La Razonabilidad de los Criterios de la Sustitución de la Prisión Preventiva, Frente al Derecho a la Libertad
Resumen
La prisión preventiva es una medida cautelar excepcional y subsidiaria, utilizada para garantizar la comparecencia en juicio y evitar interferencias en la investigación. Manzini y Cabanellas enfatizan que debe ser el último recurso, tras considerar otras opciones menos restrictivas, y no debe violar la presunción de inocencia anticipando la pena. La legislación ecuatoriana exige que sea proporcional, necesaria, y basada en indicios suficientes, manteniendo la justicia y la validez del derecho, como subraya Bidart Campos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos insiste en que sea excepcional y no punitiva, revisándose regularmente. La Constitución ecuatoriana reconoce la libertad personal como un derecho fundamental, prohibiendo la esclavitud y el tráfico humano. Internacionalmente, se destaca la importancia de principios sólidos y la consideración de alternativas para evitar el hacinamiento en el sistema penal. Casos como el de Daniel Tibi y Rigoberto Acosta Calderón en Ecuador muestran abusos legales y la necesidad de proteger los derechos en el proceso penal, evidenciando la urgencia de reformas legales. La jurisprudencia constitucional, como la Sentencia a 8-20-CN/21, enfatiza que la prisión preventiva debe ser excepcional, basada en principios y estándares constitucionales e internacionales, ilustrando la importancia de un proceso legal justo y el respeto a los derechos humanos en Ecuador.
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Citas
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