El Notario y la Sociedad Unipersonal
Resumen
El presente artículo se enfoca principalmente en resaltar la función principal que el notario público desempeña en nuestro sistema jurídico como una institución que da seguridad y certeza a todos las personas que acuden ante su fe. La institución del notariado se forma tanto por notarios como por autoridades que, junto a determinados elementos materiales (oficinas, protocolo, apéndice, sellos, índices, etc.) tienden a la realización de su fin último y común que es brindar seguridad jurídica a través de la dación de fe. Ahora bien, esta función quedo relegada o hasta cierto punto menospreciada cuando el legislador creo la sociedad por acciones simplificada, también conocidas por su abreviatura como “S.A.S.”, la cual se creó como un nuevo tipo de sociedad mercantil, con la finalidad de desarrollar e incentivar la actividad económica individual. En la exposición de motivos se argumentó que la principal finalidad para la creación de este nuevo tipo societario, era el eliminar requisitos innecesarios o que simplemente retrasaban la creación de nuevas empresas, principalmente el tener que acudir ante un notario público para su constitución, implementado una nueva forma para su creación a través del sistema creado por la misma secretaria de economía, lo que supuestamente agilizaría los tiempos para su constitución. Lo anterior no ha sido del todo correcto, ya que la constitución de dicho tipo social no ha tenido el auge que se esperaba y lo más preocupante es que no existe nadie que pueda asesorar a los particulares para poder construir una sociedad que realmente cumpla con los propósitos que ellos buscan al constituir una sociedad. Derivado de lo anterior, es que retomo el tema de las sociedades unipersonales, las cuales podrían representar una forma mucho más segura de constituir sociedades con una sola persona, pero dentro de la cuales, al momento de su constitución siempre van a tener la asesoría de un fedatario público que les ayude a redactar sus estatutos de tal forma que tengan la certeza jurídica de que lo que van a construir, este siempre apegado a derecho y cumpla con todos los requisitos legales exigidos por la legislación.
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Citas
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