Contaminación auditiva en los centros de diversión y la vulneración del derecho a vivir en morales

 

 

Dra. Grethel Silva Huamantumba

[email protected]

 

Dra. Elia Anacely Córdova Calle

[email protected]

 

Dr. Edman Junior Silva Huamantumba

[email protected]

 

Mg. Marina Victoria Huamantumba Palomino

[email protected]

 

Dra. Karol Silva Huamantumba

[email protected]

 

Mg. Cesar Mariano Mendez Calderón

[email protected]

 

RESUMEN

La investigación se realizó con el propósito de determinar la contaminación auditiva en los centros de diversión y la vulneración del derecho a vivir en Morales, buscando correlacionar las variables que tiene que ver con los ruidos molestos que impiden la libertad de vivir en una zona tranquila de los habitantes. La investigación fue descriptiva correlacional causal, de enfoque mixto. La población estuvo considerada por 8 centros de diversión nocturna y la población de los vecinos de la zona; la muestra estuvo conformada por 6 centros nocturnos habilitados y 30 familias perjudicados por la contaminación auditiva; las técnicas utilizadas fueron la encuesta y entrevista. Dentro de los resultados se indicó que un 91.67% equivalente a 55 personas encuestadas señalan que la principal causa que origina la contaminación sonora es la exposición a altos niveles de ruido; del mismo modo un 3.33% refiere que la principal causa de contaminación sonora se debe al tráfico de vehículos de carro y de trimoviles; y un 1.67% señalan que la causa de contaminación sonora es por el tráfico de vehículos de motos lineales. Asimismo, respecto del perjuicio que produce al sistema auditivo cuando la persona está expuesto al sonido en las calles, donde se señala que un 83.33% equivalente a 50 personas encuestadas señalan que los perjuicios que puede ocasionar al sistema auditivo es todas las anteriores, entendiéndose (Sordera, nervios, dolor de cabeza e irritabilidad) y un 16.67% que está conformado por 10 encuestados refieren que los perjuicios al sistema auditivo por la exposición del sonido es el dolor de cabeza.

Palabras clave: contaminación auditiva; ruido; contaminación sonora; vulneración de derecho a la vida.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Participatory management in the development of public institutions

 

ABSTRACT

The research was carried out with the purpose of determining the noise pollution in the entertainment centers and the violation of the right to live in Morales, seeking to correlate the variables that have to do with the annoying noises that impede the freedom to live in a quiet area of the habitants. The research was descriptive causal correlation, with a mixed approach. The population was considered by 8 nightlife centers and the population of the residents of the area; The sample consisted of 6 authorized nightclubs and 30 families affected by noise pollution; the techniques used were the survey and interview. Within the results it was indicated that 91.67% equivalent to 55 people surveyed indicate that the main cause that originates noise pollution is exposure to high levels of noise; In the same way, 3.33% refer that the main cause of noise pollution is due to the traffic of car and mobile vehicles; and 1.67% indicate that the cause of noise pollution is due to the traffic of linear motorcycles. Likewise, with respect to the damage caused to the auditory system when the person is exposed to sound in the streets, where it is noted that 83.33% equivalent to 50 people surveyed indicate that the damage that can be caused to the auditory system is all of the above, understood (Deafness, nerves, headache and irritability) and 16.67%, which is made up of 10 respondents, refer that the damage to the auditory system due to sound exposure is the headache.

Keywords: noise pollution; noise; noise pollution; violation of the right to life

 

Artículo recibido: 10 Agosto. 2021

Aceptado para publicación: 07. Setiembre. 2021

Correspondencia: [email protected]

    Conflictos de Interés: Ninguna que declarar

 

 

 

 

 


1.        INTRODUCCIÓN

La problemática de contaminación ambiental como la auditiva es un problema a nivel mundial, considerado como un derecho de la tercera generación, considerado en la agenda política de todos los gobernantes (Ramírez y Domínguez, 2011, p.234). La misma que data desde épocas antiguas como la década de los 50, donde acontecieron hechos de crisis de la economía planificada y liberal entre los soviéticos y capitalistas estadounidenses (Quispe, Roque, Rivera, Rivera, Romaní, 2021). Así mismo, el tema medioambiental utilizada por los políticos era usada como estrategia de los soviéticos para vencer a los capitalistas con el derecho de liderazgo y el poder de dominio mundial (Solís, 2013, p. 49). Es por ello que en la década 60 la ONU y UNESCO declaran de tema importante el cuidado de la atmósfera y todo lo que tiene que ver con contaminación, sacando resoluciones importantes en grandes reuniones para tomar acciones en favor del cuidado medioambiental (Aguilar, 2009, p. 120).

