DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i1.9657

Ordenanzas de Impuestos que Generan Movilidad de Tránsito   en los GAD´S no se Socializan son Inconstitucionales

 

Wilson Exson Vilela Pincay[1]

[email protected]

https://orcid.org:/0000-0002-0786-7622

Universidad Técnica de Machala

Ecuador

 

 

RESUMEN

 

En el desarrollo de esta investigación la realizó es el estudio de los actos u omisiones inconstitucionales que se generan en el ámbito de tránsito al momento de pagar impuestos o tasas que estos mismos generan los mismos que no son de forma legalmente conocidas por los ciudadanos, a más de esto se encuentra con muchas más vulneraciones que se propician en muchas entidades que son creadas por medio de las normativas que en efecto de mandato constitucional se ejercen para de esta forma generar supuestamente una mejor atención o prestación de servicios a la ciudadanía, pero en desarrollo de estas actividad se realiza totalmente lo contrario. La inconstitucionalidad de los actos que cometen agencias o empresas que están al servicio de la ciudadanía se crean por el efecto de no tomar en cuenta lo que realmente busca la norma constitucional al momento de implementar dichas facilidades ante los GADs  y estos a la vez son distorsionados y mal usados para con ello abusar de la ciudadanía, y dentro de sus objetivos se pueden adicionar el aprovechamiento de los ciudadanos para fines ilícitos como en muchas de las eventualidades se han generado, en tal forma se tiene que controlar de mejor manera el hecho de saber que se hace y para que quien. Otro punto importante que se establece en el desarrollo, es el hecho de que no solamente en las áreas donde se pagan tributos o donde tienen que ver  empresas adjuntas a la municipalidad se dan estos tipos de actos, ya que se conoce de tal forma el hecho en que una de las faltas más graves que puede realizar la administración pública que se cataloga como inconstitucional, es el ocultamiento de sus gestiones, de esta manera es que se da el hecho, en que muchas denuncias exigen que se dé una auditoria ante la administración o gestión municipal, puesto que desde ahí empieza la corrupción o las malas gestiones, porque ocultar lo que no se puede, y a raíz de esto se debe tomar conciencia y cambiar los roles para que esto no suceda más.

 

Palabras claves: impuestos, ordenanzas, Gads, constitución, participación ciudadana


 

Tax Ordinances that Generate Traffic Mobility in the GAD'S are not Socialized and are Unconstitutional

 

ABSTRACT

In the development of this research, the study was carried out on the unconstitutional acts or omissions that are generated in the field of transit when paying taxes or fees generated by them, which are not legally known to citizens, More of this is found with many more vulnerabilities that are fostered in many entities that are created through the regulations that in effect of constitutional mandate are exercised in order to supposedly generate better attention or provision of services to citizens, but in development of these activities is carried out completely the opposite. The unconstitutionality of the acts committed by agencies or companies that are at the service of citizens are created by the effect of not taking into account what the constitutional norm really seeks when implementing said facilities before the GADs and these at the same time are distorted. and misused to thereby abuse citizens, and within its objectives can be added the use of citizens for illicit purposes as in many of the eventualities that have arisen, in such a way the fact of know what is done and for whom. Another important point that is established in the development is the fact that not only in the areas where taxes are paid or where companies attached to the municipality are involved do these types of acts occur, since the fact is known in such a way. in that one of the most serious faults that the public administration can make that is classified as unconstitutional, is the concealment of its efforts, in this way the fact occurs, in which many complaints require that an audit be given before the administration or municipal management, since from there corruption or bad management begins, because you cannot hide what you cannot, and as a result of this you must become aware and change roles so that this does not happen again.

 

Keywords: taxes, ordinances, Gads, constitution, citizen participation

 

 

Artículo recibido 22 diciembre 2023

Aceptado para publicación: 25 enero 2024

 


 

INTRODUCCIÓN

Este desarrollo de investigación será realizar un análisis de las actividades de transito seguridad vial y movilidad, todos los Gads de nuestro país tienen problemas en el momento de brindar un servicio para los ciudadanos, esta competencia la realiza el estado como algo estratégico para así mejorar de forma continua en este sector.

El buen servicio al sector público, económico es uno de los puntos más importantes para que el estado sea consiente en asignar competencias a los gobiernos autónomos descentralizados, esto beneficia a varios puntos estratégicos, por tal motivo. Los municipios como el gobierno unen esfuerzos para poder compartir necesidades de la población como lo de tránsito.

