Las Aduanas de México y su Contribución a la Seguridad Nacional

 

Dr. Manuel Ángel Calvo Castillo[1]

calvomanuel58@gmail.com

https://orcid.org/0009-0007-6860-8396   

Investigador independiente

México

 

RESUMEN

Los representantes de un país de vigilar y controlar el flujo de mercancías que ingresan y salen del territorio, además de recaudar los impuestos oportunos que dicta la ley, son las aduanas. Las aduanas son entes de suma importancia dentro de una nación, ya que son las representantes de controlar y disminuir el tránsito de mercancías ilegales que puedan atentar contra la salud. Estrecha, a su vez, la salida de mercancías ilícitas hacia otros países, auxiliando la lucha del tráfico ilegal de productos, apoyando con esto a la seguridad nacional. Además, mediante los cobros fiscales correspondientes, regidos por las leyes establecidas en el ámbito del comercio exterior, mencionados recintos fiscalizados apoyan con toda una infraestructura aduanera en las fronteras, marítimas e interiores en la mayoría de los países, mismos entes contribuyen a la economía y al desarrollo de las naciones.

 

Palabras clave: aduanas; seguridad nacional; comercio exterior; recaudación


 

Mexican Customs and Their Contribution to National security

 

ABSTRACT

The representatives of a country who monitor and control the flow of goods entering and leaving the territory, in addition to collecting the appropriate taxes dictated by law, are customs. Customs are extremely important entities within a nation, since they are responsible for controlling and reducing the transit of illegal goods that may threaten health. In turn, it narrows the flow of illicit goods to other countries, assisting the fight against illegal trafficking of products, thus supporting national security. Furthermore, through the corresponding tax collections, governed by the laws established in the field of foreign trade, these audited areas support an entire customs infrastructure at the borders, maritime and interior in most countries, the same entities contributing to the economy and to the development of nations.

 

Keywords: customs; national security; foreign trade; collection

 

 

 

Artículo recibido 20 septiembre 2023

Aceptado para publicación: 28 octubre 2023


 

INTRODUCCIÓN

Para facilitar el comercio internacional y con esto obtener una recaudación en beneficio del Estado mexicano, es una función primordial de las aduanas, siendo estas las puertas del comercio exterior, por lo anterior, las aduanas son un factor estratégico y de seguridad nacional, por ser uno de los elementos fundamentales de captación presupuestaria en gracia a la población mexicana, nuestra soberanía empieza y termina en las fronteras marítimas y terrestres.

Desde la antigüedad las funciones de las aduanas han sido muy importantes para los Estados. Sin duda alguna, la función recaudatoria ha sido por demás relevante, no obstante, ello, la globalización, los tratados de libre comercio y el Acuerdo de Facilitación del Comercio, ha obligado a la aduana moderna a redefinirse y a realizar otras funciones, que se consideran igual de prioritarias como es la función de seguridad nacional en el Estado mexicano y de otras naciones.

Al hablar de las aduanas podemos iniciar con una pregunta, ¿Qué es una aduana? El diccionario de la Real academia española menciona que es una Oficina pública, establecida generalmente en las costas y fronteras, donde se controla el movimiento de mercancías sujetas a arancel[2], y se cobran los derechos que estas adeudan (Española, 2023). Actualmente en la mayoría de los países modernos se encuentran establecidas aduanas terrestres, marítimas, aéreas y fluviales.

Por su parte el Dr. Filiberto Pacheco Martínez, proporciona el siguiente concepto de aduana “…Las aduanas son oficinas públicas administrativas establecidas en los lugares de acceso o salida del país… con facultades para recaudar impuestos y demás derechos que se hallen a su cargo, fiscalizar la entrada y salida de mercancías y hacer cumplir las leyes que a este ramo se refieren, y las que le son conexas, como las de salubridad, comunicaciones, migratorias, etc…” (Garcia, 2023)

El Dr. Juan Rabinadrana en su libro Derecho Aduanero Mexicano comenta que las aduanas “…son las instalaciones establecidas por el Estado, de forma estratégica en puertos, fronteras y en el interior del país, y los servicios públicos destinados a recaudar impuestos, por la entrada y salida de mercancías de comercio exterior al territorio nacional y a vigilar el cumplimiento de las restricciones o regulaciones no arancelarias que otras autoridades competentes establezcan…” (Garcia, Derecho Aduanero Mexicano, 2008)

Por otro lado, como lo menciona Alberto Francisco Torres García, el Sistema Aduanero Mexicano es un conjunto de mecanismos, actividades, procedimientos e instancias que determinan la forma en que las mercancías son introducidas o extraídas de nuestro país. De tal manera, que el mencionado sistema no solamente regula su entrada y salida sino también incluye los medios en los cuales son transportados dichos productos, así como todos los sucesos en que se incurren para que éstos puedan alcanzar su destino ya sea para exportación o importación (DÍAZ, 2007).

