constitución (Asamblea Nacional, 2008) reconoce los derechos en favor de la naturaleza, pero en la práctica ha enfrentado desafíos y violaciones que requieren acciones para avalar su cumplimiento.

El reconocimiento de derechos en favor de la naturaleza generó un debate sobre la percepción del sumak kawsay (buen vivir) y la plurinacionalidad, dos conceptos complementarios para comprender y aplicar estos nuevos derechos. Tradicionalmente, el derecho ambiental ha posicionado al ser humano como el centro de la existencia y a la naturaleza como un objeto útil para satisfacer sus necesidades, protegiéndola en función de los beneficios humanos. Sin embargo, el sumak kawsay propone una organización de la vida basada en la avenencia con la naturaleza y en la comunidad como una nueva forma de vida.

La protección de la naturaleza se justifica en función de las necesidades humanas y beneficios que se derivan de ella. Para garantizar los derechos de la naturaleza y la conservación ambiental, se han aplicado medidas como la suspensión de obras cuando estas no cuentan con los permisos ambientales oportunos y la aplicación del principio precautorio. Incluso se han ponderado los derechos para limitar la propiedad privada y permitir la remediación ambiental con el fin de restaurar los derechos del medio ambiente.

La naturaleza frente al estatus de sujeto de derechos

Durante la Conferencia de Estocolmo se estableció que los seres humanos “tienen derecho a la libertad, la igualdad y a vivir en condiciones de vida satisfactorias” (1972) en un entorno que les permita tener dignidad y bienestar (Bonilla-Maldonado, 2019). Estos derechos están en consonancia con la “Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre” (CIDH, 1948), que contiene disposiciones conexas con el medio ambiente y la explotación de los recursos. En el contexto latinoamericano, esta declaración ha sido un precedente significativo.

En Ecuador, desde 1983, se ha estado desarrollando un marco jurídico constitucional que ha contribuido al pleno ejercicio y respeto de la tutela efectiva, a través de la implementación de normativas que regulan las actividades ambientales. A partir del año 2008, se produjo un avance significativo en la extensión de estos principios fundamentales. Esto, junto con las resoluciones del Tribunal Constitucional y las sentencias de la Corte Constitucional, ha establecido precedentes con relación al alcance y contenido de los derechos de la naturaleza.

Las características de los derechos de la naturaleza se sustentan en su constitución como derechos de tercera generación o derechos sociales relacionados con un ambiente sano. Estos derechos se enmarcan en los principios ambientales descritos en la Constitución (2008), lo que les otorga características como orientación axiológica, meta normas, concreción en principios, imprescriptibilidad, subsidiariedad, aplicación inmediata, responsabilidad objetiva y carga de la prueba invertida.

En cuanto a la responsabilidad estatal frente a los derechos de la naturaleza, se deriva principalmente de los contratos celebrados por sus secretarías. Esta responsabilidad puede ser administrativa, civil o penal, en relación con lo establecido en la “Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública” (Asamblea Nacional, 2008). Además, se aplica el principio de corresponsabilidad, que implica un enfoque integral en los procesos precontractuales y contractuales, supervisados por un organismo técnico de control. Es importante destacar que se exige el cumplimiento de los permisos y la normativa ambientales vigente en todas las actividades.

La responsabilidad del Estado está estrechamente relacionada con la soberanía nacional, ya que todos aquellos que ejercen autoridad actúan en nombre de la nación y son plenamente responsables por sus acciones.

Protección ambiental en el Ecuador

Para desarrollar este trabajo se hace preciso referir a la inclusión de normas cuyo contenido ambiental ha sido incorporado en los textos constitucionales es un producto bastante nuevo dentro de la historia del constitucionalismo. Cómo se mencionó en líneas anteriores, la conferencia de Estocolmo de 1972 dio inicio al debate de este tema. Brañes afirma que “el constitucionalismo ambiental latinoamericano es una expresión de un fenómeno político jurídico en que las constituciones de la región incorporan ideas sobre la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible” (citado en Cubillos Torres, 2020, p. 4) esto lleva a considerar la importancia que adquiere la naturaleza y el medio ambiente dentro del ámbito internacional.