El estado como pieza fundamental para que exista un buen desarrollo del país, ha decidido por medio de nuestra constitución y normativas que acompañan a las mismas para tener una buena organización, la descentralización en el Ecuador hace referencias competencias expresas que están establecidas a los gobiernos locales, esto ayudará al gobierno central y a la ciudadanía en general a tener un mayor control y poder actuar de forma oportuna ante las necesidades del Cantón de Arenillas.

Conforme a la ordenanza que se emite en la cual establece los puntos importantes y lo que conlleva esta nueva competencia para el Cantón Arenillas. Como se lo ha citado desde un principio los objetivos que deben tomar en cuenta el GAD, es la planificación del medio de movilización en tierra, y lo mas es la seguridad vial que debe garantizar el GAD, Municipal del cantón Arenillas.

La idea principal es llevar una adecuada organización del Cantón Arenillas, a través de planes de Ordenamiento Municipales, donde se especifica las situaciones actuales del tránsito del sector y lo que el gobierno autónomo descentralizado quiere llegar a obtener, siempre y cuando haciendo respetar los mandatos constitucionales y hacer cumplir con eficacia lo que el estado ha dispuesto.

El problema que ha existido en el ámbito de tránsito en la mala organización y esto ha incurrido que muchos de los conductores cometan infracciones que nadie puede sancionar y esto ha provocado inconformidades por los comerciantes y a la vez congestionar el comercio de los sitios. Otra problemática se ha dado es estacionarse en el lugar que está prohibido y exceso de tiempo.

DESARROLLO

Dentro de lo que les compete a los GADS municipales está el valorar los niveles y los porcentajes que se deberían cobrar por cualquier infracción que cometa la ciudadanía, centrándonos en el tema el hecho en que la dependencia de tránsito  por parte del municipio se haya propuesto en instancias fuera de la casa municipal, pero se remite a que deberían ser regulados y a la vez socializados con la sociedad y más aun con todos los choferes que siendo o no profesionales se dedican a la circulación, y por cuanto se puede ser susceptibles de multas o impuestos pero antes deberían ser aceptados por la ciudadanía para evitar abusos o negaciones de pago al momento de tener que recurrir al pago.

Dentro de lo que justifique que los GADS creen instituciones dependientes de la misma para encargarse de ciertas necesidades de la ciudadanía tenemos en la Constitución de la República del Ecuador, la cual reconoce a todas aquellas compañías configuradas como personas jurídicas que sean creadas por los gobiernos autónomos descentralizados pro medio de actos normativos, siempre que estas sean destinadas a la atención pública, así mismo lo dispone el articulo

57 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, lo cual refuerza el mandato constitucional para el efecto de crear empresas públicas según el ejercicio de su competencia, lo cual dentro del tema a tratar es la regulación del transporte terrestre.

Viendo de gran manera la acogida de esta disposición legal que se está dando puesto que varios cantones se ven adentrados a asumir este modelo de gestión, pero dentro del hecho en que "no ejerciéndolo directamente como gobierno autónomo descentralizado sino a través de una tercera entidad pública con personería jurídica, tornando en una desconcentración (como parte del mismo gobierno autónomo descentralizado) de funciones dentro de la descentralización" (Arévalo, 2014).

Dentro del tema a tratar, el efectivo resultado que se ha visto con la creación de estas empresas dependientes ya que observa el hecho de una gestión más pronta y oportuna para el público, pero a la vez se puede adoptar incongruencias y hasta malas administraciones lo cual se puede desenvolver en problemas embarcando entre ellos la inconstitucionalidad, puesto que en muchos casos se tornan situaciones de abuso de poder lo cual se recrean en tomar atribuciones que no son de su competencia.