Por otro lado, en la parte social, la ECOSOC (Organización social de EE.UU), en una asamblea general de las Naciones Unidas, toman el tema de la importancia social y humana, tomando resolución 2398, donde los informes se referían a los problemas que causaban los humanos al medio ambiente, donde 86 gobiernos a nivel mundial, incluyendo los de América Latina, entre ellos Perú, quedando constancia de los serios problemas en países industrializados y el vías de desarrollo, que por sus actividades generaban contaminación, sonora, emisión de gases tóxicos y desechos que afectaban a la capa de ozono y el ecosistema en general (Andaluz, 2004, p.339).

El derecho estudia la prevención, maneras de remediar y reprimir acciones humanas que dañen el equilibrio medioambiental, dichas acciones recaen en conductas individuales o colectivas, entre ellas tenemos a dañar o eliminar a animales en peligro de extinción, o deforestaciones, incluso la contaminación sonora (Alfie y Salinas, 2017, p. 67). En esa medida, la sociedad juega un papel fundamental en el cuidado medioambiental y por ende es un elemento importante a estudiar en derecho. Otro aspecto importante en derecho, es estudiar la prevención de agresiones de la sociedad con el medio ambiente y la responsabilidad que conlleva al dañar la capa de ozono (Amable, Méndez, Delgado, Acebo, Armas y Rivero, 2017, p. 343). Es decir, el derecho estudia el bienestar de las futuras generaciones con el cuidado de los recursos escasos de la naturaleza, siendo la contaminación un problema generado por los humanos y es de carácter general y global. Este tipo de derecho va más allá del aspecto normativo, ya que se relaciona directamente con el hombre y la naturaleza, la forma de vida y la necesidad de alimentación (Caro, 2007, p.61-62).

El derecho de que los ciudadanos deben contar con un ambiente equilibrado y con condiciones saludables, considerados en la constitución política no solo como derechos subjetivos si no enlazados a valores para el ordenamiento constitucional (Delgado, Plúa, López y Macías, 2019, p.5). Por ende, es un derecho exigible en su cumplimiento, imponiendo a los organismos estatales la protección y sanción de los actos que atenten contra el medio ambiente (El Peruano, 2015, p. 10). Por otro lado, la calidad de vida esta relacionado con el ambiente saludable y equilibrado, el tribunal constitucional considera dentro de sus bases la calidad de vida dentro del ecosistema que engloba la flora y fauna (Componentes bióticos), y los componentes abióticos como el agua, suelo, aire, ecósfera, subsuelo, y ecosistemas en general, dentro de ellos se estudia la conducta de la sociedad reflejada en su cultura y nivel de educación, buscando un enfoque cualitativo, más allá de la vida, si no evitar la cantidad de daños, para ello se estudia la regulación del trabajo y las actividades derivadas de ello (López y Ferro, 2006, p.17).

Dentro de todo lo mencionado arriba, está la contaminación sonora que también afecta al medio ambiente. El mismo es producido por el ruido físico en fuertes intensidades no permitidas, produciendo un efecto negativo y dañino a las personas, animales y materiales (De la Madrid, 2014, p. 76). Entonces, la contaminación sonora o acústica está relacionado con el ruido molesto y dañino, generado por actividades en el parque automotor, industrias, lugares de diversión, aviones, construcciones, entre otros, ocasionando daños auditivos y en la salud física y mental de los seres vivos, este es dañino cuando causa malestares fisiológicos y psicológicos (Monestier, 2011, p.45).

Así mismo, se tienen algunas teorías sobre Contaminación auditiva y vulneración del derecho con los autores como Cárdenas, Cortés, Escobar, et al. (2018), indican que el derecho humano tiene que ver con la dignidad de las personas según La declaración universal de derechos humanos de 1948, dentro de ellos están los derechos a un nivel de vida adecuado y derechos sociales y culturales, donde incluye la libertad de disfrutar el medio ambiente saludable que está ligado a la salud de las personas.