El constitucionalismo andino llamado “constitucionalismo experimental transformador” (Cubillos Torres, 2020) incluye conceptos de biocentrismo dentro de la biodiversidad como parte de un nuevo sistema que justifica la incorporación de nuevas nociones y cosmovisiones cuyo eje central es la naturaleza. Por otra parte, Ávila reconoce que el constitucionalismo transformador “se funda en dos propuestas la primera orientada a profundizar los derechos humanos y la segunda a proponer la armonía con todos los seres vivos, individuos y colectivos dentro de la naturaleza” (Ávila Santamaría, 2008, p. 76). Con estos antecedentes se procede a identificar los preceptos y principios ambientales que rigen dentro de la legislación del Ecuador.

La Constitución vigente, se caracteriza por ser garantista de derechos, reconociendo que: “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico” (Constitución, 2008). Por tanto, Ecuador es reconocido como un Estado intercultural, plurinacional, y multiétnico, desde el propio texto constitucional.

Esto ampara y da origen a un pluralismo jurídico que deja entrever la existencia de dos sistemas de justicia, uno ordinario y otro indígena. Puesto que, la propia norma suprema garantiza la igualdad y la no discriminación como ejes rectores de los derechos, disponiendo además el goce de derechos a todos y cada uno de los ciudadanos habitantes de este territorio.

Es decir, los derechos ambientales son susceptibles de repararse o restaurarse, como en el caso del Patrimonio Natural del Estado como elemento objetivo de los Derechos de la Naturaleza. En este sentido, el mandato de la norma suprema (2008) y las reflexiones anteriores apuestan a que la horizontalidad en el ejercicio, garantía y respeto de los derechos fundamentales debe formarse en la práctica constante de la administración pública con resoluciones administrativas garantistas de los derechos de la naturaleza.

A la luz de las definiciones de los derechos subjetivos, en cuyo marco y ordenamiento jurídico se puede por concepto hacer u omitir algo de manera lícita con lo que tradicionalmente este tipo de derechos equivale a la libertad jurídica de un individuo. De esta forma, como lo anota Dabin: “el concepto de derecho subjetivo independientemente de ser considerado desde una premisa circular y dinámica es lo que le pertenece al individuo y éste lo puede defender” (Dabin, 1955, pág. 211). Tal es así que uno de esos derechos subjetivos fundamentales como el de la naturaleza tiene implícitos componentes divididos en la parte substancial, práctica o utilidad; y, la parte formal que es la que el derecho mismo le otorga, sin que ello signifique que éstos son independientes de la voluntad y el interés de su titular.

Con este antecedente es necesario referirse al concepto de tutela judicial efectiva de un derecho subjetivo o fundamental que la doctrina lo ha materializado como el acceso a la justicia. Es por esta razón que existen dos premisas cuando se adopta la materia del Derecho Ambiental como punto de partida y éstas están en virtud de un sistema de justicia accesible para todos por igual; y, que los resultados de la aplicación de ese sistema sean individual o socialmente justos.

Con lo que termina conceptualizando el acceso a la justicia ambiental “a través del respeto de los derechos de la naturaleza como la posibilidad de obtener los mecanismos más adecuados y eficaces para proveer de insumos a las autoridades administrativas y judiciales y resolver conflictos de carácter ambiental”. (Brañes, 1993, pág. 31).

La constitución ecuatoriana (2008) rebasa las fronteras del antropocentrismo y recoge la inspiración de la cosmovisión de los pueblos, reconociendo derechos a la naturaleza sin la necesidad de la exigibilidad forma por parte de los seres humanos, se lo realiza ya de forma directa por parte del Estado, por medio de la titularidad otorgada. La dimensión de este cambio no se puede analizar en profundidad, pero se lo conceptualiza, garantiza y ejecuta en torno al contenido constitucional, con la finalidad de controlar los impactos ambientales y la explotación no sustentable de la naturaleza (Alimonda, 2010).

Al mentar la perspectiva jurídica se intenta considerara la naturaleza como sujeto de derecho con la finalidad de menguar el proceso de devastación por parte de los seres humanos. Que al parecer solo se ha convertido en un símbolo retorico, en la que no basta con que se reconozca una cierta ética de la conducta de los seres humanos en relación con la naturaleza, la intencionalidad es que se genere conciencia y que produzca efectos jurídicos el irrespeto a preceptos normativos de protección.

Impactos negativos producto de la minería ilegal

Ecuador es una nación que cuenta con una riqueza natural significativa y una gran diversidad de recursos minerales. La minería ha sido y sigue siendo una actividad económica significativa, pero también plantea desafíos en términos de sustentabilidad y equidad.