"Actualmente, la ocurrencia de siniestros de tránsito representa un problema de salud pública a nivel nacional y regional, ocasionando pérdidas humanas, además de que cada día va en aumento a nivel mundial, es por ello que resulta fundamental e importante plantear un estudio que permita determinar cuáles son los factores que ocasionan la ocurrencia de los siniestros de tránsito" (Torres-Quezada, 2021)

Dentro de la competencia que se les otorga a los gobiernos autónomos descentralizados con respecto al tránsito, se los cataloga de categoría B, a decir esto nos referimos al hecho en que se plantea el desenvolvimiento de las muchas competencias que entre el gobierno nacional y los gobiernos descentralizados municipales tienen es por ende que para llevar a cabo esto se debe tener en cuenta que se debe tener en cuenta lo siguiente:

"La integralidad en la competencia, lo cual refiere a designar u otorgarle a todo los GADS sus facultades para administrar y desarrollar sus competencias de forma independiente; la integralidad en las facultades para la prestación de servicios, lo cual vela." (Vega)

Dentro del tema de redistribución y balances para el efecto de proponer las tasa de cobranza se debe tener en cuenta muchos factores, los cuales deberían ser socializados a más de ello, aplicados de la forma correcta, como podemos observar en algunos casos el abuso que se destina para ciertas personas y el ablandamiento que se imparte a otras, para lo cual se cita de forma expresa el acto normativo que otorga la competencia para planificar, regular y controlar el tránsito, transporte terrestre y seguridad vial a los gobiernos autónomos descentralizados a fin de tomar en cuenta dos de sus articulados, los cuales se ven entre los más importantes.

"Todas las facultades que se asignan de forma que sean válidas para un mismo producto y servicio y la integralidad en la prestación de servicios lo cual nos da la referencia en la asignación de un proceso adecuado al nivel de gobierno" (Vega)

Así mismo se crean normas o actos que deberían ser regulados para que se den una mejora en la atención generalizada para con la ciudadanía, es por ello que se crean agencias dependientes, y de esta forma se pretende dar una mejor adecuación al gobierno transitaste.

Dentro de este acto se regula la distribución de la tasa de matriculación en su artículo 28, dentro del cual se distribuyen en tres formas en las cuales se va a calcular estas tasas, en las cuales se describe de la siguiente manera:

Para las categorías a y b se da un porcentaje de 50.000 para llevar a cabo el plan de gestión propuesto, y de 25.000 dólares para los planes de gestión en la categoría c, para lo cual son cifras que se estipulan en la amplitud de actividades anual. Al hablar del segundo punto nos hace referencia a los montos que se plantean en líneas anteriores, lo cual es el cálculo de las matrículas a más de las multas que se receptan en los gobiernos autónomos descentralizados, y por último se estipulan deducciones que se plantean para los gobiernos autónomos que hayan tomado su responsabilidad dentro del tema de tránsito.

Dentro también de lo que estipula el COOTAD, en su artículo 5 nos da a conocer sobre la autonomía financiera en el cual se da una definición en "efecto de otorgarse como un derecho que se les otorga a los GAD para que se tenga de forma directa, oportuna y sin condiciones los recursos que se reciben por parte del presupuesto general del estado" (Anónimo, 2014) , a la vez que se le da paso a que cree o administre sus propios recursos haciendo alusión a lo que establece la constitución y la ley, así mismo hace alusión al artículo 217 en cuanto se determina que el producto de los ingresos y retas, el GAD se tiene que enfrentar a responder todos sus gastos.

En torno a lo que se estipula en líneas anteriores se tiene que tomar en cuenta también el hecho en que la agencia nacional de tránsito con el fin que debe cumplir con todo lo dispuesto como su responsabilidad es el hecho de regular y controlar todo lo respecto a las operaciones de transporte de forma descentralizada y de esta misma forma el GAD debe preparar el hecho de cumplir estas obligaciones y para ello puede crear alguna empresa subsidiaria que sea anexa a la administración central de este gobierno, para el efecto también tendrá su autonomía.

“Según mandato constitucional con la finalidad de mejorar la calidad del servicio para el usuario, entregó las competencias en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial a los GAD del país” (Nataly Ayala, 2017, p. 30)