Por tal motivo, se puede considerar que el sistema aduanero debe ser una manifestación de la política del Estado para lograr el bienestar de su población, mediante la idea y aplicación de políticas de diferente orden como: promover el progreso económico de un país, o región, así como resguardar y motivar el desarrollo de actividades en los distintos sectores económicos (DÍAZ, 2007).

El sistema aduanero resguarda a la sociedad mediante un control de mercancías en cuanto a sus condiciones sanitarias, ambientales, de tráfico de piratería, de igual manera de enervantes y psicotrópicos, etc. También beneficia la economía pública mediante la recaudación tributaria misma genera ingresos para satisfacer necesidades de este sector. Sin lugar a duda, es un mecanismo de control, facilita y permite el mantenimiento de las relaciones comerciales internas e internacionales en forma armónica con los diferentes países.

Las aduanas, su origen

En las organizaciones primitivas, ya existía el impuesto directo, tanto en forma personal como en el ámbito militar. Subsiguientemente, aparecen los tributos en especie, como la capitación y los tributos sobre la utilidad de la agricultura y la ganadería (conocido como el diezmo). Después, cuando crecen las necesidades del Estado, el impuesto adopta la forma indirecta. Entre otros impuestos indirectos, el de aduana, parece haber sido conocido también en la India, así como Persia y Egipto.

Las aduanas tienen diferentes orígenes, pero podemos comentar que uno de los más antiguos antecedente de la aduana lo constituye el portorio[3] del imperio romano.

De igual manera se tiene el conocimiento que los fenicios fueron los que iniciaron con el registro para el comercio de importación y exportación, quienes a su vez fueron seguidos por los cartaginenses, que fueron grandes comerciantes en el Mar Mediterráneo y enemigo férreo del imperio romano (Web, 2023). De igual manera existieron las aduanas de la antigua Grecia donde se cobraba un impuesto del 2% sobre mercancías que se importaban o se exportaba.

Del mismo modo existieron aduanas en ciudades que tenían un gran apogeo comercial como fueron Génova, Pisa, Venecia entre otros (Web, 2023). Se considera que fueron los árabes quienes indujeron el impuesto en las aduanas, dándole el carácter de tributo general sobre todos los productos que ingresaban por sus fronteras, a su vez lo introdujeron a las aduanas de España, le llamaron portazgo al derecho que pagaban las mercancías que se transportaban de un lugar a otro, siendo un antecedente fundamental para la actual contribución que realizan en la mayoría de los países en relación con el comercio exterior.

En México se puede comentar que en la época prehispánica existió una intensa actividad comercial entre los pueblos mesoamericanos (mundo, 2023), entre ello es lo que conocemos como el trueque[4] de mercancías, existían enseres de cambio como plumas de aves preciosas y semillas de cacao, mismas eran reconocidas y aceptadas en toda Mesoamérica, en esta actividad comercial había una persona llamada “Pochteca” quien era quien intercambiaba los productos del territorio o zona con los de otros pueblos ubicados más allá de las fronteras conocidas en esa época.

Los tianguis o mercados estaban sujetos a una normatividad muy estricta, cuyo cumplimiento era vigilado por inspectores especiales. Las culturas dominantes, como la Mexica, exigían a los pueblos sometidos el pago de impuestos (tributos) e imponían una organización de comercio a grandes distancias, como es el caso del pescado que eran traídos desde lo que es hoy Veracruz hacia la Gran Tenochtitlan (mundo, 2023). Como ejemplo tenemos el mercado de Tlatelolco donde las crónicas de Bernal Díaz del Castillo se mencionan lo extenso y la gran cantidad de mercancías que se manejaban provenientes de diversas regiones.

También existían los "Calpixquis", personajes pertenecientes a los señores del Anáhuac dedicados al cobro de tributos consistentes en servicios y otros en especie (Española, 2023).