En ese sentido, el crecimiento y la industrialización de los países, han traído consigo cuantiosas cifras de crecimiento de su PBI, sin embrago, también han acarreado grandes problemas ambientales que causan riesgos en la salud de las personas, y la mayoría de país carecen de sistemas de medición de la gravedad de riesgos de contaminación ambiental (Vargas, 2005, p.118).

Es así como la contaminación sonora vulnera el derecho a gozar de una buena salud pública, la misma que es un problema social en la actualidad en todo el mundo, los efectos son un verdadero peligro a la salud, la misma que se intensifica en los grandes países de Europa y todo el mundo. Así mismo, la contaminación sonora muchas veces necesita de menos energía para ser emitido, puede ser acumulables, perjudicando la salud del hombre. También, el ruido tiene componentes que tienen que ver con la percepción o psicosocial y también tiene que ver con la presión sónica medida en el área de contaminación (Gonzáles y Fernández, 2014, p.406-407).

Así mismo, el ruido o contaminación sonora provoca trastornos cardiovasculares, estrés, irritación, insomnios y gastos económicos a quienes padecen de este tipo de atropellos o vulneración del derecho de salud (Zolezzi, 2017, p.35).

Como problema de investigación se señala: ¿De qué manera la Contaminación auditiva provocada por los centros de diversión vulnera el derecho a vivir en Morales?

A su vez, el objetivo general es: Determinar en qué medida se produce la contaminación auditiva en los centros de diversión y la vulneración del derecho a vivir en Morales. Y como objetivos específicos se señala: Establecer los factores de eficacia de la Ordenanza Municipal N° 004 – MDM – 2011 conforme a los reclamos presentados ante la Municipalidad de Morales, identificar los daños, respecto a su salud mental que presenta la persona al ser expuesta a niveles altos de ruido, identificar en qué medida el sistema auditivo se ve afectado por la exposición inadecuada de ruidos, conocer el índice de reclamos presentados en la Municipalidad de Morales respecto de la contaminación sonora en el Distrito de Morales y precisar recomendaciones frente a la cantidad de reclamos que garantizan la eficacia de la Ordenanza Municipal N° 004 – MDM – 2011.

Por ende, la hipótesis del trabajo es: La contaminación auditiva generada por los centros de diversión nocturna del distrito de Morales; vulnera el derecho a la salud de sus habitantes ello se manifiesta en el deterioro de su desprendimiento umbral del sistema auditivo y el derecho a vivir en un ambiente adecuado, en consecuencia, la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2011 es ineficaz.

Como justificación se tiene la siguiente:

Se justifica en que los resultados beneficiarán a los ciudadanos, donde los centros de diversión implementarán sus locales para disminuir la contaminación sonora, con ello los ciudadanos tendrán un mejor lugar para vivir de manera tranquila y en paz. Así mismo, ayudarán a las autoridades a implementar políticas locales y su cumplimiento para mejorar y disminuir la contaminación auditiva. También, aportará teóricamente respecto a las teorías utilizadas en el trabajo investigativo respecto a las variables de estudio.

2.    MATERIAL Y MÉTODOS

Los materiales requeridos en la investigación fue la laptop, internet, libros físicos y virtuales para describir las variables de estudio. Así mismo se usaron tablas en Excel y gráficos de acuerdo a los objetivos. El método es deductivo, que se partió de hechos generales de resultados de diferentes autores, para aterrizar en hechos particulares y conclusiones especificas respecto al tema.

El trabajo investigativo fue descriptivo, describiendo las variables estudiadas mediante los resultados obtenidos, así mismo, determinará las características del fenómeno y establecerá relaciones entre variables, en un determinado lugar o momento. El diseño fue correlacional causal, no experimental y de corte longitudinal, analizando datos y estudiando elementos del año 2013 a 2014.

La población estuvo considerada por 8 centros de diversión y los habitantes que domicilian por la Avenida Perú; lugar lo más próximo a estos centros de diversión. La muestra 6 centros de diversión de Morales y 30 familias vecinas a los centros de diversión siendo los afectados de la contaminación sonora. 