Tener la competencia no significa que el GAD haga y deshaga con los ingresos que proviene de Movilidad Machala, porque se dice esto por la razón de que jamás hacen publico los ingresos económicos que reciben de ello es más representantes de la Asamblea social del cantón lo han pedido, pero jamás reciben un resultado positivo se niegan a hacerlo. Por ello se recomienda que sería positivo quitarles la autonomía que se establece en el artículo 6 del COOTAD para que pueda una institución del Estado hacerles un seguimiento de los ingresos económicos que preside de movilidad Machala así mismo deberían modificar el Código Orgánico Territorial Autonomía y Descentralización 2010, ya este es el principal medio que utilizan para acaparar todo ese dinero en sus bolcillos ya que ese código sirve para justificar y tapar todos sus robos que perciben de los subsidios, lo cual resulta una mentira y actúan con engaño hacia la población, aun así cuando más población tiene y el nivel económico de ese cantón es lo suficientemente buena, ellos no hacen lo suficiente por el Cantón Machala, ya que las obra que realizan son con materiales de pésima calidad ya que al paso de 6 meses a un año eso ya no sirve y según ellos invirtieron millones en esa famosa obra ; así que deberían quitarles tanta autonomía para evitar más robos y desfalcos económicos para la ciudadanía de la ciudad de Machala.

“Para motivar el debate se instalarán mesas temáticas en función a los ejes del plan de desarrollo”. (consejo de participación ciudadana y control social, 2016, p. 22)

Por ello es que en cada cantón existe una Asamblea ciudadana, para estar al tanto de todo lo que sucede con la misma en caso de necesidades que presente el cantón o en caso de se requiera la información de alguna inversión se les haga saber a la ciudadanía claro siempre y cuando esta se encuentre representada por el presidente de la asamblea es por ello que resulta necesario cambiar la estructura primeramente en neutra constitución para que no se les otorgue autonomía financiera y que los ingresos que se obtienen por movilidad Machala    sean públicas o caso contrario pasarle a manos del Estado esa potestad financiera, ya que no puede ser que los alcaldes hagan uso de ese dinero sim importarles el derecho del ciudadano y que con el mismo se realicen mejorías en las vías dentro del cantón.Además, se realicen charlas semanalmente para la ciudadanía con respecto a cómo pedir información de las cuestiones financieras a la alcaldía con asesoría legal permanente claro esta que esta provenga por parte del estado ósea un abogado lejano a esta institución pública. Que se compren más símbolos de señaléticas para evitar accidentes de tránsito y que la ciudadanía haga uso d estos derechos que les asistente además la ciudadanía tiene derecho que se llame a consulta popular antes de realizar cualquier plan de trabajo o aumento tarifario por infracciones o por los terminales terrestres y que no pueden imponer un valor tarifario a si arbitrio sin saber las necesidades a la que están expuesto la ciudadanía y no ello sino que además ese dinero sea para crear espacios recreativos de condición ya que no lo hay , en si estos sería importante ya que el chofer que está aprendiendo a conducir no tiene una verdadera escuela con el espacio suficiente para hacerlo pero el municipio ni siquiera eso hace para evita en si los accidentes de tránsito mucho menos la movilidad de tránsito en si el dinero que ingresa no se hace uso de ello para para y el pueblo no reclama nada como siempre ya que tiene miedo a las represarías.

“Incrementar la coordinación de los distintos agentes, el control de las rutas y frecuencias, y perseguir la integración tarifaria, daría como beneficio, entre otros, la reducción de la presión para el usuario” (Duque et al, 2018)

La ciudadanía debería presentar a la alcaldía un proyecto de trabajo y que para la aprobación de este sea llamada a consulta por parte de la asamblea cantonal a la ciudadanía con el único fin de que se dé una disminución en el precio de pasajes en los buces urbanos y rurales del cantón ya que existe una falta de respeto y una arbitrariedad por parte de la alcaldía y del gremio de choferes profesionales al trabajar los dos en conjunto ya que estos propone a la alcaldía darles una buena tajada económica casi siempre y cuando se les permita hacer de las suyas en el cobro de los pajes a los pasajeros que usan diariamente estos medios de transporte urbanos y rurales. Cabe recalcar que esta necesidad va más allá de un reclamo o de una socialización ya que muchas veces se ha visto que a las personas de la tercera edad se les cobra el pasaje de parada mínimas por el mismo precio; Es decir que hace el GAD para superar este atropello hacia el bolsillo del ciudadano pues absolutamente es nada y por ello se debe aceptar esta recomendación para mejorar el trato digno al ciudadano.