Ilustración 1

Mayordomo (Calpixquis) nombrado para el pro de la comunidad y para recaudar el tributo de cada pueblo, Gran diccionario náhuatl, https://gdn.iib.unam.mx/

 

Ya en la época del Virreinato en la Nueva España se instituyó el llamado derecho de almojarifazgo[5] (impuesto a la importación). En el año de 1532 se establecieron decretos y ordenanzas, las cuales que regulaban la entrada y salida de mercancías (Exterior, 2023). En el año de 1551, en Veracruz, se inició la edificación de las primeras instalaciones portuarias donde se instauro la primera aduana oficial.

Por los constantes asaltos de los barcos piratas ingleses y franceses a los puertos de Veracruz, Acapulco y Campeche, en el año 1597 se dispuso que los oficiales a cargo situaran una aduana en tierra firme. En 1647, el rey Felipe IV observo la necesidad de que la ciudad contara con una aduana cerrada donde fueran recibidos todos los productos que entraban al puerto (Exterior, 2023).

En el puerto de Acapulco, en el año 1702 se elaboró el primer reglamento para el tráfico comercial entre Filipinas y la Nueva España (Aduanas, 2005).

El virrey Casafuerte expidió en el año de 1728 una cédula a fin de que ninguna de las mercancías que ingresaban al puerto de Veracruz pudiera bajarse a tierra sin la anuencia del oficial de justicia o regidor. La pena por incumplimiento era la incautación de los productos (Exterior, 2023).

El establecimiento de la Real Aduana del puerto de Acapulco se estableció alrededor del año 1776. En 1795 fue establecido el Consulado de Comerciantes de Veracruz, primera asociación gremial de este sector, cuyos miembros contribuyeron a realizar prosperidad al puerto y a la metrópoli (Historia, 2023).

En esa época las importaciones eran principalmente bienes de consumo, como los textiles. De igual manera, las exportaciones se concentraron en materias primas como metales, minerales y pinturas vegetales, entre otras.

Un referente documental del México independiente fue el Arancel General Interno para los Gobiernos de las Aduanas Marítimas publicado el 15 de diciembre de 1821 (UNAM, 2013). En este documento se designaron los puertos habilitados para el comercio, se especificó el trabajo que debían realizar los administradores de las aduanas, además se plantearon las bases para la operación del arancel, los géneros, las mercancías de importación prohibida, y las libres de gravamen quedaban a criterio de los administradores de las aduanas, siendo este documento un antecedente de las actuales normas en materia del comercio exterior de nuestro país (DÍAZ, 2007).

En México en el año de 1831, se firmó un tratado de amistad con los Estados Unidos de América, siendo uno de sus primeros convenios en materia de comercio internacional.

Ilustración 2

Formalización del comercio de España en las Nuevas colonias (México, 2023)

 

 

Se tiene el antecedente que para el año de 1837 existían 5 clases de aduanas:

Primera: Veracruz, Santa Anna de Tamaulipas y Matamoros.

Segunda: Guaymas, Acapulco, Campeche, Tabasco y San Blas.

Tercera: Sisal y Monterrey.

Cuarta: Dedicada al comercio de cabotaje.

Quinta: Zona fronteriza con E.U.A., Guatemala y Belice

Jurídicamente el sistema aduanero fue tratado mediante documentos heredados del periodo colombino conocidos como Ordenanzas, “La ordenanza general de aduanas marítimas y fronterizas de la República Mexicana del 31 de enero de 1856” (Aduanas, 2005), fue dictada por el presidente de ese entonces Ignacio Comonfort y el Ministro de Hacienda Manuel Payno, razón por la cual fue conocida como arancel Payno; la publicación se produce en un periodo de recuperación económica para el país, evidenciada por la creación de empresas mercantiles en Veracruz y el restablecimiento de las relaciones comerciales con España.

De conformidad al artículo primero de la mencionada ordenanza, los puertos autorizados para el comercio exterior eran: Sisal, Campeche, Tabasco, Veracruz, Tampico y Matamoros en el golfo; Acapulco, San Blas, Manzanillo, Mazatlán y Guaymas en el mar del sur; Matamoros, Camargo, Mier, Piedras negras, Monterrey y Laredo, Presidio del Norte y paso del Norte en la frontera norte y Tonalá y Zapaluta en la frontera del sur, sumándose más tarde Coatzacoalcos y la Ventosa (Aduanas, 2005).