Los instrumentos de recolección de datos fueron las encuestas y entrevistas para la primera y segunda variable. Como instrumentos se aplicó el cuestionario y guía de entrevista de acuerdo a las dimensiones e indicadores respectivamente. Para el procesamiento de datos se usó la estadística descriptiva mediante tablas y figuras mediante los resultados de campo.

En los aspectos éticos se usó la no maleficencia, donde la investigación no causa daños a seres vivos, de justicia, los datos son confiables, así mismo, los instrumentos son confiables. Además, se respetó la autoría de las investigaciones utilizadas y se respetó la identidad de las personas que participaron en la investigación.

3.    RESULTADOS.

3.1.       Gráficos de la encuesta aplicada a los habitantes de la Avenida Salaverry del distrito de Morales.

Tabla 1

¿Usted desde hace cuánto tiempo domicilia cerca a estos centros de diversión nocturna?

Respuesta

f

%

10 años

34

57%

15 años

10

17%

25 años

12

20%

35 años

4

6.67%

Fuente: Instrumentos de recolección de campo

Del gráfico obtenido se indica que un 57% equivalente a 34 personas encuestadas señalan que cerca de 10 años viven cerca a estos centros de diversión; asimismo un 20% (12) indican que desde hace 25 años viven cerca a estos centros de diversión y un 17% señala que desde hace 15 años viven próximos a estos centros de diversión del distrito de Morales.

Tabla 2

¿Qué entiende por Contaminación Sonora?

Respuesta

f

%

Ruido no deseado y molesto

15

25%

Ruido intenso

8

13.33%

Perturbador y perjudicial a la salud

37

61.67%

Ruido no deseado y molesto

15

25%

Fuente: Instrumentos de recolección de campo

Del gráfico obtenido se indica que un 61.67% equivalente a 37 personas encuestadas señalan que la contaminación sonora es aquello que perturba y perjudica la salud; asimismo un 25% que representa a 15 personas encuestas indican que la contaminación sonora es aquel ruido no deseado y molestó y finalmente un 13.33% refiere que la contaminación sonora es aquel ruido intenso.

 

Tabla 3

¿Cuál es la causa principal que origina la contaminación sonora en el distrito de Morales?

Respuesta

%

El tráfico de vehículos trimoviles

2

3.33%

El tráfico de vehículos de motos lineales

1

1.67%

El tráfico de vehículos de carro

2

3.33%

La exposición a altos niveles de ruído

55

91.67%

Fuente: Instrumentos de recolección de campo

Del gráfico obtenido se indica que un 91.67% (55) indican que la principal causa que origina la contaminación sonora es la exposición a altos niveles de ruido; del mismo modo un 3.33% refiere que la principal causa de contaminación sonora se debe al tráfico de vehículos de carro y de trimoviles; y un 1.67% señalan que la causa de contaminación sonora es por el tráfico de vehículos de motos lineales.

Tabla 4

La naturaleza del sonido en las calles de Tarapoto a las horas punta de manera continua los fines de semana (entendiéndose a las 9.00 p.m. y 5.00 a.m.) Puede ocasionar perjuicio al sistema auditivo. ¿Cómo cuáles?

Respuesta

%

Sordera

0

0%

Nervios

0

0%

Dolor de cabeza

10

16.67%

Irritabilidad

0

0%

Fuente: Instrumentos de recolección de campo

Del gráfico obtenido se indica que un 83.33% (50), indican que los perjuicios que puede ocasionar al sistema auditivo es todas las anteriores, entendiéndose (Sordera, nervios, dolor de cabeza e irritabilidad) y un 16.67% que está conformado por 10 encuestados refieren que los perjuicios al sistema auditivo por la exposición del sonido es el dolor de cabeza.

 

 

Tabla 5

¿Porque motivos cree usted que el ruido ocasionado por los centros de diversión nocturna afecta el desenvolvimiento, la capacidad intelectual y el sueño de la persona?

Respuesta

%

Por el factor distracción

15

25%

Por las pocas horas de sueño

45

75%

No me afecta

0

0%

Fuente: Instrumentos de recolección de campo

Del gráfico obtenido se indica que un 75% (45), indican que el ruido ocasionado por los centros de diversión afecta el desenvolvimiento, ello se manifiesta en las pocas horas de sueño; un 25% (15), indican que los ruidos ocasionados por los centros de diversión afectan su desenvolvimiento ello se manifiesta en el factor de distracción.