“El paquete accionario del sector público debe ser de por lo menos el cincuenta y un por ciento (51%), con lo cual el inversionista privado podrá tener máximo el cuarenta y nueve (49%) de las acciones de esta nueva empresa, lo cual en la mayoría de los casos no es atractivo para el inversor privado, pues queda fuera de la toma de decisiones empresariales” (Gallardo, 2012, p.18)

Este aprovechamiento económico que tiene el GAD no es de conocimiento ciudadano por lo que se recomienda que el Modelo de Operación; para la transferencia de competencias a los GADs deben ser expuesto a través de los medios de comunicación del Cantón de mayor circulación y la radio y las redes sociales y la a más de ello en la página de Twitter del alcalde de Machala; para que la ciudadanía sepa cuál es el porcentaje que recibe el GAD, por parte de los inversionistas privados en el área de transporte público ya que aquí se recibe más del 51% para el mismo como aprovechamiento de ese capital, es decir este dinero debería invertirse en el área para emprendimiento de los jóvenes que reciben las clases de choferes profesionales y así pagarían ya tan solo la mitad del pago que se requiere o más bien apoyar al micro emprendedor a mantener estabilizados esas pequeñas microempresas que tanta falta le hace a la ciudadanía machaleña para poder dinamizar la economía y así evitar el quiebre de las microempresas y con ello ir erradicando el nivel de pobreza que presenta la ciudanía machaleña la misma que se ve más afectada por la llegada de la pandemia y no es justo que las entradas económicas que tiene los GAD, sean mal aprovechadas por malos gobernantes y sin razón y falta de ética y respeto a la ciudadanía orense.

La corrupción es el opio que aqueja a la humanidad mucho más a los lugares sectoriales y más aún si existe un pueblo donde este no reclama sus derechos, es por ello que se recomienda poner en la nueva estructura del plan de proyecto de integración de la Asamblea ciudadana de recibir por lo menos dos capacitaciones legales por parte de un abogado competente para que les guie y hacerle saber cuáles son sus derechos y obligaciones que tiene el GAD, de rendir cuentas a sus ciudadanos, en cuanto al dinero que entra y sale del GAD y no hacer con ello lo que se le viene en gana ya que es el dinero del pueblo y el alcalde resulta que debería rendir cuentas a su pueblo así como un día se les dio el voto de confianza para que estén ahí, mas no para les den la espalda cuando se les solicita información de los ingresos económicos que reciben el GAD de Machala.

"Sin embargo, cuando se cuenta con una estructura tributaria ineficiente o no óptima se pueden tener al menos dos problemas; el primero consiste en la diferencia entre los recursos que se extraen de la sociedad y la cantidad que pueden ser regresados, mientras que el segundo puede referirse a la combinación de gravámenes con los que se constituye la estructura tributaria" (Ramírez, 2007)

Dentro de lo que se puede establecer ante el primer punto a observarse para el efecto de tener en cuenta que al momento de que se cobren dichos impuestos que a más de ser altos son inconstitucionales puesto que se cobran de una forma irregular, se tiene la duda si ese total es devuelto a la ciudadanía según como la ley mismo lo establece, ya que todo impuesto o multa que se aplique al ciudadano este debe ser devuelto a la ciudadanía de forma progresiva, pero ahí cae la duda en cuanto las autoridades, cuando estos deben cumplir con lo que establece la ley, como por ejemplo en una rendición de cuentas, aquí deben hablar de forma concreta que es lo que se realizó con el manejo de esos fondos o de ese dinero para resarcir a la sociedad, porque el ciudadano aplica la ley y cumple con sus obligaciones.

Dentro de lo que la autoridad efectúa ante la llamada rendición de cuentas, es mostrar al pueblo lo que mejor le parece, puesto que no le conviene que haya cuestionamientos que se puedan dejar ver su negligencia como un administrador público, puesto que muchas veces el que tiene cargos importantes no los sabe manejar, a más de ello no se puede decir que tengan toda la responsabilidad de dichas malas acciones puesto que tiene que ver muchos mas miembros de ese equipo de trabajo, así como los realmente encargados de proponer y aceptar nuevas tasa de rubros para el ciudadano que, simplemente por el hecho de que generan dinero son aprobadas, sin ser realmente estudiadas.

Mas, otra posibilidad de tener estos conflictos, es la mezcla o el deslinde de todos estos impuestos que se vienen a formar parte de los tributos que cebe ser cumplidos por las personas a quienes les corresponde, ya que de la misma forma les falta autoridad para el efecto de organizar en forma detenida y clasificada cada uno de estos impuestos y de esta manera evitar su inconstitucionalidad, a mas que deben ser puestos siempre en conocimiento del ciudadano para el hecho de evitar inconvenientes futuros.

