DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i1.9512

Derecho a la Protesta en los Estados de Excepción Decretados en Ecuador

 

José Francisco Palacios Peñafiel[1]

[email protected]

https://orcid.org/0009-0004-0090-3290

Facultad de Jurisprudencia

Ciencias Políticas y Económicas

Universidad Tecnológica Indoamérica

Ecuador

 

Abg. Jorge Mateo Villacrés López

[email protected]

https://orcid.org/0000-0001-9844-8687

Juzgados y Tribunales del Ecuador

Facultad de Jurisprudencia

Ciencias Políticas y Económicas

Universidad Tecnológica Indoamérica

Ecuador

 

 

RESUMEN

El derecho a la protesta en Ecuador ha sido objeto de controversia y debate en los últimos años, especialmente en relación con los estados de excepción decretados. Esta investigación tiene como objetivo examinar el derecho a la protesta durante los estados de excepción y analizar las limitaciones y obstáculos que enfrentan los ciudadanos para ejercer este derecho. Además, se explora la adecuación y efectividad del marco legal y jurisprudencial existente en Ecuador para proteger los derechos humanos durante estas situaciones de crisis. Este estudio se basa en un enfoque cualitativo, empleando una revisión exhaustiva de la literatura existente, documentos legales y jurisprudencia relevante. Se recopilarán y analizarán datos relacionados con las restricciones impuestas al derecho a la protesta durante los estados de excepción, así como con las violaciones de derechos humanos y las medidas adoptadas por el Estado para mantener la seguridad y el orden público. Se examinará la legislación nacional y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Ecuador para evaluar su cumplimiento en situaciones de estados de excepción. Dada esta investigación se concluye que, el derecho a la protesta debe ser salvaguardado como un pilar fundamental de la democracia, permitiendo que las voces de la ciudadanía sean escuchadas y consideradas.

 

Palabras clave: decretos, derechos, Ecuador, estado de excepción, protesta

 


 

Right to Protest During States of Emergency Declared in Ecuador

 

ABSTRACT

The right to protest in Ecuador has been a subject of controversy and debate in recent years, especially in relation to declared states of exception. This research aims to examine the right to protest during states of exception and analyze the limitations and obstacles faced by citizens in exercising this right. Additionally, it explores the adequacy and effectiveness of the existing legal and jurisprudential framework in Ecuador for protecting human rights during these crisis situations. This study is based on a qualitative approach, employing a comprehensive review of existing literature, legal documents, and relevant case law. Data related to the restrictions imposed on the right to protest during states of exception, as well as human rights violations and measures taken by the state to maintain security and public order, will be collected and analyzed. National legislation and international human rights treaties ratified by Ecuador will be examined to assess their compliance in states of exception. Given this research, it is concluded that the right to protest must be safeguarded as a fundamental pillar of democracy, allowing the voices of the citizens to be heard and considered.

 

Keywords: decrees, rights, Ecuador, state of exception, protest

 

 

            Artículo recibido 17 diciembre 2023

Aceptado para publicación: 18 enero 2024

 

 


 

INTRODUCCIÓN

El derecho a manifestarse en Ecuador ha sido objeto de controversia y discusión en los últimos años, especialmente en relación con los estados de excepción que se han declarado en diferentes ocasiones. A lo largo de la historia, se han registrado diversas expresiones de protesta social, algunas de las cuales han sido violentas y han generado conflictos con las autoridades. En algunos casos, estas manifestaciones han enfrentado represión policial y medidas restrictivas impuestas por el Estado.

En este contexto, se ha debatido sobre la importancia de garantizar el derecho a la protesta como una expresión legítima de la ciudadanía y como un mecanismo para ejercer la libertad de expresión y la participación ciudadana en los asuntos públicos. La protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la ciudadanía durante los estados de excepción en Ecuador se ha convertido en una preocupación cada vez más relevante.

Resulta fundamental estudiar el derecho a la protesta como una forma legítima de participación ciudadana en la vida democrática del país, con el fin de garantizar la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas, así como promover y salvaguardar la participación ciudadana en la toma de decisiones políticas. Además, el análisis del derecho a la protesta en situaciones de estados de excepción contribuye al fortalecimiento del Estado de Derecho al establecer un marco legal y político claro y preciso que regule su ejercicio en situaciones excepcionales. (Romero et al., 2021, p. 30)

El derecho a la protesta tiene su origen en el derecho internacional de los derechos humanos, especialmente en el derecho a la libertad de expresión, reunión y asociación reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, del cual Ecuador es parte desde 1969.