Tabla 6

¿Qué efectos puede causar el ruido en las personas?

Respuesta

%

Enfermedades fisiológicas

0

0%

Enfermedades Psicopatológicas

3

5%

Enfermedades Psicológicas

5

8.33%

Fuente: Instrumentos de recolección de campo

Del gráfico obtenido se indica que un 86.67% (52) indican que los efectos que causa el ruido en la persona presentan todas las enfermedades (Enfermedades fisiológicas, psicolatologicas y psicológicas), un 8.33% (5), indican que los efectos que causa el ruido en la persona son las enfermedades psicológicas y un 5% que forman 03 personas encuestadas; indican que los efectos que causa el ruido en la persona son las enfermedades psicopatológicas.

Tabla 7

¿Cree usted que la autoridad municipal está haciendo algo para evitar esta contaminación sonora, aplicando de modo eficaz la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2011; que tiene como fin sancionar a los centros de diversión nocturna cuando propagan ruidos excesivos?

 

Respuesta

%

Si

25

25

No

13

13

Periódicamente

22

22

Fuente: Instrumentos de recolección de campo

Del gráfico obtenido se indica que un 41.67% (25), indican que la aplicación es eficaz de la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2001; si se diera de un modo eficaz; asimismo un 36.37% es decir 22 personas encuestas manifiestas que la aplicación de la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2011; debe darse de un modo periódico y un 21.67% vale decir 13 personas encuestadas indican que la aplicación de la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2011, no es eficaz.

Tabla 8

¿Qué mecanismos se utilizarían para que el nivel de ruido provocado por los centros de diversión nocturna en el distrito de Morales disminuiría?

Respuesta

%

Programas de Prevención

15

25%

Charlas Informativas

40

66.67%

Conferencias

5

8.33%

 

Del gráfico obtenido se indica que un 66.67% (40), indican que los mecanismos para la disminución del ruido en el distrito de Morales; sería el de dar charlas informativas; un 25% que vale a 15 personas encuestadas indican que los mecanismos para disminuir el ruido en el distrito de Morales son los programas de Prevención y finalmente un 8.33% que lo conforman 5 personas indican que el mecanismo para la disminución de ruido en el distrito de Morales serían las charlas informativas.

Resultados de entrevistas

Tabla 9

¿Usted desde que año es responsable de este centro de esparcimiento?

 

 

Centro de esparcimiento

Años

Anaconda

5 años

Bunker Space

7 años

Makondos

5 meses

La Granja

12 años

Makumba Latin Girls

6 años

Mega Estación

8 años

Fuente: Entrevista a los responsables de los centros de diversión, distrito de Morales

El presente cuadro indica la cantidad de años que lleva tomando responsabilidad el entrevistado, teniendo con mayor tiempo en el lugar es La granja con 12 años, mientras que el responsable de Makondos, lleva 5 meses.

Tabla 10

¿Ud. Tiene conocimiento que la Municipalidad Distrital de Morales, mediante la Ordenanza Municipal Nº 004-MDM-2011, regula el  tema de contaminación acústica propagada por los centros de diversión nocturna?

Centro de esparcimiento

SI

NO

Anaconda

X

 

Bunker Space

X

 

Makondo

X

 

La Granja

X

 

Makumba Latin Girls

X

 

Mega Estación

X

 

Fuente: Entrevista a los responsables de los centros de diversión, distrito de Morales

El presente cuadro indica que en un 100% los responsables de los centros de esparcimiento, tienen en conocimiento la Ordenanza Municipal Nº 004-MDM-2011, que regula el tema de contaminación acústica propagada por los centros de esparcimiento de diversión nocturna.

 

 

 

Tabla 11

¿Tiene conocimiento a que niveles de ruido usted expone a sus usuarios y a los habitantes cercanos a su centro de diversión?

Centro de esparcimiento

Ruido dentro de parámetros normales

No existen moradores cerca del lugar

No tiene conocimiento

Anaconda

X

Bunker Space

X

Makondo

X

La Granja

X

Makumba Latin Girls

X

Mega Estación

X

Fuente: Entrevista a los responsables de los centros de diversión, distrito de Morales- Elaboración propia

El presente cuadro indica que un 50% señala que no existen moradores cerca del lugar por lo cual no existe la posibilidad de exposición al ruido.