"Dentro de este tema se puede indicar que el proceso de democratización de la gestión pública local, dada su transcendencia, se configura como un desafío estratégico tanto para las autoridades y funcionarios municipales en la posibilidad de realizar una gestión transparente, democrático y participativo y un proceso de rendición de cuentas concordante no sólo con el marco jurídico-legal sino con la voluntad política; y para la sociedad civil, en su rol de vigilancia y control social efectivo" (Tumi, 2020)

Dentro del marco que debe cumplir los GADS para con la ciudadanía en el efecto de dar conocimiento transparente de la forma en la cual se podría dar vista de sus gestiones y de su ayuda ante la comunidad a la cual representa y gestiona para el mejoramiento de la calidad de vida, a más de ello se debería tener en cuenta que dentro de estos actos que deberían también dar a conocer los cambios que se proponen dentro de la regulación que manejan dentro de su área para el efecto de poder tener en cuenta ante los ojos de la ciudadanía y en pro de su conocimiento también tomar en cuenta los puntos de vista que podrían aportar la ciudadanía en momento de poder cambiar para bien alguna situación que apremie o que se considere este vulnerando los derechos de los ciudadanos y así salvaguardar sus intereses.

"En cierta manera lo que constitucionalmente se quiere es el principio aplicable de justicia entendido de esta forma como un sistema justo tributario, promoviendo realmente que esta justicia sea valorada justamente como debe de ser, ante la proyección de ser valorado como algo superior al ordenamiento jurídico." (Hernández, 2014)

Dentro del tema constitucional se tiene varios principios que se deben tomar en cuenta que algunas alteraciones o irregularidades que se denotan dentro del sistema de sanciones o multas, se tiene que tomar en cuenta mucho lo que se encuentra estipulado por la constitución ya que dentro del sistema de regulación para poder controlar este sistema descentralizado se tiene que tomar en cuenta desde la norma superior para poder crear normas o impuestos que no afecten a la ciudadanía, y en pro creen más oportunidades.

"La justicia como principio aplicable a cada caso ante el hecho de generar los tributos o atender al sistema, se puede establecer que este principio no se puede interpretar como independiente ya que se busca que de esta forma se respete su función dentro de esta área, sea de forma impositiva o cualquier otra." (Hernández, 2014)

Dentro del espacio constitucional que denota el área financiera y de impuestos, nos podemos adentrar al hecho de poder que dentro de estas instituciones que son creadas por el GAD, para de esta forma crear una mejor atención y preservar la autonomía, crea y respalda normativas para la mejor gestión en atención a los ciudadanos, es por ende que al momento en que estas empresas u oficinas de atención creadas para un fin especifico crea sus propias regulaciones o estatutos deben guiarse de estar normas para de esta manera no violentar o erradicar cualquier violación o vulneración de principios o derechos que ya este propuesto o se evidencie al momento de estudiarlo a fondo.

Dentro del hecho de poder evitar la vulneración de los derechos o los principios que contempla estas regulaciones o dentro del hecho de poder aplicar ciertos derechos se debe tomar en cuenta siempre la justicia ante cualquier hecho, y más aun dentro del conflicto que puede establecer el hecho de confrontarse con una norma o un ordenamiento jurídico, siempre debe prevalecer la justicia como principio y orden ciudadano, a más de otros principios que van de la mano con este y que regulan de mejor forma la realización de este tipo de asuntos o resolución de problemas para ejecutar un verdadero cambio y que en este no haya ningún tipo de vulneración que genere la inconstitucionalidad de actos.

"Si analizamos los diferentes artículos referidos a temas económicos en general y otros tributarios en particular, veremos cómo, a partir de éstos, se va configurando un modelo determinado de política tributaria, en base a principios que son de aceptación general y definen criterios normativos sobre los que se asientan tanto la formulación de políticas y su aplicación en el aspecto práctico como el cuerpo de normas legales que regirán su accionar." (Ugarte, 2008)

Dentro de la regulación existen muchos artículos o muchas leyes y disposiciones referentes a los temas económicos que pueden afectar directamente a todos los ciudadanos en cuanto se pagan impuestos, o simplemente sean sujetos de alguna sanción o multas, con el fin salvaguardar sus derechos es que se pretende analizar el hecho de tener en cuenta este sistema que se crea a partir de dichos cambios o de dichas regulaciones que se crean de nuevo, lo cual es el hecho efecto de tener en mente una nueva regulación que da mucho para pensar en efecto de tener una regulación que no vulnere al ciudadano.