En la jurisprudencia de la Corte Constitucional se ha consolidado la protección del derecho a la protesta. Por ejemplo, la sentencia 5-19-EE/19 sobre la Constitucionalidad de los Estados de Excepción establece que estos estados no deben vulnerar el derecho a la protesta pacífica, el cual está garantizado en la Constitución ecuatoriana.

Históricamente, Ecuador ha experimentado períodos de inestabilidad política y social, recurriendo a la declaración de estados de excepción para hacer frente a situaciones de crisis. Durante estos períodos, el derecho a la protesta ha sido objeto de restricciones y violaciones por parte del Estado, que ha utilizado la fuerza y la violencia para reprimir las manifestaciones pacíficas de la ciudadanía.

Esta investigación se lleva a cabo para abordar los problemas políticos y sociales que han surgido en el país en los últimos años, los cuales han generado una tensión entre la necesidad de garantizar la seguridad y el orden público durante situaciones de crisis, y el respeto y protección de los derechos humanos, en particular el derecho a la libertad de expresión, reunión y asociación, que incluye el derecho a manifestarse pacíficamente.

El problema de investigación se centra en identificar las limitaciones y obstáculos que se presentan para ejercer el derecho a la protesta durante los estados de excepción en Ecuador, así como en determinar si las restricciones impuestas por el Estado son proporcionales y necesarias para garantizar la seguridad, o si, por el contrario, vulneran los derechos humanos de la ciudadanía.

Asimismo, implica analizar el marco legal y jurisprudencial existente en Ecuador en relación con el derecho a la protesta durante los estados de excepción, y evaluar su adecuación y efectividad para proteger los derechos humanos durante estas situaciones de crisis.

DESARROLLO

La protesta y sus antecedentes históricos

La protesta es una forma de expresión y acción colectiva utilizada por los individuos y grupos para manifestar su descontento, inconformidad o demandas hacia determinadas políticas, decisiones gubernamentales o situaciones sociales. Surge como una herramienta fundamental para ejercer el derecho a la libertad de expresión y participación ciudadana en las sociedades democráticas, Nelson Mandela al respecto dijo: "La protesta es el aliento de los oprimidos, el corazón latiendo de los que se niegan a aceptar la injusticia". (Ávila, 2016, p. 22)

Puede adoptar diversas formas, como manifestaciones, marchas, huelgas, ocupaciones de espacios públicos, boicots, paros y acciones directas no violentas. Su objetivo principal es llamar la atención sobre una problemática o situación específica, generar conciencia pública, presionar a las autoridades o instituciones responsables y buscar cambios o soluciones.

La historia de la protesta se remonta a tiempos antiguos, donde las comunidades y grupos sociales se unían para exigir sus derechos y luchar por mejores condiciones de vida. A lo largo de los siglos, la protesta ha sido utilizada como un medio de resistencia frente a la opresión, la injusticia y la violación de derechos.

En la era moderna, la protesta ha adquirido un papel destacado en los movimientos sociales y políticos. Ha sido una herramienta clave en la lucha por la igualdad racial, los derechos laborales, los derechos de las mujeres, los derechos LGBT+, los derechos humanos, la protección del medio ambiente y muchas otras causas.

El reconocimiento y la protección del derecho a la protesta han evolucionado con el desarrollo de los derechos humanos y las garantías constitucionales en numerosos países. Muchas constituciones y legislaciones reconocen el derecho de los individuos y grupos a la libertad de expresión y reunión pacífica, respaldando así la legitimidad de la protesta como una forma de participación ciudadana.

El derecho a la protesta es un aspecto fundamental de las sociedades democráticas y ha sido moldeado a lo largo de la historia por diferentes luchas y movimientos sociales. Su origen se remonta a las antiguas civilizaciones, donde las personas expresaban su descontento y disconformidad con determinadas políticas o situaciones mediante manifestaciones colectivas.

Sin embargo, el reconocimiento y la protección legal de esta figura como un derecho fundamental se consolidó principalmente a partir de los movimientos sociales y políticos del siglo XVIII. Durante la Ilustración, surgieron nuevas ideas sobre los derechos humanos y la libertad individual, lo que llevó a la promulgación de declaraciones y constituciones que reconocían la importancia de la libertad de expresión y el derecho a la protesta pacífica.