Tabla 12

En caso de no cumplir la Ordenanza Municipal N° 04-MDM-2011. ¿Conoce cuál sería su sanción administrativa?

Centro de esparcimiento

Proceso de Multa

No tiene conocimiento

Anaconda

X

Bunker Space

X

Makondo

X

La Granja

X

Makumba Latin Girls

X

Mega Estación

X

Fuente: Entrevista a los responsables de los centros de diversión, distrito de Morales- Elaboración propia

El presente cuadro indica que en un 100% los centros de esparcimiento en caso de no cumplir la Ordenanza Municipal Nº 004-MDM-2011, mencionan que se llevará a cabo un proceso de multa por incumplimiento de la norma.

Tabla 13

En caso de no cumplir la Ordenanza Municipal N° 04-MDM-2011. ¿Conoce cuál sería su sanción administrativa?

Centro de esparcimiento

Proceso de Multa

No tiene conocimiento

Anaconda

X

Bunker Space

X

Makondo

X

La Granja

X

Makumba Latin Girls

X

Mega Estación

X

 

Fuente: Entrevista a los responsables de los centros de diversión, distrito de Morales- Elaboración propia

El presente cuadro indica que en un 100% los centros de esparcimiento en caso de no cumplir la Ordenanza Municipal Nº 004-MDM-2011, mencionan que se llevará a cabo un proceso de multa por incumplimiento de la norma.

4           DISCUSIÓN

La eficiencia de la Ordenanza municipal N°004-MDM-2001, tiene elementos que intervienen en su eficacia en el distrito de Morales enmarcados en el derecho ambiental, en los que se estipulan la regulación de establecimientos de diversión que contaminen auditivamente en la ciudad y que está regulado a nivel internacional incluso. Los resultados mostraron que la ordenanza como norma local en un 41. 67% indica que la aplicación es eficaz, el 36.37% indican que debe aplicarse de manera periódica, el 21.67% indican que la aplicación es ineficaz. En esa medida Perevochtchikova (2013), en su investigación concuerda que las autoridades deben actuar y tomar decisiones para cumplir con lo que establece la norma y modificar condiciones de funcionamiento para evitar contaminación sonora, para ello el personal estuvo capacitado para tomar decisiones y evitar malestares a los ciudadanos. Por otro lado, Orozco y Gonzales (2015), concuerda con la investigación que la contaminación acústica tuvo efectos negativos tanto físicos como psicológicos a las personas de la ciudad, causando una hipoacusia que afecta a la audición con mas de 4000 Hz, aumentando en le tiempo de exposición y la frecuencia.

Así mismo, la ordenanza municipal mencionada, tiene como fin regular los sonidos producidos por los centros de diversión del distrito de Morales, la misma que generan contaminación auditiva y ambiental, de los cuales, el 86.67% indica que el ruido generado por los centros de diversión y que no tiene acústica interna generan enfermedades, fisiológicas y psicológicas, el 8.33% indican enfermedades psicológicas y el 5% genera enfermedades psicopatológicas concerniente al daño auditivo. En esa medida. Rodríguez (2010), indica que en la ciudad de tumbes, los centros de diversión también ocasionan contaminación sonora, con un total de 80,5 dB y los fines de semana son más altos, causando malestares a los vecinos y generando serios daños auditivos, aparte de estrés, donde la autoridad local no controla y sanciona ello.

En el caso de que la municipalidad atiende las recomendaciones ciudadanas y reclamos sobre los ruidos molestos generados por los centros de diversión, los mismos que son contestados en visitas en los lugares para medir los decibeles de los ruidos con máquinas especiales, siendo los sábados y Domingos con mas frecuencia la contaminación, donde el 66.6% indican que debería haber charlas informativas y de concientización, el 25% indican que municipales a los dueños d ellos centros que deben haber programas para que los centros implementen y bajen el ruido molesto a los vecinos de Morales. Concuerda en ese sentido (Montbrun, Rastelli, Oliver y Chacón, 2006), en que la contaminación acústica producida por las discotecas y centros de diversión son elevadas, acompañado a ello va el tránsito en el parque automotor que superan los 120 decibeles y un promedio de 90 decibeles, donde la autoridad no hace mucho para disminuir dicha contaminación