Aquí tenemos que predecir el hecho de tener en prioridad los derechos de los ciudadanos y mas aun de aquellos que son vulnerables de sufrir este tipo de abusos para lo cual se establece dentro de la norma general el hecho de crear normas, reglas o principios que deben ser tomados en cuenta al momento de crear nuevas normas, así es que tenemos el sistema de derechos y principios que a pesar de ser tomados en cuenta por muchos, hay quien los vulnera y los violenta de tal forma que no se logra su apreciación a la simple vista, y por ende los ciudadanos no crean una alerta para denunciar estos abusos, cosa que debería hacerse a primera orden, para erradicar este mal de raíz.

"También el crear normas en cuanto se trata de órganos públicos habilitados por la Constitución para expedir actos normativos imperativos en territorios determinados y su relación con la ley. Aplicar normas se refiere a la legitimidad de las decisiones basadas en el poder jurídico para decidir casos concretos que generan consecuencias jurídicas. (Torres, 2020)

Ante el efecto constitucional de crear normas para que los organismos públicos creados para el efecto de dar un mejor servicio o atención a la ciudadanía, para el efecto de poder crear de la misma manera regulaciones o actos normativos que puedan ayudar a mantener dicho orden y dicha protección cosa que a carta abierta lo establece la constitución, para establecer este punto se tiene que tomar en cuenta muy particularmente las formas en las que se pueden establecer normas a raíz de que son empresas o entidades dependientes de una entidad gubernamental que por ser el hecho de que será autónoma o descentralizada, no exime de responsabilidad sus actos ante el estado principal del País que este sería el gobierno central y al cometer violaciones a sus lineamientos o mandatos generales se tendrá todo el derecho de ejercer la justicia.

Ante este punto, las autoridades seccionales deben instalar sus dependencia a muy buen olfato para que dichas irregularidades no se crean o a todo rango se deberían tomar las medidas que sean necesarias para evitar que se debe estas  irregularidades o que se propague cualquier tipo de abuso para con los ciudadanos ya que dentro de lo que establece las normas jurídicas del país, se debe crear toda entidad devengada de una autoridad pública destinada al servicio al cliente o al ciudadano, libre de corrupción o de actos que vulneren sus   derechos, por ende debe darse por entendido que toda entidad que dependa del gobierno central o del gobierno seccional debe tener sobre este el control y la vigilancia pertinente y permanente, no de la forma en que se interfiera y no se debe llevar su autonomía, sino de la forma en que controle y gestione sus actos y sus intereses ya que de tal forma, se tiene que saber gestionar de una manera limpia y de primera respetando lo establecido en la constitución y la ley. (Vergara , Federico Arenas, Rivera Daniela, Gomez , & Bartlett, 2016)

"Prestar servicios públicos o sociales tiene que ver con la capacidad de actuación atribuida por la Constitución y la ley para concretar servicios en beneficio de los habitantes, previa competencia." (Torres, 2020)

A más de ello, se tiene que mencionar que dichas competencias se las encuentra dentro de la constitución y de tal forma, se prevé que tenga en cuenta que su competencia o su capacidad para ejercer ciertas funciones se distribuyen por medio de la ley, claro está, pero esta debe ser concordante con la constitución de esta manera se evitan los conflictos y posibles irregularidades y actos inconstitucionales, a manera de decirlo, todo reglamento o simplemente cualquier acto que se prevea dentro de una institución que vulnere de primera a la constitución o algún derecho o garantía que esta establezca, se torna invalido y puede crear un conflicto ya que dentro de la institución que se genera dicho acto no se está respetando el mandato constitucional, y por ende debe ser investigado.