Un hito importante en la historia de este derecho es la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, durante la Revolución Francesa. Esta declaración estableció que los ciudadanos tenían el derecho a la libertad de expresión, reunión y asociación pacífica. Estos principios influyeron en la adopción de otras constituciones y documentos internacionales que consagraron el derecho a la protesta como un derecho humano fundamental.

A lo largo del siglo XX, se fortaleció y adquirió una mayor protección legal. En muchas democracias, se promulgaron leyes y normas que garantizaban el derecho a la libertad de expresión y a la manifestación pacífica. Sin embargo, también hubo momentos en los que el ejercicio de este derecho fue restringido o suprimido, especialmente durante períodos de represión política o regímenes autoritarios.

El derecho a la protesta social surge del ámbito del derecho a la libertad de expresión, es importante destacar que este derecho se amplía cuando se contextualiza en el marco de la protesta social. En este caso, las expresiones de ideas y pensamientos se llevan a cabo a través de acciones colectivas que representan las principales demandas de grupos sociales que buscan reivindicar o lograr el reconocimiento de sus derechos.

Las expresiones protegidas por este derecho son en gran medida respaldadas por la doctrina de la posición preferente, que se desarrolló en el caso New York Times vs. Sullivan. En esta sentencia se establece que la libertad de expresión puede en algunos casos suprimir ciertos intereses legales, siempre y cuando las expresiones estén relacionadas con asuntos de interés público y promuevan un debate público abierto, sólido y vigoroso. Esta sentencia sentó las bases para el reconocimiento del derecho a criticar a las autoridades, respaldado por la Corte IDH, lo cual permite que en el contexto de manifestaciones sociales se pueda expresar críticas hacia las autoridades que ejercen el poder público. (Ruiz, 2019, p. 55)

En la actualidad, está respaldado por diversos instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, establece en su artículo 20 que toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Esto incluye el derecho a participar en manifestaciones y protestas públicas. (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1948)

En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado en 1966, garantiza el ejercicio de los derechos civiles y políticos. El artículo 21 del Pacto reconoce el derecho a la libertad de reunión pacífica y el derecho a la libertad de expresión, que incluye la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas. (Organización de las Naciones Unidas, 1966)

Asimismo, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como Pacto de San José, reconoce en su artículo 15 el derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas. Los Estados parte en esta convención están obligados a garantizar el ejercicio de este derecho en sus respectivos territorios.

El ejercicio del derecho a la protesta, al igual que otros derechos fundamentales, no es absoluto y puede estar sujeto a ciertos límites legales y restricciones. Estos límites varían según el país y su marco jurídico, pero generalmente se establecen con el fin de equilibrar el ejercicio de la protesta con otros derechos y el mantenimiento del orden público.

Algunos de los límites comunes al derecho de protesta son por ejemplo la legalidad que establece que las protestas deben llevarse a cabo dentro del marco legal establecido. Esto implica respetar las leyes y regulaciones vigentes, obtener los permisos necesarios cuando sean requeridos y seguir los procedimientos establecidos.

Por otro lado, la no violencia que señala que, si bien la protesta puede ser enérgica y vehemente, debe ser pacífica en su naturaleza. El uso de la violencia o la incitación a la violencia están prohibidos y pueden llevar a la intervención de las autoridades para mantener el orden público.

Cuando se ejerce el derecho a la protesta, es fundamental tener en cuenta los derechos de terceros. Esto implica que la manifestación no puede infringir los derechos de otras personas. Se debe respetar la integridad física, la propiedad privada y los derechos de libre circulación de quienes no participan en la protesta. Es importante recordar que el ejercicio de un derecho no puede implicar la violación de los derechos de otros.

Además, las autoridades encargadas de mantener el orden público deben actuar con proporcionalidad. Esto significa que las medidas de seguridad y control aplicadas durante las protestas deben ser proporcionales a la situación y a los riesgos existentes. No se pueden emplear medidas excesivas o desproporcionadas que limiten injustificadamente el ejercicio del derecho a la protesta. Las acciones de las autoridades deben ser proporcionadas y necesarias para mantener el orden y garantizar la seguridad de todos los involucrados.