Entre algunos de los derechos que debían pagar los flotas marítimas eran los de toneladas, pilotaje, anclaje y faro, estableciéndose además una serie de derechos adicionales: municipal, de mejoras materiales, el cual era utilizado para el pago de intereses de los capitales para la construcción de ferrocarriles; de internación, de contra registro y de amortización de la deuda pública liquidada y consolidada que debía entregarse a la tesorería general de la nación en forma de bonos de deuda pública (Historia, 2023).

Un referente de gran importancia para nuestro país fue que por disposición presidencial se creó la Aduana de México en 1884 y se instaló el 8 de mayo en el antiguo edificio de la Casa de Contratación y de la Real Aduana en la plaza de Santo Domingo. El 1 de marzo de 1887 se expidió una nueva Ordenanza General de Aduanas Marítimas y Fronterizas con dos anexos: en el primero apareció en forma separada la tarifa general; el segundo contenía la aplicación de la tarifa. El 19 de febrero de 1900 se constituyó la Dirección General de Aduanas (SAT, 2023).

En el año de 1916 se publicó la nueva tarifa de aranceles, en la cual el único producto prohibido era el opio (Electrónica, 2020); se redujeron los impuestos a los artículos de primera necesidad y se aumentaron para los artículos de lujo. En el año de 1931 se expidió el Reglamento Interior de la Dirección General de Aduanas y el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Historia, 2023). En su artículo 3/o. se ubicó a la Dirección de Aduanas dentro de las Oficinas de Servicios Generales, con la función de administrar, coordinar y controlar los impuestos, derechos y aprovechamientos aduanales.

Otra normatividad fundamental para la aduana fue que en 1951 se publicó el Código Aduanero (UNAM I. d., 2017), vigente hasta el año de 1982, durante el período de sustitución de importaciones. Señalaba los lugares para realizar la introducción o extracción de mercancías; los casos de excepción para comerciar con los países, los requisitos especiales, las prohibiciones y la documentación para la operación; así como los productos sujetos a contribuciones aduaneras, siendo esto de gran importancia para acoplar al país al creciente desarrollo económico del mundo de esa época.

En los años setentas México resistía las consecuencias del proteccionismo reflejados en saldos muy negativos en la balanza de pagos, por tal motivo se diseñó un plan de apoyo estructural a las exportaciones con la creación y del Instituto Mexicano del Comercio Exterior, el Banco de Comercio Exterior, la Comisión para la Protección del Comercio Exterior, la Comisión nacional de Fletes marítimos, la Academia Mexicana de Arbitraje y Comercio Internacional, el Comité para la defensa de las Exportaciones, el Comité de compras del Sector Público y la Comisión Nacional del Comercio Exterior, que fueron un esfuerzo notable para ordenar y fomentar el comercio exterior con el fin de contrarrestar los efectos negativos de la sustitución de importaciones (CLAVIJO, 2000).

La Ley Aduanera, publicada el 30 de diciembre de 1981 (DOF, 1981), contenía la terminología utilizada internacionalmente y se definieron los regímenes aduaneros que conocemos actualmente. México se incorporó en el año de 1986 al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)[6], y en mayo de 1988 al Consejo de Cooperación Aduanera (CCA)[7], que tienen por objeto armonizar y facilitar el comercio internacional.

El 1 de julio de 1997 se creó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), al cual quedó adscrita la Administración General de Aduanas (Gobernacion, 2016). A partir del año 2000 se hicieron algunas modificaciones, en el manejo, almacenaje y protección de mercancías de comercio exterior; el reconocimiento aduanero de mercancías; la valoración aduanera; la garantía de los impuestos para el régimen de tránsito de mercancías, los procedimientos administrativos y las infracciones aduaneras, entre otras normativas dentro del ámbito aduanero (DÍAZ, 2007).

De lo anterior se puede observar, que la existencia a lo largo del tiempo las aduanas han sido un sector estratégico en la recaudación del país, la importación y la exportación, son las operaciones aduaneras las de mayor importancia del sistema aduanero que conllevan a la introducción y extracción de mercancías de un país a otro, coadyuvando con esto al desarrollo del país por medio de la recaudación.

Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM)

El Sistema de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), fue, por más de 20 años, a través de su Administración General de Aduanas (AGA), fue la autoridad dotada de facultades fiscales, recaudatorias, técnicas, operativas y de seguridad nacional en las aduanas del país, aplicando la legislación que regula el despacho aduanero.

En el año 2021, el poder ejecutivo, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considero prioritario los siguientes aspectos para fortalecer al nuevo organismo a ser creado:

§  Fortalecer la seguridad nacional, principalmente en los puntos de acceso al país.

§  Contratar personal que se haya destacado por ser garante de la transparencia, honestidad y servicio al pueblo de México, como es el caso de quienes pertenecen o han pertenecido a las fuerzas armadas.

§  Fortalecer el sistema aduanero mexicano hacia una visión de servicio, atención y apoyo expeditos a los importadores y exportadores.

§  Elevar sustancialmente la calidad, eficiencia y eficacia de los múltiples procesos que generan la organización y la dirección de los servicios aduanales y de inspección, con apego a las normas jurídicas que regulan la entrada, tránsito o salida de mercancías de o en el territorio nacional.

En base a lo anterior en el Diario Oficial de la Federación del día 14 de julio de 2021, se publicó el Decreto Presidencial que instituía a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), “…como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, que tendría el carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia…”

Ilustración 3

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Fuente: TLC Asociados.

 

Por tal motivo a partir del 1 de enero de 2022, la Agencia Nacional de Aduanas de México, inició oficialmente sus funciones, en estricto apego al Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México (RIANAM) y a las leyes y ordenamientos legales que, por la naturaleza de sus atribuciones, le aplican.

En el artículo 1 del RIANAM, se encuentra el encargo que tiene de manera exclusiva, expresado en los siguientes términos:

§  Dirigir y organizar el funcionamiento de los servicios aduanales y de inspección.

§  Aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.

§  Recaudar los ingresos federales aduaneros.

Además de lo anterior, un eje estratégico, que se vuelve pilar fundamental dentro de las

funciones de la agencia, que resulta de suma importancia, es: El combate a la corrupción e Inhibición del contrabando, eje fundamental para optimizar los procedimientos aduaneros.

El encargo que se le ha confiado a la agencia tiene una relación directa con asuntos de seguridad nacional, por tal motivo y ante la envergadura de esta encomienda, el personal civil y militar que pertenece a la ANAM, desde el ámbito de su competencia, contribuye para cumplir con tal propósito.

Con relación al párrafo anterior, es pertinente atender a una de las funciones de la ANAM, establecida en el artículo 3 Fracción VI, del RIANAM:

VI. “Coordinarse con las fuerzas armadas e instituciones de seguridad nacional y de seguridad pública para preservar la seguridad en los puntos de acceso al país”

Posteriormente, en el artículo 38 del citado ordenamiento, se establece la forma en que

deberá hacerse esa coordinación:

“…Para una mejor organización y colaboración de las autoridades federales que ejercen sus atribuciones en los puntos de entrada y salida del país, las autoridades que actúan en las aduanas serán coordinadas como se indica a continuación:

1.       Las aduanas fronterizas a que se refiere el artículo 37, Apartado A de este Reglamento y las aduanas interiores a que se refiere el artículo 37, Apartado C, fracciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI de dicho ordenamiento, serán coordinadas por la Secretaría de la Defensa Nacional y

2.       Las aduanas marítimas a que se refiere el artículo 37, Apartado B de este Reglamento, y la aduana a que se refiere el Apartado C, fracción I y XII, de dicho ordenamiento, serán coordinadas por la Secretaría de Marina…”

La ANAM cuenta con una estructura especializada y con cobertura en todo el país para el despacho de los asuntos a su cargo. Las cincuenta aduanas distribuidas en todo el país son quienes aplican los programas de actividades referentes a la legislación que regula y aplica el gravamen en la entrada al territorio nacional y a la salida de mercancías y medios de transporte.

De manera gráfica, la estructura de la ANAM se ve organizada de la siguiente forma:


 

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Las 50 aduanas de México, (ANAM, 2023)

 

El Sistema Aduanero

 El Sistema Aduanero debe ser visto y entendido en su dimensión integral como ya se comentó. Generalmente cuando se habla de aduanas, se piensa, casi de manera exclusiva, en la oficina aduanera del puerto, del aeropuerto o de la frontera por donde entran o salen los embarques de mercancías, pero lo innegable es que el Sistema Aduanero es algo más complejo.