5.    CONCLUSIONES

Se observa en la realidad que los factores de eficacia de la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2011 respecto a los reclamos presentados por los habitantes que viven cerca a los centros de diversión nocturna se da de una forma eficaz tal como lo señala un 46.67%  es decir 25 personas encuestadas que habitan en la Avenida Perú  a consecuencia que el Municipio Distrital de Morales de manera continua hace inspecciones a estas discotekas con el fin de que no vulneren la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2011 que estipula los horarios de atención y los niveles de sonido.

Los daños a la salud mental de la persona por encontrarse expuesto a altos niveles de ruido son la: Sordera, Alteración- nervios, dolor de cabeza e irritabilidad; tal como lo indica un 83.33% equivalente a 50 personas encuestadas, las mismas que viven a menos de una cuadra de estos centros de diversión nocturna y son los principales actores de la contaminación acústica. Por todo ello el sistema auditivo se ve afectado por ende se manifiesta en el desplazamiento temporal del Umbral de Audición y si la persona sigue estando expuesta a altos niveles de ruido se indica el desplazamiento permanente del umbral de audición, finalmente al estar expuesta a altos niveles de sonido la persona se ve afectada principalmente en su salud.

Los índices de reclamos presentados en el Municipio Distrital de Morales a consecuencia del sonido exagerado por parte de los Centros de Diversión Nocturna, fue disminuyendo a partir de la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 004-MDM-2011, asimismo de la encuesta aplicada los habitantes de la Avenida Perú recomendaron mecanismos adicionales a los funcionarios del municipio con el fin de ayuda para que no sigan estando expuestos a niveles de sonido intolerables, siendo uno de ellos los programas de prevención, charlas  informativas y conferencias; tal como lo avala un 66.67% equivalente a 40 personas encuestadas menciona que los mecanismos para la disminución del ruido en el distrito de Morales; sería el de dar charlas informativas; un 25% que vale a 15 personas encuestadas indican que los mecanismos para disminuir el ruido en el distrito de Morales son los programas de Prevención y finalmente un 8.33%  que lo conforman 5 personas refieren que el mecanismo para la disminución de ruido en el distrito de Morales serían las charlas informativas.

Así mismo, la persona al encontrarse expuesta a altos niveles de sonido se ve perjudicada principalmente en su salud mental y física, respecto a su salud mental se manifiesta en la irritabilidad, dolor de cabeza, fatiga, estrés alternación del sistema nervioso y en su salud física está el desplazamiento temporal y permanente del umbral de audición; ello quiere decir si en los próximos diez años las personas siguen viviendo cerca a estos centros de diversión nocturna es posible que se queden sordas por la excesiva contaminación acústica emitido por las centros de diversión.

6.    REFERENCIAS

Aguilar, V. (2009). Acústica Ambiental análisis, legislación y soluciones, editorial Sociedad Española de Acústica. http://www.sea-acustica.es/fileadmin/Libros/ACUSTICA_AMBIENTAL_AN%C3%81LISIS_LEGISLACI%C3%93N_Y_SOLUCIONES.pdf

Alfie, M., y Salinas, O. (2017). Ruido en la ciudad. Contaminación auditiva y ciudad caminable. Revista Estudios demográficos y urbanos, VOL. 32, NÚM. 1 (94), pp. 65-96. Universidad Autónoma Metropolitana, México. http://www.scielo.org.mx/pdf/educm/v32n1/2448-6515-educm-32-01-00065.pdf

Amable, I., Méndez, J., Delgado, L., Acebo, F., Armas, J., y Rivero, M. (2017). Contaminación ambiental por ruido. Revista médica electrónica, vol.39 no.3 Matanzas, Cuba. http://scielo.sld.cu/pdf/rme/v39n3/rme240317.pdf

Andaluz, C. (2004). Derecho Ambiental, ambiente sano y desarrollo sostenible; deberes y derechos. 1° Edición. https://pdf.usaid.gov/pdf_docs/pnadc107.pdf