En ciertos casos, se pueden establecer restricciones en cuanto al lugar y momento de las protestas. Estas restricciones pueden estar relacionadas con la protección de infraestructuras críticas, la seguridad nacional o la minimización de interrupciones significativas en la vida diaria de la comunidad. Estas medidas buscan encontrar un equilibrio entre el ejercicio del derecho a la protesta y la preservación del orden público y la convivencia pacífica.

Derecho a la protesta en Ecuador

El derecho a la protesta es un derecho humano que permite a los individuos expresar libremente su descontento, inconformidad o disidencia frente a situaciones o políticas que consideran injustas o problemáticas. Es una manifestación de la libertad de expresión y de la participación ciudadana en la vida democrática de un país (Rodríguez Cruz, 2015).

Este derecho implica la posibilidad de llevar a cabo manifestaciones, marchas, concentraciones u otras formas de expresión colectiva, ya sea de manera pacífica o enérgica, con el propósito de llamar la atención de las autoridades, la sociedad y los medios de comunicación sobre determinados asuntos de interés público.

El derecho a la protesta está protegido por diversos instrumentos internacionales y constitucionales que reconocen la libertad de expresión, el derecho de reunión pacífica y la participación ciudadana. Estos derechos son fundamentales para el funcionamiento de una sociedad democrática y pluralista, ya que permiten el debate público, la diversidad de opiniones y la fiscalización de las acciones del gobierno (Manzo Ugas, 2018)

No obstante, es importante que el ejercicio del derecho a la protesta se realice de manera pacífica y respetando los derechos de los demás. La violencia, los actos vandálicos o cualquier forma de violación de los derechos humanos no son parte del ejercicio legítimo de este derecho. Además, las autoridades tienen la responsabilidad de proteger y garantizar el derecho a la protesta, asegurando un entorno seguro y propicio para su ejercicio.

El derecho a la protesta es un componente esencial de una sociedad democrática, permitiendo a los ciudadanos expresar su voz, defender sus derechos y contribuir al debate público. Es un mecanismo de participación ciudadana que fortalece la democracia y la rendición de cuentas de las autoridades.

En Ecuador el derecho a la protesta es reconocido y protegido como un derecho fundamental consagrado en la Constitución del país. Este derecho permite a los ciudadanos expresar libremente su descontento, manifestar opiniones, reclamar derechos y demandar cambios sociales, políticos o económicos.

Este derecho tiene sus raíces en el movimiento de los derechos humanos y la lucha por la democracia. Durante la historia del país, se han llevado a cabo numerosas manifestaciones y protestas que han jugado un papel importante en la promoción de la justicia social, la defensa de los derechos de los trabajadores, la reivindicación de los derechos indígenas y la exigencia de cambios políticos.

En el ámbito legal, la Constitución de Ecuador reconoce el derecho a la protesta en su artículo 98, el cual establece que todas las personas tienen derecho a manifestarse pacíficamente y sin armas, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. Además, la Constitución garantiza la libertad de expresión y el derecho a la asociación, que son derechos fundamentales relacionados con el ejercicio del derecho a la protesta. (Asamblea Nacional Constituyente, 2008, p. 43)

Sin embargo, a pesar de la protección constitucional, el ejercicio del derecho a la protesta en Ecuador ha enfrentado desafíos y limitaciones en la práctica. En ocasiones, se han producido situaciones de conflicto entre los manifestantes y las autoridades, y se han registrado actos de violencia que han generado preocupación en la sociedad.

El marco legal ecuatoriano establece ciertos límites al derecho de protesta. Estos límites están relacionados con el mantenimiento del orden público, la protección de los derechos de terceros y el respeto a las leyes y regulaciones vigentes. Las autoridades pueden intervenir en caso de que se presenten actos de violencia o se violen los derechos de otras personas.

Es importante destacar que, a pesar de las limitaciones y los desafíos, el derecho a la protesta sigue siendo un mecanismo importante para la participación ciudadana y la expresión de las demandas y preocupaciones de la sociedad ecuatoriana. La sociedad civil, los movimientos sociales y las organizaciones de derechos humanos continúan promoviendo y defendiendo el ejercicio de este derecho, así como buscando mecanismos de diálogo y negociación para resolver los conflictos de manera pacífica y constructiva.