En el sistema existe una interrelación de elementos que determinan su funcionamiento.  Para Rivas (2000: 15), este sistema tiene por objeto controlar el tráfico de mercancías, por consiguiente, sus objetivos, normas, estructura, funciones, recursos, relaciones, procesos, control y gestión deben enmarcarse y responder a la concepción de la política económica, comercial y aduanera del Estado mexicano.

El sistema tiene una importancia de primer orden entre los factores incidentes del desarrollo económico. De ahí la necesidad de procurar que funcione con el máximo de efectividad, eficiencia y eficacia en el logro de sus fines.

El sistema aduanero debe ser una manifestación de la política del Estado para lograr el bienestar de su población, mediante la concepción y aplicación de políticas de diferente orden. En este sentido, podemos enumerar como fines fundamentales del sistema aduanero los siguientes:

Principales funciones de las aduanas:

a.          Recaudatoria o fiscal. Recaudación de las contribuciones.

b.         Actividades Económica. Esta función se constituye como un mecanismo por medio del cual el Estado ejerce funciones y aplica determinadas políticas económicas. Así, en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE) encontramos productos que no se producen en el país por lo que tiene un arancel menor y viceversa.

c.          Actividad social. En algunas disposiciones legales se antepone el interés social sobre el fiscal y económico, ejemplo de ello es la creación de zonas fronterizas o las zonas económicas especiales.

d.         Actividad de Salud e Higiene pública. Que consiste en impedir la entrada de mercancías prohibidas y de aquellas que se encuentren sujetas a Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA) y no se acredite su cumplimiento, a fin de preservar la salud general de la población y la flora y la fauna nacional.

e.          Actividad de Inspección y Vigilancia. Se materializa en la facultad de realizar actos de verificación e inspección, para ello cuentan con la Administración General de Auditoria de Comercio Exterior (AGACE) y Administración General de Auditoria Fiscal Federal (AGAFF).

f.          Actividad Financiera. Está enfocada a buscar el equilibrio tanto de la balanza comercial como de la balanza de pagos.

g.    Relaciones internacionales armónicas. Ningún país puede producir todo lo que necesita consumir, ni aislarse en su relación con el resto del mundo, razón de la existencia del comercio internacional comercial, compramos y vendemos. Hoy la globalización marca pautas en esa relación y obliga ser cada vez mejores en el proceso productivo de bienes y servicios, e igualmente en la forma de negociar.

El Sistema Aduanero debe proveer condiciones que permitan la competitividad y el desarrollo pacífico y armónico de los distintos sectores de nuestra economía.

Las aduanas, la seguridad nacional y su legislación

El concepto de aduanas surge a partir del concepto de nación y consecuentemente de fronteras, para regular el ingreso y salida de personas y bienes. Transitamos de las aduanas físicas a las aduanas virtuales. Tienen que ver con la entrada y salida de mercancías en puertos, donde tuvieron su origen, aeropuertos públicos y privados, pasos, puentes carreteros y ferroviarios, así como aguas nacionales y litorales, inmersos en los tratados de libre comercio (Valdes, 2020).

En la actualidad es lamentablemente el avance de la delincuencia, ha rebasado la capacidad de las instancias civiles tradicionales de contención y combate y de modo natural se ha pasado de la seguridad pública como afectación de los bienes privados a la seguridad interior como obligación del Estado para garantizar el funcionamiento de la economía y la democracia y de modo natural ha escalado en la seguridad nacional como defensa de los intereses de la república.

En este sentido, tal decisión de asignar militares y marinos en la vigilancia de puertos, aduanas y aeropuertos forma parte sustancial de la política de seguridad nacional de la presente administración federal, contra una delincuencia que ha rebasado a las instancias civiles y que requiere del enfoque de seguridad nacional en tanto que el narcotráfico y otras expresiones del crimen organizado forman parte de una estructura delictiva transnacional que cada vez incrementa su red criminal en nuestro país.

La intervención del crimen organizado en procesos electorales, la captura criminal de estructuras de gobierno, la capacidad creciente de armamento por parte de las bandas y la consolidación del dominio delictivo de importantes porciones territoriales de la soberanía del Estado señalan los indicios de una situación de emergencia y por tanto conducen a decisiones de fondo para introducir tareas de seguridad interior de las fuerzas armadas en espacios delicados de garantía de la gobernabilidad pública ahora penetrada por los intereses de las bandas criminales (UNAM I. d., 2017).

