Los derechos humanos y las instituciones de educación superior. Consideraciones para el caso de México
Resumen
La educación constituye un factor de movilidad social y, por tanto, una oportunidad para mejorar el bienestar material y espiritual del hombre. En consideración de esta premisa, el objetivo principal de este trabajo consiste en configurar una relación conceptual entre los derechos humanos, destacando entre ellos el derecho a la educación, y las Instituciones de Educación Superior, en la casuística de México. Se agregan, finalmente, algunos desarrollos teóricos y conceptuales contemporáneos en torno a la materia de referencia.
Descargas
Citas
AUPIG BIRCH, J. (Coordinator). (2004). El análisis económico de los derechos humanos, México, Universidad Iberoamericana, Instituto de Investigaciones sobre Desarrollo Sustentable y Equidad Social, y Plaza y Valdés Editores.
--------------------. (2004). “Economía y derechos humanos: De los clásicos a Keynes” y “Economía y Derechos Humanos: De los neoclásicos a la economía social de mercado”. En: El análisis económico de los derechos humanos, México, Universidad Iberoamericana, Instituto de Investigaciones sobre Desarrollo Sustentable y Equidad Social, y Plaza y Valdés Editores.
AYALA ESPINO, J. (1999). Instituciones y Economía: Una introducción al neoinstitucionalismo, México, Fondo de Cultura Económica.
BANCO MUNDIAL. (1990). “Poverty, Invertir en Salud y Trabajadores en un Mundo Integrado”. En: World Bank Development Report. Washington, D.C.
--------------------. (1993). Informe sobre Desarrollo Mundial, Washington D.C.
--------------------. (1995). Informe sobre Desarrollo Mundial, Washington D.C.
BECKER, G. S. (1983). El Capital Humano, España, Alianza Universidad Textos, Alianza Editorial. España;
--------------------, y MURPHY, K. (1988). Economic Growth, Human Capital and Population Growth, U.S.A., University of Chicago.
BOBBIO, N. (2000). “Sobre el fundamento de los derechos humanos”, En: GUTIÉRREZ DE VELASCO, J. I. (selección de). Los derechos humanos, México, Ediciones del milenio.
CEPAL/UNESCO. (1992). Educación y Conocimiento: Eje de la Transformación Productiva con Equidad. Santiago de Chile, Naciones Unidas/Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe.
CONTRERAS NIETO, M. A. (1997). “El derecho al desarrollo como derecho humano”, En: Derechos humanos. Órgano Informativo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, México, Educación en derechos humanos, No. 26, Julio-agosto, Pp. 149-154.
CRYSTAL, D. (2003). The Cambridge Encyclopedia of Language, 2nd. Edition. Cambridge University Press.
FUENTES A., M. L. (1998). “Desarrollo sustentable y los derechos económicos sociales y culturales”. En: Derechos humanos. Órgano Informativo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, México, Educación en derechos humanos, No. 34, Noviembre-diciembre, Pp. 155-159.
MALPICA ABURTO, N. (1996). “Economía y derechos humanos: La necesidad de un diálogo”, En: MORALES GIL DE LA TORRE, H. Derechos humanos. Dignidad y conflicto, México, Universidad Iberoamericana, Pp. 55-66.
NACIONES UNIDAS. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos, En: [http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm].
------------------. (1966). Pacto de Derechos Civiles y Políticos y Pacto de Derechos económicos, Sociales y Culturales. En: [www.un.org].
NORTH, D. (1990). Institutions, Institutional Change and Economic Performance. Cambridge University Press.
-------------------- y DAVIS, L. (1971). Institutional Change and American Economic Growth, Cambridge University Press.
NÚÑEZ PALACIOS, S. (1988). “Educación y derechos humanos: Diversas posibilidades”. En: Derechos humanos. Órgano Informativo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Educación en derechos humanos, México, No. 31, Mayo-junio, Pp. 85-88.
OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS. (1993). Conferencia mundial de derechos humanos, Austria, Junio, En: [http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu5 /wchr_sp.htm].
ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS. (2007). Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos. En: [http://www.oecd.org/redirect/].
SCHULTZ, T. W. (1961). “Investment in Human Capita”, En: The American Economic Review, U.S.A., Vol. 51, Pp. 1-17.
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En: Orden Jurídico Nacional, Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, México. En: [http://www.ordenjuridico.gob.mx/ constitucion.php].
SEN, A., 1999. Desarrollo como libertad. Oxford University Press, Pp. 22 y 23.
TOURAINE, A. (1994). Qu’es-ce que la démocratie? Francia, Librairie Arthéme Fayard.
UN/CEPAL. (1994). Panorama Social de América Latina, 1994. Naciones Unidas/Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Santiago de Chile. Noviembre. 206 Pp.
UN/PNUD. (1995). Informe sobre Desarrollo Humano, 1995. Naciones Unidas/Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD, New York, U.S.A.
Derechos de autor 2022 Miguel Ángel Medina Romero
Esta obra está bajo licencia internacional Creative Commons Reconocimiento 4.0.