Estados de excepción decretados en Ecuador

El estado de excepción es una medida extraordinaria que permite a un gobierno tomar acciones y adoptar medidas especiales en situaciones de emergencia o crisis que amenazan la seguridad o el normal funcionamiento del país. Es una herramienta legal que se utiliza en muchos países para hacer frente a desastres naturales, conflictos internos, epidemias, disturbios civiles u otras circunstancias excepcionales (González Becerra, 2021)

Durante el estado de excepción, se pueden aplicar restricciones a ciertos derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, como la libertad de circulación, la libertad de expresión, el derecho a la privacidad y otros. Estas restricciones son temporales y están diseñadas para proteger y preservar la seguridad y el orden público en medio de la situación de emergencia.

La declaración de un estado de excepción generalmente otorga al gobierno poderes especiales y amplios para tomar decisiones rápidas y eficientes. Esto puede incluir la movilización de las fuerzas armadas y de seguridad, la implementación de medidas de control y seguridad, la suspensión de ciertas actividades económicas o sociales, y la adopción de acciones necesarias para enfrentar la crisis.

Es importante destacar que el estado de excepción debe cumplir con ciertos requisitos legales y constitucionales. Generalmente, debe ser declarado por el jefe de Estado o por una autoridad competente, y su aplicación debe ser proporcional y limitada en tiempo y espacio. Además, la declaración de un estado de excepción puede estar sujeta a revisión y control por parte de los poderes legislativo y judicial para garantizar el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales.

De igual forma es una medida controversial, ya que implica una limitación de derechos y libertades individuales en beneficio del interés general y la seguridad colectiva. Por lo tanto, su aplicación debe ser cuidadosamente considerada y justificada, evitando cualquier abuso o violación de los derechos humanos.

En este mismo sentido, la Convención Americana sobre Derechos Humanos en el Pacto San José (1969) en su articulo 27 conceptualiza al estado de excepción de la siguiente manera:

En caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado parte, éste podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de esta Convención, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social (p. 9).

El artículo 27 del Pacto de San José establece las condiciones bajo las cuales un Estado parte puede adoptar disposiciones de estado de excepción. Según el artículo, en situaciones de guerra, peligro público u otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado, el Estado puede suspender temporalmente las obligaciones contraídas en virtud de la Convención, siempre y cuando dichas disposiciones sean estrictamente limitadas en tiempo y alcance a las exigencias de la situación.

Es importante destacar que, incluso en situaciones de estado de excepción, estas disposiciones deben ser compatibles con las demás obligaciones que impone el derecho internacional y no deben implicar discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social. Esto enfatiza la importancia de respetar y proteger los derechos humanos, incluso en situaciones excepcionales.

En Ecuador, los estados de excepción son declaraciones extraordinarias que pueden ser emitidas por el presidente de la República en situaciones de emergencia que pongan en peligro la seguridad o el normal funcionamiento del país. Estos estados de excepción permiten al gobierno tomar medidas especiales y adoptar acciones urgentes para hacer frente a la situación (Gonzales Becerra, 2021, p. 16)

Cuando se declara un estado de excepción, se pueden restringir ciertos derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, como la libertad de circulación, la libertad de reunión, el derecho a la inviolabilidad de domicilio y otros, con el fin de garantizar la seguridad y el orden público durante el período de crisis.

De igual modo la Corte Constitucional ecuatoriana al referirse sobre esta figura legal anuncio:

El Estado de Excepción es una potestad de la que disponen los Estados para conjurar problemas y defender los derechos de las personas que viven en su territorio y que, por una situación no previsible, no pueden ser garantizados con los mecanismos regulares y ordinarios establecidos en la Constitución y en la ley. El Estado utiliza, entonces, esta figura jurídica para solventar crisis extraordinarias y emergentes. (Corte Constitucional de Ecuador, 2008, sentencia 001-08-SEE-CC)

Según la Corte Constitucional, el Estado de Excepción es una facultad que permite a los Estados enfrentar crisis inesperadas y defender los derechos de las personas que viven en su territorio. Es una figura jurídica utilizada para abordar situaciones excepcionales y emergentes cuando los mecanismos regulares y ordinarios no son suficientes para garantizar los derechos de manera efectiva.