En el país, se han implementado algunas regulaciones para garantizar la protección del medio ambiente y los derechos de los trabajadores en la industria minera. La Constitución del Ecuador (2008) establece los principios de soberanía y buen vivir, conminando al desarrollo de protocolos y requisitos para llevar a cabo la actividad minera dentro del territorio.

Una de las regulaciones más importantes es la “consulta previa, libre e informada” (Constitución, 2008, art. 57, núm. 7) que se debe llevar a cabo con las comunidades afectadas antes de la implementación de proyectos mineros. Esta consulta busca garantizar la participación y el consentimiento de actores implicados y asegurar que se tomen en cuenta sus preocupaciones y necesidades.

La Ley de Minería (Asamblea Nacional, 2021) establece la obligación de realizar estudios para el manejo del impacto ambiental que permita evaluar los efectos de la actividad minera a fin de tomar medidas para mitigar sus impactos negativos. También se establece la obligatoriedad de implementar programas de responsabilidad social y desarrollo sostenible, que buscan promover la protección del entorno natural y el bienestar de las comunidades.

El artículo de Espinoza (2021) plantea que la generación de conocimiento se ha vuelto esencial en los esfuerzos de resistencia frente a la oposición de proyectos mineros a gran escala. Los actores que se oponen a dichos proyectos logran ejercer influencia en las decisiones políticas sobre la gestión de los recursos naturales, los territorios y las comunidades. Se sostiene que, más allá de la mera resistencia, los conflictos socioambientales relacionados con la extracción de minerales involucran también la creación y difusión de conocimiento.

Por otra parte, Massa-Sánchez et al., (2018), destaca que no todo conocimiento es reconocido como legítimo ni se distribuye de manera equitativa en estas luchas. Se investigan y analizan casos en Ecuador para demostrar cómo la generación de conocimiento contestatario se convierte en una forma significativa de empoderamiento para contrarrestar los efectos socioambientales de la minería a gran escala.

Álvarez (2017) manifiesta que: “es recomendable que la empresa minera abra espacios de diálogo, conozca a los habitantes de la zona de influencia del proyecto minero y construya alianzas antes de iniciar sus operaciones” (p. 147). Estos antecedentes llevan a considerar la importancia de respetar la norma supra e infra constitucional para el respecto de los derechos humanos y de la naturaleza.

Como bien es cierto, la minería ilegal es una actividad que se lleva a cabo sin la autorización o cumplimiento de las leyes y regulaciones pertinentes. Esta práctica conlleva numerosos impactos ambientales negativos que afectan tanto los ecosistemas locales como la calidad de vida de las comunidades que dependen de ellos (Borja Vargas et al., 2022). A continuación, se describen algunos de los principales impactos ambientales negativos de la minería ilegal:

§  Deforestación masiva: Los mineros ilegales talan árboles para acceder a yacimientos minerales, creando caminos y áreas de acopio. Esto conduce a la pérdida de biodiversidad, la destrucción de hábitats de especies endémicas y la alteración del equilibrio ecológico.

§  Contaminación del agua: Durante la minería ilegal, se utilizan sustancias químicas que afecta a la vida acuática y puede tener efectos perjudiciales para la salud humana, especialmente para las comunidades que dependen del agua para beber, bañarse y cultivar alimentos.

§  Contaminación del suelo: Además, los desechos mineros y los residuos de las sustancias químicas utilizadas en el proceso de extracción contaminan el suelo, dificultando su regeneración y disminuyendo su capacidad para soportar la vegetación y la vida silvestre.

§  Degradación de ecosistemas: La minería ilegal causa una grave degradación de los ecosistemas naturales. Las áreas mineras ilegales a menudo quedan devastadas, con grandes excavaciones, montones de desechos y paisajes irreversiblemente alterados. Esta degradación afecta la biodiversidad, los servicios ecosistémicos y la resiliencia de los ecosistemas locales.

Además de los impactos ambientales, la minería ilegal también tiene efectos sociales y económicos negativos considerables (Fuentes López et al., 2021). A continuación, se menciona algunos de ellos:

§  Explotación y trabajo infantil: La minería ilegal a menudo se asocia con la explotación laboral, incluida la participación de niños en condiciones peligrosas. Estos niños son privados de su derecho a la educación y están expuestos a riesgos graves para su salud y seguridad.