Como ejemplo la crisis de seguridad pública en Colima por la disputa territorial entre el Cártel Jalisco y el Cártel de Sinaloa tiene su razón específica en el control estratégico del puerto de Manzanillo y el espacio territorial de la ruta del Pacífico entre Michoacán y Jalisco. Mientras no haya una decisión pública contra esas dos organizaciones criminales, la violencia de la inseguridad seguirá afectando a buena parte de la República y en especial en áreas geográficas tan importantes como son los puertos marítimos, de igual forma se encuentran sensibles las garritas de las fronteras norte y sur.

La ANAM, en su estrategia nacional es el de combatir la corrupción y el contrabando de mercancías, así como vigilar el cumplimiento del pago de impuestos correspondientes para asegurar la correcta recaudación en las cincuenta aduanas del país (2 Frontera Sur, 12 Interiores, 17 marítimas y 19 Frontera norte).

ANAM informó que, de enero a diciembre de 2022, la recaudación acumulada en las cincuenta aduanas del país fue de 1 billón 114 mil 157 millones 834 mil pesos, 89 mil 739 millones de pesos más que durante 2021, año registrado como primer año histórico en recaudación, el cual cerró con 1 billón 24 mil 417 millones 875 mil pesos recaudados (ANAM, 2023).

Respecto al volumen de operaciones realizadas en las cincuenta aduanas del país en el periodo de enero-abril del 2023, se observa un aumento en el volumen de operaciones del 5% en las importaciones y 1 % en las exportaciones respecto del año 2022.

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Por lo anterior se observa que en los primeros años de la creación de la ANAM empieza a tener resultados en la optimización y mejora de los diversos procedimientos para agilizar el comercio exterior, teniendo como reto el de reducir la corrupción y evitar el trasiego de enervantes y sustancias de uso dual, así como el tráfico de armamento y sus accesorios. Como lo especifica el artículo 3/o. de la Ley Aduanera. Las funciones relativas a la entrada de mercancías al territorio nacional o a la salida de este son facultades exclusivas de las autoridades aduaneras.

Los funcionarios y empleados públicos federales y locales, en la esfera de sus respectivas competencias, deberán auxiliar a las autoridades aduaneras en el desempeño de sus funciones cuando éstas lo soliciten y estarán obligados a denunciar los hechos de que tengan conocimiento sobre presuntas infracciones a esta Ley y hacer entrega de las mercancías objeto de estas, si obran en su poder (Garcia, Derecho Aduanero Mexicano, 2023).

Las autoridades aduaneras ejercerán sus atribuciones en forma coordinada y en colaboración con las autoridades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas y municipios, así como con las autoridades fiscales y aduaneras de otros países con arreglo a lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea parte y estén en vigor; en su caso, intercambiando información a través de los centros o sistemas electrónicos que se dispongan, a fin de que las autoridades ejerzan las atribuciones que les correspondan, quienes deberán mantener reserva la información de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Por lo anterior la función de Seguridad Nacional la viene desarrollando la aduana mexicana al formar parte del esquema de seguridad nacional, en conjunción con otras autoridades competentes, tanto con la Secretaría de Gobernación, Fiscalía General de la República, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana entre otras autoridades competentes, a fin de evitar la entrada o salida al o del país, de mercancías, que pueda causar daño a la seguridad del país.

De lo anterior se desprende lo especificado en el Artículo 5 de Ley Seguridad Nacional sobre las amenazas en sus fracciones VIII “…todo acto tendente a consumar el tráfico ilegal de materiales nucleares, de armas químicas, biológicas y convencionales de destrucción masiva; y XII “…actos tendientes a destruir o inhabilitar la infraestructura de carácter estratégico o indispensable para la provisión de bienes o servicios públicos, estas fracciones son fundamentales en la citada ley para integrar la cooperación que debe de existir en los diferentes instituciones del ámbito federal principalmente…”

A fin de integrar el conocimiento del Derecho Aduanero es necesario conocer también las disposiciones del artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Mismo establece “… que es facultad privativa de la Federación gravar las mercancías que se importen o exporten, o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo y aún prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la República de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia…” Además, otros artículos relacionados con aduanas son el 89, fracción XIII, que autoriza al presidente de la República para establecer aduanas marítimas y fronterizas y designar su ubicación, y el artículo 73-XXIX -A, que establece las contribuciones al comercio exterior.