La Constitución de la Republica del Ecuador (2008) en su artículo 164 consagra:

La presidenta o presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del Estado (p. 61)

Es importante destacar que, de acuerdo con este artículo, la declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del Estado. Esto implica que, a pesar de la situación de excepción, las instituciones y funciones del Estado continuarán en funcionamiento, aunque podrían aplicarse ciertas medidas y restricciones especiales para hacer frente a la situación de emergencia.

Durante su mandato desde 2021, el presidente Guillermo Lasso ha decretado un total de 11 estados de excepción, principalmente en respuesta al aumento de la delincuencia y el crimen organizado en Ecuador. Estas declaraciones extraordinarias reflejan la preocupación o desesperación del gobierno por garantizar la seguridad y proteger a la población frente a estos desafíos. Los estados de excepción permiten al gobierno tomar medidas especiales y adoptar acciones urgentes para hacer frente a la situación, como el despliegue de fuerzas de seguridad adicionales y la implementación de estrategias específicas para combatir la delincuencia.

Tabla No.1: Estados de excepción decretados en Ecuador por el presidente Guillermo Lasso

Fecha de promulgación

Motivación

Vigencia

29/09/2021

Grave conmoción en los centros de privación de libertad

60 días

18/10/2021

Grave conmoción por el aumento de la inseguridad

60 días

28/11/2021

Renovación del estado de excepción en los centros carcelarios, por el asesinato de 65 personas, en las provincias de El Oro, Guayas, Pichincha, Manabí, Esmeraldas, Sucumbíos, Los Ríos y Santo Domingo.

30 días

29/04/2022

Inseguridad en las provincias de Esmeraldas, Manabí y Guayas.

30 días

20/06/2022

Grave conmoción interna por protestas en las provincias de Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Pastaza y Chimborazo

30 días

14/08/2022

Grave conmoción interna en Guayaquil, Samborondón y Duran

30 días

1/11/2022

Grave conmoción interna, en Esmeraldas y Guayas.

45 días

4/11/2022

Se extendió el estado en la provincia de Santo Domingo

45 días

3/03/2023

Incremento de la delincuencia organizada en Esmeraldas

60 días

19/03/2023

Emergencias relacionadas con el terremoto y las lluvias.

60 días

01/04/2023

Combatir el aumento de la delincuencia y el crimen organizado en la zona 8 del país.

60 días

Fuente: El Comercio (2023)

 

Una de estas declaratorias de excepción fue promulgada en respuesta a las manifestaciones que tuvieron lugar a mediados de junio. Estas protestas fueron protagonizadas por grupos indígenas que salieron a las calles expresando su desacuerdo con el gobierno de Lasso. Una de las razones fundamentales detrás de estas protestas fue la creciente preocupación por la inseguridad que se vivía en el país, la falta de trabajo, y el aumento de impuestos propuestos por el mandatario.

En este contexto, en los estados de excepción, existe el riesgo de que se restrinja o limite el ejercicio del derecho a la protesta. Si bien estos estados se declaran con el propósito de proteger la seguridad y el orden público, es fundamental que se respeten los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, incluido el derecho a la protesta pacífica.

Sin embargo, en algunos casos, las autoridades pueden utilizar el estado de excepción como una justificación para imponer restricciones excesivas o desproporcionadas al ejercicio de este derecho. Estas restricciones pueden incluir la imposición de prohibiciones absolutas sobre las manifestaciones, la implementación de medidas represivas por parte de las fuerzas de seguridad, la detención arbitraria de manifestantes, la censura de la información y la limitación de la libertad de expresión.

Es relevante mencionar que cualquier restricción impuesta al derecho a la protesta durante un estado de excepción debe cumplir con los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y temporalidad. Las medidas tomadas deben estar estrictamente limitadas a las exigencias de la situación y no pueden ser utilizadas como una excusa para suprimir la disidencia política o restringir indebidamente las libertades ciudadanas.

En el análisis de la sentencia, se observa que la Corte Constitucional pone especial énfasis en el derecho a la protesta pacífica como un derecho constitucionalmente reconocido y protegido. En este sentido, se establece que las medidas de limitación y suspensión aplicadas durante el estado de excepción deben garantizar el ejercicio pleno del derecho a la protesta pacífica.