§  Conflicto social: Estos conflictos pueden resultar en violencia, inestabilidad social y afectar negativamente la cohesión comunitaria. La minería ilegal puede generar conflictos entre los diferentes actores involucrados, incluyendo a los mineros ilegales, las comunidades locales y las autoridades.

§  Pérdida de ingresos legítimos: esta actividad priva a los gobiernos de los ingresos que podrían haber obtenido a través de la concesión de licencias y la tributación adecuada. Esto afecta la capacidad de los gobiernos para invertir en servicios públicos, infraestructura y programas de desarrollo, lo que a su vez puede exacerbar la pobreza y la desigualdad en las regiones afectadas.

§  Impactos en la salud humana: Las comunidades cercanas a las áreas mineras ilegales están expuestas a un mayor riesgo de enfermedades respiratorias, envenenamiento por metales pesados y otras afecciones relacionadas con la contaminación ambiental.

Bajo estos criterios, es importante destacar que, a pesar de estas regulaciones, existen desafíos en la implementación y cumplimiento de las normas en la industria minera en Ecuador. La minería ilegal es un problema importante que causa daños ambientales y sociales, evadiendo los requisitos legales y contribuyendo a la explotación de recursos naturales sin beneficios para el país y sus habitantes.

Por esta razón, es esencial asegurar la participación de las comunidades afectadas por la minería en las decisiones que las involucran. Las voces de los grupos indígenas y las comunidades locales deben ser escuchadas y consideradas en la planificación y ejecución de proyectos mineros, y deben recibir una compensación justa por los posibles impactos negativos que puedan sufrir. Además, se debe promover la diversificación económica y el desarrollo de actividades sostenibles que disminuyan la dependencia de la minería.

Relación y articulación de la minería en el Plan de creación de oportunidades 2021-2025 y el Plan Nacional de Desarrollo del sector minero 2020-2030

La minería es una industria que puede ser de gran importancia para el desarrollo económico de un país, ya que proporciona empleo y contribuye a la generación de ingresos fiscales y de divisas. Por lo tanto, a menudo está presente en los planes de desarrollo económico de los gobiernos. La minería puede tener impactos negativos en el medio ambiente y en las comunidades cercanas a las operaciones mineras si no se maneja adecuadamente. Es por eso por lo que muchos planes de desarrollo económico incluyen medidas para garantizar que la minería se realice de manera responsable y sostenible.

El Plan de Creación de Oportunidades 2021-2025 es la guía principal para la aplicación de la política pública en Ecuador, y se divide en 5 ejes, 16 objetivos, 55 políticas y 130 metas, para establecer las prioridades del país en este período. Además, se alinea con la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible (Sepúlveda et al., 2019). El documento incluye una evaluación socioeconómica de los efectos de la pandemia del COVID-19, una visión de largo plazo, una estrategia y un modelo territorial nacional. El contenido del plan converge con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, y se detallan los objetivos, políticas y metas asociadas a cada uno de los 5 ejes: Económico y Generación de Empleo, Social, Seguridad Integral, Transición Ecológica e Institucional.

El Plan Nacional de Desarrollo del Sector Minero 2020-2030 por su parte, es un documento que guía las decisiones del sector minero en Ecuador. La minería contribuye con el 1,6% del PIB del país y genera un superávit en la balanza comercial (León Pupo et al., 2019). También es una importante fuente de Inversión Extranjera Directa y empleo. El Plan identifica cinco proyectos estratégicos y reconoce la existencia de minería ilegal en el país, la cual causa impactos negativos en el medio ambiente y la salud de las personas. Además, se señalan vacíos normativos en la legislación minera actual y se proponen reformas y nuevas regulaciones para garantizar un desarrollo minero sostenible y responsable.

La relación y articulación de la minería en los planes descritos es compleja y puede ser vista desde diferentes perspectivas. Por un lado, el Plan Nacional de Desarrollo del Sector Minero 2020-2030 se enfoca exclusivamente en el sector minero y establece una serie de estrategias y proyectos para su desarrollo sostenible. Se reconoce la importancia de la minería para la economía del país, al contribuir con el 1,6% del PIB, generar empleo y atraer Inversión Extranjera Directa (Sanabria et al., 2020). Sin embargo, también se reconoce la existencia de minería ilegal y los impactos negativos que esta actividad tiene en el medio ambiente y la salud de las personas.