Los actos de corrupción siempre devengan de este tipo de conflictos donde se crean empresas aliadas o dependientes de dicha institución gubernamental o propiamente de los GADs, a decir verdad, esto suele suceder a menudo, ya que muchos de los ciudadanos no pueden o no quieren denunciar para lo cual se determina que los mismos ciudadanos son protectores de los actos de corrupción que se crean y por esto es que en vez de desaparecer, estos se encuentran cada vez más inmersos entre la sociedad para la cual estamos generando una mala proyección del futuro, puesto que si no cambiamos este ambiente gubernamental que tenemos, deberíamos de evitar quejarnos tanto de las injusticias diarias que       existen.

METODOLOGÍA

Dentro de este trabajo la metodología a utilizar a más de la investigación y una exhaustiva fuente de análisis, se dio la investigación al margen del enfoque cualitativo, ya que dentro del margen propuesto en el tema se evidencio el problema y a este se le intento adentrar al hecho de encontrar su origen y desde ahí proponer actitudes o ideas de cambio, lo cual fue producido al introducir el método exegético, ya que dentro de esta área de estudio, se debe de una u otra forma buscar dentro de la norma o de la ley, el real inicio del problema a que cuenta por el hecho de que dentro de las normas encontramos un historial y así mismo vemos la evolución y el cambio de una manera generalizada y con un análisis evidentemente profundo descubrir el hecho donde se dio ese quiebre y las cosas empezaron a fallar.

El método histórico va de la mano, puesto que al momento de echar a andar la búsqueda de respuestas a los interrogantes que se van formando más y más a raíz de encontrar en nuestra investigación datos relevantes que nos ayudan a decretar donde ocurrió el cambio y produce actos de inconstitucionalidad en varias áreas de la administración público, no solamente en las de tránsito o en las de impuestos, sino que dentro de cada área del gobierno sea esta central o provincial, lo que realmente importa es que dentro de esos actos no se gestionó ningún tipo de reparación.

También a esta investigación se suma el método analítico, ya que dentro de la inconstitucionalidad de regulaciones o tasas que son cobradas a los ciudadanos al momento de hacer un análisis más profundo, se encuentra profundizado este tema de violentar la norma constitucional ya que dentro de muchas áreas de gestión pública se encuentra estos desperfectos que van relacionados al tema general, los cuales son el pago de impuestos, las tasas, las multas, y de esta manera se ve como el fisco de una manera parte inconstitucionalmente en contra del ciudadano vulnerando los principios que se supone deben salvaguardar de que sean pisoteados, y ahí recae la culpabilidad o mejor expresado la responsabilidad en el ciudadano, que por desconocidas razones no hace saber de esos abusos a la autoridad competente, aunque se cree saber la razón, la cual es sencillamente la misma de siempre, nunca se hace nada en contra de esos actos de corrupción, que lo único que provoca es denigrar más la sociedad y ensuciar la justicia.

CONCLUSIONES

Dentro del desarrollo de esta investigación se concluyó que no solamente en el área de tránsito se dan desajusten al momento de cobrar impuestos o tasas de multas, sino que más bien dentro de toda el área financiera que se maneja en el Ecuador, las cuales se manejan por medio de empresas u oficias que son delegadas de otras instituciones existen este tipo de problemas.

Se llegó a la conclusión, que dentro de los sistemas de crean normativas internas para el efecto de llevar un control a estas agencias creadas a dar servicio de la ciudadanía se crean también muchas irregularidades y muchas omisiones a los derechos humanos.

Se establece muchas faltas de profesionalismo o de careo al momento de establecer una normativa que regula algunas multas o impuestos que al momento que se tienen que fundamentar ante el ciudadano para dar fin de su uso, no se puede explicar cuál es el fondo de esta propuesta, más bien se propone la exigencia a su cancelación de forma puntual.

Se denota el hecho en que estas instituciones creadas de forma gubernamental, vulneran de muchas formas el mandato constitucional de mantener el orden y a prevalencia puesto que al crear sus ordenanzas para gestionar de forma interna sus actividades, no se socializan y de esta forma se infringe la ley de conocimiento público, la cual nos da el derecho de conocer toda gestión o regulación de las empresas o agencias públicas que nos administran.

Se debería implementar mejores sistemas de control para que de esta forma se regulen los actos que realizan las agencias dependientes de los            GADs, en función de una atención al cliente ciudadano de forma íntegra y prevaleciendo el respeto de sus derechos y de toda norma y mandato constitucional para el efecto de erradicar estos actos inconstitucionales que generan corrupción e inseguridad hacia la ciudadanía en general.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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