Cárdenas, M., Cortés, F., Escobar, A, y otros (2018). Estudio del diagnóstico del derecho a la salud. CONEVAL. [Informe en línea], México. https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/IEPSM/Documents/Derechos_Sociales/Diag_derecho_Salud_2018.pdf

Caro, C. (1999). La estabilidad del ecosistema como bien jurídico penal y su protección mediante la técnica de los delitos de peligro. Revista De Derecho Hemmis, (39), 465-470. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/10444

Delgado, M., Plúa, J., López, C., y Macías, A. (2019). Contaminación acústica y su relación con las alteraciones auditivas en el personal de COPROBALAN EMA. Revista digital científica Sinapsis. Volumen 2, número 15. Instituto superior tecnológico           Portoviejo, Ecuador. https://revistas.itsup.edu.ec/index.php/sinapsis/article/view/211/278

El Peruano (2015). Sistema Peruano de Información Jurídica. Lima, Perú. http://spij.minjus.gob.pe/Normas/textos/280815T.pdf

De La Madrid, A. (2014). La impunidad en los delitos ecológicos. Revista del foro, edición digital, S.N. del Ilustre. Colegio de Abogados de Lambayeque. https://issuu.com/ical.peru/docs/ical_

Gonzales, Y., Fernández, Y. (2014). Efectos de la contaminación sónica sobre la salud de estudiantes y docentes, en centros escolares. Revista Cubana de Higiene y Epidemiología, V. 52 (3): pp. 402-410. Instituto Nacional de Higiene Epidemiología y Microbiología (INHEM). La Habana, Cuba. http://scielo.sld.cu/pdf/hie/v52n3/hig12314.pdf

López, P., y Ferro, A. (2006). Derecho Ambiental. Ed. (1). IURE editores, Sao. México. https://www.corteidh.or.cr/tablas/29157.pdf

Monestier, J. (2007). La contaminación acústica y visual en la sentencia del TS. Revista Dialnet. Vol 1 (1). https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3709819

Montbrun, N., Rastelli, V., Oliver, K., y Chacón, R. (2006). Medición del impacto ocasionado por ruidos esporádicos de corta duración. Revista ENCI, Caracas, V. 31, N. 6, p. 411-416.   http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0378-18442006000600006

Orozco, M., y Gonzales, A. (2015). La importancia del control de la contaminación por ruido en las ciudades. Revista de Ingeniería, vol. 19, núm. 2, pp. 129-136. Universidad Autónoma de Yucatán Mérida, México. https://www.redalyc.org/pdf/467/46750925006.pdf

Perevochtchikova, M. (2013). La evaluación del impacto ambiental y la importancia de los indicadores ambientales. Revista de gestión política y pública. Vol. XXII . N° 2. Pp. 283-312. México. http://www.scielo.org.mx/pdf/gpp/v22n2/v22n2a1.pdf

Quispe, J., Roque, C., Rivera, G., Rivera, F., Romaní, A. (2021). Impacto de la contaminación sonora en la salud de la población de la ciudad de Juliaca, Perú. Revista Científica Multidisciplinar, Volumen 5, Número 1. Ciudad de México, México. P 228-311. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v5i1.228

Ramírez, A., y Domínguez, E. (2011). El ruido vehicular urbano: Problemática agobiante de los países en vías de desarrollo. Rev. Acad. Colomb. Cienc. 35 (137): 509-530. http://www.scielo.org.co/pdf/racefn/v35n137/v35n137a09.pdf

Solís, I. (2013). Influencia de la contaminación sonora en la salud pública del poblador del cercado de Lima. Revista PAIDEIA XXI. Vol. 3, Nº 4, Lima, pp. 47-59. Lima, Perú. https://revistas.urp.edu.pe/index.php/Paideia/article/view/926/843

Vargas, F. (2005). La contaminación ambiental como factor determinante de la salud. Rev. Esp. Salud Publica, vol.79 no.2. pp. 117-127. Madrid, España. https://scielo.isciii.es/pdf/resp/v79n2/editorial1.pdf

Zolezzi, A. (2017). Salud y medio ambiente en el Perú actual [editorial]. Revista Acta Med Peru. 2017;34(2):79-81. http://www.scielo.org.pe/pdf/amp/v34n2/a01v34n2.pdf