Por otro lado, el Plan de Creación de Oportunidades 2021-2025 establece una visión más amplia e integral del desarrollo del país, y la minería es solo uno de los sectores considerados en el eje Económico y Generación de Empleo. El plan reconoce la importancia de la minería en la economía del país, pero también destaca la necesidad de que su desarrollo sea sostenible y responsable.

En este sentido, ambos planes están alineados con la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible y reconocen la importancia de la sostenibilidad ambiental y social en el desarrollo del país. El Plan de Creación de Oportunidades establece metas específicas en relación con la transición ecológica, incluyendo la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero, el fomento de energías renovables y la conservación de la biodiversidad. Además, el plan reconoce la importancia de la inclusión social y el respeto a los derechos humanos en el desarrollo del país.

En cuanto a la relación y articulación entre los planes, se puede observar que el Plan Nacional de Desarrollo del Sector Minero establece estrategias específicas para el desarrollo sostenible de la minería, mientras que el Plan de Creación de Oportunidades establece un marco general para el desarrollo del país, incluyendo la minería como un sector importante pero no exclusivo. Ambos planes comparten el objetivo de promover un desarrollo sostenible y responsable, minimizando sus impactos negativos en el medio ambiente y la salud de las personas, y respetando los derechos humanos y las comunidades locales. En este sentido, se requiere una articulación adecuada entre los diferentes planes y estrategias para lograr un desarrollo sostenible e integral en Ecuador.

Reparación integral desde un enfoque constitucional

Es deber del Estado respetar y proteger los ecosistemas y elementos que conforman la naturaleza, asegurando su existencia, mantenimiento y regeneración. Cualquier actividad de extracción de recursos no renovables, como la explotación minera, debe contar con medidas y mecanismos que velen por la protección de la naturaleza. Vilela-Pincay et al., (2020) afirman que “Ecuador ha descuidado sus áreas económicas, sociales y ambientales en el tema de la minería, causando que la falta de inversión ocasione pérdidas y daños en el medioambiente” (p. 227).

El COIP (Asamblea Nacional, 2014) establece disposiciones para sancionar las actividades mineras ilegales que ocasionan daño al medio ambiente. En particular, el artículo 260 del COIP instituye penas privativas de libertad de siete a diez años para aquellos que realicen actividades mineras ilegales que causen daños al medio ambiente. Esta disposición legal proporciona una garantía para la protección de los recursos naturales. Sin embargo, la efectividad de la ley en la lucha contra la minería ilegal y en la garantía de una reparación integral puede depender de varios factores, como la aplicación adecuada de las normas, la capacidad de las autoridades competentes para detectar y perseguir los delitos, y la cooperación interinstitucional.

La Corte Constitucional mediante Sentencia No. 273-19-JP/22, 2022 realiza un análisis basado en diferentes argumentos, resaltando la importancia de considerar los derechos colectivos de las comunidades indígenas y el respeto a sus territorios y modos de vida en la toma de decisiones sobre concesiones mineras u otras actividades extractivas. También enfatizan la necesidad de proteger los recursos naturales y áreas protegidas, así como de asegurar la participación y consulta previa de las comunidades indígenas en procesos que puedan afectar sus derechos y territorios.

Sobre este particular se hacen algunas puntualizaciones, se destaca que el Estado tiene la obligación de consultar a las comunidades indígenas sobre decisiones o autorizaciones estatales que puedan afectar su ambiente (consulta ambiental) o cuando puedan verse afectadas culturalmente por proyectos de explotación de recursos no renovables en sus tierras (consulta previa a pueblos indígenas). Incluso se debe consultar sobre medidas legislativas que puedan afectar sus derechos colectivos (consulta pre-legislativa).

En este fallo se establecen parámetros de la consulta previa argumentando que esta debe ser previa, libre e informada, realizada dentro de un plazo razonable. Debe abordar los planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que afecten ambiental o culturalmente a las comunidades indígenas. Se dispone que las autoridades competentes deben ser responsables de llevar a cabo la consulta y garantizar la participación en los beneficios y la compensación por los perjuicios causados.

Se hace referencia a la destrucción de ecosistemas, la afectación del sistema hidrológico, la contaminación del agua, las emisiones de polvo y mercurio, entre otros efectos nocivos. Además, se destaca que las mujeres se sienten intimidadas por la presencia de terceros ajenos a la comunidad, lo que afecta su medio de vida y genera una pérdida en las redes y tejidos sociales.