En la sentencia 5-19-EE/19 sobre la constitucionalidad del decreto ejecutivo No. 884 que promulgaba un estado de excepción la Corte destaca que las medidas adoptadas al utilizar esta figura legal deben ser necesarias, idóneas y proporcionales para cumplir con los objetivos del estado de excepción, sin afectar el derecho a la protesta pacífica. Esto implica que las restricciones impuestas deben estar justificadas por la situación de emergencia y no deben utilizarse como una excusa para suprimir o restringir indebidamente la capacidad de los ciudadanos para manifestarse pacíficamente.

Además, se establece que el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional y, complementariamente, de las Fuerzas Armadas debe ser necesario, proporcional y progresivo. Esto significa que las fuerzas de seguridad deben utilizar la fuerza de manera proporcionada y solo en la medida necesaria para mantener el orden público y garantizar la seguridad de los manifestantes.

La sentencia también hace hincapié en la responsabilidad de los servidores públicos durante el estado de excepción, recordando que serán responsables por cualquier abuso que cometan en el ejercicio de sus facultades. Esto sirve como un recordatorio de que las fuerzas de seguridad deben actuar con responsabilidad y respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos, incluido el derecho a la protesta pacífica.

Esta sentencia de la Corte Constitucional destaca la importancia de proteger y garantizar el derecho a la protesta pacífica durante los estados de excepción, estableciendo condiciones y principios que deben cumplirse para asegurar que las restricciones impuestas sean legítimas y proporcionadas, evitando así abusos contra los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Derecho a la protesta en los estados de excepción

Durante los estados de excepción decretados en distintas ocasiones en Ecuador, se plantea la interrogante sobre cómo se garantiza y ejerce este derecho en medio de medidas restrictivas impuestas por el Estado. En primer lugar, es importante comprender que los estados de excepción son situaciones extraordinarias en las que se suspenden o restringen ciertos derechos y libertades en aras de proteger la seguridad y el orden público en momentos de crisis.

En este contexto, el derecho a la protesta se ve enfrentado a diversos desafíos y limitaciones. Por un lado, el Estado puede imponer restricciones al ejercicio de este derecho, como la prohibición de manifestaciones públicas, la imposición de horarios o lugares específicos para las protestas, o la utilización de la fuerza para dispersar a los manifestantes. Estas medidas son justificadas en aras de mantener la seguridad y el orden público, pero plantean el desafío de encontrar un equilibrio entre la protección de los derechos individuales y el resguardo de la sociedad en situaciones de crisis (Cervantes et al., 2020)

Por otro lado, el derecho a la protesta durante los estados de excepción también plantea el reto de determinar si las restricciones impuestas por el Estado son proporcionales y necesarias. Es decir, se debe evaluar si las medidas adoptadas son realmente indispensables para enfrentar la crisis y si existen alternativas menos invasivas que puedan preservar el ejercicio de este derecho.

Para ello hay que reconocer que el derecho a la protesta es un componente esencial “de la libertad de expresión y de la participación ciudadana en los asuntos públicos” (Coba Torres, 2021, p. 30), la posibilidad de expresar descontento, disentir y manifestar demandas es fundamental para una sociedad democrática y pluralista. Por lo tanto, en situaciones de estados de excepción, se requiere un escrutinio riguroso para garantizar que las restricciones al derecho a la protesta sean temporales, justificadas, proporcionales y estén sujetas a un control judicial efectivo.

En este sentido, deben existir mecanismos de supervisión y control independientes que vigilen el respeto de los derechos humanos durante los estados de excepción. La labor de los organismos de derechos humanos, las instituciones judiciales y los actores de la sociedad civil es fundamental para asegurar que las restricciones impuestas no sean utilizadas de manera arbitraria o desproporcionada, y para salvaguardar el derecho a la protesta como una expresión legítima de la ciudadanía (Agamben & Cuspinera, 2004)

Es necesario establecer un equilibrio entre la protección de la seguridad y el orden público, y el respeto y la protección del derecho a la protesta como una forma legítima de participación ciudadana en la vida democrática. Esto requiere la adopción de medidas proporcionales, la existencia de mecanismos de control efectivos y el respeto de los estándares internacionales de derechos humanos en todo momento.

Como ya se ha mencionado antes en los estados de excepción, el derecho a la protesta ha experimentado restricciones significativas en diferentes aspectos, que según Saltos León (2020) estas limitaciones pueden ser las siguientes:

Limitaciones al ejercicio del derecho: Durante los estados de excepción, se han impuesto medidas que limitan la posibilidad de llevar a cabo manifestaciones o protestas públicas. Estas limitaciones pueden incluir la prohibición de reuniones masivas, la imposición de zonas restringidas donde no se permite la protesta, o la necesidad de obtener autorizaciones previas para manifestarse. Estas restricciones pueden dificultar el ejercicio efectivo del derecho a la protesta y limitar la capacidad de la ciudadanía para expresar sus preocupaciones y demandas.