De igual manera la actividad aduanera se encuentra regulada por los tratados internacionales que México ha suscrito; y a nivel legal por la Ley Aduanera y su Reglamento; la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento; la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación; las Reglas Generales de Comercio Exterior; las Reglas Generales que expide la Secretaría de Economía; el Manual de Operación Aduanera, entre otras disposiciones legales que regulan la entrada y salida de mercancías al y del territorio nacional.

Es por ello por lo que las aduanas son recintos fiscales del Estado mexicano que contribuyen enormemente a la recaudación de impuestos, se estima con información del SAT que el porcentaje que aporta el IVA en impuestos es del 65% de la recaudación nacional promedio anual, dado lo anterior, es por lo que las aduanas del país se deben de considerar como instalaciones estratégicas de igual de importancia como las empresas productivas del Estado.

Nuestras aduanas son factores de estabilidad y desarrollo económico de nuestro país, debemos de realizar un mayor esfuerzo institucional para mejorar las instalaciones con los últimos adelantos tecnológicos de detección no intrusiva[8] principalmente en las aduanas de la frontera norte, con la finalidad de optimizar el flujo por las revisiones que se tiene que realizar conforme lo establece la normatividad aduanera.

Las aduanas son las entradas y salidas de mercancías que contribuyen enormemente a la contribución de impuestos por el comercio exterior para nuestro país, debemos focalizar en fortalecer y actualizar el sistema aduanero con la más alta tecnología en relación a la inspección no intrusiva, así como seguir capacitando al personal militar y civil en el aspecto de los procedimientos aduaneros para optimizar al mismo tiempo el flujo del comercio exterior y la localización de armamento, accesorios, precursores químicos para elaboración de fentanilo, cannabis, etc., de todo lo anterior es necesario, para cumplir con los objetivos nacional de combatir y disminuir el trasiego de armas y droga y la reducción de la corrupción.

La aduanas mexicanas son sectores estratégicos que por su situación geoestratégica y su función de recaudación por parte del comercio exterior se debe de considerar como un ente fundamental para el Estado mexicano, por tal motivo es necesario seguir fortaleciendo su infraestructura, a fin de mejorar las condiciones del personal y de las instalaciones, todo ello con el objeto de realizar eficientemente sus misiones, al no hacerlo, nuestras aduanas se encuentra vulnerables para que el crimen organizado incida en ellas.

Las aduanas tienen alcance en materia del desarrollo económico para el país, de productividad, de temas de recaudación, son pilares fundamentales en los ingresos de nuestro país, de igual manera en materia de controles de mercancías, todo ello y más son responsabilidad fundamental para las aduanas. El sistema aduanero fortalece y garantiza los servicios eficientes a la exportación e importación, robustece la seguridad nacional en los puntos de acceso al país y armoniza los procesos aduaneros y de inspección con los acuerdos internacionales para eliminar barreras comerciales y propiciar el libre comercio.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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[1] Auto principal

Correspondencia: calvomanuel58@gmail.com

[2] Tarifa oficial determinante de los derechos que se han de pagar en varios servicios, como el de costas judiciales, aduanas, etc., o establecida para remunerar a ciertos profesionales.

[3] En la ley romana estableció un impuesto sobre los bienes que pasan por ciertos lugares.

[4] Acción de dar una cosa y recibir otra a cambio, especialmente cuando se trata de un intercambio de productos sin que intervenga el dinero.

[5] Derecho que se pagaba por los géneros o mercaderías que salían del reino, por los que se introducían en él, o por aquellos con que se comerciaba de un puerto a otro dentro de España.

[6] Es un acuerdo multilateral cuyo objetivo principal era el de reducir las barreras al comercio internacional eliminando o reduciendo aranceles, cuotas o subsidios.

[7] Organismo internacional, con sede en Bruselas, fue creado en 1948, para estudiar la simplificación y la armonización de cierta reglamentación aduanera.

[8] La tecnología de reconocimiento no intrusivo (tecnología NII) se refiere al equipo de tecnología o a las máquinas de rayos X o rayos gama que cuentan con equipo de imagen que permite el reconocimiento de la carga sin la necesidad de abrir el medio de transporte para descargarla.