 

DISCUSIÓN

El derecho ambiental desempeña un papel crucial en la lucha contra la minería ilegal y en la búsqueda de la reparación integral de los daños ambientales ocasionados. En el contexto de Ecuador, es importante evaluar la eficacia de las leyes y políticas ambientales existentes para abordar esta problemática y promover la reparación integral.

Es fundamental examinar cómo se están aplicando las leyes y políticas ambientales vigentes en Ecuador para abordar la minería ilegal. Esto implica analizar si existen mecanismos efectivos de supervisión, control y sanción, así como evaluar la cooperación entre las diferentes entidades encargadas de hacer cumplir la ley, como el Ministerio del Ambiente y la Fiscalía General del Estado. Además, se debe verificar si los instrumentos legales actuales son suficientemente robustos y actualizados para hacer frente a los desafíos actuales de la minería ilegal.

Frente a las deficiencias existentes en la legislación ambiental, es importante proponer mejoras o reformas legales para fortalecer la protección del medio ambiente y garantizar una reparación adecuada en casos de minería ilegal. Esto puede incluir la incorporación de disposiciones más claras y estrictas que regulen la actividad minera, especialmente la ilegal, así como la creación de mecanismos eficaces para la detección, investigación y sanción de infracciones ambientales. También se puede considerar la promoción de una participación ciudadana más activa en la toma de decisiones ambientales y la implementación de mecanismos de reparación integral que involucren tanto a las comunidades afectadas como a los responsables de los daños.

La lucha contra la minería ilegal y la reparación integral requiere una estrecha cooperación entre diversas instituciones y actores involucrados. Es necesario promover la coordinación y colaboración entre entidades gubernamentales y los organismos encargados de la protección de los derechos de las comunidades afectadas. Además, se puede considerar la participación de organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y expertos en la formulación de políticas y la implementación de estrategias eficaces.

La promoción de la educación y la conciencia ambiental es fundamental para prevenir la minería ilegal y fomentar la reparación integral. Esto implica la implementación de programas de educación ambiental que informen a la población sobre los impactos negativos de la minería ilegal y la importancia de la protección ambiental. Asimismo, se pueden desarrollar campañas de sensibilización dirigidas a los sectores involucrados en la cadena de suministro de minerales, como los consumidores y las empresas, para promover prácticas responsables y sostenibles.

En síntesis, el derecho ambiental desempeña un papel esencial en la lucha contra la minería ilegal y en la búsqueda de la reparación integral de los daños ocasionados. Evaluar la eficacia de las leyes y políticas ambientales existentes, identificar posibles mejoras legales, fortalecer la cooperación interinstitucional y promover la educación y conciencia ambiental son aspectos clave para abordar esta problemática en Ecuador. Estas medidas pueden contribuir a fortalecer la protección del medio ambiente y garantizar una reparación adecuada en casos de minería ilegal.

CONCLUSIONES

Ecuador cuenta con regulaciones y leyes que buscan garantizar la protección del medio ambiente y los derechos de los trabajadores en la industria minera. Sin embargo, es importante fortalecer la implementación y el cumplimiento de estas regulaciones, así como promover la transparencia y la participación ciudadana en la toma de decisiones relacionadas con la minería. Por otra parte, es fundamental fomentar la educación y sensibilización sobre los impactos ambientales y sociales de la actividad minera, para lograr un desarrollo sostenible y equitativo.

Resulta ineludible considerar la importancia de que los planes de desarrollo económico especificados y aplicables para el sector minero estén estrechamente relacionados y articulados, ya que su trabajo conjunto permitirá lograr un desarrollo económico sostenible y responsable. Es necesario reforzar la aplicación de medidas como la promoción de prácticas de minería responsable, la protección del medio ambiente y la salud de las comunidades cercanas. Todas estas acciones permitirán una mayor promoción de la inversión en proyectos mineros responsables y sostenibles.

El concepto de reparación integral en el ámbito ambiental implica no solo la restauración del medio ambiente, sino también la compensación a las comunidades afectadas y la implementación de medidas preventivas. Existen diferentes formas de reparación integral que se pueden aplicar en casos de minería ilegal en Ecuador, como la restauración de ecosistemas, la compensación económica, la capacitación y generación de empleo en comunidades afectadas. Por esta razón se hace necesaria una revisión integral a las normas vigentes a fin de estatuir parámetros de reparación frente a los múltiples impactos que genera la minería ilegal. 

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