Represión policial: En algunos casos, durante los estados de excepción, se han registrado actos de represión policial contra manifestantes y protestas pacíficas. Esto puede incluir el uso excesivo de la fuerza, detenciones arbitrarias, maltratos y violencia física contra los manifestantes. Estas acciones violan el derecho a la integridad física y el derecho a la libertad de expresión y reunión pacífica.

Restricciones a la libertad de expresión: Durante los estados de excepción, también se pueden imponer restricciones a la libertad de expresión, lo que afecta directamente el ejercicio del derecho a la protesta. Estas restricciones pueden incluir la censura de medios de comunicación, el bloqueo de redes sociales y la limitación del acceso a información relevante para la ciudadanía. Estas medidas dificultan la difusión de las demandas y la visibilizarían de las protestas.

Judicialización de manifestantes: Durante los estados de excepción, se ha observado la judicialización de manifestantes, es decir, la aplicación de cargos penales y procesos judiciales contra aquellos que participan en protestas. Estos procesos pueden estar basados en leyes vagas o ambiguas que criminalizan la protesta social y limitan la libertad de expresión y reunión pacífica.

Vigilancia y control: Durante los estados de excepción, se incrementa la vigilancia y el control por parte de las autoridades sobre las actividades de los manifestantes. Esto puede incluir el monitoreo de comunicaciones, la identificación y seguimiento de líderes o participantes de protestas, y el uso de tecnologías de vigilancia para recopilar información sobre los manifestantes. Estas prácticas afectan la privacidad y pueden generar un clima de temor e intimidación entre los ciudadanos.

CONCLUSIONES

El derecho a la protesta en Ecuador ha sido objeto de controversia y debate en relación con los estados de excepción decretados en el país. Durante estos períodos, se han registrado situaciones de restricción a la libertad de movimiento, reunión y expresión, generando críticas por parte de organismos internacionales y de la sociedad civil.

El ejercicio del derecho a la protesta es fundamental para la participación ciudadana y la expresión de descontento y demandas hacia las autoridades y políticas gubernamentales. González Becerra (2021) decía “Es una herramienta legítima en una sociedad democrática y un mecanismo para el ejercicio de la libertad de expresión” (p. 20)

A lo largo de la historia, la protesta ha sido utilizada como un medio de resistencia frente a la opresión, la injusticia y la violación de derechos. Ha sido una herramienta clave en la lucha por la igualdad racial, los derechos laborales, los derechos de las mujeres, los derechos LGBT+, los derechos humanos y la protección del medio ambiente, por lo que el derecho a la protesta está respaldado por instrumentos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de los cuales Ecuador es parte.

El ejercicio del derecho a la protesta no es absoluto y puede estar sujeto a límites legales y restricciones razonables para equilibrar su ejercicio con otros derechos y el mantenimiento del orden público. Estos límites deben ser proporcionales, necesarios y respetar los derechos de terceros.

En Ecuador, se han registrado violaciones y restricciones al derecho a la protesta durante los estados de excepción. Ha habido casos de represión policial, detenciones arbitrarias y violencia en el contexto de las protestas. Esto ha generado preocupación por la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la ciudadanía.

Como lo anuncia Coba Torres (2021):

Es importante analizar y evaluar el marco legal y jurisprudencial existente en Ecuador en relación con el derecho a la protesta en situaciones de estados de excepción, como lo para determinar si las restricciones impuestas son proporcionales y necesarias para garantizar la seguridad o si vulneran los derechos humanos de la ciudadanía.

La protección del derecho a la protesta en los estados de excepción contribuye al fortalecimiento del Estado de Derecho, al establecer un marco legal y político claro y preciso que regule su ejercicio en situaciones excepcionales. Esto previene abusos de poder por parte del Estado y evita situaciones de represión y violencia contra las manifestaciones pacíficas de la ciudadanía (p. 15)

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Agamben, G., & Cuspinera, A. G. (2004). Estado de excepción (pp. 9-128). Valencia: Pre-textos.

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